Welcome to Mindzpark. We provide IT solutions and Training in a wide range of technologies and industry verticals across many sectors. Our solutions are crafted to take care of all your business and technical needs.
VISION:
We strongly believe that people make organizations. This belief makes us to constantly strive for continuous improvements in building our organization as the most reliable and valued IT training and solutions provider. We work towards building our organization to be more diverse to meet global market requirements by achieving high quality standards and be successful in our undertaking.
The document discusses adding the ReaPitch effect to decrease the volume of a layer so it doesn't take away from the main music, and also increasing the pitch slightly to create contrast between the two layers.
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El documento describe la importancia del dinero en la actividad económica y su evolución a través de la historia. Explica que el dinero es fundamental para las decisiones de producción, distribución y consumo, y ha ido adquiriendo mayor importancia con el desarrollo del comercio. También analiza las diferentes concepciones del dinero y su función en la economía desde la perspectiva de diferentes escuelas de pensamiento económico.
DICTAMEN CONCLUYE QUE la SEREMI de Salud y la Municipalidad de San Antonio no se ajustaron al procedimiento regulado en el artículo 14 del citado Reglamento de Prevención y Control de la Rabia en el Hombre y en los Animales, toda vez que, por una parte, no se mantuvo a los perros indicados en observación y aislamiento individual durante 10 días, y por la otra, se procedió a sacrificarlos, tomar muestras y remitirlas parcialmente -solo 3, faltando las de otros 2 animales- al ISP, sin contar con una solicitud en tal sentido por parte de los propietarios de los canes, en los términos previstos en el citado artículo 14, del decreto N° 1, de 2013, esto es, para la correspondiente toma de muestra y su remisión inmediata a dicho ISP para el diagnóstico de rabia.
A mayor abundamiento, se debe mencionar que no se ha probado que los perros indicados hayan tenido alguna sintomatología asociada con la rabia que haya ameritado su eutanasia inmediata, aparte de ser mordedores, en conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 16 del reglamento aplicable en la especie, circunstancia que resulta coherente con la tardanza entre la denuncia efectuada y el retiro de tales perros -10 días corridos-.
En consecuencia, se acoge la denuncia efectuada en los términos ya expuestos, en atención a lo cual, la SEREMI de Salud deberá instruir un sumario administrativo destinado a investigar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios de esa dependencia que hayan intervenido en los hechos descritos en el presente oficio, debiendo informar de su inicio a esta Contraloría Regional de Valparaíso, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio.
Además, y sin perjuicio de que las municipalidades, en el marco del referido reglamento, puedan desarrollar funciones de colaboración y apoyo a la autoridad sanitaria competente, tal circunstancia no las exonera del cumplimiento de la normativa vigente que regula la materia, en atención a lo cual, también resulta necesario que la Municipalidad de San Antonio, disponga la instrucción de un procedimiento disciplinario a fin de investigar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas de sus funcionarios en los hechos descritos en el presente oficio, informando de su inicio a esta Sede de Control, en el mismo plazo señalado en el párrafo precedente.
Finalmente, es dable consignar que de acuerdo con el artículo 10, inciso tercero, de la ley N° 19.880, los interesados podrán, en todo caso, actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses, por lo que, dada las reclamaciones tanto de la señora Tapia Toro como de su asesor, la aludida autoridad sanitaria debe permitir dicha intervención cuando resulte procedente.
Transcríbase a la Municipalidad de San Antonio, a los recurrentes y a la Unidad de Seguimiento de Sumarios de la Fiscalía de esta Contraloría General.
El documento describe incidentes relacionados con el circo Las Montini y sus animales entre 2010-2012. En 2010, un terremoto y tsunami afectaron al circo en Iloca, donde tres leonas quedaron atrapadas y una fue sacrificada. Los animales fueron llevados a zoológicos pero luego devueltos al circo. En 2012, el circo estuvo en Los Andes con leones, un tigre y mono, y un león enfermo murió. Organizaciones denunciaron el maltrato y pidieron que los animales sean sacados
Por Lorena Vicencio Arriagada, Médico Veterinaria, Universidad Austral de Chile
"Ante una serie de denuncias realizadas en los últimos años a causa del estado, cuidados y medidas básicas de mantenimiento de los caballos que realizan esta labor, se generan bastantes interrogantes respecto a al bienestar de estos animales."
El documento describe la importancia del dinero en la actividad económica y su evolución a través de la historia. Explica que el dinero es fundamental para las decisiones de producción, distribución y consumo, y ha ido adquiriendo mayor importancia con el desarrollo del comercio. También analiza las diferentes concepciones del dinero y su función en la economía desde la perspectiva de diferentes escuelas de pensamiento económico.
DICTAMEN CONCLUYE QUE la SEREMI de Salud y la Municipalidad de San Antonio no se ajustaron al procedimiento regulado en el artículo 14 del citado Reglamento de Prevención y Control de la Rabia en el Hombre y en los Animales, toda vez que, por una parte, no se mantuvo a los perros indicados en observación y aislamiento individual durante 10 días, y por la otra, se procedió a sacrificarlos, tomar muestras y remitirlas parcialmente -solo 3, faltando las de otros 2 animales- al ISP, sin contar con una solicitud en tal sentido por parte de los propietarios de los canes, en los términos previstos en el citado artículo 14, del decreto N° 1, de 2013, esto es, para la correspondiente toma de muestra y su remisión inmediata a dicho ISP para el diagnóstico de rabia.
A mayor abundamiento, se debe mencionar que no se ha probado que los perros indicados hayan tenido alguna sintomatología asociada con la rabia que haya ameritado su eutanasia inmediata, aparte de ser mordedores, en conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 16 del reglamento aplicable en la especie, circunstancia que resulta coherente con la tardanza entre la denuncia efectuada y el retiro de tales perros -10 días corridos-.
En consecuencia, se acoge la denuncia efectuada en los términos ya expuestos, en atención a lo cual, la SEREMI de Salud deberá instruir un sumario administrativo destinado a investigar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios de esa dependencia que hayan intervenido en los hechos descritos en el presente oficio, debiendo informar de su inicio a esta Contraloría Regional de Valparaíso, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio.
Además, y sin perjuicio de que las municipalidades, en el marco del referido reglamento, puedan desarrollar funciones de colaboración y apoyo a la autoridad sanitaria competente, tal circunstancia no las exonera del cumplimiento de la normativa vigente que regula la materia, en atención a lo cual, también resulta necesario que la Municipalidad de San Antonio, disponga la instrucción de un procedimiento disciplinario a fin de investigar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas de sus funcionarios en los hechos descritos en el presente oficio, informando de su inicio a esta Sede de Control, en el mismo plazo señalado en el párrafo precedente.
Finalmente, es dable consignar que de acuerdo con el artículo 10, inciso tercero, de la ley N° 19.880, los interesados podrán, en todo caso, actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses, por lo que, dada las reclamaciones tanto de la señora Tapia Toro como de su asesor, la aludida autoridad sanitaria debe permitir dicha intervención cuando resulte procedente.
Transcríbase a la Municipalidad de San Antonio, a los recurrentes y a la Unidad de Seguimiento de Sumarios de la Fiscalía de esta Contraloría General.
El documento describe incidentes relacionados con el circo Las Montini y sus animales entre 2010-2012. En 2010, un terremoto y tsunami afectaron al circo en Iloca, donde tres leonas quedaron atrapadas y una fue sacrificada. Los animales fueron llevados a zoológicos pero luego devueltos al circo. En 2012, el circo estuvo en Los Andes con leones, un tigre y mono, y un león enfermo murió. Organizaciones denunciaron el maltrato y pidieron que los animales sean sacados
Por Lorena Vicencio Arriagada, Médico Veterinaria, Universidad Austral de Chile
"Ante una serie de denuncias realizadas en los últimos años a causa del estado, cuidados y medidas básicas de mantenimiento de los caballos que realizan esta labor, se generan bastantes interrogantes respecto a al bienestar de estos animales."