Club of Rome: Eco-nomics for an Ecological Civilization
Mapa concept art .227 cre[2661]
1. Ab. Manuel Casquete Avecillas Derecho Administrativo
Nota: La información aquí presentada debe ser contrastada con los cuerpos legales
aplicables al momento de la observación de este documento previo su revisión,
estudio, análisis comparativo.
CRE. Art. 227
Principios de la
Administración
Pública
(Ecuador)
1.- Calidad
2.-
Descentralización
3.-
Desconcentración
4.- Eficacia
5.- Eficiencia
6.- Jerarquía
7.- Participación
8.-
Transparencia
9.- Coordinación
10.-
Planificación
11.- Evaluación
2. Ab. Manuel Casquete Avecillas Derecho Administrativo
Nota: La información aquí presentada debe ser contrastada con los cuerpos legales
aplicables al momento de la observación de este documento previo su revisión,
estudio, análisis comparativo.
Calidad.- Se trata de un sistema de gestión que implica una contínua mejora en
las actividades y procesos que desarrollan en una empresa pública, encaminada
a lograr una plena satisfacción de las necesidades y expectativas del
administrado.
Descentralización.- Cuando la delegación del poder político, económico,
administrativo, o de gestión de recursos tributarios en relación a funciones, y
atribuciones, se origina en el gobierno central a organismos seccionales
autónomos, estaríamos hablando de descentralización.
Desconcentración.- Principio en virtud del cual se pretende la delegación de
ciertas funciones a organismos públicos de nivel inferior a fin de agilitar las
actuaciones administrativas y promover su eficiencia y eficacia.
Eficacia.- Palabra que se refiere a determinar si la actuación de los organismos
y funcionarios públicos se encuentran en plena armonía con las necesidades y
objetivos que motivaron su creación y actual existencia burocrática , por tanto la
eficacia constituye un principio autónomo para el quehacer público .
Eficiencia.- La eficiencia tiene que ver con el desempeño laboral del funcionario
público, se refiere a su diligencia, prestancia, habilidad, actitud y vocación
demostrada en el desempeño de la función asumida.
Jerarquía.- El artículo 11 numeral 6 de la Constitucion establece que los
principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles
interdependientes y de igual jerarquía.
Participación.- El principio de participación se fundamenta en el derecho natural
de todo ser humano a realizar su propio destino .En toda formación social la
persona tiene derecho a hacer sentir el peso de su decisión personal
responsable .El sujeto de la participación es todo hombre o mujer que se
considere miembro de un grupo social.
Transparencia.- Este principio hace relación a que las actuaciones tanto de las
instituciones que conforman el Sector Público así como de las autoridades y
servidores que lo conforman, deben ser de conocimiento y acceso por parte de
3. Ab. Manuel Casquete Avecillas Derecho Administrativo
Nota: La información aquí presentada debe ser contrastada con los cuerpos legales
aplicables al momento de la observación de este documento previo su revisión,
estudio, análisis comparativo.
cualquier ciudadano en virtud del principio fundamental consagrado en nuestra
Constitución de que el Poder radica en el pueblo y en tal virtud radica en los
ciudadanos el poder supremo.
Coordinación.- En su sentido general, la coordinación consiste en la acción
desconectar medios, esfuerzos, etc., para una acción común. Otra definición es
el acto de gestionar las interdependencias entre actividades
Planificación.-la planificación es seleccionar información y hacer suposiciones
respecto al futuro para formular las actividades necesarias para realizar los
objetivos organizacionales.
Evaluación.- La evaluación es la determinación sistemática del mérito, el valor
y el significado de algo o alguien en función de unos criterios respecto a un
conjunto de normas. La evaluación a menudo se usa para caracterizar y evaluar
temas de interés en una amplia gama de las empresas humanas, incluyendo las
artes, la educación, la justicia, la salud, las fundaciones y organizaciones sin
fines de lucro, los gobiernos y otros servicios humanos.