2. Contabilidad Municipal
Técnica que permite, llevar registro y sistematización
adecuada de las operaciones financieras, con el propósito de
dar a conocer en el momento oportuno la situación financiera
de la Municipalidad. A través de la contabilidad, las
autoridades municipales, podrán hacer los análisis de la
gestión municipal, que les permita tomar decisiones
oportunas orientadas a la mejora continua y lograr una
mayor transparencia.
3. Importancia de la Contabilidad Municipal
a) Permite llevar un
mejor control del
manejo de los
recursos municipales.
b) Sirve para
clasificar, ordenar, y
registrar los ingresos
y egresos.
c) Genera información sistematizada que facilita la toma de
decisiones oportunas.
4. Objetivo de la Contabilidad Municipal
El principal objetivo de la contabilidad integrada
municipal es proporcionar información oportuna y
fidedigna, que permita a las autoridades conocer la
situación financiera municipal para tomar decisiones
congruentes para el beneficio de la comunidades.
5. Objetivos de la Contabilidad Municipal
Registrar sistemáticamente todas las transacciones
reconocidas técnicamente que afecten o puedan afectar la
posición económica-financiera de los Gobiernos Locales.
Presentar la información contable, ordenada de manera
que facilite las tareas de control y auditoría.
Preparar información para uso gerencial, basado en el
análisis financiero y la proyección de los resultados.
6. Objetivos de la Contabilidad Municipal
Proporcionar información valiosa a los contribuyentes y a
particulares cuando la requieran, para conocer la forma en
la que son manejados los recursos del municipio.
Facilitar la metodología para el registro de las operaciones
contables y elaboración de los Estados Financieros y demás
informes de la Administración Municipal.
7. Normas de Control Interno
Control interno previo
Como parte del control interno, el Alcalde es responsable de que
se establezcan los métodos, medidas y procedimientos de control
previos que se consideren convenientes y/o necesarios que sean
aplicables a los distintos niveles administrativos, para verificar la
propiedad, legalidad y conformidad de cada operación.
8. Normas de Control Interno
Control interno concurrente
La Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal-
DAFIM-, establecerá y aplicará mecanismos y procedimientos de
supervisión permanentes durante la ejecución de las operaciones
y en el proceso de registro, para asegurarse del cumplimiento de
las disposiciones legales, reglamentarias, técnicas y normativas,
aplicando las normas emitidas por la Contraloría General de
Cuentas.
9. Normas de Control Interno
Control interno posterior
La evaluación de los procesos, sistemas, de las operaciones y sus
resultados, en forma posterior a su ejecución, corresponde a la
Unidad de Auditoría Interna Municipal (UDAIM), según las
metodologías que establece el Sistema de Auditoría
Gubernamental, en el Decreto No. 31-2002 del Congreso de la
República, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, y
sus Reformas en el Decreto 13-2013 del Congreso de la República.
10. Normas de Control Interno
Contabilidad Integrada
Se deberá utilizar el Sistema de
Contabilidad Integrada Municipal, este
se sujetará a los preceptos legales
emitidos para el efecto, y se regirá por
las normas, políticas y manuales que
emita la Dirección de Contabilidad del
Estado del Ministerio de Finanzas
Públicas, como órgano rector.
11. Normas de Control Interno
Registros Contables
El Sistema de Contabilidad Integrada Municipal efectuará los
registros de las transacciones a través del Sistema Integrado de
Administración Financiera Municipal, la matriz de conversión, a
partir de la ejecución presupuestaria, alimentará los Estados
Financieros (Balance General y Estado de Resultados) y los
reportes auxiliares: mayor auxiliar y auxiliar de cuentas y los flujos
de tesorería de los componentes del Sistema Integrado de
Administración Financiera Municipal.
12. Normas de Control Interno
Procedimientos de Registro
Se aplicarán los clasificadores
presupuestarios y el plan de
cuentas patrimoniales único, el
cual incluye los niveles
necesarios de desagregación,
para obtener cualquier
información financiera
agregada o desagregada.
13. Normas de Control Interno
Separación de Funciones
Las operaciones contables y financieras deben estar separadas.
Ninguna persona deberá estar en situación de controlar los
registros y al mismo tiempo controlar las operaciones que
originan los asientos de registro. Las funciones para el inicio,
autorización, contabilización de transacciones y de custodia de
recursos, deben separarse dentro del plan de organización de la
Municipalidad.
14. Normas de Control Interno
Separación de Funciones
Se deberá archivar la documentación de soporte de los registros de las
transacciones financieras, siguiendo un orden lógico, de manera que sea fácil
su localización en un lugar adecuado. Se adoptarán las medidas de seguridad
contra robos, incendios u otro riesgo, manteniéndolos por el tiempo que
establece la Contraloría General de Cuentas.
La Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal (DAFIM),
debe conservar la evidencia documental que respalda las operaciones que
dieron origen a los registros contables, evitando que no salga de la institución
por el tiempo que señalan las disposiciones legales, con la finalidad de que al
efectuarse revisiones, exámenes de auditoría e investigaciones, la
documentación se encuentre en las áreas respectivas.
15. Normas de Control Interno
Rendición de Cuentas
El sistema contable es el
medio de rendición de
cuentas, para demostrar la
transparencia y destino de los
recursos utilizados en la
Municipalidad y sus Empresas,
y de los servidores
municipales que recaude,
reciba o custodie fondos
municipales.
16. Normas de Control Interno
Presentación de Estados Financieros
Se deberá preparar los estados financieros anuales y se presentarán
a la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas
Públicas, dentro de las condiciones y plazos establecidos en el
artículo
47, la Ley Orgánica del
Presupuesto Decreto 101-97 y
en los artículos 50 y 51 del
Reglamento de la Ley Orgánica
de Presupuesto, Acuerdo
Gubernativo 540-2013.
17. Normas de Control Interno
Viáticos y Gastos Conexos
Para el pago de viáticos y
gastos conexos a todos los
funcionarios y empleados
municipales, que realicen
comisiones, tanto en el
interior como en el exterior del país, se deberá utilizar el reglamento
general de viáticos vigente de la Municipalidad o el Reglamento de
Gastos de Viáticos, Acuerdo Gubernativo No. 106-2016 Presidencia
de la República de Guatemala.
18. Normas de Control Interno
Inversión en Obras Públicas
La ejecución presupuestaria y afectación a la contabilidad
patrimonial del ejercicio, por la construcción de obras, se debe
ejecutar, al presentarse el acta de avance de la obra en términos
físico-financieros, aprobado por el Concejo Municipal.
Las obras que se programen y cuya ejecución excede un período
fiscal, tienen que registrarse como compromiso presupuestario, de
acuerdo al monto físico y/o financiero que se estime realizable en el
período vigente.
19. Normas de Control Interno
Anticipos Financieros
Sólo podrán otorgarse anticipos en obras, en bienes por fabricar
localmente y en servicios de consultoría, en los porcentajes
establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto No. 57-
92 del Congreso de la República y su Reglamento Acuerdo
Gubernativo 1056-92.
20. Propósitos del Sistema
de Contabilidad Integrada
Registrar sistemáticamente todas las transacciones que se
producen en la Municipalidad y sus Empresas, y que afectan la
situación económica financiera de éstas.
Suministrar información para la toma de decisiones por parte de los
responsables de la gestión financiera municipal y para los terceros
interesados en la misma.
Presentar información contable y la referencia de su soporte,
ordenada en forma que facilite las tareas de control y auditorías
internas o externas.
Permitir que la información que sobre el sector municipal se procese,
produzca, y se integre automáticamente al sistema de cuentas
nacionales.
21. Propósitos del Sistema
de Contabilidad Integrada
El sistema se alimenta de cuatro áreas para satisfacer sus
propósitos y así producir Estados Financieros para mostrar los
resultados de la gestión presupuestaria, financiera y económica,
así como la situación patrimonial.
Presupuesto
Contabilidad
Tesorería
(incluye
recaudaciones)
Crédito
Público
22. Plan Único de Cuentas
El Plan Único de Cuentas está constituido
por el ordenamiento de cuentas que
registrarán las transacciones económico
financieras dentro de la estructura del
Sistema de Contabilidad Integrada
Municipal.
Niveles de Agrupación y
Codificación
25. Estados Financieros
Según el Artículo 46 del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto,
debe incluir en la presentación de la liquidación del presupuesto y cierre
contable a la Dirección de Contabilidad del Estado, los estados financieros
y otros informes requeridos.
Estado de
Resultados
Balance General
BÁSICOS
26. Libros y Auxiliares Contables
Balance de sumas y saldos
Libro Diario
Libro Mayor
Libro Mayor Auxiliar de Cuentas
Auxiliar de Cuentas
27. Notas a los Estados Financieros
Son aclaraciones o explicaciones de hechos situacionales
cuantificables o no, que son complementarias a los Estados
Financieros, las cuales deben leerse conjuntamente con ellos
para su correcta interpretación. Las notas incluyen descripciones
narrativas o análisis detallados de los saldos o cifras mostradas con
el fin de una presentación razonable.
28. Criterios mínimos para la elaboración de
las Notas a los Estados Financieros
Principios y normas contables
Cambios contables
Obligaciones con bancos e instituciones financieras a corto y largo plazo,
acreedores y otros pasivos a corto plazo
Cambios en el patrimonio
29. Cierre Contable
La elaboración y presentación de los Estados Financieros por las
entidades del Sector Público que aplican la Contabilidad
Gubernamental, se efectuará de conformidad con las normas
emitidas por el Ministerio de Finanzas Públicas, en los plazos
establecidos.
El cierre del ejercicio operará el 31 de diciembre de cada año, a partir de
esa fecha no podrán contraerse compromisos ni devengarse gastos con
cargo al ejercicio que concluyó.
Hasta esa fecha los recursos que se recauden se considerarán
parte del presupuesto vigente, sin tomar en cuenta la fecha que
dio origen a la transacción.
30. Registros Contables de Ingresos y Gastos
Según la Ley Orgánica del Presupuesto en el Artículo 14, se
establece que el presupuesto de ingresos y de egresos deberá
formularse y ejecutarse utilizando el momento del devengado de
las transacciones como base contable.
31. Registros Contables de Ingresos
Devengado
Registros Contables de Gastos
Devengado
Recaudo o percibido
Pagado
1
2
1
2
32. Registros Contables de Origen
Extrapresupuestario
Son las transacciones que se realizan en los Gobiernos Locales,
que no se han originado en el presupuesto, que constituyen
fondos a favor de terceros y que inciden o afectan la gestión o
situación económico-financiera.
33. Registros Contables de Origen
Extrapresupuestario
Pago de Impuesto al Valor Agregado: Este genera un registro
denominado Extrapresupuestario Impuesto al Valor Agregado (EIV), y
utilizará como auxiliar el aumento 501.
Registro de ingresos originados en la recaudación tributaria a favor de
terceros: Genera un registro denominado extrapresupuestario
Instrucción de Pago depósitos a Terceros (EIF) y utiliza los auxiliares 502
y 503.
Registro de ingresos originados por convenios entre
Gobiernos locales y otras instituciones o entidades: Genera
un registro denominado Extrapresupuestario Instrucción de Pago Otros
Fondos a Terceros (EID) para los auxiliares 504, 505, 507 y 508.
34. Registros Contables de Origen
Extrapresupuestario
Registro de ingresos en calidad de depósito: Genera un registro
Extrapresupuestario denominado Instrucción de Pago Depósitos
en Garantía (EIG) y utiliza el auxiliar 506.
Registro de pago de retenciones judiciales: Genera un asiento
Extrapresupuestario Instrucción de pago Retenciones Judiciales
(EIJ) y utiliza el auxiliar 211.
35. Conciliación Bancaria
El proceso de la conciliación bancaria tiene como objetivo
establecer el saldo disponible de las cuentas bancarias. Compara
los movimientos de créditos y débitos de la Cuenta Única del
Tesoro Municipal o de otras cuentas bancarias, con información
de los estados de cuenta que emitirá el banco y el libro de bancos
contable.