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DERECHO
La palabraderechoproviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen,
"lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino"; es un conjunto de normas
jurídicasque formanun sistemaherméticoal puntoque las solucioneshayque buscarlasenlas
propiasnormas,criterioválidodurante muchotiempoyque,porlodemás,debe habercerteza
que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en un determinado
lugar. Es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la
sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se
imponen de forma obligatoria a los destinatarios y cuyo incumplimiento debe acarrear una
sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado
solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros
elementos,talescomointeresespolíticosysocioeconómicos, de valores y exigencias sociales
predominantes,que condicionanunadeterminadavoluntadpolíticayjurídica, que en tanto se
haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas
expresanesosvalores,conceptosyexigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la
realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las
diferentes esferas de la vida social.
La diversidadsocial y de esferas en que metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, es
consecuenciadel nivel de desarrollonosólode las relaciones, sino también de la normativa y
de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con esta multiplicidad de normativas
existentes,el Derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico. Esa
armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en
ellas subyace. En sociedades plurales, la armonía de la voluntad política depende de la
coincidencia de intereses de los grupos políticos partidistas predominantes en el poder
legislativo y en el poder ejecutivo, así como de la continuidad de los mismos en el tiempo.
Cambiostambiénse pueden producir con las variaciones de los intereses socioeconómicos y
políticospredominantes,al variarlacomposiciónparlamentaria o del gobierno. Asimismo, en
sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la
heterogeneidadsocial existente,laarmoníade la voluntadnormativaesmucho más factible si
bien menos democrática, lo que no quiere decir que se logre permanentemente.
Doctrinariamente se defiendelaexistenciade unidady coherencia; pero lo cierto es que en la
práctica lo anterior es absolutamente imposible en su aspecto formal, aún a pesar de los
intereses y valores en juego, por cuanto las disposiciones normativas se promulgan en
distintosmomentoshistóricos,por órganos del Estado diferentes, e incluso dominados éstos
por mayorías políticasocon expresionesde voluntadespolíticasmuydisímiles. Igualmente no
siempre hay un programa pre elaborado para actuación normativa del Estado (programas
legislativos),sinoque lapromulgaciónde unauotra disposicióndependede las necesidades o
imposicionesdel momento.En tales situaciones se regulan relaciones sociales de una forma,
con cierto reconocimiento de derechos e imposiciones de deberes, con determinadas
limitaciones, se establecen mandatos de ineludible cumplimiento; y estas disposiciones
pueden ser cuestionadas por otros órganos del Estado, derogadas por los superiores, o
modificadaspor los mismos productores meses o años después. Es decir, en el plano formal,
haciendo un análisis de la existencia de una diversidad de disposiciones, encontraremos
disposicionesque regulande maneradiferenteciertasinstituciones,lasprohíben,lasadmiten,
introducen variaciones en su regulación, o que también en el proceso de modificación o
derogación, se producen vacíos o lagunas, es decir, esferas o situaciones desreguladas.
En el orden fáctico, y usando argumentos de la teoría política, las bases para la armonía las
ofrece, ciertamente, la existencia de una voluntad política predominante, y de ciertos y
determinadosinteresespolíticosenjuegoque deseanhacerse prevalecer.Ydesde el punto de
vistajurídico-formal,laexistenciade unconjuntode principiosque enel ordentécnicojurídico
hacen que unas disposiciones se subordinen a otras, que la producción normativa de un
órgano prime sobre lade otros,que unas posteriorespuedandejarsinvigoraotras anteriores,
como resultade losprincipiosde jerarquíanormativanoporel rango formal de la norma, sino
por la jerarquía del órgano del aparato estatal que ha sido facultado para dictarla o que la ha
dictado;de prevalenciade lanormaespecial sobre lageneral;que permita que puedan existir
leyes generales y a su lado leyes específicas para ciertas circunstancias o instituciones y que
permitan regularla de forma diferenciada, y aun así ambas tengan valor jurídico y fuerza
obligatoria; o el principio de derogación de la norma anterior por la posterior. Algunas
definiciones de la palabra derecho son:
 Derecho.- conjuntode normasjurídicas,creadasporel poderlegislativopararegularla
conducta externa de los hombres en sociedad.
 Derecho.- sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera
obligatoria,el actuarsocial del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien
común.
 Derecho.- conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que
tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia ínter subjetiva.
 Derecho.- conjuntode normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres
que viven dentro de una sociedad.
Clasificación del Derecho.
1. Derecho Objetivo.- es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria
jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los
códigos.
2. Derecho Subjetivo.- es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una
persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le
favorecenytutelan. El objetivoeslanormaque da lafacultady el subjetivolafacultad
reconocida por la norma.
3. Derecho Interno.- conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos
cuando s realizan dentro del territorio nacional o del estado.
4. Derecho Externo.- conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de México
con otros estados.
5. DerechoPúblico.- conjuntode normasjurídicasque regulanlasrelaciones del estado,
como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados.
6. Derecho Privado.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los
particulares entre sí.
7. Derecho Vigente.- Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo
determinadoel estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado
ni abrogado.
8. Derecho Positivo.- Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un
tiempo y lugar determinado.
9. Derecho Natural.- es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón
humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de
normasprincipiose institucionesque congreganlosvalorespermanentes,inmutables
y eternos inspirados en la naturaleza humana.
Etimología
La expresión aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con
connotaciones morales o religiosas, el derecho «conforme a la recta razón». Esto es así si
tenemosencuentafrasescomo«nonomne quodlicethonestumest» (notodo lo que es lícito
es honesto), en palabras del jurista romano Paulo, que demuestra el distanciamiento de las
exigencias del derecho respecto a la moral.
Esta palabrasurge porla influenciaestoico-cristianatrasla época del secularizado derecho de
la época romana, y es el germen y raíz gramatical de la palabra «derecho» en los sistemas
actuales:diritto,enitaliano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su
vez,right,eninglés;rechtenalemán y en neerlandés, donde han conservado su significación
primigenia de «recto» o «rectitud».
La separación posterior del binomio «ius» - «directum» no pretende estimar que la palabra
«ius» se halle exentade connotacionesreligiosas: téngase en cuenta que en la época romana
temprana, según Pérez Luño, los aplicadores del derecho fueron, prácticamente de forma
exclusiva, los pontífices.
Aunque la definición del término «ius» y su origen aún no estén claros, estudios actuales de
GiambattistaVicorelacionanmuyinteligentemente y casi sin lugar a dudas la procedencia de
este términode «Iupiter» (Júpiter), principal dios del panteón romano, representativo de las
ideas de poder y justicia.5
La expresión«Derecho» se utiliza indistintamente para nombrar a la disciplina y su objeto de
estudio.De este modo,lapronunciacióndel nombre de la disciplina es el mismo que el de su
objeto de estudio. Sin embargo, se estila distinguir en el uso escrito, mediante el uso de la
mayúscula o minúscula la acepción del vocablo a que se hace referencia.
Así, «Derecho» dice relación con la Ciencia del Derecho o un determinado cuerpo de normas
(por ejemplo, Derecho Civil, Derecho Procesal, Derecho Penal, Derecho Internacional, etc.).
En cambio, «derecho» se utiliza en su acepción como derecho subjetivo, es decir, como la
facultad que ha otorgado el ordenamiento jurídico a un sujeto (por ejemplo, derecho a la
nacionalidad, derecho a la salud, derecho a demandar, derecho a manifestarse libre y
pacíficamente, etc.).
Creación y evolución del Derecho
La produccióndel Derechotal comoloconocemoshoyesbásicamente estatal ytiene suorigen
enla institucionalizacióndelEstadomoderno,apartirde la Edad Moderna, siendo su ejemplo
clásico la hegemonía del Estado español tras la unificación de Castilla y Aragón con los reyes
católicos. Aunque el Derecho como norma de conducta coactiva surge ya desde las primeras
civilizaciones con una organización política, como las ubicadas en Mesopotamia, Fenicia,
Palestina, Egipto y Grecia fundamentalmente como un Derecho consuetudinario, es decir,
basado en la costumbre, sin lugar a dudas que los romanos fueron la primera y mayor
civilización en dedicar sus mayores esfuerzos a condicionar la generalidad de sus conductas,
incluso las más cotidianas, al imperio del Derecho, como sus relaciones de familia, el
matrimonio,laadopción,laemancipaciónylapatria potestad; o las normas patrimoniales del
Derecho Civil, como los contratos y los Derechos reales, donde los romanos aún no han
encontrado otra civilización que los alcance en profusión y creación jurídica, ni siquiera el
Derechofrancés,que juntoal Derechocanónicoy a la pandectísticaalemana del siglo XIX, son
lossiguientesmayorescontribuyentesendicharamajurídica. Ya a partir de la Edad Moderna y
bajola fuerte influenciade los clásicos del Humanismo como Maquiavelo, Hobbes y Locke, el
Derecho comienza a moldearse como un instrumento y elemento del Estado, adquiriendo la
fisonomía positivista que tiene en la actualidad en la mayor parte de los Estados no
descendientesdel archipiélago británico, como Latinoamérica y Europa continental (Derecho
continental).
Características del Derecho
El Derecho presenta las siguientes características: normativo, bilateral, coercible, con una
pretensión de inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una proyección de
justicia, y se clasifican en:
Normatividad.-Setraduce enque el Derechose encuentrainmersodentrode larealidadsocial,
en el marco cultural. El Derecho pertenece a la familia de las normas y está constituido por
normas, más específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta.
Bilateralidad.-El Derechoesbilateral porque requiere de interactividadde dosomás personas.
Uno de los rasgos distintivos de las normas jurídicas frente a las normas morales es la
bilateralidad.Enefecto,labilateralidaddel Derechose hace evidente nosoloporsu necesidad
primordial de interrelacionar,cuando menos, dos personas, sino también en la heteronomía,
condiciónde lavoluntadque se rige por imperativosque estánfuerade ella misma, pues, una
es la fuente de la norma jurídica y la otra la persona sujeta a su cumplimiento. En la
coercibilidad, igualmente resalta la misma dicotomía: quien dispone de la fuerza y quien es
compelido por ella.
El derecho objetivo y el derecho subjetivo
El derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:
 El conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.
 Normao conjuntode normas que por unaparte otorganderechosofacultadesypor la
otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.
 Conjunto de normas que regulan la conducta de los hombres, con el objeto de
establecer un ordenamiento justo de convivencia humana.
El derecho subjetivo se puede decir que es:
 La facultad que tiene un sujeto para ejecutar un acto con determinada conducta o
abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.
 La facultad, la potestad o autorización que conforme a la norma jurídica tiene un
sujeto frente a otro u otros sujetos, ya sea para desarrollar su propia actividad o
determinar la de aquellos.
Es una concesión de autoridad otorgada por una norma jurídica a una persona o grupo en
virtudde la cual quedalegitimadaparadesplegar una determinada conducta sobre una o más
personas o cosas.
El derecho subjetivo se clasifica en:
1. Derechos políticos.- (Derecho de sufragio, a ser electo, a asociarse políticamente y a
ser jurado).
2. Derechosprivados,que se subclasifican en: Derechos personales o créditos (aquellos
de donde nacen las obligaciones correlativas).
3. Derechosreales(aquellosque se ejercensobre cosas,sinrespectoadeterminada
persona).

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El derecho

  • 1. DERECHO La palabraderechoproviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino"; es un conjunto de normas jurídicasque formanun sistemaherméticoal puntoque las solucioneshayque buscarlasenlas propiasnormas,criterioválidodurante muchotiempoyque,porlodemás,debe habercerteza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en un determinado lugar. Es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros elementos,talescomointeresespolíticosysocioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes,que condicionanunadeterminadavoluntadpolíticayjurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresanesosvalores,conceptosyexigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social. La diversidadsocial y de esferas en que metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, es consecuenciadel nivel de desarrollonosólode las relaciones, sino también de la normativa y de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con esta multiplicidad de normativas existentes,el Derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico. Esa armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en ellas subyace. En sociedades plurales, la armonía de la voluntad política depende de la coincidencia de intereses de los grupos políticos partidistas predominantes en el poder legislativo y en el poder ejecutivo, así como de la continuidad de los mismos en el tiempo. Cambiostambiénse pueden producir con las variaciones de los intereses socioeconómicos y políticospredominantes,al variarlacomposiciónparlamentaria o del gobierno. Asimismo, en sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la heterogeneidadsocial existente,laarmoníade la voluntadnormativaesmucho más factible si bien menos democrática, lo que no quiere decir que se logre permanentemente. Doctrinariamente se defiendelaexistenciade unidady coherencia; pero lo cierto es que en la práctica lo anterior es absolutamente imposible en su aspecto formal, aún a pesar de los intereses y valores en juego, por cuanto las disposiciones normativas se promulgan en distintosmomentoshistóricos,por órganos del Estado diferentes, e incluso dominados éstos por mayorías políticasocon expresionesde voluntadespolíticasmuydisímiles. Igualmente no siempre hay un programa pre elaborado para actuación normativa del Estado (programas legislativos),sinoque lapromulgaciónde unauotra disposicióndependede las necesidades o imposicionesdel momento.En tales situaciones se regulan relaciones sociales de una forma, con cierto reconocimiento de derechos e imposiciones de deberes, con determinadas limitaciones, se establecen mandatos de ineludible cumplimiento; y estas disposiciones pueden ser cuestionadas por otros órganos del Estado, derogadas por los superiores, o modificadaspor los mismos productores meses o años después. Es decir, en el plano formal, haciendo un análisis de la existencia de una diversidad de disposiciones, encontraremos
  • 2. disposicionesque regulande maneradiferenteciertasinstituciones,lasprohíben,lasadmiten, introducen variaciones en su regulación, o que también en el proceso de modificación o derogación, se producen vacíos o lagunas, es decir, esferas o situaciones desreguladas. En el orden fáctico, y usando argumentos de la teoría política, las bases para la armonía las ofrece, ciertamente, la existencia de una voluntad política predominante, y de ciertos y determinadosinteresespolíticosenjuegoque deseanhacerse prevalecer.Ydesde el punto de vistajurídico-formal,laexistenciade unconjuntode principiosque enel ordentécnicojurídico hacen que unas disposiciones se subordinen a otras, que la producción normativa de un órgano prime sobre lade otros,que unas posteriorespuedandejarsinvigoraotras anteriores, como resultade losprincipiosde jerarquíanormativanoporel rango formal de la norma, sino por la jerarquía del órgano del aparato estatal que ha sido facultado para dictarla o que la ha dictado;de prevalenciade lanormaespecial sobre lageneral;que permita que puedan existir leyes generales y a su lado leyes específicas para ciertas circunstancias o instituciones y que permitan regularla de forma diferenciada, y aun así ambas tengan valor jurídico y fuerza obligatoria; o el principio de derogación de la norma anterior por la posterior. Algunas definiciones de la palabra derecho son:  Derecho.- conjuntode normasjurídicas,creadasporel poderlegislativopararegularla conducta externa de los hombres en sociedad.  Derecho.- sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria,el actuarsocial del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.  Derecho.- conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia ínter subjetiva.  Derecho.- conjuntode normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres que viven dentro de una sociedad. Clasificación del Derecho. 1. Derecho Objetivo.- es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los códigos. 2. Derecho Subjetivo.- es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecenytutelan. El objetivoeslanormaque da lafacultady el subjetivolafacultad reconocida por la norma. 3. Derecho Interno.- conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando s realizan dentro del territorio nacional o del estado. 4. Derecho Externo.- conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de México con otros estados. 5. DerechoPúblico.- conjuntode normasjurídicasque regulanlasrelaciones del estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados. 6. Derecho Privado.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.
  • 3. 7. Derecho Vigente.- Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinadoel estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado. 8. Derecho Positivo.- Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado. 9. Derecho Natural.- es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de normasprincipiose institucionesque congreganlosvalorespermanentes,inmutables y eternos inspirados en la naturaleza humana. Etimología La expresión aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho «conforme a la recta razón». Esto es así si tenemosencuentafrasescomo«nonomne quodlicethonestumest» (notodo lo que es lícito es honesto), en palabras del jurista romano Paulo, que demuestra el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral. Esta palabrasurge porla influenciaestoico-cristianatrasla época del secularizado derecho de la época romana, y es el germen y raíz gramatical de la palabra «derecho» en los sistemas actuales:diritto,enitaliano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su vez,right,eninglés;rechtenalemán y en neerlandés, donde han conservado su significación primigenia de «recto» o «rectitud». La separación posterior del binomio «ius» - «directum» no pretende estimar que la palabra «ius» se halle exentade connotacionesreligiosas: téngase en cuenta que en la época romana temprana, según Pérez Luño, los aplicadores del derecho fueron, prácticamente de forma exclusiva, los pontífices. Aunque la definición del término «ius» y su origen aún no estén claros, estudios actuales de GiambattistaVicorelacionanmuyinteligentemente y casi sin lugar a dudas la procedencia de este términode «Iupiter» (Júpiter), principal dios del panteón romano, representativo de las ideas de poder y justicia.5 La expresión«Derecho» se utiliza indistintamente para nombrar a la disciplina y su objeto de estudio.De este modo,lapronunciacióndel nombre de la disciplina es el mismo que el de su objeto de estudio. Sin embargo, se estila distinguir en el uso escrito, mediante el uso de la mayúscula o minúscula la acepción del vocablo a que se hace referencia. Así, «Derecho» dice relación con la Ciencia del Derecho o un determinado cuerpo de normas (por ejemplo, Derecho Civil, Derecho Procesal, Derecho Penal, Derecho Internacional, etc.). En cambio, «derecho» se utiliza en su acepción como derecho subjetivo, es decir, como la facultad que ha otorgado el ordenamiento jurídico a un sujeto (por ejemplo, derecho a la nacionalidad, derecho a la salud, derecho a demandar, derecho a manifestarse libre y pacíficamente, etc.).
  • 4. Creación y evolución del Derecho La produccióndel Derechotal comoloconocemoshoyesbásicamente estatal ytiene suorigen enla institucionalizacióndelEstadomoderno,apartirde la Edad Moderna, siendo su ejemplo clásico la hegemonía del Estado español tras la unificación de Castilla y Aragón con los reyes católicos. Aunque el Derecho como norma de conducta coactiva surge ya desde las primeras civilizaciones con una organización política, como las ubicadas en Mesopotamia, Fenicia, Palestina, Egipto y Grecia fundamentalmente como un Derecho consuetudinario, es decir, basado en la costumbre, sin lugar a dudas que los romanos fueron la primera y mayor civilización en dedicar sus mayores esfuerzos a condicionar la generalidad de sus conductas, incluso las más cotidianas, al imperio del Derecho, como sus relaciones de familia, el matrimonio,laadopción,laemancipaciónylapatria potestad; o las normas patrimoniales del Derecho Civil, como los contratos y los Derechos reales, donde los romanos aún no han encontrado otra civilización que los alcance en profusión y creación jurídica, ni siquiera el Derechofrancés,que juntoal Derechocanónicoy a la pandectísticaalemana del siglo XIX, son lossiguientesmayorescontribuyentesendicharamajurídica. Ya a partir de la Edad Moderna y bajola fuerte influenciade los clásicos del Humanismo como Maquiavelo, Hobbes y Locke, el Derecho comienza a moldearse como un instrumento y elemento del Estado, adquiriendo la fisonomía positivista que tiene en la actualidad en la mayor parte de los Estados no descendientesdel archipiélago británico, como Latinoamérica y Europa continental (Derecho continental). Características del Derecho El Derecho presenta las siguientes características: normativo, bilateral, coercible, con una pretensión de inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una proyección de justicia, y se clasifican en: Normatividad.-Setraduce enque el Derechose encuentrainmersodentrode larealidadsocial, en el marco cultural. El Derecho pertenece a la familia de las normas y está constituido por normas, más específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta. Bilateralidad.-El Derechoesbilateral porque requiere de interactividadde dosomás personas. Uno de los rasgos distintivos de las normas jurídicas frente a las normas morales es la bilateralidad.Enefecto,labilateralidaddel Derechose hace evidente nosoloporsu necesidad primordial de interrelacionar,cuando menos, dos personas, sino también en la heteronomía, condiciónde lavoluntadque se rige por imperativosque estánfuerade ella misma, pues, una es la fuente de la norma jurídica y la otra la persona sujeta a su cumplimiento. En la coercibilidad, igualmente resalta la misma dicotomía: quien dispone de la fuerza y quien es compelido por ella.
  • 5. El derecho objetivo y el derecho subjetivo El derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:  El conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.  Normao conjuntode normas que por unaparte otorganderechosofacultadesypor la otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.  Conjunto de normas que regulan la conducta de los hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de convivencia humana. El derecho subjetivo se puede decir que es:  La facultad que tiene un sujeto para ejecutar un acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.  La facultad, la potestad o autorización que conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otro u otros sujetos, ya sea para desarrollar su propia actividad o determinar la de aquellos. Es una concesión de autoridad otorgada por una norma jurídica a una persona o grupo en virtudde la cual quedalegitimadaparadesplegar una determinada conducta sobre una o más personas o cosas. El derecho subjetivo se clasifica en: 1. Derechos políticos.- (Derecho de sufragio, a ser electo, a asociarse políticamente y a ser jurado). 2. Derechosprivados,que se subclasifican en: Derechos personales o créditos (aquellos de donde nacen las obligaciones correlativas). 3. Derechosreales(aquellosque se ejercensobre cosas,sinrespectoadeterminada persona).