Nicolás von Graevenitz, Rodrigo Guajardo, Fabián Müller, Alberto Banano Pardo...
Marco jurídico sobre medidas sanitarias y fitosanitarias en Rep. Dominicana
1. Departamento de inocuidad
inocuidad@agricultura.gov.do
MINISTERIO DE AGRICULTURA
VICEMINISTERIO DE EXTENSION Y CAPACITACION
AGROPECUARIA
TALLER DE DERECHO AGROALIMENTARIO FAO/OIRSA
San Salvador
9-11 de junio 2014
LIC. RAUL PERALTA
LIC. ALBANELIS ROSARIO
LIC. ANA TAVERAS
3. ESTRUCTURA LEGISLATIVA DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
1. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, (Asamblea Nacional-
reunion conjunta camaras del senado y diputados).
2. CONVENIOS INTERNACIONALES (ratificados por los
senadores)
3. LEYES, (Congreso bicameral)
4. DECRETOS QUE ESTABLECEN LOS REGLAMENTOS
TECNICOS DE APLICACION DE LAS LEYES(Poder
ejecutivo-Presidencia de la republica).
5. RESOLUCIONES Y CIRCULARES (Ministerios e instituciones
descentralizadas)
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4. ÁMBITO INTERNACIONAL
• La República Dominicana como Miembro de la Organización
Mundial del Comercio (OMC), es parte del Acuerdo de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC y es también parte de la
Convención Internacional de la Protección Fitosanitaria (CIPF),
de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y del
Codex Alimentarius.
• Asimismo, la República Dominicana es parte del Tratado de
Libre Comercio con los Estados Unidos y los países de
Centroamérica (DR-CAFTA), así como del Acuerdo de
Asociación Económica (EPA, por sus siglas en inglés), entre
otros acuerdos, convenios y tratados bilaterales y regionales.
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5. • El Ministerio de Salud Pública /Departamento de Control de
Riesgos en Alimentos y Bebidas y la Dirección General de
Epidemiología (DIGEPI)
• El Ministerio de Agricultura (MA) /Deptos de Inocuidad
Agroalimentaria, Sanidad Vegetal y Sanidad Animal.
• El Ministerio de Industria y Comercio/ Instituto Dominicano de
la Calidad y Proconsumidor
• El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Entes que integran el Sistema Nacional de Sanidad e
Inocuidad de los alimentos
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6. Ley 8-65 que crea la Secretaria de Estado de Agricultura
(hoy ministerio de agricultura).
Ley de Sanidad Animal No. 4030, del 19 de enero del 1950;
Ley General de Sanidad Vegetal No. 4990, del 28 de
agosto de 1958.
Ley 311-68 sobre uso y control de plaguicidas en la
Republica Dominicana.
Ley 602 del 20 de marzo de mayo del 1977 crea la
Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad
(DIGENOR hoy INDOCAL)-
LEYES Y REGLAMENTOS DE PROTECCION
SANITARIA E INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
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7. LEYES Y REGLAMENTOS DE PROTECCION
SANITARIA E INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
Ley General de Salud No. 42-01, del 21 de febrero del 2001
en sus art. 19 y 109.
Ley 358 que crea el Instituto de Protección al
Consumidor(PROCONSUMIDOR)
Ley 166-12 que CREA el Instituto Dominicano de la Calidad y
amplia los poderes de PROCONSUMIDOR)
Decreto No. 58-03 del 23 de enero de 2003, crea el Comité
Nacional para la aplicación de los Acuerdos sobre las
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y sobre los Obstáculos al
Comercio de la OMC.
Decreto 170-01 que crea el Comité Nacional del Codex
Alimentarius.
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8. LEYES Y REGLAMENTOS DE PROTECCION
SANITARIA E INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
Decreto 322-88 que establece el Reglamento de
Aplicacion de la Ley 311-68-
Decreto 52-08 que establece el Reglamento de BPA y
BPG
Decreto 528-01 que establece el Reglamento para el
control de riesgos en alimentos y bebidas
Decreto . 329-11 que establece el Reglamento de
inspección sanitaria de las carnes y productos cárnicos
para exportación
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9. ENTES DE COORDINACIÓN DENTRO DEL SISTEMA
SANITARIO
• Comité Nacional del Codex Alimentarius (CONCA).
• Comité Nacional para la aplicacion de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias (CNMSF) con sus Comités
Técnicos Científicos:
– Subcomité Técnico Científico de Inocuidad de Alimentos
(COTECA)
– Subcomité Tecnico Cient. De Sanidad Vegetal
– Subcomité Tecnico Cient. De Salud Animal.
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10. PROPUESTAS DE LEYES
• Ley de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal
• Ley que crea el Servicio Nacional de
Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
(aprobado por el Senado en espera de
ratificación por la Cámara de Diputados)
• Ley de Inocuidad de los Alimentos
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11. DEBILIDADES DE LA LEGISLACION SANITARIA
DOMINICANA
Las leyes establecen el marco general, no son específicas,
principalmente en el ámbito de inocuidad (dispersa)
Ley contiene los aspectos generales sobre inocuidad en la
producción, elaboración, almacenamiento, fabricación,
comercialización, transporte, suministro y expendio de
alimentos
No existe un ente rector que coordine la coherencia
jurídica en la emisión de las leyes de las instituciones
responsables
Legislación sanitaria no equivalentes con legislación de
nuestros principales socios comerciales
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12. DEBILIDADES DE LA LEGISLACION SANITARIA
DOMINICANA
Faltan reglamentos Sanitarios y los presentes
reglamentos están desactualizados
Faltan manuales de procedimientos de inspección y
control de sanitarios.
Escasa participación del sector privado en la revisión,
actualización, elaboración y armonización
Desconocimiento parcial o total de los aspectos
relativos al análisis de riesgos. No se realiza análisis de
riesgo para los alimentos nacionales e importados
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13. DEBILIDADES DE LA LEGISLACION SANITARIA
DOMINICANA
Existe escasa credibilidad en la aplicación efectiva de la
legislación y reglamentos sanitarios en los procesos de
control a nivel nacional e internacional.
Las medidas de vigilancia epidemiológica y control de
alimentos se aplican sin coordinación entre las
instituciones responsables
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14. RECOMENDACIONES PARA ADECUAR LA
LEGISLACION SANITARIA DOMINICANA
• Fortalecimiento de los componentes
del sistema de control sanitarios y de
inocuidad de los alimentos.
• Disponer de un sistema de control de
alimentos equivalentes al resto de la
región.
• Una clase política consciente de la
importancia del fortalecimiento de los
componentes del sistema sanitario y
de control de alimentos.
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