2. OBJETIVOS
• Situar el proceso actual de descentralización
en Bolivia en un contexto histórico
• Analizar los alcances e impactos de las leyes
de: Participación Popular, Descentralización,
Administrativa, Municipalidades y otras
conexas al proceso de descentralización.
• Examinar la nueva CPE y la LMAD sobre las
autonomías departamentales, regionales,
municipales e indígenas.
3. HISTORIA
• Privilegiando algunos aspectos
• Centralismo y la descentralización
• Movimientos regionales
• Movimientos indígena campesinos (país ± 50%
de la población)
4. ANTECEDENTES HISTORICOS
• Inserción contexto internacional como
exportador de bienes primarios, fragmentación
territorial.
• Caso Bolivia: Plata: Potosí centro articulador
mercado regional
• Plata pierde importancia.
• Guerra independencia acaba de arruinar
industria minera.
• Bolivia surge a la independencia, oligarquía
minera en decadencia, sin núcleo hegemónico.
6. PLATA: LA RECONFIGURACIÓN
DEL MERCADO NACIONAL
• 1850: repunte minería
• Fines siglo: adopta libre comercio y se
construyen ferrocarriles hacia el pacifico
• Deja afuera a Santa Cruz
• Movimientos regionales oriente recuperar
mercados occidente
7. LA REVOLUCION FEDERAL: 1899
• Confrontación sur vs. norte
• Magnates de la plata vs. barones del estaño
• Movilización indígenas campesinos
• Victoria federalistas con apoyo indígena
• Cambio sede gobierno y represión contra los
indígenas
8. SINTESIS
• Modelo desarrollo basado exportaciones
mineras
• Oligárquico. concentración del poder. dueños
minas y tierras
• Excluyente regiones y grupos sociales
• Racista
• Fuertemente centralizado: municipios y
departamentos solo por momentos tuvieron una
cierta autonomía
9. ESTADO DEL 52 (1952-1985)
• Empresario: dueño de minas, ferrocarriles,
telecomunicaciones, electricidad, petróleo….
• Intervencionista
• Proteccionista
• Planificador
• Favorece ciertos grupos sociales y arruina otros
• Favorece ciertas regiones y discrimina otras
• Centralizado
11. CARACTERISTICAS MODELO
NEOLIBERAL
• Política aperturista: libre comercio y libre
circulación capitales
• Achicamiento estado: eliminar controles de
precios, desreglamentar mercados
• Flexibilización mercado laboral
• Privatizaciones
• Descentralización
12. LAS VIAS DE LA
DESCENTRALIZACION
• Vía departamental: comités cívicos
• Vía municipios: MNR, intelectuales, movimiento
indígena-campesino apoyado por ONGs y
partidos MBL y MRTK.
• Privilegia esta ultima vía
13. MUNICIPALIZACION
• Proceso que se da al mismo tiempo
privatización.
• Respuesta a las demandas indígena-
campesinas.
• Esperando que “beneficiados” sigan votando por
partidos tradicionales.
• Tema indígena y pobreza: agenda organismos
internacionales
14. CARACTERÍSTICAS DE LA
DESCENTRALIZACIÓN EN BOLIVIA
• Inicia con la Ley de Participación Popular 1994:
-municipalización
-nuevas competencias
-redistribución recursos económicos
-participación y control social
15. MUNICIPALIZACIÓN DEL PAÍS
• Antes, las áreas rurales no contaban con un
poder local. Ahora tienen la referencia de un
municipio, incluidos los campesinos, puesto que
el territorio municipal abarca las áreas urbanas y
rurales.
• Espacio delimitado de manera caótica.
• Distritos y mancomunidades.
16. TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS
• En los campos de la salud, la educación, la
cultura y el deporte. Cede a las alcaldías
infraestructura existente.
• Están encargados de administrarlos, mejorarlos
y asegurar su mantenimiento, también deben
construir nuevas infraestructuras.
• Ocuparse del desarrollo de su territorio
(municipio productivo)
17. MAYORES RECURSOS FINANCIEROS
Los municipios ahora disponen de una cierta
capacidad económica.
-Coparticipación tributaria
-Recursos propios
-Fondos desarrollo
-Cooperación internacional.
18. COPARTICIPACIÓN
• Los cambios a este nivel han sido significativos
• En 1993, las capitales de Departamento
acaparaban el 93% de los ingresos de
coparticipación.
• Entre 1994-2004 tan solo recibieron el 46%.
• Lo que significa que el saldo, es decir el 54%
estuvo destinado al resto del país
19. DESCENTRALIZACION FINANCIERA
Nivel Gobierno 1992 1998
Gobierno
Nacional 71,8 29,4
Fondos
Desarrollo 6,7 18,2
Administraciones
departamentales 19,6 27,0
Gobiernos
municipales 2.0 25.5
20. PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL
• Reconocimiento OTBs: juntas de vecinos y
expresiones orgánicas indígenas-campesinos
• Proponer, pedir y supervisar obras municipales
• Control social: Comités de vigilancia
• Recursos invertidos equidad social y regional y
de manera honesta
21. PLANIFICACION PARTICIPATIVA
• Importante proceso de movilización social
• Elaborar un diagnóstico municipal,
determinando los problemas y las necesidades
más sentidas de la gente
• Demandas serán priorizadas, dialogo y
consensos
• Obras, proyectos inscritos en los PDMs Y POAs
22. Empoderamiento campesinos y pueblos
indígenas
• La LPP marcó un hito en la profundización
de la democracia En 1995: 464 indígenas
y campesinos lograron ser electos como
alcaldes y concejales y en 1999 serán
más de 500 lo que equivale a una cuarta
parte del total de autoridades municipales”
(Ayo 2003: 14).
24. Limites de la LDA
• Las autoridades departamentales no son
elegidas mediante sufragio universal,
• El Prefecto es nombrado por el Presidente
de la República
• Los miembros del Consejo Departamental
nombrados por los concejales
municipales.
• Ley que desconcentra actividades
25. Luchas por las autonomías
• A partir de la “Guerra del Agua” de Cochabamba en el
2000, dos agendas
• Agenda de Octubre: Recuperación hidrocarburos,
Asamblea Constituyente
• Agenda de Junio. Elección de prefectos y autonomías
departamentales
• Elección de Evo Morales en 2005
• Cumplen las dos agendas con muchos conflictos
• Cochabamba 2007, conflictos en la AC, Referéndums
departamentales, toma de instituciones, masacre de
Pando, referéndums revocatorio y constitucional
26. CPE
• Carácter plurinacional → el reconocimiento de la
existencia precolonial de las naciones y pueblos
indígenas
• “se garantiza su libre determinación …derecho a la
autonomía, al autogobierno, a su cultura, al
reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación
de sus entidades territoriales” (Art. 2).
• Capítulo cuarto → serie de derechos de los pueblos
indígenas.
• Otros articulados tratan de valorizar lo indígena.
Ejemplo: elección de diputados indígenas en
circunscripciones especiales (Art. 146) o cuando se
reconoce a la justicia y jurisdicción de los PIOC (Art. 190
al 192), Derecho a la consulta previa
• Derechos vs. Realidad.
27. Régimen autonómico
• Otro de los elementos novedosos de la flamante CPE es
el establecimiento de un régimen de autonomías
departamentales, municipales e indígena originario
campesinas.
• Elección directa de autoridades por las ciudadanas y los
ciudadanos, la administración de sus recursos
económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa,
reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva,
• Adicionalmente, se instituyen las autonomías regionales,
que se diferencian de las anteriores por el hecho de
carecer de facultades legislativas. La región ha sido
pensada como un espacio de planificación y gestión
28. Profundiza la democracia
• La nueva CPE da pasos importantes en el proceso de
democratización de los poderes subnacionales.
• Los miembros de las asambleas departamentales son
elegidos mediante sufragio universal, directo y secreto.
• Además, en dichas asambleas se reserva un número de
escaños para los representantes de los pueblos
indígenas, que serán electos por medio de normas y
procedimientos propios.
• La CPE determina que los diferentes niveles
autonómicos “no estarán subordinadas entre ellos y
tendrán igual rango constitucional”
• Toda esta normativa configura un armazón autonómico
bastante complejo. En consecuencia será un desafío
implementarlo.
29. Implementación autonomías
• Referéndum autonómico en los departamentos
que se habían pronunciado por el NO a las
autonomías departamentales en el 2006
• Referéndum regional Gran Chaco tarijeño
• Referéndums en 12 municipios que planteaban
su conversión a autonomías IOC
• Creación Ministerio Autonomías, febrero 2010
• Elecciones departamentales y municipales abril
2010
• LMAD julio 2010
30. LMAD
Consta de nueve títulos desarrollados en 149 artículos
1. Disposiciones generales:
• Se repite lo señalado en la CPE particularmente en
cuanto al derecho de los IOC “a quienes se garantiza
su libre determinación su derecho a la autonomía, al
autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus
instituciones y a la consolidación de sus entidades
territoriales”.
• Se promueve la equidad de género
• Se incluye la Lealtad Institucional advirtiendo a las
entidades territoriales autónomas de tomar “en cuenta
el impacto que sus acciones puedan tener sobre el nivel
central del Estado y otras entidades territoriales,
evitando aquellas que las perjudiquen”.
31. LMAD
2. Bases de la organización territorial del Estado
• Tema limites: deberán ser resueltos en la “vía
conciliatoria” y; “En caso de no existir acuerdo o
conciliación, y agotado el trámite administrativo
establecido en ley especial, los conflictos de
límites existentes entre las unidades territoriales
municipales serán dirimidos por referendo”.
• Se deja un vacío sobre el problema de los
límites entre departamentos, lo que está
ocasionando como veremos más adelante
disputas entre Potosí y Oruro
32. LMAD
3. Tipos de autonomía
• Se ratifican las autonomías
departamentales, municipales, regionales
e IOC
4. Procedimientos de acceso a la autonomía
• Elaboración Estatutos y cartas
autonómicas.
• Caso aparte autonomías IOC
33. LMAD
5. Régimen competencial
• El nivel central del Estado posee 83 competencias →
Urenda: “el catálogo constitucional competencial para el
Gobierno central más extenso del mundo”
• Carlos Börth: “La cantidad de competencias transferidas
a los gobiernos departamentales es notoriamente mayor
en el actual régimen constitucional que en el anterior”
• Reymi Ferreira se ha avanzado con relación a la Ley de
Descentralización Administrativa sancionada en 1995.
Pero se ha retrocedido con respecto al estatuto
autonómico de Santa Cruz ya que entre un 33 a 35 % de
las competencias que figuran en el estatuto cruceño no
han sido reconocidas ni por la CPE ni por la LMAD
34. LMAD
5. Régimen competencial
• No está claramente definido el nivel de Gobierno que
debería hacerse cargo de ciertas materias. Por ejemplo,
cuando se dio el problema por el alza del precio de los
pasajes del transporte público, a principios del 2011,
• Ameller señala que “Si bien existe una mejora sustancial
en la redacción y precisión de muchas ambigüedades
generadas por la CPE, todavía persisten estas
interrogantes sobre la verdadera distribución de
competencias que se realizó ahora con la LMAD”
• Se necesitan Leyes sectoriales y leyes departamentales
y municipales
35. LMAD
5. Régimen competencial
• Entre las competencias que se confiere tanto a los
gobiernos departamentales como a los gobiernos
municipales se encuentran la de planificar el desarrollo
ya sea departamental o municipal en concordancia con
la planificación nacional.
• Deben promocionar el empleo y mejorar las condiciones
laborales en el marco de las políticas nacionales.
• Es decir, que se otorgan competencias en dos áreas
muy importantes pero condicionadas a lo que realiza el
Gobierno central.
• Agencia para el Desarrollo de las Macrorregiones y
Zonas Fronterizas “instancia paralela a las autonomías
realizando una amplia gama de actividades que
competen a dichos gobiernos autónomos.
36. LMAD
6. Régimen económico financiero
• En la LMAD no hay una claridad en cuanto a las fuentes
de financiamiento de las nuevas competencias que
serán asumidas por las Entidades Territoriales
Autónomas.
• Tutela Gobierno central: la Gobernación tiene que
someter su “presupuesto anual operativo” a la
aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional. De
la misma forma, las modificaciones que se quiera
aportar al presupuesto departamental dependen
igualmente de la Asamblea Legislativa Plurinacional,
• Cuando solamente deberían ser discutidas y aprobadas
por la Asamblea Departamental.
37. LMAD
6. Régimen económico financiero
• El carácter centralista también se manifiesta en la
reciente “Ley de clasificación de impuestos”. Los
gobiernos autónomos municipales y departamentales
recién podrán crear impuestos si es que tienen un
informe técnico favorable de la autoridad fiscal del
Gobierno central.
• Crear un “Fondo de Desarrollo Productivo y Solidario”,
con el “objeto de promover el desarrollo productivo a
través del financiamiento de proyectos estratégicos,
contribuyendo a una distribución más equitativa de los
beneficios de la explotación de recursos naturales, en
todo el territorio nacional”
38. LMAD
9. Suspensión temporal y destitución de
autoridades electas.
• La LMAD permite la suspensión temporal de
autoridades electas de municipios y gobernaciones
del ejercicio de sus funciones cuando pese sobre
dichas autoridades acusación formal en materia penal.
Se produce una peligrosa “judicialización de la
política”
39. El retorno de los conflictos
• Caranavi, limites Oruro-Potosi, tema gas
Chuquisaca-Tarija, entre municipios
• Antes regiones busca hegemonías ahora
regiones demandas económicas
• Tema Tipnis, respeto CPE consulta previa
40. Conclusiones
• Instaura un sistema de autonomías bastante complejo,
puesto que contempla cuatro formas de autonomías:
departamentales, regionales, municipales e indígena
originario campesinas.
• Dos temas son claves para el éxito de la implementación
de dichas autonomías. Un régimen competencial que
defina claramente las responsabilidades de cada nivel
de gobierno y un régimen financiero que otorgue los
suficientes recursos para el ejercicio de las
competencias que tiene cada autonomía.
• Demandará inexploradas capacidades de diálogo,
negociación y gerencia pública para el Estado y la
sociedad boliviana
41. Conclusiones
• Se requiere de mucha flexibilidad, de una apertura de
espíritu, de diálogo y de compromiso con el proceso
autonómico por parte de todos los actores involucrados.
Elementos que todavía parecen faltar.
• El peso de una cultura centralista que marca a los
ministerios y otras instituciones gubernamentales
dificulta los avances en la transferencia de competencias
y recursos a las regiones.
• Si a esta situación se añade el fuerte presidencialismo
que tenemos en el país, y la judicialización de la política,
pues estaríamos presenciando la paralización del
proceso de implementación de las autonomías.