La Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay rechaza varios artículos de un proyecto de ley de presupuesto nacional por considerar que lesionan la incumbencia de la profesión veterinaria en temas de bienestar animal. Específicamente, los artículos eliminan la participación de veterinarios en organismos relacionados con el bienestar animal y la tenencia responsable de mascotas. La Sociedad pide entrevistas con legisladores y el Ministerio de Ganadería para expresar su desacuerdo con estas modificaciones que van en contra de normativas
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
CONAHOBA Y LEY DE PRESUPUESTO
1. COMUNICADO
Visto:
El proyecto de Ley de Presupuesto Nacional del Ejercicio 2015 – 2019 remitido por el Poder
Ejecutivo al Parlamento Nacional.
Considerando:
Que Uruguay es Centro Colaborador de la Organización Mundial de Sanidad Animal (O.I.E.) en
Bienestar Animal y Sistemas de Producción Pecuarios para las Américas conjuntamente con
Chile y México;
Que la OIE es el organismo asesor de la Organización Mundial de Comercio en los aspectos
referidos a Salud Animal;
Que en los artículos 272, 274 y 275 se lesionan severamente incumbencias privativas de la
profesión Veterinaria del Uruguay:
Artículo 271.- Transfiere la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal del Ministerio de
Educación y Cultura al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y le cambia el nombre por
el de Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal.
Artículo 272.- Crea la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal como organismo
desconcentrado dependiente del MGAP, integrado por:
-Un representante del MGAP,
-Un representante del MSP,
-Un representante del Ministerio del Interior y
-Un representante del Congreso de Intendentes.
Artículo 274.-Crea un Consejo Consultivo integrado por:
-Un delegado por UDELAR
-Un delegado por la Administración de Educación Pública
-Un delegado de los empresarios rurales
-Un delegado de las protectoras de animales
-Un delegado de la Comisión para la Seguridad Rural
2. Artículo 275.- Crea una Comisión de Zoonosis, Tenencia Responsable y Bienestar Animal en el
ámbito del MGAP con 5 integrantes:
-Un delegado del Poder Ejecutivo a propuesta de la Comisión de Zoonosis
-Dos representantes de la Comisión de Zoonosis
-Dos representantes de la nueva Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y
Bienestar Animal.
La SMVU declara:
1.- Su más profundo rechazo y entienda como discriminatorio hacia nuestra profesión
Veterinaria el sustituir el artículo 14 de la Ley 18.471 de Tenencia Responsable de Animales
que elimina la participación en su organización de un delegado de la Sociedad de Medicina
Veterinaria del Uruguay, negando lo que es una incumbencia privativa de nuestro quehacer
profesional.
2.-Este proyecto de ley desconoce las normativas internacionales de la Organización Mundial
de Sanidad Animal (O.I.E) en la cual claramente determinan que en lo concerniente al
Bienestar Animal deben estar activamente implícitos los Servicios Veterinarios Oficiales y los
Veterinarios con sus organismos estatutarios.
3.-La OIE declara que el término Bienestar Animal (BA) designa el modo en que un animal
afronta las condiciones de su entorno. Un animal esta en buenas condiciones de bienestar si
está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, puede expresar formas innatas de
comportamiento y si no padece sensaciones desagradables de dolor, miedo o desasosiego.
4.-Las buenas condiciones de bienestar de los animales exigen que se prevengan sus
enfermedades y se les administren tratamientos veterinarios apropiados; que se les proteja,
maneje y alimente correctamente y que se les manipule y sacrifique de manera compasiva. El
concepto de BA se refiere al estado del animal.
5.-Por lo tanto el BA es una incumbencia profesional Veterinaria.
6.-Rechazar el artículo 274 que al crear un Consejo Consultivo, desconociendo el rol en
Bienestar animal de los investigadores en BA de la Facultad de Veterinaria al poner
genéricamente un delegado de la UDELAR, no integrando a la profesión Veterinaria a la misma.
7.-Realizar un llamado de atención a la creación en el artículo 275 de la Comisión Asesora en
Zoonosis en el ámbito del MGAP, sin la participación de la profesión Veterinaria artífice
directo de las políticas de Bienestar Animal en el país, desconociendo que ya existe una
Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis, la cual integra el propio MGAP, duplicando
esfuerzos y recursos
8.-Nuevamente, en la integración de dicha comisión asesora, estará integrada por 3
integrantes de la Comisión de Zoonosis y 2 de la CONAHOBA, discriminando a la profesión
Veterinaria.
3. La SMVU resuelve:
1.-Rechazar los artículos 271, 272, 273, 274 y 275 del proyecto de presupuesto nacional.
2.-Comunicar a todos sus asociados la gravedad de los hechos propuestos en el nuevo
proyecto de ley de presupuesto a estudio del Parlamento Nacional.
3.-Pedir entrevista urgente con los presidentes de las comisiones respectivas a nivel
parlamentario y con todos los legisladores.
4.-Pedir entrevista urgente con el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
5.-Presentar esta situación por parte de nuestro delegado en la Comisión Nacional Honoraria
de Salud Animal (CONAHSA) integrada por representantes de las asociaciones de productores
y la SMVU.
6.-Lamentar profundamente que estos cambios en las normativas vigentes no hayan sido
consultados con los verdaderos implicados en el Bienestar Animal.
7.-Difundir a toda la Profesión Veterinaria , a los Centros Veterinarios de Artigas, Salto,
Paysandú, Río Negro, Soriano, Colonia, La Línea, San José, Flores, Florida, Durazno,
Tacuarembó, Rivera, Cerro Largo, Treinta y Tres, Lavalleja, Maldonado, Rocha y Canelones; a
sus filiales: Asociación Uruguaya de Veterinarios Laboratoristas (AUVELA) ,Asociación
Uruguaya de Veterinarios en Equinos (AUVE), Asociación Médicos Veterinarios Especialistas en
Aves (AMEVEA), Asociación Uruguaya de Veterinarios de la Pesca y Acuicultura (AUVEPA),
Asociación de Veterinarios Especialistas en Protección de Alimentos (AVEPA), Sociedad
Uruguaya de Veterinarios Especialistas en Pequeños Animales(SUVEPA), Sociedad Uruguaya de
Neurólogos y Neuropatólogos Animales (SUNNA), Asociación de Veterinarios Especialistas en
Nutrición Animal (AVENA) y Sociedad de Buiatría del Uruguay .
8.-Difundir a la Academia Nacional de Veterinaria y Facultad de Veterinaria.
9.-Difundir a la Agrupación Universitaria del Uruguay (AUDU), a los Colegios Veterinarios de
Mercosur de Brasil, Argentina y Paraguay.
Montevideo, 08 de Septiembre de 2015.-