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DEC 5207-MGJyC-2015 Rectificatorio Financiamiento Electoral PASO 2015
1. VI STO:
CONSIDERANDO:
DECRETO w 5207
SAN LUIS, 17 de Julio de 2015.
El EXD-0000-7060332/15; y,
-MGJyC-2015.-
Que en act. DOCEXT 91833/15 obra copia de Decreto
N" 4975-MGJyC-2014, de fecha 10 de Julio de 2015, mediante el cual se dispuso
otorgar un subsidio a los distintos Partidos Politicos y/o Alianzas electorales,
correspondientes a la impresión de boletas de sufragio y la publicidad electoral en
los medios de comunicación no oficiales, conforme a lo dispuesto por los Arts. 14° y
15° de la Ley N° XI-0838-2013 y Decreto N° 3855-MGJyC-2015;
Que en act. DOCEXT 91988/15 la Secretaria Electoral
Provincial, remitió al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto informe rectificatorio de
las distintas candidaturas politicas que oficializaron para las Elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias 2015, según el cual surge que respecto a la
Alianza Cambiemos se han agregado nuevas categorias electivas y listas
oficializadas;
Que en act. NOTBLA 91992/15 obra planilla y detalle
de financiamiento indicando que a la alianza mencionada precedentemente le
corresponde un total de Pesos NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON 87/100 ($ 953.536,87);
Que por act. PTPREC 46006/15 obra Planilla de
Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios debidamente conformada
por autoridad competente;
Que por act. INFORM 106848/15, toma intervención
la Oficina Presupuesto Público, considerando que el presente caso debe
encuadrarse en las disposiciones de los Articulas 9° y 10° de la Ley VIII-0253-2014;
Que en act. NOTBLA 91992/15 obra intervención de la
Oficina Legal del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto quien manifiesta que
corresponde dictar Decreto complementario que autorice un incremento en Pesos
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIUNO CON 55/100 ($
242.121,55) del subsidio con cargo a rendir para Alianza Cambiemos, autorizado
oportunamente mediante Decreto N° 4975-MGJyC-2015;
Que en act. NOTAMP 193573/15 obra informe de
Contaduria General de la Provincia de donde surge que corresponderia el dictado
del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la modificación presupuestaria
propuesta, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1° del Decreto
N° 8-MHyOP-2015 y autorice el incremento del subsidio tramitado, con cargo a
rendir cuenta documentada ante Contaduria General de los fondos a otorgar,
conforme a lo solicitado y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5°
de la Ley N" VIII-0256-2004 y Art. 3° del Acuerdo N° 83-TC-2002;
Que en act. DICFIS 31438/15 obra dictamen de
Fiscalia de Estado, surgiendo que no tiene objeciones legales que formular;
Por ello y en uso de sus atribuciones
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE C R E T A:
Art.1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10° de la
Ley N° VIII-0253-2014, en el Art. 5° de la Ley W VIII-0256-2004, en el Art.
3° del Acuerdo N° 83-TC-2002 y exceptuar el mismo de lo dispuesto en el
Art. 1° del Decreto N° 8-MHyOP-2015.-
2. CDE. DECRETO N° 5207
2
-MGJyC-2015.-
Art. 2°._ Modificar en el Presupuesto Vigente el Recurso que a continuación se
detalla:
Ampliar:
1- Recursos de la Administración Central
1- Recursos Corrientes
1- Ingresos Tributarios
3- Impuestos Federales de Libre Disponibilidad
04- Impuesto a las Ganancias Excedente Conurbano
Bonaerence 242.121,55
Art. 3°._ Modificar en el Presupuesto Vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ampliar:
INS. JUR. U.E. PROG.FTE.FTO. INC. PPAL.
1 25 10 16 1 01 5 1
IMPORTE
242121,55
Art.4°.- Otorgar un subsidio, a la Alianza Cambiemos, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIUNO CON
55/100 ($ 242.121,55) con cargo a rendir cuenta documentada.-
Art. 5°._ Imputar el presente gasto en la siguiente Partida del Presupuesto vigente:
INS. JUR. U.E. PROG. FTE.FTO. INe. PRIN.
1 25 10 16 1 01 5 1
IMPORTE
242.121,55
Art.6°.- Incluir en la programación financiera del mes en curso, la suma de Pesos
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIUNO CON
55/100 ($ 242.121,55), con imputación a la partida identificada en el
Articulo 5° del presente Decreto.-
Art. 7°_ Notificar a Fiscalia de Estado.-
Art. 8°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la
Oficina Contable del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto.-
Art. 9°._ Hacer saber a Oficina Presupuesto Público, Contaduría General de la
Provincia, Tesorería Generaí de la Provincia, y por intermedio de la
Secretaría Electoral Provincial comunicar a la Alianza Cambiemos.-
Art. 10°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General de
Estado Legal y Técnica interinamente a cargo del Ministerio de Gobierno,
Justicia y Culto y del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.-
Art. 11°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDia JAVIER POGGI
VICTOR MANUEL ENDEIZA
ES COPIA: