El documento analiza el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas aprobado por el gobierno nacional y expresa preocupación por posibles violaciones a derechos constitucionales. Se destaca que el protocolo deja en manos de la policía definir qué protestas son legítimas y habilita la represión sin orden judicial, poniendo en riesgo los derechos a la libre expresión y reunión. Varias organizaciones rechazan el protocolo por criminalizar la protesta social y condicionar el trabajo periodístico.
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Resolución repudiando el Protocolo Anti-Piquete
1. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE LA COSTA
Provincia de Buenos Aires
“Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias del Sur, son Argentinas”
VISTO Y CONSIDERANDO
FUNDAMENTOS
La puesta en vigencia del “Protocolo de actuación de las fuerzas de
seguridad del Estado en manifestaciones públicas” aprobado el 17 de
Febrero de 2016 por el Consejo de Seguridad Interior (CSI) reunido en
Bariloche, pone en juego aspectos esenciales de la democracia, y su
aplicación afecta los derechos a la vida, a la integridad, de reunión, de
petición a las autoridades y la libertad de expresión.
“…En toda situación de protesta social se ponen en pugna dos derechos
constitucionales; por un lado, el legítimo derecho a manifestarse, y, por el
otro, el derecho a la libre circulación. La protección de estos derechos debe
realizarse de manera armónica, propugnando la vigencia de ambos.
Especialmente preocupante resulta el hecho de que el nuevo protocolo deja
en manos de las fuerzas de seguridad la manera de intervenir frente a la
protesta. Se prevé que “El Jefe del Operativo de Seguridad impartirá
la orden que los manifestantes deben desistir” del corte, “retirarse y
ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos
garantizando siempre la libre circulación”. Y si los manifestantes “no
cumplieran con la orden” se les hará saber que están violando el Código
Penal, se pondrá en conocimiento de la situación a la Justicia y “se
procederá a intervenir y disolver la manifestación” …” (Fundamentos
del Proyecto ´presentado por legisladores de Nuevo Encuentro, CABA)
“…El gobierno nacional considera que las protestas sociales deben
ser abordadas como un problema de seguridad y, por lo tanto, la
primera respuesta del Estado a los reclamos en la calle la darán las
fuerzas de seguridad. En nuestro país, el corte de calles y la
ocupación de espacios públicos tienen una larga tradición como
método de lucha social. Lamentablemente, también tenemos una
larga historia de represiones a protestas sociales en las que las
fuerzas de seguridad asesinaron a muchos manifestantes o los
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hirieron gravemente. Esa historia explica que distintas medidas
tomadas entre 2002 y 2011 prohibieran que los efectivos portaran
armas de fuego y establecieran que las balas de goma no pueden
ser disparadas al cuerpo de las personas para que desalojen un
espacio. El nuevo protocolo no prohíbe la portación de armas de
fuego de los policías que pudieran entrar en contacto con
manifestantes…” (Opinión del Centro de Estudios Legales y Sociales,
CELS)
Desde el Gobierno Nacional, se intentó enmendar este tema aduciendo que
en la primera línea de represión, no se utilizarían armas letales. “…Sin
embargo, no hay ni en el texto de la resolución ni en las
declaraciones de la ministra (de seguridad) ninguna referencia a
con qué criterios se utilizarán estas armas ni qué controles habrá.
Se trata de un cambio de política alarmante ya que las llamadas
“armas no letales” producen heridas graves y pueden matar, como
ocurrió en el caso del maestro Carlos Fuentealba en 2007…” (Opinión
del Centro de Estudios Legales y Sociales, CELS)
Por otra parte, el “Protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad
del Estado en manifestaciones públicas” parte de considerar que toda
protesta constituye flagrante delito y deja en manos de las fuerzas de
seguridad -juzgando en forma sumaria- definir qué protestas permiten y
cuáles no, negando el principio de inocencia y violando numerosos fallos
judiciales que han reconocido que el derecho a la protesta está por sobre
eventuales problemas de tránsito. Además habilita a las fuerzas de
seguridad a reprimir sin orden judicial basándose en el artículo 194 del
Código Penal impuesto por el dictador Onganía.
El secretario de Seguridad, Eugenio Burzaco, expresó que en “en el
noventa y nueve por ciento” de los casos “no habrá balas de goma”
frente a los piquetes, pero no especifica que esté prohibida la portación de
armas de fuego.
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“Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias del Sur, son Argentinas”
“…Después de la explicación de Bullrich de que los manifestantes “tendrán
cinco o diez minutos” para liberar piquetes antes de que actúen las
fuerzas de seguridad, Burzaco … precisó … “Nuestra idea es que cese el
delito. Queremos volver a un equilibrio entre el derecho a
manifestar y peticionar y el derecho a circular libremente”. Es dable
aclarar que Burzaco era el Jefe de la Policía Metropolitana cuando ocurrió el
desalojo del Parque Indoamericano y esa fuerza, que llevaba plomo oculto
en balas de goma, fue la que se determinó que mató a dos personas que
estaban en extremos opuestos del predio. Del operativo participó también la
Policía Federal. (Fuente diario Página 12 Sábado, 20 de febrero de 2016)
En La Rioja, una de las provincias que se negaron a firmar el protocolo, el
secretario de Derechos Humanos, Délfor Brizuela, cuestionó: “Se
establece de antemano que, sin importar la naturaleza del reclamo y
el consenso que tenga en la sociedad, el Gobierno irá al choque con
los manifestantes, quienes además serán enteramente responsables
de las consecuencias”. El protocolo, subrayó, “no significa otra cosa
que criminalizar la protesta”. Brizuela lo analizó como “correlato de las
medidas que se están tomando con relación al empleo”. “El
Gobierno por un lado echa a los trabajadores y reduce a la mínima
expresión el poder adquisitivo del salario de aquellos que se salvan
de los despidos, mientras que por el otro, previendo el
comportamiento lógico que es la justa protesta social amparada por
la Constitución, los espera con hombres armados listos para
reprimir y así invisibilizar cualquier manifestación popular”, detalló.
En otro sentido, además de lo expuesto, hay que destacar otro aspecto del
mencionado protocolo. La Red de Carreras de Comunicación Social y
Periodismo de Argentina (REDCOM) manifestó su “profunda
preocupación” ante el protocolo porque “La historia nos enseña que el
derecho a la protesta asegura el ejercicio de otros derechos y que
en el desarrollo de manifestaciones callejeras está en juego la
libertad de expresión de amplios sectores sociales que no tienen
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acceso a los medios de comunicación regidos bajo el paradigma
empresarial o controlados por el gobierno al que se plantean las
demandas”.
En su declaración del 17 de enero del 2016 de la APDH Argentina,
manifestó “…Entendemos esta actitud como una acto de provocación
a la libertad de expresión consagrada en la Constitución Nacional y
los Tratados Internacionales que la integran, libertad de expresión
que todos hemos podido ejercer en los últimos años, incluso
aquellos medios masivos de comunicación que en más de una
ocasión estuvieron al borde de la conspiración.
Por tal motivo, llamamos a las autoridades del Estado a establecer
caminos de diálogo dentro del Estado de derecho, con la protesta
social y los organismos de DDHH, donde debe estar garantizado el
derecho a la libertad de reunión y expresión de las personas en los
espacios públicos, sin restricciones ni discriminaciones…”
Los asesinatos de Darío Santillan y Maximiliano Kosteki el 26 de junio de
2002 en la estación de Avellaneda quedaron retratados en la cámara de un
reportero gráfico y evitaron que se impusiera la idea de que la crisis causó
dos nuevas muertes, como tituló el diario Clarín. El nuevo Protocolo
pretende regular y condicionar el trabajo de los periodistas que
cubran los desalojos violentos, implicando entonces un serio
atentado contra la libertad de expresión en Argentina.
La prescripción de una “zona de ubicación determinada” para los
trabajadores de la comunicación que impone el Protocolo “implica un
condicionamiento de la línea editorial de los medios y garantiza la
impunidad para los agentes de seguridad que violen los derechos
humanos de los manifestantes”
El bloque de Diputados Nacionales del FpV-PJ , en un proyecto de resolución
presentado, indica que “La historia de las luchas sociales y las
manifestaciones populares en Argentina nos ha enseñado que ‘una
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zona determinada por la policía’ puede servir para ocultar un
accionar represivo cuando no ilegal”. Tomando argumentos de la
Asociación de Reporteros Gráficos Argentinos (ARGRA), señalan
antecedentes de nuestra historia reciente, donde el trabajo periodístico sin
censuras permitió iluminar tramas oscuras de las fuerzas de seguridad,
como los asesinatos de Kosteki y Santillán en 2002, la represión en el
Parque Indoamericano (2010), el asesinato de Mariano Ferreyra (2010), o
la inusitada violencia en el Hospital Borda (2013). “Los trabajadores de
prensa que cubren la protesta social necesitan garantías para su
seguridad física, y para la realización de su labor: cubrir los hechos
con libertad de movimiento y perspectiva que corresponde a una
prensa libre y responsable”.
“…Este gobierno ha demostrado desde su inicio -y anteriormente ya
en su gestión en la Ciudad de Buenos Aires con la Unidad de Control
del Espacio Público (UCEP) y la Policía Metropolitana- su voluntad
de castigar cualquier medida de lucha o expresión social,
encontrándonos como ejemplos el encarcelamiento absolutamente
irregular y revanchista de la compañera Milagro Sala en la provincia
de Jujuy, así como también la absurda represión a la murga Los
Auténticos Reyes del Ritmo en el Bajo Flores hiriendo de bala a
niños y adolescentes, y la violencia ejercida en Ezeiza contra los
obreros de Cresta Roja, en la Ciudad de La Plata contra los
trabajadores municipales y cooperativistas, y en otras ocasiones…”
indica una comunicado de la Juventud del Movimiento Evita, del Partido de
la Costa.
Asimismo, aparecen alternativas al Protocolo, tal el caso de los Diputados
Provinciales del Frente para la Victoria (FpV) y de otras fuerzas,
quienes presentaron, en la Legislatura provincial de la Provincia de
Santa Fe, un proyecto que impulsa una nueva metodología de control de la
protesta social, aunque sin adherir al cuestionado protocolo antipiquetes
oficializado recientemente por el gobierno de Mauricio Macri. La iniciativa
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promueve la figura de un responsable político del accionar policial,
además de la intervención de un mediador por parte del Estado y de
un funcionario del área de Derechos Humanos que reciba denuncias en
caso de registrarse abusos. La base de abordaje de los conflictos será el
diálogo y la policía no tendrá contacto directo con los manifestantes. “Se
trata de una estructura de funcionamiento para actuar frente a los
reclamos sociales, porque el Estado tiene que compatibilizar los
derechos a protestar y a circular”, explicó el diputado provincial Leandro
Busatto (FpV).
El ministro de Seguridad santafesino, Maximiliano Pullaro, aclaró que “bajo
ningún concepto” la administración del gobernador Miguel Lifschitz
buscará “criminalizar la protesta”.
Por todo lo expuesto en los fundamentos, elevamos el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE LA COSTA
RESUELVE
Artículo 1°: Este cuerpo deliberativo, expresa su mas amplio repudio al
“PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE FUERZAS DE SEGURIDAD DEL
ESTADO EN MANIFESTACIONES PÚBLICAS”, por considerarlo violatorio
de los derechos humanos inalienables, marcados en nuestra Constitución y
en los tratados internacionales de Derechos Humanos suscriptos por
nuestro país.
Artículo 2°: Solicitase al Poder Ejecutivo Nacional la rectificación del citado
Protocolo, requiriéndose una nueva elaboración que no contenga violaciones
a los derechos y garantías constitucionales.
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Artículo 3°: Repudiar las declaraciones de la Ministra de Seguridad,
Patricia Bullrich, en relación a la aplicación del protocolo, cuando manifestó
“…en 5 minutos se van o los sacamos…” configurando que estas
expresiones son una amenaza, en voz de una funcionaria que tiene que
velar por la seguridad de los ciudadanos.
Artículo 4°: Notifíquese de la presente, al Poder Ejecutivo Nacional, a las
dos cámaras del Poder Legislativo Nacional y Provincial, a los
Departamentos Deliberativos de la Provincia de Buenos Aires, y a los
medios de prensa.
Artículo 5°: de forma.
Prof. Marcelo Pavka
Concejal
Frente Para la Victoria