SlideShare a Scribd company logo
1 of 12
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y
POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autora:
Yepsimar M González R
C.I V- 15.817.617
Barquisimeto, Febrero 2017
Es la primera vez que se establece en una ley la
diferencia entre niño, niña y adolescente. Niño o
niña es toda persona con menos de doce años de
edad. Adolescente es toda persona con edades
comprendidas entre los doce y los dieciocho años.
Estas precisiones son muy importantes porque
influyen en la asignación de responsabilidades de
los niños, niñas y adolescentes de acuerdo con los
limites establecidos por la propia ley.
La Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y
adolescentes (LOPNNA) establece una clara
distinción entre niño(A) y adolescente en su Articulo
2
Su objeto radica en velar por los derechos y garantías de
los niños, niñas y adolescentes, además de velar también
por los deberes y responsabilidades en relación con la
atención y protección de ellos, para el buen desarrollo
integral de los niños, niñas y adolescentes.
La LOPNNA en su Articulo 1 señala su Objeto, el cual
establece que:
‘Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y
adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional,
el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y
garantías, a través de la protección integral que el Estado,
la sociedad y la familia deben brindarles desde el
momento de su concepción. ‘
Con relación a este punto señala la LOPNNA en sus Artículos 10, 12 y 37 lo
siguiente:
Articulo 10: En su articulado nos expone
que todos los niños. Niñas y adolescentes
son sujetos de derechos, lo cual por
consecuencias gozan de una serie de
derechos y garantías que están consagradas
en la convención sobre los derechos del
niño.
Articulo 12: Señala que todos los
derechos y garantías de los cuales
gozan los niños, niñas y adolescentes
son inherentes a la persona humana por
lo tanto son: de orden público,
irrenunciables e indivisibles
Articulo 37: Lo expuesto en ese
artículo nos señala que todos los niños,
niñas y adolescentes, gozan del derecho
de libertad personal, por lo cual estos
no pueden ser privados de ella de
manera arbitraria
Esta Ley Orgánica de Protección de niños, niñas y adolescentes goza de
rango constitucional, debido a que Nuestra Carta Magna de 1999, en su
capítulo V consagra que hay que otorgarle prioridad a la protección de los
niños, niñas y adolescentes.
Señala en su Artículo 78 ‘Los niños, niñas y
adolescentes son sujetos plenos de derecho y
estarán protegidos por la legislación, órganos y
tribunales especializados, los cuales respetarán,
garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta
Constitución , la Convención sobre los Derechos
del Niño y demás tratados internacionales que en
esta materia haya suscrito y ratificado la
República’
1. Concebir a los niños, niñas y
adolescentes como sujetos de Derecho
2. Distribuye las responsabilidades de la
protección de los niños, niñas y adolescentes a
nivel municipal. Estadal y nacional
3. Otorgar nuevos derechos a los niños, niñas y
adolescentes
4. Establece los deberes de los niños, niñas y
adolescentes
5. Establece normas y procedimientos especiales para la protección
de los niños, niñas y adolescentes
Se encuentran Contemplados desde el Articulo 15 al 89 de la LOPNNA, entre los
Derechos Tenemos:
1. A la Vida
2. A tener contacto con su Madre y
Padre
3. Ser criado en una Familia
4. A tener un Nombre e
Identificación
5. Integridad Personal 6. Opinar y ser Oído
7. A ser Respetados
8. A tener un Nivel de vida adecuado
9. Conocer a sus Padres
10. Derecho a la Educación
Esto Radica en una Principio Esencial que es:
Es aquel que está destinado para resguardar la protección de los niños, niñas y
adolescentes tomando en cuenta su opinión, también se conoce como un conjunto de
acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna de
los niños, niñas y adolescentes. Se trata de una garantía de que las niñas y los niños
tienen derecho a que, antes de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas
que promuevan y protejan sus derechos.
El concepto del interés superior del niño aparece en diferentes tratados
internacionales:
1. Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Párrafo 2
2.Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer Artículos 5 b y 16, párrafo 1d
3. Convención sobre los Derechos del niño. Artículo 3, párrafo 1
Se encuentra contemplado en el Articulo 8 de la LOPNNA
Es un instrumento jurídico de fecha del 20 de noviembre de 1989 a
través del cual se enfatiza que los niños tienen los mismos derechos
que los adultos, además de eso reconoció a los niños como sujetos de
derecho, pero convierte a las personas adultas en sujetos de
responsabilidades.
Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de Noviembre de 1989. Su origen fue la Declaración de
Ginebra sobre los Derechos del Niño.
El 29 de agosto de 1990, promulgo en Venezuela la Ley
Aprobatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño para
brindarles protección social y jurídica a los niños, niñas y
adolescente.
Son los órganos creados por el Estado con la participación activa de la sociedad, a las
cuales se puede acudir en busca de orientación y solución de problemas en relación a
los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Para la defensa y protección se crean consejos para la protección de dichos derechos
estos pueden ser :
Consejo de Derechos: Nacional, Estadal y Municipal.
Consejo de Protección: Municipal
Son los que dictan la normativa jurídica para la resolución
de problemas en materia de niños(as) y adolescentes.
Estos se dividen en:
 Tribunales de Protección del Niño y Adolescente;
 Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se
conocerá el Recurso de Casación.
Mejor conocido como la Fiscalía, es el encargado de
velar por el cumplimiento de las normativas legales
en materia de niños(as) y adolescentes.
Debe contar con fiscales especializados para la
protección del niño y del adolescente.
Son aquellas instituciones que ejecutan programas, medidas
y sanciones; deben asegurar el respeto a los derechos y
garantías de los niños, niñas y adolescentes, ajustando su
funcionamiento al Principio del Interés Superior del Niño.
Son servicios de interés publico organizados y
desarrollados por los Municipios o la sociedad, con el
fin de promover y defender los derechos de los niños,
niños y adolescentes. Fortalecer los lazos familiares,
brindar asistencia jurídica, difundir los derechos de los
niños, niñas y adolescentes, educarlos para su
autodefensa

More Related Content

What's hot

Las instituciones familiares
Las instituciones familiaresLas instituciones familiares
Las instituciones familiares
Clara Henriquez
 
Delitos contra la administración publica_IAFJSR
Delitos contra la administración publica_IAFJSRDelitos contra la administración publica_IAFJSR
Delitos contra la administración publica_IAFJSR
Mauri Rojas
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ
 
El derecho de ejecución penal_IAFJSR
El derecho de ejecución penal_IAFJSREl derecho de ejecución penal_IAFJSR
El derecho de ejecución penal_IAFJSR
Mauri Rojas
 

What's hot (20)

Las instituciones familiares
Las instituciones familiaresLas instituciones familiares
Las instituciones familiares
 
Derechos humanos garantias y deberes
Derechos humanos garantias y deberesDerechos humanos garantias y deberes
Derechos humanos garantias y deberes
 
Importancia de la criminologia en la formacion del abogado.
Importancia de la criminologia en la formacion del abogado.Importancia de la criminologia en la formacion del abogado.
Importancia de la criminologia en la formacion del abogado.
 
Ley contra el secuestro y la extorsión
Ley contra el secuestro y la extorsiónLey contra el secuestro y la extorsión
Ley contra el secuestro y la extorsión
 
Mi tesis
Mi tesisMi tesis
Mi tesis
 
El contrato compraventa en venezuela.
El contrato compraventa en venezuela.El contrato compraventa en venezuela.
El contrato compraventa en venezuela.
 
ENJ-400: Módulo I: La Doctrina de la Situación Irregular de los/as “menores” ...
ENJ-400: Módulo I: La Doctrina de la Situación Irregular de los/as “menores” ...ENJ-400: Módulo I: La Doctrina de la Situación Irregular de los/as “menores” ...
ENJ-400: Módulo I: La Doctrina de la Situación Irregular de los/as “menores” ...
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Contestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscalContestacion de la acusacion fiscal
Contestacion de la acusacion fiscal
 
Jesus derecho internacional privado
Jesus derecho internacional privadoJesus derecho internacional privado
Jesus derecho internacional privado
 
Leyes Penales Orgánicas y Especiales en Venezuela.
Leyes Penales Orgánicas y Especiales en Venezuela.Leyes Penales Orgánicas y Especiales en Venezuela.
Leyes Penales Orgánicas y Especiales en Venezuela.
 
Teoria DE LA PENA
Teoria DE LA PENATeoria DE LA PENA
Teoria DE LA PENA
 
Concurso ideal de delitos
Concurso ideal de delitosConcurso ideal de delitos
Concurso ideal de delitos
 
Delitos contra la administración publica_IAFJSR
Delitos contra la administración publica_IAFJSRDelitos contra la administración publica_IAFJSR
Delitos contra la administración publica_IAFJSR
 
tutela judicial efectiva
 tutela judicial efectiva tutela judicial efectiva
tutela judicial efectiva
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJP
 
Garantías Constitucionales
Garantías ConstitucionalesGarantías Constitucionales
Garantías Constitucionales
 
El derecho de ejecución penal_IAFJSR
El derecho de ejecución penal_IAFJSREl derecho de ejecución penal_IAFJSR
El derecho de ejecución penal_IAFJSR
 
Hechos punibles
Hechos puniblesHechos punibles
Hechos punibles
 
Algunas Notas sobre Derecho Civil Venezolano
Algunas Notas sobre Derecho Civil VenezolanoAlgunas Notas sobre Derecho Civil Venezolano
Algunas Notas sobre Derecho Civil Venezolano
 

Similar to Derecho Civil - lopnna

Informe Civil LOPNNA
Informe Civil LOPNNAInforme Civil LOPNNA
Informe Civil LOPNNA
Veronica Orta
 
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yolAnálsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
Darlin_12
 
Abc ley de infancia y adolescencia
Abc ley de infancia y adolescenciaAbc ley de infancia y adolescencia
Abc ley de infancia y adolescencia
PrevencionFIP
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
Lissybea
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
Lissybea
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
Lissybea
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
Lissybea
 

Similar to Derecho Civil - lopnna (20)

Trabajo de derecho civil
Trabajo de derecho civilTrabajo de derecho civil
Trabajo de derecho civil
 
Derecho civil jose peroso
Derecho civil jose perosoDerecho civil jose peroso
Derecho civil jose peroso
 
Informe Civil LOPNNA
Informe Civil LOPNNAInforme Civil LOPNNA
Informe Civil LOPNNA
 
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
 
Blog
BlogBlog
Blog
 
Presentación de la lopnna
Presentación de la lopnnaPresentación de la lopnna
Presentación de la lopnna
 
Lopna carlos hernandez
Lopna carlos hernandezLopna carlos hernandez
Lopna carlos hernandez
 
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yolAnálsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
Análsis de la ley orgánica para la protección del niño yol
 
estefanis
estefanisestefanis
estefanis
 
Abc
AbcAbc
Abc
 
Abc ley de infancia y adolescencia
Abc ley de infancia y adolescenciaAbc ley de infancia y adolescencia
Abc ley de infancia y adolescencia
 
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
 
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
Codigo ninez adolescencia_reformas_2009
 
Presentacion
PresentacionPresentacion
Presentacion
 
Taller Lopna (Version 1)
Taller Lopna (Version 1)Taller Lopna (Version 1)
Taller Lopna (Version 1)
 
-LOPNNA.pdf
-LOPNNA.pdf-LOPNNA.pdf
-LOPNNA.pdf
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
 
Antecedentes
AntecedentesAntecedentes
Antecedentes
 

More from yepsimargonzalez (6)

Derecho registral sistemas registrales
Derecho registral    sistemas registralesDerecho registral    sistemas registrales
Derecho registral sistemas registrales
 
Derecho registral - sistemas registrales
Derecho registral  - sistemas registralesDerecho registral  - sistemas registrales
Derecho registral - sistemas registrales
 
integración y derecho comunitario
integración y derecho comunitariointegración y derecho comunitario
integración y derecho comunitario
 
Criminologia presentacion tema 1
Criminologia   presentacion tema 1Criminologia   presentacion tema 1
Criminologia presentacion tema 1
 
Criminologia
Criminologia  Criminologia
Criminologia
 
Sociologia tema 8
Sociologia  tema 8Sociologia  tema 8
Sociologia tema 8
 

Recently uploaded

2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
naomivillacres0
 
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
ArtemisaReateguiCaro
 

Recently uploaded (10)

2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
 
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.
Mercado de trabajo y discapacidad.  Inclusión laboral.Mercado de trabajo y discapacidad.  Inclusión laboral.
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.
 
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
253.CUIDARTE SAN MARTIN PARA UNA MEJOR FORMACION
 
Manual-de-instalaciones-sanitarias-modulo-2-Minedu.pdf
Manual-de-instalaciones-sanitarias-modulo-2-Minedu.pdfManual-de-instalaciones-sanitarias-modulo-2-Minedu.pdf
Manual-de-instalaciones-sanitarias-modulo-2-Minedu.pdf
 
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
 
DECRETO 356 vigilancia y seguridad privada
DECRETO 356 vigilancia  y seguridad privadaDECRETO 356 vigilancia  y seguridad privada
DECRETO 356 vigilancia y seguridad privada
 
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
 
Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
 
Técnica de apareo o emparejamiento en eppidemiologia
Técnica de apareo o emparejamiento en eppidemiologiaTécnica de apareo o emparejamiento en eppidemiologia
Técnica de apareo o emparejamiento en eppidemiologia
 
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdfPatologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
 

Derecho Civil - lopnna

  • 1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Autora: Yepsimar M González R C.I V- 15.817.617 Barquisimeto, Febrero 2017
  • 2. Es la primera vez que se establece en una ley la diferencia entre niño, niña y adolescente. Niño o niña es toda persona con menos de doce años de edad. Adolescente es toda persona con edades comprendidas entre los doce y los dieciocho años. Estas precisiones son muy importantes porque influyen en la asignación de responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo con los limites establecidos por la propia ley. La Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes (LOPNNA) establece una clara distinción entre niño(A) y adolescente en su Articulo 2
  • 3. Su objeto radica en velar por los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, además de velar también por los deberes y responsabilidades en relación con la atención y protección de ellos, para el buen desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. La LOPNNA en su Articulo 1 señala su Objeto, el cual establece que: ‘Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción. ‘
  • 4. Con relación a este punto señala la LOPNNA en sus Artículos 10, 12 y 37 lo siguiente: Articulo 10: En su articulado nos expone que todos los niños. Niñas y adolescentes son sujetos de derechos, lo cual por consecuencias gozan de una serie de derechos y garantías que están consagradas en la convención sobre los derechos del niño. Articulo 12: Señala que todos los derechos y garantías de los cuales gozan los niños, niñas y adolescentes son inherentes a la persona humana por lo tanto son: de orden público, irrenunciables e indivisibles Articulo 37: Lo expuesto en ese artículo nos señala que todos los niños, niñas y adolescentes, gozan del derecho de libertad personal, por lo cual estos no pueden ser privados de ella de manera arbitraria
  • 5. Esta Ley Orgánica de Protección de niños, niñas y adolescentes goza de rango constitucional, debido a que Nuestra Carta Magna de 1999, en su capítulo V consagra que hay que otorgarle prioridad a la protección de los niños, niñas y adolescentes. Señala en su Artículo 78 ‘Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución , la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República’
  • 6. 1. Concebir a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de Derecho 2. Distribuye las responsabilidades de la protección de los niños, niñas y adolescentes a nivel municipal. Estadal y nacional 3. Otorgar nuevos derechos a los niños, niñas y adolescentes 4. Establece los deberes de los niños, niñas y adolescentes 5. Establece normas y procedimientos especiales para la protección de los niños, niñas y adolescentes
  • 7. Se encuentran Contemplados desde el Articulo 15 al 89 de la LOPNNA, entre los Derechos Tenemos: 1. A la Vida 2. A tener contacto con su Madre y Padre 3. Ser criado en una Familia 4. A tener un Nombre e Identificación 5. Integridad Personal 6. Opinar y ser Oído 7. A ser Respetados 8. A tener un Nivel de vida adecuado 9. Conocer a sus Padres 10. Derecho a la Educación
  • 8. Esto Radica en una Principio Esencial que es: Es aquel que está destinado para resguardar la protección de los niños, niñas y adolescentes tomando en cuenta su opinión, también se conoce como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna de los niños, niñas y adolescentes. Se trata de una garantía de que las niñas y los niños tienen derecho a que, antes de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos. El concepto del interés superior del niño aparece en diferentes tratados internacionales: 1. Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Párrafo 2 2.Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Artículos 5 b y 16, párrafo 1d 3. Convención sobre los Derechos del niño. Artículo 3, párrafo 1 Se encuentra contemplado en el Articulo 8 de la LOPNNA
  • 9. Es un instrumento jurídico de fecha del 20 de noviembre de 1989 a través del cual se enfatiza que los niños tienen los mismos derechos que los adultos, además de eso reconoció a los niños como sujetos de derecho, pero convierte a las personas adultas en sujetos de responsabilidades. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989. Su origen fue la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. El 29 de agosto de 1990, promulgo en Venezuela la Ley Aprobatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño para brindarles protección social y jurídica a los niños, niñas y adolescente.
  • 10. Son los órganos creados por el Estado con la participación activa de la sociedad, a las cuales se puede acudir en busca de orientación y solución de problemas en relación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Para la defensa y protección se crean consejos para la protección de dichos derechos estos pueden ser : Consejo de Derechos: Nacional, Estadal y Municipal. Consejo de Protección: Municipal
  • 11. Son los que dictan la normativa jurídica para la resolución de problemas en materia de niños(as) y adolescentes. Estos se dividen en:  Tribunales de Protección del Niño y Adolescente;  Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se conocerá el Recurso de Casación. Mejor conocido como la Fiscalía, es el encargado de velar por el cumplimiento de las normativas legales en materia de niños(as) y adolescentes. Debe contar con fiscales especializados para la protección del niño y del adolescente.
  • 12. Son aquellas instituciones que ejecutan programas, medidas y sanciones; deben asegurar el respeto a los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, ajustando su funcionamiento al Principio del Interés Superior del Niño. Son servicios de interés publico organizados y desarrollados por los Municipios o la sociedad, con el fin de promover y defender los derechos de los niños, niños y adolescentes. Fortalecer los lazos familiares, brindar asistencia jurídica, difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes, educarlos para su autodefensa