2. Objetivo de la Ley
o Maximizar el valor del dinero del
contribuyente en las contrataciones que
realicen las Entidades del Estado, uso
eficiente y transparente de recursos
públicos.
o Permitir que las entidades contraten en
forma oportuna, de la calidad requerida y a
precio razonable.
3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
• Reúne la información necesaria para
la contratación de un objeto
determinado (RTM, VR, etc), el que
una vez aprobado es remitido al
Comité Especial, para el inicio de sus
labores (fase inicial)
4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuál es su Finalidad?
Contar con la información técnica, económica y
selectiva que permita a la Entidad obtener una oferta
idónea, con la calidad requerida o mejorada y a costo o
precio adecuado.
5. Expediente de Contratación
Formulación
(área usuaria, OEC)
Aprobación
Por funcionario competente
Entrega al Comité Especial
Cada Entidad debe definir los procedimientos y plazos para la
determinación y aprobación del Exp. Contrat. y designación del Comité
Especial (Directivas, Instructivos)
6. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuándo se inicia?
• Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
• Concluye con la conformidad de recepción de
la última prestación, o con la liquidación, en
caso de obras, y con el pago.
NECESIDAD
• Área usuaria / requerimiento
• OEC.
7. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Debe contener:
• Toda la documentación del proceso
(desde requerimiento del área usuaria
hasta culminación del contrato)
• Las ofertas no ganadoras
• La disponibilidad de recursos y su
fuente de financiamiento
El expediente estará en custodia de la
OEC.
8. ¿Cuál es el grado de discrecionalidad del área usuaria,
OEC, inclusive del órgano especializado para la
determinación de las características técnicas?
Finalidad
Pública
9. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (I)
• Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria,
características técnicas mínimas, cantidad,
período de contratación, lugar de entrega,
plazo, forma de pago, etc.
- Especificaciones técnicas (bienes).
- Términos de referencia (servicios).
- Expediente técnico (obras).
10. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (II)
• Estudio de las posibilidades que ofrece el
mercado para:
- Determinar valor referencial
- Pluralidad de marcas y postores
- Ajuste a características
- Propuesta de factores
- Distribución de la buen pro.
11. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (III)
• Sistema de contratación
• Modalidad de Selección
• Modalidad de ejecución contractual
• Disponibilidad Presupuestal
• Tipo de proceso
• Resumen ejecutivo
12. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (IV)
• En obras y actividades derivadas de proyectos
de inversión :
– Declaración de viabilidad del SNIP
– Expediente Técnico
– Disponibilidad del terreno
13. 1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
MÍNIMOS
• Comprende:
– Características técnicas
(la propia entidad las establece)
– Normas Reglamentarias:
• Reglamentos técnicos (DISCAMEC)
• Normas Metrológicas (INDECOPI)
• Normas Sanitarias (Salud)
• Reglamentos sectoriales
– Otros requisitos:
• Normas técnicas nacionales e internacionales (tienen por objeto
prever la calidad de procesos de producción, etc).
14. Requerimientos Técnicos Mínimos
• Deben ser congruentes, proporcionales y
razonables en función al mercado.
• Deben incidir sobre los objetivos, funciones y
operatividad de los bienes, servicios u obras.
• Deben cumplir con las normas nacionales
aprobadas por autoridades competentes.
15. Requerimientos Técnicos Mínimos
NO aludir a marcas o nombres comerciales,
diseños, fabricantes, ni descripción que oriente la
adquisición o contratación de marca, fabricante
o tipo de producto específico.
17. Valor Referencial
• Las cotizaciones que se efectúan en el estudio de las
posibilidades que ofrece el mercado, requieren como
condición básica:
– Que exista un mercado competitivo.
– Que el proveedor que hace la cotización NO
conozca que ésta servirá para estimar un VR.
En muchos casos, es difícil que se cumplan estas
características. Por ello se generan distorsiones en la
estimación del VR.
18. Valor Referencial
• Evaluar alternativas técnicas y posibilidades que ofrece el
mercado. Dicha evaluación debe permitir la concurrencia de la
pluralidad de proveedores en el mercado, evitando incluir
requisitos innecesarios cuyo cumplimiento sólo favorezca a
determinados postores.
• Debe determinarse sobre la base de un estudio de las
posibilidades de precios y condiciones que ofrece el mercado,
en función del análisis de los niveles de comercialización, a
partir de las ET o TR y los costos estimados en el PAC
• Proyectos de Inversión: de acuerdo al monto de inversión
consignado en el estudio de pre inversión
19. Valor Referencial
¿QUÉ DEBE INCLUIR ?
¿QUÉ DEBE INCLUIR ?
• El costo del Bien o Servicio, además de su margen
de comercialización o utilidad.
• Tributos, Seguros, Costos de Transporte al punto
de entrega, Inspecciones, Pruebas solicitadas,
Costos Laborales y cualquier otro concepto.
• En casos de servicios de Intermediación Laboral,
el VR debe calcularse respetando todas las normas
laborales.
20. VALOR REFERENCIAL
• Servicios de Cobranzas o
Recuperaciones
• Honorarios de éxito:
El V.R. es la suma del
honorario fijo más el
honorario de éxito. Se
considerará monto máximo
que la Entidad pagaría como
honorario de éxito.
22. Valor Referencial
CARACTERISTICAS ESPECIALES
• El VR es de carácter PÚBLICO.
• Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la
naturaleza de la contratación lo haga necesario, cuando se
trate de bienes, servicios u obras que revisten
complejidad o cuando conlleven innovaciones
tecnológicas (justificación debida).
• El VR siempre será informado al SEACE
23. Valor Referencial
• Antigüedad del VR:
– Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación
del presupuesto base.
– Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la
aprobación del Expediente de Contratación.
– Consultoría de obras: 06 meses contados a partir de la
aprobación del Expediente de Contratación.
En caso se requiera un período mayor a los consignados, el
OEC indicará el período de actualización del mismo
24. Valor Referencial
• Límites del VR:
Para Bienes y Servicios, las propuestas que excedan
VR serán devueltas, sin límite mínimo
Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni menor
90%
Consultoría: No menor del 90%
25. Valor Referencial
• Errores Frecuentes
– Valor referencial en base a estudio desactualizado.
– Si el valor referencial está en moneda extranjera,
no se indica el tipo de cambio que debe emplearse
para efectuar el pago.
– Para su determinación no se toma en cuenta los
precios históricos (contratos).
– Para suministros de combustible, alimentos, entre
otros, no se indica el procedimiento a seguir para
el reajuste.
26. Valor Referencial
• Errores Frecuentes:
– Los proveedores tienden a enviar
cotizaciones con precios más altos que los
que correspondería ofrecer en un mercado
competitivo.
– El objetivo de los agentes del mercado: que
la entidad fije un VR más alto y salga a
concurso con un valor que los beneficia.
27. 3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
• Contenido de la Certificación Presupuestal:
– Fuente de Financiamiento
– Cadena Funcional Programática y del gasto
– Monto al cual asciende la certificación con las
anotaciones del caso
28. FUENTES DE FINANCIAMIENTO
• Recursos Ordinarios: Ingresos de recaudación
tributaria y otros conceptos, no vinculados a
ninguna Entidad, constituye fondos disponibles
de libre programación.
• Recurso Directamente Recaudados: Comprende
los ingresos directamente recaudados pos
éstas.
• Canon y Sobre Canon: Ingresos que reciben los
Pliegos Presupuestales, por la explotación
económica de los recursos naturales que
extraen de su territorio.
29. FUENTES DE FINANCIEMIENTOS
• Fondo de Compensación Municipal: Ingresos
provenientes del rendimiento del Impuesto de
promoción Municipal e Impuesto al Rodaje.
• Donaciones y transferencias: Fondos financieros
no reembolsables recibido por el gobierno,
provenientes de Agencias Internacionales de
Desarrollo, Gobiernos, Instituciones y
Organismos Internacionales.
30. Cadena Funcional Programática
• Agrupa los créditos presupuestarios
desagregados en Funciones, Programas y
Subprogramas. A través de ella se
muestran grandes líneas de acción que la
Entidad desarrolla en el cumplimiento de
las funciones primordiales del Estado y en
logro de sus objetivos y metas
contempladas en sus respectivos Planes
Operativos Institucionales y Presupuestos
Institucionales durante el año fiscal.