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SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMIA

I.   INTRODUCCIÓN
     1.1. DESCRIPCIÓN DEL TEMA EN CUANTO AL OBJETO DE LA
         INVESTIGACIÓN
        El presente trabajo de investigación se refiere explícitamente a las
        Autonomías y la Seguridad Nacional, cuya importancia investigativa
        teorico-bibliografica radica principalmente en las repercusiones socio-
        político y económicas que pueda generar las Autonomías como una
        nueva forma de auto gobierno de los cuatro departamentos del país
        comprometidos con este proceso, que amenazan lógicamente la
        estabilidad de la Seguridad Nacional.
        En ese sentido toda investigación requiere la definición de ciertos
        términos para ubicar la realidad del lenguaje en conceptos comunes,
        mismos que son tratados frecuentemente en el presente trabajo, por
        lo que en su desarrollo se presentan los conceptos esenciales para el
        estudio de la Autonomía y su relación con la Seguridad
        Nacional. Asimismo, señalamos que estos términos básicos, que,
        pueden ubicarnos en la temática propia del Estado-Nación y sus
        relaciones con los factores y principios que son parte de la esencia
        doctrinal de la Seguridad Nacional y el fenómeno autonómico
        respectivamente.
        En este trabajo se presentará esencialmente las            definiciones
        importantes de lo que podemos comprender por: Estado, Política y
        Poder, fenómenos que ineludiblemente son representativos de todo
        proceso político, así como la terminología necesaria en materia de
        Seguridad Nacional, las cuales son primordiales para el desarrollo
        de esta investigación. Por otro lado para completar el proceso
        investigativo del tema, veremos o expondremos con absoluta claridad
        definiciones que nos hagan comprender la Autonomía como:
        Descentralización,    Federalismo       y   otros,   terminología   que
        simplemente nos aclarara el panorama sobre las dimensiones

                                    1
interpretativas del proceso autonómico que se vive en el País.

1.2. REVISIÓN DE LAS FUENTES INVESTIGADAS

    Las Fuentes de información recurrentes para efectuar el trabajo de
    investigación,       son   principalmente     de   carácter     informático,
    bibliográfico, periodístico y de recolección de información en
    instituciones estatales relacionadas íntimamente con la Seguridad
    Nacional y los procesos autonómicos departamentales. Pero para
    que las fuentes informativas sean de utilidad o aporten datos
    fehacientes      o    fidedignos   a   la   investigación,    estas   fueron
    obligatoriamente sujetas a una sistemática selección.

1.3. EL PROPÓSITO DEL ESTUDIO

    La finalidad o propósito de este trabajo de investigación, es
    establecer o determinar SI las autonomías en los departamentos de
    Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, que actualmente se hallan en pleno
    proceso de implementación y consolidación después de los
    referéndums          correspondientes, afectan o no a la Seguridad
    Nacional.
    En ese entendido el efecto negativo o debilitamiento de la Seguridad
    Nacional por parte del proceso Autonómico en los Departamentos
    antes referidos requiere, simple y llanamente, de un consciente
    análisis investigativo de todos los antecedentes e informaciones
    recabadas en las distintas fuentes, situación que consecuentemente
    nos encaminara a comprender si efectivamente la Seguridad
    Nacional se encuentra en evidente riesgo o inestabilidad.

1.4. DEFINICIÓN DE LOS SUBTEMAS O VARIABLES QUE SE
    PRESENTARÁN EN EL TEXTO

    A manera de preámbulo es pertinente efectuar algunos enfoques
    conceptuales o definiciones planteadas por algunas corrientes,
    autores o documentos doctrinales, los cuales nos permitirán realizar
    una clara ilustración teórica del tema a investigarse. Entre los más

                                   2
importantes podemos referirnos a los siguientes:
                 SEGURIDAD
                 El concepto “seguridad” proviene del latín securitas que a su vez se
                 deriva del adjetivo securus, el cual está compuesto por se, sin y
                 cura,     cuidado     o     procuración,   lo    que   significa   sin   temor,
                 despreocupado o sin temor a preocuparse1.
                 En ese entendido la Seguridad es un bien jurídico, público y común,
                 como margen de protección, a través del cual el Estado boliviano
                 dispone para hacer frente a amenazas o riesgos de diversos tipos, es
                 inherente a todas las personas que viven en nuestro territorio.2
                 La Seguridad del Estado tiene dos componentes:
                   a. seguridad externa: considerada como la resistencia a las
                        amenazas a través de la anticipación o prevención, o en su
                        caso la Defensa de la Patria, son todos aquellos mecanismos
                        con los que nuestro Estado se protege de agresiones,
                        oposiciones o presiones externas, estarán a cargo de las
                        Fuerzas Armadas de Bolivia.
                   b. seguridad interna: son el conjunto de condiciones orientadas a
                        proporcionar las garantías necesarias, para el desarrollo de las
                        actividades económicas, políticas y sociales, para preservar a la
                        colectividad       nacional,   de   los   peligros   que    contra   su
                        supervivencia, integridad y logro del bienestar general pueden
                        surgir en su interior, estarán a cargo de la Policía Nacional.

                 SEGURIDAD NACIONAL
                 La Seguridad Nacional es un concepto que ofrece dificultades para
                 definirlo, por lo que cada Estado lo establece en función de las
                 realidades que observa en su desarrollo político, económico, social,
                 militar y policial.
                 Una vez que surgieron los Estados, la seguridad asumió su
                 naturaleza política, pues se concreto a asegurar la supervivencia de

1
    Diccionario Encarta
2
    Comisión 21 magna Asamblea Constituyente
                                                   3
esa organización. El paso del tiempo ubico a la Seguridad Nacional
                  como fenómeno social circunscrito al proceso político.
                  De este inicio se infieren puntos básicos, de los cuales parten rasgos
                  esenciales que limitan el concepto de la Seguridad Nacional, entre
                  los más destacados tenemos:
                          •   Es una condición política, económica, social, militar y policial.
                          •   Se manifiesta como proceso continuo e incesante.
                          •   Tiene una dinámica propia.
                          •   Es una función estatal.
                          •   Nace con la organización del Estado.
                          • Se    manifiesta en el pleno ejercicio de la soberanía e
                              independencia.
                          •   Su meta básica es la consecución de los objetivos nacionales.
                          •   Representa un Estado de garantía.
                          • Capacidad        de conservación y supervivencia que posee cada
                              Estado.
                          •   Existe en función del desarrollo de una nación.
                          •   Se manifiesta en acciones en los campos del poder.
                          • Busca       la   estabilidad   y   consecución   de    los   objetivos
                              nacionales.
                  A continuación, trataremos de encontrar un concepto de Seguridad
                  Nacional, para lo cual presentamos una serie de definiciones sobre
                  este        tema,     mismas     que     permitirán   ubicar    parámetros      y
                  características, que marquen un campo de acción y un espectro, que
                  nos auxilie a tipificar uno de los temas centrales de este trabajo de
                  investigación. Tomando la definición etimológica, Norberto Bobbio3
                  indica que “el fin del Estado solamente es la ‘seguridad’
                  entendida como la “certeza” de la libertad en el ámbito de la
                  ley.”
                  En ese entendido para Gualberto Tapia Vargas autor del libro


3
    Pag. Web que es seguridad nacional
                                                     4
4
                   Realidad Nacional la Seguridad Nacional                  “Es una parte de la
                   Seguridad General y encarna la protección del Estado contra
                   cualquier       agresión       interna   y/o   externa,     donde      está    la
                   supervivencia del Estado acompañada de independencia,
                   libertad, integridad territorial y soberanía”. Es decir la Seguridad
                   Nacional es una respuesta al desarrollo alcanzado donde están los
                   intereses: Nacionales, vitales y la supervivencia del Estado con
                   soberanía e independencia.
                   Por otro lado        para el mexicano Alejandro Martínez Serrano5, La
                   Seguridad Nacional podría entenderse como “La política del Estado
                   Nacional, ejercida por todos y cada uno de sus integrantes bajo
                   la conducción del gobierno, dedicada a la máxima tarea de la
                   preservación         y    conquista      de    los   objetivos    nacionales
                   permanentes y actuales, bajo la premisa de lograr el bienestar
                   de la colectividad”.
                   Finalmente, en base a diferentes doctrinas, para los componentes del
                   grupo No. 6 la definición sería la siguiente
                   “La Seguridad Nacional tiene por objeto la Protección interna y
                   externa de la Sociedad y el Estado, la conjunción de todas las
                   regiones para la consecución de los objetivos de interés común
                   promoviendo el desarrollo nacional centrándose en proteger
                   internamente a la sociedad de riesgos, peligros y de potenciales
                   amenazas”.
                   Como podemos percibir las definiciones o conceptos planteados en
                   este    acápite,      tienen   nomas     un    diferente    enfoque,   lo     que
                   consecuentemente da a entender que no existe una clara definición
                   sobre Seguridad Nacional, puesto que la concepción por lo general
                   está determinada por la realidad Social, política, económica, militar y
                   policial de cada Estado.
                   La Seguridad Nacional responde a las exigencias del Estado, la

4
    Pag. 378 Realidad Nacional 3ra edición
5
    Seguridad Nacional México
                                                    5
nación y el poder de ambos. Según los ideólogos, puede tratarse de
una condición, una situación, un grado de garantía, un Estado, una
capacidad o una política. Se realiza con la aplicación del Poder
Nacional, mediante previsiones, políticas, estrategias, acciones y
planeación. Además, es determinada y relativa a una época y lugar.
Su ámbito de acción es el Estado-Nación y los intereses y
compromisos internacionales del mismo. Finalmente, la utilidad de
esta herramienta es brindar protección al Estado y la nación.
Mientras que los objetivos clásicos de la Seguridad Nacional
consistían en prevenir o rechazar amenazas militares de Estados (la
guerra clásica), en la actualidad las amenazas a la Seguridad
Nacional son más difusas, e incluyen el terrorismo, los riesgos
medioambientales y fenómenos sociales de escala global como las
migraciones masivas.
La finalidad primordial de la Seguridad Nacional es garantizar la
sobrevivencia de la Nación en la comunidad internacional, como un
Estado soberano e independiente, por lo que requiere asegurar el
logro de las condiciones básicas que le permitan al Estado ejercer su
autodeterminación, mantener su integridad nacional y obtener su
desarrollo.
De esta manera podemos decir en primer lugar que la Seguridad
Nacional es un bien invaluable de nuestra sociedad y se entiende
como la condición permanente de paz, libertad y justicia social que,
dentro del marco del derecho, procuran pueblo y gobierno. Su
conservación implica el equilibrio dinámico de los intereses de los
diversos sectores de la población para el logro de los objetivos
nacionales, garantizando la integridad territorial y el ejercicio pleno de
la soberanía e independencia”.
En segundo lugar en nuestro país de conformidad a lo que manda la
Constitución Política del Estado en lo que se refiere a la Seguridad
del Estado; los Militares, Policías y Sociedad Civil son responsables
de la Seguridad Nacional, donde participan: Patrimonio Nacional,

                             6
cultura,    unidad     de     criterio    de     la   Ciudadanía,         Instituciones
                   representativas y otras como la lealtad y consecuencia de sus
                   ciudadanos, tanto en época de paz como de guerra. Finalmente
                   dentro la Seguridad Nacional están: La Doctrina Nacional, los
                   Objetivos Nacionales, las Políticas de Desarrollo, la Justicia, los
                   compromisos adquiridos por el Estado entre países, personas o la
                   sociedad6.
                   La ausencia de una Ley y Políticas de Seguridad Nacional en el país
                   obliga a readecuar la Doctrina Nacional de Seguridad, acorde a los
                   cambios políticos actuales y a las nuevas amenazas internas y
                   externas. De acuerdo al documento de conclusiones del seminario
                   realizado en instalaciones del Círculo de Oficiales del Ejército, el
                   cónclave, “Hacia una Nueva Política de Seguridad y Defensa
                   Nacional del Estado Boliviano”, tuvo el objeto de enseñar y
                   concientizar a la ciudadanía la importancia de las políticas de
                   Seguridad y Defensa Nacional.

                   Las conclusiones a las que se arribaron en las mesas de trabajo
                   respectivas fueron:

                           La inexistencia de una doctrina propia de Seguridad Nacional
                           exige     la   necesidad         de    unificar   criterios   y     conceptos
                           doctrinarios sobre Seguridad y Defensa sobre la base de leyes
                           vigentes y en proyecto, de acuerdo al contexto mundial,
                           regional y nacional.
                           La inexistencia de una Ley de Seguridad y Defensa, no
                           permite conjuncionar conceptos y plasmar políticas de Estado
                           para este fin.
                           La falta de cultura de Seguridad y Defensa Nacional en la
                           ciudadanía y en el estamento que dirige el Estado, genera
                           escasas políticas de Estado coherentes a este respecto.



6
    Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas Pág. 378
                                                     7
Las definiciones de Seguridad Nacional expresadas por los
expositores del presente seminario deben guiar la formulación
del proyecto de Ley de Seguridad y Defensa, constituyéndose
en referente doctrinario aplicable a todas las expresiones de
poder.
Existen diversos métodos para el diseño de políticas de
Seguridad y Defensa por la influencia de diferentes corrientes
teóricas y filosóficas que responden a realidades de
organismos de investigación respectivos en todos los niveles.
La inasistencia de representantes de algunas instituciones
estatales y privadas invitadas a este evento, confirman la falta
de interés y conocimiento en materia de Seguridad y Defensa,
obstaculizando la formulación de las respectivas políticas y
estrategias en el más alto nivel.
La carencia de centro de investigación y formulación de
doctrina de Seguridad y Defensa en las Fuerzas Armadas,
debe ser subsanada con la implementación de departamento
de doctrinas en cada Fuerza.
Los problemas de Seguridad Regional han dado origen a la
creación de organismos de cooperación regional, como es el
caso del Mercosur en la aplicación de la seguridad cooperativa
privilegiándose las hipótesis de confluencia.
El concepto de la Defensa Territorial orientada a una guerra
tradicional convencional ha cambiado, generándose políticas
públicas de Defensa y Seguridad sobre la base de los cambios
regionales y mundiales.
Los efectos de globalización en los Estados han creado
realidades que deben basar sus políticas en una auténtica
fuerza económica de Seguridad y Defensa, con una sólida
definición del estamento político, asumiendo la seguridad y
Defensa como responsabilidad del Estado.


                     8
La ausencia de políticas de Seguridad y Defensa Nacional en
      el país, nos obliga a readecuar la Doctrina Nacional de
      Seguridad, acorde a los cambios políticos.
      Como resultado de la realidad global donde surgen nuevas
      amenazas como el contrabando, narcotráfico, delincuencia,
      tráfico de armas y personas, terrorismo, pobreza y destrucción
      del medio ambiente, es necesario tomar en cuenta en las
      políticas de Seguridad y Defensa, la integración de Bolivia a
      los diferentes mecanismos de integración regional.
DOCTRINA NACIONAL
La Doctrina Nacional es el conjunto de principios que estudian los
problemas nacionales relacionados con los diversos factores de
poder Politico, Económico, Psicosocial, Militar y Policial. La geografía
la colocamos como crisol de todos estos aspectos anteriormente
señalados, porque de ella derivan los fundamentos necesarios y
suficientes para la solución integral de sus problemas y para la
consecución de sus objetivos.
Es en merito a estos antecedentes que podemos establecer como
base fundamental de la Doctrina Nacional de la Seguridad
Nacional, cuyos componentes son él: El poder Nacional, los
Objetivos Nacionales, la Estrategia Nacional y el Desarrollo
Nacional”.7
La Doctrina de Seguridad Nacional            considera a los propios
ciudadanos de un país como posibles amenazas a la seguridad. La
doctrina fue un producto del pensamiento de la guerra fría, que
mantuvo al mundo dividido en dos campos antagónicos. Fue ideada
por los sucesivos gobiernos de los Estados Unidos y divulgada
mediante el entrenamiento de los distintos ejércitos latinoamericanos,
en la Escuela de la Américas en Panamá.
ESTADO
El Estado comprende al ente político constituido en un territorio


                            9
definido, a través del proceso histórico de un pueblo que crea nexos
                  económicos,       lingüísticos        y   culturales   uniformes,       bajo       un
                  ordenamiento jurídico soberano. De lo anterior, deducimos que el
                  Estado “es la agrupación política por excelencia, la mayor obra
                  cultural del ser humano que le permite vivir en sociedad”.
                  El Estado consiste en una forma especial de organización emanada
                  del poder político, cualidad identificada por Max Weber, quien señalo
                  que “El Estado, al igual que toda entidad política, es un enlace de
                  dominio de individuos sobre individuos, sostenido mediante la
                  legítima violencia”, situación que nos permite afirmar, que el Estado
                  es una perfección alcanzada por el hombre para organizarse en una
                  asociación necesaria que brinde, ante todo, seguridad y bienestar,
                  por lo que no se puede vivir fuera de él, mientras que si es posible
                  abstenerse de otras asociaciones.8
                  El Estado es en esencia una realidad política, es decir, un hecho
                  social de naturaleza política, el cual se integra con una sociedad
                  humana, establecida en el territorio que les pertenece, además de
                  estar regida y estructurada por un orden jurídico creado, aplicado y
                  sancionado por un poder soberano, con objeto de obtener el bien
                  público de toda la comunidad.
                  Esta definición nos conduce a identificar los elementos esenciales del
                  Estado:
                      •     Pueblo: es el primer elemento del Estado, integrado por los
                            individuos, que se asocian política y jurídicamente y forman
                            sus asentamientos en un espacio físico definido.
                      •     Territorio: espacio físico donde se desarrollan las relaciones
                            e interacciones humanas de las esferas política, económica,
                            social y militar.
                       •    Poder político: el poder del Estado es el poder político por
                            excelencia, se deriva del hecho de que toda asociación de

7
    Ing. A. Guillen Monje Pág. 66 apuntes de Doctrina de la Policía Nacional de Oscar Molina Viaña
8
    Libro de Defensa Nacional República de México
                                                   10
intereses necesita de una dirección, que conduzca al grupo a
                              la realización de sus objetivos.
                         •    Soberanía: es el ilimitado ejercicio de la dominación hacia el
                              interior y exterior del Estado-nación, consiste en girar
                              órdenes definitivas en el fuero interno y reafirmar la
                              independencia frente al mundo exterior.
                         •    Gobierno: asociación o conjunto de acciones de dirección
                              por medio de las cuales, la autoridad a través de los órganos
                              de mando político impone una línea de conducta a los
                              individuos       integrantes       del     Estado.       Además,        puede
                              entenderse como el conjunto de órganos mediante los cuales
                              se ejerce autoridad.

                   LAS FORMAS DE ESTADO, SUS CARACTERISTICAS Y SUS
                   VARIACIONES INTERNAS9


                      FORMAS DE                     CARACTERISTICA                      VARIACIONES DE
                       ESTADO                         DEFINITORIA                       LAS FORMAS DE
                                                                                           ESTADO
                                               Sólo el nivel nacional tiene la           • Estado simple de
                                               facultad de legislar (por lo                administración
                                               tanto hay monopolio del                     centralizada.
                   ESTADO SIMPLE               Parlamento Nacional sobre el              • Estado simple de
                     O UNITARIO                tema).                                      administración
                                                                                           desconcentrada.
                                                                                         • Estado simple de
                                                                                           administración
                                                                                           descentralizada.

                                               Varios niveles tienen la
                                               facultad de legislar (Aunque
                                               la legislación tiene diferentes           •   Estado federal
                        ESTADO                 acepciones, que no                        • Estado
                      COMPUESTO                necesariamente se traducen
                                               en sanciones de ley que son                   autonómico
                                               de exclusividad del nivel
                                               Nacional en el caso
                                               Autonómico).


9
    Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa: participación
      ciudadana, programa: tierra
                                                       11
CARACTERISTICAS QUE DISTINGUEN A LAS FORMAS DE
                 ESTADO UNITARIO O COMPUESTO10


                VARIACIONES DEL                LAS PRINCIPALES CARACTERISTICAS
                    ESTADO                             QUE LOS DISTINGUE
                  COMPUESTO

                                           • Existe una cámara de Representantes, que
                                             representa al territorio, con derecho a veto de las
                                             leyes nacionales.
                                           • El gobierno nacional legisla en el ámbito de toda la
                ESTADO FEDERAL               República, mientras que los gobiernos de los
                                             Estados miembros legislan en el ámbito de su
                                             jurisdicción y los municipios se subordinan a estos
                                             últimos.
                                           • El nivel nacional puede o no tener un delegado
                                             que lo represente en los gobiernos de los Estados
                                             miembros.



                                           • No existe una cámara de Representantes que
                                             represente territorialmente a los departamentos
                                             (regiones) con derecho a veto de las leyes
                                             nacionales.
                                           • El gobierno nacional legisla en el ámbito de toda la
                     ESTADO                  República,     mientras     que     los   gobiernos
                   AUTONOMICO                departamentales (regionales) legislan en el ámbito
                                             de su jurisdicción y los municipios se subordinan a
                                             estos últimos, Pero no emiten leyes (que es
                                             competencia del nivel Nacional)
                                           • El nivel nacional tiene un delegado - en algunas
                                             constituciones - que lo represente en los gobiernos
                                             departamentales (regionales).


                 Los cuadros reflejan nítidamente las diferencias entre los Estados
                 Unitarios (Simples) y de aquellos que son Autonómicos o Federales
                 (Compuestos). Respecto al concepto y sus características, habrá que
                 añadir que las competencias sobre legislación, recursos naturales,
                 políticas migracionales, tierra y territorio son exclusivas del nivel
                 Nacional en el caso del Estado Unitario y del Estado Autonómico.


10
     Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa:
     participación ciudadana, programa: tierra


                                                12
POLÍTICA

La política es acción dirigida al logro de objetivos definidos, así como
expresión simbólica de un patrón de vida, ritual de conocimientos y
reconocimientos recíprocos de una identidad colectiva.
Toda política implica una lucha por el poder, por lo que es importante
entender el poder como el control del hombre sobre las mentes de
otros hombres, el poder político es entendido como las mutuas
relaciones de control entre los depositarios de la autoridad pública y
entre estos últimos y la gente en general.
La sociedad es la fuente del conflicto y a veces de la violencia, que la
unidad política debe resolver o regular. Por lo que es necesario
identificar el poder político, para distinguirlo de la fuerza en el sentido
del ejercicio de la violencia física. Por lo tanto, la política es necesaria
para gobernar a un grupo humano dirigiendo su acción interna y
externa.
PODER
La noción de poder surge cuando el hombre se integra en grupos
para el logro de una tarea común, un objetivo y un esfuerzo conjunto
que lo conduce a una meta propia. El poder está vinculado a
conceptos    diversos    tales    como:   fuerza,   capacidad,    facultad,
autoridad, energía, vigor y posibilidad. El poder para fines de análisis
puede descomponerse, de acuerdo a su naturaleza, en cuatro
formas, campos o expresiones: Político, Económico, Social y Militar-
Policial.
El poder público fluye por todos los rincones del Estado y por donde
se cruza la política, la cual lo considera una reacción psicológica
entre quienes lo ejercen y aquel sobre los que se ejerce. Otorga a los
primeros control sobre ciertas acciones de los segundos mediante el
impacto que ejercen sobre las mentes de estos últimos.
El Poder se ejerce por consenso o coacción, no es un ejercicio de la
violencia reiterada ni un acuerdo absoluto. El poder es la savia del
ejercicio estatal de la voluntad general del pueblo. El poder inicia,
                             13
induce, bloquea, facilita, amplia, limita, genera y degenera.
El Poder, en esencia, se puede considerar como una mecánica
dominadora de conductas ajenas, como una relación establecida en
el binomio mando-obediencia. Así podemos entender al poder como
la capacidad de un individuo o de un grupo de conferir efectos
agradables o desagradables a la conducta de otro u otros individuos
o grupos con el fin de imponerles su voluntad, aun contra las de ellos
mismos, para lograr determinado comportamiento individual o
colectivo.
A continuación vamos a indicar algunos conceptos básicos en
materia de Seguridad Nacional:
     •   Aspiraciones Nacionales: pretensiones o deseos de una
         comunidad o nación con el propósito de lograr su bienestar y
         seguridad.
     •   Intereses Nacionales: deseos o pretensiones, pero no del
         pueblo en su conjunto, sino del gobierno o ciertos sectores
         políticos, económicos, religiosos o culturales, por lo regular
         se refieren a actividades o inversiones de las que se espera
         obtener provecho, utilidad o beneficio. sirven de guía a los
         autores de decisiones de un Estado para determinar la
         política nacional. estos incluyen la auto conservación,
         independencia, integridad territorial, seguridad militar-policial
         y bienestar económico.
     •   Objetivos Nacionales: la política de un país establece los
         objetivos nacionales, que ya revisten el aspecto de
         postulados o principios básicos permanentes, que definen
         modos de vida, las aspiraciones máximas de la nación,
         estables en el tiempo y cuyo logro redunda en beneficio de
         los intereses nacionales.
     •   Objetivos Nacionales Permanentes: son fines o metas
         perennes que una nación desea conservar para garantizar su
         sobrevivencia como: libertad, soberanía, independencia o

                             14
integridad territorial; o desea alcanzar para disfrutar mayores
         estándares de bienestar como: desarrollo, justicia, paz y
         seguridad pública.
     •   Objetivos Nacionales Actuales: realizaciones concretas a
         obtener en sucesivas etapas, se refieren exclusivamente a la
         satisfacción de las necesidades más apremiantes de la
         sociedad para eliminar o reducir las presiones dominantes.
     •   Amenazas: acciones o situaciones internas y/o externas que
         atentan en contra de la soberanía, independencia, libertad o
         integridad territorial de la nación.
     •   Antagonismos:        son    criterios   opuestos   al   logro   o
         preservación de los objetivos nacionales, pueden existir
         internos o externos y actuales o potenciales.
     •   Factor(es) Adverso(s): se define como dificultad(es) u
         obstáculo(s) interno(s) que impiden la consecución y/o
         mantenimiento de los objetivos nacionales, requieren para su
         neutralización políticas o líneas de acción.
     •   Presión Dominante: constituyen presiones con capacidad
         para enfrentar el poder nacional y amenazar los objetivos
         nacionales permanentes, por lo que ponen en riesgo la
         Seguridad Nacional.
Para fundamentar estos conceptos, podemos indicar que todos
forman parte de la terminología propia de la Seguridad Nacional, es
decir, son un eslabón de la doctrina y quizá uno de los más
importantes, porque la Seguridad Nacional, de todo Estado, define
una serie de valores y propósitos fundamentales que pretende
alcanzar y mantener, que se consideran esenciales para su
desarrollo y hacia donde se orientan los esfuerzos, energías y
recursos disponibles.
Cuando estos propósitos, pretensiones o proyectos tienen su origen
en el pueblo en su conjunto, en la nación como unidad de acción, se
les denomina aspiraciones nacionales. En tanto que, cuando

                              15
provienen del gobierno o de un sector especifico de la sociedad,
                    como empresarios, clero, clase política, etc., se denominan intereses
                    nacionales.
                    AUTONOMÍA
                    Según Mario Galindo, Autonomía “Es la descentralización
                    política administrativa, a través de la cual el gobierno central
                    transfiere recursos a otros niveles de gobierno con cuatro
                    condiciones: la dotación de su propio gobierno, sus propias
                    políticas y normas, el cobro de sus tributos e ingresos y sus
                    propias formas de auto determinarse”.
                    Manuel Osorio11, manifiesta que Autonomía, “Supone la unidad de
                    los entes autónomos dentro del Estado único. Se trata
                    simplemente de una descentralización administrativa y política,
                    que no debe confundirse con lo que en un Estado Federal
                    representan las provincias o Estados miembros, que no son
                    autónomos, sino independientes, salvo en las facultades a que
                    hubiesen renunciado para delegarlas en el Estado Federal”.
                    A partir de la Ley de Participación Popular (1994) y la Ley de
                    Descentralización (1997) Bolivia dio pasos importantes hacia la
                    descentralización.           No      obstante,       las     actuales         demandas
                    autonómicas de los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando
                    y Tarija, muestran que esta descentralización fue insuficiente.
                    Por lo que se debe fortalecer y consolidar lo logrado hasta
                    ahora, superando las debilidades institucionales, o de esos
                    avances en el ámbito local, la asignatura pendiente está en el
                    nivel intermedio (las prefecturas) al que se tendría que
                    rediseñar y determinar el grado de autonomía que quiere el
                    ciudadano,         pero       basado        esencialmente            en       la   norma
                    constitucional.

11
     Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales 23 edición Pág. 112 Manuel Ossorio
                                                       16
DESCENTRALIZACIÓN
                    Según el diccionario de Ciencia Política de Raúl Cháñame Orbe
                    Descentralización, “es la transferencia de funciones del poder
                    central hacia instancias locales o regionales”.
                    La Descentralización es la transferencia de competencias y
                    recursos a otros niveles de gobierno. Para que sea una
                    verdadera descentralización se debe transferir, además, la
                    decisión política, técnica y administrativa. En Bolivia hay una
                    Ley de descentralización, pero en realidad delega competencias
                    del gobierno central al gobierno departamental, sin embargo, el
                    poder central retiene para sí la decisión política, lo que se
                    entiende como desconcentración.
                    FEDERALISMO
                    La palabra “Federal” proviene del Latín “Foedus”, que figura en la
                    Vulgata como la traducción de la palabra Hebrea “Abrit” que significa
                    alianza12.
                    “Las Federaciones son esencialmente una forma territorial de
                    organización política” (Ronald Watts)
                    José Luis Roca, dice que el Federalismo es un engendro del siglo
                    XIX, que implica que cada federación tiene su propia legislatura, su
                    propia Corte de Justicia, sus Leyes y hasta su Constitución.
                    Mario Galindo explica, que es un proceso inverso a las autonomías,
                    puesto que el federalismo surge de la dotación de competencias al
                    poder central por parte de federaciones ya existentes y que deciden
                    unirse en torno a un nivel central.
                    Federalismo, caracterizado por la existencia de una Cámara Baja y
                    de un Senado Territorial, que representa los intereses del
                    departamento e influye en la creación de leyes nacionales.
                    Según King, (1982), "federalismo" no es descriptivo sino normativo y
                    significa la defensa de un gobierno múltiple, con elementos de

12
     Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales 23 edición Pág. 429 Manuel Ossorio
                                                       17
gobierno común y de autogobierno regional. El valor que pretende
                   alcanzar es mantener la unidad y diversidad aceptando, preservando
                   y fomentando las diferentes identidades dentro de una unión política
                   más amplia.

                   CONFLICTO
                   El conflicto13 es el choque de intereses que afecta a la seguridad
                   personal, social o nacional, (hogar, empresa o Estado), donde se
                   hace presente la oposición y es previsible un enfrentamiento, sean
                   estos de orden interno o externo. Se dice que el conflicto es de
                   voluntades (cuando se maneja estrategia) y no fuerzas (cuando se
                   maneja la táctica), donde se enfrentan fines para dar lugar si el caso
                   requiere al uso de medios. Se llega al conflicto cuando los fines son
                   encontrados, donde lo relevante no es la aplicación de la fuerza real,
                   sino la explotación de la fuerza potencial.
                   Los conflictos de un modo general se caracterizan por ser:
                       − De carácter político y/o social, que puede ser resuelto por
                           medio del dialogo, la discusión o la fuerza (guerra o revolución
                           armada).
                       − Permanente la relación entre personas, grupos sociales o
                           Estados, es frecuente y permanente, lo cual se desarrolla
                           entre la amistad, tensión y distensión, por cuya razón se
                           presentan conflictos latentes o manifiestos.

                   LA CRISIS
                   Existen muchas acepciones sobre la palabra crisis14, de las cuales
                   mencionaremos solo dos: Que tiene relación con la manifestación
                   aguda de una afección. Momentos decisivo y peligroso en la
                   evolución de ciertos hechos o acciones.
                   Las crisis, pueden dar lugar a cambios favorables o desfavorables,
                   por ello la importancia de tocar este punto, dentro la Seguridad
                   Nacional.

13
     Realidad Nacional Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición, pág. 383
                                                      18
Las crisis dentro la Seguridad Nacional, tiene relación directa con la
                   presencia de amenazas y conflictos que afectan al Poder Nacional
                   pudiendo ser total, parcial o sectorial, por lo tanto puede darse la
                   existencia simultánea de varias crisis, con grados de intensidad
                   variables. La crisis cuando no se resuelve con oportunidad pueden
                   alcanzar a todas las expresiones del Poder Nacional y derivar en:
                   revueltas, levantamientos y otros movimientos de cambio o
                   transformación.

      II.   DESARROLLO DEL TEMA

            2.1. INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SEGURIDAD NACIONAL EN
                   BOLIVIA

                   Se supone que en cualquier país organizado, hay preocupación por
                   la Seguridad Nacional, por lo que es necesario contar con una
                   instancia institucionalizada que se ocupe de la Seguridad Nacional y
                   sus implicaciones internas y externas. La presencia institucional de la
                   Seguridad Nacional en Bolivia es como sigue15:
                          • 22 de julio de 1927, cuando a consecuencia del tratado de
                             límites y navegación entre Argentina y el Paraguay, se indica
                             que e! río Paraguay pertenece de costa a costa a éste último.
                             Ante la posibilidad de conflicto con el Paraguay, el Presidente
                             de la República Hernando Siles decide crear el Consejo
                             Superior de Defensa Nacional, como el organismo asesor de
                             la Presidencia de la República encargado de estudiar y
                             proponer medidas que garanticen la preparación de la
                             defensa nacional.
                          • El 6 de enero de 1932, el Gobierno del Dr. Salamanca, por
                             Decreto Supremo, crea el Consejo Superior de Defensa
                             Nacional, dependiente del Ministerio de Guerra y presidido
                             por su titular. Este Consejo, tenía la función de realizar


14
     Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición, pág. 385
15
     Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición pag, 390
                                                      19
estudios relativos a la institución armada.
     • En la Presidencia del Tcnl. Germán Busch, por Decreto
       Supremo del 4 de abril de 1938, cambia el nombre a Consejo
       Supremo de Defensa, estableciendo que el mismo debe
       reunirse 3 veces por año, con el objeto de estudiar y preparar
       los recursos y medios para la defensa nacional, creando al
       mismo tiempo la Secretaría General de Defensa Nacional,
       dependiente del Ministerio de Guerra.
     • El año 1961, se vuelve a crear mediante Ley N° 146, el
       Consejo Supremo de Defensa Nacional, como el organismo
       asesor en problemas de Defensa Nacional, siendo el
       Presidente de la República su Presidente.
     • En 1965, mediante Decreto Supremo N° 0714 de fecha 4 de
       enero, se establece la Secretaría General Permanente como
       dependencia directa del Presidente de la República.
     • El 6 de agosto de 1974, por Decreto Ley, se determina las
       funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Seguridad.
     • En 1979, por Decreto Supremo N° 16778 de fecha 11 de julio,
       se aprueba     el   Reglamento     sobre la   organización   y
       funcionamiento del CONASE y de su secretaría General
       Permanente.
     • El 16 de septiembre de 1997, por medio de la Ley de
       Organización de Poder Ejecutivo N° 1788, establece que
       COSDENA, es la encargada de coordinar las políticas
       nacionales de seguridad interna y externa, con la capacidad
       de dictaminar y proponer políticas y normas. Los Decretos
       Supremos N° 24855, 25055 y 26772, amplia la jerarquía y
       composición de COSDENA.
De lo que se conoce, ningún presidente de la república le ha dado
importancia a este consejo (el presidente nato de éste organismo es
el presidente de la república), salvo una visita realizada por Carlos
Mesa, dado que desde su creación no ha sesionado una sola vez
                           20
para cumplir con las funciones específicas asignadas, vale decir con
todos sus miembros, y para tratar problemas de seguridad, defensa y
políticas nacionales, nadie conoce los resultados de las labores
realizadas en todo tiempo.
No quedaría completa la imagen de Seguridad Nacional, si no se
incluye la influencia externa en los grandes marcos de la Seguridad
Nacional. Durante la guerra fría, el anticomunismo se impuso como el
referente central de la Seguridad Nacional, para lo cual se recibía
ayuda externa de los países capitalistas a todo nivel. Una vez caído
el muro de Berlín y disuelta la Unión Soviética, cambió la política de
Seguridad Nacional a: Combate al Narcotráfico, Defensa de los
Derechos Humanos, Desarrollo Humano y Democracia. A partir del
11 de septiembre del 2001, se incorpora el combate al terrorismo,
esperándose una transformación de los conceptos, las políticas,
medios y formas de Seguridad Nacional, ya que el terrorismo no es
un frente de combate, es una amenaza dispersa con objetivos
encubiertos.
Para cerrar este acápite de la Seguridad Nacional, llama la atención
que siendo un aspecto relevante para la existencia del Estado,
Bolivia no cuente hasta la fecha con una Ley de Seguridad Nacional,
que defina claramente las funciones de las instituciones encargadas,
de suerte que la eventualidad no las desvirtúe como es frecuente,
cuando hay que congraciarse o combatir las expectativas de sus
integrantes. Pero en estas circunstancias ante la ausencia de un
principio jurídico de tanta trascendencia la Seguridad del Estado en
Bolivia, está definida por la Constitución Política del Estado,
institucionalmente está a cargo de las Fuerzas Armadas (seguridad
externa) y la Policía Nacional (seguridad interna), es decir como
realidad los militares, policías y sociedad civil son responsables de la
Seguridad Nacional, donde participan: Patrimonio nacional, cultura,
unidad de criterio de la ciudadanía, instituciones representativas y
otras como la lealtad y consecuencia de sus ciudadanos, tanto en

                             21
época de paz como de guerra. Dentro de la Seguridad Nacional
    están: La Doctrina Nacional, los Objetivos Nacionales, las políticas
    de desarrollo, la justicia, los compromisos adquiridos por el Estado
    entre países. Personas o la sociedad.
    A modo de síntesis es pertinente aclarar que la Seguridad Nacional
    considera      dos      actividades    que     cumplen    responsabilidades
    específicas:
         • Defensa del territorio y gobierno legalmente constituido, que
              esta cargo de las FF. AA. de la nación, más conocida como
              seguridad Externa que incluye la defensa interna ante la
              presencia de grupos armados irregulares.
         • Defensa de la ciudadanía, a cargo de la Policía Nacional,
              conservando el Orden Publico.

2.2. LAS AUTONOMÍAS EN BOLIVIA

    Las autonomías en Bolivia las podemos entender como un régimen
    en   el     que   los    departamentos       (regiones)   pueden   otorgarse
    mecanismos institucionales para un mejor desarrollo; tienen la
    capacidad de elegir por voto directo a sus autoridades, ocuparse de
    determinadas competencias y crear tributos para autofinanciarse;
    enmarcados en el ordenamiento nacional, evitándose de esta forma
    que se conviertan en motivo (pretexto) hacia la división o la anarquía
    del país, como a veces se quiere hacer ver.
    Probablemente        con    las    autonomías     seguirán   existiendo   los
    impuestos nacionales, y los departamentos (regiones), aunque
    seguramente coparticiparán más los que mejores esfuerzos propios
    hagan. Además, algunos tributos pueden ser transferidos a los
    departamentos (regiones). Sin embargo, esto dependerá de la
    vigencia de los estatutos autonómicos compatibilizados con la nueva
    Carta Magna.
    Asimismo debemos decir que el resultado del proceso autonómico,
    independientemente de otras consideraciones, debe responder a las

                                      22
características sociales, culturales y políticas de nuestro país; en
                  otras    palabras     debe apuntar          a satisfacer las         demandas        y
                  necesidades propias de la población, de sus aspiraciones y de sus
                  reivindicaciones. Por lo tanto, aquí no caben “copias” ni “réplicas” de
                  experiencias históricas de otros países.
                  Finalmente conviene ratificar que toda autonomía, por principio, debe
                  estar basada en la solidaridad, proporcionalidad, equidad y justicia
                  entre los departamentos (regiones); en caso contrario este proceso
                  sería un mero acto egoísta de aquellos que están en mejores
                  condiciones respecto a los más débiles y, entendemos que ese no es
                  el propósito del proceso que vivimos en Bolivia.
                  Por lo tanto toda Autonomía institucional debe tener sus límites
                  definidos por su propia misión y no exime a la autoridad superior de
                  la responsabilidad de controlar la institución autónoma en lo que se
                  refiere a su fidelidad a los propios objetivos. En el desarrollo de las
                  formas organizativas de la sociedad contemporánea, el orden se
                  realiza siempre con un renovado equilibrio entre una exigencia de
                  autonomía y una activa colaboración de todos, individuos y grupos,
                  bajo una adecuada coordinación del poder público en todas sus
                  instancias sean, estas locales departamentales (regionales) o
                  nacionales.
                  Un concepto que nos puede aproximar aún más a la comprensión de
                  las autonomías se refiere a una: “Modalidad de organización estatal
                  basada en unidades territoriales dotadas de limitada capacidad
                  normativa y del derecho a definir su organización política y
                  administrativa y sus políticas, programas y proyectos de desarrollo
                  económico, social y cultural. Requiere reconocimiento constitucional
                  y   aprobación       legislativa”16,     que    debe      tener    los    siguientes
                  componentes:



16
     Maestría en Descentralización y Gestión Pública CIDES – UMSA, Modulo II Anatomía Jurídica del Estado
     boliviano; Docente MSC Carlos Böhrt Irahola.
                                                    23
• Modalidad de organización política y administrativa
                           • Unidades       territoriales   descentralizadas   política   y
                                administrativamente.
                           • Reconocimiento constitucional y aprobación legislativa
                           • Descentralización política: capacidad jurídica para crear
                                derecho positivo en el ámbito de sus competencias.
                   Esta definición es la que más nos acerca al sentido jurídico y político
                   de la Autonomía al explicar que están dotadas de capacidad
                   normativa pero limitada por un reconocimiento institucional del
                   Estado y que su enfoque se orienta a definir su organización política
                   y administrativa en función de lograr políticas de desarrollo de y hacia
                   las regiones.

                   2.2.1. AUTONOMÍAS DEPARTAMENTALES
                           ANTECEDENTES
                           Varios departamentos, entre ellos Santa Cruz17, fueron
                           creados mucho antes que la República de Bolivia, lo que les
                           da cierta legitimidad a reclamar su autonomía. El Estado
                           unitario no fue capaz de mantener la integralidad territorial con
                           la que nació Bolivia. El Estado unitario, con una administración
                           centralizada y uniforme, impidió el desarrollo de la diversidad
                           por la que está conformada la República.
                           A partir de las experiencias de otras naciones, las autonomías
                           no implican desintegración y son perfectamente compatibles
                           con el Estado Unitario. La administración centralizada está
                           dando lugar al desarrollo desigual de las regiones; unas tienen
                           lo necesario mientras otras se debaten en la pobreza y ven
                           con desagrado al poder central.
                           JUSTIFICACIÓN
                           Todos los departamentos tienen el derecho a elegir sus
                           autoridades, auto gobernarse e impulsar las formas de

17
     Comité Cívico Santa Cruz
                                                 24
desarrollo que mejor les convenga a sus intereses sin dejar de
ser parte del Estado Unitario con el que se coordinarán
acciones. Si hay departamentos que en este momento no
están en condiciones de acogerse a las autonomías pueden
hacerlo paulatinamente, en la medida que refuercen sus
condiciones.
PROPUESTA
Las     autonomías        departamentales       estarían    regidas       por
gobiernos y asambleas departamentales elegidas por voto
directo. Las competencias deben establecerse en los estatutos
autonómicos. Las discrepancias sobre competencias entre
niveles de gobierno deben ser resueltas en instancias
legislativas y ante el Tribunal Constitucional.
Por     otra    parte,     se      contempla     un      poder       electoral
descentralizado, discriminando competencias y atribuciones
entre el nivel nacional y departamental. Algunas competencias
del poder judicial, en el orden administrativo, estarían en
manos de los departamentos.
Sobre     los     Sistemas         de      Administración       y     Control
Gubernamental        la        propuesta     contempla      también        su
descentralización con administración concurrente con el nivel
nacional. El sistema regulatorio de igual forma debe ser
descentralizado en determinadas funciones y atribuciones.
La descentralización fiscal financiera de las autonomías
departamentales          implica    la   transferencia     de       funciones,
responsabilidades, capacidad y autoridad fiscal en materia de
ingresos y gastos, facultando a los departamentos a decidir
libremente su presupuesto e ingresos a recaudar.
LA AUTONOMÍA DE TARIJA
ANTECEDENTES
Fue fundada el 4 de Julio de 1574 por el Capitán Don Luís de
Fuentes y Vargas, con el nombre de Villa de San Bernardo de

                          25
Tarija; los primeros habitantes fueron los “tomatas”. En 1817
                               se produjo la batalla de “la tablada”, la más significativa de los
                               tarijeños en contra de los españoles. El año 1831, por
                               determinación voluntaria de los propios tarijeños deciden
                               incluirse en el seno de la república de Bolivia.
                               JUSTIFICACIÓN
                               Los dirigentes cívicos de Tarija18, siguiendo las líneas de
                               acción propuestas por los cívicos de Santa Cruz, basaron su
                               accionar en la crítica cerrada al Estado Unitario y la
                               administración centralizada que según ellos fue la culpable de
                               crear grandes desigualdades en el desarrollo de las regiones.
                               El reclamo de Tarija por instaurar un régimen autonómico
                               departamental está ligado al descubrimiento, exploración y
                               explotación de grandes reservas de hidrocarburos en los
                               límites de su territorio. Los dirigentes de las organizaciones
                               tarijeñas, especialmente cívicas, quieren tener la capacidad de
                               auto gobernarse y decidir lo que harán con los recursos
                               naturales y económicos.
                               PROPUESTA
                               La propuesta realizada por los dirigentes cívicos tarijeños está
                               basada en cuatro principios guías:
                                   • El principio dispositivo o de voluntariedad: Se
                                      refiere a que cada departamento decide mediante
                                      referéndum pasar a un régimen autónomo vía rápida
                                      (obteniendo un paquete mínimo de competencias
                                      normativas    y    legislativas,   y    otro   paquete    de
                                      competencias a transferirse gradualmente); por otra
                                      parte se habla de la vía lenta (todas las competencias
                                      se   transfieren   gradualmente        de   acuerdo   a   las
                                      capacidades del departamento).


18
     Comité Cívico de Tarija
                                                    26
• El principio de la unidad nacional: Esta referida a la
  unidad del mercado nacional; las Fuerzas Armadas son
  la institución tutelar de la patria; las Relaciones
  Internacionales (aunque cada departamento podrá
  establecer convenios internacionales, relacionados a
  sus    potencialidades     y   recursos,   la    participación
  obligatoria del prefecto – en los departamentos
  limítrofes con el exterior en las políticas de integración
  binacional y desarrollo fronterizo); el Banco Central es
  el único ente regulador de la economía. Respeto a la
  diversidad (sin imponer criterios de organización política
  y social al departamento o nacionalidad) y respeto a los
  límites departamentales.
• El    principio    de    autonomía:    Las      competencias
  normativas y legislativas, en temas que no son
  privativos del poder central, deben ser transferidas al
  nivel departamental. Tarija debe participar de gran
  manera en el manejo de los recursos naturales,
  teniendo un peso importante en la definición de las
  políticas públicas sobre los hidrocarburos. Los Estatutos
  de la Comunidad Autonómica de Tarija serán distintos
  al resto de los departamentos. Las provincias tendrán
  autonomía administrativa, con una gestión rotativa del
  desarrollo departamental, de forma que en 20 años, se
  crearán ciudades con crecimiento equilibrado para
  evitar la amenaza del décimo departamento.
• El principio de solidaridad: El país tiene un desarrollo
  desigual, los Departamentos con mayores posibilidades
  tenemos que apoyar a los Departamentos con menores
  posibilidades con un fondo de compensación para las
  autonomías departamentales.


                27
LAS AUTONOMÍAS INDÍGENAS ORIGINARIAS
                            ANTECEDENTES
                            En general los derechos de los pueblos indígenas originarios19
                            se basan en el reconocimiento de sus territorios y su carácter
                            de colectividades diferenciadas del resto. Esos derechos
                            pueden ser agrupados en tres categorías: territoriales,
                            culturales y de auto identificación; todos estos derechos
                            quedan articulados de forma transversal a partir de un eje
                            aglutinador, que en este caso es la autonomía.
                            JUSTIFICACIÓN
                            Argumentos históricos y de derechos son los que presentan
                            los pueblos indígenas originarios a tiempo de hacer una
                            propuesta de autonomías. Una de ellas tiene que ver con el
                            régimen colonial que los redujo a condición de esclavos por
                            varios siglos; la explotación de los recursos naturales de estas
                            tierras. Un argumento similar está referido al periodo
                            republicano; fueron reconocidos constitucionalmente recién a
                            finales del siglo pasado. Finalmente, la propuesta se apoya en
                            la exigencia de cumplimiento y respeto a los preceptos de lo
                            multiétnico y pluricultural estipulados en la Constitución
                            Política del Estado, en actual vigencia.
                            PROPUESTA
                            La propuesta de las autonomías indígenas originarias debe
                            entenderse a partir de los siguientes postulados, que entre
                            otros son los más conocidos en estos tiempos de debate:
                                •   Las colectividades indígenas originarias postulan el
                                    reconocimiento y respeto a la diferencia.
                                •   Sus derechos colectivos, integralmente considerados,
                                    deben efectivizarse de acuerdo a su identidad
                                    indígena originaria.

19
     Álvaro García Linera

                                                 28
•   A partir de la diferencia e identidad indígena originaria
             surge       el   derecho     de    definir    su    desarrollo,
             respondiendo a sus propios referentes culturales.
         •   La autonomía indígena originaria se extiende a los
             ámbitos territorial, económico, político, administrativo y
             cultural.
         •   La autonomía territorial supone el reconocimiento, por
             parte del Estado, de sus territorios ancestrales.
         •   La autonomía económica implica el reconocimiento de
             la gestión integral de los recursos naturales en el
             ámbito jurisdiccional de sus respectivos territorios.
         •   La autonomía político-administrativa se traduce en la
             potestad de definir y ampliar sus propias estrategias
             públicas de administración, en sentido amplio, de sus
             territorios y definir las condiciones de su desarrollo de
             acuerdo a sus propios referentes culturales.
         •   La autonomía cultural consiste en el reconocimiento de
             sus instituciones culturales: idioma sistema jurídico,
             conocimientos         tradicionales,   folklore,   autoridades
             naturales, etc.

2.2.2. ANÁLISIS DE SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMÍA
     Luego de la exposición de toda la terminología pertinente, que
     será lógicamente de mucha utilidad para ilustrar el tema de
     investigación; podemos decir con el debido criterio que el
     concepto de Seguridad Nacional, se refiere a la filosofía de
     protección del Estado, su naturaleza que encarna la
     supervivencia del Estado y su respuesta al desarrollo Estatal,
     que en consecuencia es fuente de independencia, libertad,
     integridad territorial y soberanía; es en base a este contenido,
     que estamos en condiciones de afirmar que el Estado tiene el
     deber de proteger la Seguridad Individual, Social y Nacional,

                              29
garantizando de esta manera la vigencia y ejercicio de
                          derechos y libertades que asisten a los ciudadanos dentro de
                          un clima de paz social y tranquilidad, que consecuentemente
                          promueva el progreso y desarrollo económico y social del país.
                          Asimismo la Seguridad Nacional considera paralelamente
                          ciertos factores de riesgo, amenazas y conflictos que se
                          puedan presentar en todo el país, en una región o lugar
                          determinado, por lo cual el Estado establece los mecanismos
                          que permiten darle a la población un grado de certidumbre o
                          seguridad.
                          En el entendido que el país cuenta con un Sistema de
                          Seguridad Nacional, debemos sobreentender la existencia de
                          una Doctrina de Seguridad Nacional, acompañado de
                          Objetivos Nacionales, de Políticas específicas o de un
                          proyecto Nacional más una estrategia.
                          En contrapartida efectuamos una apreciación o mejor dicho
                          una Visión sobre las autonomías de los departamentos de
                          Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija que se hallan en pleno
                          proceso de implementación en estas regiones del país,
                          especialmente después de los Referendos por los estatutos
                          autonómicos, que consecuentemente tuvieron un resultado
                          afirmativo superior al 80% en los departamentos referidos20.

                      PORCENTAJE DE VOTACION EN LOS REFENDOS POR LOS ESTATUTOS
                                                   AUTONOMICOS

                      Departamento            SI             NO            TOTAL
                      Santa Cruz            85.6 %         14.4 %           100%
                      Beni                  79.53%         20.47%           100%
                      Pando                 81.98%         18.02%           100%
                      Tarija                78.20%         21.80%           100%



20
     La Razón Domingo 22 de Junio de 2008
                                              30
Pero después de efectuar un somero análisis a los Referendos
de los cuatro departamentos, percibimos                  que pese a que
desde el punto de vista del gobierno nacional, estas consultas
son consideradas o tachadas como ilegales, este proceso
autonómico de la denominada media luna aunque no tenga el
soporte   constitucional           respectivo,   es        absolutamente
irreversible, porque la propuesta de los estatutos autonómicos
sobre la descentralización política y administrativa que implica
el manejo de los recursos económicos y naturales locales, que
son   vistos   como      elementos         de    desarrollo,    se   va   ir
consolidando cada día más y lógicamente va a tener un
respaldo regional mayoritario, no solo de las elites sociales
sino de aquellos dirigentes y ciudadanos contrarios al proceso;
incluso la autonomía en base a los resultados obtenidos,
empieza a generar debate en aquellos departamentos en los
que gano el NO, durante el referéndum sobre autonomías del
2 de julio del 2006.
Ahora como consecuencia de la pulseta gobierno versus
autonomistas se ha desatado en el país una crisis política
desde el momento en el que Bolivia perdió un árbitro imparcial
como es el Tribunal Constitucional, descabezado por el
gobierno, entonces se dio nomas el efecto boomerang contra
el MAS, que como gobierno, principalmente, no previó que
necesitaba     acudir        a     esa   instancia    para      tachar    la
inconstitucionalidad         los    referendos     por    los    estatutos
autonómicos y los promotores de la autonomía tampoco
pudieron cuestionar el proyecto de la nueva Constitución
Política del Estado aprobada por la Asamblea Constituyente a
fines del 2007 en la ciudad de Oruro, ahondándose más aun,
la aguda crisis política nacional por la no existencia de la
institución que dé la razón a una de las partes, este malestar


                        31
político se profundiza y desestabiliza la Seguridad Nacional en
           todos sus aspectos.
           Esta crisis política también se refleja en la economía nacional
           generando una crisis de producción y consumo de alimentos
           de primera necesidad a nivel interno, que ha dado lugar a la
           inflación, agio y especulación, con la consiguiente emisión de
           Decretos Supremos para controlar las exportaciones y realizar
           importaciones de estos productos, creando un clima de
           insatisfacción y protestas sociales en la población, quienes
           exigen que se cumpla con las propuestas electorales
           afectando a la Seguridad Nacional.

2.3. RELACIÓN ENTRE SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMÍA
   Sabemos que todo Estado tiene la obligación de brindar a su
   población Seguridad, que es un derecho reconocido por la
   Declaración de los Derechos Humanos, que en su Art. 3ro. Dice:
   “Todo individuo tiene derecho a la seguridad de su persona y
   todos tienen derecho a ser protegidos” En ese entendido el
   Estado Nacional, para alcanzar el Bien Común y el Bienestar General
   tiene la ineludible obligación de neutralizar o eliminar las amenazas,
   las presiones negativas, los factores de perturbación, conflicto o
   interferencia que incidan en el normal desenvolvimiento de las
   actividades de la sociedad. Por tanto, la Seguridad integral al ser un
   fin esencial del Estado, garantiza la existencia, la integridad del
   patrimonio, los intereses nacionales y su soberanía. En Cambio la
   Seguridad Nacional es una decisión política que está en manos del
   Estado o Gobierno, que debe generar políticas, leyes y normas que
   consecuentemente aminoren o solucionen los conflictos y las crisis
   que directamente afecten al Poder Nacional.
   En el entendido que antes, durante y después de los referendos de
   Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija por los estatutos autonómicos, se
   han generado en estas regiones y en otros lugares del país, una
   serie    de   conflictos   socio-políticos   de   gradual   intensidad;
                                 32
protagonizados por dos frentes claramente definidos, primero por
quienes promueven y apoyan el proceso autonomista como una
nueva forma de descentralización política y administrativa que será el
eje de desarrollo departamental y segundo por los denominados
movimientos sociales afines al Gobierno, que rechazan las
autonomías departamentales, puesto que de acuerdo a su visión e
interpretación el modelo autonomista es en primer término ilegal e
inconstitucional   y   segundo   término   tiene   características   de
desintegración y separatismo que afecta a la unidad del país.
La forma en que se han desarrollado los conflictos sociales entre los
que llevan a cabo la corriente autonomista y los que son contrarios a
este proceso, ha generado una candente confrontación y choque de
intereses entre estas dos posiciones, traducidos en enfrentamientos,
bloqueos, manifestaciones, amenazas y otros tipos de demandas
sociales, hechos, acciones o reacciones que afectan directamente a
la Seguridad Personal, Social o Nacional y que han dado lugar
paralelamente a una latente inseguridad reflejada negativamente en
el ámbito social de empleo e ingresos económicos, alimentario,
salubridad   y otros    que vulneran los     derechos    y   garantías
constitucionales de las personas consagrados en la Carta Magna.
Frente a todo este panorama de incertidumbre que agobia a la
sociedad boliviana, Las FF. AA. y la Policía Nacional, instituciones
fundamentales del Estado, encargadas de la Seguridad Nacional,
dentro de su Rol especifico, doctrinalmente han hecho lo posible por
mantener y garantizar la Seguridad Nacional como parte de la
Seguridad Integral, pero razones de origen estrictamente político
gubernamental, han generado en primer lugar condiciones adversas
que consecuentemente han contribuido a debilitar la ya frágil
Seguridad Nacional, por el flagrante quebrantamiento, de la Ley,
especialmente por las amenazas de orden interno provenientes de
los autonomistas y Gobierno, que      agudizaron paulatinamente la
crisis Política, Económica y Social del país y en segundo lugar de un

                           33
tiempo a esta parte existe en la Sociedad Civil y en particular entre
estas posiciones antagónicas, una intolerancia, desobediencia y
desconocimiento al cumplimiento de la Ley, situación que pone en
tela de juicio la Misión constitucional de las dos Instituciones
Fundamentales.
Por otro lado una vez cerrado el circulo              de los primeros cuatro
referendos sobre estatutos autonómicos, cuestionados sobre su
legalidad constitucional por el gobierno, ha dado lugar según los
analistas    políticos    al    nacimiento       de   una    Bolivia    Unitaria,
descentralizada, democrática y autonómica, que a nuestro entender
dará lugar inevitablemente desde el punto de vista geográfico a una
nueva división Política del Estado boliviano, por una parte estarán los
cuatro departamentos autónomos y por otro cinco departamentos no
autónomos, esto implica simple y llanamente que en el país habrán
dos regiones claramente definidas: la región Oriental Autónoma y la
región centro y occidental No autónoma. Esta situación generada por
intereses político-sectoriales de los promotores de la Autonomía y
que por el momento no tiene una solución política por parte de los
entes gubernamentales, se constituye en una amenaza potencial a la
Seguridad Nacional que afectara directamente al Poder Nacional.
Además a futuro la prospectiva de la corriente autonómica tiende a
contagiar su filosofía en el menor tiempo posible a los departamentos
de Chuquisaca y Cochabamba y posteriormente por inercia
progresiva     continuar        este    proceso       autonómico       con   los
Departamentos de La Paz, Oruro y Potosí, puesto que en el
ambiente      social      de     muchas          entidades   departamentales
especialmente cívicas se percibe una voluntad autonómica para
adoptar este modelo como una forma de desterrar el centralismo
político-administrativo        del     Estado,     aunque     estos      últimos
departamentos se constituyen en el bastión opositor del proceso
autonómico, especialmente porque su población es leal al gobierno
del MAS; pero estas regiones ajenas por el momento a la autonomía

                                34
departamental, no quedaron exentas de conflictos que de alguna
manera contribuyeron a la agudización de la Crisis política del país,
que afectaron a la vigencia de la Seguridad Nacional.
Por todas las cuestiones abordadas, la situación de intransigencia
entre gobierno Nacional y el bloque autonomista representado por el
CONALDE, no puede continuar en estas circunstancias, por ello si en
el menor tiempo posible no se dan las condiciones necesarias para
generar un dialogo político de concertación entre ambas partes, para
compatibilizar los documentos aprobados con el Nuevo texto
Constitucional aprobado en Oruro, la población boliviana será actor y
testigo, primero que a través de dialogo político nacional se supere la
Crisis Política, que dé lugar a diseñar un pacto social de
entendimiento a largo plazo y segundo que la falta de predisposición
de ambas partes a solucionar los problemas emergentes tanto de
proceso autonómico como la aprobación del Nuevo texto de la
Constitución, sea el germen que posibilite que agudice la Crisis
socio-política y económica del País.
En el primer caso el nuevo escenario de paz y entendimiento será el
factor esencial del desarrollo del país, que fortalecerá directamente a
la Seguridad Nacional; en el segundo caso de continuar la situación
de conflictividad y crisis que agobia al país, esta           derive en
consecuencias       irremediables como enfrentamientos armados,
convulsión social a gran escala y otras formas radicales de protesta,
que implícitamente será la causa principal para que la Seguridad
Nacional como tal se vea en riesgo inminente de desaparecer, que
consecuentemente no permitan la supervivencia del Estado con
soberanía e independencia.
Ahora efectuando una somera lectura e interpretación de los
Estatutos Autonómicos, sometidos a referendos respectivos y que se
refieren a la Seguridad Ciudadana, podemos afirmar con certeza
que de los cuatro estatutos, solo el cruceño cuenta con un capitulo,
(el   cuarto),   dedicado   al    régimen   de   Seguridad   Ciudadana,

                             35
estableciendo la creación de un organismo de seguridad en
coordinación con la Policía.
Los textos de Beni Pando y Tarija estipulan que la Asamblea
Departamental podrá evacuar políticas que apoyen al orden público
pero en el marco de sus competencias. Solo el texto beniano
menciona al gobernador como Comandante General.
Para mayor ilustración del tema analizado, la estructura orgánica de
los Estatutos Autonómicos en lo referente a la seguridad ciudadana,
textualmente dicen:

                         Artículo 18 (competencias)
                         Son competencias fundamentales y básicas del
                         Gobierno Departamental
                         las siguientes:
                         13. Legislar y regular el régimen de seguridad
                              ciudadana en coordinación con la Policía
                              Nacional.
                         25. Promover y proponer acuerdos internacionales
                              de interés para el departamento y ser
                              sometidos a aprobación del Poder Legislativo a
    Tarija
                              través del Ministerio de Relaciones Exteriores y
                              Culto
                         Artículo 25 (Atribuciones del Órgano Legislativo
                         Departamental)
                         Serán atribuciones exclusivas y privativas del
                         Órgano Legislativo Departamental :
                      j) Dictar normas y regulaciones de seguridad
                         ciudadana, en Coordinación con el Ejecutivo
                         Departamental.




                              36
DE LOS REGÍMENES ESPECIALES AUTONÓMICOS
             Artículo 40. Establecimiento y finalidad
             4. Régimen de Seguridad Ciudadana
             CAPÍTULO CUARTO
             RÉGIMEN DE SEGURIDAD CIUDADANA
             Artículo 67. Responsabilidad prioritaria del Ejecutivo
             Departamental
             La Seguridad Ciudadana de todos los habitantes y estantes en el
             Departamento Autónomo de Santa Cruz es una responsabilidad
             prioritaria del Ejecutivo Departamental, que ejecutará las acciones
             y medidas necesarias para garantizarla, en concurrencia con el
             Estado Nacional, los Gobiernos Municipales Autónomos, la Policía
             Nacional y el Concejo Departamental de Seguridad Ciudadana.
             Artículo 68. Apoyo a la Policía Nacional
              I. La Policía Nacional, a través de su Comando Departamental,
                   ejecutará un Plan Departamental de Seguridad Ciudadana, que
                   deberá ser aprobado por el Gobierno Departamental y que
                   podrá ser apoyado financieramente por todos los niveles de
                   gobierno.
             II. Estos aportes serán ejecutados por las correspondientes
                   administraciones en el marco de los convenios que se
                   suscriban, anualmente, con la Policía Nacional para la
                   ejecución del Plan Departamental de Seguridad Ciudadana.
             Artículo 69. Organismo de Seguridad Departamental
             I. El Gobierno Departamental, en coordinación con la Policía
                   Nacional, gestionará, mediante Ley Departamental, la creación
                   de un organismo de seguridad, que tendrá las siguientes
                   atribuciones:
Santa Cruz            a) La seguridad y defensa de la sociedad, y el resguardo de
                          las autoridades departamentales y de los bienes públicos
                          del Departamento Autónomo de Santa Cruz.
                      b) Lucha contra el crimen en coordinación con el Fiscal de
                          Distrito del Departamento.
                      c) Control y supervisión del tráfico en las carreteras del
                          Departamento Autónomo de Santa Cruz.
                      d) Mantenimiento del orden público en los casos que sea
                          requerido.
                      e) Ejecución del Plan Departamental de Seguridad
                          Ciudadana, aprobado por el Gobierno Departamental.
              II. Estas acciones serán ejecutadas en coordinación con la
                  Policía Nacional y la Gendarmería de los Gobiernos
                   Municipales.
              Artículo 70. La Seguridad Ciudadana en el Ejecutivo
              Departamental
                  Con la finalidad de coordinar de manera eficiente todas las
                   medidas que se adopten, de conformidad con el presente
                   Estatuto, para garantizar la Seguridad Ciudadana en el
                   Departamento Autónomo de Santa Cruz, se establecerá una
                   Secretaría Departamental con funciones y atribuciones
                   específicas.
             Según la Interpretación este Estatuto Señala que la seguridad
             ciudadana es una prioridad. En el marco de la legislación básica
             del Estado, el gobierno departamental tiene competencia sobre el
             régimen de protección de personas y bienes y mantenimiento del
             orden público. La Asamblea tiene como atribución dictar leyes para
             salvaguardar el orden público. Establece que el gobierno
             departamental deberá aprobar el plan de seguridad de la policía.

                            37
Artículo 20. Competencias compartidas o concurrentes
                 con los niveles
                 Municipal y Nacional.
                 Artículo 36. Atribuciones.
                 Son atribuciones de la Asamblea Departamental Autónoma:
                 14. Aprobar los convenios nacionales e internacionales de
                      interés departamental suscritos por el Gobierno Dptal.
                      en el marco de sus competencias.
  Pando          Según la interpretación de este Estatuto, El proyecto
                 autonómico pandino faculta a la asamblea departamental a
                 dictar leyes para salvaguardar el orden público en el ámbito
                 de su competencia. Entre las competencias compartidas con
                 los niveles nacional y municipal se menciona el régimen
                 policial, la seguridad ciudadana y la regulación de las
                 empresas de seguridad privadas que desarrollan sus
                 actividades en este departamento amazónico



                 Entre las competencias del departamento autonómico de
                 Beni se encuentra la de legislar, administrar, reglamentar y
                 ejecutar política para el orden público y para la seguridad
                 ciudadana. Además, establece que el gobernador del
     Beni
                 departamento        autónomo     ejerce    las    funciones     de
                 Comandante      General    del    departamento,        aunque   no
                 menciona    ninguna     competencia       específica    sobre   los
                 uniformados policiales ni militares.


Por otro lado dentro de la investigación en fuentes relacionadas con
el proceso autonómico, se toma conocimiento de la existencia del
proyecto    de      ESTATUTO          AUTONÓMICO           DE     LA     REGIÓN
AUTÓNOMA DEL GRAN CHACO, el mismo que ya se halla
redactado bajo los lineamientos autonómicos, con esencia regional y
fue presentado en Yacuiba, en febrero de 2008, con ligeras variantes
respecto al estatuto autonómico tarijeño; pero del análisis objetivo de
este documento se establece que este proyecto autonómico regional

                                38
chaqueño, que fuera de asignar un numero de representantes en la
Asamblea legislativa de su autogobierno a las distintas secciones y
pueblos originarios, también se le asigna a esta provincia Tarijeña un
numero de representantes en la Asamblea Legislativa Departamental
descrita en el estatuto autonómico correspondiente, a manera de
ilustración se describe previamente la composición y cuadro de
distributivo de representantes del Departamento de Tarija:
Artículo 22 (Composición)
La Asamblea Legislativa del Autogobierno Departamental de Tarija,
está compuesta por los representantes de cada una de las seis
provincias, sus secciones y de los pueblos originarios, cuyo criterio
de distribución, resulta de la justa combinación de representación por
territorio, población e integración de los pueblos originarios, de
acuerdo al siguiente cuadro:



        PROVINCIA          Territorio      Población       Total

   Cercado                             1              4          5
   Gran Chaco                          1              3          4
   Arce                                1              2          3
   Méndez                              1              1          2
   O´Connor                            1              1          2
   Avilés                              1              1          2
   Pueblos Indígenas                                             3
   TOTAL ASAMBLEISTAS                                           21

Complementando      la   información        grafica    antes   expuesta,
transcribimos la parte literal y el cuadro de distribución de
representantes del proyecto del estatuto de la provincia Gran Chaco
de Tarija:
Artículo 24 (Composición)
La Asamblea Legislativa del Autogobierno Regional del Gran Chaco,
está compuesta por doce (12) miembros, los mismos representantes
de cada una de las Secciones y de los Pueblos Originarios, cuyo
criterio de distribución, resulta de la justa combinación de
                           39
representación por territorio, población e integración de los pueblos
originarios, de acuerdo al siguiente cuadro:


   SECCIÓN        RURAL       URBANO       TOTAL
   Yacuiba               1             2             3
   Villamontes           1             2             3
   Caraparí              1             2             3
   Weenhayek             1                           1
   Guaraní               1                           1
   Tapiete               1                           1
   TOTAL ASAMBLEÍSTAS                               12


Del tema relacionado a la Seguridad Ciudadana que es parte
implícita de la Seguridad Nacional, determinamos en primer lugar
que en la estructuración de todos los estatutos autonómicos, excepto
el de Santa Cruz, se hace una descripción muy ínfima sobre el tema
del Orden Publico y Seguridad, cada uno con diferentes enfoques
sobre el Rol que le tocaría cumplir a la Policía Nacional, pero la
Asamblea legislativa departamental o el Gobierno autónomo, son las
instancias que tienen competencia exclusivas en cuanto al régimen
de Seguridad Ciudadana. Ahora con respecto al Caso Cruceño, este
Estatuto hace referencia a la creación de un organismo de seguridad
que cumplirá funciones paralelas a las de la Policía Nacional, en
síntesis todos los Estatutos en especial el de Santa Cruz, tienen su
incidencia en la Seguridad Nacional, porque de uno u otra forma se
lesiona y vulnera la concepción doctrinal de la Seguridad del Estado
consagrada en la Constitución en actual vigencia, así como también
dichos estatutos tienen competencias y facultades exclusivas en
materia del orden público, que durante su vigencia pueden prescindir
o no de los servicios policiales hasta incluso la participación militar,
pero de concretarse esta situación a afectación a la Seguridad
Personal, Social y Nacional seria indudablemente perjudicial para el
                             40
País, puesto que de generarse conflictos sociales graves y de otra
                 índole al interior de las regiones autónomas y que lógicamente
                 pongan en riesgo la paz y tranquilidad de la sociedad civil, pondrían a
                 las instituciones fundamentales del Estado, en situación difícil y
                 complicada para poder intervenir en estas situaciones conflictivas en
                 la jurisdicción de los Departamentos Autónomos. Pero como
                 consecuencia de los intereses regionales la división o fragmentación
                 tanto territorial como el de no acatar o cumplir la Constitución del
                 MAS, que fue aprobada en Oruro, dará lugar también a una mayor
                 fragmentación de la Seguridad Nacional.
                 Finalmente en cuanto se refiere al proyecto de autonomía de la
                 Provincia Gran Chaco de Tarija, este documento nos da a entender
                 la existencia de intereses por un lado y por otro de aspiraciones que
                 tienen la intención deliberada de conformar en territorio tarijeño un
                 nuevo Departamento, situación esta que generara un conflicto de
                 gran magnitud al interior del Departamento autónomo de Tarija, que
                 lógicamente agudizara aun más la crisis política que agobia al
                 Gobierno, ya que se desatara una pugna regional para controlar los
                 recursos naturales asentados en la provincia Gran Chaco, que en
                 consecuencia dará lugar a empeorar la endeble Seguridad Nacional
                 que asiste al Estado, como factor de protección de la Sociedad.

           2.4. LO QUE CAMBIA EN UN ESTADO ES LA DISTRIBUCION
                INTERNA DE PODER
                                                        21
                 En cuanto al ejercicio del Poder            por la naturaleza centralista del
                 Estado boliviano, este que se halla concentrado en el gobierno
                 Nacional, lo que implica que las decisiones políticas, económicas,
                 sociales y de otra índole provenientes de los entes gubernamentales,
                 por delegación los entes departamentales, provinciales y cantonales
                 solo deben cumplir y acatar; en ese entendido por razones


21
     Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa:
     participación ciudadana, programa: tierra


                                                41
estrictamente políticas y de hegemonía del poder, este no se
comparte con otros entes no vinculados con el gobierno; por Ejemplo
ese fenómeno se observa en la limitación de las competencias
asignadas a las Prefecturas, que NO tienen autonomía de gestión
administrativa de los recursos que generan las regiones, ni tampoco
pueden efectuar inversiones sin previa consulta con el poder central
del Estado. En ese sentido el centralismo estatal y la incipiente
descentralización       administrativa   propugnada     por     la    Ley    de
Descentralización de 1997, ha sido la causa principal para que los
departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, promuevan la
autonomía Departamental, con competencias políticas, económicas,
administrativas     y    sociales   exclusivas   las   cuales        se   hallan
consagradas en los Respectivos Estatutos Autonómicos, que
lógicamente fracturan la hegemonía del poder Gubernamental. Por
otro lado sabemos que la Economía es la base del poder político, en
ese sentido en los últimos 2 años de gobierno del MAS, en el
ejercicio pleno del Poder nacionalizo las Empresas petroleras
extranjeras, derivando esta disposición en la asignación del impuesto
directo a los hidrocarburos (IDH), a todos los Departamentos del país
de acuerdo a un porcentaje determinado por Ley. Pero pasado un
tiempo estos recursos fueron recortados para que el Estado pague el
Bono dignidad y Juancito Pinto, situación que genero un conflicto
región-Estado de magnitud, que consecuentemente derivo en una
mayor crisis política, que impulso con mayor fuerza el proceso
autonómico de los Departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y
Tarija y que también afecta a la Seguridad Nacional.




                               42
Estado Centralizado                               Estado Autonómico                               Estado Federal
    Un solo Estado                                  Un solo Estado                                Un solo Estado




El poder está en manos El poder es compartido entre                                         El poder es compartido
del       nivel      nacional,         o el       nivel      nacional        y    los       entre el nivel nacional y
central,          con        órganos departamentos                       o        las       los          Estados        que
únicos                  (legislativo, regiones.              Estado          unitario       conforman la federación.
ejecutivo y judicial), que descentralizado políticamente                                    Por Estado federal, se
cumpliendo                 funciones Es            una      forme      intermedia           entiende a su vez la unión
específicas           son     válidos entre            Estado         unitario       y      de dos o más Estados, en
para toda la población Estado Federal                                                       los     que      los    miembros
asentada en el territorio                                                                   asociados renuncian a su
estatal.                                                                                    soberanía particular, para
Un solo orden gubernativo                                                                   conformar         una    sola   y
y una unidad de dirección                                                                   única comunidad política.
en las fases de decisión,                                                                   Los Estados se hallan
acción y sanción.22                                                                         regidos por una sola CPE
                                                                                            que es la Constitución
                                                                                            Federal.




22
     Jordán Quiroga, Augusto: El Estado, temas de Derecho Político. Ed. Arol SRL, Cochabamba – Bolivia. Pág. 131.
                                                            43
LAS COMPETENCIAS
         Las competencias se distinguen a partir de una tipología que las
         agrupa en tres categorías:
             •     Competencias exclusivas del Estado nacional.
             •     Competencias concurrentes.
             •     Competencias exclusivas de las comunidades autonómicas.
         A propósito de la distribución de las competencias, entre los
         diferentes niveles de gobierno en Bolivia, nos permitimos presentar
         una sugerencia apoyándonos en lo que tenemos actualmente:

         PRIMER CASO (Lo que tenemos)23

         En este momento la distribución de las competencias, entre los
         diferentes niveles de gobierno en Bolivia, está expresada de la
         siguiente manera:
            Sectores /            Gobierno Nacional               Prefecturas                  Gobiernos
          Competencias                                          departamentales                municipales


       Política                 Todas las
       macroeconómica           responsabilidades

       Políticas de             Todas las
       comercio                 responsabilidades
       internacional
       Asuntos exteriores y     Todas las
       comercio                 responsabilidades
       internacional
       Defensa                  Todas las
                                responsabilidades

       Justicia                 Todas las
                                responsabilidades

       Seguridad interna y      Todas las                    Seguridad Ciudadana           Policía de mercados
       externa                  responsabilidades                                          y orden urbano.
                                                                                           Apoyo a seguridad
                                                                                           ciudadana.
       Inmigración              Todas las
                                responsabilidades




23
   Elaboración propia con datos de: Municipalización diagnóstico de una década, Tomo I, FES – ILDIS –USAID;
Plural Editores; La Paz - Bolivia 2004


                                                44
Seguridad Nacional y Autonomía
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  • 1. SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMIA I. INTRODUCCIÓN 1.1. DESCRIPCIÓN DEL TEMA EN CUANTO AL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN El presente trabajo de investigación se refiere explícitamente a las Autonomías y la Seguridad Nacional, cuya importancia investigativa teorico-bibliografica radica principalmente en las repercusiones socio- político y económicas que pueda generar las Autonomías como una nueva forma de auto gobierno de los cuatro departamentos del país comprometidos con este proceso, que amenazan lógicamente la estabilidad de la Seguridad Nacional. En ese sentido toda investigación requiere la definición de ciertos términos para ubicar la realidad del lenguaje en conceptos comunes, mismos que son tratados frecuentemente en el presente trabajo, por lo que en su desarrollo se presentan los conceptos esenciales para el estudio de la Autonomía y su relación con la Seguridad Nacional. Asimismo, señalamos que estos términos básicos, que, pueden ubicarnos en la temática propia del Estado-Nación y sus relaciones con los factores y principios que son parte de la esencia doctrinal de la Seguridad Nacional y el fenómeno autonómico respectivamente. En este trabajo se presentará esencialmente las definiciones importantes de lo que podemos comprender por: Estado, Política y Poder, fenómenos que ineludiblemente son representativos de todo proceso político, así como la terminología necesaria en materia de Seguridad Nacional, las cuales son primordiales para el desarrollo de esta investigación. Por otro lado para completar el proceso investigativo del tema, veremos o expondremos con absoluta claridad definiciones que nos hagan comprender la Autonomía como: Descentralización, Federalismo y otros, terminología que simplemente nos aclarara el panorama sobre las dimensiones 1
  • 2. interpretativas del proceso autonómico que se vive en el País. 1.2. REVISIÓN DE LAS FUENTES INVESTIGADAS Las Fuentes de información recurrentes para efectuar el trabajo de investigación, son principalmente de carácter informático, bibliográfico, periodístico y de recolección de información en instituciones estatales relacionadas íntimamente con la Seguridad Nacional y los procesos autonómicos departamentales. Pero para que las fuentes informativas sean de utilidad o aporten datos fehacientes o fidedignos a la investigación, estas fueron obligatoriamente sujetas a una sistemática selección. 1.3. EL PROPÓSITO DEL ESTUDIO La finalidad o propósito de este trabajo de investigación, es establecer o determinar SI las autonomías en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, que actualmente se hallan en pleno proceso de implementación y consolidación después de los referéndums correspondientes, afectan o no a la Seguridad Nacional. En ese entendido el efecto negativo o debilitamiento de la Seguridad Nacional por parte del proceso Autonómico en los Departamentos antes referidos requiere, simple y llanamente, de un consciente análisis investigativo de todos los antecedentes e informaciones recabadas en las distintas fuentes, situación que consecuentemente nos encaminara a comprender si efectivamente la Seguridad Nacional se encuentra en evidente riesgo o inestabilidad. 1.4. DEFINICIÓN DE LOS SUBTEMAS O VARIABLES QUE SE PRESENTARÁN EN EL TEXTO A manera de preámbulo es pertinente efectuar algunos enfoques conceptuales o definiciones planteadas por algunas corrientes, autores o documentos doctrinales, los cuales nos permitirán realizar una clara ilustración teórica del tema a investigarse. Entre los más 2
  • 3. importantes podemos referirnos a los siguientes: SEGURIDAD El concepto “seguridad” proviene del latín securitas que a su vez se deriva del adjetivo securus, el cual está compuesto por se, sin y cura, cuidado o procuración, lo que significa sin temor, despreocupado o sin temor a preocuparse1. En ese entendido la Seguridad es un bien jurídico, público y común, como margen de protección, a través del cual el Estado boliviano dispone para hacer frente a amenazas o riesgos de diversos tipos, es inherente a todas las personas que viven en nuestro territorio.2 La Seguridad del Estado tiene dos componentes: a. seguridad externa: considerada como la resistencia a las amenazas a través de la anticipación o prevención, o en su caso la Defensa de la Patria, son todos aquellos mecanismos con los que nuestro Estado se protege de agresiones, oposiciones o presiones externas, estarán a cargo de las Fuerzas Armadas de Bolivia. b. seguridad interna: son el conjunto de condiciones orientadas a proporcionar las garantías necesarias, para el desarrollo de las actividades económicas, políticas y sociales, para preservar a la colectividad nacional, de los peligros que contra su supervivencia, integridad y logro del bienestar general pueden surgir en su interior, estarán a cargo de la Policía Nacional. SEGURIDAD NACIONAL La Seguridad Nacional es un concepto que ofrece dificultades para definirlo, por lo que cada Estado lo establece en función de las realidades que observa en su desarrollo político, económico, social, militar y policial. Una vez que surgieron los Estados, la seguridad asumió su naturaleza política, pues se concreto a asegurar la supervivencia de 1 Diccionario Encarta 2 Comisión 21 magna Asamblea Constituyente 3
  • 4. esa organización. El paso del tiempo ubico a la Seguridad Nacional como fenómeno social circunscrito al proceso político. De este inicio se infieren puntos básicos, de los cuales parten rasgos esenciales que limitan el concepto de la Seguridad Nacional, entre los más destacados tenemos: • Es una condición política, económica, social, militar y policial. • Se manifiesta como proceso continuo e incesante. • Tiene una dinámica propia. • Es una función estatal. • Nace con la organización del Estado. • Se manifiesta en el pleno ejercicio de la soberanía e independencia. • Su meta básica es la consecución de los objetivos nacionales. • Representa un Estado de garantía. • Capacidad de conservación y supervivencia que posee cada Estado. • Existe en función del desarrollo de una nación. • Se manifiesta en acciones en los campos del poder. • Busca la estabilidad y consecución de los objetivos nacionales. A continuación, trataremos de encontrar un concepto de Seguridad Nacional, para lo cual presentamos una serie de definiciones sobre este tema, mismas que permitirán ubicar parámetros y características, que marquen un campo de acción y un espectro, que nos auxilie a tipificar uno de los temas centrales de este trabajo de investigación. Tomando la definición etimológica, Norberto Bobbio3 indica que “el fin del Estado solamente es la ‘seguridad’ entendida como la “certeza” de la libertad en el ámbito de la ley.” En ese entendido para Gualberto Tapia Vargas autor del libro 3 Pag. Web que es seguridad nacional 4
  • 5. 4 Realidad Nacional la Seguridad Nacional “Es una parte de la Seguridad General y encarna la protección del Estado contra cualquier agresión interna y/o externa, donde está la supervivencia del Estado acompañada de independencia, libertad, integridad territorial y soberanía”. Es decir la Seguridad Nacional es una respuesta al desarrollo alcanzado donde están los intereses: Nacionales, vitales y la supervivencia del Estado con soberanía e independencia. Por otro lado para el mexicano Alejandro Martínez Serrano5, La Seguridad Nacional podría entenderse como “La política del Estado Nacional, ejercida por todos y cada uno de sus integrantes bajo la conducción del gobierno, dedicada a la máxima tarea de la preservación y conquista de los objetivos nacionales permanentes y actuales, bajo la premisa de lograr el bienestar de la colectividad”. Finalmente, en base a diferentes doctrinas, para los componentes del grupo No. 6 la definición sería la siguiente “La Seguridad Nacional tiene por objeto la Protección interna y externa de la Sociedad y el Estado, la conjunción de todas las regiones para la consecución de los objetivos de interés común promoviendo el desarrollo nacional centrándose en proteger internamente a la sociedad de riesgos, peligros y de potenciales amenazas”. Como podemos percibir las definiciones o conceptos planteados en este acápite, tienen nomas un diferente enfoque, lo que consecuentemente da a entender que no existe una clara definición sobre Seguridad Nacional, puesto que la concepción por lo general está determinada por la realidad Social, política, económica, militar y policial de cada Estado. La Seguridad Nacional responde a las exigencias del Estado, la 4 Pag. 378 Realidad Nacional 3ra edición 5 Seguridad Nacional México 5
  • 6. nación y el poder de ambos. Según los ideólogos, puede tratarse de una condición, una situación, un grado de garantía, un Estado, una capacidad o una política. Se realiza con la aplicación del Poder Nacional, mediante previsiones, políticas, estrategias, acciones y planeación. Además, es determinada y relativa a una época y lugar. Su ámbito de acción es el Estado-Nación y los intereses y compromisos internacionales del mismo. Finalmente, la utilidad de esta herramienta es brindar protección al Estado y la nación. Mientras que los objetivos clásicos de la Seguridad Nacional consistían en prevenir o rechazar amenazas militares de Estados (la guerra clásica), en la actualidad las amenazas a la Seguridad Nacional son más difusas, e incluyen el terrorismo, los riesgos medioambientales y fenómenos sociales de escala global como las migraciones masivas. La finalidad primordial de la Seguridad Nacional es garantizar la sobrevivencia de la Nación en la comunidad internacional, como un Estado soberano e independiente, por lo que requiere asegurar el logro de las condiciones básicas que le permitan al Estado ejercer su autodeterminación, mantener su integridad nacional y obtener su desarrollo. De esta manera podemos decir en primer lugar que la Seguridad Nacional es un bien invaluable de nuestra sociedad y se entiende como la condición permanente de paz, libertad y justicia social que, dentro del marco del derecho, procuran pueblo y gobierno. Su conservación implica el equilibrio dinámico de los intereses de los diversos sectores de la población para el logro de los objetivos nacionales, garantizando la integridad territorial y el ejercicio pleno de la soberanía e independencia”. En segundo lugar en nuestro país de conformidad a lo que manda la Constitución Política del Estado en lo que se refiere a la Seguridad del Estado; los Militares, Policías y Sociedad Civil son responsables de la Seguridad Nacional, donde participan: Patrimonio Nacional, 6
  • 7. cultura, unidad de criterio de la Ciudadanía, Instituciones representativas y otras como la lealtad y consecuencia de sus ciudadanos, tanto en época de paz como de guerra. Finalmente dentro la Seguridad Nacional están: La Doctrina Nacional, los Objetivos Nacionales, las Políticas de Desarrollo, la Justicia, los compromisos adquiridos por el Estado entre países, personas o la sociedad6. La ausencia de una Ley y Políticas de Seguridad Nacional en el país obliga a readecuar la Doctrina Nacional de Seguridad, acorde a los cambios políticos actuales y a las nuevas amenazas internas y externas. De acuerdo al documento de conclusiones del seminario realizado en instalaciones del Círculo de Oficiales del Ejército, el cónclave, “Hacia una Nueva Política de Seguridad y Defensa Nacional del Estado Boliviano”, tuvo el objeto de enseñar y concientizar a la ciudadanía la importancia de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional. Las conclusiones a las que se arribaron en las mesas de trabajo respectivas fueron: La inexistencia de una doctrina propia de Seguridad Nacional exige la necesidad de unificar criterios y conceptos doctrinarios sobre Seguridad y Defensa sobre la base de leyes vigentes y en proyecto, de acuerdo al contexto mundial, regional y nacional. La inexistencia de una Ley de Seguridad y Defensa, no permite conjuncionar conceptos y plasmar políticas de Estado para este fin. La falta de cultura de Seguridad y Defensa Nacional en la ciudadanía y en el estamento que dirige el Estado, genera escasas políticas de Estado coherentes a este respecto. 6 Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas Pág. 378 7
  • 8. Las definiciones de Seguridad Nacional expresadas por los expositores del presente seminario deben guiar la formulación del proyecto de Ley de Seguridad y Defensa, constituyéndose en referente doctrinario aplicable a todas las expresiones de poder. Existen diversos métodos para el diseño de políticas de Seguridad y Defensa por la influencia de diferentes corrientes teóricas y filosóficas que responden a realidades de organismos de investigación respectivos en todos los niveles. La inasistencia de representantes de algunas instituciones estatales y privadas invitadas a este evento, confirman la falta de interés y conocimiento en materia de Seguridad y Defensa, obstaculizando la formulación de las respectivas políticas y estrategias en el más alto nivel. La carencia de centro de investigación y formulación de doctrina de Seguridad y Defensa en las Fuerzas Armadas, debe ser subsanada con la implementación de departamento de doctrinas en cada Fuerza. Los problemas de Seguridad Regional han dado origen a la creación de organismos de cooperación regional, como es el caso del Mercosur en la aplicación de la seguridad cooperativa privilegiándose las hipótesis de confluencia. El concepto de la Defensa Territorial orientada a una guerra tradicional convencional ha cambiado, generándose políticas públicas de Defensa y Seguridad sobre la base de los cambios regionales y mundiales. Los efectos de globalización en los Estados han creado realidades que deben basar sus políticas en una auténtica fuerza económica de Seguridad y Defensa, con una sólida definición del estamento político, asumiendo la seguridad y Defensa como responsabilidad del Estado. 8
  • 9. La ausencia de políticas de Seguridad y Defensa Nacional en el país, nos obliga a readecuar la Doctrina Nacional de Seguridad, acorde a los cambios políticos. Como resultado de la realidad global donde surgen nuevas amenazas como el contrabando, narcotráfico, delincuencia, tráfico de armas y personas, terrorismo, pobreza y destrucción del medio ambiente, es necesario tomar en cuenta en las políticas de Seguridad y Defensa, la integración de Bolivia a los diferentes mecanismos de integración regional. DOCTRINA NACIONAL La Doctrina Nacional es el conjunto de principios que estudian los problemas nacionales relacionados con los diversos factores de poder Politico, Económico, Psicosocial, Militar y Policial. La geografía la colocamos como crisol de todos estos aspectos anteriormente señalados, porque de ella derivan los fundamentos necesarios y suficientes para la solución integral de sus problemas y para la consecución de sus objetivos. Es en merito a estos antecedentes que podemos establecer como base fundamental de la Doctrina Nacional de la Seguridad Nacional, cuyos componentes son él: El poder Nacional, los Objetivos Nacionales, la Estrategia Nacional y el Desarrollo Nacional”.7 La Doctrina de Seguridad Nacional considera a los propios ciudadanos de un país como posibles amenazas a la seguridad. La doctrina fue un producto del pensamiento de la guerra fría, que mantuvo al mundo dividido en dos campos antagónicos. Fue ideada por los sucesivos gobiernos de los Estados Unidos y divulgada mediante el entrenamiento de los distintos ejércitos latinoamericanos, en la Escuela de la Américas en Panamá. ESTADO El Estado comprende al ente político constituido en un territorio 9
  • 10. definido, a través del proceso histórico de un pueblo que crea nexos económicos, lingüísticos y culturales uniformes, bajo un ordenamiento jurídico soberano. De lo anterior, deducimos que el Estado “es la agrupación política por excelencia, la mayor obra cultural del ser humano que le permite vivir en sociedad”. El Estado consiste en una forma especial de organización emanada del poder político, cualidad identificada por Max Weber, quien señalo que “El Estado, al igual que toda entidad política, es un enlace de dominio de individuos sobre individuos, sostenido mediante la legítima violencia”, situación que nos permite afirmar, que el Estado es una perfección alcanzada por el hombre para organizarse en una asociación necesaria que brinde, ante todo, seguridad y bienestar, por lo que no se puede vivir fuera de él, mientras que si es posible abstenerse de otras asociaciones.8 El Estado es en esencia una realidad política, es decir, un hecho social de naturaleza política, el cual se integra con una sociedad humana, establecida en el territorio que les pertenece, además de estar regida y estructurada por un orden jurídico creado, aplicado y sancionado por un poder soberano, con objeto de obtener el bien público de toda la comunidad. Esta definición nos conduce a identificar los elementos esenciales del Estado: • Pueblo: es el primer elemento del Estado, integrado por los individuos, que se asocian política y jurídicamente y forman sus asentamientos en un espacio físico definido. • Territorio: espacio físico donde se desarrollan las relaciones e interacciones humanas de las esferas política, económica, social y militar. • Poder político: el poder del Estado es el poder político por excelencia, se deriva del hecho de que toda asociación de 7 Ing. A. Guillen Monje Pág. 66 apuntes de Doctrina de la Policía Nacional de Oscar Molina Viaña 8 Libro de Defensa Nacional República de México 10
  • 11. intereses necesita de una dirección, que conduzca al grupo a la realización de sus objetivos. • Soberanía: es el ilimitado ejercicio de la dominación hacia el interior y exterior del Estado-nación, consiste en girar órdenes definitivas en el fuero interno y reafirmar la independencia frente al mundo exterior. • Gobierno: asociación o conjunto de acciones de dirección por medio de las cuales, la autoridad a través de los órganos de mando político impone una línea de conducta a los individuos integrantes del Estado. Además, puede entenderse como el conjunto de órganos mediante los cuales se ejerce autoridad. LAS FORMAS DE ESTADO, SUS CARACTERISTICAS Y SUS VARIACIONES INTERNAS9 FORMAS DE CARACTERISTICA VARIACIONES DE ESTADO DEFINITORIA LAS FORMAS DE ESTADO Sólo el nivel nacional tiene la • Estado simple de facultad de legislar (por lo administración tanto hay monopolio del centralizada. ESTADO SIMPLE Parlamento Nacional sobre el • Estado simple de O UNITARIO tema). administración desconcentrada. • Estado simple de administración descentralizada. Varios niveles tienen la facultad de legislar (Aunque la legislación tiene diferentes • Estado federal ESTADO acepciones, que no • Estado COMPUESTO necesariamente se traducen en sanciones de ley que son autonómico de exclusividad del nivel Nacional en el caso Autonómico). 9 Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa: participación ciudadana, programa: tierra 11
  • 12. CARACTERISTICAS QUE DISTINGUEN A LAS FORMAS DE ESTADO UNITARIO O COMPUESTO10 VARIACIONES DEL LAS PRINCIPALES CARACTERISTICAS ESTADO QUE LOS DISTINGUE COMPUESTO • Existe una cámara de Representantes, que representa al territorio, con derecho a veto de las leyes nacionales. • El gobierno nacional legisla en el ámbito de toda la ESTADO FEDERAL República, mientras que los gobiernos de los Estados miembros legislan en el ámbito de su jurisdicción y los municipios se subordinan a estos últimos. • El nivel nacional puede o no tener un delegado que lo represente en los gobiernos de los Estados miembros. • No existe una cámara de Representantes que represente territorialmente a los departamentos (regiones) con derecho a veto de las leyes nacionales. • El gobierno nacional legisla en el ámbito de toda la ESTADO República, mientras que los gobiernos AUTONOMICO departamentales (regionales) legislan en el ámbito de su jurisdicción y los municipios se subordinan a estos últimos, Pero no emiten leyes (que es competencia del nivel Nacional) • El nivel nacional tiene un delegado - en algunas constituciones - que lo represente en los gobiernos departamentales (regionales). Los cuadros reflejan nítidamente las diferencias entre los Estados Unitarios (Simples) y de aquellos que son Autonómicos o Federales (Compuestos). Respecto al concepto y sus características, habrá que añadir que las competencias sobre legislación, recursos naturales, políticas migracionales, tierra y territorio son exclusivas del nivel Nacional en el caso del Estado Unitario y del Estado Autonómico. 10 Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa: participación ciudadana, programa: tierra 12
  • 13. POLÍTICA La política es acción dirigida al logro de objetivos definidos, así como expresión simbólica de un patrón de vida, ritual de conocimientos y reconocimientos recíprocos de una identidad colectiva. Toda política implica una lucha por el poder, por lo que es importante entender el poder como el control del hombre sobre las mentes de otros hombres, el poder político es entendido como las mutuas relaciones de control entre los depositarios de la autoridad pública y entre estos últimos y la gente en general. La sociedad es la fuente del conflicto y a veces de la violencia, que la unidad política debe resolver o regular. Por lo que es necesario identificar el poder político, para distinguirlo de la fuerza en el sentido del ejercicio de la violencia física. Por lo tanto, la política es necesaria para gobernar a un grupo humano dirigiendo su acción interna y externa. PODER La noción de poder surge cuando el hombre se integra en grupos para el logro de una tarea común, un objetivo y un esfuerzo conjunto que lo conduce a una meta propia. El poder está vinculado a conceptos diversos tales como: fuerza, capacidad, facultad, autoridad, energía, vigor y posibilidad. El poder para fines de análisis puede descomponerse, de acuerdo a su naturaleza, en cuatro formas, campos o expresiones: Político, Económico, Social y Militar- Policial. El poder público fluye por todos los rincones del Estado y por donde se cruza la política, la cual lo considera una reacción psicológica entre quienes lo ejercen y aquel sobre los que se ejerce. Otorga a los primeros control sobre ciertas acciones de los segundos mediante el impacto que ejercen sobre las mentes de estos últimos. El Poder se ejerce por consenso o coacción, no es un ejercicio de la violencia reiterada ni un acuerdo absoluto. El poder es la savia del ejercicio estatal de la voluntad general del pueblo. El poder inicia, 13
  • 14. induce, bloquea, facilita, amplia, limita, genera y degenera. El Poder, en esencia, se puede considerar como una mecánica dominadora de conductas ajenas, como una relación establecida en el binomio mando-obediencia. Así podemos entender al poder como la capacidad de un individuo o de un grupo de conferir efectos agradables o desagradables a la conducta de otro u otros individuos o grupos con el fin de imponerles su voluntad, aun contra las de ellos mismos, para lograr determinado comportamiento individual o colectivo. A continuación vamos a indicar algunos conceptos básicos en materia de Seguridad Nacional: • Aspiraciones Nacionales: pretensiones o deseos de una comunidad o nación con el propósito de lograr su bienestar y seguridad. • Intereses Nacionales: deseos o pretensiones, pero no del pueblo en su conjunto, sino del gobierno o ciertos sectores políticos, económicos, religiosos o culturales, por lo regular se refieren a actividades o inversiones de las que se espera obtener provecho, utilidad o beneficio. sirven de guía a los autores de decisiones de un Estado para determinar la política nacional. estos incluyen la auto conservación, independencia, integridad territorial, seguridad militar-policial y bienestar económico. • Objetivos Nacionales: la política de un país establece los objetivos nacionales, que ya revisten el aspecto de postulados o principios básicos permanentes, que definen modos de vida, las aspiraciones máximas de la nación, estables en el tiempo y cuyo logro redunda en beneficio de los intereses nacionales. • Objetivos Nacionales Permanentes: son fines o metas perennes que una nación desea conservar para garantizar su sobrevivencia como: libertad, soberanía, independencia o 14
  • 15. integridad territorial; o desea alcanzar para disfrutar mayores estándares de bienestar como: desarrollo, justicia, paz y seguridad pública. • Objetivos Nacionales Actuales: realizaciones concretas a obtener en sucesivas etapas, se refieren exclusivamente a la satisfacción de las necesidades más apremiantes de la sociedad para eliminar o reducir las presiones dominantes. • Amenazas: acciones o situaciones internas y/o externas que atentan en contra de la soberanía, independencia, libertad o integridad territorial de la nación. • Antagonismos: son criterios opuestos al logro o preservación de los objetivos nacionales, pueden existir internos o externos y actuales o potenciales. • Factor(es) Adverso(s): se define como dificultad(es) u obstáculo(s) interno(s) que impiden la consecución y/o mantenimiento de los objetivos nacionales, requieren para su neutralización políticas o líneas de acción. • Presión Dominante: constituyen presiones con capacidad para enfrentar el poder nacional y amenazar los objetivos nacionales permanentes, por lo que ponen en riesgo la Seguridad Nacional. Para fundamentar estos conceptos, podemos indicar que todos forman parte de la terminología propia de la Seguridad Nacional, es decir, son un eslabón de la doctrina y quizá uno de los más importantes, porque la Seguridad Nacional, de todo Estado, define una serie de valores y propósitos fundamentales que pretende alcanzar y mantener, que se consideran esenciales para su desarrollo y hacia donde se orientan los esfuerzos, energías y recursos disponibles. Cuando estos propósitos, pretensiones o proyectos tienen su origen en el pueblo en su conjunto, en la nación como unidad de acción, se les denomina aspiraciones nacionales. En tanto que, cuando 15
  • 16. provienen del gobierno o de un sector especifico de la sociedad, como empresarios, clero, clase política, etc., se denominan intereses nacionales. AUTONOMÍA Según Mario Galindo, Autonomía “Es la descentralización política administrativa, a través de la cual el gobierno central transfiere recursos a otros niveles de gobierno con cuatro condiciones: la dotación de su propio gobierno, sus propias políticas y normas, el cobro de sus tributos e ingresos y sus propias formas de auto determinarse”. Manuel Osorio11, manifiesta que Autonomía, “Supone la unidad de los entes autónomos dentro del Estado único. Se trata simplemente de una descentralización administrativa y política, que no debe confundirse con lo que en un Estado Federal representan las provincias o Estados miembros, que no son autónomos, sino independientes, salvo en las facultades a que hubiesen renunciado para delegarlas en el Estado Federal”. A partir de la Ley de Participación Popular (1994) y la Ley de Descentralización (1997) Bolivia dio pasos importantes hacia la descentralización. No obstante, las actuales demandas autonómicas de los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, muestran que esta descentralización fue insuficiente. Por lo que se debe fortalecer y consolidar lo logrado hasta ahora, superando las debilidades institucionales, o de esos avances en el ámbito local, la asignatura pendiente está en el nivel intermedio (las prefecturas) al que se tendría que rediseñar y determinar el grado de autonomía que quiere el ciudadano, pero basado esencialmente en la norma constitucional. 11 Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales 23 edición Pág. 112 Manuel Ossorio 16
  • 17. DESCENTRALIZACIÓN Según el diccionario de Ciencia Política de Raúl Cháñame Orbe Descentralización, “es la transferencia de funciones del poder central hacia instancias locales o regionales”. La Descentralización es la transferencia de competencias y recursos a otros niveles de gobierno. Para que sea una verdadera descentralización se debe transferir, además, la decisión política, técnica y administrativa. En Bolivia hay una Ley de descentralización, pero en realidad delega competencias del gobierno central al gobierno departamental, sin embargo, el poder central retiene para sí la decisión política, lo que se entiende como desconcentración. FEDERALISMO La palabra “Federal” proviene del Latín “Foedus”, que figura en la Vulgata como la traducción de la palabra Hebrea “Abrit” que significa alianza12. “Las Federaciones son esencialmente una forma territorial de organización política” (Ronald Watts) José Luis Roca, dice que el Federalismo es un engendro del siglo XIX, que implica que cada federación tiene su propia legislatura, su propia Corte de Justicia, sus Leyes y hasta su Constitución. Mario Galindo explica, que es un proceso inverso a las autonomías, puesto que el federalismo surge de la dotación de competencias al poder central por parte de federaciones ya existentes y que deciden unirse en torno a un nivel central. Federalismo, caracterizado por la existencia de una Cámara Baja y de un Senado Territorial, que representa los intereses del departamento e influye en la creación de leyes nacionales. Según King, (1982), "federalismo" no es descriptivo sino normativo y significa la defensa de un gobierno múltiple, con elementos de 12 Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales 23 edición Pág. 429 Manuel Ossorio 17
  • 18. gobierno común y de autogobierno regional. El valor que pretende alcanzar es mantener la unidad y diversidad aceptando, preservando y fomentando las diferentes identidades dentro de una unión política más amplia. CONFLICTO El conflicto13 es el choque de intereses que afecta a la seguridad personal, social o nacional, (hogar, empresa o Estado), donde se hace presente la oposición y es previsible un enfrentamiento, sean estos de orden interno o externo. Se dice que el conflicto es de voluntades (cuando se maneja estrategia) y no fuerzas (cuando se maneja la táctica), donde se enfrentan fines para dar lugar si el caso requiere al uso de medios. Se llega al conflicto cuando los fines son encontrados, donde lo relevante no es la aplicación de la fuerza real, sino la explotación de la fuerza potencial. Los conflictos de un modo general se caracterizan por ser: − De carácter político y/o social, que puede ser resuelto por medio del dialogo, la discusión o la fuerza (guerra o revolución armada). − Permanente la relación entre personas, grupos sociales o Estados, es frecuente y permanente, lo cual se desarrolla entre la amistad, tensión y distensión, por cuya razón se presentan conflictos latentes o manifiestos. LA CRISIS Existen muchas acepciones sobre la palabra crisis14, de las cuales mencionaremos solo dos: Que tiene relación con la manifestación aguda de una afección. Momentos decisivo y peligroso en la evolución de ciertos hechos o acciones. Las crisis, pueden dar lugar a cambios favorables o desfavorables, por ello la importancia de tocar este punto, dentro la Seguridad Nacional. 13 Realidad Nacional Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición, pág. 383 18
  • 19. Las crisis dentro la Seguridad Nacional, tiene relación directa con la presencia de amenazas y conflictos que afectan al Poder Nacional pudiendo ser total, parcial o sectorial, por lo tanto puede darse la existencia simultánea de varias crisis, con grados de intensidad variables. La crisis cuando no se resuelve con oportunidad pueden alcanzar a todas las expresiones del Poder Nacional y derivar en: revueltas, levantamientos y otros movimientos de cambio o transformación. II. DESARROLLO DEL TEMA 2.1. INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SEGURIDAD NACIONAL EN BOLIVIA Se supone que en cualquier país organizado, hay preocupación por la Seguridad Nacional, por lo que es necesario contar con una instancia institucionalizada que se ocupe de la Seguridad Nacional y sus implicaciones internas y externas. La presencia institucional de la Seguridad Nacional en Bolivia es como sigue15: • 22 de julio de 1927, cuando a consecuencia del tratado de límites y navegación entre Argentina y el Paraguay, se indica que e! río Paraguay pertenece de costa a costa a éste último. Ante la posibilidad de conflicto con el Paraguay, el Presidente de la República Hernando Siles decide crear el Consejo Superior de Defensa Nacional, como el organismo asesor de la Presidencia de la República encargado de estudiar y proponer medidas que garanticen la preparación de la defensa nacional. • El 6 de enero de 1932, el Gobierno del Dr. Salamanca, por Decreto Supremo, crea el Consejo Superior de Defensa Nacional, dependiente del Ministerio de Guerra y presidido por su titular. Este Consejo, tenía la función de realizar 14 Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición, pág. 385 15 Realidad Nacional de Gualberto Tapia Vargas 3ra. Edición pag, 390 19
  • 20. estudios relativos a la institución armada. • En la Presidencia del Tcnl. Germán Busch, por Decreto Supremo del 4 de abril de 1938, cambia el nombre a Consejo Supremo de Defensa, estableciendo que el mismo debe reunirse 3 veces por año, con el objeto de estudiar y preparar los recursos y medios para la defensa nacional, creando al mismo tiempo la Secretaría General de Defensa Nacional, dependiente del Ministerio de Guerra. • El año 1961, se vuelve a crear mediante Ley N° 146, el Consejo Supremo de Defensa Nacional, como el organismo asesor en problemas de Defensa Nacional, siendo el Presidente de la República su Presidente. • En 1965, mediante Decreto Supremo N° 0714 de fecha 4 de enero, se establece la Secretaría General Permanente como dependencia directa del Presidente de la República. • El 6 de agosto de 1974, por Decreto Ley, se determina las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Seguridad. • En 1979, por Decreto Supremo N° 16778 de fecha 11 de julio, se aprueba el Reglamento sobre la organización y funcionamiento del CONASE y de su secretaría General Permanente. • El 16 de septiembre de 1997, por medio de la Ley de Organización de Poder Ejecutivo N° 1788, establece que COSDENA, es la encargada de coordinar las políticas nacionales de seguridad interna y externa, con la capacidad de dictaminar y proponer políticas y normas. Los Decretos Supremos N° 24855, 25055 y 26772, amplia la jerarquía y composición de COSDENA. De lo que se conoce, ningún presidente de la república le ha dado importancia a este consejo (el presidente nato de éste organismo es el presidente de la república), salvo una visita realizada por Carlos Mesa, dado que desde su creación no ha sesionado una sola vez 20
  • 21. para cumplir con las funciones específicas asignadas, vale decir con todos sus miembros, y para tratar problemas de seguridad, defensa y políticas nacionales, nadie conoce los resultados de las labores realizadas en todo tiempo. No quedaría completa la imagen de Seguridad Nacional, si no se incluye la influencia externa en los grandes marcos de la Seguridad Nacional. Durante la guerra fría, el anticomunismo se impuso como el referente central de la Seguridad Nacional, para lo cual se recibía ayuda externa de los países capitalistas a todo nivel. Una vez caído el muro de Berlín y disuelta la Unión Soviética, cambió la política de Seguridad Nacional a: Combate al Narcotráfico, Defensa de los Derechos Humanos, Desarrollo Humano y Democracia. A partir del 11 de septiembre del 2001, se incorpora el combate al terrorismo, esperándose una transformación de los conceptos, las políticas, medios y formas de Seguridad Nacional, ya que el terrorismo no es un frente de combate, es una amenaza dispersa con objetivos encubiertos. Para cerrar este acápite de la Seguridad Nacional, llama la atención que siendo un aspecto relevante para la existencia del Estado, Bolivia no cuente hasta la fecha con una Ley de Seguridad Nacional, que defina claramente las funciones de las instituciones encargadas, de suerte que la eventualidad no las desvirtúe como es frecuente, cuando hay que congraciarse o combatir las expectativas de sus integrantes. Pero en estas circunstancias ante la ausencia de un principio jurídico de tanta trascendencia la Seguridad del Estado en Bolivia, está definida por la Constitución Política del Estado, institucionalmente está a cargo de las Fuerzas Armadas (seguridad externa) y la Policía Nacional (seguridad interna), es decir como realidad los militares, policías y sociedad civil son responsables de la Seguridad Nacional, donde participan: Patrimonio nacional, cultura, unidad de criterio de la ciudadanía, instituciones representativas y otras como la lealtad y consecuencia de sus ciudadanos, tanto en 21
  • 22. época de paz como de guerra. Dentro de la Seguridad Nacional están: La Doctrina Nacional, los Objetivos Nacionales, las políticas de desarrollo, la justicia, los compromisos adquiridos por el Estado entre países. Personas o la sociedad. A modo de síntesis es pertinente aclarar que la Seguridad Nacional considera dos actividades que cumplen responsabilidades específicas: • Defensa del territorio y gobierno legalmente constituido, que esta cargo de las FF. AA. de la nación, más conocida como seguridad Externa que incluye la defensa interna ante la presencia de grupos armados irregulares. • Defensa de la ciudadanía, a cargo de la Policía Nacional, conservando el Orden Publico. 2.2. LAS AUTONOMÍAS EN BOLIVIA Las autonomías en Bolivia las podemos entender como un régimen en el que los departamentos (regiones) pueden otorgarse mecanismos institucionales para un mejor desarrollo; tienen la capacidad de elegir por voto directo a sus autoridades, ocuparse de determinadas competencias y crear tributos para autofinanciarse; enmarcados en el ordenamiento nacional, evitándose de esta forma que se conviertan en motivo (pretexto) hacia la división o la anarquía del país, como a veces se quiere hacer ver. Probablemente con las autonomías seguirán existiendo los impuestos nacionales, y los departamentos (regiones), aunque seguramente coparticiparán más los que mejores esfuerzos propios hagan. Además, algunos tributos pueden ser transferidos a los departamentos (regiones). Sin embargo, esto dependerá de la vigencia de los estatutos autonómicos compatibilizados con la nueva Carta Magna. Asimismo debemos decir que el resultado del proceso autonómico, independientemente de otras consideraciones, debe responder a las 22
  • 23. características sociales, culturales y políticas de nuestro país; en otras palabras debe apuntar a satisfacer las demandas y necesidades propias de la población, de sus aspiraciones y de sus reivindicaciones. Por lo tanto, aquí no caben “copias” ni “réplicas” de experiencias históricas de otros países. Finalmente conviene ratificar que toda autonomía, por principio, debe estar basada en la solidaridad, proporcionalidad, equidad y justicia entre los departamentos (regiones); en caso contrario este proceso sería un mero acto egoísta de aquellos que están en mejores condiciones respecto a los más débiles y, entendemos que ese no es el propósito del proceso que vivimos en Bolivia. Por lo tanto toda Autonomía institucional debe tener sus límites definidos por su propia misión y no exime a la autoridad superior de la responsabilidad de controlar la institución autónoma en lo que se refiere a su fidelidad a los propios objetivos. En el desarrollo de las formas organizativas de la sociedad contemporánea, el orden se realiza siempre con un renovado equilibrio entre una exigencia de autonomía y una activa colaboración de todos, individuos y grupos, bajo una adecuada coordinación del poder público en todas sus instancias sean, estas locales departamentales (regionales) o nacionales. Un concepto que nos puede aproximar aún más a la comprensión de las autonomías se refiere a una: “Modalidad de organización estatal basada en unidades territoriales dotadas de limitada capacidad normativa y del derecho a definir su organización política y administrativa y sus políticas, programas y proyectos de desarrollo económico, social y cultural. Requiere reconocimiento constitucional y aprobación legislativa”16, que debe tener los siguientes componentes: 16 Maestría en Descentralización y Gestión Pública CIDES – UMSA, Modulo II Anatomía Jurídica del Estado boliviano; Docente MSC Carlos Böhrt Irahola. 23
  • 24. • Modalidad de organización política y administrativa • Unidades territoriales descentralizadas política y administrativamente. • Reconocimiento constitucional y aprobación legislativa • Descentralización política: capacidad jurídica para crear derecho positivo en el ámbito de sus competencias. Esta definición es la que más nos acerca al sentido jurídico y político de la Autonomía al explicar que están dotadas de capacidad normativa pero limitada por un reconocimiento institucional del Estado y que su enfoque se orienta a definir su organización política y administrativa en función de lograr políticas de desarrollo de y hacia las regiones. 2.2.1. AUTONOMÍAS DEPARTAMENTALES ANTECEDENTES Varios departamentos, entre ellos Santa Cruz17, fueron creados mucho antes que la República de Bolivia, lo que les da cierta legitimidad a reclamar su autonomía. El Estado unitario no fue capaz de mantener la integralidad territorial con la que nació Bolivia. El Estado unitario, con una administración centralizada y uniforme, impidió el desarrollo de la diversidad por la que está conformada la República. A partir de las experiencias de otras naciones, las autonomías no implican desintegración y son perfectamente compatibles con el Estado Unitario. La administración centralizada está dando lugar al desarrollo desigual de las regiones; unas tienen lo necesario mientras otras se debaten en la pobreza y ven con desagrado al poder central. JUSTIFICACIÓN Todos los departamentos tienen el derecho a elegir sus autoridades, auto gobernarse e impulsar las formas de 17 Comité Cívico Santa Cruz 24
  • 25. desarrollo que mejor les convenga a sus intereses sin dejar de ser parte del Estado Unitario con el que se coordinarán acciones. Si hay departamentos que en este momento no están en condiciones de acogerse a las autonomías pueden hacerlo paulatinamente, en la medida que refuercen sus condiciones. PROPUESTA Las autonomías departamentales estarían regidas por gobiernos y asambleas departamentales elegidas por voto directo. Las competencias deben establecerse en los estatutos autonómicos. Las discrepancias sobre competencias entre niveles de gobierno deben ser resueltas en instancias legislativas y ante el Tribunal Constitucional. Por otra parte, se contempla un poder electoral descentralizado, discriminando competencias y atribuciones entre el nivel nacional y departamental. Algunas competencias del poder judicial, en el orden administrativo, estarían en manos de los departamentos. Sobre los Sistemas de Administración y Control Gubernamental la propuesta contempla también su descentralización con administración concurrente con el nivel nacional. El sistema regulatorio de igual forma debe ser descentralizado en determinadas funciones y atribuciones. La descentralización fiscal financiera de las autonomías departamentales implica la transferencia de funciones, responsabilidades, capacidad y autoridad fiscal en materia de ingresos y gastos, facultando a los departamentos a decidir libremente su presupuesto e ingresos a recaudar. LA AUTONOMÍA DE TARIJA ANTECEDENTES Fue fundada el 4 de Julio de 1574 por el Capitán Don Luís de Fuentes y Vargas, con el nombre de Villa de San Bernardo de 25
  • 26. Tarija; los primeros habitantes fueron los “tomatas”. En 1817 se produjo la batalla de “la tablada”, la más significativa de los tarijeños en contra de los españoles. El año 1831, por determinación voluntaria de los propios tarijeños deciden incluirse en el seno de la república de Bolivia. JUSTIFICACIÓN Los dirigentes cívicos de Tarija18, siguiendo las líneas de acción propuestas por los cívicos de Santa Cruz, basaron su accionar en la crítica cerrada al Estado Unitario y la administración centralizada que según ellos fue la culpable de crear grandes desigualdades en el desarrollo de las regiones. El reclamo de Tarija por instaurar un régimen autonómico departamental está ligado al descubrimiento, exploración y explotación de grandes reservas de hidrocarburos en los límites de su territorio. Los dirigentes de las organizaciones tarijeñas, especialmente cívicas, quieren tener la capacidad de auto gobernarse y decidir lo que harán con los recursos naturales y económicos. PROPUESTA La propuesta realizada por los dirigentes cívicos tarijeños está basada en cuatro principios guías: • El principio dispositivo o de voluntariedad: Se refiere a que cada departamento decide mediante referéndum pasar a un régimen autónomo vía rápida (obteniendo un paquete mínimo de competencias normativas y legislativas, y otro paquete de competencias a transferirse gradualmente); por otra parte se habla de la vía lenta (todas las competencias se transfieren gradualmente de acuerdo a las capacidades del departamento). 18 Comité Cívico de Tarija 26
  • 27. • El principio de la unidad nacional: Esta referida a la unidad del mercado nacional; las Fuerzas Armadas son la institución tutelar de la patria; las Relaciones Internacionales (aunque cada departamento podrá establecer convenios internacionales, relacionados a sus potencialidades y recursos, la participación obligatoria del prefecto – en los departamentos limítrofes con el exterior en las políticas de integración binacional y desarrollo fronterizo); el Banco Central es el único ente regulador de la economía. Respeto a la diversidad (sin imponer criterios de organización política y social al departamento o nacionalidad) y respeto a los límites departamentales. • El principio de autonomía: Las competencias normativas y legislativas, en temas que no son privativos del poder central, deben ser transferidas al nivel departamental. Tarija debe participar de gran manera en el manejo de los recursos naturales, teniendo un peso importante en la definición de las políticas públicas sobre los hidrocarburos. Los Estatutos de la Comunidad Autonómica de Tarija serán distintos al resto de los departamentos. Las provincias tendrán autonomía administrativa, con una gestión rotativa del desarrollo departamental, de forma que en 20 años, se crearán ciudades con crecimiento equilibrado para evitar la amenaza del décimo departamento. • El principio de solidaridad: El país tiene un desarrollo desigual, los Departamentos con mayores posibilidades tenemos que apoyar a los Departamentos con menores posibilidades con un fondo de compensación para las autonomías departamentales. 27
  • 28. LAS AUTONOMÍAS INDÍGENAS ORIGINARIAS ANTECEDENTES En general los derechos de los pueblos indígenas originarios19 se basan en el reconocimiento de sus territorios y su carácter de colectividades diferenciadas del resto. Esos derechos pueden ser agrupados en tres categorías: territoriales, culturales y de auto identificación; todos estos derechos quedan articulados de forma transversal a partir de un eje aglutinador, que en este caso es la autonomía. JUSTIFICACIÓN Argumentos históricos y de derechos son los que presentan los pueblos indígenas originarios a tiempo de hacer una propuesta de autonomías. Una de ellas tiene que ver con el régimen colonial que los redujo a condición de esclavos por varios siglos; la explotación de los recursos naturales de estas tierras. Un argumento similar está referido al periodo republicano; fueron reconocidos constitucionalmente recién a finales del siglo pasado. Finalmente, la propuesta se apoya en la exigencia de cumplimiento y respeto a los preceptos de lo multiétnico y pluricultural estipulados en la Constitución Política del Estado, en actual vigencia. PROPUESTA La propuesta de las autonomías indígenas originarias debe entenderse a partir de los siguientes postulados, que entre otros son los más conocidos en estos tiempos de debate: • Las colectividades indígenas originarias postulan el reconocimiento y respeto a la diferencia. • Sus derechos colectivos, integralmente considerados, deben efectivizarse de acuerdo a su identidad indígena originaria. 19 Álvaro García Linera 28
  • 29. A partir de la diferencia e identidad indígena originaria surge el derecho de definir su desarrollo, respondiendo a sus propios referentes culturales. • La autonomía indígena originaria se extiende a los ámbitos territorial, económico, político, administrativo y cultural. • La autonomía territorial supone el reconocimiento, por parte del Estado, de sus territorios ancestrales. • La autonomía económica implica el reconocimiento de la gestión integral de los recursos naturales en el ámbito jurisdiccional de sus respectivos territorios. • La autonomía político-administrativa se traduce en la potestad de definir y ampliar sus propias estrategias públicas de administración, en sentido amplio, de sus territorios y definir las condiciones de su desarrollo de acuerdo a sus propios referentes culturales. • La autonomía cultural consiste en el reconocimiento de sus instituciones culturales: idioma sistema jurídico, conocimientos tradicionales, folklore, autoridades naturales, etc. 2.2.2. ANÁLISIS DE SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMÍA Luego de la exposición de toda la terminología pertinente, que será lógicamente de mucha utilidad para ilustrar el tema de investigación; podemos decir con el debido criterio que el concepto de Seguridad Nacional, se refiere a la filosofía de protección del Estado, su naturaleza que encarna la supervivencia del Estado y su respuesta al desarrollo Estatal, que en consecuencia es fuente de independencia, libertad, integridad territorial y soberanía; es en base a este contenido, que estamos en condiciones de afirmar que el Estado tiene el deber de proteger la Seguridad Individual, Social y Nacional, 29
  • 30. garantizando de esta manera la vigencia y ejercicio de derechos y libertades que asisten a los ciudadanos dentro de un clima de paz social y tranquilidad, que consecuentemente promueva el progreso y desarrollo económico y social del país. Asimismo la Seguridad Nacional considera paralelamente ciertos factores de riesgo, amenazas y conflictos que se puedan presentar en todo el país, en una región o lugar determinado, por lo cual el Estado establece los mecanismos que permiten darle a la población un grado de certidumbre o seguridad. En el entendido que el país cuenta con un Sistema de Seguridad Nacional, debemos sobreentender la existencia de una Doctrina de Seguridad Nacional, acompañado de Objetivos Nacionales, de Políticas específicas o de un proyecto Nacional más una estrategia. En contrapartida efectuamos una apreciación o mejor dicho una Visión sobre las autonomías de los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija que se hallan en pleno proceso de implementación en estas regiones del país, especialmente después de los Referendos por los estatutos autonómicos, que consecuentemente tuvieron un resultado afirmativo superior al 80% en los departamentos referidos20. PORCENTAJE DE VOTACION EN LOS REFENDOS POR LOS ESTATUTOS AUTONOMICOS Departamento SI NO TOTAL Santa Cruz 85.6 % 14.4 % 100% Beni 79.53% 20.47% 100% Pando 81.98% 18.02% 100% Tarija 78.20% 21.80% 100% 20 La Razón Domingo 22 de Junio de 2008 30
  • 31. Pero después de efectuar un somero análisis a los Referendos de los cuatro departamentos, percibimos que pese a que desde el punto de vista del gobierno nacional, estas consultas son consideradas o tachadas como ilegales, este proceso autonómico de la denominada media luna aunque no tenga el soporte constitucional respectivo, es absolutamente irreversible, porque la propuesta de los estatutos autonómicos sobre la descentralización política y administrativa que implica el manejo de los recursos económicos y naturales locales, que son vistos como elementos de desarrollo, se va ir consolidando cada día más y lógicamente va a tener un respaldo regional mayoritario, no solo de las elites sociales sino de aquellos dirigentes y ciudadanos contrarios al proceso; incluso la autonomía en base a los resultados obtenidos, empieza a generar debate en aquellos departamentos en los que gano el NO, durante el referéndum sobre autonomías del 2 de julio del 2006. Ahora como consecuencia de la pulseta gobierno versus autonomistas se ha desatado en el país una crisis política desde el momento en el que Bolivia perdió un árbitro imparcial como es el Tribunal Constitucional, descabezado por el gobierno, entonces se dio nomas el efecto boomerang contra el MAS, que como gobierno, principalmente, no previó que necesitaba acudir a esa instancia para tachar la inconstitucionalidad los referendos por los estatutos autonómicos y los promotores de la autonomía tampoco pudieron cuestionar el proyecto de la nueva Constitución Política del Estado aprobada por la Asamblea Constituyente a fines del 2007 en la ciudad de Oruro, ahondándose más aun, la aguda crisis política nacional por la no existencia de la institución que dé la razón a una de las partes, este malestar 31
  • 32. político se profundiza y desestabiliza la Seguridad Nacional en todos sus aspectos. Esta crisis política también se refleja en la economía nacional generando una crisis de producción y consumo de alimentos de primera necesidad a nivel interno, que ha dado lugar a la inflación, agio y especulación, con la consiguiente emisión de Decretos Supremos para controlar las exportaciones y realizar importaciones de estos productos, creando un clima de insatisfacción y protestas sociales en la población, quienes exigen que se cumpla con las propuestas electorales afectando a la Seguridad Nacional. 2.3. RELACIÓN ENTRE SEGURIDAD NACIONAL Y AUTONOMÍA Sabemos que todo Estado tiene la obligación de brindar a su población Seguridad, que es un derecho reconocido por la Declaración de los Derechos Humanos, que en su Art. 3ro. Dice: “Todo individuo tiene derecho a la seguridad de su persona y todos tienen derecho a ser protegidos” En ese entendido el Estado Nacional, para alcanzar el Bien Común y el Bienestar General tiene la ineludible obligación de neutralizar o eliminar las amenazas, las presiones negativas, los factores de perturbación, conflicto o interferencia que incidan en el normal desenvolvimiento de las actividades de la sociedad. Por tanto, la Seguridad integral al ser un fin esencial del Estado, garantiza la existencia, la integridad del patrimonio, los intereses nacionales y su soberanía. En Cambio la Seguridad Nacional es una decisión política que está en manos del Estado o Gobierno, que debe generar políticas, leyes y normas que consecuentemente aminoren o solucionen los conflictos y las crisis que directamente afecten al Poder Nacional. En el entendido que antes, durante y después de los referendos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija por los estatutos autonómicos, se han generado en estas regiones y en otros lugares del país, una serie de conflictos socio-políticos de gradual intensidad; 32
  • 33. protagonizados por dos frentes claramente definidos, primero por quienes promueven y apoyan el proceso autonomista como una nueva forma de descentralización política y administrativa que será el eje de desarrollo departamental y segundo por los denominados movimientos sociales afines al Gobierno, que rechazan las autonomías departamentales, puesto que de acuerdo a su visión e interpretación el modelo autonomista es en primer término ilegal e inconstitucional y segundo término tiene características de desintegración y separatismo que afecta a la unidad del país. La forma en que se han desarrollado los conflictos sociales entre los que llevan a cabo la corriente autonomista y los que son contrarios a este proceso, ha generado una candente confrontación y choque de intereses entre estas dos posiciones, traducidos en enfrentamientos, bloqueos, manifestaciones, amenazas y otros tipos de demandas sociales, hechos, acciones o reacciones que afectan directamente a la Seguridad Personal, Social o Nacional y que han dado lugar paralelamente a una latente inseguridad reflejada negativamente en el ámbito social de empleo e ingresos económicos, alimentario, salubridad y otros que vulneran los derechos y garantías constitucionales de las personas consagrados en la Carta Magna. Frente a todo este panorama de incertidumbre que agobia a la sociedad boliviana, Las FF. AA. y la Policía Nacional, instituciones fundamentales del Estado, encargadas de la Seguridad Nacional, dentro de su Rol especifico, doctrinalmente han hecho lo posible por mantener y garantizar la Seguridad Nacional como parte de la Seguridad Integral, pero razones de origen estrictamente político gubernamental, han generado en primer lugar condiciones adversas que consecuentemente han contribuido a debilitar la ya frágil Seguridad Nacional, por el flagrante quebrantamiento, de la Ley, especialmente por las amenazas de orden interno provenientes de los autonomistas y Gobierno, que agudizaron paulatinamente la crisis Política, Económica y Social del país y en segundo lugar de un 33
  • 34. tiempo a esta parte existe en la Sociedad Civil y en particular entre estas posiciones antagónicas, una intolerancia, desobediencia y desconocimiento al cumplimiento de la Ley, situación que pone en tela de juicio la Misión constitucional de las dos Instituciones Fundamentales. Por otro lado una vez cerrado el circulo de los primeros cuatro referendos sobre estatutos autonómicos, cuestionados sobre su legalidad constitucional por el gobierno, ha dado lugar según los analistas políticos al nacimiento de una Bolivia Unitaria, descentralizada, democrática y autonómica, que a nuestro entender dará lugar inevitablemente desde el punto de vista geográfico a una nueva división Política del Estado boliviano, por una parte estarán los cuatro departamentos autónomos y por otro cinco departamentos no autónomos, esto implica simple y llanamente que en el país habrán dos regiones claramente definidas: la región Oriental Autónoma y la región centro y occidental No autónoma. Esta situación generada por intereses político-sectoriales de los promotores de la Autonomía y que por el momento no tiene una solución política por parte de los entes gubernamentales, se constituye en una amenaza potencial a la Seguridad Nacional que afectara directamente al Poder Nacional. Además a futuro la prospectiva de la corriente autonómica tiende a contagiar su filosofía en el menor tiempo posible a los departamentos de Chuquisaca y Cochabamba y posteriormente por inercia progresiva continuar este proceso autonómico con los Departamentos de La Paz, Oruro y Potosí, puesto que en el ambiente social de muchas entidades departamentales especialmente cívicas se percibe una voluntad autonómica para adoptar este modelo como una forma de desterrar el centralismo político-administrativo del Estado, aunque estos últimos departamentos se constituyen en el bastión opositor del proceso autonómico, especialmente porque su población es leal al gobierno del MAS; pero estas regiones ajenas por el momento a la autonomía 34
  • 35. departamental, no quedaron exentas de conflictos que de alguna manera contribuyeron a la agudización de la Crisis política del país, que afectaron a la vigencia de la Seguridad Nacional. Por todas las cuestiones abordadas, la situación de intransigencia entre gobierno Nacional y el bloque autonomista representado por el CONALDE, no puede continuar en estas circunstancias, por ello si en el menor tiempo posible no se dan las condiciones necesarias para generar un dialogo político de concertación entre ambas partes, para compatibilizar los documentos aprobados con el Nuevo texto Constitucional aprobado en Oruro, la población boliviana será actor y testigo, primero que a través de dialogo político nacional se supere la Crisis Política, que dé lugar a diseñar un pacto social de entendimiento a largo plazo y segundo que la falta de predisposición de ambas partes a solucionar los problemas emergentes tanto de proceso autonómico como la aprobación del Nuevo texto de la Constitución, sea el germen que posibilite que agudice la Crisis socio-política y económica del País. En el primer caso el nuevo escenario de paz y entendimiento será el factor esencial del desarrollo del país, que fortalecerá directamente a la Seguridad Nacional; en el segundo caso de continuar la situación de conflictividad y crisis que agobia al país, esta derive en consecuencias irremediables como enfrentamientos armados, convulsión social a gran escala y otras formas radicales de protesta, que implícitamente será la causa principal para que la Seguridad Nacional como tal se vea en riesgo inminente de desaparecer, que consecuentemente no permitan la supervivencia del Estado con soberanía e independencia. Ahora efectuando una somera lectura e interpretación de los Estatutos Autonómicos, sometidos a referendos respectivos y que se refieren a la Seguridad Ciudadana, podemos afirmar con certeza que de los cuatro estatutos, solo el cruceño cuenta con un capitulo, (el cuarto), dedicado al régimen de Seguridad Ciudadana, 35
  • 36. estableciendo la creación de un organismo de seguridad en coordinación con la Policía. Los textos de Beni Pando y Tarija estipulan que la Asamblea Departamental podrá evacuar políticas que apoyen al orden público pero en el marco de sus competencias. Solo el texto beniano menciona al gobernador como Comandante General. Para mayor ilustración del tema analizado, la estructura orgánica de los Estatutos Autonómicos en lo referente a la seguridad ciudadana, textualmente dicen: Artículo 18 (competencias) Son competencias fundamentales y básicas del Gobierno Departamental las siguientes: 13. Legislar y regular el régimen de seguridad ciudadana en coordinación con la Policía Nacional. 25. Promover y proponer acuerdos internacionales de interés para el departamento y ser sometidos a aprobación del Poder Legislativo a Tarija través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Artículo 25 (Atribuciones del Órgano Legislativo Departamental) Serán atribuciones exclusivas y privativas del Órgano Legislativo Departamental : j) Dictar normas y regulaciones de seguridad ciudadana, en Coordinación con el Ejecutivo Departamental. 36
  • 37. DE LOS REGÍMENES ESPECIALES AUTONÓMICOS Artículo 40. Establecimiento y finalidad 4. Régimen de Seguridad Ciudadana CAPÍTULO CUARTO RÉGIMEN DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 67. Responsabilidad prioritaria del Ejecutivo Departamental La Seguridad Ciudadana de todos los habitantes y estantes en el Departamento Autónomo de Santa Cruz es una responsabilidad prioritaria del Ejecutivo Departamental, que ejecutará las acciones y medidas necesarias para garantizarla, en concurrencia con el Estado Nacional, los Gobiernos Municipales Autónomos, la Policía Nacional y el Concejo Departamental de Seguridad Ciudadana. Artículo 68. Apoyo a la Policía Nacional I. La Policía Nacional, a través de su Comando Departamental, ejecutará un Plan Departamental de Seguridad Ciudadana, que deberá ser aprobado por el Gobierno Departamental y que podrá ser apoyado financieramente por todos los niveles de gobierno. II. Estos aportes serán ejecutados por las correspondientes administraciones en el marco de los convenios que se suscriban, anualmente, con la Policía Nacional para la ejecución del Plan Departamental de Seguridad Ciudadana. Artículo 69. Organismo de Seguridad Departamental I. El Gobierno Departamental, en coordinación con la Policía Nacional, gestionará, mediante Ley Departamental, la creación de un organismo de seguridad, que tendrá las siguientes atribuciones: Santa Cruz a) La seguridad y defensa de la sociedad, y el resguardo de las autoridades departamentales y de los bienes públicos del Departamento Autónomo de Santa Cruz. b) Lucha contra el crimen en coordinación con el Fiscal de Distrito del Departamento. c) Control y supervisión del tráfico en las carreteras del Departamento Autónomo de Santa Cruz. d) Mantenimiento del orden público en los casos que sea requerido. e) Ejecución del Plan Departamental de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Gobierno Departamental. II. Estas acciones serán ejecutadas en coordinación con la Policía Nacional y la Gendarmería de los Gobiernos Municipales. Artículo 70. La Seguridad Ciudadana en el Ejecutivo Departamental Con la finalidad de coordinar de manera eficiente todas las medidas que se adopten, de conformidad con el presente Estatuto, para garantizar la Seguridad Ciudadana en el Departamento Autónomo de Santa Cruz, se establecerá una Secretaría Departamental con funciones y atribuciones específicas. Según la Interpretación este Estatuto Señala que la seguridad ciudadana es una prioridad. En el marco de la legislación básica del Estado, el gobierno departamental tiene competencia sobre el régimen de protección de personas y bienes y mantenimiento del orden público. La Asamblea tiene como atribución dictar leyes para salvaguardar el orden público. Establece que el gobierno departamental deberá aprobar el plan de seguridad de la policía. 37
  • 38. Artículo 20. Competencias compartidas o concurrentes con los niveles Municipal y Nacional. Artículo 36. Atribuciones. Son atribuciones de la Asamblea Departamental Autónoma: 14. Aprobar los convenios nacionales e internacionales de interés departamental suscritos por el Gobierno Dptal. en el marco de sus competencias. Pando Según la interpretación de este Estatuto, El proyecto autonómico pandino faculta a la asamblea departamental a dictar leyes para salvaguardar el orden público en el ámbito de su competencia. Entre las competencias compartidas con los niveles nacional y municipal se menciona el régimen policial, la seguridad ciudadana y la regulación de las empresas de seguridad privadas que desarrollan sus actividades en este departamento amazónico Entre las competencias del departamento autonómico de Beni se encuentra la de legislar, administrar, reglamentar y ejecutar política para el orden público y para la seguridad ciudadana. Además, establece que el gobernador del Beni departamento autónomo ejerce las funciones de Comandante General del departamento, aunque no menciona ninguna competencia específica sobre los uniformados policiales ni militares. Por otro lado dentro de la investigación en fuentes relacionadas con el proceso autonómico, se toma conocimiento de la existencia del proyecto de ESTATUTO AUTONÓMICO DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL GRAN CHACO, el mismo que ya se halla redactado bajo los lineamientos autonómicos, con esencia regional y fue presentado en Yacuiba, en febrero de 2008, con ligeras variantes respecto al estatuto autonómico tarijeño; pero del análisis objetivo de este documento se establece que este proyecto autonómico regional 38
  • 39. chaqueño, que fuera de asignar un numero de representantes en la Asamblea legislativa de su autogobierno a las distintas secciones y pueblos originarios, también se le asigna a esta provincia Tarijeña un numero de representantes en la Asamblea Legislativa Departamental descrita en el estatuto autonómico correspondiente, a manera de ilustración se describe previamente la composición y cuadro de distributivo de representantes del Departamento de Tarija: Artículo 22 (Composición) La Asamblea Legislativa del Autogobierno Departamental de Tarija, está compuesta por los representantes de cada una de las seis provincias, sus secciones y de los pueblos originarios, cuyo criterio de distribución, resulta de la justa combinación de representación por territorio, población e integración de los pueblos originarios, de acuerdo al siguiente cuadro: PROVINCIA Territorio Población Total Cercado 1 4 5 Gran Chaco 1 3 4 Arce 1 2 3 Méndez 1 1 2 O´Connor 1 1 2 Avilés 1 1 2 Pueblos Indígenas 3 TOTAL ASAMBLEISTAS 21 Complementando la información grafica antes expuesta, transcribimos la parte literal y el cuadro de distribución de representantes del proyecto del estatuto de la provincia Gran Chaco de Tarija: Artículo 24 (Composición) La Asamblea Legislativa del Autogobierno Regional del Gran Chaco, está compuesta por doce (12) miembros, los mismos representantes de cada una de las Secciones y de los Pueblos Originarios, cuyo criterio de distribución, resulta de la justa combinación de 39
  • 40. representación por territorio, población e integración de los pueblos originarios, de acuerdo al siguiente cuadro: SECCIÓN RURAL URBANO TOTAL Yacuiba 1 2 3 Villamontes 1 2 3 Caraparí 1 2 3 Weenhayek 1 1 Guaraní 1 1 Tapiete 1 1 TOTAL ASAMBLEÍSTAS 12 Del tema relacionado a la Seguridad Ciudadana que es parte implícita de la Seguridad Nacional, determinamos en primer lugar que en la estructuración de todos los estatutos autonómicos, excepto el de Santa Cruz, se hace una descripción muy ínfima sobre el tema del Orden Publico y Seguridad, cada uno con diferentes enfoques sobre el Rol que le tocaría cumplir a la Policía Nacional, pero la Asamblea legislativa departamental o el Gobierno autónomo, son las instancias que tienen competencia exclusivas en cuanto al régimen de Seguridad Ciudadana. Ahora con respecto al Caso Cruceño, este Estatuto hace referencia a la creación de un organismo de seguridad que cumplirá funciones paralelas a las de la Policía Nacional, en síntesis todos los Estatutos en especial el de Santa Cruz, tienen su incidencia en la Seguridad Nacional, porque de uno u otra forma se lesiona y vulnera la concepción doctrinal de la Seguridad del Estado consagrada en la Constitución en actual vigencia, así como también dichos estatutos tienen competencias y facultades exclusivas en materia del orden público, que durante su vigencia pueden prescindir o no de los servicios policiales hasta incluso la participación militar, pero de concretarse esta situación a afectación a la Seguridad Personal, Social y Nacional seria indudablemente perjudicial para el 40
  • 41. País, puesto que de generarse conflictos sociales graves y de otra índole al interior de las regiones autónomas y que lógicamente pongan en riesgo la paz y tranquilidad de la sociedad civil, pondrían a las instituciones fundamentales del Estado, en situación difícil y complicada para poder intervenir en estas situaciones conflictivas en la jurisdicción de los Departamentos Autónomos. Pero como consecuencia de los intereses regionales la división o fragmentación tanto territorial como el de no acatar o cumplir la Constitución del MAS, que fue aprobada en Oruro, dará lugar también a una mayor fragmentación de la Seguridad Nacional. Finalmente en cuanto se refiere al proyecto de autonomía de la Provincia Gran Chaco de Tarija, este documento nos da a entender la existencia de intereses por un lado y por otro de aspiraciones que tienen la intención deliberada de conformar en territorio tarijeño un nuevo Departamento, situación esta que generara un conflicto de gran magnitud al interior del Departamento autónomo de Tarija, que lógicamente agudizara aun más la crisis política que agobia al Gobierno, ya que se desatara una pugna regional para controlar los recursos naturales asentados en la provincia Gran Chaco, que en consecuencia dará lugar a empeorar la endeble Seguridad Nacional que asiste al Estado, como factor de protección de la Sociedad. 2.4. LO QUE CAMBIA EN UN ESTADO ES LA DISTRIBUCION INTERNA DE PODER 21 En cuanto al ejercicio del Poder por la naturaleza centralista del Estado boliviano, este que se halla concentrado en el gobierno Nacional, lo que implica que las decisiones políticas, económicas, sociales y de otra índole provenientes de los entes gubernamentales, por delegación los entes departamentales, provinciales y cantonales solo deben cumplir y acatar; en ese entendido por razones 21 Las Autonomías en Bolivia Comisión Episcopal de Pastoral Social Caritas Boliviana, programa: participación ciudadana, programa: tierra 41
  • 42. estrictamente políticas y de hegemonía del poder, este no se comparte con otros entes no vinculados con el gobierno; por Ejemplo ese fenómeno se observa en la limitación de las competencias asignadas a las Prefecturas, que NO tienen autonomía de gestión administrativa de los recursos que generan las regiones, ni tampoco pueden efectuar inversiones sin previa consulta con el poder central del Estado. En ese sentido el centralismo estatal y la incipiente descentralización administrativa propugnada por la Ley de Descentralización de 1997, ha sido la causa principal para que los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, promuevan la autonomía Departamental, con competencias políticas, económicas, administrativas y sociales exclusivas las cuales se hallan consagradas en los Respectivos Estatutos Autonómicos, que lógicamente fracturan la hegemonía del poder Gubernamental. Por otro lado sabemos que la Economía es la base del poder político, en ese sentido en los últimos 2 años de gobierno del MAS, en el ejercicio pleno del Poder nacionalizo las Empresas petroleras extranjeras, derivando esta disposición en la asignación del impuesto directo a los hidrocarburos (IDH), a todos los Departamentos del país de acuerdo a un porcentaje determinado por Ley. Pero pasado un tiempo estos recursos fueron recortados para que el Estado pague el Bono dignidad y Juancito Pinto, situación que genero un conflicto región-Estado de magnitud, que consecuentemente derivo en una mayor crisis política, que impulso con mayor fuerza el proceso autonómico de los Departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija y que también afecta a la Seguridad Nacional. 42
  • 43. Estado Centralizado Estado Autonómico Estado Federal Un solo Estado Un solo Estado Un solo Estado El poder está en manos El poder es compartido entre El poder es compartido del nivel nacional, o el nivel nacional y los entre el nivel nacional y central, con órganos departamentos o las los Estados que únicos (legislativo, regiones. Estado unitario conforman la federación. ejecutivo y judicial), que descentralizado políticamente Por Estado federal, se cumpliendo funciones Es una forme intermedia entiende a su vez la unión específicas son válidos entre Estado unitario y de dos o más Estados, en para toda la población Estado Federal los que los miembros asentada en el territorio asociados renuncian a su estatal. soberanía particular, para Un solo orden gubernativo conformar una sola y y una unidad de dirección única comunidad política. en las fases de decisión, Los Estados se hallan acción y sanción.22 regidos por una sola CPE que es la Constitución Federal. 22 Jordán Quiroga, Augusto: El Estado, temas de Derecho Político. Ed. Arol SRL, Cochabamba – Bolivia. Pág. 131. 43
  • 44. LAS COMPETENCIAS Las competencias se distinguen a partir de una tipología que las agrupa en tres categorías: • Competencias exclusivas del Estado nacional. • Competencias concurrentes. • Competencias exclusivas de las comunidades autonómicas. A propósito de la distribución de las competencias, entre los diferentes niveles de gobierno en Bolivia, nos permitimos presentar una sugerencia apoyándonos en lo que tenemos actualmente: PRIMER CASO (Lo que tenemos)23 En este momento la distribución de las competencias, entre los diferentes niveles de gobierno en Bolivia, está expresada de la siguiente manera: Sectores / Gobierno Nacional Prefecturas Gobiernos Competencias departamentales municipales Política Todas las macroeconómica responsabilidades Políticas de Todas las comercio responsabilidades internacional Asuntos exteriores y Todas las comercio responsabilidades internacional Defensa Todas las responsabilidades Justicia Todas las responsabilidades Seguridad interna y Todas las Seguridad Ciudadana Policía de mercados externa responsabilidades y orden urbano. Apoyo a seguridad ciudadana. Inmigración Todas las responsabilidades 23 Elaboración propia con datos de: Municipalización diagnóstico de una década, Tomo I, FES – ILDIS –USAID; Plural Editores; La Paz - Bolivia 2004 44