El régimen aduanero es el conjunto de operaciones que están relacionadas con un destino aduanero específico de una mercancía de acuerdo con la declaración presentada por el interesado en la aduana.
Todas las mercancías que entran o salen del país necesitan destinarse a un régimen aduanero, a través de un documento oficial en el que se especifica el destino que se pretende dar a dicha mercancía.
Son seis regímenes con sus variantes:
Definitivos
Temporales
Depósito Fiscal
Tránsito de mercancías
Perfeccionamiento
Transito
2. Reembarque
Es el régimen aduanero que permite la salida de mercancías sólo con destino al
exterior, siempre que no hayan sido destinadas o no se encuentren en situación de
abandono.
3. Transbordo
Es el régimen aduanero por el cual, bajo el control de la SUNAT, se efectúa la
transferencia de mercancías con destino al extranjero del medio de transporte
utilizado para su llegada a aquel utilizado para su salida.
4. Transito Aduanero
Es el régimen aduanero mediante el cual las mercancías provenientes del exterior,
que no hayan sido destinadas, son transportadas bajo control aduanero, de una
aduana a otra o con destino al exterior, con suspensión del pago de tributos,
previa presentación de garantía.
6. Deposito Aduanero
Es el régimen aduanero que permite almacenar las mercancías que llegan al territorio
aduanero bajo control de la Aduana, en un depósito aduanero, sin el pago de los
derechos arancelarios y demás impuestos tributos aplicables a la importación para el
consumo, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se
encuentren en situación de abandono