SlideShare a Scribd company logo
1 of 133
Download to read offline
Libro Blanco
     de la traducción
     y la interpretación
     institucional


Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Cono
nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
nocer Conocer para reconocer EXTERIORES para reconocer Conocer para recono
              GOBIERNO
              DE ESPAÑA
                        MINISTERIO Conocer
                        DE ASUNTOS
                                                 COMISIÓN EUROPEA
                                                 DIRECCIÓN GENERAL DE TRADUCCIÓN
                                                   Y REPRESENTACIÓN
                        Y DE COOPERACIÓN           DE LA COMISIÓN EUROPEA EN ESPAÑA
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono
Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C
cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
1
2
Libro Blanco
de la traducción
y la interpretación
institucional




                      Conocer para reconocer




                                               3
MINISTERIO
                 DE ASUNTOS EXTERIORES
                 Y DE COOPERACIÓN


    SUBSECRETARÍA
    SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
    VICESECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
    ÁREA DE DOCUMENTACIÓN Y PUBLICACIONES
    IMPRENTA   DEL   MINISTERIO   DE   ASUNTOS EXTERIORES   Y DE   COOPERACIÓN

    NIPO:501-11-031-4
4   Depósito Legal: M.
Presentación
Erik Camayd Freixas, PhD*




   Si bien la traducción (escrita) y la in-   seminó por todo el mundo, dondequiera
terpretación (oral) son quehaceres anti-      que existiese una presencia de la ONU.
quísimos de la humanidad, las profesio-          A partir del uso de la interpretación
nes de traductor e intérprete datan de        simultánea con equipo de sonido (micró-
menos de un siglo. Teniendo en cuenta         fono, amplificador, transmisor, receptor
la amplia gama de contextos en que hoy        y audífono), procedimiento que se estre-
día intervienen los intérpretes y traduc-     na en Nuremberg y se adopta permanen-
tores (contexto diplomático, técnico, ju-     temente en la ONU, la profesión entra en
rídico, médico, de servicios sociales o de    una nueva etapa en la que su desarrollo
índole comercial: comprendidos todos en       pasa del campo diplomático al de la in-
este Libro Blanco bajo el útil concepto de    terpretación de congresos internaciona-
«traducción institucional»), se colige que    les sobre los más diversos temas, lo que
ambas actividades son absolutamente           en general se denomina «interpretación
necesarias e imprescindibles en las ad-       de conferencias» o «interpretación técni-
ministraciones públicas.                      ca». Se instituye entonces en Ginebra la
   La profesión de intérprete se inaugura     Association Internationale des Interprètes
en París a principios del siglo XX con la     de Conférence (AIIC), fundada en 1953, y
Liga de las Naciones, es decir, en el cam-    que hoy cuenta con casi 3,000 miembros
po diplomático. Al finalizar la Segunda       en más de 90 países. El mismo año se
Guerra Mundial, e impulsada por el jui-       funda en París la Fédération Internationale
cio de Nuremberg que sirvió de escenario      des Traducteurs (FIT), adscrita a la
internacional para el uso de la interpre-     UNESCO, y hoy con presencia en más de
tación simultánea, la profesión alcanzó       50 países y, por medio de sus asociacio-
su primer momento de auge con la re-          ———————

                                                 *
                                                   Catedrático de Estudios Hispánicos en Florida
cién creada Organización de las Naciones
                                              International University, Miami, y director del Pro-
Unidas (1945), primero en Ginebra, lue-       grama de Traducción e Interpretación de esa uni-
go en París y Nueva York, y de ahí se di-     versidad.                                              5
nes afiliadas, la representación de más        Consorcio de Tribunales Estatales, que
    de 60.000 traductores e intérpretes en los     hoy incluye a 45 de los 50 estados. No
    cinco continentes.                             obstante, aun perviven marcados desni-
       En 1959 en los Estados Unidos se fun-       veles en diversas regiones, estados y con-
    dó la American Translators Association         dados a lo largo del país.
    (ATA), que ahora tiene más de 11.000               Muy otro es el caso de países como
    miembros en más de 90 países. Si bien          Australia, donde ya para los años 90 se
    la ATA comenzó principalmente como una         había alcanzado un alto grado de
    asociación de traductores, actualmente         profesionalización en el campo de la in-
    cuenta con una amplia División de Inter-       terpretación, sobre todo la llamada inter-
    pretación, lo cual refleja a su vez el cre-    pretación en los servicios públicos
    ciente número de profesionales que ejer-       (community interpreting), convirtiéndose en
    cen ambas modalidades traductivas, la          modelo de relieve internacional. Por otro
    escrita y la oral.                             lado, en países como la Argentina, existe
       La Ley Federal de Intérpretes Judicia-      desde hace décadas la figura del «traduc-
    les de 1978 marcó en Estados Unidos el         tor jurado» como funcionario público, en
    paso de la interpretación diplomática a        tanto que en EE.UU. y otros países la tra-
    la jurídica, donde se usan el modo simul-      ducción y la interpretación siguen siendo
    táneo para el acusado y el modo conse-         mayormente profesiones no reguladas.
    cutivo para los testigos. Antes de esta ley,   Esto tiene ventajas y desventajas. Un mer-
    no se reconocía el derecho a un intérpre-      cado más abierto y menos reglamentado
    te, por lo que se les negaba dicho servicio    ofrece a los principiantes mayores opor-
    a los acusados cuyo inglés era limitado,       tunidades de ingreso en la profesión, pero
    de modo que se juzgaba y condenaba a           también retrasa la profesionalización del
    reos que ni entendían el proceso ni po-        gremio y mantiene bajos los salarios y el
    dían contribuir a su propia defensa. A         nivel de la interpretación. La carencia de
    medida que aumentaba la conciencia en          regulación mediante una licencia estatal
    el ámbito judicial de que aquello consti-      u otras credenciales reconocidas nacional
    tuía una violación de derechos constitu-       o internacionalmente significa que muchas
    cionales, se comenzó a asignar informal-       personas sin formación profesional ni cer-
    mente a voluntarios o intérpretes ad hoc,      tificación alguna pueden ejercer el oficio
    no profesionales, y a menudo hasta vin-        de traductor o intérprete y ocupar pues-
    culados con una de las partes interesa-        tos que, en mejores circunstancias, esta-
    das, lo que eliminaba la imparcialidad del     rían destinados a los que sí han recibido
    intérprete. Al difundirse el uso de intér-     una formación y tienen credenciales de
    pretes ad hoc, aumentó desmedidamente          profesional calificado. Esto les resta valor
    el número de apelaciones por deficiencias      a los estudios y credenciales profesiona-
    en la interpretación. Se hizo evidente la      les y redunda ulteriormente en detrimen-
    necesidad de regular y profesionalizar al      to del cliente y de la profesión.
    intérprete judicial, siendo éste el objetivo       En años recientes en los Estados Uni-
    de la Federal Court Interpreters Act of        dos se ha independizado y profesionali-
    1978, que llevó a que se estableciera          zado cada vez más un sector muy impor-
    el examen federal de certificación de in-      tante, el de la interpretación médica. En
    térpretes judiciales y se formularan nor-      este caso, fueron las asociaciones profe-
    mas profesionales y un código deontoló-        sionales y la industria privada de servi-
    gico. Esto inmediatamente elevó el nivel       cios de interpretación telefónica las que
    de la interpretación en los tribunales         promovieron el desarrollo del sector. Ac-
    federales.                                     tualmente, la International Medical
       A nivel estatal y de distrito, sin embar-   Interpreters Association (IMIA) y la National
    go, fueron necesarios otros 20 años para       Coalition of Interpreters in Health Care
    que se adoptara el modelo federal. Así, a      (NCIHC) están en vías de organizar sen-
    finales de la década de 1990, se comenzó       dos exámenes de certificación nacional
6   a organizar el examen de certificación del     para intérpretes médicos.
Si bien existen, pues, las condiciones      presentan las nuevas tecnologías y su óp-
y los modelos para la profesionalización       timo modo de aplicación a los diversos
de este sector, carece el campo de los ser-    contextos, sectores y modalidades del cam-
vicios públicos del presupuesto y la finan-    po de la traducción y la interpretación.
ciación suficientes para pagar salarios           La tarea que se impone para la conti-
competitivos con los que atraer a intér-       nuada profesionalización de este campo
pretes cualificados, fomentar la constitu-     es la de homologar las normas y prácti-
ción de asociaciones profesionales y lan-      cas profesionales siguiendo los modelos
zar programas de certificación. Esta           exitosos en cada sector y adaptándolos a
carencia es típica del sector y se aprecia     las diferentes condiciones nacionales y
en muchos países. De hecho es difícil vis-     locales. A la larga lo que se busca es la
lumbrar en el futuro cercano un cambio         adopción de normas internacionales para
en esta situación que lleve al desarrollo      la interpretación judicial, la médica y la
del sector de los servicios públicos.          institucional, como existen ya desde hace
   Entre las posibles soluciones a este di-    tiempo para la interpretación diplomáti-
lema se encuentran: fomentar programas         ca y de conferencias, y para la traduc-
de capacitación para traductores e intér-      ción escrita.
pretes de las Administraciones Públicas,          Históricamente, ese proceso ha sido
y establecer pautas profesionales empíri-      impulsado a veces por las instituciones
cas como precisamente lo hace este im-         que precisan de servicios lingüísticos, a
portante Libro Blanco de la traducción y la    veces por las asociaciones profesionales
interpretación institucional en España.        y la industria privada, pero siempre y en
A pesar de los avances de la profesión en      todo caso por la investigación y las publi-
Europa, como la creación de EULITA             caciones especializadas.
(European Union Legal Interpreters and            El Libro Blanco de la traducción y la in-
Translators Association) en noviembre de       terpretación institucional en España cum-
2009, asociación de asociaciones nacio-        ple con estos objetivos a varios niveles.
nales del ámbito jurídico, y la nueva Di-      Es ante todo un imprescindible manual
rectiva 2010/64/UE del Parlamento Eu-          para todo traductor profesional y para
ropeo y del Consejo de 20 de octubre de        quienquiera que se interese en la profe-
2010 relativa al derecho a interpretación      sión. Recoge sondeos y datos empíricos
y traducción en los procesos penales, que-     sobre la práctica de la traducción en di-
da aún mucho para que se logre una uni-        versas instituciones del país, y los anali-
formidad en la práctica de la interpreta-      za en cuanto a su eficacia, uniformidad y
ción jurídica entre los diversos países de     conformidad con las normas establecidas
la Unión Europea, de la interpretación ins-    y las mejores prácticas de la profesión,
titucional en diversas regiones y depen-       para luego proponer reformas consecuen-
dencias incluso dentro de un mismo país.       tes. Por su método y su alcance, el Libro
A este panorama se suma el advenimien-         Blanco constituye un modelo digno de
to de la interpretación a distancia (telefó-   emularse en otros contextos nacionales
nica, por vídeoconferencia o videoteléfono),   y una valiosa contribución hacia el desa-
la cual presenta nuevos retos en cuanto a      rrollo de normas internacionales para la
sus normas, métodos y aplicación. Es de-       traducción e interpretación institucional.
cir, a la creciente variedad de contextos      Esperemos que sus recomendaciones se
en los que se requiere hoy en día los servi-   lleven a la práctica de manera expedita,
cios de interpretación y traducción, y a la    para bien de los usuarios y proveedores
falta de uniformidad, de región a región,      de servicios lingüísticos, así como de la
en cuanto a normas y prácticas profesio-       profesión en general.
nales, hay que añadir la variante que re-



                                                                                              7
8
El presente Libro Blanco ha sido ela-      Arangüena, C. (coord.) Procedural Safe-
borado por los integrantes de la Red de       guards in Criminal Proceedings throughout
Intérpretes y Traductores de la Adminis-      the European Union. Valladolid: Lexnova,
tración Pública (RITAP):                      pp. 250-270.
  Elhassane Benhaddou Handi                      El capítulo relativo a los intérpretes de
  Maite Fernández                             lengua de signos ha sido elaborado por la
  Catalina Fiol                               Federación Española de Intérpretes de
  Ramón Garrido Nombela                       Lengua de Signos y Guías-Intérpretes,
  Luis González                               FILSE. http://www.filse.org/
  Alfonso Mantecón Sancho                        El capítulo VII se ha preparado con la
  M.ª Dolores Ortigosa Lorenzo                aportación de Miguel Ángel González Re-
  Sonsoles Plaza Blázquez                     yes, Intérprete Oficial del TSJC (Las Pal-
  Bárbara Navaza                              mas), Coordinador de Intérpretes Exter-
  Leandro Valencia Alonso                     nos (provincia de Las Palmas), Dirección
                                              General de Relaciones con la Adminis-
  Además, los autores del Libro Blanco        tración de Justicia, Viceconsejería de
agradecen las siguientes colaboraciones:      Justicia y Seguridad, Gobierno de Ca-
   Para el capítulo relativo a la situación   narias
en la Administración de Justicia/Minis-          La contribución de ASETRAD es un ex-
terio de Justicia se han empleado extrac-     tracto de la ponencia presentada por Raúl
tos actualizados del artículo: Ortega         García, intérprete jurado de inglés y de fran-
Herráez, J.M., S. Plaza, C. Fiol y N.         cés y socio director de Exhibit Translations,
Hernández (2007). <<Court interpreters        S.L., con motivo de la V Jornada sobre Co-
in Spain faced with the Proposal for a        municación Intercultural, Traducción e
Council Framework Decision on Procedu-        Interpretación en los Servicios Públicos,
ral Rights in Criminal Proceedings            organizada por la Universidad de Alcalá de
throughout the European Union>>. En           Henares el 11 de junio de 2010.                  9
10
Índice




                                                                                                 Página

   Presentación ..............................................................................     5

      I. Introducción.......................................................................      13
     II. Marco jurídico de la Traducción e Interpretación institucional..                         17
    III. Traducción, interpretación y actividades afines en la Admi-
         nistración española: aproximación a un catálogo profesional..                            37
    IV. Datos de los cuestionarios ..................................................             41
     V. Situación de traductores e intérpretes .................................                  45
    VI. Propuestas de reforma.............................................................        81
   VII. Un modelo de gestión ajustado a los principios de la Directi-
        va 2010/64/UE.......................................................................      89
   VIII. Código deontológico y de buenas prácticas.............................                   99


   ANEXOS....................................................................................... 101

   1. Contribuciones de asociaciones................................................. 103
   2. Recursos documentales y terminológicos................................ 111
   3. Conclusiones del Foro de Reflexión........................................ 119
   4. Oferta de Formación - Red Comunica..................................... 123
   5. Revista de prensa.................................................................... 129
                                                                                                          11
12
I. Introducción




   La idea de elaborar un Libro Blanco        tánea más precisa posible de esa figura
sobre la situación de traductores e intér-    un poco borrosa que es la del traductor
pretes en la Administración española se       o el intérprete que trabaja en los servi-
lanzó en la II Jornada de Traducción y        cios administrativos. Esa imagen está ad-
Terminología Institucional, celebrada en      quiriendo caracteres más nítidos en los
la primavera de 2009. El objetivo era         últimos tiempos, gracias a la aparición de
realizar una radiografía lo más amplia        reportajes periodísticos o de noticias —
posible de las condiciones en las que tra-    no siempre lisonjeras— que se refieren
bajan estos profesionales y, en función       a nuestra profesión. Sin embargo, lo cier-
de unos resultados que ya preveíamos          to es que buena parte de la actividad de
poco halagüeños, formular las pertinen-       los organismos públicos, incluso la de-
tes propuestas para una reforma que si-       fensa de algunos derechos fundamenta-
gue siendo acuciante en el sector que         les de las personas, sería muy difícil —o
nos ocupa. El lema del que partíamos          directamente imposible— sin la labor de
en nuestro proyecto era el de «Cono-          profesionales de la traducción/interpre-
cer para reconocer», ya que difícilmen-       tación y que ello no siempre se ve recom-
te aquello que apenas se conoce pue-          pensado por las condiciones de trabajo
de gozar del reconocimiento que               que la Administración les ofrece. Es pre-
merece. El resultado es el documento          ciso decirlo en voz bien alta: aunque
que sigue a continuación.                     existen excepciones, las condiciones en
   Con este fin y a título particular, aun-   las que se desarrolla el trabajo de los
que con el apoyo de la Comisión Euro-         traductores e intérpretes en nuestro sec-
pea y del Ministerio de Asuntos Exterio-      tor público distan mucho de ser las ade-
res y de Cooperación, los integrantes de      cuadas.
la Red de Intérpretes y Traductores de           Con este documento pretendemos, por
las Administraciones Públicas (RITAP)         un lado, dar voz a muchos profesionales
hemos trabajado para obtener la instan-       que trabajan anónimamente, y a veces         13
en condiciones un tanto precarias, en        nuestra labor o que le sirven de marco
     nuestra Administración. Por otro lado,       de referencia. Ahí se puede apreciar
     nos mueve la idea de aunar en un único       cómo algunas normas que deberían re-
     texto todos los problemas que aquejan a      gular adecuadamente esta actividad, par-
     nuestro sector – el de la traducción e       ticularmente en el ámbito de nuestras
     interpretación institucional – en busca      leyes de enjuiciamiento, muchas veces la
     de interlocutores a los que llamar la        mencionan de forma sonrojante sin que
     atención sobre la importancia de nues-       los repetidos esfuerzos por modificar este
     tra labor y la necesidad de un mejor co-     estado de cosas hayan arrojado fruto al-
     nocimiento —y por ende reconocimien-         guno. Precisamente contra este tipo de
     to— de nuestras profesiones. Este Libro      anomalías elevamos nuestra voz en este
     Blanco debe ser, pues, una síntesis de       documento.
     nuestras demandas, pero también de las          El capítulo siguiente esboza lo que po-
     tareas que nos incumben dentro del en-       dríamos llamar un somero catálogo pro-
     tramado administrativo.                      fesional de la traducción/interpretación
        La aprobación de la Directiva sobre       en nuestras Administraciones. Este re-
     derechos de traducción e interpretación      paso, que podría parecer innecesario
     en los procesos penales por parte del        para un especialista en la materia, es
     Consejo de la UE y el Parlamento Euro-       fundamental para hacer comprender a
     peo supone, además, un hito esencial en      todos la variada gama de actividades que
     el proceso de reconocimiento de la figu-     traductores e intérpretes desempeñan y
     ra del traductor e intérprete como garan-    la mayor o menor relevancia de su labor.
     te de los derechos individuales de las       Hemos querido ser relativamente escue-
     personas, tal y como se consagran en la      tos en este apartado, ya que no se tra-
     mayoría de las constituciones de los Es-     taba de describir muy pormenoriza-
     tados miembros de la UE y en textos          damente estas labores, sino tan sólo
     primordiales como el Convenio Europeo        presentar algunas de sus notas esencia-
     de Derechos Humanos. Los distintos           les de forma que el profano en la mate-
     países, entre ellos España, tendrán ahora    ria pueda comprender dónde se inscri-
     que incorporar a su legislación nacional     ben y cuál es su utilidad inmediata. Hay
     lo previsto en dicha Directiva, proceso      que insistir en que una de las lacras que
     que, si se lleva a cabo acertadamente,       acompaña a estos profesionales en su
     puede servir para dar un espaldarazo de      labor diaria es el poco conocimiento que
     gran trascendencia a la figura de traduc-    se tiene de su trabajo.
     tores e intérpretes. Para garantizar que        La figura del traductor o intérprete tal
     ello vaya a ser así, estimamos que debe-     vez esté algo difuminada entre la ciuda-
     ría contarse con nuestra aportación, es-     danía, pero, en todo caso, detrás de cada
     pecialmente con la colaboración de la        puesto de trabajo de los mencionados en
     Asociación Profesional de Traductores e      el catálogo hay personas de carne y hue-
     Intérpretes Judiciales (APTIJ) en lo que     so. Por eso intentamos recabar informa-
     al ámbito judicial se refiere.               ción del mayor número posible de traduc-
        El Libro Blanco se abre con la presen-    tores e intérpretes de la Administración
     tación a cargo del Dr. Erik Camayd-          a través de un sencillo cuestionario, cu-
     Freixas, Director del Programa de Tra-       yos resultados resumimos en este apar-
     ducción e Interpretación y fundador de       tado. Aquí proponemos una batería de
     la Research Initiative on Immigration        datos objetivos que trasladan esa «instan-
     Reform de la Florida International Uni-      tánea» a que nos referimos al comienzo:
     versity.                                     quiénes son, qué estudios tienen, cómo
        A continuación se presenta un capí-       accedieron a su puesto, y una serie de
     tulo sobre el marco jurídico de nuestra      preguntas relativas a las condiciones en
     actividad, en el que figuran los principa-   las que trabajan. Una lectura atenta de
     les textos legales nacionales e instru-      estos resultados permitirá sin duda ex-
14   mentos internacionales que mencionan         traer las consecuencias correspondientes,
entre ellas, el palmario desajuste entre el   la traducción institucional, aun siendo
nivel técnico de las funciones y las con-     conscientes de las diferencias entre la
diciones de acceso a sus puestos.             actividad en los organismos internacio-
   El apartado siguiente tiene por objeto     nales y las posibilidades de la Adminis-
describir la situación laboral de traduc-     tración española. De todos modos, den-
tores e intérpretes en los distintos órga-    tro de ésta se inscribe el Cuerpo de
nos y unidades en los que trabajan los        Traductores e Intérpretes cuyos miem-
miembros de la RITAP, con algunos aña-        bros desarrollan sus funciones en el Mi-
didos. Aquí se impone una puntualiza-         nisterio de Asuntos Exteriores y de Co-
ción en cuanto a los colectivos represen-     operación que podría, arbitrándose los
tados en este Libro Blanco. Desde hace        mecanismos pertinentes, acoger el em-
algún tiempo, casi dos años, la RITAP         brión de un futuro Cuerpo de traducto-
procura ponerse en contacto con el ma-        res e intérpretes de las Administraciones
yor número de traductores e intérpretes       Públicas, solución que estimamos podría
que trabajan en la Administración y en        satisfacer las necesidades que aquí se
órganos constitucionales, u otros órga-       exponen.
nos públicos. Sabemos que existen im-            El capítulo siguiente nos brinda la
portantes colectivos de traductores en el     oportunidad de acercarnos a una expe-
CNI o el Banco de España, amén de otros       riencia única en España: la gestión in-
grupos de traductores más reducidos           terna del servicio de traducción e inter-
dispersos por las Administraciones. Hu-       pretación judicial de Las Palmas de Gran
biera sido ideal, pero utópico, contactar     Canaria. Un único traductor-intérprete
con todos ellos, y aunque el cuestiona-       en plantilla ha conseguido, desde hace
rio se envió a un elevado número de tra-      diez años, gestionar el servicio de traduc-
ductores e intérpretes (a todos los que se    tores e intérpretes judiciales externos si-
pudo localizar, en realidad), no todos los    guiendo los criterios de calidad que se-
destinatarios optaron por responder. En       rán obligatorios con la nueva Directiva,
todo caso, estamos convencidos de que         y que incluyen la existencia de un regis-
podremos poco a poco ir engrosando            tro. También se nos ofrecen claves de sus
nuestro número de contactos para am-          ventajas económicas respecto a los mo-
pliar la red en la medida de lo posible al    delos tradicionales.
mayor número de profesionales de estos           El corolario de una radiografía como
sectores que trabajan en las Administra-      la expuesta en estas páginas debe ser el
ciones Públicas. Cuanto más amplio sea        análisis de los diversos problemas que
el panorama, mejor apreciaremos los           aquejan a la traducción e interpretación
detalles.                                     en nuestra Administración, y una pro-
   En todo caso, los órganos aquí repre-      puesta de resolución de los mismos. Es
sentados (Ministerios de Asuntos Exte-        preciso poner en marcha un estado de
riores y de Cooperación, Defensa, Inte-       opinión, dado que los mecanismos admi-
rior, servicios sanitarios públicos y la      nistrativos no se distinguen por su agi-
Administración de Justicia) engloban al       lidad. Además, somos conscientes de que
grueso de estos profesionales. Y este         lo que tratamos de iniciar es un proceso
apartado pretende mostrar que lo que          que puede llevar tiempo y que necesita-
decimos de traductores e intérpretes ins-     rá de ajustes en todo su desarrollo. Lo
titucionales responde a la realidad de su     que estamos proponiendo es una «hoja
labor cotidiana. Y los resultados son, en     de ruta» que debe trazar la senda por la
buena medida, un fiel reflejo de las con-     que debe encaminarse la reforma del
diciones poco estimulantes en las que se      entorno de la traducción/interpretación
desenvuelve su trabajo.                       en las Administraciones Públicas.
   Se ofrece también información sobre           Con la idea de concienciar a la Admi-
servicios de traducción internacionales,      nistración de la especialización y la res-
cuya organización podría resultar el mo-      ponsabilidad que entraña el ejercicio de
delo ideal al que aspirar en el ámbito de     nuestra profesión, y siguiendo el modelo      15
de algunos organismos internacionales,         sus frutos si todos los interesados apor-
     especialmente de carácter jurisdiccional,      tan su grano de arena. Pediremos la co-
     que cuentan con textos análogos, propo-        laboración de todos: el camino no ha
     nemos también un código deontológico           hecho más que empezar.
     para nuestra labor en la Administración.
     En este punto se advierte claramente la
     necesidad de iniciar un debate que podría      Agradecimientos
     ser enriquecido por todos los interesados
     y que precisa de la aportación de los co-      Queremos empezar agradeciendo a nues-
     lectivos de traductores más afectados por      tro compañero Luis González, «antena» de
     los problemas deontológicos que se pue-        la Dirección General de Traducción de la
     den plantear en un ámbito de la traduc-        Comisión Europea en España, el apoyo
     ción/interpretación especialmente delica-      material y logístico que nos ha prestado
     do, el que se refiere a la protección de los   a lo largo de todo el proyecto y el interés
     derechos fundamentales.                        que ha mostrado por una causa que sólo
        La traducción institucional en la Ad-       es «suya» de forma tangencial. También
     ministración española constituye un mo-        queremos agradecer a D.ª Rosa A.
     saico muy rico, y para trazar un pano-         Martínez Frutos, Secretaria General Téc-
     rama lo más completo posible hemos             nica del Ministerio de Asuntos Exteriores
     optado por incluir en anexos diversas co-      y de Cooperación, a D. Ángel de Juanes,
     laboraciones de asociaciones o colectivos      Presidente de la Audiencia Nacional y a
     afines o complementarios cuya labor se         D.ª Esther Corral, excoordinadora de la
     inscribe en este mismo campo de mane-          Oficina de Interpretación de Lenguas, por
     ra más directa o más tangencial. La lec-       el interés y apoyo prestados al proyecto.
     tura de estas aportaciones permitirá           La colaboración de APTIJ, la Asociación
     comprender en toda su magnitud la va-          Profesional de Traductores e Intérpretes
     riada gama de intereses y protagonistas        Judiciales y Jurados, ha sido también
     que confluyen en este entorno y la pro-        inestimable para llevar a buen puerto este
     blemática poliédrica del mundo de la tra-      proyecto. No podemos olvidar tampoco a
     ducción e interpretación en la Adminis-        todas las personas que han contribuido
     tración. Ello se advierte, por ejemplo, en     a los distintos apartados del Libro Blan-
     el anexo periodístico en el que reprodu-       co y a quienes nos han formulado suge-
     cimos tan sólo una selección de las di-        rencias al respecto.
     versas informaciones que, generalmente            En definitiva, este Libro Blanco se ha
     para desgracia nuestra, aparecen en los        preparado teniendo presentes a todos
     medios de comunicación mostrando la            esos traductores e intérpretes anónimos
     irritante ignorancia que muchas instan-        que, lejos de figurar en cubiertas de li-
     cias administrativas muestran en todo lo       bros o de protagonizar estudios académi-
     referente a nuestra profesión.                 cos, desempeñan su labor día a día en
        Seguiremos trabajando, porque este          condiciones muy poco favorables y con
     Libro Blanco no es más que el comienzo         escaso o nulo reconocimiento por su tra-
     de un esfuerzo que seguramente se pro-         bajo.
     longará en el tiempo y que sólo rendirá




16
II. Marco jurídico
de la traducción
e interpretación
institucional




Los traductores e intérpretes institucio-      Artículo 5. Derecho a la libertad y a la
nales desarrollan su labor en múltiples        seguridad.
sectores de la Administración Pública.         2. Toda persona detenida preventiva-
A continuación se exponen algunas de           mente debe ser informada, en el más
las normas más importantes, naciona-           breve plazo y en una lengua que com-
les e internacionales, que de manera           prenda, de los motivos de su detención
directa o indirecta se refieren a la fi-       y de cualquier acusación formulada con-
gura del traductor e intérprete y que,         tra ella.
por consiguiente, son de aplicación a
                                               Artículo 6. Derecho a un proceso equi-
los profesionales que trabajan en la Ad-
                                               tativo
ministración. También se exponen al-
                                               3. Todo acusado tiene, como mínimo, los
gunas normas que si bien omiten toda
                                               siguientes derechos:
referencia directa o indirecta a la figura
                                               a) a ser informado, en el más breve pla-
del traductor, intérprete o mediador lin-
                                               zo, en una lengua que comprenda y de-
güístico, son de difícil cumplimiento por
                                               talladamente, de la naturaleza y de la
parte de la Administración sin estos pro-
                                               acusación formulada contra él
fesionales.
                                               (…)
   Uno de los principales instrumentos
                                               e) A ser asistido gratuitamente de un
internacionales que recoge el derecho a
                                               intérprete, si no comprende o no habla
un intérprete es el Convenio para la Pro-
                                               la lengua empleada en la audiencia.
tección de los Derechos Humanos y de
las Libertades Fundamentales, aproba-           Más tarde, ya en sede de Naciones Uni-
do por el Consejo de Europa (Roma, 4 de      das, el derecho a intérprete se recoge en
noviembre de 1950) y ratificado por Es-      el Pacto Internacional de Derechos Ci-
paña el 4 de octubre de 1979. Este texto,    viles y Políticos (Nueva York, 16 de di-
conocido igualmente con el nombre de         ciembre de 1966), ratificado por España
Convenio Europeo de Derechos Humanos         el 27 de abril de 1977, que dispone en su
(CEDH), dispone lo siguiente:                artículo 14.3:                               17
Durante el proceso, toda persona acu-      ¿Cómo atienden nuestras leyes al dere-
       sada de un delito tendrá derecho, en          cho de interpretación?
       plena igualdad, a las siguientes garan-          La Ley Orgánica del Poder Judicial,
       tías mínimas:                                 de 1 de julio de 1985, dispone en su artí-
       a) a ser informada sin demora, en un          culo 231.5:
       idioma que comprenda y en forma de-             5. En las actuaciones orales se podrá ha-
       tallada, de la naturaleza y de las cau-         bilitar como intérprete a cualquier perso-
       sas de la acusación formulada contra            na conocedora de la lengua empleada,
       ella;                                           previo juramento o promesa de aquélla.
       f) a ser asistida gratuitamente por un           En la práctica procesal de nuestros
       intérprete, si no comprende o no habla        tribunales, el juez o magistrado exige
       el idioma empleado en el tribunal.            al intérprete que preste juramento o
        El derecho de los imputados y acusa-         promesa de que va a desarrollar bien y
     dos a la interpretación en sede judicial y      fielmente su labor. Basta con que diga
     policial está, por lo tanto, claramente con-    «prometo desempeñar bien y fielmente
     sagrado en la legislación internacional,        mi trabajo» para que haya cumplido
     que al formar parte de nuestro ordena-          todos los requisitos legales.
     miento jurídico interno es de obligado             Lo anterior queda aún más patente
     cumplimiento.                                   centrándonos ya en los textos propiamen-
        En el plano de la legislación nacional       te procesales. En primer lugar está nues-
     debemos referirnos, en primer lugar, a la       tra Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se
     Constitución Española de 1978.                  trata de una norma que data del siglo XIX.
        El derecho al intérprete y a la tra-         Fue promulgada por Real Decreto de 14
     ducción en el proceso penal es una exi-         de septiembre de 1882, aunque ha sufri-
     gencia constitucional. Aunque ningún            do numerosas reformas y se está deba-
     artículo lo recoja expresamente, tanto la       tiendo un nuevo texto.
     jurisprudencia como la doctrina entien-            Esta ley, cuando regula el derecho de
     den que debe entenderse comprendido             defensa, la asistencia de Abogado y el tra-
     en el artículo 24.1 que prohíbe la exis-        tamiento de los detenidos y presos, esta-
     tencia de situaciones de indefensión.           blece en su artículo 520 que entre los
     Dice este artículo:                             derechos que tiene el detenido está el
                                                     derecho a intérprete.
          Todas las personas tienen derecho
       a obtener la tutela efectiva de los jue-      Artículo 520.
       ces y tribunales en el ejercicio de sus
       derechos e intereses legítimos sin que,         2. Toda persona detenida o presa será
       en ningún caso, pueda producirse in-            informada, de modo que le sea compren-
       defensión.                                      sible, y de forma inmediata, de los he-
                                                       chos que se le imputan y las razones
        Cuando la Constitución en el artículo          motivadoras de su privación de libertad,
     17 consagra el derecho a la libertad y            así como de los derechos que le asisten
     establece que su restricción debe obser-          y especialmente de los siguientes:
     var siempre lo dispuesto en la propia
     Constitución y en las leyes, el apartado          e ) Derecho a ser asistido gratuitamen-
     3 añade:                                          te por un intérprete, cuando se trate de
                                                       extranjero que no comprenda o no ha-
          Toda persona detenida debe ser infor-        ble el castellano.
       mada de forma inmediata, y de modo que
       le sea comprensible, de sus derechos y           Este artículo rige no sólo para las de-
       de las razones de su detención, no pu-        claraciones que los detenidos prestan en
       diendo ser obligada a declarar. Se garan-     sede judicial sino también en sede poli-
       tiza la asistencia de abogado al detenido     cial, es decir, en las comisarías o coman-
       en las diligencias policiales y judiciales,   dancia de la Guardia Civil, antes de ser
18     en los términos que la Ley establezca.        puestos a disposición judicial.
En otra parte de la LECr, en la fase de       nes que se esperasen del testigo fueren
instrucción preliminar o «sumario» den-          importantes, se redactará el pliego de
tro del procedimiento ordinario, es decir,       preguntas que hayan de dirigírsele y
el procedimiento seguido para el enjui-          se remitirá a la Oficina de Interpreta-
ciamiento de los delitos castigados con          ción de Lenguas del Ministerio de Esta-
pena privativa de libertad superior a nue-       do, para que, con preferencia a todo otro
ve años, el artículo 440 reconoce al testi-      trabajo, sean traducidas al idioma que
go el derecho a intérprete si no entiende        hable el testigo.
o no habla el idioma español. Lo hace de            El interrogatorio ya traducido se en-
la siguiente manera:                             tregará al testigo para que, a presencia
Artículo 440.                                    del Juez, se entere de su contenido y
                                                 redacte por escrito en su idioma las
  Si el testigo no entendiere o no hablare       oportunas contestaciones, las cuales se
  el idioma español, se nombrará un in-          remitirán del mismo modo que las pre-
  térprete, que prestará a su presencia          guntas a la Interpretación de Lenguas.
  juramento de conducirse bien y fielmen-
  te en el desempeño de su cargo.                 La referencia anterior a la Oficina de
  Por este medio se harán al testigo las       Interpretación de Lenguas como último
  preguntas y se recibirán sus contesta-       recurso para aquellos casos en los que
  ciones, que éste podrá dictar por su         no se consigue traductor ha quedado tá-
  conducto.                                    citamente derogada por un acuerdo al
  En este caso, la declaración deberá          que llegaron el Ministerio de Justicia y el
  consignarse en el proceso en el idioma       Ministerio de Asuntos Exteriores y de Co-
  empleado por el testigo y traducido a        operación.
  continuación al español.                        Por último, en sede del procedimiento
                                               abreviado, hay que mencionar el artículo
   En cuanto a la cualificación y acredi-
                                               762.8 LECr, que recoge lo siguiente:
tación del intérprete no hay más que se-
guir leyendo:                                    Cuando los imputados o testigos no
                                                 hablaren o no entendieren el idioma es-
Artículo 441.
                                                 pañol, se procederá de conformidad con
  El intérprete será elegido entre los que       lo dispuesto en los artículos 398, 440 y
  tengan títulos de tales, si los hubiere en     441, sin que sea preciso que el intér-
  el pueblo. En su defecto, será nombra-         prete designado tenga título oficial.
  do un maestro del correspondiente idio-
                                                  El procedimiento abreviado, introdu-
  ma, y si tampoco le hubiere, cualquier
                                               cido por el legislador mediante Ley Orgá-
  persona que lo sepa.
                                               nica 7/1988, de 28 de diciembre, y que
   Lo que debería ser la excepción se ha       desde entonces ha sufrido ya algunas mo-
convertido en regla general. Exceptuan-        dificaciones, lejos de corregir la falta de
do a los traductores en plantilla que          rigor del artículo 441 de la LECr, flexibi-
superan un concurso-oposición y a al-          liza aún más la elección de intérprete
gunos interinos a los que se les ha exi-       porque elimina cualquier orden de pre-
gido que demuestren su competencia             lación y establece que no es necesario que
antes de ser contratados, la Adminis-          el intérprete tenga un título oficial. Con-
tración raramente controla los conoci-         viene tener presente que este procedi-
mientos de las personas llamadas a             miento se aplica al enjuiciamiento de
actuar como intérpretes en sede judi-          delitos castigados con pena privativa de
cial y, por analogía, en sede policial.        libertad de hasta nueve años. Estadísti-
Vale cualquier persona que dice saber          camente es el procedimiento penal más
o conocer un idioma.                           usado.
  Este artículo añade:                            Los artículos de la LECr han queda-
     Si ni aun de esta manera pudiera          do obsoletos, son propios del siglo XIX
  obtenerse la traducción, y las revelacio-    y no reflejan la transformación que ha        19
sufrido la sociedad española. No es de       General Penitenciaria.
     extrañar que omitan las titulaciones           El artículo 15 regula el ingreso en un
     existentes en materia de traducción e        establecimiento penitenciario. En su
     interpretación, u otras análogas.            apartado 5 dispone:
        Esto último ocurre también en la Ley
                                                       Los internos extranjeros tienen dere-
     de Enjuiciamiento Civil, que aun sien-
                                                    cho a que se ponga en conocimiento de
     do de fecha mucho más reciente (7 de
                                                    las autoridades diplomáticas o consu-
     enero de 2000) establece en su artículo
                                                    lares correspondientes su ingreso en
     143.1:
                                                    prisión. A tal fin, en el momento del in-
       1. Cuando alguna persona que no co-          greso, incluido el voluntario a que se
       nozca el castellano ni, en su caso, la       refiere el artículo siguiente, se les infor-
       lengua oficial propia de la Comunidad        mará de forma comprensible, a ser po-
       Autónoma hubiese de ser interrogada o        sible en su propio idioma, de este dere-
       prestar alguna declaración, o cuando         cho, recabando por escrito su
       fuere preciso darle a conocer personal-      autorización para proceder, en su caso,
       mente alguna resolución, el tribunal por     a tal comunicación.
       medio de providencia podrá habilitar       Más adelante, el artículo 43.2 que regula
       como intérprete a cualquier persona co-    la intervención de las comunicaciones
       nocedora de la lengua de que se trate,     orales de los reclusos dispone:
       exigiéndosele juramento o promesa de
       fiel traducción.                             En los casos de intervención, los comu-
                                                    nicantes que no vayan a expresarse en
        Conviene tener presente que en el or-
                                                    castellano o en la lengua cooficial de la
     den civil, cuando el justiciable descono-
                                                    respectiva Comunidad Autónoma, ad-
     ce el idioma empleado por el tribunal y
                                                    vertirán de ello con anterioridad al Di-
     además goza del derecho de asistencia
                                                    rector del centro, que adoptará las me-
     jurídica gratuita, el Estado no sólo le
                                                    didas oportunas para que la
     pondrá un abogado de oficio, sino tam-
                                                    comunicación pueda intervenirse ade-
     bién le proporcionará un intérprete, así
                                                    cuadamente.
     como la traducción de los documentos
     que presente a instancia del Juzgado o          El artículo opta por no concretar el
     Tribunal o de la autoridad competente y      modo de proceder y deja al arbitrio de
     que sean necesarios para resolver el         cada Director de Centro la forma concre-
     asunto.                                      ta de actuar.
        La Administración Penitenciaria es otro      En cuanto a la intervención de las
     sector que merece una breve mención. En      comunicaciones escritas, el artículo 46.5
     los últimos años la composición de la        dispone:
     población reclusa ha variado y existe una
     mayor presencia de reclusos extranjeros.           En los casos en que, por razones de
     El Reglamento Penitenciario es una nor-        seguridad, del buen orden del estable-
     ma clave que regula la ejecución de las        cimiento o del interés del tratamiento, el
     penas y medidas de seguridad privativas        Director acuerde la intervención de las
     de libertad, así como el régimen de los        comunicaciones escritas, esta decisión
     detenidos a disposición judicial y de los      se comunicará a los internos afectados
     presos preventivos, y en él se menciona        y también a la autoridad judicial de que
     también la necesidad de los internos ex-       dependa si se trata de detenidos o pre-
     tranjeros de hacerse entender ante las         sos, o al juez de Vigilancia si se trata de
     autoridades del centro penitenciario. Los      penados. Cuando el idioma utilizado no
     siguientes artículos están tomados del         pueda ser traducido en el establecimien-
     actual Reglamento Penitenciario, apro-         to, se remitirá el escrito al centro directi-
     bado por Real Decreto 190/1996, de 9 de        vo para su traducción y curso posterior.
     febrero, que desarrolla y ejecuta la Ley        Otro tema sumamente importante es
20   Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre,        la información que todo interno debe re-
cibir en cuanto a sus derechos y deberes,          lengua del interesado y, si fuera nece-
el régimen del Establecimiento, las nor-           sario, se recabará la colaboración de los
mas disciplinarias y los medios para for-          servicios consulares del Estado a que
mular peticiones, quejas y recursos. El            aquél pertenezca.
Reglamento Penitenciario habla, entre
                                                    Son los funcionarios y los propios in-
otras cosas, de la entrega de folletos in-
                                                 ternos los que se convierten en impro-
formativos generales. Los artículos 52.2
                                                 visados intérpretes, ya que el Regla-
y 52.3 mencionan a los reclusos extran-
                                                 mento Penitenciario considera, al
jeros. El artículo 52.3 incluso prevé la
                                                 parecer, que están cualificados para
posibilidad de que se precise la interven-
                                                 hacer una traducción a la vista. Si aun
ción de un intérprete («traductor oral»).
                                                 así no es posible realizar una «traducción
  Artículo 52.1: Los internos recibirán a        oral», la norma deja abierta la vía de soli-
  su ingreso información escrita sobre           citar ayuda a los servicios consulares.
  sus derechos y deberes, el régimen del            Dentro del procedimiento que la Ad-
  Establecimiento, las normas disciplina-        ministración Penitenciaria debe seguir
  rias y los medios para formular peti-          para imponer sanciones y faltas discipli-
  ciones, quejas y recursos. Con este fin,       narias, el Reglamento Penitenciario men-
  se les entregará un ejemplar de la car-        ciona también en su artículo 242 la posi-
  tilla o folleto informativo general y de       bilidad de recurrir a un intérprete:
  las normas del régimen interior del
                                                   j. Posibilidad de asistirse de un funcio-
  Centro Penitenciario de que se trate,
                                                   nario o interno como intérprete si se tra-
  que el Centro Directivo de la Adminis-
                                                   ta de un interno extranjero que desco-
  tración Penitenciaria correspondiente
                                                   nozca el castellano.
  editará necesariamente en castellano
  y en la lengua cooficial de la Comuni-            Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
  dad Autónoma donde radique el Cen-             por otro lado, tienen encomendadas la-
  tro penitenciario.                             bores para cuyo cumplimiento se preci-
  Artículo 52.2: A los internos extranje-        sa la activa colaboración de traductores
  ros se les informará, además, de la po-        e intérpretes policiales. Los siguientes ar-
  sibilidad de solicitar la aplicación de tra-   tículos del Real Decreto 1181/2008, de
  tados o convenios internacionales              11 de julio, por el que se modifica y de-
  suscritos por España para el traslado a        sarrolla la estructura orgánica básica del
  otros países de personas condenadas,           Ministerio del Interior, sirven para dar
  así como de la sustitución de las penas        una idea de los campos a los que nos
  impuestas o a imponer por la medida            referimos. En el ámbito del Cuerpo Na-
  de expulsión del territorio nacional, en       cional de Policía, el artículo 3, apartado
  los casos y con las condiciones previs-        A) subapartados 1. f. y g , enumera como
  tas por las leyes. Igualmente, se les fa-      funciones encomendadas al Director Ge-
  cilitará la dirección y el número de telé-     neral:
  fono de la representación diplomática            f. Disponer la colaboración y la presta-
  acreditada en España del país corres-            ción de auxilio a las policías de otros
  pondiente.
                                                   países, en cumplimiento de las funcio-
  Artículo 52.3: A estos efectos, el men-          nes que atribuye al Cuerpo Nacional de
  cionado Centro Directivo procurará edi-          Policía la Ley Orgánica 2/1986, de 13
  tar folletos de referencia en aquellos           de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Se-
  idiomas de grupos significativos de in-          guridad, de conformidad con los crite-
  ternos extranjeros en los Establecimien-         rios que al respecto establezca la Se-
  tos españoles. A los extranjeros que             cretaría de Estado de Seguridad.
  desconozcan los idiomas en que se en-            g. Dirigir, organizar y controlar el cum-
  cuentre editado el folleto se les hará una       plimiento de lo dispuesto en materia de
  traducción oral de su contenido por los          extranjería, documento nacional de
  funcionarios o internos que conozcan la          identidad, pasaportes, juegos, drogas,       21
control de las entidades y servicios pri-       criterios que al respecto establezca la
       vados de seguridad, vigilancia e inves-         Secretaría de Estado de Seguridad.
       tigación y espectáculos públicos, todo          1. f. En el ejercicio de sus competencias,
       ello en el ámbito policial y en los térmi-      y en relación con la extranjería e inmi-
       nos previstos en la legislación vigente.        gración, actuar, de acuerdo con la nor-
                                                       mativa vigente en la materia, en coordi-
        Más adelante, el artículo 3, apartado
                                                       nación con el Ministerio de Trabajo e
     A) subapartados 3. b y d, menciona las
                                                       Inmigración a través de la Secretaría de
     funciones que corresponden a las Comi-
                                                       Estado de Inmigración y Emigración.
     sarías Generales de Policía Judicial y Co-
     misarías Generales de Extranjería y Fron-          La Jefatura Fiscal y de Fronteras, que
     teras respectivamente, que son las              depende del Director Adjunto Operativo,
     siguientes:                                     ejerce las funciones que se recogen en el
                                                     artículo 3, apartado B) subapartado 4. e:
       3.b A la Comisaría General de Policía
       Judicial, la investigación y persecución        e. La Jefatura Fiscal y de Fronteras, al
       de las infracciones supraterritoriales,         mando de un Oficial General de la Guar-
       especialmente los delitos relacionados          dia Civil en situación de servicio activo,
       con las drogas, la delincuencia organi-         a la que corresponde organizar y gestio-
       zada, económica, financiera, tecnológi-         nar el resguardo fiscal del Estado, las
       ca y el control de los juegos de azar, así      actuaciones encaminadas a evitar y per-
       como la colaboración con las policías de        seguir el contrabando, el narcotráfico y
       otros países y la dirección de las ofici-       demás tráficos ilícitos en el ámbito de las
       nas nacionales de Interpol y Europol.           funciones encomendadas a la Guardia
       Asimismo, le corresponderá la dirección         Civil por la normativa vigente, así como
       de los servicios encargados de la inves-        la custodia y vigilancia de las costas,
       tigación de delitos monetarios y los re-        fronteras, puertos, aeropuertos y mar
       lacionados con la moneda, así como la           territorial y, en este ámbito, el control de
       colaboración con los servicios correspon-       la inmigración irregular.
       dientes del Banco de España en estos             Finalmente debe mencionarse también
       asuntos.                                      la Dirección General de Relaciones Inter-
       3.d A la Comisaría General de Extran-         nacionales y Extranjería, que de confor-
       jería y Fronteras, la expedición de las       midad con el artículo 8.1 tiene encomen-
       tarjetas de extranjero, el control de en-     dadas:
       trada y salida del territorio nacional de
       españoles y extranjeros; la prevención,         a. La coordinación en materia de coope-
       persecución e investigación de las re-             ración y policial internacional y la de-
       des de inmigración ilegal, y, en gene-             finición de las acciones y programas
       ral, el régimen policial de extranjería,           de actuación de los órganos técnicos
       refugio y asilo e inmigración.                     del Ministerio del Interior existentes
                                                          en las Misiones Diplomáticas, su or-
        En el ámbito del Cuerpo de la Guardia             ganización interna y dotación presu-
     Civil, el artículo 3, apartado B) subapar-           puestaria, así como su inspección téc-
     tado 1. a.5, y el artículo 3, apartado B),           nica y control, sin perjuicio de las
     subapartado 1.f., enumeran como funcio-              facultades de dirección y coordina-
     nes encomendadas al Director General:                ción del Jefe de la Misión Diplomáti-
       1. a. 5 Obtener, centralizar, analizar, va-        ca y de la Representación Permanen-
       lorar y difundir la información necesa-            te respectiva.
       ria para el desarrollo de sus misiones,         b. Coordinar la participación de los re-
       así como el establecimiento y manteni-             presentantes del Ministerio en los
       miento del enlace y coordinación con               grupos y Comités del Consejo de la
       otros órganos de información naciona-              Unión Europea.
       les y extranjeros, en el ámbito de su           c. Efectuar el seguimiento de las deci-
22     competencia, de conformidad con los                siones comunitarias que afecten al
Ministerio, especialmente respecto a        intérprete si no comprenden o hablan la
     Fondos comunitarios relacionados            lengua oficial que se utilice. Estas asis-
     con su ámbito competencial.                 tencias serán gratuitas cuando carez-
  d. La organización y preparación de las        can de recursos económicos suficientes
     actividades de carácter internacional       según los criterios establecidos en la
     que se deban llevar a cabo en el ám-        normativa reguladora del derecho de
     bito de las competencias del Ministe-       asistencia jurídica gratuita.
     rio en las materias de inmigración y
                                                  Esta Ley Orgánica fue desarrollada por
     extranjería.
                                               el Real Decreto 2393/2004, de 30 de di-
  e. La organización de las relaciones del
                                               ciembre, que en el artículo 13, cuando re-
     Ministro del Interior con las autorida-
                                               gula la denegación de entrada, dispone:
     des de otros Gobiernos en el ámbito
     de sus competencias.                        Los funcionarios responsables del con-
  f. La coordinación de actuaciones con          trol denegarán la entrada en el territo-
     el Ministerio de Asuntos Exteriores y       rio español a los extranjeros que no re-
     de Cooperación.                             únan los requisitos establecidos en este
                                                 capítulo. Dicha denegación se realizará
   Las anteriores disposiciones recogen,
                                                 mediante resolución motivada y notifi-
entre otros, los importantes campos de
                                                 cada, con información acerca de los re-
extranjería, investigación y persecución
                                                 cursos que puedan interponerse contra
de delitos, vigilancia de puestos fronteri-
                                                 ella, el plazo para hacerlo y la autori-
zos y control de la inmigración ilegal, en
                                                 dad ante la que deban formalizarse, así
los que por imperativo legal deben actuar
                                                 como de su derecho a la asistencia le-
los cuerpos y fuerzas de seguridad del
                                                 trada, que podrá ser de oficio en el caso
Estado. Estas normas no mencionan a los
                                                 de que el interesado carezca de recur-
intérpretes ni a los traductores y, sin
                                                 sos económicos suficientes y, en su
embargo, es precisamente aquí donde
                                                 caso, de intérprete, que comenzará en
intervienen, auxiliando a los agentes para
                                                 el momento de efectuarse el control en
que éstos puedan cumplir las misiones
                                                 el puesto fronterizo.
que el legislador les ha encomendado.
Ahora bien, existen normas relacionadas           Estas situaciones se dan en los pues-
con estos temas que sí prevén expresa-         tos fronterizos (aeropuertos, fronteras te-
mente el derecho de asistencia de intér-       rrestres y puertos).
prete. Conviene subrayar que en los pro-          En otra parte del Real Decreto se ha-
cedimientos administrativos que se             bla de los procedimientos sancionadores
siguen en materias como las que a conti-       por infracciones administrativas en ma-
nuación vamos a exponer y que son com-         teria de extranjería. Para determinadas
petencia del Ministerio del Interior, se       infracciones es posible iniciar y tramitar
hace extensivo este derecho a la traduc-       un procedimiento de expulsión según el
ción de documentos.                            procedimiento preferente, y para estos ca-
   Tenemos, por ejemplo, la Ley Orgáni-        sos el artículo 131 dispone:
ca 4/2000, de 11 de enero, sobre dere-
                                                 1. Cuando de las investigaciones se de-
chos y libertades de los extranjeros en
                                                 duzca la oportunidad de decidir la ex-
España y su integración social, que dis-
                                                 pulsión, se dará traslado del acuerdo
pone en el artículo 22.2:
                                                 de iniciación motivado por escrito al in-
  Los extranjeros que se hallen en Espa-         teresado, para que alegue lo que consi-
  ña tienen derecho a asistencia letrada         dere adecuado, en el plazo de 48 ho-
  en los procedimientos administrativos          ras, y se le advertirá que de no efectuar
  que puedan llevar a su denegación de           alegaciones por sí mismo o por su re-
  entrada, devolución, o expulsión del te-       presentante sobre el contenido de la
  rritorio español y en todos los procedi-       propuesta, o si no se admitiesen, de for-
  mientos en materia de protección inter-        ma motivada, por improcedentes o in-
  nacional, así como a la asistencia de          necesarias, el acuerdo de iniciación del     23
expediente será considerado como pro-           dimiento oportuno, en donde consten
       puesta de resolución.                           acreditados, entre otros, los siguientes
       2. En estos supuestos, el extranjero ten-       trámites:
       drá derecho a la asistencia letrada que         a. La información al interesado de su
       se le proporcionará de oficio, en su caso,      derecho a la asistencia jurídica, que será
       y a ser asistido por intérprete, si no com-     gratuita en el caso de que el interesado
       prende o no habla castellano, y de for-         carezca de recursos económicos sufi-
       ma gratuita en el caso de que careciese         cientes, así como a la asistencia de in-
       de medios económicos.                           térprete, si no comprende o habla las
                                                       lenguas oficiales que se utilicen, a par-
        Más adelante, en el artículo 138, el Real      tir del momento en que se dicte el acuer-
     Decreto regula los supuestos en los que           do de iniciación del procedimiento.
     procede el procedimiento de expulsión, y          b. La información al interesado de que
     a continuación, en el artículo 139, cuan-         el efecto que puede conllevar la dene-
     do establece cuál debe ser el contenido           gación de entrada es el retorno.
     del acuerdo de iniciación del procedimien-        c. La determinación expresa de la cau-
     to de expulsión, dispone:                         sa por la que se deniega la entrada.
       Además del contenido mínimo que ha               En el artículo 157.3 el Real Decreto
       de incluir el acuerdo de iniciación con-      menciona una vez más la asistencia de
       forme lo dispuesto en el artículo 123.1       intérprete. Lo hace al hablar de los trá-
       en él se indicarán expresamente los si-       mites para adoptar una orden de devolu-
       guientes particulares:                        ción.
       a. El derecho del interesado a la asis-
                                                       Artículo 157.3 En cualquiera de los su-
       tencia jurídica gratuita, en el caso de que
                                                       puestos del apartado 1, el extranjero
       carezca de recursos económicos sufi-
                                                       respecto del cual se sigan trámites para
       cientes.
                                                       adoptar una orden de devolución ten-
       b. El derecho del interesado a la asisten-
                                                       drá derecho a la asistencia jurídica, que
       cia de intérprete si no comprende o habla
                                                       será gratuita en el caso de que el inte-
       las lenguas oficiales que se utilicen.
                                                       resado carezca de recursos económicos
       c. Que el acuerdo de expulsión que
                                                       suficientes, así como a la asistencia de
       pueda dictarse conllevará la prohibición
                                                       intérprete, si no comprende o habla las
       de entrada en España por un período
                                                       lenguas oficiales que se utilicen.
       mínimo de tres años y máximo de 10,
       que será extensiva a los territorios de          Los procedimientos administrativos en
       los Estados con los que España haya           los que son de aplicación los artículos
       suscrito acuerdo en ese sentido.              antes mencionados precisan de la inter-
                                                     vención de intérpretes, ya que es absolu-
        Más adelante, al hablar del retorno de
                                                     tamente necesario que los extranjeros
     los extranjeros, el Real Decreto 2393/
                                                     comprendan las resoluciones adoptadas
     2004, de 30 de diciembre, vuelve a alu-
                                                     por el Ministerio del Interior.
     dir a la asistencia de intérprete. Así, el
                                                        Si en el ejercicio de la potestad san-
     artículo 156 dispone:
                                                     cionadora por la comisión de algunas de
       1. Se acordará el retorno cuando el ex-       las infracciones administrativas previs-
       tranjero se presente en un puesto fron-       tas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
       terizo habilitado y no se le permita la       enero, sobre derechos y libertades de los
       entrada en el territorio nacional por no      extranjeros en España y su integración
       reunir los requisitos previstos al efecto     social, el instructor del expediente soli-
       en este reglamento.                           cita a un Juez de Instrucción el interna-
       2. La resolución de retorno se dictará        miento preventivo del extranjero en un
       como consecuencia de la resolución de         centro de internamiento como medida
       denegación de entrada dictada por los         cautelar, y ésta es efectivamente orde-
       funcionarios policiales responsables del      nada por el Juez, el extranjero interna-
24     control de entrada, mediante el proce-        do tendrá ciertos derechos, entre los que
vuelve a estar el de ser asistido por un         cia jurídica gratuita, que se extenderá a
intérprete. El artículo 62 bis de la Ley         la formalización de la solicitud y a toda
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, dis-            la tramitación del procedimiento, y que
pone:                                            se prestará en los términos previstos en
  Artículo 62 bis. Derechos de los extran-       la legislación española en esta materia,
  jeros internados                               así como derecho a intérprete en los tér-
  a. A ser informado de su situación             minos del artículo 22 de la Ley Orgáni-
  h. A ser asistido de intérprete si no com-     ca 4/2000
  prende o no habla castellano y de for-          El Ministerio de Justicia, los órga-
  ma gratuita, si careciese de medios eco-     nos autonómicos que han asumido las
  nómicos.                                     competencias sobre medios personales
   En cuanto a la petición de protección       y materiales de la Administración de
internacional, debemos referirnos a la Ley     Justicia y el Ministerio del Interior
12/2009, de 30 de octubre, reguladora          cuentan, por una parte, con una plan-
del derecho de asilo y de la protección        tilla de intérpretes judiciales y policia-
subsidiaria. Esta ley tiene por objeto es-     les que desempeñan a diario ese come-
tablecer los términos en que los naciona-      tido, así como con un amplio número
les de países no comunitarios y los            de traductores/intérpretes jurados, que
apátridas pueden gozar en España de la         aunque trabajan de forma autónoma en
protección internacional constituida por       el ámbito privado, han recibido su nom-
el derecho de asilo y la protección subsi-     bramiento de la Oficina de Interpreta-
diaria, así como el contenido de dicha         ción de Lenguas del MAEC.
protección internacional.                         Por otro lado, ante la necesidad cre-
   El extranjero no comunitario y el apá-      ciente de intérpretes judiciales y policia-
trida que desee solicitar protección inter-    les en una Europa sin fronteras y un
nacional en España podrá presentar su          mundo globalizado, la Administración ha
solicitud ante la Oficina de Asilo y Refu-     optado en muchos casos por subcon-
gio, los puestos fronterizos de entrada al     tratar esos servicios a empresas de tra-
territorio español, los Centros de Inter-      ducción, lo cual ha generado múltiples
namiento de Extranjeros, las Oficinas de       quejas, tanto por parte de los magistra-
Extranjeros, las Comisarías Provinciales       dos y en concreto, de la asociación Jue-
de Policía o comisarías de distrito que se     ces para la Democracia, por no poder
señalen mediante Orden del Ministerio del      cumplir su labor ante la falta de profesio-
Interior, así como las Misiones Diplomá-       nalidad de los intérpretes, como por par-
ticas y Oficinas consulares españolas en       te del gremio de traductores y de sus di-
el extranjero. La Ley 12/2009, de 30 de        versas asociaciones, que han denunciado
octubre, al establecer las reglas procedi-     la imposibilidad de que un traductor/in-
mentales para el reconocimiento de la          térprete cualificado pueda prestar sus
protección internacional y, concretamen-       servicios con las tarifas y las condiciones
te, al hablar de la presentación de la soli-   impuestas por dichas empresas. Véanse
citud, alude al derecho a intérprete. Lo       las observaciones que figuran en el apar-
hace en el artículo 16, en los siguientes      tado de propuestas de reforma.
términos:                                         Es urgente, por lo tanto, que la legis-
  Artículo 16. Derecho a solicitar protec-     lación recoja el modo en que se ha de pro-
  ción internacional.                          ceder en el ámbito de la traducción e in-
  1. Las personas nacionales no comuni-        terpretación judicial y policial.
  tarias y las apátridas presentes en te-         La aportación más importante en
  rritorio español tienen derecho a solici-    este sentido es la recientemente pu-
  tar protección internacional en España.      blicada Directiva del Parlamento Eu-
  2. Para su ejercicio, los solicitantes de    ropeo y del Consejo, de 20 de octubre
  protección internacional tendrán dere-       de 2010, relativa al derecho a inter-
  cho a asistencia sanitaria y a asisten-      pretación y a traducción en los proce-        25
sos penales. Se trata de la primera me-       da de haber cometido una infracción
     dida de la UE jamás adoptada que es-          penal y hasta la conclusión del proce-
     tablezca normas mínimas comunes para          so, entendido como la resolución defini-
     los derechos de la defensa en causas pe-      tiva de la cuestión de si el sospechoso o
     nales. Estas normas garantizarán que          acusado ha cometido o no la infracción,
     los ciudadanos disfruten de traduccio-        incluida, en su caso, la sentencia y la
     nes escritas de todos los documentos          resolución de cualquier recurso que se
     fundamentales, como el atestado o es-         haya presentado.
     crito de acusación, y que tengan dere-        3. En caso de que la legislación de un
     cho a un servicio de interpretación en        Estado miembro prevea la imposición de
     todas las vistas e interrogatorios, así       una sanción para infracciones menores
     como durante las reuniones con los            por parte de una autoridad distinta de
     abogados. Los ciudadanos no podrán re-        un tribunal con competencia en materia
     nunciar a sus derechos sin antes haber        penal, pero la sanción pueda ser objeto
     recibido asesoramiento jurídico o una in-     de recurso ante este tipo de tribunal, la
     formación completa sobre las consecuen-       presente Directiva solo se aplicará al
     cias de dicha renuncia. Se trata de una       proceso ante dicho Tribunal a raíz del
     norma que pretende eliminar cualquier         recurso en cuestión.
     tipo de reticencias por parte de las auto-    4. La presente Directiva no afecta al de-
     ridades judiciales a enviar a un acusado      recho nacional relativo a la presencia de
     ante un órgano jurisdiccional de otro país    un abogado en cualquier fase del proce-
     y, de esta manera, conseguir que se apli-     so penal, ni tampoco al derecho nacio-
     quen plenamente las medidas de la             nal relativo al derecho de acceso de un
     Unión Europea de lucha contra la delin-       sospechoso o acusado a los documen-
     cuencia, entre las que se encuentran las      tos en el marco de un proceso penal.
     órdenes europeas de detención. Será el
     Estado miembro, y no el encausado,            Artículo 2
     quien deberá correr con los gastos de tra-    Derecho a interpretación
     ducción e interpretación. España, al
     igual que los demás Estados miembros,         1. Los Estados miembros velarán por
     dispone de un plazo de tres años para         que todo sospechoso o acusado que no
                                                   hable o entienda la lengua del proceso
     incorporar la medida a su Derecho na-
                                                   penal se beneficie sin demora de inter-
     cional. Dada la trascendencia de esta Di-
                                                   pretación en el transcurso del proceso
     rectiva para nuestro ordenamiento jurí-
                                                   penal ante las autoridades de la inves-
     dico interno se ha optado por reproducir
                                                   tigación y judiciales, incluido durante el
     íntegramente su articulado.
                                                   interrogatorio policial, en todas las vis-
                                                   tas judiciales y las audiencias interme-
       Artículo 1                                  dias que sean necesarias.
       Objeto y ámbito de aplicación               2. Los Estados miembros garantizarán
                                                   que, en caso necesario y con miras a
       1. La presente Directiva establece nor-     salvaguardar la equidad del proceso, se
       mas relativas al derecho a interpretación   facilite un servicio de interpretación para
       y traducción en los procesos penales y      la comunicación entre el sospechoso o
       en los procedimientos correspondientes      acusado y su abogado en relación di-
       a la ejecución de una orden de deten-       recta con cualquier interrogatorio o toma
       ción europea.                               de declaración durante el proceso, o con
       2. Este derecho se aplicará a cualquier     la presentación de un recurso u otras
       persona a partir del momento en que las     solicitudes procesales.
       autoridades competentes de un Estado        3. El derecho a interpretación en virtud
       miembro pongan en su conocimiento,          de los apartados 1 y 2 incluye la asis-
       mediante notificación oficial o de otro     tencia a personas con limitaciones
26     modo, que es sospechosa o está acusa-       auditivas o de expresión oral.
4. Los Estados miembros velarán por            el derecho a la defensa y para salva-
que se establezca un procedimiento o           guardar la equidad del proceso.
mecanismo para determinar si el sos-           2. Entre los documentos esenciales se
pechoso o acusado habla y entiende la          encuentra cualquier resolución que pri-
lengua del proceso penal y si requiere         ve a una persona de libertad, escrito de
la asistencia de un intérprete.                acusación y sentencia.
5. Los Estados miembros velarán por            3. Las autoridades competentes decidi-
que, con arreglo a los procedimientos          rán si resulta esencial cualquier otro do-
previstos por el derecho nacional, el sos-     cumento, en un caso determinado. El
pechoso o acusado tenga derecho a re-          sospechoso o acusado, o su abogado,
currir la decisión según la cual no es         podrá presentar una solicitud motivada
necesaria la interpretación y, cuando se       en este sentido.
haya facilitado la interpretación, la po-      4. No será preciso traducir pasajes de
sibilidad de presentar una reclamación         documentos esenciales que no resulten
porque la calidad de la interpretación         pertinentes para que el sospechoso o
no es suficiente para salvaguardar la          acusado tenga conocimiento de los car-
equidad del proceso.                           gos que se le imputan.
6. Se permitirá, cuando proceda, el uso        5. Los Estados miembros velarán por
de tecnologías de la comunicación como         que, con arreglo a los procedimientos
la videoconferencia, el teléfono o internet,   previstos por el derecho nacional, el sos-
salvo cuando se requiera la presencia fí-      pechoso o acusado tenga derecho a re-
sica del intérprete con miras a salvaguar-     currir una decisión que establezca que
dar le equidad del proceso.                    no es necesaria la traducción de docu-
7. En los procedimientos correspondien-        mentos o de pasajes de los mismos y,
tes a la ejecución de una orden de de-         cuando se haya facilitado una traduc-
tención europea, el Estado miembro de          ción, la posibilidad de presentar una
ejecución velará por que sus autorida-         reclamación porque la calidad de la tra-
des competentes faciliten interpretación       ducción no es suficiente para salvaguar-
con arreglo al presente artículo a toda        dar la equidad del proceso.
persona sujeta a dichos procedimientos         6. En los procedimientos correspon-
y que no hable o entienda la lengua del        dientes a la ejecución de una orden de
procedimiento.                                 detención europea, el Estado miembro
8. La interpretación facilitada con arre-      de ejecución velará por que sus autori-
glo al presente artículo tendrá una cali-      dades competentes faciliten a toda per-
dad suficiente para salvaguardar la            sona sujeta a dichos procedimientos y
equidad del proceso, garantizando en           que no entienda la lengua en que esté
particular que el sospechoso o acusado         redactada la orden de detención euro-
en un proceso penal tenga conocimien-          pea, o la lengua a que esta haya sido
to de los cargos que se le imputan y esté      traducida por el Estado miembro de
en condiciones de ejercer el derecho a         emisión, una traducción escrita de di-
la defensa.                                    cho documento.
                                               7. Como excepción a las normas gene-
Artículo 3                                     rales establecidas en los apartados 1,
                                               2, 3 y 6, podrá facilitarse en lugar de
Derecho a la traducción de docu-
                                               una traducción escrita, una traducción
mentos esenciales
                                               o un resumen oral de los documentos
1. Los Estados miembros velarán por            esenciales a que se refiere el presente
que el sospechoso o acusado que no             artículo, siempre y cuando dicha traduc-
entienda la lengua del proceso penal se        ción oral o resumen oral no afecte a la
beneficie, en un plazo razonable, de la        equidad del proceso.
traducción escrita de todos los documen-       8. Toda renuncia al derecho a la traduc-
tos que resultan esenciales para garan-        ción de los documentos a que se refiere
tizar que esté en condiciones de ejercer       el presente artículo estará supeditada       27
a la condición de que el sospechoso o         Artículo 6
     acusado haya recibido asesoramiento           Formación
     jurídico previo o haya tenido, de otro
     modo, pleno conocimiento de las conse-           Sin perjuicio de la independencia ju-
     cuencias de su renuncia, y que la re-         dicial y de las diferencias en la organi-
     nuncia sea inequívoca y de carácter           zación de los sistemas judiciales en la
     voluntario.                                   Unión, los Estados miembros solicitarán
     9. La traducción facilitada con arreglo       a los responsables de la formación de
     al presente artículo tendrá una calidad       los jueces, fiscales y personal judicial
     suficiente para salvaguardar la equidad       que participen en procesos penales el
     del proceso, garantizando en particular       que presten una atención particular a
     que el sospechoso o acusado tiene co-         las particularidades de la comunicación
     nocimiento de los cargos que se le im-        con la ayuda de un intérprete, de ma-
     putan y está en condiciones de ejercer        nera que se garantice una comunicación
     el derecho a la defensa.                      efectiva y eficaz.

     Artículo 4                                    Artículo 7
     Costes de traducción e interpreta-            Llevanza de registros
     ción                                             Los Estados miembros garantizarán
        Los Estados miembros sufragarán            que cuando a un sospechoso o acusa-
     los costes de traducción e interpretación     do le haya sido practicado un interro-
     resultantes de la aplicación de los artí-     gatorio o se le haya tomado declaración
     culos 2 y 3, con independencia del re-        por parte de una autoridad judicial o de
     sultado del proceso.                          investigación con la ayuda de un intér-
                                                   prete en virtud del artículo 2, cuando se
     Artículo 5                                    facilite una traducción o resumen oral
     Calidad de la traducción y la inter-          en virtud del artículo 3, apartado 7, o
     pretación                                     cuando se produzca una renuncia de
                                                   los derechos en virtud del artículo 3,
     1. Los Estados miembros tomarán me-           apartado 8, se dejará constancia de di-
     didas para garantizar que la interpre-        chas eventualidades recurriendo al pro-
     tación y la traducción facilitadas se ajus-   cedimiento de registro previsto por el
     ten a la calidad exigida con arreglo al       derecho nacional del Estado miembro
     artículo 2, apartado 8, y el artículo 3,      en cuestión.
     apartado 9.
     2. Con objeto de fomentar la idoneidad        Artículo 8
     de la interpretación y traducción, así
                                                   No regresión
     como un acceso eficaz a las mismas,
     los Estados miembros se esforzarán                Ninguna disposición de la presente
     por establecer uno o varios registros de      Directiva se interpretará en el sentido
     traductores e intérpretes independien-        de que limita o deroga cualquier dere-
     tes debidamente cualificados. Una vez         cho o garantía procesal que pueda exis-
     establecidos dichos registros se pon-         tir al amparo del Convenio Europeo para
     drán, cuando proceda, a disposición de        la Protección de los Derechos Humanos
     los abogados y las autoridades perti-         y de las Libertades Fundamentales, de
     nentes.                                       la Carta de los Derechos Fundamenta-
     3. Los Estados miembros garantizarán          les de la Unión Europea, de otras dis-
     que los intérpretes y traductores respe-      posiciones pertinentes del derecho in-
     ten el carácter confidencial inherente a      ternacional o del ordenamiento jurídico
     los servicios de interpretación y traduc-     de cualquier Estado miembro y que pro-
     ción facilitados de conformidad con la        porcionen un nivel de protección más
28   presente Directiva.                           elevado.
Artículo 9                                      Esta Directiva se ha inspirado para su
  Incorporación al Derecho interno            elaboración en las conclusiones del Foro
                                              de Reflexión de la Comisión sobre Multi-
  1. Los Estados miembros pondrán en vi-      lingüismo y Formación de Intérpretes,
  gor las disposiciones legales, reglamen-    convocado por la Dirección General de
  tarias y administrativas necesarias para    Interpretación de la Comisión durante
  dar cumplimiento a la presente Directiva    2008 y cuyo texto figura íntegro en anexo.
  antes del 27 de octubre de 2013.                Por otro lado, existen múltiples trata-
  2. Los Estados miembros transmitirán        dos y convenios internacionales suscri-
  el texto de las mencionadas disposicio-     tos por el Reino de España, que obligan a
  nes a la Comisión.                          la Administración a aportar la documen-
  3. Cuando los Estados miembros adop-        tación traducida. A modo de ejemplo, pue-
  ten dichas disposiciones, estas harán       den mencionarse los siguientes instru-
  referencia a la presente Directiva o irán   mentos internacionales:
  acompañadas de dicha referencia en su           El Convenio europeo de extradición,
  publicación oficial. Los Estados miem-      París, 13 de diciembre de 1957, en su ar-
  bros establecerán las modalidades de        tículo 23, habla de las lenguas y dice tex-
  la mencionada referencia.                   tualmente: «Los documentos que se pre-
                                              senten estarán redactados en la lengua de
  Artículo 10                                 la Parte requirente o de la Parte requerida.
  Informe                                     Esta última podrá exigir una traducción en
                                              la lengua oficial del Consejo de Europa que
     Antes del 27 de octubre de 2014, la
                                              eligiere».
  Comisión presentará al Parlamento Eu-
                                                  El Convenio 112 del Consejo de Eu-
  ropeo y al Consejo un informe en el que
                                              ropa sobre traslado de personas con-
  se evaluará la medida en que los Esta-
                                              denadas, en su artículo 17.3, dice: «Cual-
  dos miembros han adoptado las medi-
                                              quier estado podrá exigir —en el momento
  das necesarias para dar cumplimiento
                                              de la firma o del depósito de su instru-
  a lo dispuesto en la presente Directiva,
  acompañado, si es necesario, de pro-        mento de ratificación, aceptación, aproba-
  puestas legislativas.                       ción o adhesión, mediante una declara-
                                              ción dirigida al Secretario General del
  Artículo 11                                 Consejo de Europa— que las peticiones
                                              de traslado y los documentos justificati-
  Entrada en vigor                            vos vayan acompañados de una traduc-
     La presente Directiva entrará en vi-     ción a su propia lengua o a una de las
  gor a los veinte días de su publicación     lenguas oficiales del Consejo de Europa
  en el Diario Oficial de la Unión Europea.   o a una de dichas lenguas que él indique.
                                              Podrá declarar en esa ocasión que está
  Artículo 12                                 dispuesto a aceptar traducciones en cual-
  Destinatarios                               quier otra lengua además de la lengua ofi-
                                              cial o de las lenguas oficiales del Consejo
     Los destinatarios de la presente Di-     de Europa».
  rectiva serán los Estados miembros de           El Convenio sobre los Aspectos Civi-
  conformidad con lo dispuesto en los Tra-    les de la Sustracción Internacional de
  tados.                                      Menores, en su artículo 24: «Toda deman-
   La entrada en vigor de esta Directiva      da, comunicación u otro documento que se
conllevará una puesta al día de nuestras      envíe a la Autoridad central del Estado re-
leyes procesales. Será, pues, la pertenen-    querido se remitirá en el idioma de origen
cia de España a la Unión Europea la que       e irá acompañado de una traducción al
obligará a los responsables políticos a       idioma oficial o a uno de los idiomas ofi-
tomar cartas en el asunto. Están en jue-      ciales del Estado requerido o, cuando esto
go los derechos fundamentales de mu-          no sea factible, de una traducción al fran-
chos justiciables.                            cés o al inglés».                              29
Otro ámbito que exige la intervención      tores/as- Intérpretes Jurados/as, nom-
     de traductores e intérpretes es el de la      brados por aquélla. Todo ello está regu-
     sanidad. Si bien las leyes no los mencio-     lado por el Real Decreto 2555/1977, de
     nan expresamente, la normativa en mu-         27 de agosto, por el que se aprueba el
     chas ocasiones resulta de imposible apli-     Reglamento de la Oficina de Interpreta-
     cación sin la ayuda de estos profesionales.   ción de Lenguas del Ministerio de Asun-
     La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de ene-         tos Exteriores y posteriormente modifica-
     ro, sobre derechos y libertades de los        do conforme al Real Decreto 79/1996,
     extranjeros en España y su integración        de 26 de enero, la Orden de 21 de mar-
     social (BOE núm. 10, de 12 de enero), en      zo de 1997 y el Real Decreto 2002/
     su redacción dada por la Ley Orgánica         2009, de 23 de diciembre. En este do-
     8/2000, de 22 de diciembre (BOE núm.          cumento se establece lo siguiente:
     307, de 23 de diciembre), por la Ley Or-
                                                     Artículo 1. La Oficina de Interpretación
     gánica 11/2003, de 29 de septiembre
                                                     de Lenguas
     (BOE núm. 234, de 30 de septiembre), por
     la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de no-              La Oficina de Interpretación de Len-
     viembre (BOE núm. 279, de 21 de noviem-         guas del Ministerio de Asuntos Exterio-
     bre) y por la Ley Orgánica 2/2009, de 11        res y de Cooperación es el máximo ór-
     de diciembre (BOE núm. 299, de 12 de            gano de la Administración del Estado
     diciembre), establece en el artículo 12 del     en materia de traducción e interpreta-
     capítulo I del título I:                        ción de lenguas.
       1. Los extranjeros que se encuentren en       Artículo 2.Funciones de la Oficina de
       España, inscritos en el padrón del mu-        Interpretación de Lenguas
       nicipio en el que tengan su domicilio            Competen a la Oficina de Interpreta-
       habitual, tienen derecho a la asistencia      ción de Lenguas las siguientes funciones:
       sanitaria en las mismas condiciones que       1. La traducción oficial al castellano de
       los españoles.                                los Tratados y Convenios internaciona-
        Además, la Ley 41/2002 de 14 de              les en que sea Parte el Estado español,
     noviembre reguladora de la autonomía            así como de otros textos redactados en
     del paciente y de los derechos y obli-          lenguas extranjeras cuya publicación en
     gaciones en materia de información y            castellano sea preceptiva en virtud del
     documentación clínica, dispone en su            ordenamiento legal vigente.
     artículo 4:                                     2. La traducción a otras lenguas extran-
                                                     jeras de los textos que el Estado espa-
       2. La información clínica forma parte de      ñol esté obligado a proporcionar a otros
       todas las actuaciones asistenciales,          Estados en virtud de los compromisos
       será verdadera, se comunicará al pa-          contraídos en el ámbito del Derecho In-
       ciente de forma comprensible y adecua-        ternacional.
       da a sus necesidades y le ayudará a           3. La traducción al castellano o a otras
       tomar decisiones de acuerdo con su pro-       lenguas extranjeras de documentos de
       pia y libre voluntad.                         carácter diplomático, consular o admi-
        Para terminar con la legislación na-         nistrativo del Ministerio de Asuntos Ex-
     cional, haremos referencia al único             teriores y de Cooperación, así como de
     ejemplo en el que la Administración es-         todos aquellos documentos que, ema-
     pañola ofrece un servicio debidamente           nando de los órganos superiores del
     organizado de traducción e interpreta-          Estado, afecten a sus relaciones exte-
     ción, que podría servir de modelo para          riores y de los que deba quedar cons-
     el conjunto de las instituciones, el de         tancia oficial.
     la Oficina de Interpretación de Lenguas         4. El cotejo de las traducciones de Tra-
     del MAEC (en la que ejercen sus fun-            tados, Convenios internacionales y otros
     ciones los miembros del Cuerpo de Tra-          textos redactados en lenguas extranje-
30   ductores e Intérpretes) y los Traduc-           ras cuya publicación en castellano sea
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional
Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional

More Related Content

Similar to Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional

Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
José María
 
parrafo medios de comunicación
parrafo medios de comunicaciónparrafo medios de comunicación
parrafo medios de comunicación
ximenamontanez123
 
Mecanismos y procedimientos ddhh onu
Mecanismos y procedimientos ddhh onuMecanismos y procedimientos ddhh onu
Mecanismos y procedimientos ddhh onu
Ashanti Afroperuanos
 
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuánLa interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
Arualnas
 
Entrevista eduardo sanguinett marcasu ri
Entrevista eduardo sanguinett marcasu riEntrevista eduardo sanguinett marcasu ri
Entrevista eduardo sanguinett marcasu ri
SFBabogados
 

Similar to Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional (20)

Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
Centro de normalización lingüística de la lengua de signos española.
 
parrafo medios de comunicación
parrafo medios de comunicaciónparrafo medios de comunicación
parrafo medios de comunicación
 
Mecanismos y procedimientos ddhh onu
Mecanismos y procedimientos ddhh onuMecanismos y procedimientos ddhh onu
Mecanismos y procedimientos ddhh onu
 
La supremacía del Inglés.
La supremacía del Inglés.La supremacía del Inglés.
La supremacía del Inglés.
 
Comunicación clara en tiempos oscuros
Comunicación clara en tiempos oscurosComunicación clara en tiempos oscuros
Comunicación clara en tiempos oscuros
 
Cupdf.com texto periodistico-5584ada1612a9
Cupdf.com texto periodistico-5584ada1612a9Cupdf.com texto periodistico-5584ada1612a9
Cupdf.com texto periodistico-5584ada1612a9
 
Bilingual Legal Dictionary
Bilingual Legal DictionaryBilingual Legal Dictionary
Bilingual Legal Dictionary
 
Texto periodistico
Texto periodisticoTexto periodistico
Texto periodistico
 
Normas y registros
Normas y registrosNormas y registros
Normas y registros
 
431
431431
431
 
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuánLa interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
La interpretación social en el ámbito sanitario laura sanjuán
 
Entrevista eduardo sanguinett marcasu ri
Entrevista eduardo sanguinett marcasu riEntrevista eduardo sanguinett marcasu ri
Entrevista eduardo sanguinett marcasu ri
 
Documentación
DocumentaciónDocumentación
Documentación
 
Documentación
DocumentaciónDocumentación
Documentación
 
TIPOS Y MODOS DE INTERPRETACIÓN.
TIPOS Y MODOS DE INTERPRETACIÓN.TIPOS Y MODOS DE INTERPRETACIÓN.
TIPOS Y MODOS DE INTERPRETACIÓN.
 
Trab col diseñando y construyendo 32
Trab col diseñando y construyendo   32Trab col diseñando y construyendo   32
Trab col diseñando y construyendo 32
 
2003 barboza argentina_introducción_al_dip
2003 barboza argentina_introducción_al_dip2003 barboza argentina_introducción_al_dip
2003 barboza argentina_introducción_al_dip
 
2003 barboza argentina_introducción_al_dip
2003 barboza argentina_introducción_al_dip2003 barboza argentina_introducción_al_dip
2003 barboza argentina_introducción_al_dip
 
Despilafarro de un idioma
Despilafarro de un idiomaDespilafarro de un idioma
Despilafarro de un idioma
 
Derecho internacional privado cuadro explicativo
Derecho internacional privado cuadro explicativoDerecho internacional privado cuadro explicativo
Derecho internacional privado cuadro explicativo
 

Recently uploaded

Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Francisco158360
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
JonathanCovena1
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
lupitavic
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
NancyLoaa
 

Recently uploaded (20)

origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 

Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional

  • 1. Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Cono nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce nocer Conocer para reconocer EXTERIORES para reconocer Conocer para recono GOBIERNO DE ESPAÑA MINISTERIO Conocer DE ASUNTOS COMISIÓN EUROPEA DIRECCIÓN GENERAL DE TRADUCCIÓN Y REPRESENTACIÓN Y DE COOPERACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA EN ESPAÑA Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce nocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para recono Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer C cer para reconocer Conocer para reconocer Conocer para reconocer Conoce
  • 2. 1
  • 3. 2
  • 4. Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional Conocer para reconocer 3
  • 5. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN SUBSECRETARÍA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA VICESECRETARÍA GENERAL TÉCNICA ÁREA DE DOCUMENTACIÓN Y PUBLICACIONES IMPRENTA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN NIPO:501-11-031-4 4 Depósito Legal: M.
  • 6. Presentación Erik Camayd Freixas, PhD* Si bien la traducción (escrita) y la in- seminó por todo el mundo, dondequiera terpretación (oral) son quehaceres anti- que existiese una presencia de la ONU. quísimos de la humanidad, las profesio- A partir del uso de la interpretación nes de traductor e intérprete datan de simultánea con equipo de sonido (micró- menos de un siglo. Teniendo en cuenta fono, amplificador, transmisor, receptor la amplia gama de contextos en que hoy y audífono), procedimiento que se estre- día intervienen los intérpretes y traduc- na en Nuremberg y se adopta permanen- tores (contexto diplomático, técnico, ju- temente en la ONU, la profesión entra en rídico, médico, de servicios sociales o de una nueva etapa en la que su desarrollo índole comercial: comprendidos todos en pasa del campo diplomático al de la in- este Libro Blanco bajo el útil concepto de terpretación de congresos internaciona- «traducción institucional»), se colige que les sobre los más diversos temas, lo que ambas actividades son absolutamente en general se denomina «interpretación necesarias e imprescindibles en las ad- de conferencias» o «interpretación técni- ministraciones públicas. ca». Se instituye entonces en Ginebra la La profesión de intérprete se inaugura Association Internationale des Interprètes en París a principios del siglo XX con la de Conférence (AIIC), fundada en 1953, y Liga de las Naciones, es decir, en el cam- que hoy cuenta con casi 3,000 miembros po diplomático. Al finalizar la Segunda en más de 90 países. El mismo año se Guerra Mundial, e impulsada por el jui- funda en París la Fédération Internationale cio de Nuremberg que sirvió de escenario des Traducteurs (FIT), adscrita a la internacional para el uso de la interpre- UNESCO, y hoy con presencia en más de tación simultánea, la profesión alcanzó 50 países y, por medio de sus asociacio- su primer momento de auge con la re- ——————— * Catedrático de Estudios Hispánicos en Florida cién creada Organización de las Naciones International University, Miami, y director del Pro- Unidas (1945), primero en Ginebra, lue- grama de Traducción e Interpretación de esa uni- go en París y Nueva York, y de ahí se di- versidad. 5
  • 7. nes afiliadas, la representación de más Consorcio de Tribunales Estatales, que de 60.000 traductores e intérpretes en los hoy incluye a 45 de los 50 estados. No cinco continentes. obstante, aun perviven marcados desni- En 1959 en los Estados Unidos se fun- veles en diversas regiones, estados y con- dó la American Translators Association dados a lo largo del país. (ATA), que ahora tiene más de 11.000 Muy otro es el caso de países como miembros en más de 90 países. Si bien Australia, donde ya para los años 90 se la ATA comenzó principalmente como una había alcanzado un alto grado de asociación de traductores, actualmente profesionalización en el campo de la in- cuenta con una amplia División de Inter- terpretación, sobre todo la llamada inter- pretación, lo cual refleja a su vez el cre- pretación en los servicios públicos ciente número de profesionales que ejer- (community interpreting), convirtiéndose en cen ambas modalidades traductivas, la modelo de relieve internacional. Por otro escrita y la oral. lado, en países como la Argentina, existe La Ley Federal de Intérpretes Judicia- desde hace décadas la figura del «traduc- les de 1978 marcó en Estados Unidos el tor jurado» como funcionario público, en paso de la interpretación diplomática a tanto que en EE.UU. y otros países la tra- la jurídica, donde se usan el modo simul- ducción y la interpretación siguen siendo táneo para el acusado y el modo conse- mayormente profesiones no reguladas. cutivo para los testigos. Antes de esta ley, Esto tiene ventajas y desventajas. Un mer- no se reconocía el derecho a un intérpre- cado más abierto y menos reglamentado te, por lo que se les negaba dicho servicio ofrece a los principiantes mayores opor- a los acusados cuyo inglés era limitado, tunidades de ingreso en la profesión, pero de modo que se juzgaba y condenaba a también retrasa la profesionalización del reos que ni entendían el proceso ni po- gremio y mantiene bajos los salarios y el dían contribuir a su propia defensa. A nivel de la interpretación. La carencia de medida que aumentaba la conciencia en regulación mediante una licencia estatal el ámbito judicial de que aquello consti- u otras credenciales reconocidas nacional tuía una violación de derechos constitu- o internacionalmente significa que muchas cionales, se comenzó a asignar informal- personas sin formación profesional ni cer- mente a voluntarios o intérpretes ad hoc, tificación alguna pueden ejercer el oficio no profesionales, y a menudo hasta vin- de traductor o intérprete y ocupar pues- culados con una de las partes interesa- tos que, en mejores circunstancias, esta- das, lo que eliminaba la imparcialidad del rían destinados a los que sí han recibido intérprete. Al difundirse el uso de intér- una formación y tienen credenciales de pretes ad hoc, aumentó desmedidamente profesional calificado. Esto les resta valor el número de apelaciones por deficiencias a los estudios y credenciales profesiona- en la interpretación. Se hizo evidente la les y redunda ulteriormente en detrimen- necesidad de regular y profesionalizar al to del cliente y de la profesión. intérprete judicial, siendo éste el objetivo En años recientes en los Estados Uni- de la Federal Court Interpreters Act of dos se ha independizado y profesionali- 1978, que llevó a que se estableciera zado cada vez más un sector muy impor- el examen federal de certificación de in- tante, el de la interpretación médica. En térpretes judiciales y se formularan nor- este caso, fueron las asociaciones profe- mas profesionales y un código deontoló- sionales y la industria privada de servi- gico. Esto inmediatamente elevó el nivel cios de interpretación telefónica las que de la interpretación en los tribunales promovieron el desarrollo del sector. Ac- federales. tualmente, la International Medical A nivel estatal y de distrito, sin embar- Interpreters Association (IMIA) y la National go, fueron necesarios otros 20 años para Coalition of Interpreters in Health Care que se adoptara el modelo federal. Así, a (NCIHC) están en vías de organizar sen- finales de la década de 1990, se comenzó dos exámenes de certificación nacional 6 a organizar el examen de certificación del para intérpretes médicos.
  • 8. Si bien existen, pues, las condiciones presentan las nuevas tecnologías y su óp- y los modelos para la profesionalización timo modo de aplicación a los diversos de este sector, carece el campo de los ser- contextos, sectores y modalidades del cam- vicios públicos del presupuesto y la finan- po de la traducción y la interpretación. ciación suficientes para pagar salarios La tarea que se impone para la conti- competitivos con los que atraer a intér- nuada profesionalización de este campo pretes cualificados, fomentar la constitu- es la de homologar las normas y prácti- ción de asociaciones profesionales y lan- cas profesionales siguiendo los modelos zar programas de certificación. Esta exitosos en cada sector y adaptándolos a carencia es típica del sector y se aprecia las diferentes condiciones nacionales y en muchos países. De hecho es difícil vis- locales. A la larga lo que se busca es la lumbrar en el futuro cercano un cambio adopción de normas internacionales para en esta situación que lleve al desarrollo la interpretación judicial, la médica y la del sector de los servicios públicos. institucional, como existen ya desde hace Entre las posibles soluciones a este di- tiempo para la interpretación diplomáti- lema se encuentran: fomentar programas ca y de conferencias, y para la traduc- de capacitación para traductores e intér- ción escrita. pretes de las Administraciones Públicas, Históricamente, ese proceso ha sido y establecer pautas profesionales empíri- impulsado a veces por las instituciones cas como precisamente lo hace este im- que precisan de servicios lingüísticos, a portante Libro Blanco de la traducción y la veces por las asociaciones profesionales interpretación institucional en España. y la industria privada, pero siempre y en A pesar de los avances de la profesión en todo caso por la investigación y las publi- Europa, como la creación de EULITA caciones especializadas. (European Union Legal Interpreters and El Libro Blanco de la traducción y la in- Translators Association) en noviembre de terpretación institucional en España cum- 2009, asociación de asociaciones nacio- ple con estos objetivos a varios niveles. nales del ámbito jurídico, y la nueva Di- Es ante todo un imprescindible manual rectiva 2010/64/UE del Parlamento Eu- para todo traductor profesional y para ropeo y del Consejo de 20 de octubre de quienquiera que se interese en la profe- 2010 relativa al derecho a interpretación sión. Recoge sondeos y datos empíricos y traducción en los procesos penales, que- sobre la práctica de la traducción en di- da aún mucho para que se logre una uni- versas instituciones del país, y los anali- formidad en la práctica de la interpreta- za en cuanto a su eficacia, uniformidad y ción jurídica entre los diversos países de conformidad con las normas establecidas la Unión Europea, de la interpretación ins- y las mejores prácticas de la profesión, titucional en diversas regiones y depen- para luego proponer reformas consecuen- dencias incluso dentro de un mismo país. tes. Por su método y su alcance, el Libro A este panorama se suma el advenimien- Blanco constituye un modelo digno de to de la interpretación a distancia (telefó- emularse en otros contextos nacionales nica, por vídeoconferencia o videoteléfono), y una valiosa contribución hacia el desa- la cual presenta nuevos retos en cuanto a rrollo de normas internacionales para la sus normas, métodos y aplicación. Es de- traducción e interpretación institucional. cir, a la creciente variedad de contextos Esperemos que sus recomendaciones se en los que se requiere hoy en día los servi- lleven a la práctica de manera expedita, cios de interpretación y traducción, y a la para bien de los usuarios y proveedores falta de uniformidad, de región a región, de servicios lingüísticos, así como de la en cuanto a normas y prácticas profesio- profesión en general. nales, hay que añadir la variante que re- 7
  • 9. 8
  • 10. El presente Libro Blanco ha sido ela- Arangüena, C. (coord.) Procedural Safe- borado por los integrantes de la Red de guards in Criminal Proceedings throughout Intérpretes y Traductores de la Adminis- the European Union. Valladolid: Lexnova, tración Pública (RITAP): pp. 250-270. Elhassane Benhaddou Handi El capítulo relativo a los intérpretes de Maite Fernández lengua de signos ha sido elaborado por la Catalina Fiol Federación Española de Intérpretes de Ramón Garrido Nombela Lengua de Signos y Guías-Intérpretes, Luis González FILSE. http://www.filse.org/ Alfonso Mantecón Sancho El capítulo VII se ha preparado con la M.ª Dolores Ortigosa Lorenzo aportación de Miguel Ángel González Re- Sonsoles Plaza Blázquez yes, Intérprete Oficial del TSJC (Las Pal- Bárbara Navaza mas), Coordinador de Intérpretes Exter- Leandro Valencia Alonso nos (provincia de Las Palmas), Dirección General de Relaciones con la Adminis- Además, los autores del Libro Blanco tración de Justicia, Viceconsejería de agradecen las siguientes colaboraciones: Justicia y Seguridad, Gobierno de Ca- Para el capítulo relativo a la situación narias en la Administración de Justicia/Minis- La contribución de ASETRAD es un ex- terio de Justicia se han empleado extrac- tracto de la ponencia presentada por Raúl tos actualizados del artículo: Ortega García, intérprete jurado de inglés y de fran- Herráez, J.M., S. Plaza, C. Fiol y N. cés y socio director de Exhibit Translations, Hernández (2007). <<Court interpreters S.L., con motivo de la V Jornada sobre Co- in Spain faced with the Proposal for a municación Intercultural, Traducción e Council Framework Decision on Procedu- Interpretación en los Servicios Públicos, ral Rights in Criminal Proceedings organizada por la Universidad de Alcalá de throughout the European Union>>. En Henares el 11 de junio de 2010. 9
  • 11. 10
  • 12. Índice Página Presentación .............................................................................. 5 I. Introducción....................................................................... 13 II. Marco jurídico de la Traducción e Interpretación institucional.. 17 III. Traducción, interpretación y actividades afines en la Admi- nistración española: aproximación a un catálogo profesional.. 37 IV. Datos de los cuestionarios .................................................. 41 V. Situación de traductores e intérpretes ................................. 45 VI. Propuestas de reforma............................................................. 81 VII. Un modelo de gestión ajustado a los principios de la Directi- va 2010/64/UE....................................................................... 89 VIII. Código deontológico y de buenas prácticas............................. 99 ANEXOS....................................................................................... 101 1. Contribuciones de asociaciones................................................. 103 2. Recursos documentales y terminológicos................................ 111 3. Conclusiones del Foro de Reflexión........................................ 119 4. Oferta de Formación - Red Comunica..................................... 123 5. Revista de prensa.................................................................... 129 11
  • 13. 12
  • 14. I. Introducción La idea de elaborar un Libro Blanco tánea más precisa posible de esa figura sobre la situación de traductores e intér- un poco borrosa que es la del traductor pretes en la Administración española se o el intérprete que trabaja en los servi- lanzó en la II Jornada de Traducción y cios administrativos. Esa imagen está ad- Terminología Institucional, celebrada en quiriendo caracteres más nítidos en los la primavera de 2009. El objetivo era últimos tiempos, gracias a la aparición de realizar una radiografía lo más amplia reportajes periodísticos o de noticias — posible de las condiciones en las que tra- no siempre lisonjeras— que se refieren bajan estos profesionales y, en función a nuestra profesión. Sin embargo, lo cier- de unos resultados que ya preveíamos to es que buena parte de la actividad de poco halagüeños, formular las pertinen- los organismos públicos, incluso la de- tes propuestas para una reforma que si- fensa de algunos derechos fundamenta- gue siendo acuciante en el sector que les de las personas, sería muy difícil —o nos ocupa. El lema del que partíamos directamente imposible— sin la labor de en nuestro proyecto era el de «Cono- profesionales de la traducción/interpre- cer para reconocer», ya que difícilmen- tación y que ello no siempre se ve recom- te aquello que apenas se conoce pue- pensado por las condiciones de trabajo de gozar del reconocimiento que que la Administración les ofrece. Es pre- merece. El resultado es el documento ciso decirlo en voz bien alta: aunque que sigue a continuación. existen excepciones, las condiciones en Con este fin y a título particular, aun- las que se desarrolla el trabajo de los que con el apoyo de la Comisión Euro- traductores e intérpretes en nuestro sec- pea y del Ministerio de Asuntos Exterio- tor público distan mucho de ser las ade- res y de Cooperación, los integrantes de cuadas. la Red de Intérpretes y Traductores de Con este documento pretendemos, por las Administraciones Públicas (RITAP) un lado, dar voz a muchos profesionales hemos trabajado para obtener la instan- que trabajan anónimamente, y a veces 13
  • 15. en condiciones un tanto precarias, en nuestra labor o que le sirven de marco nuestra Administración. Por otro lado, de referencia. Ahí se puede apreciar nos mueve la idea de aunar en un único cómo algunas normas que deberían re- texto todos los problemas que aquejan a gular adecuadamente esta actividad, par- nuestro sector – el de la traducción e ticularmente en el ámbito de nuestras interpretación institucional – en busca leyes de enjuiciamiento, muchas veces la de interlocutores a los que llamar la mencionan de forma sonrojante sin que atención sobre la importancia de nues- los repetidos esfuerzos por modificar este tra labor y la necesidad de un mejor co- estado de cosas hayan arrojado fruto al- nocimiento —y por ende reconocimien- guno. Precisamente contra este tipo de to— de nuestras profesiones. Este Libro anomalías elevamos nuestra voz en este Blanco debe ser, pues, una síntesis de documento. nuestras demandas, pero también de las El capítulo siguiente esboza lo que po- tareas que nos incumben dentro del en- dríamos llamar un somero catálogo pro- tramado administrativo. fesional de la traducción/interpretación La aprobación de la Directiva sobre en nuestras Administraciones. Este re- derechos de traducción e interpretación paso, que podría parecer innecesario en los procesos penales por parte del para un especialista en la materia, es Consejo de la UE y el Parlamento Euro- fundamental para hacer comprender a peo supone, además, un hito esencial en todos la variada gama de actividades que el proceso de reconocimiento de la figu- traductores e intérpretes desempeñan y ra del traductor e intérprete como garan- la mayor o menor relevancia de su labor. te de los derechos individuales de las Hemos querido ser relativamente escue- personas, tal y como se consagran en la tos en este apartado, ya que no se tra- mayoría de las constituciones de los Es- taba de describir muy pormenoriza- tados miembros de la UE y en textos damente estas labores, sino tan sólo primordiales como el Convenio Europeo presentar algunas de sus notas esencia- de Derechos Humanos. Los distintos les de forma que el profano en la mate- países, entre ellos España, tendrán ahora ria pueda comprender dónde se inscri- que incorporar a su legislación nacional ben y cuál es su utilidad inmediata. Hay lo previsto en dicha Directiva, proceso que insistir en que una de las lacras que que, si se lleva a cabo acertadamente, acompaña a estos profesionales en su puede servir para dar un espaldarazo de labor diaria es el poco conocimiento que gran trascendencia a la figura de traduc- se tiene de su trabajo. tores e intérpretes. Para garantizar que La figura del traductor o intérprete tal ello vaya a ser así, estimamos que debe- vez esté algo difuminada entre la ciuda- ría contarse con nuestra aportación, es- danía, pero, en todo caso, detrás de cada pecialmente con la colaboración de la puesto de trabajo de los mencionados en Asociación Profesional de Traductores e el catálogo hay personas de carne y hue- Intérpretes Judiciales (APTIJ) en lo que so. Por eso intentamos recabar informa- al ámbito judicial se refiere. ción del mayor número posible de traduc- El Libro Blanco se abre con la presen- tores e intérpretes de la Administración tación a cargo del Dr. Erik Camayd- a través de un sencillo cuestionario, cu- Freixas, Director del Programa de Tra- yos resultados resumimos en este apar- ducción e Interpretación y fundador de tado. Aquí proponemos una batería de la Research Initiative on Immigration datos objetivos que trasladan esa «instan- Reform de la Florida International Uni- tánea» a que nos referimos al comienzo: versity. quiénes son, qué estudios tienen, cómo A continuación se presenta un capí- accedieron a su puesto, y una serie de tulo sobre el marco jurídico de nuestra preguntas relativas a las condiciones en actividad, en el que figuran los principa- las que trabajan. Una lectura atenta de les textos legales nacionales e instru- estos resultados permitirá sin duda ex- 14 mentos internacionales que mencionan traer las consecuencias correspondientes,
  • 16. entre ellas, el palmario desajuste entre el la traducción institucional, aun siendo nivel técnico de las funciones y las con- conscientes de las diferencias entre la diciones de acceso a sus puestos. actividad en los organismos internacio- El apartado siguiente tiene por objeto nales y las posibilidades de la Adminis- describir la situación laboral de traduc- tración española. De todos modos, den- tores e intérpretes en los distintos órga- tro de ésta se inscribe el Cuerpo de nos y unidades en los que trabajan los Traductores e Intérpretes cuyos miem- miembros de la RITAP, con algunos aña- bros desarrollan sus funciones en el Mi- didos. Aquí se impone una puntualiza- nisterio de Asuntos Exteriores y de Co- ción en cuanto a los colectivos represen- operación que podría, arbitrándose los tados en este Libro Blanco. Desde hace mecanismos pertinentes, acoger el em- algún tiempo, casi dos años, la RITAP brión de un futuro Cuerpo de traducto- procura ponerse en contacto con el ma- res e intérpretes de las Administraciones yor número de traductores e intérpretes Públicas, solución que estimamos podría que trabajan en la Administración y en satisfacer las necesidades que aquí se órganos constitucionales, u otros órga- exponen. nos públicos. Sabemos que existen im- El capítulo siguiente nos brinda la portantes colectivos de traductores en el oportunidad de acercarnos a una expe- CNI o el Banco de España, amén de otros riencia única en España: la gestión in- grupos de traductores más reducidos terna del servicio de traducción e inter- dispersos por las Administraciones. Hu- pretación judicial de Las Palmas de Gran biera sido ideal, pero utópico, contactar Canaria. Un único traductor-intérprete con todos ellos, y aunque el cuestiona- en plantilla ha conseguido, desde hace rio se envió a un elevado número de tra- diez años, gestionar el servicio de traduc- ductores e intérpretes (a todos los que se tores e intérpretes judiciales externos si- pudo localizar, en realidad), no todos los guiendo los criterios de calidad que se- destinatarios optaron por responder. En rán obligatorios con la nueva Directiva, todo caso, estamos convencidos de que y que incluyen la existencia de un regis- podremos poco a poco ir engrosando tro. También se nos ofrecen claves de sus nuestro número de contactos para am- ventajas económicas respecto a los mo- pliar la red en la medida de lo posible al delos tradicionales. mayor número de profesionales de estos El corolario de una radiografía como sectores que trabajan en las Administra- la expuesta en estas páginas debe ser el ciones Públicas. Cuanto más amplio sea análisis de los diversos problemas que el panorama, mejor apreciaremos los aquejan a la traducción e interpretación detalles. en nuestra Administración, y una pro- En todo caso, los órganos aquí repre- puesta de resolución de los mismos. Es sentados (Ministerios de Asuntos Exte- preciso poner en marcha un estado de riores y de Cooperación, Defensa, Inte- opinión, dado que los mecanismos admi- rior, servicios sanitarios públicos y la nistrativos no se distinguen por su agi- Administración de Justicia) engloban al lidad. Además, somos conscientes de que grueso de estos profesionales. Y este lo que tratamos de iniciar es un proceso apartado pretende mostrar que lo que que puede llevar tiempo y que necesita- decimos de traductores e intérpretes ins- rá de ajustes en todo su desarrollo. Lo titucionales responde a la realidad de su que estamos proponiendo es una «hoja labor cotidiana. Y los resultados son, en de ruta» que debe trazar la senda por la buena medida, un fiel reflejo de las con- que debe encaminarse la reforma del diciones poco estimulantes en las que se entorno de la traducción/interpretación desenvuelve su trabajo. en las Administraciones Públicas. Se ofrece también información sobre Con la idea de concienciar a la Admi- servicios de traducción internacionales, nistración de la especialización y la res- cuya organización podría resultar el mo- ponsabilidad que entraña el ejercicio de delo ideal al que aspirar en el ámbito de nuestra profesión, y siguiendo el modelo 15
  • 17. de algunos organismos internacionales, sus frutos si todos los interesados apor- especialmente de carácter jurisdiccional, tan su grano de arena. Pediremos la co- que cuentan con textos análogos, propo- laboración de todos: el camino no ha nemos también un código deontológico hecho más que empezar. para nuestra labor en la Administración. En este punto se advierte claramente la necesidad de iniciar un debate que podría Agradecimientos ser enriquecido por todos los interesados y que precisa de la aportación de los co- Queremos empezar agradeciendo a nues- lectivos de traductores más afectados por tro compañero Luis González, «antena» de los problemas deontológicos que se pue- la Dirección General de Traducción de la den plantear en un ámbito de la traduc- Comisión Europea en España, el apoyo ción/interpretación especialmente delica- material y logístico que nos ha prestado do, el que se refiere a la protección de los a lo largo de todo el proyecto y el interés derechos fundamentales. que ha mostrado por una causa que sólo La traducción institucional en la Ad- es «suya» de forma tangencial. También ministración española constituye un mo- queremos agradecer a D.ª Rosa A. saico muy rico, y para trazar un pano- Martínez Frutos, Secretaria General Téc- rama lo más completo posible hemos nica del Ministerio de Asuntos Exteriores optado por incluir en anexos diversas co- y de Cooperación, a D. Ángel de Juanes, laboraciones de asociaciones o colectivos Presidente de la Audiencia Nacional y a afines o complementarios cuya labor se D.ª Esther Corral, excoordinadora de la inscribe en este mismo campo de mane- Oficina de Interpretación de Lenguas, por ra más directa o más tangencial. La lec- el interés y apoyo prestados al proyecto. tura de estas aportaciones permitirá La colaboración de APTIJ, la Asociación comprender en toda su magnitud la va- Profesional de Traductores e Intérpretes riada gama de intereses y protagonistas Judiciales y Jurados, ha sido también que confluyen en este entorno y la pro- inestimable para llevar a buen puerto este blemática poliédrica del mundo de la tra- proyecto. No podemos olvidar tampoco a ducción e interpretación en la Adminis- todas las personas que han contribuido tración. Ello se advierte, por ejemplo, en a los distintos apartados del Libro Blan- el anexo periodístico en el que reprodu- co y a quienes nos han formulado suge- cimos tan sólo una selección de las di- rencias al respecto. versas informaciones que, generalmente En definitiva, este Libro Blanco se ha para desgracia nuestra, aparecen en los preparado teniendo presentes a todos medios de comunicación mostrando la esos traductores e intérpretes anónimos irritante ignorancia que muchas instan- que, lejos de figurar en cubiertas de li- cias administrativas muestran en todo lo bros o de protagonizar estudios académi- referente a nuestra profesión. cos, desempeñan su labor día a día en Seguiremos trabajando, porque este condiciones muy poco favorables y con Libro Blanco no es más que el comienzo escaso o nulo reconocimiento por su tra- de un esfuerzo que seguramente se pro- bajo. longará en el tiempo y que sólo rendirá 16
  • 18. II. Marco jurídico de la traducción e interpretación institucional Los traductores e intérpretes institucio- Artículo 5. Derecho a la libertad y a la nales desarrollan su labor en múltiples seguridad. sectores de la Administración Pública. 2. Toda persona detenida preventiva- A continuación se exponen algunas de mente debe ser informada, en el más las normas más importantes, naciona- breve plazo y en una lengua que com- les e internacionales, que de manera prenda, de los motivos de su detención directa o indirecta se refieren a la fi- y de cualquier acusación formulada con- gura del traductor e intérprete y que, tra ella. por consiguiente, son de aplicación a Artículo 6. Derecho a un proceso equi- los profesionales que trabajan en la Ad- tativo ministración. También se exponen al- 3. Todo acusado tiene, como mínimo, los gunas normas que si bien omiten toda siguientes derechos: referencia directa o indirecta a la figura a) a ser informado, en el más breve pla- del traductor, intérprete o mediador lin- zo, en una lengua que comprenda y de- güístico, son de difícil cumplimiento por talladamente, de la naturaleza y de la parte de la Administración sin estos pro- acusación formulada contra él fesionales. (…) Uno de los principales instrumentos e) A ser asistido gratuitamente de un internacionales que recoge el derecho a intérprete, si no comprende o no habla un intérprete es el Convenio para la Pro- la lengua empleada en la audiencia. tección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, aproba- Más tarde, ya en sede de Naciones Uni- do por el Consejo de Europa (Roma, 4 de das, el derecho a intérprete se recoge en noviembre de 1950) y ratificado por Es- el Pacto Internacional de Derechos Ci- paña el 4 de octubre de 1979. Este texto, viles y Políticos (Nueva York, 16 de di- conocido igualmente con el nombre de ciembre de 1966), ratificado por España Convenio Europeo de Derechos Humanos el 27 de abril de 1977, que dispone en su (CEDH), dispone lo siguiente: artículo 14.3: 17
  • 19. Durante el proceso, toda persona acu- ¿Cómo atienden nuestras leyes al dere- sada de un delito tendrá derecho, en cho de interpretación? plena igualdad, a las siguientes garan- La Ley Orgánica del Poder Judicial, tías mínimas: de 1 de julio de 1985, dispone en su artí- a) a ser informada sin demora, en un culo 231.5: idioma que comprenda y en forma de- 5. En las actuaciones orales se podrá ha- tallada, de la naturaleza y de las cau- bilitar como intérprete a cualquier perso- sas de la acusación formulada contra na conocedora de la lengua empleada, ella; previo juramento o promesa de aquélla. f) a ser asistida gratuitamente por un En la práctica procesal de nuestros intérprete, si no comprende o no habla tribunales, el juez o magistrado exige el idioma empleado en el tribunal. al intérprete que preste juramento o El derecho de los imputados y acusa- promesa de que va a desarrollar bien y dos a la interpretación en sede judicial y fielmente su labor. Basta con que diga policial está, por lo tanto, claramente con- «prometo desempeñar bien y fielmente sagrado en la legislación internacional, mi trabajo» para que haya cumplido que al formar parte de nuestro ordena- todos los requisitos legales. miento jurídico interno es de obligado Lo anterior queda aún más patente cumplimiento. centrándonos ya en los textos propiamen- En el plano de la legislación nacional te procesales. En primer lugar está nues- debemos referirnos, en primer lugar, a la tra Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se Constitución Española de 1978. trata de una norma que data del siglo XIX. El derecho al intérprete y a la tra- Fue promulgada por Real Decreto de 14 ducción en el proceso penal es una exi- de septiembre de 1882, aunque ha sufri- gencia constitucional. Aunque ningún do numerosas reformas y se está deba- artículo lo recoja expresamente, tanto la tiendo un nuevo texto. jurisprudencia como la doctrina entien- Esta ley, cuando regula el derecho de den que debe entenderse comprendido defensa, la asistencia de Abogado y el tra- en el artículo 24.1 que prohíbe la exis- tamiento de los detenidos y presos, esta- tencia de situaciones de indefensión. blece en su artículo 520 que entre los Dice este artículo: derechos que tiene el detenido está el derecho a intérprete. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jue- Artículo 520. ces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos sin que, 2. Toda persona detenida o presa será en ningún caso, pueda producirse in- informada, de modo que le sea compren- defensión. sible, y de forma inmediata, de los he- chos que se le imputan y las razones Cuando la Constitución en el artículo motivadoras de su privación de libertad, 17 consagra el derecho a la libertad y así como de los derechos que le asisten establece que su restricción debe obser- y especialmente de los siguientes: var siempre lo dispuesto en la propia Constitución y en las leyes, el apartado e ) Derecho a ser asistido gratuitamen- 3 añade: te por un intérprete, cuando se trate de extranjero que no comprenda o no ha- Toda persona detenida debe ser infor- ble el castellano. mada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y Este artículo rige no sólo para las de- de las razones de su detención, no pu- claraciones que los detenidos prestan en diendo ser obligada a declarar. Se garan- sede judicial sino también en sede poli- tiza la asistencia de abogado al detenido cial, es decir, en las comisarías o coman- en las diligencias policiales y judiciales, dancia de la Guardia Civil, antes de ser 18 en los términos que la Ley establezca. puestos a disposición judicial.
  • 20. En otra parte de la LECr, en la fase de nes que se esperasen del testigo fueren instrucción preliminar o «sumario» den- importantes, se redactará el pliego de tro del procedimiento ordinario, es decir, preguntas que hayan de dirigírsele y el procedimiento seguido para el enjui- se remitirá a la Oficina de Interpreta- ciamiento de los delitos castigados con ción de Lenguas del Ministerio de Esta- pena privativa de libertad superior a nue- do, para que, con preferencia a todo otro ve años, el artículo 440 reconoce al testi- trabajo, sean traducidas al idioma que go el derecho a intérprete si no entiende hable el testigo. o no habla el idioma español. Lo hace de El interrogatorio ya traducido se en- la siguiente manera: tregará al testigo para que, a presencia Artículo 440. del Juez, se entere de su contenido y redacte por escrito en su idioma las Si el testigo no entendiere o no hablare oportunas contestaciones, las cuales se el idioma español, se nombrará un in- remitirán del mismo modo que las pre- térprete, que prestará a su presencia guntas a la Interpretación de Lenguas. juramento de conducirse bien y fielmen- te en el desempeño de su cargo. La referencia anterior a la Oficina de Por este medio se harán al testigo las Interpretación de Lenguas como último preguntas y se recibirán sus contesta- recurso para aquellos casos en los que ciones, que éste podrá dictar por su no se consigue traductor ha quedado tá- conducto. citamente derogada por un acuerdo al En este caso, la declaración deberá que llegaron el Ministerio de Justicia y el consignarse en el proceso en el idioma Ministerio de Asuntos Exteriores y de Co- empleado por el testigo y traducido a operación. continuación al español. Por último, en sede del procedimiento abreviado, hay que mencionar el artículo En cuanto a la cualificación y acredi- 762.8 LECr, que recoge lo siguiente: tación del intérprete no hay más que se- guir leyendo: Cuando los imputados o testigos no hablaren o no entendieren el idioma es- Artículo 441. pañol, se procederá de conformidad con El intérprete será elegido entre los que lo dispuesto en los artículos 398, 440 y tengan títulos de tales, si los hubiere en 441, sin que sea preciso que el intér- el pueblo. En su defecto, será nombra- prete designado tenga título oficial. do un maestro del correspondiente idio- El procedimiento abreviado, introdu- ma, y si tampoco le hubiere, cualquier cido por el legislador mediante Ley Orgá- persona que lo sepa. nica 7/1988, de 28 de diciembre, y que Lo que debería ser la excepción se ha desde entonces ha sufrido ya algunas mo- convertido en regla general. Exceptuan- dificaciones, lejos de corregir la falta de do a los traductores en plantilla que rigor del artículo 441 de la LECr, flexibi- superan un concurso-oposición y a al- liza aún más la elección de intérprete gunos interinos a los que se les ha exi- porque elimina cualquier orden de pre- gido que demuestren su competencia lación y establece que no es necesario que antes de ser contratados, la Adminis- el intérprete tenga un título oficial. Con- tración raramente controla los conoci- viene tener presente que este procedi- mientos de las personas llamadas a miento se aplica al enjuiciamiento de actuar como intérpretes en sede judi- delitos castigados con pena privativa de cial y, por analogía, en sede policial. libertad de hasta nueve años. Estadísti- Vale cualquier persona que dice saber camente es el procedimiento penal más o conocer un idioma. usado. Este artículo añade: Los artículos de la LECr han queda- Si ni aun de esta manera pudiera do obsoletos, son propios del siglo XIX obtenerse la traducción, y las revelacio- y no reflejan la transformación que ha 19
  • 21. sufrido la sociedad española. No es de General Penitenciaria. extrañar que omitan las titulaciones El artículo 15 regula el ingreso en un existentes en materia de traducción e establecimiento penitenciario. En su interpretación, u otras análogas. apartado 5 dispone: Esto último ocurre también en la Ley Los internos extranjeros tienen dere- de Enjuiciamiento Civil, que aun sien- cho a que se ponga en conocimiento de do de fecha mucho más reciente (7 de las autoridades diplomáticas o consu- enero de 2000) establece en su artículo lares correspondientes su ingreso en 143.1: prisión. A tal fin, en el momento del in- 1. Cuando alguna persona que no co- greso, incluido el voluntario a que se nozca el castellano ni, en su caso, la refiere el artículo siguiente, se les infor- lengua oficial propia de la Comunidad mará de forma comprensible, a ser po- Autónoma hubiese de ser interrogada o sible en su propio idioma, de este dere- prestar alguna declaración, o cuando cho, recabando por escrito su fuere preciso darle a conocer personal- autorización para proceder, en su caso, mente alguna resolución, el tribunal por a tal comunicación. medio de providencia podrá habilitar Más adelante, el artículo 43.2 que regula como intérprete a cualquier persona co- la intervención de las comunicaciones nocedora de la lengua de que se trate, orales de los reclusos dispone: exigiéndosele juramento o promesa de fiel traducción. En los casos de intervención, los comu- nicantes que no vayan a expresarse en Conviene tener presente que en el or- castellano o en la lengua cooficial de la den civil, cuando el justiciable descono- respectiva Comunidad Autónoma, ad- ce el idioma empleado por el tribunal y vertirán de ello con anterioridad al Di- además goza del derecho de asistencia rector del centro, que adoptará las me- jurídica gratuita, el Estado no sólo le didas oportunas para que la pondrá un abogado de oficio, sino tam- comunicación pueda intervenirse ade- bién le proporcionará un intérprete, así cuadamente. como la traducción de los documentos que presente a instancia del Juzgado o El artículo opta por no concretar el Tribunal o de la autoridad competente y modo de proceder y deja al arbitrio de que sean necesarios para resolver el cada Director de Centro la forma concre- asunto. ta de actuar. La Administración Penitenciaria es otro En cuanto a la intervención de las sector que merece una breve mención. En comunicaciones escritas, el artículo 46.5 los últimos años la composición de la dispone: población reclusa ha variado y existe una mayor presencia de reclusos extranjeros. En los casos en que, por razones de El Reglamento Penitenciario es una nor- seguridad, del buen orden del estable- ma clave que regula la ejecución de las cimiento o del interés del tratamiento, el penas y medidas de seguridad privativas Director acuerde la intervención de las de libertad, así como el régimen de los comunicaciones escritas, esta decisión detenidos a disposición judicial y de los se comunicará a los internos afectados presos preventivos, y en él se menciona y también a la autoridad judicial de que también la necesidad de los internos ex- dependa si se trata de detenidos o pre- tranjeros de hacerse entender ante las sos, o al juez de Vigilancia si se trata de autoridades del centro penitenciario. Los penados. Cuando el idioma utilizado no siguientes artículos están tomados del pueda ser traducido en el establecimien- actual Reglamento Penitenciario, apro- to, se remitirá el escrito al centro directi- bado por Real Decreto 190/1996, de 9 de vo para su traducción y curso posterior. febrero, que desarrolla y ejecuta la Ley Otro tema sumamente importante es 20 Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, la información que todo interno debe re-
  • 22. cibir en cuanto a sus derechos y deberes, lengua del interesado y, si fuera nece- el régimen del Establecimiento, las nor- sario, se recabará la colaboración de los mas disciplinarias y los medios para for- servicios consulares del Estado a que mular peticiones, quejas y recursos. El aquél pertenezca. Reglamento Penitenciario habla, entre Son los funcionarios y los propios in- otras cosas, de la entrega de folletos in- ternos los que se convierten en impro- formativos generales. Los artículos 52.2 visados intérpretes, ya que el Regla- y 52.3 mencionan a los reclusos extran- mento Penitenciario considera, al jeros. El artículo 52.3 incluso prevé la parecer, que están cualificados para posibilidad de que se precise la interven- hacer una traducción a la vista. Si aun ción de un intérprete («traductor oral»). así no es posible realizar una «traducción Artículo 52.1: Los internos recibirán a oral», la norma deja abierta la vía de soli- su ingreso información escrita sobre citar ayuda a los servicios consulares. sus derechos y deberes, el régimen del Dentro del procedimiento que la Ad- Establecimiento, las normas disciplina- ministración Penitenciaria debe seguir rias y los medios para formular peti- para imponer sanciones y faltas discipli- ciones, quejas y recursos. Con este fin, narias, el Reglamento Penitenciario men- se les entregará un ejemplar de la car- ciona también en su artículo 242 la posi- tilla o folleto informativo general y de bilidad de recurrir a un intérprete: las normas del régimen interior del j. Posibilidad de asistirse de un funcio- Centro Penitenciario de que se trate, nario o interno como intérprete si se tra- que el Centro Directivo de la Adminis- ta de un interno extranjero que desco- tración Penitenciaria correspondiente nozca el castellano. editará necesariamente en castellano y en la lengua cooficial de la Comuni- Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dad Autónoma donde radique el Cen- por otro lado, tienen encomendadas la- tro penitenciario. bores para cuyo cumplimiento se preci- Artículo 52.2: A los internos extranje- sa la activa colaboración de traductores ros se les informará, además, de la po- e intérpretes policiales. Los siguientes ar- sibilidad de solicitar la aplicación de tra- tículos del Real Decreto 1181/2008, de tados o convenios internacionales 11 de julio, por el que se modifica y de- suscritos por España para el traslado a sarrolla la estructura orgánica básica del otros países de personas condenadas, Ministerio del Interior, sirven para dar así como de la sustitución de las penas una idea de los campos a los que nos impuestas o a imponer por la medida referimos. En el ámbito del Cuerpo Na- de expulsión del territorio nacional, en cional de Policía, el artículo 3, apartado los casos y con las condiciones previs- A) subapartados 1. f. y g , enumera como tas por las leyes. Igualmente, se les fa- funciones encomendadas al Director Ge- cilitará la dirección y el número de telé- neral: fono de la representación diplomática f. Disponer la colaboración y la presta- acreditada en España del país corres- ción de auxilio a las policías de otros pondiente. países, en cumplimiento de las funcio- Artículo 52.3: A estos efectos, el men- nes que atribuye al Cuerpo Nacional de cionado Centro Directivo procurará edi- Policía la Ley Orgánica 2/1986, de 13 tar folletos de referencia en aquellos de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Se- idiomas de grupos significativos de in- guridad, de conformidad con los crite- ternos extranjeros en los Establecimien- rios que al respecto establezca la Se- tos españoles. A los extranjeros que cretaría de Estado de Seguridad. desconozcan los idiomas en que se en- g. Dirigir, organizar y controlar el cum- cuentre editado el folleto se les hará una plimiento de lo dispuesto en materia de traducción oral de su contenido por los extranjería, documento nacional de funcionarios o internos que conozcan la identidad, pasaportes, juegos, drogas, 21
  • 23. control de las entidades y servicios pri- criterios que al respecto establezca la vados de seguridad, vigilancia e inves- Secretaría de Estado de Seguridad. tigación y espectáculos públicos, todo 1. f. En el ejercicio de sus competencias, ello en el ámbito policial y en los térmi- y en relación con la extranjería e inmi- nos previstos en la legislación vigente. gración, actuar, de acuerdo con la nor- mativa vigente en la materia, en coordi- Más adelante, el artículo 3, apartado nación con el Ministerio de Trabajo e A) subapartados 3. b y d, menciona las Inmigración a través de la Secretaría de funciones que corresponden a las Comi- Estado de Inmigración y Emigración. sarías Generales de Policía Judicial y Co- misarías Generales de Extranjería y Fron- La Jefatura Fiscal y de Fronteras, que teras respectivamente, que son las depende del Director Adjunto Operativo, siguientes: ejerce las funciones que se recogen en el artículo 3, apartado B) subapartado 4. e: 3.b A la Comisaría General de Policía Judicial, la investigación y persecución e. La Jefatura Fiscal y de Fronteras, al de las infracciones supraterritoriales, mando de un Oficial General de la Guar- especialmente los delitos relacionados dia Civil en situación de servicio activo, con las drogas, la delincuencia organi- a la que corresponde organizar y gestio- zada, económica, financiera, tecnológi- nar el resguardo fiscal del Estado, las ca y el control de los juegos de azar, así actuaciones encaminadas a evitar y per- como la colaboración con las policías de seguir el contrabando, el narcotráfico y otros países y la dirección de las ofici- demás tráficos ilícitos en el ámbito de las nas nacionales de Interpol y Europol. funciones encomendadas a la Guardia Asimismo, le corresponderá la dirección Civil por la normativa vigente, así como de los servicios encargados de la inves- la custodia y vigilancia de las costas, tigación de delitos monetarios y los re- fronteras, puertos, aeropuertos y mar lacionados con la moneda, así como la territorial y, en este ámbito, el control de colaboración con los servicios correspon- la inmigración irregular. dientes del Banco de España en estos Finalmente debe mencionarse también asuntos. la Dirección General de Relaciones Inter- 3.d A la Comisaría General de Extran- nacionales y Extranjería, que de confor- jería y Fronteras, la expedición de las midad con el artículo 8.1 tiene encomen- tarjetas de extranjero, el control de en- dadas: trada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; la prevención, a. La coordinación en materia de coope- persecución e investigación de las re- ración y policial internacional y la de- des de inmigración ilegal, y, en gene- finición de las acciones y programas ral, el régimen policial de extranjería, de actuación de los órganos técnicos refugio y asilo e inmigración. del Ministerio del Interior existentes en las Misiones Diplomáticas, su or- En el ámbito del Cuerpo de la Guardia ganización interna y dotación presu- Civil, el artículo 3, apartado B) subapar- puestaria, así como su inspección téc- tado 1. a.5, y el artículo 3, apartado B), nica y control, sin perjuicio de las subapartado 1.f., enumeran como funcio- facultades de dirección y coordina- nes encomendadas al Director General: ción del Jefe de la Misión Diplomáti- 1. a. 5 Obtener, centralizar, analizar, va- ca y de la Representación Permanen- lorar y difundir la información necesa- te respectiva. ria para el desarrollo de sus misiones, b. Coordinar la participación de los re- así como el establecimiento y manteni- presentantes del Ministerio en los miento del enlace y coordinación con grupos y Comités del Consejo de la otros órganos de información naciona- Unión Europea. les y extranjeros, en el ámbito de su c. Efectuar el seguimiento de las deci- 22 competencia, de conformidad con los siones comunitarias que afecten al
  • 24. Ministerio, especialmente respecto a intérprete si no comprenden o hablan la Fondos comunitarios relacionados lengua oficial que se utilice. Estas asis- con su ámbito competencial. tencias serán gratuitas cuando carez- d. La organización y preparación de las can de recursos económicos suficientes actividades de carácter internacional según los criterios establecidos en la que se deban llevar a cabo en el ám- normativa reguladora del derecho de bito de las competencias del Ministe- asistencia jurídica gratuita. rio en las materias de inmigración y Esta Ley Orgánica fue desarrollada por extranjería. el Real Decreto 2393/2004, de 30 de di- e. La organización de las relaciones del ciembre, que en el artículo 13, cuando re- Ministro del Interior con las autorida- gula la denegación de entrada, dispone: des de otros Gobiernos en el ámbito de sus competencias. Los funcionarios responsables del con- f. La coordinación de actuaciones con trol denegarán la entrada en el territo- el Ministerio de Asuntos Exteriores y rio español a los extranjeros que no re- de Cooperación. únan los requisitos establecidos en este capítulo. Dicha denegación se realizará Las anteriores disposiciones recogen, mediante resolución motivada y notifi- entre otros, los importantes campos de cada, con información acerca de los re- extranjería, investigación y persecución cursos que puedan interponerse contra de delitos, vigilancia de puestos fronteri- ella, el plazo para hacerlo y la autori- zos y control de la inmigración ilegal, en dad ante la que deban formalizarse, así los que por imperativo legal deben actuar como de su derecho a la asistencia le- los cuerpos y fuerzas de seguridad del trada, que podrá ser de oficio en el caso Estado. Estas normas no mencionan a los de que el interesado carezca de recur- intérpretes ni a los traductores y, sin sos económicos suficientes y, en su embargo, es precisamente aquí donde caso, de intérprete, que comenzará en intervienen, auxiliando a los agentes para el momento de efectuarse el control en que éstos puedan cumplir las misiones el puesto fronterizo. que el legislador les ha encomendado. Ahora bien, existen normas relacionadas Estas situaciones se dan en los pues- con estos temas que sí prevén expresa- tos fronterizos (aeropuertos, fronteras te- mente el derecho de asistencia de intér- rrestres y puertos). prete. Conviene subrayar que en los pro- En otra parte del Real Decreto se ha- cedimientos administrativos que se bla de los procedimientos sancionadores siguen en materias como las que a conti- por infracciones administrativas en ma- nuación vamos a exponer y que son com- teria de extranjería. Para determinadas petencia del Ministerio del Interior, se infracciones es posible iniciar y tramitar hace extensivo este derecho a la traduc- un procedimiento de expulsión según el ción de documentos. procedimiento preferente, y para estos ca- Tenemos, por ejemplo, la Ley Orgáni- sos el artículo 131 dispone: ca 4/2000, de 11 de enero, sobre dere- 1. Cuando de las investigaciones se de- chos y libertades de los extranjeros en duzca la oportunidad de decidir la ex- España y su integración social, que dis- pulsión, se dará traslado del acuerdo pone en el artículo 22.2: de iniciación motivado por escrito al in- Los extranjeros que se hallen en Espa- teresado, para que alegue lo que consi- ña tienen derecho a asistencia letrada dere adecuado, en el plazo de 48 ho- en los procedimientos administrativos ras, y se le advertirá que de no efectuar que puedan llevar a su denegación de alegaciones por sí mismo o por su re- entrada, devolución, o expulsión del te- presentante sobre el contenido de la rritorio español y en todos los procedi- propuesta, o si no se admitiesen, de for- mientos en materia de protección inter- ma motivada, por improcedentes o in- nacional, así como a la asistencia de necesarias, el acuerdo de iniciación del 23
  • 25. expediente será considerado como pro- dimiento oportuno, en donde consten puesta de resolución. acreditados, entre otros, los siguientes 2. En estos supuestos, el extranjero ten- trámites: drá derecho a la asistencia letrada que a. La información al interesado de su se le proporcionará de oficio, en su caso, derecho a la asistencia jurídica, que será y a ser asistido por intérprete, si no com- gratuita en el caso de que el interesado prende o no habla castellano, y de for- carezca de recursos económicos sufi- ma gratuita en el caso de que careciese cientes, así como a la asistencia de in- de medios económicos. térprete, si no comprende o habla las lenguas oficiales que se utilicen, a par- Más adelante, en el artículo 138, el Real tir del momento en que se dicte el acuer- Decreto regula los supuestos en los que do de iniciación del procedimiento. procede el procedimiento de expulsión, y b. La información al interesado de que a continuación, en el artículo 139, cuan- el efecto que puede conllevar la dene- do establece cuál debe ser el contenido gación de entrada es el retorno. del acuerdo de iniciación del procedimien- c. La determinación expresa de la cau- to de expulsión, dispone: sa por la que se deniega la entrada. Además del contenido mínimo que ha En el artículo 157.3 el Real Decreto de incluir el acuerdo de iniciación con- menciona una vez más la asistencia de forme lo dispuesto en el artículo 123.1 intérprete. Lo hace al hablar de los trá- en él se indicarán expresamente los si- mites para adoptar una orden de devolu- guientes particulares: ción. a. El derecho del interesado a la asis- Artículo 157.3 En cualquiera de los su- tencia jurídica gratuita, en el caso de que puestos del apartado 1, el extranjero carezca de recursos económicos sufi- respecto del cual se sigan trámites para cientes. adoptar una orden de devolución ten- b. El derecho del interesado a la asisten- drá derecho a la asistencia jurídica, que cia de intérprete si no comprende o habla será gratuita en el caso de que el inte- las lenguas oficiales que se utilicen. resado carezca de recursos económicos c. Que el acuerdo de expulsión que suficientes, así como a la asistencia de pueda dictarse conllevará la prohibición intérprete, si no comprende o habla las de entrada en España por un período lenguas oficiales que se utilicen. mínimo de tres años y máximo de 10, que será extensiva a los territorios de Los procedimientos administrativos en los Estados con los que España haya los que son de aplicación los artículos suscrito acuerdo en ese sentido. antes mencionados precisan de la inter- vención de intérpretes, ya que es absolu- Más adelante, al hablar del retorno de tamente necesario que los extranjeros los extranjeros, el Real Decreto 2393/ comprendan las resoluciones adoptadas 2004, de 30 de diciembre, vuelve a alu- por el Ministerio del Interior. dir a la asistencia de intérprete. Así, el Si en el ejercicio de la potestad san- artículo 156 dispone: cionadora por la comisión de algunas de 1. Se acordará el retorno cuando el ex- las infracciones administrativas previs- tranjero se presente en un puesto fron- tas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de terizo habilitado y no se le permita la enero, sobre derechos y libertades de los entrada en el territorio nacional por no extranjeros en España y su integración reunir los requisitos previstos al efecto social, el instructor del expediente soli- en este reglamento. cita a un Juez de Instrucción el interna- 2. La resolución de retorno se dictará miento preventivo del extranjero en un como consecuencia de la resolución de centro de internamiento como medida denegación de entrada dictada por los cautelar, y ésta es efectivamente orde- funcionarios policiales responsables del nada por el Juez, el extranjero interna- 24 control de entrada, mediante el proce- do tendrá ciertos derechos, entre los que
  • 26. vuelve a estar el de ser asistido por un cia jurídica gratuita, que se extenderá a intérprete. El artículo 62 bis de la Ley la formalización de la solicitud y a toda Orgánica 4/2000, de 11 de enero, dis- la tramitación del procedimiento, y que pone: se prestará en los términos previstos en Artículo 62 bis. Derechos de los extran- la legislación española en esta materia, jeros internados así como derecho a intérprete en los tér- a. A ser informado de su situación minos del artículo 22 de la Ley Orgáni- h. A ser asistido de intérprete si no com- ca 4/2000 prende o no habla castellano y de for- El Ministerio de Justicia, los órga- ma gratuita, si careciese de medios eco- nos autonómicos que han asumido las nómicos. competencias sobre medios personales En cuanto a la petición de protección y materiales de la Administración de internacional, debemos referirnos a la Ley Justicia y el Ministerio del Interior 12/2009, de 30 de octubre, reguladora cuentan, por una parte, con una plan- del derecho de asilo y de la protección tilla de intérpretes judiciales y policia- subsidiaria. Esta ley tiene por objeto es- les que desempeñan a diario ese come- tablecer los términos en que los naciona- tido, así como con un amplio número les de países no comunitarios y los de traductores/intérpretes jurados, que apátridas pueden gozar en España de la aunque trabajan de forma autónoma en protección internacional constituida por el ámbito privado, han recibido su nom- el derecho de asilo y la protección subsi- bramiento de la Oficina de Interpreta- diaria, así como el contenido de dicha ción de Lenguas del MAEC. protección internacional. Por otro lado, ante la necesidad cre- El extranjero no comunitario y el apá- ciente de intérpretes judiciales y policia- trida que desee solicitar protección inter- les en una Europa sin fronteras y un nacional en España podrá presentar su mundo globalizado, la Administración ha solicitud ante la Oficina de Asilo y Refu- optado en muchos casos por subcon- gio, los puestos fronterizos de entrada al tratar esos servicios a empresas de tra- territorio español, los Centros de Inter- ducción, lo cual ha generado múltiples namiento de Extranjeros, las Oficinas de quejas, tanto por parte de los magistra- Extranjeros, las Comisarías Provinciales dos y en concreto, de la asociación Jue- de Policía o comisarías de distrito que se ces para la Democracia, por no poder señalen mediante Orden del Ministerio del cumplir su labor ante la falta de profesio- Interior, así como las Misiones Diplomá- nalidad de los intérpretes, como por par- ticas y Oficinas consulares españolas en te del gremio de traductores y de sus di- el extranjero. La Ley 12/2009, de 30 de versas asociaciones, que han denunciado octubre, al establecer las reglas procedi- la imposibilidad de que un traductor/in- mentales para el reconocimiento de la térprete cualificado pueda prestar sus protección internacional y, concretamen- servicios con las tarifas y las condiciones te, al hablar de la presentación de la soli- impuestas por dichas empresas. Véanse citud, alude al derecho a intérprete. Lo las observaciones que figuran en el apar- hace en el artículo 16, en los siguientes tado de propuestas de reforma. términos: Es urgente, por lo tanto, que la legis- Artículo 16. Derecho a solicitar protec- lación recoja el modo en que se ha de pro- ción internacional. ceder en el ámbito de la traducción e in- 1. Las personas nacionales no comuni- terpretación judicial y policial. tarias y las apátridas presentes en te- La aportación más importante en rritorio español tienen derecho a solici- este sentido es la recientemente pu- tar protección internacional en España. blicada Directiva del Parlamento Eu- 2. Para su ejercicio, los solicitantes de ropeo y del Consejo, de 20 de octubre protección internacional tendrán dere- de 2010, relativa al derecho a inter- cho a asistencia sanitaria y a asisten- pretación y a traducción en los proce- 25
  • 27. sos penales. Se trata de la primera me- da de haber cometido una infracción dida de la UE jamás adoptada que es- penal y hasta la conclusión del proce- tablezca normas mínimas comunes para so, entendido como la resolución defini- los derechos de la defensa en causas pe- tiva de la cuestión de si el sospechoso o nales. Estas normas garantizarán que acusado ha cometido o no la infracción, los ciudadanos disfruten de traduccio- incluida, en su caso, la sentencia y la nes escritas de todos los documentos resolución de cualquier recurso que se fundamentales, como el atestado o es- haya presentado. crito de acusación, y que tengan dere- 3. En caso de que la legislación de un cho a un servicio de interpretación en Estado miembro prevea la imposición de todas las vistas e interrogatorios, así una sanción para infracciones menores como durante las reuniones con los por parte de una autoridad distinta de abogados. Los ciudadanos no podrán re- un tribunal con competencia en materia nunciar a sus derechos sin antes haber penal, pero la sanción pueda ser objeto recibido asesoramiento jurídico o una in- de recurso ante este tipo de tribunal, la formación completa sobre las consecuen- presente Directiva solo se aplicará al cias de dicha renuncia. Se trata de una proceso ante dicho Tribunal a raíz del norma que pretende eliminar cualquier recurso en cuestión. tipo de reticencias por parte de las auto- 4. La presente Directiva no afecta al de- ridades judiciales a enviar a un acusado recho nacional relativo a la presencia de ante un órgano jurisdiccional de otro país un abogado en cualquier fase del proce- y, de esta manera, conseguir que se apli- so penal, ni tampoco al derecho nacio- quen plenamente las medidas de la nal relativo al derecho de acceso de un Unión Europea de lucha contra la delin- sospechoso o acusado a los documen- cuencia, entre las que se encuentran las tos en el marco de un proceso penal. órdenes europeas de detención. Será el Estado miembro, y no el encausado, Artículo 2 quien deberá correr con los gastos de tra- Derecho a interpretación ducción e interpretación. España, al igual que los demás Estados miembros, 1. Los Estados miembros velarán por dispone de un plazo de tres años para que todo sospechoso o acusado que no hable o entienda la lengua del proceso incorporar la medida a su Derecho na- penal se beneficie sin demora de inter- cional. Dada la trascendencia de esta Di- pretación en el transcurso del proceso rectiva para nuestro ordenamiento jurí- penal ante las autoridades de la inves- dico interno se ha optado por reproducir tigación y judiciales, incluido durante el íntegramente su articulado. interrogatorio policial, en todas las vis- tas judiciales y las audiencias interme- Artículo 1 dias que sean necesarias. Objeto y ámbito de aplicación 2. Los Estados miembros garantizarán que, en caso necesario y con miras a 1. La presente Directiva establece nor- salvaguardar la equidad del proceso, se mas relativas al derecho a interpretación facilite un servicio de interpretación para y traducción en los procesos penales y la comunicación entre el sospechoso o en los procedimientos correspondientes acusado y su abogado en relación di- a la ejecución de una orden de deten- recta con cualquier interrogatorio o toma ción europea. de declaración durante el proceso, o con 2. Este derecho se aplicará a cualquier la presentación de un recurso u otras persona a partir del momento en que las solicitudes procesales. autoridades competentes de un Estado 3. El derecho a interpretación en virtud miembro pongan en su conocimiento, de los apartados 1 y 2 incluye la asis- mediante notificación oficial o de otro tencia a personas con limitaciones 26 modo, que es sospechosa o está acusa- auditivas o de expresión oral.
  • 28. 4. Los Estados miembros velarán por el derecho a la defensa y para salva- que se establezca un procedimiento o guardar la equidad del proceso. mecanismo para determinar si el sos- 2. Entre los documentos esenciales se pechoso o acusado habla y entiende la encuentra cualquier resolución que pri- lengua del proceso penal y si requiere ve a una persona de libertad, escrito de la asistencia de un intérprete. acusación y sentencia. 5. Los Estados miembros velarán por 3. Las autoridades competentes decidi- que, con arreglo a los procedimientos rán si resulta esencial cualquier otro do- previstos por el derecho nacional, el sos- cumento, en un caso determinado. El pechoso o acusado tenga derecho a re- sospechoso o acusado, o su abogado, currir la decisión según la cual no es podrá presentar una solicitud motivada necesaria la interpretación y, cuando se en este sentido. haya facilitado la interpretación, la po- 4. No será preciso traducir pasajes de sibilidad de presentar una reclamación documentos esenciales que no resulten porque la calidad de la interpretación pertinentes para que el sospechoso o no es suficiente para salvaguardar la acusado tenga conocimiento de los car- equidad del proceso. gos que se le imputan. 6. Se permitirá, cuando proceda, el uso 5. Los Estados miembros velarán por de tecnologías de la comunicación como que, con arreglo a los procedimientos la videoconferencia, el teléfono o internet, previstos por el derecho nacional, el sos- salvo cuando se requiera la presencia fí- pechoso o acusado tenga derecho a re- sica del intérprete con miras a salvaguar- currir una decisión que establezca que dar le equidad del proceso. no es necesaria la traducción de docu- 7. En los procedimientos correspondien- mentos o de pasajes de los mismos y, tes a la ejecución de una orden de de- cuando se haya facilitado una traduc- tención europea, el Estado miembro de ción, la posibilidad de presentar una ejecución velará por que sus autorida- reclamación porque la calidad de la tra- des competentes faciliten interpretación ducción no es suficiente para salvaguar- con arreglo al presente artículo a toda dar la equidad del proceso. persona sujeta a dichos procedimientos 6. En los procedimientos correspon- y que no hable o entienda la lengua del dientes a la ejecución de una orden de procedimiento. detención europea, el Estado miembro 8. La interpretación facilitada con arre- de ejecución velará por que sus autori- glo al presente artículo tendrá una cali- dades competentes faciliten a toda per- dad suficiente para salvaguardar la sona sujeta a dichos procedimientos y equidad del proceso, garantizando en que no entienda la lengua en que esté particular que el sospechoso o acusado redactada la orden de detención euro- en un proceso penal tenga conocimien- pea, o la lengua a que esta haya sido to de los cargos que se le imputan y esté traducida por el Estado miembro de en condiciones de ejercer el derecho a emisión, una traducción escrita de di- la defensa. cho documento. 7. Como excepción a las normas gene- Artículo 3 rales establecidas en los apartados 1, 2, 3 y 6, podrá facilitarse en lugar de Derecho a la traducción de docu- una traducción escrita, una traducción mentos esenciales o un resumen oral de los documentos 1. Los Estados miembros velarán por esenciales a que se refiere el presente que el sospechoso o acusado que no artículo, siempre y cuando dicha traduc- entienda la lengua del proceso penal se ción oral o resumen oral no afecte a la beneficie, en un plazo razonable, de la equidad del proceso. traducción escrita de todos los documen- 8. Toda renuncia al derecho a la traduc- tos que resultan esenciales para garan- ción de los documentos a que se refiere tizar que esté en condiciones de ejercer el presente artículo estará supeditada 27
  • 29. a la condición de que el sospechoso o Artículo 6 acusado haya recibido asesoramiento Formación jurídico previo o haya tenido, de otro modo, pleno conocimiento de las conse- Sin perjuicio de la independencia ju- cuencias de su renuncia, y que la re- dicial y de las diferencias en la organi- nuncia sea inequívoca y de carácter zación de los sistemas judiciales en la voluntario. Unión, los Estados miembros solicitarán 9. La traducción facilitada con arreglo a los responsables de la formación de al presente artículo tendrá una calidad los jueces, fiscales y personal judicial suficiente para salvaguardar la equidad que participen en procesos penales el del proceso, garantizando en particular que presten una atención particular a que el sospechoso o acusado tiene co- las particularidades de la comunicación nocimiento de los cargos que se le im- con la ayuda de un intérprete, de ma- putan y está en condiciones de ejercer nera que se garantice una comunicación el derecho a la defensa. efectiva y eficaz. Artículo 4 Artículo 7 Costes de traducción e interpreta- Llevanza de registros ción Los Estados miembros garantizarán Los Estados miembros sufragarán que cuando a un sospechoso o acusa- los costes de traducción e interpretación do le haya sido practicado un interro- resultantes de la aplicación de los artí- gatorio o se le haya tomado declaración culos 2 y 3, con independencia del re- por parte de una autoridad judicial o de sultado del proceso. investigación con la ayuda de un intér- prete en virtud del artículo 2, cuando se Artículo 5 facilite una traducción o resumen oral Calidad de la traducción y la inter- en virtud del artículo 3, apartado 7, o pretación cuando se produzca una renuncia de los derechos en virtud del artículo 3, 1. Los Estados miembros tomarán me- apartado 8, se dejará constancia de di- didas para garantizar que la interpre- chas eventualidades recurriendo al pro- tación y la traducción facilitadas se ajus- cedimiento de registro previsto por el ten a la calidad exigida con arreglo al derecho nacional del Estado miembro artículo 2, apartado 8, y el artículo 3, en cuestión. apartado 9. 2. Con objeto de fomentar la idoneidad Artículo 8 de la interpretación y traducción, así No regresión como un acceso eficaz a las mismas, los Estados miembros se esforzarán Ninguna disposición de la presente por establecer uno o varios registros de Directiva se interpretará en el sentido traductores e intérpretes independien- de que limita o deroga cualquier dere- tes debidamente cualificados. Una vez cho o garantía procesal que pueda exis- establecidos dichos registros se pon- tir al amparo del Convenio Europeo para drán, cuando proceda, a disposición de la Protección de los Derechos Humanos los abogados y las autoridades perti- y de las Libertades Fundamentales, de nentes. la Carta de los Derechos Fundamenta- 3. Los Estados miembros garantizarán les de la Unión Europea, de otras dis- que los intérpretes y traductores respe- posiciones pertinentes del derecho in- ten el carácter confidencial inherente a ternacional o del ordenamiento jurídico los servicios de interpretación y traduc- de cualquier Estado miembro y que pro- ción facilitados de conformidad con la porcionen un nivel de protección más 28 presente Directiva. elevado.
  • 30. Artículo 9 Esta Directiva se ha inspirado para su Incorporación al Derecho interno elaboración en las conclusiones del Foro de Reflexión de la Comisión sobre Multi- 1. Los Estados miembros pondrán en vi- lingüismo y Formación de Intérpretes, gor las disposiciones legales, reglamen- convocado por la Dirección General de tarias y administrativas necesarias para Interpretación de la Comisión durante dar cumplimiento a la presente Directiva 2008 y cuyo texto figura íntegro en anexo. antes del 27 de octubre de 2013. Por otro lado, existen múltiples trata- 2. Los Estados miembros transmitirán dos y convenios internacionales suscri- el texto de las mencionadas disposicio- tos por el Reino de España, que obligan a nes a la Comisión. la Administración a aportar la documen- 3. Cuando los Estados miembros adop- tación traducida. A modo de ejemplo, pue- ten dichas disposiciones, estas harán den mencionarse los siguientes instru- referencia a la presente Directiva o irán mentos internacionales: acompañadas de dicha referencia en su El Convenio europeo de extradición, publicación oficial. Los Estados miem- París, 13 de diciembre de 1957, en su ar- bros establecerán las modalidades de tículo 23, habla de las lenguas y dice tex- la mencionada referencia. tualmente: «Los documentos que se pre- senten estarán redactados en la lengua de Artículo 10 la Parte requirente o de la Parte requerida. Informe Esta última podrá exigir una traducción en la lengua oficial del Consejo de Europa que Antes del 27 de octubre de 2014, la eligiere». Comisión presentará al Parlamento Eu- El Convenio 112 del Consejo de Eu- ropeo y al Consejo un informe en el que ropa sobre traslado de personas con- se evaluará la medida en que los Esta- denadas, en su artículo 17.3, dice: «Cual- dos miembros han adoptado las medi- quier estado podrá exigir —en el momento das necesarias para dar cumplimiento de la firma o del depósito de su instru- a lo dispuesto en la presente Directiva, acompañado, si es necesario, de pro- mento de ratificación, aceptación, aproba- puestas legislativas. ción o adhesión, mediante una declara- ción dirigida al Secretario General del Artículo 11 Consejo de Europa— que las peticiones de traslado y los documentos justificati- Entrada en vigor vos vayan acompañados de una traduc- La presente Directiva entrará en vi- ción a su propia lengua o a una de las gor a los veinte días de su publicación lenguas oficiales del Consejo de Europa en el Diario Oficial de la Unión Europea. o a una de dichas lenguas que él indique. Podrá declarar en esa ocasión que está Artículo 12 dispuesto a aceptar traducciones en cual- Destinatarios quier otra lengua además de la lengua ofi- cial o de las lenguas oficiales del Consejo Los destinatarios de la presente Di- de Europa». rectiva serán los Estados miembros de El Convenio sobre los Aspectos Civi- conformidad con lo dispuesto en los Tra- les de la Sustracción Internacional de tados. Menores, en su artículo 24: «Toda deman- La entrada en vigor de esta Directiva da, comunicación u otro documento que se conllevará una puesta al día de nuestras envíe a la Autoridad central del Estado re- leyes procesales. Será, pues, la pertenen- querido se remitirá en el idioma de origen cia de España a la Unión Europea la que e irá acompañado de una traducción al obligará a los responsables políticos a idioma oficial o a uno de los idiomas ofi- tomar cartas en el asunto. Están en jue- ciales del Estado requerido o, cuando esto go los derechos fundamentales de mu- no sea factible, de una traducción al fran- chos justiciables. cés o al inglés». 29
  • 31. Otro ámbito que exige la intervención tores/as- Intérpretes Jurados/as, nom- de traductores e intérpretes es el de la brados por aquélla. Todo ello está regu- sanidad. Si bien las leyes no los mencio- lado por el Real Decreto 2555/1977, de nan expresamente, la normativa en mu- 27 de agosto, por el que se aprueba el chas ocasiones resulta de imposible apli- Reglamento de la Oficina de Interpreta- cación sin la ayuda de estos profesionales. ción de Lenguas del Ministerio de Asun- La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de ene- tos Exteriores y posteriormente modifica- ro, sobre derechos y libertades de los do conforme al Real Decreto 79/1996, extranjeros en España y su integración de 26 de enero, la Orden de 21 de mar- social (BOE núm. 10, de 12 de enero), en zo de 1997 y el Real Decreto 2002/ su redacción dada por la Ley Orgánica 2009, de 23 de diciembre. En este do- 8/2000, de 22 de diciembre (BOE núm. cumento se establece lo siguiente: 307, de 23 de diciembre), por la Ley Or- Artículo 1. La Oficina de Interpretación gánica 11/2003, de 29 de septiembre de Lenguas (BOE núm. 234, de 30 de septiembre), por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de no- La Oficina de Interpretación de Len- viembre (BOE núm. 279, de 21 de noviem- guas del Ministerio de Asuntos Exterio- bre) y por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 res y de Cooperación es el máximo ór- de diciembre (BOE núm. 299, de 12 de gano de la Administración del Estado diciembre), establece en el artículo 12 del en materia de traducción e interpreta- capítulo I del título I: ción de lenguas. 1. Los extranjeros que se encuentren en Artículo 2.Funciones de la Oficina de España, inscritos en el padrón del mu- Interpretación de Lenguas nicipio en el que tengan su domicilio Competen a la Oficina de Interpreta- habitual, tienen derecho a la asistencia ción de Lenguas las siguientes funciones: sanitaria en las mismas condiciones que 1. La traducción oficial al castellano de los españoles. los Tratados y Convenios internaciona- Además, la Ley 41/2002 de 14 de les en que sea Parte el Estado español, noviembre reguladora de la autonomía así como de otros textos redactados en del paciente y de los derechos y obli- lenguas extranjeras cuya publicación en gaciones en materia de información y castellano sea preceptiva en virtud del documentación clínica, dispone en su ordenamiento legal vigente. artículo 4: 2. La traducción a otras lenguas extran- jeras de los textos que el Estado espa- 2. La información clínica forma parte de ñol esté obligado a proporcionar a otros todas las actuaciones asistenciales, Estados en virtud de los compromisos será verdadera, se comunicará al pa- contraídos en el ámbito del Derecho In- ciente de forma comprensible y adecua- ternacional. da a sus necesidades y le ayudará a 3. La traducción al castellano o a otras tomar decisiones de acuerdo con su pro- lenguas extranjeras de documentos de pia y libre voluntad. carácter diplomático, consular o admi- Para terminar con la legislación na- nistrativo del Ministerio de Asuntos Ex- cional, haremos referencia al único teriores y de Cooperación, así como de ejemplo en el que la Administración es- todos aquellos documentos que, ema- pañola ofrece un servicio debidamente nando de los órganos superiores del organizado de traducción e interpreta- Estado, afecten a sus relaciones exte- ción, que podría servir de modelo para riores y de los que deba quedar cons- el conjunto de las instituciones, el de tancia oficial. la Oficina de Interpretación de Lenguas 4. El cotejo de las traducciones de Tra- del MAEC (en la que ejercen sus fun- tados, Convenios internacionales y otros ciones los miembros del Cuerpo de Tra- textos redactados en lenguas extranje- 30 ductores e Intérpretes) y los Traduc- ras cuya publicación en castellano sea