1. Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU
LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA
Hoy en día, la historiografía tiende a definir como Decretos de Nueva Planta todo el
conjunto de decretos reales emitidos por Felipe V entre los años 1707 y 1714 que derogan
las instituciones privativas de los Reinos de Aragón y Valencia y del Principado de
Cataluña e introducen las instituciones y el régimen legislativo y administrativo castellano
en los territorios de la Corona de Aragón.
Procediendo a contextualizar este conjunto de decisiones oficiales de Felipe V,
sucesor legal de Carlos II en la monarquía hispánica, los Decretos de Nueva constituyen
una de las consecuencias a nivel nacional de la Guerra de Sucesión que decide la lucha que
se realiza por el trono español entre los pretendientes el legítimo heredero del último rey de
los Austrias, Felipe de Borbón, y el archiduque Carlos de Austria, futuro emperador Carlos
VI. Ante el temor de una posible hegemonía borbónica europea que podría simbolizar la
alianza de España y Francia, gobernadas por reyes de la dinastía borbónica, Inglaterra,
Austria, Portugal y Holanda se rebelan ante el testamento de Carlos II y deciden apoyar al
archiduque Carlos, hijo del emperador alemán Leopoldo y pariente en mismo grado que
Felipe V del difunto monarca hispano Carlos II. Esto motivará que se desarrolle una guerra
a nivel internacional y, en función de los acontecimientos, también otra nacional. Felipe V
será reconocido por los castellanos y también por los aragoneses y catalanes tras jurar los
respectivos fueros de dichos territorios en Zaragoza y Barcelona respectivamente. Por lo
tanto, en un principio Felipe V, procedente de una familia que gobernaba Francia con un
régimen absolutista, tiende a respetar los distintos sistemas políticos existentes en su
monarquía desde la época de Carlos I, el absolutista vigente en Castilla y el pactista
característico y tradicional de la Corona de Aragón, basado en su régimen foral.
Sin embargo, la situación comenzará a cambiar cuando Cataluña se rebele ante
Felipe V en 1705 y proclame a Carlos de Austria como Carlos III de Cataluña. Valencia
también se unirá y Carlos será jurado también rey en dicha ciudad cabeza del reino
homónimo. Felipe V reacciona a estos hechos ocurridos en octubre y noviembre de 1705
respectivamente con un ofensiva militar a inicios de 1706 que fracasa, siéndole imposible
IES Benjamín Jarnés 1
2. Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU
recuperar Cataluña. Las tropas del archiduque Carlos siguen avanzando y conquistan
Madrid, lo que provoca al mismo tiempo que el Reino de Aragón le considere su rey
oficialmente desde el 29 de junio de 1706.
Los reveses del ejército borbónico no suponen la victoria de los aliados alemanes,
austriacos, ingleses, holandeses, catalanes, valencianos y aragoneses partidarios de Carlos
III. Al año siguiente, y recuperada Madrid, en mayo de 1707 Felipe V vence en la batalla
de Almansa y recupera los Reinos de Valencia y de Aragón. A continuación, el rey
promulga una serie de decretos en los que elimina el régimen foral aragonés y valenciano
como represalia por el apoyo de estos reinos al archiduque Carlos. El curso de la guerra
vuelve a cambiar y Carlos III se impone sobre Felipe V primero en Lérida y luego en
Zaragoza en el verano de 1710, reconquistando con ello el Reino de Aragón y manteniendo
Cataluña bajo su mando.
Las tropas de Felipe V reaccionan nuevamente y en diciembre de 1711 vencen al
ejército de Carlos III en las batallas de Brihuega y Villaviciosa, en donde el nuevo monarca
legítimo hispánico se hace con el control definitivo del Reino de Aragón. Además, los
acontecimientos ocurridos a nivel internacional favorecen los intereses de Felipe V en su
afianzamiento como rey español. El archiduque Carlos se acaba convirtiendo en el mismo
año en emperador, lo que suscita un miedo entre Inglaterra y Holanda a que vuelva de
nuevo a activarse la hegemonía de los Habsburgo en el conjunto de Europa conforme
ocurrió en los siglos XVI y XVII finalizada en la Paz de Westfalia. Fruto de las alianzas y
los acuerdos diplomáticos, todas las potencias inmersas en el conflicto deciden finalizar el
mismo firmando las paces, que se materializan en los Tratados de Utrecht y Rastatt en los
años 1713 y 1714. En ellos se reconoce a Felipe V como rey de la monarquía hispánica, la
cual ha de renunciar a sus territorios europeos y a la isla de Menorca y a Gibraltar.
Asimismo, en 1712 se había alcanzado una tregua con Portugal que se refrenda en una paz
en 1715.
En virtud de todos los acontecimientos internacionales, el conflicto por la sucesión
se halla completamente resuelto y tan sólo le resta a Felipe V hacerse con Cataluña. El 11
IES Benjamín Jarnés 2
3. Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU
de septiembre de 1714 las tropas borbónicas culminan la conquista del Principado, iniciada
ya en 1713, con la entrada en Barcelona. En esta se fecha se cierra definitivamente el
conflicto sucesorio por la monarquía hispánica.
Se puede concluir que si en un principio no hubo resistencia generalizada a Felipe
V, en el curso de la guerra Castilla siempre se posicionó a favor de Felipe, mientras que
Cataluña y Valencia lo hicieron por Carlos III. En Aragón no hubo un apoyo unánime hacia
uno de los dos candidatos, de manera que hubo dos claros bandos, aunque la mayoría de
los nobles y ciudades de Aragón se mostraron partidarios de Felipe V. Así, y centrándonos
en el territorio de nuestro IES Benjamín Jarnés, el arzobispo de Zaragoza, señor de
Mediana y Rodén, o el marqués de Lazán, señor de Letux, apoyaron fielmente desde un
primer momento a Felipe V. En cambio, el conde de Sástago, el conde de Fuentes, el duque
de Híjar (que era también duque de Lécera y conde de Belchite) y la comunidad de Daroca,
a cuya jurisdicción pertenecían Azuara, Moyuela y Plenas, siguieron al archiduque Carlos
de Austria.
Como ganador de un conflicto bélico que le permitió consolidarse en el trono
hispánico, Felipe V decidió castigar, utilizando el derecho de guerra, a aquellos territorios
que no le fueron siempre fieles, es decir, a los de la Corona de Aragón. Para ello promulgó
una serie de decretos para cada uno de los territorios entre 1707 y 1714 según se ha dicho
anteriormente. Por lo tanto, en un primer momento explicaremos a nivel general que
implican esos decretos para el conjunto de la Corona de Aragón, mientras que
posteriormente nos centraremos en el Reino de Aragón.
Todos los decretos de Felipe V, publicados en 1707, 1711 y 1714, establecen la
derogación del régimen foral existente en los Reinos de Aragón y Valencia y el Principado
de Cataluña y su reducción a las leyes castellanas. Esto implicó de forma concreta cambios
en la administración central, regional y local de las tres entidades estatales citadas. En lo
que se refiere a la administración central, el Consejo de Aragón fue suprimido trasladando
sus funciones ejecutivas de gobierno y judiciales al Consejo de Castilla, de manera que el
rey gobernaría los mencionados territorios a través de esta última institución. A nivel local,
IES Benjamín Jarnés 3
4. Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU
se suprimió la relativa autonomía de los municipios aragoneses, valencianos y catalanes.
Según la nueva situación, el rey pasó a controlar directamente los ayuntamientos a través
del la instrucción del cargo de corregidor, que nombraba directamente o a través del
Consejo de Castilla, y que tenía funciones de gobierno, de juez en lo civil y criminal y de
orden público o policía en el término municipal. Por último en la administración regional,
las Cortes de Aragón, Cataluña y Valencia se eliminaron pasando a formar parte de la
jurisdicción de las Cortes de Castilla, en donde algunas ciudades de la Corona de Aragón
tuvieron derecho de asistencia. Se creó el cargo de Capital General en lugar del Virrey, el
cual poseía el mando político y militar en nombre del rey. Al mismo tiempo se
establecieron las Reales Audiencias, presididas por el Capital General e integradas por
letrados para la administración de justicia en Aragón, Cataluña y Valencia y el Real
Acuerdo, el órgano en el que el Capitán General y los letrados de la Real Audiencia
tomaban las decisiones de gobierno en cada uno de los territorios. Las antiguas
circunscripciones civiles, judiciales y administrativas se sustituyeron por los
corregimientos, los nuevos distritos en los que se ejercían de modo uniforme todos los
poderes. En lo que atañe a la cuestión económica, se implantó un nuevo sistema fiscal
propio para cada uno de los territorios, que era distinto al existente en Castilla.
En el caso del antiguo Reino de Aragón, ese sistema fiscal se llamó Única
Contribución. Consistía en un monto global que debía de pagar Aragón en materia de
impuestos, el cual se debía de distribuir, en función de la normativa jurídica, entre los
vecinos del territorio, algo que significa una parte de la población del mismo, no toda. Para
ello se realizan periódicamente catastros o censos a fin de realizar un reparto equilibrado.
Otra de las peculiaridades de los decretos relativos a Aragón, promulgados en 1707 y 1711,
fue la supresión del Justicia de Aragón, el juez que interpretaba los fueros y juzgaba los
asuntos entre el rey y los nobles. Uno de los decretos de 1707 reconocía a los partidarios de
Felipe V el mantenimiento de sus privilegios conforme los tenían antes de su llegada al
trono y al margen de la derogación general de las instituciones aragonesas. Asimismo, tras
la segunda conquista de Aragón, y con objeto de premiar a la mayoría de aragoneses que le
apoyaban, en 1711 Felipe V restaura y permite mantener los fueros de Aragón en aquellos
asuntos que afectaran a los particulares, lo que equivale a decir que no anula el derecho
IES Benjamín Jarnés 4
5. Historia de España 2º de Bachillerato Temas y conceptos PAU
civil aragonés, todavía hoy vigente.
En conclusión, los llamados Decretos de Nueva Planta suponen la creación por vez
primera en el actual territorio español de una unidad política, jurídica y administrativa bajo
las leyes del antiguo Reino de Castilla, haciendo posible con ello la implantación del
sistema absolutista en la antigua Corona de Aragón. A nivel más particular, estos
documentos significan también el fin de Aragón como territorio independiente gobernado
con unas leyes distintas a la de los otros territorios de los que el rey aragonés también era
monarca.
BIBLIOGRAFÍA
Calvo Poyato, J., La Guerra de Sucesión, Madrid, Anaya, 1988.
Corral Lafuente, J. L. (coordinador), ¿Qué fue la Corona de Aragón?, Zaragoza,
Cortes de Aragón-El Periódico de Aragón, 2010.
Delgado Echeverría, J., “La casa de Borbón (I)”, en Fatás Cabeza, G.
(coordinador), Historia de Aragón, Zaragoza, Heraldo de Aragón, 1991, pp. 337-360.
Peiró Arroyo, A., El Aragonesismo, Zaragoza, Ibercaja, 2002.
IES Benjamín Jarnés 5