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¿Cómo es nuestra Constitución Nacional? 
La Constitución Nacional está estructurada de la siguiente manera: 
PREAMBULO 
Declaraciones, 
derechos y 
garantías 
(Art. 1 a 35) 
El Preámbulo 
CONSTITUCION 
NACIONAL 
PRIMERA PARTE 
2 capítulos 
Nuevos 
Derechos y 
garantías 
(Art. 36 a 43) 
Del poder 
ejecutivo 
Del poder 
legislativo 
DISPOSICIONES TRANSITORIAS (1994) 
Según Manuel Osorio, un preámbulo es una: 
SEGUNDA PARTE 
Autoridades de la 
Nación 
Gobierno Federal 
o Nacional 
(Art. 44 a 120) 
Gobiernos 
Provinciales 
(Art. 121 a 129) 
Del poder 
judicial 
“enunciación previa que contienen algunas constituciones respecto de los 
principios que los inspiran y que han sido tenidos en cuenta por los 
constituyentes” .
El preámbulo de la Constitución Nacional fue redactado en 1853 y no se 
modificó en ninguna de las reformas que sufrió la misma. Siguiendo la 
definición de Osorio, observamos cómo están presentes en él, los principios 
que fundamentaron la organización del estado argentino y cuáles fueron los 
objetivos de nuestra constitución, es decir, quiénes y para qué la sancionaron. 
ACTIVIDADES 
Actividad 1 
Te proponemos que leas el preámbulo de la Constitución Nacional Argentina y 
respondas: 
 Quienes firmaron la constitución. 
 Qué principios persiguieron y qué objetivos tenían. 
 Para quienes lo hicieron. 
Podés consultar el preámbulo en Internet en el siguiente sitio: 
http://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/preambulo.php 
Continuemos ,,, 
El motivo por el cual el preámbulo no sufrió modificaciones en el tiempo es 
porque en las diferentes convenciones reformadores consideraron que sus 
principios aún se mantenían vigentes. 
Veamos con detenimiento cuáles son estos principios: 
 “…constituir la unión nacional…” 
Buscaba dar forma política a la nación, superando la etapa de luchas 
civiles que amenazaban con fragmentarla definitivamente. 
 “…afianzar la justicia…” 
Mediante la organización del Poder Judicial a nivel nacional y provincial.
“…consolidar la paz interior…” 
Acabar con los enfrentamientos internos no era suficiente; buscó 
también organizar un sistema de convivencia entre todos los habitantes. 
 “…promover la defensa común…” 
Establece la constitución la obligación de armarse en defensa de la 
Patria, poniendo a las Fuerzas Armadas bajo las órdenes del gobierno 
nacional. El estado nacional tiene la facultad de reclutar tropas, declarar 
la guerra y hacer la paz. 
 “…promover el bienestar general…” 
Respetando y defendiendo los derechos de los habitantes, impulsando el 
desarrollo económico y cultural, etc. 
 “…y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para 
nuestra prosperidad y para todos los hombres del mundo que 
quieran habitar el suelo argentino…” 
La libertad era un valor fundamental para los constituyentes. Hacerla 
extensible a todos los inmigrantes significó una manera de atraer 
población a estas tierras. En este punto siguieron la máxima de Juan 
Bautista Alberdi –autor del texto constitucional- cuando dijo “gobernar es 
poblar”. 
 “…la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia…” 
Esta expresión de carácter religioso responde al carácter católico con el 
que surge el estado argentino, en uno de sus artículos sostiene: “El 
Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”. Sin 
embargo esta disposición fue acompañada por otra que asegura la 
libertad de culto y tolerancia hacia otros credos religiosos. 
Declaraciones, derechos y garantías
La primera parte de la Constitución está integrada por dos capítulos: 
Declaraciones, derechos y garantías, y a partir de la reforma de 1994 
Nuevos derechos y garantías. 
Las declaraciones enuncian los principios fundamentales de la 
organización política del Estado. Por ejemplo, el artículo 1 establece la forma 
de gobierno representativa, republicana y federal. 
Además, las declaraciones hacen visibles los rasgos propios del 
Estado, diferenciándolo de otros. Por ejemplo el artículo 35 menciona los 
distintos nombres que recibió en la historia el Estado argentino. 
Llamamos derechos a las facultades que tenemos las personas y que –al ser 
reconocidas por la Constitución- podemos reclamar su cumplimiento. La 
Constitución reconoce derechos explícitos (enunciados por escrito, Art. 14 al 
20) e implícitos (no enumerados pero que se desprenden de la doctrina 
constitucional, artículo 33). 
La reforma de 1994 introdujo nuevos derechos (Art. 37, 39, 41 y 42) . 
Las garantías son los medios que el Estado instrumenta para asegurar el 
ejercicio de los derechos fundamentales. Son tan importantes para los derechos 
que puede afirmarse que un derecho vale en la medida que valgan sus 
garantías. 
La mayor parte de ella se encuentra en los artículos 18 y 43 de la constitución. 
Nuestros derechos en la Constitución Nacional 
El conjunto de derechos reconocidos en la Constitución puede ser dividido 
según se trate de derechos civiles, patrimoniales, políticos o sociales. 
Los derechos civiles son aquellos que se reconocen 
inherentes a todas las personas y que son fundamentales para 
el desarrollo humano. La vida, la integridad física, el honor, el 
nombre, la identidad, casarse o formar una familia, son algunos 
ejemplos de esta clase de derechos. Refieren a la libertad de
las personas y alcanzan a todos los individuos, sean estos nativos o 
extranjeros. 
Llamamos derechos patrimoniales a aquellos que comprenden 
a los hombres en relación con sus bienes materiales, es decir con 
todo objeto capaz de recibir un valor económico. Por ejemplo, el 
derecho a la propiedad, a la libertad de contratar, de comerciar, 
de ejercer industria lícitamente, entre otros. 
Por derechos políticos entendemos a aquellos que corresponden solamente a 
los ciudadanos y que permiten a los hombres intervenir 
en el proceso de poder, participando por sí mismos o a 
través de representantes, en las decisiones políticas. 
Vale aclarar que son ciudadanos argentinos todo hombre 
o mujer argentino mayor de 18 años; que la nacionalidad 
argentina se adquiere por nacimiento en territorio 
nacional, por opción (hijos de argentinos nacidos en el exterior) o por 
naturalización (extranjeros con dos años de residencia en el país y optan por 
esta ciudadanía). 
Así son ejemplos de derechos políticos, votar en las elecciones o ser elegido 
para un cargo de gobierno, afiliarse o constituir un partido político, entre otros. 
Los derechos sociales refieren a la actividad laboral, a la familia y a la 
seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o colectivos 
cuando son ejercidos por familias, asociaciones de 
trabajadores, etc. Se encuentran presentes en el artículo 14 
bis de la Constitución, introducido en la reforma de 1949 y 
reafirmado en la de 1957, por ejemplo el derecho del 
trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, 
etc.
Nuestras garantías 
Definimos a las garantías como: 
Los mecanismos que establece la Constitución para garantizar el 
cumplimiento de los derechos de los habitantes de la Nación. 
Por ejemplo lo hace al imponer la igualdad ante la ley: ningún habitante puede 
ser penado sin juicio previo y ley anterior, juzgado por comisiones especiales, 
obligado a declarar contra sí mismo. 
Por otro lado la Constitución dispone que: 
 la defensa de la persona en juicio es inviolable; 
 el domicilio, la correspondencia y los papeles privados son 
inviolables; 
 abole la pena de muerte por causas políticas; 
 abole todo tipo de tormento físico o psíquico. 
En la reforma de 1994 se introdujeron dos nuevas garantías: 
 el Hábeas Corpus, que protege la libertad física y 
 el Hábeas Data, que da a las personas el derecho de informarse de los 
datos que de ella existan en registros públicos o privados y que estos 
datos sean suprimidos o rectificados en caso de ser falsos. 
Además en la misma reforma varios tratados internacionales cobraron jerarquía 
constitucional, completando estas garantías: la Convención contra la Tortura y 
otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (ONU, 1984), la 
Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocido también como 
Pacto de San José de Costa Rica, 1969), entre otros.
ACTIVIDADES 
Actividad 2 
Completá el siguiente cuadro de la estructura de la Constitución Nacional 
CONSTITUCION 
NACIONAL 
………………………… 
2 capítulos 
………………………… 
………………………….. 
Autoridades de la 
Nación 
………………… 
………………… 
………………… 
(Art. 44 a 120) 
………………… 
………………… 
………………… 
(Art. 36 a 43) 
………………… 
………………… 
………………… 
(Art. 1 a 35) 
Del 
poder 
…………. 
Del 
poder 
………... 
DISPOSICIONES TRANSITORIAS (1994) 
Del 
poder 
…………. 
Actividad 3 
Leé e identificá a qué tipo de derechos están respondiendo los siguientes 
artículos de la Constitución Nacional. Podés consultarla en Internet 
en el sitio:
http://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/cuerpo1.php 
ARTICULO CLASE DE DERECHOS DESCRIPCION 
22 
42 
14 Bis 
14 
37 
20
CLAVE DE LAS ACTIVIDADES 
Actividad 1 
A partir de la lectura del preámbulo: 
 La Constitución fue firmada por “Nos (Nosotros) los representantes del 
pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General 
Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la 
componen…” 
 Qué principios persiguieron y con qué objetivos tenían “…en 
cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión 
nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la 
defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios 
de la libertad…” 
 Para quienes lo hicieron “…para nosotros, para nuestra posteridad, y 
para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo 
argentino…” 
Actividad 2 
Ver cuadro bajo el título “Cómo es nuestra constitución nacional”. 
Actividad 3 
ARTICULO CLASE DE DERECHOS DESCRIPCION 
22 Derechos Políticos El pueblo no delibera ni gobierna, sino por 
medio de sus representantes y 
autoridades creadas por esta 
Constitución. 
42 Derechos Civiles Los consumidores y usuarios de bienes y 
servicios tienen derecho, en la relación de 
consumo, a la protección de su salud, 
seguridad e intereses económicos; a una 
información adecuada y veraz; a la 
libertad de elección, y a condiciones de 
trato equitativo y digno. 
14 Bis Derechos Sociales El trabajo en sus diversas formas gozará 
de la protección de las leyes, las que 
asegurarán al trabajador: condiciones 
dignas y equitativas de labor; jornada 
limitada; descanso y vacaciones pagados; 
retribución justa; salario mínimo vital 
móvil; igual remuneración por igual tarea; 
participación en las ganancias de las
empresas, con control de la producción y 
colaboración en la dirección; protección 
contra el despido arbitrario; estabilidad del 
empleado público; organización sindical 
libre y democrática, reconocida por la 
simple inscripción en un registro especial. 
14 Derechos Civiles Todos los habitantes de la Nación gozan 
de los siguientes derechos conforme a las 
leyes que reglamenten su ejercicio; a 
saber: de trabajar y ejercer toda industria 
lícita; de navegar y comerciar; de 
peticionar a las autoridades; de entrar, 
permanecer, transitar y salir del territorio 
argentino; de publicar sus ideas por la 
prensa sin censura previa; de usar y 
disponer de su propiedad; de asociarse 
con fines útiles; de profesar libremente su 
culto; de enseñar y aprender. 
37 Derechos Políticos Esta Constitución garantiza el pleno 
ejercicio de los derechos políticos, con 
arreglo al principio de la soberanía 
popular y de las leyes que se dicten en 
consecuencia. El sufragio es universal, 
igual, secreto y obligatorio. 
20 Derechos Civiles Los extranjeros gozan en el territorio de la 
Nación de todos los derechos civiles del 
ciudadano; pueden ejercer su industria, 
comercio y profesión; poseer bienes 
raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar 
los ríos y costas; ejercer libremente su 
culto; testar y casarse conforme a las 
leyes. No están obligados a admitir la 
ciudadanía, ni a pagar contribuciones 
forzosas extraordinarias. Obtienen 
nacionalización residiendo dos años 
continuos en la Nación; pero la autoridad 
puede acortar este término a favor del que 
lo solicite, alegando y probando servicios 
a la República. 
Actividad 6 
En tu respuesta deberán aparecer conceptos como: 
 Si bien se efectuó con un fin lícito y solamente a contraorden judicial se 
revelarían esos datos, la medida viola el derecho constitucional a la 
intimidad de datos personales –Hábeas data-. 
 Transgrede el artículo 19 de la Constitución nacional que establece que 
“las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al 
orden y a la moral pública” están sólo reservadas a Dios.
Desconoce también declaraciones internacionales a que la Constitución 
otorgó carácter jerárquico como la Declaración Universal de los 
Derechos Humanos, que dice en su artículo 12: “Nadie será objeto de 
injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su 
correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda 
persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o 
ataques”.

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  • 2. El preámbulo de la Constitución Nacional fue redactado en 1853 y no se modificó en ninguna de las reformas que sufrió la misma. Siguiendo la definición de Osorio, observamos cómo están presentes en él, los principios que fundamentaron la organización del estado argentino y cuáles fueron los objetivos de nuestra constitución, es decir, quiénes y para qué la sancionaron. ACTIVIDADES Actividad 1 Te proponemos que leas el preámbulo de la Constitución Nacional Argentina y respondas: Quienes firmaron la constitución. Qué principios persiguieron y qué objetivos tenían. Para quienes lo hicieron. Podés consultar el preámbulo en Internet en el siguiente sitio: http://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/preambulo.php Continuemos ,,, El motivo por el cual el preámbulo no sufrió modificaciones en el tiempo es porque en las diferentes convenciones reformadores consideraron que sus principios aún se mantenían vigentes. Veamos con detenimiento cuáles son estos principios: “…constituir la unión nacional…” Buscaba dar forma política a la nación, superando la etapa de luchas civiles que amenazaban con fragmentarla definitivamente. “…afianzar la justicia…” Mediante la organización del Poder Judicial a nivel nacional y provincial.
  • 3. “…consolidar la paz interior…” Acabar con los enfrentamientos internos no era suficiente; buscó también organizar un sistema de convivencia entre todos los habitantes. “…promover la defensa común…” Establece la constitución la obligación de armarse en defensa de la Patria, poniendo a las Fuerzas Armadas bajo las órdenes del gobierno nacional. El estado nacional tiene la facultad de reclutar tropas, declarar la guerra y hacer la paz. “…promover el bienestar general…” Respetando y defendiendo los derechos de los habitantes, impulsando el desarrollo económico y cultural, etc. “…y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra prosperidad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino…” La libertad era un valor fundamental para los constituyentes. Hacerla extensible a todos los inmigrantes significó una manera de atraer población a estas tierras. En este punto siguieron la máxima de Juan Bautista Alberdi –autor del texto constitucional- cuando dijo “gobernar es poblar”. “…la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia…” Esta expresión de carácter religioso responde al carácter católico con el que surge el estado argentino, en uno de sus artículos sostiene: “El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”. Sin embargo esta disposición fue acompañada por otra que asegura la libertad de culto y tolerancia hacia otros credos religiosos. Declaraciones, derechos y garantías
  • 4. La primera parte de la Constitución está integrada por dos capítulos: Declaraciones, derechos y garantías, y a partir de la reforma de 1994 Nuevos derechos y garantías. Las declaraciones enuncian los principios fundamentales de la organización política del Estado. Por ejemplo, el artículo 1 establece la forma de gobierno representativa, republicana y federal. Además, las declaraciones hacen visibles los rasgos propios del Estado, diferenciándolo de otros. Por ejemplo el artículo 35 menciona los distintos nombres que recibió en la historia el Estado argentino. Llamamos derechos a las facultades que tenemos las personas y que –al ser reconocidas por la Constitución- podemos reclamar su cumplimiento. La Constitución reconoce derechos explícitos (enunciados por escrito, Art. 14 al 20) e implícitos (no enumerados pero que se desprenden de la doctrina constitucional, artículo 33). La reforma de 1994 introdujo nuevos derechos (Art. 37, 39, 41 y 42) . Las garantías son los medios que el Estado instrumenta para asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales. Son tan importantes para los derechos que puede afirmarse que un derecho vale en la medida que valgan sus garantías. La mayor parte de ella se encuentra en los artículos 18 y 43 de la constitución. Nuestros derechos en la Constitución Nacional El conjunto de derechos reconocidos en la Constitución puede ser dividido según se trate de derechos civiles, patrimoniales, políticos o sociales. Los derechos civiles son aquellos que se reconocen inherentes a todas las personas y que son fundamentales para el desarrollo humano. La vida, la integridad física, el honor, el nombre, la identidad, casarse o formar una familia, son algunos ejemplos de esta clase de derechos. Refieren a la libertad de
  • 5. las personas y alcanzan a todos los individuos, sean estos nativos o extranjeros. Llamamos derechos patrimoniales a aquellos que comprenden a los hombres en relación con sus bienes materiales, es decir con todo objeto capaz de recibir un valor económico. Por ejemplo, el derecho a la propiedad, a la libertad de contratar, de comerciar, de ejercer industria lícitamente, entre otros. Por derechos políticos entendemos a aquellos que corresponden solamente a los ciudadanos y que permiten a los hombres intervenir en el proceso de poder, participando por sí mismos o a través de representantes, en las decisiones políticas. Vale aclarar que son ciudadanos argentinos todo hombre o mujer argentino mayor de 18 años; que la nacionalidad argentina se adquiere por nacimiento en territorio nacional, por opción (hijos de argentinos nacidos en el exterior) o por naturalización (extranjeros con dos años de residencia en el país y optan por esta ciudadanía). Así son ejemplos de derechos políticos, votar en las elecciones o ser elegido para un cargo de gobierno, afiliarse o constituir un partido político, entre otros. Los derechos sociales refieren a la actividad laboral, a la familia y a la seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o colectivos cuando son ejercidos por familias, asociaciones de trabajadores, etc. Se encuentran presentes en el artículo 14 bis de la Constitución, introducido en la reforma de 1949 y reafirmado en la de 1957, por ejemplo el derecho del trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, etc.
  • 6. Nuestras garantías Definimos a las garantías como: Los mecanismos que establece la Constitución para garantizar el cumplimiento de los derechos de los habitantes de la Nación. Por ejemplo lo hace al imponer la igualdad ante la ley: ningún habitante puede ser penado sin juicio previo y ley anterior, juzgado por comisiones especiales, obligado a declarar contra sí mismo. Por otro lado la Constitución dispone que: la defensa de la persona en juicio es inviolable; el domicilio, la correspondencia y los papeles privados son inviolables; abole la pena de muerte por causas políticas; abole todo tipo de tormento físico o psíquico. En la reforma de 1994 se introdujeron dos nuevas garantías: el Hábeas Corpus, que protege la libertad física y el Hábeas Data, que da a las personas el derecho de informarse de los datos que de ella existan en registros públicos o privados y que estos datos sean suprimidos o rectificados en caso de ser falsos. Además en la misma reforma varios tratados internacionales cobraron jerarquía constitucional, completando estas garantías: la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (ONU, 1984), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocido también como Pacto de San José de Costa Rica, 1969), entre otros.
  • 7. ACTIVIDADES Actividad 2 Completá el siguiente cuadro de la estructura de la Constitución Nacional CONSTITUCION NACIONAL ………………………… 2 capítulos ………………………… ………………………….. Autoridades de la Nación ………………… ………………… ………………… (Art. 44 a 120) ………………… ………………… ………………… (Art. 36 a 43) ………………… ………………… ………………… (Art. 1 a 35) Del poder …………. Del poder ………... DISPOSICIONES TRANSITORIAS (1994) Del poder …………. Actividad 3 Leé e identificá a qué tipo de derechos están respondiendo los siguientes artículos de la Constitución Nacional. Podés consultarla en Internet en el sitio:
  • 9. CLAVE DE LAS ACTIVIDADES Actividad 1 A partir de la lectura del preámbulo: La Constitución fue firmada por “Nos (Nosotros) los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen…” Qué principios persiguieron y con qué objetivos tenían “…en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad…” Para quienes lo hicieron “…para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino…” Actividad 2 Ver cuadro bajo el título “Cómo es nuestra constitución nacional”. Actividad 3 ARTICULO CLASE DE DERECHOS DESCRIPCION 22 Derechos Políticos El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. 42 Derechos Civiles Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. 14 Bis Derechos Sociales El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las
  • 10. empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. 14 Derechos Civiles Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender. 37 Derechos Políticos Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. 20 Derechos Civiles Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República. Actividad 6 En tu respuesta deberán aparecer conceptos como: Si bien se efectuó con un fin lícito y solamente a contraorden judicial se revelarían esos datos, la medida viola el derecho constitucional a la intimidad de datos personales –Hábeas data-. Transgrede el artículo 19 de la Constitución nacional que establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública” están sólo reservadas a Dios.
  • 11. Desconoce también declaraciones internacionales a que la Constitución otorgó carácter jerárquico como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que dice en su artículo 12: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.