1. Los mas usuales son los
conformados con solo
números como este
Un plan de cuentas debe ser:
* Sencillo para memorizar.
* Flexible para la inclusión de nuevas cuentas.
* Estructurado de manera que oriente la
elaboración de los estados financieros.
está compuesto por un catálogo
de cuentas, la descripción y
dinámica para la aplicación de las
mismas Dónde se observan el
registro contable de todas las
operaciones o transacciones
económicas.
El Plan de Cuentas se dictó por primera vez, en el año 1993, dando
cumplimiento al artículo 10 de la derogada Ley Orgánica de Régimen
Presupuestario. Actualmente la puesta en vigencia de la Ley
Orgánica de Administración Financiera del Sector Público exige la
actualización del Plan Único de Cuentas, con los requerimientos que
de la nueva Ley se deriven.
Se estructura de la siguiente manera:
Clase: El primer digito.
Grupo: Los dos primeros dígitos.
Cuentas: Los cuatros primeros dígitos.
Subcuentas: Los seis primeros dígitos.
códigos
cuentas
1
1.1
1.2
1.1.1
.1.1.1.01
1.1.1.02
Activo
Activo corriente
Activo no corriente
Efectivo
Caja
Banco
2.
2.1
2.2
Pasivo
Pasivo corriente
Pasivo no corriente
3.
3.1
3.2
Patrimonio
Capital suscrito
Resultado Acumulado
4
4.1
4.2
Ingresos
Ingresos Ordinarios
Ingresos Financieros
5
5.1
5.3
Gastos
Costos
Gastos administrativos
Cuentas que lo
conforman:
Clase 1: Activo.
Clase 2: Pasivo.
Clase 3: Patrimonio.
Clase 4: Ingresos.
Clase 5: Gastos.
Clase 6: Costos de
Ventas.
Clase 7: Costos de
Producción o de
Operación.
Clase 8: Cuentas de
Orden Deudoras.
Clase 9: Cuentas de
Orden Acreedoras.
Según ley de presupuesto, sus principales cuentas son :
1.00.00.00.00 Activos
2.00.00.00.00 Pasivos
3.00.00.00.00 Recursos
4.00.00.00.00 Egresos
5.00.00.00.00 Resultados
6.00.00.00.00 Patrimonio - Capital
7.00.00.00.00 Cuentas de Orden
El plan de cuentas o clasificador presupuestario consta de las cuentas de
recursos y las cuentas de egresos. Los niveles de desagregación de las
cuentas de recursos, permitirán identificar los ramos y sub-ramos genéricos,
específicos y su específicos y los referidos al grupo de las cuentas de egresos
permitirán identificar partidas, genéricas, específicas y sub-específicas.
2. Principales aspectos
de la Reforma de la
Ley Orgánica de
Administración
Financiera del Sector
Público:
De acuerdo al Artículo 6:
Están sujetos a las regulaciones de esta
Ley, los entes u organismos que
conforman el sector público, enumerados
seguidamente:
1. La República.
2. Los estados.
3. El Distrito Metropolitano de Caracas y el
Distrito Alto Apure.
4. Los distritos.
5. Los municipios.
6. Los institutos autónomos.
7. Las personas jurídicas estatales de
derecho público.
8. Las sociedades mercantiles, las
sociedades de propiedad totalmente
estatal, cuya función, a través de la
posesión de acciones de
otras sociedades, sea coordinar la gestión
empresarial pública de un sector de la
economía nacional.
9. Las fundaciones, asociaciones civiles y
demás instituciones constituidas con
fondos públicos o dirigidas
por algunas de las personas referidas en
este artículo, cuando la totalidad de los
aportes presupuestarios o
contribuciones en un ejercicio, efectuados
por una o varias de las personas referidas
en el presente artículo,
represente el cincuenta por ciento o más
de su presupuesto.”
Se modifica el artículo 11, en la forma siguiente:
”El Ejecutivo Nacional podrá establecer normas que
limiten y establezcan controles al uso de los créditos
presupuestarios de los entes referidos en el artículo 6,
adicionales a las establecidas en esta Ley. Tales
limitaciones no se aplicarán a los presupuestos del
Poder Legislativo, del Poder Judicial, de los órganos del
Poder Ciudadano, del Poder Electoral, de los estados,
del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas, del
Distrito Alto Apure, de los distritos, de los municipios y
del Banco Central de Venezuela.”
Artículo 7°. Los presupuestos de los órganos y entes
sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera
del Sector Público se vincularán con los planes nacionales,
regionales, estadales y municipales, elaborados en el
marco de las líneas generales del plan de desarrollo
económico y social de la Nación, el acuerdo anual de
políticas, los lineamientos de desarrollo nacional y la Ley
del Marco Plurianual del Presupuesto, de conformidad con
lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Público, y contendrán las políticas,
objetivos estratégicos, productos e indicadores incluidos en
el plan operativo anual.
Yajure María
C.I: 27.672.578