1. El mencionado señor es cliente de CONSORCIO DHMONT & CG & M S.A.C. en mérito a haber adquirido en copropiedadun inmueble bajo el Programa Techo Propio dentro del Proyecto Inmobiliario denominado "CIUDAD SOL EL RETABLO". El inmueble en mención
El cliente envió una carta notarial a la empresa DIVEMOTOR-DIVEIMPORT S.A. solicitando el cambio de su vehículo Jeep Compass Sport debido a problemas mecánicos como el consumo excesivo de aceite. El cliente se encuentra dentro del periodo de garantía pero la empresa le cobró indebida e ilegalmente por los servicios. Adicionalmente, la empresa no ha respondido al cliente sobre los resultados de las pruebas realizadas al vehículo a pesar de haber transcurrido más del plazo comprometido. El cliente otorga un
Este documento presenta un modelo de demanda contencioso administrativa laboral para solicitar la nulidad de resoluciones administrativas que perjudiquen los derechos de un servidor público. Explica que cuando un servidor público agota la vía administrativa sin obtener una respuesta favorable, puede interponer una demanda ante un juez especializado. Luego, detalla los elementos que debe contener la demanda, como los datos de las partes, las resoluciones impugnadas, los fundamentos de hecho y derecho, y los medios probatorios. El objetivo es que el
Este documento presenta un modelo de descargos a una papeleta de tránsito en 3 oraciones. Expone los fundamentos de descargo alegando que la conducta imputada no tipifica en la infracción administrativa, existe una condición eximente de responsabilidad por fuerza mayor debidamente comprobada, y la papeleta es nula por tener una motivación general y vacía. Adjunta medios probatorios como una boleta electrónica y solicita se archive el procedimiento o se declare la nulidad de la papeleta.
La demandante solicita la ejecución de un acta de conciliación extrajudicial en la que se acordó el pago de pensiones alimenticias mensuales de S/ 200 por parte del demandado para su hija menor de edad. El demandado no ha cumplido con realizar ningún pago desde febrero de 2016, por lo que adeuda un total de S/ 1,000. La demandante pide que se admita la demanda y se requiera al demandado el pago de las pensiones devengadas.
La señora Leocia Blanca Nasalla Linares de Rivera solicita al juez del Juzgado de Paz Letrado de Moquegua el desarchivamiento del expediente 0138-2010 para continuar el proceso. También solicita que se remita oficio a la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto con copia de la sentencia para proseguir con la rectificación de partida. Designa como su nuevo abogado al letrado que firma el escrito, en reemplazo del anterior.
Este documento es un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que declaró la filiación extramatrimonial de un menor. El recurrente argumenta que la resolución es nula porque el juzgado anticipó opinión sin que existieran pruebas suficientes ni un debido proceso. Pide que se revoque la resolución y se declare nula.
La fiscalía presenta un requerimiento acusatorio contra Barbara Mamani Morocco por el delito de falsificación de documentos. Se alega que obtuvo dos documentos de identidad a pesar de solo tener una identidad, insertando datos falsos. La investigación encontró que sus huellas dactilares corresponden a una sola persona con dos inscripciones diferentes. La fiscalía presenta pruebas como informes periciales y oficios para sustentar los cargos.
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa por parte de Julio Marcos Mendoza Capa contra la Dirección Regional de Educación Moquegua, la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación y la Souther Peru Copper Corporation. La demanda busca anular una resolución que declaró fundado un recurso de apelación e invalidó el reconocimiento de créditos devengados por la bonificación especial establecida en el Decreto de Urgencia 037-94. El demandante alega que tiene derecho a dicha bonificación por
El cliente envió una carta notarial a la empresa DIVEMOTOR-DIVEIMPORT S.A. solicitando el cambio de su vehículo Jeep Compass Sport debido a problemas mecánicos como el consumo excesivo de aceite. El cliente se encuentra dentro del periodo de garantía pero la empresa le cobró indebida e ilegalmente por los servicios. Adicionalmente, la empresa no ha respondido al cliente sobre los resultados de las pruebas realizadas al vehículo a pesar de haber transcurrido más del plazo comprometido. El cliente otorga un
Este documento presenta un modelo de demanda contencioso administrativa laboral para solicitar la nulidad de resoluciones administrativas que perjudiquen los derechos de un servidor público. Explica que cuando un servidor público agota la vía administrativa sin obtener una respuesta favorable, puede interponer una demanda ante un juez especializado. Luego, detalla los elementos que debe contener la demanda, como los datos de las partes, las resoluciones impugnadas, los fundamentos de hecho y derecho, y los medios probatorios. El objetivo es que el
Este documento presenta un modelo de descargos a una papeleta de tránsito en 3 oraciones. Expone los fundamentos de descargo alegando que la conducta imputada no tipifica en la infracción administrativa, existe una condición eximente de responsabilidad por fuerza mayor debidamente comprobada, y la papeleta es nula por tener una motivación general y vacía. Adjunta medios probatorios como una boleta electrónica y solicita se archive el procedimiento o se declare la nulidad de la papeleta.
La demandante solicita la ejecución de un acta de conciliación extrajudicial en la que se acordó el pago de pensiones alimenticias mensuales de S/ 200 por parte del demandado para su hija menor de edad. El demandado no ha cumplido con realizar ningún pago desde febrero de 2016, por lo que adeuda un total de S/ 1,000. La demandante pide que se admita la demanda y se requiera al demandado el pago de las pensiones devengadas.
La señora Leocia Blanca Nasalla Linares de Rivera solicita al juez del Juzgado de Paz Letrado de Moquegua el desarchivamiento del expediente 0138-2010 para continuar el proceso. También solicita que se remita oficio a la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto con copia de la sentencia para proseguir con la rectificación de partida. Designa como su nuevo abogado al letrado que firma el escrito, en reemplazo del anterior.
Este documento es un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que declaró la filiación extramatrimonial de un menor. El recurrente argumenta que la resolución es nula porque el juzgado anticipó opinión sin que existieran pruebas suficientes ni un debido proceso. Pide que se revoque la resolución y se declare nula.
La fiscalía presenta un requerimiento acusatorio contra Barbara Mamani Morocco por el delito de falsificación de documentos. Se alega que obtuvo dos documentos de identidad a pesar de solo tener una identidad, insertando datos falsos. La investigación encontró que sus huellas dactilares corresponden a una sola persona con dos inscripciones diferentes. La fiscalía presenta pruebas como informes periciales y oficios para sustentar los cargos.
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa por parte de Julio Marcos Mendoza Capa contra la Dirección Regional de Educación Moquegua, la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación y la Souther Peru Copper Corporation. La demanda busca anular una resolución que declaró fundado un recurso de apelación e invalidó el reconocimiento de créditos devengados por la bonificación especial establecida en el Decreto de Urgencia 037-94. El demandante alega que tiene derecho a dicha bonificación por
La señora Isidora Teresa Maquen Reyes presenta ante la Fiscalía copias de video de cámaras de seguridad de su local comercial, cumpliendo con una solicitud fiscal previa. La fiscal había requerido estas imágenes donde aparecen personas investigadas. Maquen Reyes pide que la fiscal admita y sustancie el escrito de acuerdo a la ley.
Este documento contiene cuatro pliegos interrogatorios para los testigos José Efrain Guerrero Carhuachinchay, Siancas Sanchez Janet Maribel, Polonio Yahuana Garcia y Severino Fernandez Bayona. Los testigos declararán en una demanda sobre prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por Don Fidel Benites Ruiz.
Gregorio Ramón Graterol Torres ha trabajado como Gerente de Ventas para la empresa Gremacars C.A. durante los últimos 3 años. Carlos Ramón Graterol Torres, el Gerente de la empresa, emite una constancia que certifica el empleo, el salario de 30,000 bolívares, y la buena conducta de Gregorio Ramón Graterol Torres.
Este documento presenta una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la empresa Nisira Systems S.A.C. El demandante alega haber adquirido de buena fe un terreno que resultó estar en litigio. Además, invirtió recursos en la construcción de una escuela en dicho terreno. Solicita una indemnización de S/ 1,200 por los daños económicos, personales y morales sufridos.
Cesar Hernan Delgado Fernandez presenta una demanda de exoneración de pago de pensión alimenticia contra su ex esposa Flor Leydi Bustamante Regalado. Solicita que se le exonere del pago debido a que actualmente tiene una nueva pareja con la cual tiene un hijo de 5 meses de gestación y por lo tanto tiene una nueva carga familiar que atender. Alega que su ex esposa también tiene una nueva pareja por lo que no depende económicamente de él.
Este documento solicita la nulidad de una resolución administrativa emitida por la Municipalidad de San Jerónimo que sancionó al solicitante por realizar obras sin autorización. El solicitante alega que la resolución es nula porque no se tomaron en cuenta sus descargos y pruebas durante el proceso, vulnerando su derecho a la defensa. También solicita que se le otorgue una licencia de construcción extraordinaria para regularizar su vivienda multifamiliar.
DEMANDA DE REPOSICIÓN LABORAL: Se muestra un modelo de demanda de reposición laboral en la cual la reposición es una pretensión principal única, se sugiere revisar la normatividad que se menciona (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
APELACIÓN AL SERVIR: Se muestra cómo hacer un recurso de apelación al Tribunal del Servicio Civil indicando los requisitos esenciales del mismo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Miguel Angel Vargas Rojas solicita el sobreseimiento de la causa en su contra por los supuestos delitos de conducción de vehículo en estado de ebriedad y resistencia u obediencia a la autoridad. Alega que no existe prueba suficiente de que conducía en estado de ebriedad ni desobedeció a la policía. Solicita sobreseer parcialmente la causa en su contra debido a la ausencia de pruebas contra él.
Modelo levantamiento de cargas por caducidad sunarpAugusto Piñan
Modelo para solicitar el levantamiento de anotación de carga por caducidad de una partida de propiedad inmueble en la SUNARP, amparados en la ley 26639
El abogado presenta una solicitud de nulidad contra una resolución que declaró consentida la sentencia. Alega que su cliente no fue debidamente notificado de la resolución en su domicilio procesal registrado, vulnerando su derecho de defensa. Solicita que se declare nula dicha resolución y que se retrotraiga el proceso para poder fundamentar su recurso de apelación.
Este documento trata sobre las consideraciones legales en torno a la tacha de documentos en un proceso judicial. Explica que la tacha busca restar eficacia probatoria al documento pero no niega el acto jurídico en sí. Las únicas causales válidas para tachar un documento son la falsedad o la ausencia de una formalidad esencial requerida por ley. No procede tachar un documento por motivos de nulidad, extemporaneidad o impertinencia. Además, las tachas solo pueden
La carta es una queja formal contra Rimac Seguros por emitir repetidamente pólizas de salud inválidas e introducir cambios no autorizados para el asegurado Roberto Luque Ortiz. La carta detalla cinco irregularidades, incluida la emisión de una póliza con fecha retroactiva y el cobro indebido de una prima, y solicita la renovación correcta de la póliza original y la emisión de cupones de pago actualizados. Adjunta la póliza problemática como evidencia.
El resumen describe un acta de conciliación entre varios miembros de la familia Valverde Castro para dividir y partir un inmueble heredado en Trujillo. Se divide la propiedad en 8 segmentos que se ceden a cada parte invitada de forma definitiva, según un plano de partición anexo. También se acuerda ceder el segundo piso a una de las partes. Los servicios públicos y gastos comunes serán objeto de un acuerdo posterior. Finalmente, todas las partes firman el acta en señal de conformidad.
La carta autoriza al Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca a pagar facturas de la empresa "EV SOLUCIONES TI" E.I.R.L. abonando los pagos directamente en la cuenta bancaria asociada al Código de Cuenta Interbancaria 080 201 3002321172731 30 en Caja Trujillo. La factura quedará cancelada una vez el monto sea acreditado en la cuenta bancaria.
Demanda de impugnacion de paternidad - Peru.docxFernandavale14
Este documento es una demanda de impugnación de paternidad presentada por Santos Félix Ruiz Vásquez contra Sadith Rosalía Ruiz Ávalos. Ruiz Vásquez solicita que se realice una prueba de ADN para demostrar que no es el verdadero padre de Ruiz Ávalos, a pesar de haberla reconocido como hija en el pasado. La demanda se basa en información recogida de que Ruiz Ávalos no es realmente su hija, lo que fue confirmado verbalmente por la madre de ella.
JURISPRUDENCIA-EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRARVILCAÑAUPA NEGOCIOS
Este documento resume un caso de casación ante la Corte Suprema de Justicia de Perú. Se trata de un recurso interpuesto por Juan Pedro Queirolo Gutiérrez contra una resolución que declaró fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar en un proceso sobre el cese del uso del nombre e imagen de su padre. La Corte Suprema declaró procedente el recurso por la posible infracción de normas procesales en relación al derecho de defensa y la motivación de las resoluciones.
1) Constructora Asociados C&C S.A.C. presenta una denuncia por apropiación ilícita contra Jesús Alberto López Guevara.
2) La constructora le prestó gratuitamente un minicargador a López Guevara el 7 de setiembre de 2016 con el acuerdo de devolverlo el 7 de octubre.
3) Han pasado más de dos meses y López Guevara no ha devuelto el minicargador ni ha respondido a los intentos de contacto de la constructora.
El documento presenta el alegato de defensa de varias personas acusadas de usurpación de tierras. Argumenta que las pruebas presentadas por la acusación son falsas y que los acusados son los verdaderos poseedores de la tierra, según declaraciones de testigos y pruebas documentales. También señala vicios en el proceso y falta de imparcialidad de la fiscalía. Solicita que se dicte un sobreseimiento o absolución.
Este documento es un contrato de locación de servicios entre una municipalidad y una persona para prestar servicios temporales. La municipalidad requiere los servicios de la persona para atender al público, registrar documentos y realizar otras funciones asignadas por un periodo de dos meses. A cambio, la municipalidad pagará una remuneración de 1300 soles mensuales y proporcionará las herramientas necesarias. El contrato describe los términos, horarios, lugar de trabajo y posibles causales de resolución.
Este documento contiene información sobre diferentes recursos administrativos, incluyendo recursos de reconsideración, apelación, revisión, reclamos de servicios públicos y recursos de queja. Explica cada recurso con detalles sobre sus fundamentos legales y procedimientos. También incluye ejemplos de recursos de reconsideración, apelación y revisión con formatos tipo.
Oficio no pe 2015-01-05-01 respuesta oficio no 0 s-amc-2015-0763 de 8 de dic...Anibal Carrera
1) La Supervisora de la Agencia Metropolitana de Control (AMC) respondió con 36 días de retraso a una orden del Alcalde de responder en un plazo de 72 horas, mostrando falta de respeto a la autoridad máxima municipal.
2) La respuesta de la Supervisora no incluyó documentación que evidencie haber implementado medidas correctivas a las irregularidades encontradas, sino que repitió lo dicho en un informe anterior sin pruebas de seguimiento.
3) El documento pide acceso a información para que la AMC pruebe document
La señora Isidora Teresa Maquen Reyes presenta ante la Fiscalía copias de video de cámaras de seguridad de su local comercial, cumpliendo con una solicitud fiscal previa. La fiscal había requerido estas imágenes donde aparecen personas investigadas. Maquen Reyes pide que la fiscal admita y sustancie el escrito de acuerdo a la ley.
Este documento contiene cuatro pliegos interrogatorios para los testigos José Efrain Guerrero Carhuachinchay, Siancas Sanchez Janet Maribel, Polonio Yahuana Garcia y Severino Fernandez Bayona. Los testigos declararán en una demanda sobre prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por Don Fidel Benites Ruiz.
Gregorio Ramón Graterol Torres ha trabajado como Gerente de Ventas para la empresa Gremacars C.A. durante los últimos 3 años. Carlos Ramón Graterol Torres, el Gerente de la empresa, emite una constancia que certifica el empleo, el salario de 30,000 bolívares, y la buena conducta de Gregorio Ramón Graterol Torres.
Este documento presenta una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la empresa Nisira Systems S.A.C. El demandante alega haber adquirido de buena fe un terreno que resultó estar en litigio. Además, invirtió recursos en la construcción de una escuela en dicho terreno. Solicita una indemnización de S/ 1,200 por los daños económicos, personales y morales sufridos.
Cesar Hernan Delgado Fernandez presenta una demanda de exoneración de pago de pensión alimenticia contra su ex esposa Flor Leydi Bustamante Regalado. Solicita que se le exonere del pago debido a que actualmente tiene una nueva pareja con la cual tiene un hijo de 5 meses de gestación y por lo tanto tiene una nueva carga familiar que atender. Alega que su ex esposa también tiene una nueva pareja por lo que no depende económicamente de él.
Este documento solicita la nulidad de una resolución administrativa emitida por la Municipalidad de San Jerónimo que sancionó al solicitante por realizar obras sin autorización. El solicitante alega que la resolución es nula porque no se tomaron en cuenta sus descargos y pruebas durante el proceso, vulnerando su derecho a la defensa. También solicita que se le otorgue una licencia de construcción extraordinaria para regularizar su vivienda multifamiliar.
DEMANDA DE REPOSICIÓN LABORAL: Se muestra un modelo de demanda de reposición laboral en la cual la reposición es una pretensión principal única, se sugiere revisar la normatividad que se menciona (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
APELACIÓN AL SERVIR: Se muestra cómo hacer un recurso de apelación al Tribunal del Servicio Civil indicando los requisitos esenciales del mismo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Miguel Angel Vargas Rojas solicita el sobreseimiento de la causa en su contra por los supuestos delitos de conducción de vehículo en estado de ebriedad y resistencia u obediencia a la autoridad. Alega que no existe prueba suficiente de que conducía en estado de ebriedad ni desobedeció a la policía. Solicita sobreseer parcialmente la causa en su contra debido a la ausencia de pruebas contra él.
Modelo levantamiento de cargas por caducidad sunarpAugusto Piñan
Modelo para solicitar el levantamiento de anotación de carga por caducidad de una partida de propiedad inmueble en la SUNARP, amparados en la ley 26639
El abogado presenta una solicitud de nulidad contra una resolución que declaró consentida la sentencia. Alega que su cliente no fue debidamente notificado de la resolución en su domicilio procesal registrado, vulnerando su derecho de defensa. Solicita que se declare nula dicha resolución y que se retrotraiga el proceso para poder fundamentar su recurso de apelación.
Este documento trata sobre las consideraciones legales en torno a la tacha de documentos en un proceso judicial. Explica que la tacha busca restar eficacia probatoria al documento pero no niega el acto jurídico en sí. Las únicas causales válidas para tachar un documento son la falsedad o la ausencia de una formalidad esencial requerida por ley. No procede tachar un documento por motivos de nulidad, extemporaneidad o impertinencia. Además, las tachas solo pueden
La carta es una queja formal contra Rimac Seguros por emitir repetidamente pólizas de salud inválidas e introducir cambios no autorizados para el asegurado Roberto Luque Ortiz. La carta detalla cinco irregularidades, incluida la emisión de una póliza con fecha retroactiva y el cobro indebido de una prima, y solicita la renovación correcta de la póliza original y la emisión de cupones de pago actualizados. Adjunta la póliza problemática como evidencia.
El resumen describe un acta de conciliación entre varios miembros de la familia Valverde Castro para dividir y partir un inmueble heredado en Trujillo. Se divide la propiedad en 8 segmentos que se ceden a cada parte invitada de forma definitiva, según un plano de partición anexo. También se acuerda ceder el segundo piso a una de las partes. Los servicios públicos y gastos comunes serán objeto de un acuerdo posterior. Finalmente, todas las partes firman el acta en señal de conformidad.
La carta autoriza al Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca a pagar facturas de la empresa "EV SOLUCIONES TI" E.I.R.L. abonando los pagos directamente en la cuenta bancaria asociada al Código de Cuenta Interbancaria 080 201 3002321172731 30 en Caja Trujillo. La factura quedará cancelada una vez el monto sea acreditado en la cuenta bancaria.
Demanda de impugnacion de paternidad - Peru.docxFernandavale14
Este documento es una demanda de impugnación de paternidad presentada por Santos Félix Ruiz Vásquez contra Sadith Rosalía Ruiz Ávalos. Ruiz Vásquez solicita que se realice una prueba de ADN para demostrar que no es el verdadero padre de Ruiz Ávalos, a pesar de haberla reconocido como hija en el pasado. La demanda se basa en información recogida de que Ruiz Ávalos no es realmente su hija, lo que fue confirmado verbalmente por la madre de ella.
JURISPRUDENCIA-EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRARVILCAÑAUPA NEGOCIOS
Este documento resume un caso de casación ante la Corte Suprema de Justicia de Perú. Se trata de un recurso interpuesto por Juan Pedro Queirolo Gutiérrez contra una resolución que declaró fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar en un proceso sobre el cese del uso del nombre e imagen de su padre. La Corte Suprema declaró procedente el recurso por la posible infracción de normas procesales en relación al derecho de defensa y la motivación de las resoluciones.
1) Constructora Asociados C&C S.A.C. presenta una denuncia por apropiación ilícita contra Jesús Alberto López Guevara.
2) La constructora le prestó gratuitamente un minicargador a López Guevara el 7 de setiembre de 2016 con el acuerdo de devolverlo el 7 de octubre.
3) Han pasado más de dos meses y López Guevara no ha devuelto el minicargador ni ha respondido a los intentos de contacto de la constructora.
El documento presenta el alegato de defensa de varias personas acusadas de usurpación de tierras. Argumenta que las pruebas presentadas por la acusación son falsas y que los acusados son los verdaderos poseedores de la tierra, según declaraciones de testigos y pruebas documentales. También señala vicios en el proceso y falta de imparcialidad de la fiscalía. Solicita que se dicte un sobreseimiento o absolución.
Este documento es un contrato de locación de servicios entre una municipalidad y una persona para prestar servicios temporales. La municipalidad requiere los servicios de la persona para atender al público, registrar documentos y realizar otras funciones asignadas por un periodo de dos meses. A cambio, la municipalidad pagará una remuneración de 1300 soles mensuales y proporcionará las herramientas necesarias. El contrato describe los términos, horarios, lugar de trabajo y posibles causales de resolución.
Este documento contiene información sobre diferentes recursos administrativos, incluyendo recursos de reconsideración, apelación, revisión, reclamos de servicios públicos y recursos de queja. Explica cada recurso con detalles sobre sus fundamentos legales y procedimientos. También incluye ejemplos de recursos de reconsideración, apelación y revisión con formatos tipo.
Oficio no pe 2015-01-05-01 respuesta oficio no 0 s-amc-2015-0763 de 8 de dic...Anibal Carrera
1) La Supervisora de la Agencia Metropolitana de Control (AMC) respondió con 36 días de retraso a una orden del Alcalde de responder en un plazo de 72 horas, mostrando falta de respeto a la autoridad máxima municipal.
2) La respuesta de la Supervisora no incluyó documentación que evidencie haber implementado medidas correctivas a las irregularidades encontradas, sino que repitió lo dicho en un informe anterior sin pruebas de seguimiento.
3) El documento pide acceso a información para que la AMC pruebe document
Modelo de Solicitud de Consignacion de beneficios socialesHayde Ramos UPT
La empresa ACC Contratistas Generales SRL presenta una solicitud de consignación de beneficios sociales a favor del trabajador José Luis Ríos Cáceres. La empresa consigna un total de S/ 34,950 que incluye gratificaciones, vacaciones truncas y CTS por el periodo de 2009 a 2015. Solicita que se admita la consignación realizada en el Banco de la Nación.
El documento establece las cláusulas de un convenio entre el Ministerio y la Fundación. Se comprometen a mantener el personal asignado a la Casita de General Roca y a que la Fundación rinda los fondos recibidos según su destino y normativas. El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014 y podrá prorrogarse, pudiendo rescindirse con 30 días de anticipación.
Res.EPRE 382/14 - Reclamo Sr. De León Humberto s/Negativa y/o demora en la Conexión c/EdERSA ($15.900)
Res.EPRE 384/14 - Reclamo Sra. Mateu Andrea s/negativa s/Resarcimiento por Daños c/EdERSA ($2.300)
Res.EPRE 385/14 - Electrocución de Nene en Barrio Policial de General Roca ($40.000)
Res.EPRE 386/14 Reclamo Sres. Flores Enrique Omar y Toledano Stella Maris s/Negativa o Demora en la Conexión c/EdERSA ($2.690)
Emerson Reyes Rugel presenta una denuncia ante el Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor contra el Consorcio Dhmont 8 CG € M SAC por infracción al deber de idoneidad. Reyes compró un departamento de estreno que presentaba graves defectos de construcción como rajaduras en el piso y humedad en las paredes. Solicita que se inicie un procedimiento sancionador y que se ordene al Consorcio reparar los desperfectos de acuerdo a la garantía de 5 años establec
1) La empresa Almacenes Generales S.A. se apersona al proceso iniciado por Angélica Miranda Rojas sobre reposición por despido incausado y solicita ser notificada de todas las resoluciones por correo electrónico.
2) La empresa solicita que se declare infundada la demanda de Angélica Miranda Rojas y presenta sus fundamentos de hecho y derecho.
3) Como medios de prueba, la empresa ofrece documentos como el contrato de compraventa y declaraciones de testigos para respaldar su posición.
Este documento es un resumen de 3 oraciones de un trabajo expositivo sobre un proceso de ejecución de obligación de dar suma de dinero. La empresa Constructora Arbaito presentó una demanda ejecutiva contra la Municipalidad Distrital de Bolognesi para el pago de S/198,953.80 por obras realizadas. Tras varios incidentes procesales, el juez declaró infundada la contradicción de la municipalidad y ordenó llevar adelante la ejecución forzada sobre sus bienes hasta el pago total adeudado.
1) La Municipalidad de Tarapoto presenta una demanda arbitral contra la Constructora Alberca y Asociados S.A.C. debido a controversias surgidas durante la ejecución de un contrato para la construcción de pistas y veredas.
2) La municipalidad solicita el cambio de maquinaria pesada debido a que se encontraba en mal estado, pero la constructora declaró improcedente la solicitud.
3) La municipalidad pide que los árbitros reconozcan que actuó correctamente al paralizar la obra por razones de seguridad y orden
El documento presenta una solicitud de nulidad de tres folios de matrícula inmobiliaria (154-1883, 154-20619, 154-22007) debido a presuntas irregularidades e inconsistencias encontradas en los documentos que dieron origen a dichos folios. Se argumenta que existe evidencia de fraude o engaño ante las autoridades catastrales y registrales por parte de los actores involucrados, ya que la documentación no coincide con la realidad de la propiedad y tenencia de la tierra. Se pide que la Superintendencia de Notariado y Registro investigue
El documento es una demanda de revisión judicial presentada ante un tribunal superior para revisar la legalidad de un procedimiento de ejecución coactiva iniciado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que resultó en el embargo del vehículo del demandante. El demandante alega que no fue debidamente notificado de la resolución de sanción ni de las medidas cautelares, y que el SAT no cumplió con los requisitos de notificación personal establecidos en la ley. Solicita que se declare nulo el procedimiento de ejecución
El demandante interpone una demanda de revisión judicial del debido procedimiento de ejecución coactiva iniciado por el SAT contra su vehículo. Alega que el SAT no cumplió con las formalidades de notificación requeridas por ley al no notificar personalmente las resoluciones al demandante. Solicita que se declare la nulidad del procedimiento y se levante la medida cautelar de embargo que recae sobre su vehículo. Adjunta documentos que respaldan su solicitud.
Este documento resume 11 procedimientos administrativos de la Municipalidad Provincial de Utcubamba relacionados con temas como acceso a la información pública, copias de documentos, denuncias y quejas, inscripción de predios, prescripción de deudas tributarias, deducción del impuesto predial, inafectación del impuesto predial, licencias de funcionamiento para actividades comerciales, industriales y extractivas, rectificación de declaraciones juradas, y licencias de funcionamiento temporales para ferias y fiestas. Para cada procedimiento se especifican los requ
El documento presenta una demanda arbitral presentada por un consorcio de construcción contra un ministerio. El consorcio solicita una ampliación de plazo para completar una obra debido a problemas con las vías de acceso que hicieron difícil el transporte de materiales. El ministerio rechazó la solicitud y resolvió el contrato. El consorcio ahora busca que un árbitro deje sin efecto las decisiones del ministerio y ordene una ampliación de plazo, pago de costos adicionales y otras medidas. Fundamenta su caso en que los problemas
El demandante interpone una demanda de revisión judicial del debido procedimiento de ejecución coactiva iniciado por el SAT contra su vehículo. Alega que el SAT no cumplió con las formalidades de notificación requeridas por ley al no notificar personalmente las resoluciones al demandante. Solicita que se declare la nulidad del procedimiento y se levante la medida cautelar de embargo que recae sobre su vehículo. Ofrece como prueba documentos que acreditan su propiedad sobre el vehículo.
Es un proceso civil, que consiste en realizar un desalojo por falta de pago por parte de los arrendadores, es un proceso que se ventila ante el juzgado de paz letrado.
Este documento es una solicitud de licencia de funcionamiento para un establecimiento en Chiclayo, Perú. Contiene secciones para los datos del solicitante, la ubicación y tipo de actividad del establecimiento, y una lista de documentos requeridos como parte de la solicitud. El solicitante debe declarar bajo juramento que cumple con la normativa aplicable y brindará facilidades de fiscalización.
La empresa italiana Drillmec CEO con capitales privados y estatales anunció un reclamo al Estado boliviano vía cancillería, por el daño a la imagen de la entidad, y por ende al Estado italiano, al querer sugerir que en el contrato firmado con YPFB para la compra de tres taladros por 148,8 millones de dólares no hubo transparencia o se dio algún sobreprecio.
Este documento es una demanda de obligación de dar suma de dinero interpuesta por la abogada Nataly J. Torres Cervantes en contra de Juan Carlos y Carmem, así como sus fiadores David y Carla. La demanda busca que los demandados paguen la suma de 7,885.85 nuevos soles que adeudan según un pagaré suscrito en noviembre de 2003 y vencido en abril de 2008, más intereses, costas y costos del proceso. La demanda se ampara en artículos del Código Civil y Código Procesal Civil peruano y solic
La solicitud presenta los antecedentes para la aprobación de un proyecto de alcantarillado particular para una vivienda unifamiliar, incluyendo la memoria de cálculo, planos y especificaciones técnicas. Se solicita la instalación de una fosa séptica, zanja de infiltración, y cámaras cloradora y decloradora para tratar las aguas servidas de la vivienda. El proyecto cumple con la normativa sanitaria aplicable según se indica en las especificaciones técnicas.
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Denuncia penal del accionista minoritario Gonzalo José WICHT GAMARRA de ADMINISTRADORA LC S.A.C. e INMOBILIARIA ANTEQUERA S.A.C. por el delito de fraude en la administración de personas jurídicas en la modalidad de administración fraudulenta (art. 198 del CP), defraudación tributaria (art. 1 del D.L. n.° 813) y delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad genérica (art. 438 del CP) contra Rodrigo VILLASANA YABAR y Juana Rosario VÁSQUEZ PALACIOS. Caso “La Carreta”.
Este documento presenta un recurso de requerimiento de elevación de actuados (queja de derecho) contra una disposición fiscal que rechazó formalizar una investigación por el delito de fraude procesal. El recurrente alega que la fiscalía cometió errores al evaluar los hechos y medios fraudulentos alegados. Solicita que se declare nulo el acuerdo fiscal y se ordene formalizar la investigación para pasar el caso a juicio.
El Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita el uso de la palabra durante la audiencia de vista de causa programada para el 9 de enero de 2024. Asimismo, amplía y ratifica la delegación de representación a varios abogados para que ejerzan la defensa de los intereses del Ministerio en el proceso sobre nulidad de resolución administrativa seguido por Dylan López Encarnación.
Este documento presenta un recurso de requerimiento de elevación de actuados (queja de derecho) contra una disposición fiscal de archivo definitivo de un caso por usurpación agravada. En menos de 3 oraciones, resume lo siguiente: El documento impugna la decisión fiscal alegando que se cometieron errores al no considerar que los actos de la imputada, como colocar un muro de ladrillos en la puerta, constituyeron un claro acto de despojo y usurpación agravada de la propiedad legítimamente poseída por la agraviada,
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo en 2020. A medida que se implementan las vacunas, se espera que la actividad económica se recupere en 2021 aunque el panorama sigue siendo incierto.
Señor de los Milagros, a ti venimos...
En memoria de Luis Enrique BUSTÍOS DÁVILA (31/10/1944 - 16/10/2023)
Este fue un trabajo en equipo: DELE, CAPF, LHGN.
Se viene un tsunami con esta denuncia penal
NO APAGUEN LA LUZ
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Este documento presenta un recurso de agravio constitucional contra una sentencia que declaró improcedente una demanda de habeas data. En 3 oraciones: El recurrente alega que la sentencia incurrió en errores al no aplicar adecuadamente las leyes de transparencia y acceso a la información, y al no reconocer su legitimo interés como denunciante en acceder a la carpeta fiscal dada su participación en el caso. Pide que se eleve el expediente al Tribunal Constitucional para que estime el recurso y declare fundada la demanda de habeas data.
Expediente : 01687-2021-0-0901-jr-ci-02
Materia : Habeas Data
Demandados : Chilet Paz, Pedro Ángel
Mena Mena, María Rosa
Demandante : López Encarnación, Dylan Ezequiel
... el artículo 2.5 de la Constitución Política del Estado ordena se exceptúa (del derecho de
solicitar) informaciones que expresamente se excluyan por ley.
S E N T E N C I A D E V I S T A
RESOLUCIÓN 23
Independencia, 21 de julio de 2023.
VISTOS: Vista la causa en audiencia pública, con informe oral; interviniendo
como ponente el Juez Superior Torres López.
I Antecedentes.-
Viene en apelación:
1.1. La resolución 02 de 2 de agosto de 2021 (fs. 112 a 113), que declara
IMPROCEDENTE la recusación formulada por Dylan Ezequiel López
Encarnación, continuando con el trámite acorde a su naturaleza
adjetiva; con lo demás que contiene.
1.2. La resolución 12 de 21 de setiembre de 2022 (fs. 383 a 389), que
declara IMPROCEDENTE la excepción de incompetencia, formulada
por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos vía el Procurador
Público y los Asuntos Judiciales.
Este documento es una resolución judicial que declara infundada la demanda presentada por Dylan Ezequiel López Encarnación contra el Ministerio de Justicia. El demandante solicitó que se declare la nulidad de una resolución previa del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La resolución judicial concluye que la resolución impugnada sí estaba debidamente motivada y que el artículo 324 del Código Procesal Penal establece una excepción al acceso a la información de las carpetas fiscales. Por lo tanto,
1. Dylan López Encarnación solicita acceso a la información pública contenida en el Expediente N° 02979-2021-0901-JR-PE-03 que se tramita en el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria - Sede Central. 2. Solicita las piezas procesales principales como las tapas de los tomos, el cargo de ingreso, las resoluciones, los escritos de las partes, entre otros documentos. 3. El solicitante precisa que los procesos judiciales son públicos y que como ter
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
DÉCIMO QUINTO JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EXPEDIENTE : 6828-2021
DEMANDANTE : DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCARNACION
DEMANDADO : MINISTERIO DE JUSTICIA
MATERIA : NULIDAD DE RESOLUCIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO
SENTENCIA
RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS
Lima, dos de agosto de
dos mil veintitrés. -
Proceso Contencioso Administrativo seguido
por DYLAN EZEQUIEL LOPEZ ENCARNACION ccontra el MINISTERIO DE
JUSTICIA.
PETITORIO.
Fluye del texto de la demanda que el petitorio de la actora se circunscribe a que:
· Se declare la Nulidad de la Resolución N° 001084-2 021-JUS/TTAIPSEGUNDA
SALA de fecha 17 de mayo de 2021.
Accesoriamente:
· Se disponga la publicación en la página web del Tribunal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública la sentencia, en caso
de ser favorable, y que se indique que la Resolución N° 001084-2021-
JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA ha sido declarada nula y que se
mantiene vigente la Resolución N° 010303112020.
· De igual modo se publique la Resolución N° 0103031 12020 y la cédula
de notificación respectiva.
I. ANTECEDENTES
1. Fundamentos de la demanda y de la contestación de la demanda.
La parte demandante sustenta su demanda - en síntesis- en los siguientes
hechos:
1.1 La Primera Sala del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública – TTAIP declara procedente la solicitud de copias de una carpeta
fiscal en curso, Resolución N° 010303112020, debien do examinarse si
existe una excepción prevista en la Ley de Transparencia que justifique la
denegatoria del acceso de información.
1.2 Esta interpretación por parte del Tribunal de Transparencia representa un
avance en la transparencia dentro del ámbito del Ministerio Público,
específicamente favorable en casos de denuncias de corrupción y sin
embargo el Código Procesal Penal impide el acceso a la carpeta fiscal por
no ser el denunciante parte procesal.
EL MANDATO EN VENEZUELA, DERECHO CIVIL .YamilyTorres1
El mandato es un contrato mediante el cual una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, quien se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Es un contrato consensual, bilateral imperfecto, de buena fe y se presume oneroso
CAPÍTULO III, Catalogación de los panteones de Santa Paula de Guanajuato, Mun...Gonzalo Marin Art
De la tesis "Los panteones municipales de Santa Paula, Municipal de Irapuato y de San Nicolás: catalogación y protección jurídica del patrimonio funerario material".
Maestría Sociedad y Patrimonio
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
1. MANCIPATIO
- Proviene de “mano” y “coger”. Según Gayo, se llama así porque la cosa se coge con la mano.
- Es un modo primitivo y solemne de transmitir el dominium ex iure Quiritium (propiedad civil) de las res mancipi a través de las formalidades propias de los negocios (balanza, fórmulas, testigos...)
- El origen es antiquísimo, ya estaba recogida en las XII Tablas. Es abolida por Justiniano y los compiladores sustituyen en los textos “mancipatio” por “traditio”.
NATURALEZA JURÍDICA
- Es un modo de adquirir iurie civile y de carácter derivativo.
- En un primer momento es una compraventa real en la que la cosa ha de estar presente y el cobre hace la función de dinero.
- Luego pasa a ser un negocio jurídico formal, pues deben cumplirse las formalidades del ius civile. Al tener carácter estricto no es necesariamente el cambio de una cosa por un precio adecuado, por lo que puede tratarse de una donación en la que figuraría se compra una cosa por un precio irrisorio (nummo uno, una sola moneda).
- La mancipatio en vez de desaparecer se adaptará a las nuevas necesidades –modificacion de su formulación- y resultará apta para variados fines en derechos reales y todos los demás.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
- Elementos personales. Su uso está restringido a los cives. Luego se extenderá a los latinos y a los extranjeros a los que se les confiera el commercium.
- Elementos reales. Son objeto de mancipatio las res mancipi.
- Elementos formales. Según Gayo, presentes al menos cinco testigos (ciudadanos romanos y púberes) y otra persona de igual condición que sostiene una balanza de cobre (libripens) el adquirente sujetando la cosa dice que el objeto le pertenece según el Derecho de los Quirites y que lo compra con este cobre y esta balanza de cobre. Despues golpea la balanza con el cobre y lo da al transmitente como precio.
El transmitente no necesita decir nada, aunque sí puede pronunciar distintas condiciones sobre la cosa vendida (ej. Existencia de gravamenes o su extensión). Estas palabras tendrán fuerza de ley.
EFECTOS
- Si el transmitente es dueño de la cosa, se produce la transmisión del dominium ex iure Quiritium de la res mancipi al adquirente.
- Si no lo es (adquisición a non domino) el adquirente iniciará la usucapión y si antes de consumarla se le priva de la cosa por el verdadero dueño, por rei vindicatio, podrá ejercer contra el transmitente la acción de garantia por la que obtendrá el doble del precio pagado.
- Si al enajenar el fundo el transmitente faltara a la verdad pagará el doble de lo que para el fundo comporte la disminución en caso de gravámenes, o obtendrá el doble del valor de la extensión que faltaba si fue sobre la extensión.
2. IN IURE CESSIO
DENOMINACION
- Es cesión ante el magistrado.
CONCEPTO
- Es un modo de transmitir el dominio común a toda clase de cosas –mancipi y nec mancipi- mediante un proceso aparente de reivindicación en el que el adquirente actua como demandante y el transmitente como demandado.
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...edwin70
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de la facultad multidisciplinaria de la universidad de Es Salvador, con el fin que puedan mostrar sus habilidades y destrezas para analizar y sintetizar cada uno de estos convenios
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...
Escrito n.° 38640; 18 MAR 2015. Descargos Consorcio DHMont & CG & M S.A.C. Ciudad Sol El Retablo. INDECOPI. 23p
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Av. Angamos Este N* 1648 Of, 405
o £a ey Surquillo - Lima
0 3 3 6 F 0 - Telfs. GUAM 15Y 444-1516
4 Telefax: 242-1268
E-mail: administracion consorciodhmont.com
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RECIBIDO
UNIDAD DET
DOCUM
Lima, 18 de marzo de 2015
SEÑORES:
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
CALLE DELA PROSA N? 104,
SAN BORJA.
Aj PRESENTE.-
ATENCIÓN: EDWIN ALDANA RAMOS
ASUNTO: >. | SOLICITA AMPLIACIÓN DE PLAZO
REFERENCIA: EXPEDIENTE N2 39-2015/CC2
CONSORCIO DHMONT 8. CG 8. VI: S.A.C., debidamente representado por su Gerente"
General, Ricardo Mont Ling, identificado con D.N-. N2:06593813, con poderes debidamente
inscritos en la Partida Electrónica N* 14307570 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, y
señalando domicilio real y procesa! en la.Av: Angamos Este N”-1648, oficina 405, Distrito de
Surquillo, me presento a Usted respetuosamente y digo: . “.
Que, de conformidad con: lo dispuesto en el art. 262 del Decreto Legislativo N* 807 —
Ley sobre Facultades, Normas y Organización del INDECOP!, solicito'a- vuestra institución nos
brinde un plazo adicional de-3 días, con la finalidad de recopilar más pruebas, para la emisión
de de una correcta resolución con-nuestros respectivos descargos sobre-el “expediente de la
=D referencia.
TAI eta
Sírvase usted, atender a nuestra solicitud y proceder de acuerdo a ley.
cordel era!
2. 040014
Av. Angamos Este N* 1648 Of. 405
Surquillo - Lima
Teifs.: 444-1515 / 444-1516
Telefax: 242-1268
E-mail: administracion) consorciodhmont.com
WWW, A com
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Lima, 19 de marzo de 2015
SEÑORES:
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
CALLE DE LA PROSA N* 104,
SAN BORJA.
PRESENTE.-
ATENCIÓN: EDWIN ALDANA RAMOS
ASUNTO: ... - ABSUELVE DENUNCIA
REFERENCIA: - EXPEDIENTE N239-2015/CC2
CONSORCIO DHMONT € CG 8 M s. A. €, “debidamente representado por su
Gerente General, Ricardo Mont Ling, identi ificado con D.N.I. N2 06593813, con poderes
debidamente inscritos en la Partida Electrónica N* 11307570 del Registro de Personas
Jurídicas de Lima, y señalando domicilio.real y procesal.en ta Av. Angamos Este N?
1648, oficina 405, Distrito de Surquillo, me presento a Usted respetuosamente y digo:
|. PETITORIO.-
Que, de confórmidad con lo
o dispuesto en el art. 260 del Decreto Legislativo N*
807 — Ley sobre Facultades; Normas y Organiz ación del INDECOPI,- .absolvemos el
traslado de la denuncia interpuesta y a su vez solicitamos-.que la. misma sea
desestimada, conforme a lossiguientes fundamentos: ;
IL FUNDAMENTOS. -
1.- ANTECEDENTES.-
Ante la denuncia interpuesta por el señor EMERSON REYES RUGEL por la supuesta
infracción a la Ley N* 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor,
debemos señalar lo siguiente:
1. El mencionado señor es cliente de CONSORCIO DHMONT 2 CG 8 MS.A.C. en
mérito a haber adquirido en copropiedad ur inmueble bajo del Programa Techo
Propio dentro del Proyecto Inmobiliario denominado: “CIUDAD SOL El RETABLO”. El
inmueble en mención, DEPARTAMENTO N* 207, Mz F, Block 26.
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Av. Angamos Este N* 1648 Of, 405
Surquillo - Lima
Teifs.: 444-1515 / 444-1516
CONSORCIO Telefax: 242-1268
E-mail: administraci lod e
DHMONT 8 CG 8 MS.A.C. ooo
2.- De acuerdo a lo señalado por el denunciante, le fue entregado el departamento
por el cual este suscribió la respectiva Acta de Entrega del inmueble (adjunta al
presente), donde se le hizo entrega de un departamento con todos los acabados
completos, fue por ello que el denunciante suscribió la respectiva acta de entrega.
3.- Lamentablemente se produjo una inundación en el inmueble debido a una
filtración al momento de hacer la presión de agua, donde posterior a lo ocurrido el
área de post venta realizo las coordinaciones respectivas con el cliente con la
finalidad de atenderlo, fue por ello que se decidió retirar el área. de piso laminado
afectado.
4.- Sin embargo, cuando el personal de obra se encontraba retirando el
mencionado piso laminado, el. de unciante: se percato de unas fisuras en el piso, y
paralizo el trabajo. Es importante señalar que de las fisuras, el denunciante ya se
encontraba advertido, tal como lo' indica, el Artículo Cuarto del Acta de Entrega de
Inmueble, que dice: E
. El propietario declara conocer.y aceptar. que. existen ondulaciones en EL
INMUEBLE y se presentaran “micro fisuras menores a:.3mm, producto del normal
comportamiento del sistema constructivo... lo cuales no perjudican la resistencia del
inmueble materia de venta, cuyo mantenimiento estará a cargo de el propietario...”
Tal como puede observarse en lá mencionada acta, .se le había precisado al
propietario de las posibles microfisuras quée'se podían dar dentro de su inmueble.
De igual manera, luego dé la filtración
del agua, el Ing. residente
lé indico al cliente
que dichas fisurás NO CONTITUYEN RAJADURAS como el. menciona, ni mucho
menos algún tipo de problema o falla estructural, fue por ello que luego de una
reunión con:la-esposa:e ingeniero: del denunciante: 'comprendieron“que*ello no es
parte de un tema estructural.
NLI-
5.- Es importante precisar que mi representada se encuentra en la OBLIGACION de
atender el reclamo de! cliente, fue por ello que el personal de obra lo atendió en su
momento, y se procedió con el cambio del piso laminado, sin embargo pese al|
tema
de la microfisuras es que
el denunciante paralizo la obra, evito que se
concluyera
con los trabajos mencionados, | luego de ello fue que se han presentado diferentes
dificultades > y obstáculos, inclusive requerirni lentos que no contempla los acabados
del
inmueble del propietario, por lo que es totalmente ajeno a la verdad indicar que
mi representada no tiene interés para solucionar el problema, todo lo contrario.
4. 6.- Mi representada se encuentra con la mejor disposición de continuar con la
atención que se derivo al denunciante. Es por ello, que como anteriormente se dio
la mejor disposición de brindarle todas las facilidades requeridas, nos mostramos a
su disposición a fin de continuar ccon los trabajos qque por decisión de su parte no se
pudieron con
concluir. A
Como es de apreciarse, CONSORCIO DHMONT 8 CG 2: M S.A.C. siempre se mostro,
atento a la petición del denunciante, brindando siempre la mejor disposición tanto
con el personal de Post Venta como los diferentes profesionales y técnicos de mi
representada. Por tal motivo, solicitamos que dicha denuncia sea desestimada, toda
vez que mi representada ha buscado en todo momento atender el requerimiento
del propietario, incluso con una atención mayor a la exigida por su parte.
OTROSIDIGO: Es preciso tener presente
a' vuestro despacho que conforme a
nuestro escrito de ampliación de plazo, el cual esperamos nos permita tener el
plazo adicional para poder brindar lá documentación necesaria que le permita un
mejor análisis de los hechos.
111.- ANEXOS:
1- DNI del representante legal
2- Copia de la Vigencia de poder. PS
3- Copia constitución de. la empresa RRPP> es
4- Ficha RUC E E
5- Copia di
del Actape Entrega del inmueble!
PORTANTO:
Sírvase usted, proceder de acuerdo a ley.
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- Atención N” 244505. . 04.02.2015:
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Superintandoneís Nactonal : e
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OFICINA LIMA -
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS É
- .. Zona Registral N“1X- Sede Lima.
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LIBRO DE SOCIEDADES MERCANTILE E IS
TA VIGENCIA
DE PODER .
- EL que suscribe CERTIFICA, que: |
En el asiento A00001.
de la Partida: N* 11307570 del Libro de Sociedades Mercantiles,
correspondiente a la Partida Registral de la Sociedad Denominada: “CONSORCIO
DHMONT £ C G'£ M SOCIEDAD ANONIMA CERRADA”, consta
. Tegistrado y vigente el mombramiento como. GERENTE GENERAL : del Señor
- RICARDO MONT LING, siendo sus facultades las establecidas en el
estatuto: Artículo 22%: Facultades: EL Gerente Generales el ejecutor de todos
los acuerdos de la Junta General tiene. la representación legal, judicial, comercial y
administrativa de la sociedad. Tiene .como facultades y atribuciones las
siguientes: 1) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades políticas,
administrativas, policiales, militares, laborales, aduaneras y Judiciales con todas
las facultades y atribuciones generales de representación así como de las.
-. especiales del. mandato para -disponer de derechos sustantivos...; “sustituir o
delegar la representación procesal y/o nombrar oO revocar apoderados
judiciales......Con las más amplias atribuciones y las demás facultades generales y
especiales contenidas .en' los Art. 74? y 759 del Código Procesal Civil 00.2)
Organizar el- régimen Administrativo de la sociedad....5) Otorgar poderes y
revocarlos cuando lo estime necesario....8) El Gerente General a sola firma podrá
abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, de ahorro , a plazo de cualquier otro
genero, co-girar contra ellas, transferir fondos de ellas, efectuar retiros y
. sobregirarse en cuenta corrientes con. o sin garantía prendaria, hipotecaria y/o
fianza en todo tipo de Instituciones de Crédito; girar, endosar, protestar, y cobrar.
- Cheques; girar, aceptar, avalar, endosar, descontar, cobrar, protestar, reaceptar,
renovar, cancelar y/o dar en garantía o en procuración según su naturaleza letras
de cambio, vales, pagares, cheques, y en general todo tipo de títulos valores, así
como cualquier otro documento mercantil y/o civil, incluyendo pólizas,
conocimientos de embarque, cartas porte, cartas de crédito, certificados de
deposito, warrants, incluyendo su constitución, fianzas y/o avales; celebrar activa
O pasivamente contratos de mutuo...; Dar en prenda, constituir Hipotecas, otorgar
avales , fianzas, y cualquier otra garantía , aun a favor de terceros, para afianzar
- Operaciones crediticias;
En general celebrar todo tipo de obligaciones de crédito...;
Comprar , vender, arrendar, permutar, donar, o recibir en donación , bienes de o.
para la empresa, sean muebles o inmuebles; transigir y condonar obligaciones;
celebrar convenios arbitrales
y todo tipo de contratos de Leasing, arrendamiento
financiero....; .Compra y venta de acciones en bolsa o fuera de ellas, facturas,
cheques, vales; pagares y letras de cambio, incluidas las letras Hipotecaria...
constituir empresas y/o todo tipo de personas jurídicas en el Paí.
7. a en
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1 extranjero; intervenir en las Licitaciones y Concursos Públicos; en general firmar.
.toda clase de contratos sean civiles o mercantiles, así como los instrumentos.
Públicos y privados a que: hubiere lugar.-Así consta del mérito de la. Escritura.
Pública: del 06/08/2001"
y. por ESCRITURA. ACLARATORIA del 20/08/2001
otorgada ante NOTARIO RAMIRTEZ. CARRANZA ALEJANDRO en la ciudad de
. U MA QARARAARARA
RAR
N? de fojas de certificado :02
Dérechos Pagados: S/ 23.00. . Recibo/fecha:29-002084 -04.02.2015. >
Se expide el presente en la ciudadde Lima
a las 8. 00. horas del día 09.02.2015 : ll
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LOS CERTIFICADOS.QUE EXTIENDEN LAS OFICINAS REGISTRALES ACREDITAN ISTÉNCIA O INEXISTENCIA DE -* E .
| DE SU EXPEDICIÓN. (ART. 140" DEL _.
T-U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS API ' POR RESOLUCION N*.126-2012-SUNARP-SN DEL
18.05.2012). o 0 AA A A. y
| WODESTÓ REYALU PALACIOS
: j úblico
. Registrador PU /
Zona Ranistral N*Jx Sede Qoaa
8. “ ATENCION N* 00075570 Recibo N* 2015-19-00001072 COPIA LITERAL Partida N* 11307570
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OHCINA REGISTRAL | DE LIMA Y CALLAO” : : * N* Partida: 11307570.
OFICINA LIMA *
. INSCRIPCION DE SOCIEDADES ANONIMAS o xQ
CONSORCIO DHMONT k CG €: M SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
. CONSORCIO DHMONT. EC 6 $ M S. aC 0%
+ A00001
o o otorgada ante NOTARIO RAMÍREZ CARRANZA ALEJANDRO É
E_ SOCIOS FUNDADORES Y APORTES :
. REPRESENTACIÓN ÉN
_ ACABADOS DE CON
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
RUBRO : CONSTITUCIÓN |
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MARIS
Por ESCRITURA PÚBLICA del 06/08/2001 y por ESCRITURA AS PORÍA del 20/08/2001
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1 DHMONT : SOCIEDAD : - ANÓNIMA: .
- CONTRATISTAS GENERALES; Debidamen dl
. por el Gerente. “General Ricardo Mon ú
inscrito en la Partida N” 00325589 del E
Registro de Personas Jurídicas de Lim8k
2. CG 82 M PROYECTOS Y CONSTRUC
ANONIMA CERRADA; Debidament os Cy
Gerente General Gisselle Cast Faq o seg r > 4;
inscrito en la Partida N* 111392 de
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Registro de Personas AS o SN :
ABRIGBACIÓN Dis bución. MERCIALIZACIÓN, :
E EXPARTACIÓ ONSIGNACIÓN Y.
: TODO HPÓ DE nAGÉmaLes, ACCESORIOS Y
ARTÍ Bo DE FERRETERÍA EN GENERAL,
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TODO TIPO DE USO YB, € EN TERIAL; PRODUCTOS DE
CONCRETO, TUBERÍAS, CAJAS DE AGUÁND OSTES, Y AFINES; EQUIPOS,
MAQUINARIAS, Y RE ? IQNÍ DOS CON NDUSTRIAL DEL AGRO,, LA
INDUSTRIA Y VEH S - 8 CORTES Luco EN GENERAL;
ASÍ MISMO de COS TÉ OS EN MATERIA DE 5
CONSTRUCCI E *SUPERV DE OBRAS DE TODO o
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pa ARRETERAS, VEREDAS, PISTAS, TOMAS, dh
5 TOS, RVORIÓS, INSTALACIONES ELÉCTRICAS, 2
EAS pestoS; ELA ess PROYECTOS DE INGENIERÍA Y A
BECTURA EN GENERAL(RE on S CON LA CONSTRUCCIÓN CIVILES;
FO DE CORRETAJ poca RIA, COMPRA VENTA DE CASAS ,
BRESRTAMENTOS, TER ETC inenbo INTERVENIR PARA EFECTOS DE
LLEVAR A CABO LAS IDADESÁNTES SEÑALADAS, EN TODA CLASE DE
LICITACIONES Y CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS Y/O PRIVADAS Y ACTUANDO YA
SEA EN FORMA IND DIENTR SOMO TAMBIÉN EN CONSORCIO CON OTRAS
EMPRESAS.
Fecha de Inicia las operaciones : Con ía Inscripción Registral.
Duración: in ¡MX
Domicilio Lima, pudiendo establecer sucursales en el país el extranjero, por decisión
del Gerecienoral : =
. pp. Zon3 ReBistra] N"IX- Sede Lima
o 13 No 2005 Namols a
Cc
lución del Superintendente Nacional de los Registros Púplicó3 A JAHASENARE DAD
ATE NDIDO
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9. . ATENCION No 00075570 Recibo Ne 201 5-1 Y9-QUUUTU/Z UUFIA LJ5SETAL MAA LIVICA A a
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OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO o -—— N' Partida: 11307570 |,
OFICINA LIMA : “e
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INSCRIPCION DE SOCIEDADES ANONIMAS
CONSORCIO DHMONT £ C G £ M SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CONSORCIO: DEMONT «CG € MS. aC.
. CAPITAL SOCIAL: Sí. 5; 000. 00” “Nuevos Soles, dividido* en 500 20cones nominativas de. :
S//10.00 nuevó (s) sol (es) cada una, pagado integramente. o "eN : e
: RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL : El Quórum y “adopción de a conforme a los- ¡Z 3
Arts: 125%; 126” y 127%de la Ley General de Sociedades. E 7»
La Convocatoria a Junta se sujeta, alodispuesto. en.ebArt. 245
a estré de cada año, cor
ficos del ejercicio ed
ver sobre la aplicación
Fión. Designar
o delega 1
da . resolver sobre los demás
La Junta General Obligatoria Anual: sé reunirá dentro del pri
el fin de pronunciarse sobre lá gestión social y los resultadí a:
expresados en los estados finaricieros del ejercicio antegb
utilidades. Elégir- cuando corresponda al gerente y fij
jars su
. reunirá con el. objeto de remover “al gerentes? SUSrÍé sus ree (piazantes, + car el.
estatuto, aumentar o reducir el capital, emi es, acordaritanenajena un sólo
acto de activos cuyo valor contable exceda; pital so isponer igaciones
y auditorías especiales. Acordar la transfor ona 2 organizaign”y disolución'
“ de la sociedad y resolver sobré su liqu
señalen. dr
L
LA SOCIEDAD NO TENDRÁ DIRECT
- RÉGIMEN DE LA GERENCIA : LaBogfedad será cor da por O mas Gerentes.
Facultades :De conformid rt. 22% del tuto Soci El Gerente General es el .
ejecutor de todos los aci ] fal tiene representación legal, Judicial,
: Comercial, y Administrat Socied ps acultades y atribuciones las
siguientes: 1) los a -sociedag todas ase de autoridades políticas,
cal ciales con todas las facultades .
IMPRESION
:13/01/20
15
17:08:03
Página
2
de
62
3n
Títulos
Pendiéntes
v/o-Susbendido
s
- y atribuciones gene : E p así ( ne. fas os del mandato para
disponer de dereché ki . or ón procesal y/o nombrar
o revocar aposierad8sfugfriale . npjias atri es y las demás facultades 5
- generales y espil Se ARE y d6l Código Procesal Civil ...2) ?2
Organizar el g SiS xd poderes y revocarlos cuando 0 S
abrir y cerrar cuentas corrientes gq
irar contra ellas, transferir fondos g
>; Qientes con o sin garantía prendaria, 3
Q : rar es Crédito; girar, endosar, protestar, y 0
e Ca vol endosar,” descontar, cobrar, protestar, reaceptar, 2
garantí Jn procufiejón según su naturaleza letras de cambio, a.
na odo ti e títulos valores, así como cualquier otro
110 mercantil y/o: civil, in ndo póliz: , conocimientos de embarque, cartas porte,
ayala: celebrar activa O amente al de mutuo...; Dar en prenda, constituir
Hipotecas, otorgar avales zas, y cualquier otra garantía, aun a favor de terceros, para
afianzar operaciones cr ias; SES ral celebrar todo tipo de obligaciones de crédito...
Comprar , vender, ey T, DormuÉ adonar, o recibir en donación , bienes de o para la
empresa, sean mu inmuebles; transigir y condonar obligaciones; celebrar convenios
arbitrales y todo a de Leasing, arrendamiento financiero....; Compra y venta de
acciones en o Ta de ellas, facturas, Cheques, vales, pagares y letras de cambio,
incluidas las ¿e e ipotecaria... ; constituir empresas y/o todo tipo de personas jurídicas en el
199 de crédito, certifica
ed posito Brant incluyendo su constitución, fianzas y/o
Si
fi
. País o en el E ero; intervenir en las Licitaciones y Concursos Públicos; en general! firmar
toda. clase de Cóntratos sean civiles o mercantiles, así como los instrumentos públicos y
privados a áyie hubiere lugar.
O
DS Página Número 2.
ución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N* 124-97 SUNARP
10. 00001072 coplA LiEne—
NN 00075570 Recibo N” 2015-19
* OHCINA REGISTRAL SE LIMA
Y CALLAO
pr Partida: 11307570 | o
00055
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INSCRIPCION pE SOCIEDADES AANONIMAS
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Consorcio pAmMONT £ CG E M SOCIEDAD "ANONIMA C
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OS EROS Y FPUCAGÓN DE GTILIDADES +
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- 407 3142000018 LOS: >
ENTE GENERAL: RICARDO MONTILING.
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o “facultades otorgadas.alGerentee Genera en el Art.££ Y
El título fue presentado E
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a Diario 041 6. Derechos “401.00 con
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Zona Registral W IX - Sede Lima
13006205 19
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Página Número 3
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del Superintendente
Nacional
o 124-975UNARP
11. : Número de RUC:
: Tipo Contribuyente:
: Nombre Comercial:
Fecha de
: Inscripción:
: Estado del
: Contribuyente:
Condición del
Contribuyente:
Dirección del
: Domicilio Fiscal:
¡| Sistema de Emisión
: de Comprobante:
: Sistema de
: Contabilidad:
: Actividad(es)
Económica(s):
: Comprobantes de
Pago c/aut. de
: impresión (F. 806 u
: 816):
: Sistema de Emisión
: Electrónica:
. Afiliado al PLE
desde:
Padrones :
20502574109 - CONSORCIO DHMONT £ CG £ M SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
31/07/2001 Fecha Inicio de Actividades: 01/08/2001
ACTIVO
HABIDO
AV, ANGAMOS ESTE NRO. 1648 DPTO. 405 (FTE GAN UNIDAD R PALMA) LIMA - LIMA - SURQUILLO
Actividad de Comercio
Exterior: SIN ACTIVIDAD
MANUAL
COMPUTARIZADO
Principal - 45207 - CONSTRUCCION EDIFICIOS COMPLETOS.
FACTURA
BOLETA DE VENTA
NOTA DE CREDITO
NOTA DE DEBITO
GUIA DE REMISION - REMITENTE
COMPROBANTE DE RETENCION
01/01/2013
Incorporado al Régimen de Agentes de Retención de IGV (R.5.217-2010) a partir del 01/09/2010
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12. CONSORCIO DHMONT_ 2 CG-2 M S.A.C.
PROYECTO DE INTERES SOCIAL CON PROGRAMAS. TECHO PROPIO Yo
o NUEVO CREDITO MI VIVIENDA
“CIUDAD SOL EL RETABLO”.
ACTA DE ENTREGA DE INMUEBLE —
OBRA : CIUDAD SOL EL RETABLO
no UBICACIÓN . -* E : COMAS E e l
EL'PROPIETARIO. RENE Rasel prerzen E : 00913, 519.
. Millegas Leyes Foscto Y ercegas : ; ONE
u X3£02289. c
N* EXPEDIENTE |.
DEPARTAMENTO :
“Se coaier en el Inmueble (en adelante EL: INMUEBLE) señalado en el encabezado. de la presente, .
de una parte el representante de la VENDEDORA “CONSORCIO DHMONT 8 CG 8 M SAC”; en adelante
LA INMOBILIARIA; y, de la otra parte LOS COMPRADORES «en adelante EL PROPIETARIO, con la
finalidad de efectuar la recepción formal del inmueble materia de compra-venta en los siguientes términos:
PRIMERO.- Luego: de revisado y verificado el inmueble materia de venta - después de una inspección
detallada del mismo - EL PROPIETARIO declara que se encuentra plenamente de acuerdo y satisfecho con
EL INMUEBLE comprado; por lo que en señal de conformidad, recibe las llaves correspondientes. sin más
constancia que su firma puesta al final.del presente documento. Asimismo declara por la presente recibir y
aceptar bajo conformidad las áreas y bienes comunes. .
SEGUNDO.- EL. PROPIETARIO. declara -conocer y aceptar que las edificaciones tienen un sistema
estructural de concreto llamado “edifició muros de ductilidad limitada”, por lo cual se encuentra prohibido
la realizar modificaciones que puedan afectar la estructura de la edificación, esto. quiere. decir que no podrán
- realizar. demoliciones ni retiro. del acero de muros de concreto; picado y demolición de losas, picado de
muros ge sirven de "pase de tuberías en muros y losas; yotros, .
TERCERO.» GARANTIA DE LA DE LA PARTE ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO (Art. 1734 del .C.C.)
EL. PROPIETARIO: declara conocer. y aceptar que en el improbable caso de presentarse algún
inconveniente posterior a la entrega. del: inmueble, referido únicamente al tema ESTRUCTURAL de la
edificación, se deberá informara LA INMOBILIARIA bajo escrito de fecha cierta (bajo sello de recepción),
con el nombre legible, firma y DNI de EL PROPIETARIO * dentro de los seis meses siguientes al
descubrimiento. Todo pacto distinto será nuelo de conformidad con lo previsto porel Art. 1184 del Código
Civil.
El área de POST-VENTA de LA INMOBILIARIA evaluará si se debe a algún problema estructural, en dicho
caso se procederá a adoptar la medida correctiva pertinente; sin embargo si el daño fuere (ocasionado por el
uso inadecuado, modificación de la estructura, instalaciones eléctricas o sanitarias efectuadas por parte de
EL COMPRADOR generando daño a su propiedad o/a terceros vecinos, las refacciones serán asumidas
* bajo el costo y responsabilidad del COMPRADOR.
e INMUEBLE. y:se:presentarán micro: fisisuras. (menores: a3 milímetros) producto. del. ñormál comportamiento" A
+= del sistema constructivo, por el natural comportamiento del concreto tanto en paredes y techos los cuales no:
: ¿penudican: las resis teñcia: del: “inmueble” materia ña:
> Venta, uyO. mantenimiento estará: a: argo. de EL a
- PROPIETARIO.
LA JA ACA AS
ES . -QUINTO.- EL PROPIETARIO a, pattir d dela:suscripción. de la presente, declara acopiar y estar
a lenamente
li con las: siguientes obligaciones:
e. Cumplir a “cabalidad con las disposiciones de las Normas de Convivencia -- que |seo adjuntan a la
- presente- sujetándose a las sanciones que correspondan:
«No realizár modificación, alteración o uso indebido de las áreas extemás O cómunes de propiedad :
de-todos los condóminos; tanto en áreas externas á los inmuebles, blocks y del mismo: condominio
-en general. Se sancionará. el uso indebido «de áreas comunes para beneficio propio o de terceros
en especial en los primeros pisos... Se recomienda para estas áreas el uso de macetas y plantas
13. CONSORCIO DHMONT.2 CG 2. MSAC.
“PROYECTO DE INTERES SOCIAL CON PROGRAMAS TECHO PROPIO Y
NUEVO CREDITO MI VIVIENDA
.
“CIUDAD SOL EL RETABLO”.
0, cuapós corresponda y de forma adecuada! sin afectar la buena convivencia. . .
+ Las rejas de seguridad de puertas y ventanas (bajo costo del propietario) deberán ser “uniformes
(todas iguales) para conservar el ornato del edificio. Se adjunta a la presente los modelos de las rej
».. No colocar -ropa,, bicicletas 'u otros objetos” que no:favorezcan al'orden y buena presentación u- *
“+ ornato. del condominio en.balcones, ventánas o pasadizos. Loss balcones NO SON DEPÓSITOS * *
-. — NITENDALES DE ROPA. 3%
+ . Se sugiere no tener mascotas (pérros y. gatos); sin. embargo, de tenerlas mejor que: sean: pequeñas NN
“manteniendo el debido cuidado para el recojo de sus excretas, uso de bozal; cuidando de ho dañar,
perjudicar, ni incomodaf a los vecinos. No se podrá tener como mascotas animales silvestres o
o peligrosos.. El perjuicio causado será de entera responsabilidad de EL PROPIETARIO.
+ LOS PROPIETARIOS de los aires que correspondan al piso 12, no.. . podrán. realizar sobre estos -
construcciones con material noble; sin embargo, si lo podrán realizar con material ligero como
" POLICARBONATO. o DRIWALL, débido a que la estructura del piso" 12. no está preparada. para
construcciones pesadas pudiendo afectar las estructuras bajo- entera responsabilidad de EL.
PROPIETARIO.
e DECLARA que tiene conocimiento y está de acuerdo con las servidumbres constituidas a favor de
EDELNOR y SEDAPAL las mismas que podrán servir a-todo el condominio y al Proyecto
inmobiliario. Además declara que se encuentra de acuerdo con la-ubicación y dimensiones de las
sub-estaciones y depósitos de basura «permanentes los cuales se obliga arespetar y cumplir con 1los
horarios de acopio.
Cumplir con el pago por adelantado de la CUOTA DE MANTENIMIENTO, a fin de realizar los pagos
oportunos de los suministros de agua y luz común, debido a que estos cobros son emitidos por las
empresas prestadoras en un solo recibo' por el.consumo de todos los departamentos, Su no
cumplimiento será bajo sanción” de .multa y entera responsabilidad del PROPIETARIO. -El
PROPIETARIO DECLARA y acepta en este-acto otorgar plenas facutades al Administrador al corte
lemporal del servicio de agua de su departamento, hasta la cancelación. total de sus cuotas;
absteniéndose de interponer cualquier denuncia por este hecho o las consecuencias derivadas de
dicho corte. ya que el agua es.un vital elemento que perjudica a todos los vecinos por falta de pago
oportuno de los que incurren en mora.
SEXTO.- En este acto, EL COMPRADOR declara haber revisado y en consecuencia recibir bajo
conformidad los siguientes acabados: : a
SALA COM EDOR :
Puerta, Chapa, Bisagra:....... a
Pintura Pared y TechO.......oo.......
Piso y Contra zócalo Laminado......
Ventana, Vidrio y Pestillo.............
Mampara, Vidrio y Pestillo (si corresponde)
* Tomacorriente y Tapa Ciega.....::.
Interruptores de LUZ...omocoocanino
rones
. Timbre Inalámbrico........... arbnncnnns
01 Soquete y 01 Foco de Luz (obsequio).
COCINETA Y LAVANDERIA
Pintura Pared y Techo................
Cerámico Pared ..oooooccccccccccccinccns
14. £
CONSORCIO DHMONT £ CGE MSAC.
PROYECTO DE INTERES SOCIAL CON PROGRAMAS TECHO PROPIO Y
NUEVO CREDITO MI] VIVIENDA
“CIUDAD SOL EL RETABLO"
Piso cerámico- amina, o
Tomacorriente y Tapa Ciega. a
- Ventana, Vidrio y Pestillo..marmo corona.
Tnterruptor de Li N
“Intercomunicador... Libano
* Tablero General (Llaves. Thémiomágnéticas)...
- Lavadero y Grifería de Lavandería... .
“Lavadero y Grifería de Conos. ae
Llave General de agua..
Punto de Agua y Desagie p
para Lavadora.
-). Punto de Salida sin cable para Terma.....
Mueble bajo de cocina (Obsequio)...
0.0%. Ñ
E
<
.
BAÑO PRINCIPAL - B.
Lavadero y Grifería de Baño.........
Inodoro (no incluye tapa)......
Zócalo de Aluminio de ducha. .....
Grifería para ducha..........: bnnnrnnno m0.
Puerta Chapa, Bisagras............. ..
Pintura, Pared y Techo. conca Porncoae
Cerámico piso y pared................ 3
y O
2) Tomacorriente...
Interruptor de Luz......... a...
DORMITORIO PRINCIPAL
Puerta Chapa, Bisagra...............
Pintura Pared y Tech0......o.o.oo.....
Piso yContra zócalo Laminado......
Ventana, Vidrio y Pestillo............ eS
- Vomacorriente y Tapa Ciega........
ARQHER
5
RR
OAAARAR
. Interruptor de LUZ. .oocionnonciócnccc.
DORMITORIO SECUNDARIO - VB.
Puerta Chapa, Bisagra............... nm
Pintura Pared y Techo............. ... E
15. CONSORCIO. DHMONT:2 CG 2 MSAC,
PROYECTO DE INTERES SOCIAL CON PROGRAMAS TECHO PROPIO Y
: NUEVO CREDITO MI VIVIENDA
“CIUDAD
SOL ELRETABLO”
“Piso y Contra zócalo Laminado...:... *.-
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CUARTO DE USOS MULTIPLES *
: Puertá Chapa, Bis coccion A
Pintura Pared y Tech cciccariónnzos Z .
Piso y Contra zócalo Laminiado.......
yo Ventana, Vidrio y Pestillo.............
“Tomacorrientey Tapa Ciega.coo.o...
Interruptor de Luz............... 0.0
PATIO DE COCINA (Solo 1er Piso *)
- Puerta, chapa ybisagra Poe
Ventana, vidrio y pestillo....
Piso de CeráMiCO...ooocociciccccona
Pintura Pared ooocconocococoncnonancnos .
Registro y Sumidero........... eoneanns
.(*) Solo aplica MIVIVIENDA. Firma Propietario
cu
AZOTEA (Solo 12vo Piso **)
Terraza
Piso de Cerámico....... DN
Pintura Pared. accion
Registro y Sumidero.......... Dacnsonnos
coo
Tapa Ciega... eanannnannnos
Cuarto de Servicio
Puerta, chapa y bisagra.....
Ventana, vidrio v pestillo. ...
Piso de CeráMiCO..coccooccnconononoonos Ñ
Pintura AS
Registro Y SUMISO ocooncocnconannns
Tomacorriente y Tapa Ciega........ *
DODoO
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Interruptor de LUZ....ooooocoonionccocno
16. VHAMON TECGZE MM S.AC.
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PROYECTO DE INTERES SOCIAL CON PROGRAMAS TECHO: PROPIO Y HE
- NUEVO CREDITO Mi VIVIENDA
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“CIUDAD sol EL RETABLO SN o
Daño
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Sriferla para ducha... e
+ Puerta Chapa, Bisagras... ES| -
Pintura, Pared y Techo... o O
Cerámico piso..
O.
«Ventana, VO aacnornss <q .
Ve cc El.
Intemuptor de Luz aaonnnananodonocinoe UF o
Lavadero y Grifería de Lavandería (*9)..... O:
- Punto de Agua y Desagúe para Lavadora (**)... [7]-
Punto de Salida sin cable para Terma.(**).....[] A
-(*) Solo aplica MIVIVIENDA,
(*") No están ubicados en la cocina solo en azotea
Firma Propietario
OTROS. o > V.B.
Especificar. A. S arco norccanazanons o El Firma Propietario
- SETIMO.-AREAS COMU
: conformidad lo siguiente:
Escalera/Barandas...........: Li...
* Pisos Halcon. A E
Vestíbulo
AN
Veredás Exteriores a coaconnonoo conan
MS O
luminación Exterior. 00.
Rejas Exteriores... A
Depósito de Basura yy suubicación.
Cistema 1 Equipo de Bore. ...
INS -
Firma Própiétario "
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NES: En este acto, EL COMPRADOR declara además, recibir bajo s
su plena
17. CONSORCIO DH MONT 4 C6 2 MSAC.
PROYECTO DE INTERES SOCIAL: CON PROGRAMAS TECHO. PROPIO Y
CONSORCIO. NUEVO CREDITO MiVIVIENDA"
JNMONT “Cl10 DAD SOL ELRETABLO”
: OCTAVO: EL COMPRADOR DECLARA Y ACEPTA lo siguiente:
a. Tratándose de equipos, ascensores, accesorios, eléctricos, hidráulicos y todo:bien o elemento en.
"general que se encuentra. en áreas comunes (al exterior del Departamento), él plazo dé garantía se
contará a partir de la instalación: de los mismos o firma NN Acta de Entrega del Primer Comprador, .
“loque suceda primero. Ao
b. Para los “acabados: 'señalados-en la'presente que se' encuenkad' al interior del Depártamento, el.-
plazo de garantía <se contará a partir de la firma del Acta de entrega €
de cada PROPIETARIO,
NOVENO.- EL COMPRADOR declara que al haber. rrácibido" satisfactoriamente el inmueble materia de la - :
presente entrega, renuncia a interponer cualquier medida judicial extrajudicial referida a la idoneidad y
oportunidad de entrega. - e Zo -
jfma Propietario
En señal de conformidad del presente documento, “suscribe el eqtigrador la presente en original y dos
copias. : .
- Fecha: 02 de ero QoS
LA INMOBILIARIA.
PROPIETARIO. | - PROPIETARIO
SN
18. ma
5
0
du0
Av. Angamos Este N* 1848 Of. 405
Surquillo - Lima
Telfs.: 444-1515 / 444-1516
Telefax: 242-1268
==-—E-meiladainistracionSconsorciodhmont, com
ndecopi ¿Www.consorciodhmont.com
CUSTOA DE PROTECCIÓN
OMAR 205 |
Al
DOCU MEN: PARIO
Lima, 18 de marzo de 2015
SEÑORES:
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE'LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
0 CALLE DE LA PROSA N? 104,
== SAN BORJA.
PRESENTE.-
ATENCIÓN: EDWINVÁLDA NA RAMOS
ASUNTO: 0:07 SOLICITA AUDIENCIA
REFERENCIA: : EXPEDIENTE N2 39-2015/CC2
CONSORCIO DHMONT £. c6 a MdE, “debidam nte representado por su
Gerente General, RICARDO MONT LING, identificado con D. Ne!. 42 96593813, con poderes
debidamente inscritos en la Partida: Electrónica NN 11307570. del Registro de Personas
Jurídicas de Lima, y señalando domicilio real y procesal enla Av. Angamos Este N* 1648,
oficina 405, Distrito de SU me presento á Usted respetuosamente y digo:
Que, de conformidad
«conA dépuestoé ennal art. 299 del Decreto Legislativo N* 807
— Ley sobre Facultades, Normas y
y Organización del INDECOP!, “solici itamos a su digno
|, despacho nos puedan conceder FECHA Y HORA para le Audiencia de. Conciliación respecto
al expediente de la referencia. :
PORTANTO:
Sírvase usted, conceder nuestra solicitud y proceder de acuerdo a ley.
19. A
W)>
SECRETARÍA TÉCNICA DE
LA COMISIÓN DE.
PROTECCIÓN AL CONSUMIDORU UU 3%
SEDE CENTRAL
Índecc
INSTITUTO NACIONAL
DE DEPENSA DE LA
COMPETENCIA Y DE LA
PROTECCIÓN DE LA
PROVIEDAD INTELECTUAL
EXPEDIENTE N? : 39-2015/CC2
DENUNCIANTE : EMERSON REYES RUGEL
DENUNCIADO : CONSORCIO DHMONT 8 CG 8 M SAC
RESOLUCIÓN N* ; 2
Lima, 20 de marzo de 2015
VISTOS: los escritos de fecha 18 y 19 de marzo de 201 5, presentados por Consorcio
Dhomnt 8 CG £ M S.A.C.; y, CONSIDERANDO:
1. que, de acuerdo con el inciso d) del artículo 24" del Decreto Legislativo N% 807, Ley
de Facultades, Normas y Organización del INDECOPI, el Secretario Técnico cuenta
con la facultad para efectuar todas las notificaciones relativas a la tramitación del
procedimiento";
2. que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 41% del Decreto Legislativo
807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi; y,
3. Que, mediante Resolución N” 01 de fecha 5 de marzo del 2015, la Secretaría
Técnica admitió a trámite la denuncia interpuesta por el señor Emerson Reyes
Rugel.
4. Que, dicha resolución fue notificada al denunciado el 10 de marzo del 201 5, venció
indefectiblemente el plazo para presentar sus descargos el 17 de marzo del 2015.
5, que, el Consorcio Dhomnt £ CG 8 M S.A.C. mediante escrito de fecha 18 de
marzo solicitó prórroga de plazo.
SE HA RESUELTO:
1. agregar los referidos escritos al expediente y ponerlos en conocimiento de la parte
denunciante;
2. tener por apersonado al presente procedimiento a Consorcio Dhomnt 4 CG 8 M
S.A.C.;
3. señalar como domicilio procesal de Consorcio Dhomnt £ CG £ M S.A.C., la
dirección ubicada en Av. Angamos Este N* 1648, oficina 405, distrito de Surquillo;
DECRETO LEGISLATIVO N? 807, LEY DE FACULTADES, NORMAS Y ORGANIZACIÓN DEL INDECOPI
Artículo 24*.- El Secretario Técnico se encargará de la-tramitación del procedimiento. Para ello, cuenta con las
siguientes facultades: (...)
d) Efectuar todas las notificaciones relativas a la tramitación del procedimiento mediante oficio, carteles, facsímil,
transmisión de datos, correo electrónico e cualquier medio que garantice su recepción por parte de los
destinatarios. (...).
Artículo 41*.- Los plazos establecidos en el presente Decreto Legislativo se computarán en días hábiles y podrán
excepcionalmente ser prorrogados, de oficio o a petición de parte, sí la complejidad del caso lo amerita. En ningún
caso se podrá conceder como plazo adicional uno mayor a tres veces el plazo establecido.
20. SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN DE,
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR: Y U Y 3
SEDE CENTRAL
INSTITUTO MACIHONAL
DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA Y DE LA
PROTECCIÓN DE LA
PROPIEDAD INSELECTUAL
4. Denegar la solicitud de prórroga de plazo presentada por el Consorcio Dhomnt €
CG £ MS.A.C.
5. Informar a las partes que se ha procedido a programar una audiencia de conciliación
a fín que tengan la oportunidad de llegar a un acuerdo que solucione la controversia
que originó la presente denuncia, sin que haya necesidad de un pronunciamiento
posterior del INDECOPI. Para ello, se llevará a cabo una reunión el día martes 28
de abril de 2015 a
las 09:30 horas, en las oficinas de la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor N? 2, sito en Calle De La Prosa N? 104, San
Borja; a la cual quedan cordialmente invitados.
En este sentido, corresponde informar a las partes que, en caso deleguen a favor de
tercera persona su actuación en la diligencia programada, ésta deberá presentar un
poder especial con firma legalizada ante Notario Público, donde conste
expresamente su facultad para asistir y conciliar en su representación. Ello bajo
di; apercibimiento de no realizar la audiencia de conciliación y levantar el acta de
- inasistencia correspondiente.
Especialista 2
Comisión de Protección al Consumidor N? 2
CID
21. y Indecopi
RACIONAL DE DEFENSA DE EA COMPÉTENOA
BEDELA ECON DELA PROMEDAD INTELECTUAL
dl DATOS DEL'DOCUMENTO:
REFERENCIAS DE LA DIRECCIÓN:
Color de Casa / Edificio: N* de Pisos:
Suministro Eléctrico N*:
“¡MOTIVO REZAGO: .
1. Se mudó: - o oo. LE SM
2. Dejo de trabajar ahí : o NT
3. Dirección Incorrecta .. o : DI
4. Desconocido
/ No da tazón . 0 Cp DE
'5. Ausente (Se dejo aviso de visita)- CIAL
6, Rechazado /No permite entrega : + 77 RE
7. Otros:
Aa No:0 obre
de el Porres.
Hrs do Pont od AZ EE a
iii yin, A
te Vista: [X] Fecha/Hora:
Bi Visite: 7]. Fecha/Hora:
“NOTÍFICADOR: -
CONE
UEZONA: > : Ml
AN ¿2 Cortespondencia
FSGLABMA 00000 A ANDECOP]
SS
22. Indecopi
PROMEDAD WELECrUA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN
DE PROTECCIÓN
AL CONSUMIDOR 2
SEDE CENTRAL
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Lima, 19 de marzo de 2015
Expediente N” 39-2015/CC2
PARA LA BÚSQUEDA RÁPIDA DE
SU EXPEDIENTE USE EL
SIGUIENTE CODIGO: 15190019
Señor(es)
REYES RUGEL, EMERSON
San Martin de Porres.-
De mi consideración:
Sírvanse encontrar adjunto a la presente copia della Resolución N* 1 de fecha 5 de marzo de 2015,
emitida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor 2 del INDECOPT!.
Comisión de Protección al Consumidor 2
EARIEE
Y
e,
— Copiadel documento indicado.
1 Notas:
El Código de Búsqueda Rápida le permitirá acceder de manera ágil a la información sobre su expediente a través de
nuestro Sistema de Call Center, llamando al 224-7777, opción 4 y nuestra página web institucional
(www.indecopi.gob.pe/busquedaRapida).
Esta resolución no es impugnable, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206%,2 de la Ley del Procedimiento
Administrativo General y el Artículo 38% del Decreto Legislativo N* 807, Ley de Facultades, Normas y Organización del
INDECOPI. Dicha disposición no resulta aplicable para la resolución que declara la inadmisibilidad de la denuncia, en cuyo
caso, el Único recurso impugnativo que puede interponerse contra la referida resolución es el de apelación, el mismo que de
acuerdo a la Décimo Tercera Disposición Complementaria de la Ley N* 27890 debe ser presentado ante la Comisión de
Protección al Consumidor del Indecopi en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, que se empezará a computar a partir
del día siguiente de notificada la resolución, luego de lo cual la misma quedará consentida.
Para cualquier información sobre el procedimiento, usted podrá visitar nuestro Sistema de Seguimiento de Expedientes en
la siguiente dirección electrónica:
htip:/faplicaciones.indecopi.gob.pe/portelSAE/Expedientes/consultaCPC.isp?pldAreaMeénu=8.
Si desea leer un expediente, podrá comunicarse con el señor Carlos Castillo en el horario de lunes a viernes, entre las 8:30
y 11:30 horas al teléfono 224-7800, Anexo 7177. Una vez obtenida la cita (la cual se programará 2 días hábiles después de
la comunicación) deberá acercarse a la Sala de Lectura del INDECOPI entre las 8:30 y 16:30 horas.
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SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 2
SEDE CENTRAL
LEY 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
Artículo IV.- Principios del procedimiento administrativo
1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la
vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo:
1.2. Principio del debido procedimiento.- Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al
debido: procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir
pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. La institución del debido procedimiento
administrativo se rige por los principios del Derecho Administrativo. La regulación propia del Derecho Procesal Civil es
aplicable sólo en cuanto sea compatible con el régimen administrativo,
1.9. Principio de celeridad.- Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se
dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o
constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable, sin que ello releve a las
autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento.
Artículo 160.- Acceso a la información del expediente .
160.1 Los administrados, sus representantes o su abogado, tienen derecho de acceso al expediente en cualquier
momento de su trámite, así como a sus documentos, antecedentes, estudios, informes y dictámenes, obtener
certificaciones de su estado y recabar copias de las piezas que contiene, previo pago del costo de las mismas. Sólo se
exceptúan aquelias actuaciones, diligencias, informes o dictámenes que contienen información cuyo conocimiento
pueda afectar su derecho a la intimidad personal o familiar y las que expresamente se excluyan por ley o por razones
de seguridad nacional de acuerdo a lo establecido en el inciso 5) del Artículo 20 de la Constitución Política.
Adicionalmente se exceptúan las materias protegidas por el secreto bancario, tributario, comercial e industrial, así
como todos aquellos documentos que impliquen un pronunciamiento previo por parte de la autoridad competente.
160.2 El pedido de acceso podrá hacerse verbalmente y se concede de inmediato, sin necesidad de resolución
expresa, en la oficina en que se encuentre el expediente, aunque no sea la unidad de recepción documental.
A
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