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CONFERENCIA SOBRE:
El derecho a la ocupación efectiva del
futbolista en el ámbito internacional.
Jurisprudencia de FIFA y el TAS/CAS
Martin Auletta
Estudio Auletta & Asociados - Abogados (Argentina)
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Concepto (general):
Derecho que posee todo trabajador a exigir que su empleador
le proporcione tareas acordes al puesto y a la categoría del
trabajo para el que fue contratado.
 Desarrollado por las corrientes modernas del Derecho Laboral.
 Hace a la propia dignidad e integra los derechos personalísimos
del trabajador (“personality right”).
 Obliga al empleador, sin que el trabajador deba demostrar un per-
juicio por su inactividad (ej.: pérdida de imagen en artistas).
 Expresamente reconocido en diversas legislaciones nacionales.
 Su incumplimiento implica una injuria grave que autoriza al traba-
jador a rescindir el vínculo laboral con justa causa.
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Particularidades del derecho a la ocupación efectiva
(DOE) en el fútbol profesional:
 Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o
mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).
 Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra-
zón y para mantener su valor de mercado).
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Tribunal Federal Suizo - Sentencia 4A_53/2011 “Neuchâtel
Xamax vs Eddy Barea” (28/04/2011):
“Professional freedom, in particular for professional athletes,
therefore includes a legitimate interest in being actually employed
by their employer. Indeed, an athlete who is not actively
participating in competitions depreciates on the market and
reduces his future career opportunities. It is thus widely accepted
in jurisprudence and among legal scholars that athletes have a
right to actively practice their profession (…)”.
“It is obvious that a professional football player playing in the
premier division must, in order to retain his value on the market,
not only train regularly with players of his level but also compete in
matches with teams of the highest possible level.”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Particularidades del derecho a la ocupación efectiva
(DOE) en el fútbol profesional:
 Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o
mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).
 Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra-
zón y para mantener su valor de mercado).
 Imposibilidad del club de garantizar el “right to play” a todos sus
futbolistas.
 Aspectos normativos importantes:
 Inexistencia de regulación de FIFA sobre el tema.
 Relevancia del derecho nacional aplicable.
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Art. 25.6 del Reglamento sobre el Estatuto y la
Transferencia de Jugadores (RETJ) de FIFA:
“Al adoptar sus decisiones, la Comisión del Estatuto del Jugador, la Cá-
mara de Resolución de Disputas, el juez único o el juez de la CRD (se-
gún el caso) aplicarán el presente reglamento y tendrán en cuenta todos
los acuerdos pertinentes, la legislación o acuerdos colectivos que exis-
tan en el ámbito nacional, así como las características del deporte.”
Art. 2 del Reglamento de Procedimiento de la Comisión
del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Resolución
de Disputas de FIFA:
"Derecho material aplicable. En el ejercicio de sus competencias ju
risdiccionales y la aplicación de derecho, la Comisión del Estatuto del
Jugador y la CRD aplicarán los Estatutos y reglamentos de la FIFA, con-
siderando los acuerdos, leyes y/o convenios colectivos nacionales,
así como las características del deporte.”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Particularidades del derecho a la ocupación efectiva
(DOE) en el fútbol profesional:
 Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o
mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).
 Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra-
zón y para mantener su valor de mercado).
 Imposibilidad del club de garantizar el “right to play” a todos sus
futbolistas.
 Aspectos normativos importantes:
 Inexistencia de regulación de FIFA sobre el tema.
 Relevancia del derecho nacional aplicable.
 Importancia del Derecho Suizo.
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Art. 57 (ex 66) de los Estatutos de la FIFA:
“1. La FIFA reconocerá al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD)
con sede en Lausana (Suiza) a la hora de resolver disputas entre
la FIFA y las federaciones miembros, las confederaciones, las ligas,
los clubes, los jugadores, los oficiales, los intermediarios y los
agentes organizadores de partidos con licencia.
2. El procedimiento arbitral se regirá por las disposiciones del
código de arbitraje en materia deportiva del TAD. En primer lugar,
el TAD aplicará los diversos reglamentos de la FIFA y, de ma-
nera complementaria, el derecho suizo.”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Art. R58 del Código de Arbitraje Deportivo del TAS/CAS:
“El Panel resolverá la controversia de conformidad con la
reglamentación aplicable y, subsidiariamente, a las normas
de derecho elegidas por las partes o, en ausencia de tal ele-
cción, de acuerdo con la ley del país en el que la federación, a-
sociación u organismo relacionado con el deporte que ha dictado
la decisión impugnada tenga su domicilio o de acuerdo con las
normas de derecho que el Panel considere apropiadas. En este
último caso, el Panel deberá fundar su decisión.”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
¿Qué dice el Derecho Suizo sobre el Derecho a la
ocupación efectiva?
 Art. 328 del Código de Obligaciones Suizo:
“Protection of the employee’s personality rights.
1. In general. Within the employment relationship, the employer
must acknowledge and safeguard the employee’s personality
rights, have due regard for his health and ensure that proper moral
standards are maintained. In particular, he must ensure that
employees are not sexually harassed and that any victim of sexual
harassment suffers no further adverse consequences.”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2005/A/909-912 Giuseppe Materazzi & others vs.
Tianjin Teda (laudo del 06/03/2008) y
CAS 2007/A/1235, 1243 Sport Club Corinthians Paulista v
Daniel Passarella (laudo del 17/10/2007):
“It is also to be reminded that the employer has under Swiss Law
the obligation to protect the employee's personality (Art. 328 of
the Swiss Code of Obligations).”
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Extensión del DOE en el fútbol profesional.
 Supuestos conflictivos más frecuentes:
 No registrar al futbolista ante la federación nacional o quitarlo del
registro sin su consentimiento (habitual en casos de jugado-res
extranjeros).
 Excluir al futbolista del plantel del primer equipo, obligándolo a
entrenar de forma separada (con otros excluidos) o individual-
mente (con o sin la supervisión de personal del club).
 Relegar al futbolista del plantel del primer equipo, obligándolo a
entrenar y/o competir con el segundo equipo o los equipos juve-
niles del club.
2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Decisiones 02142436 (27/02/2014), 0515061 y mfl 13-02415
AI Ahli Sports Club v. Diego Alberto Morales (21/05/ 2015):
“…the members of the Chamber considered important to point out,
as has been previously sustained by the DRC, that among a player's
fundamental rights under an employment contract, is not only his right
to a timely payment of his remuneration, but also his right to be given
the possibility to compete with his fellow team mates in the team's
official matches. In this respect, the Chamber emphasized that the
deregistration of a player effectively bars, in an absolute manner,
the potential access of a player to competition and, as such, is
violating one of his fundamental rights as a football player. (…)”
3) Decisiones de la CRD de FIFA
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Decisiones 02142436 (27/02/2014), 0515061 y mfl 13-02415
AI Ahli Sports Club v. Diego Alberto Morales (21/05/ 2015):
“Therefore, the Chamber established that the deregistration of a
player constitutes, in principle, a breach of contract since it de facto
prevents a player from being eligible to play for his club.”
“…the members of the DRC highlighted that, at the moment the
player terminated the contract, he was deregistered by the club and
had strong reasons to believe the club was no longer interested in him.
As mentioned previously, the sole fact of not registering the player,
thus preventing him from rendering his services to the club, constitutes
in itself a serious breach of contract.” (Decisión 02142436)
3) Decisiones de la CRD de FIFA
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2007/A/1369 Omonigho Temlle v. FC Krylia Sovetov
Samara (laudo del 06/03/2008):
“The Player’s right to an effective occupation and to
participate actively in competitions, to his technical, tactical and
physical development cannot, in the Single Arbitrator’s view, limit
the freedom of action of clubs’ technical departments, i.e. the
club manager, in each game, to put on the field the players,
which, in his opinion, as best suited to obtaining a
positive result.”
4) Laudos del TAS/CAS
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2011/A/2428 Igor Strelkov v. CJSC FC Krylia Sovetov
(laudo del 6/02/2012):
“The Panel could see there could be circumstances when a
club may deem it necessary for a player to train alone (for example
if his fitness had dropped below the level of his team mates, if his
body mass index was too high, if he was recovering from an injury,
etc, but then only until his fitness had recovered, his body mass
improved, his injury mended, etc.), but equally notes football is a
team sport and that the majority of training would need to be
as part of a team or squad and with a football. The Panel also
determined that any instructions regarding training should be
reasonable.”
4) Laudos del TAS/CAS
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2011/A/2428 Igor Strelkov v. CJSC FC Krylia Sovetov
(laudo del 6/02/2012):
“However, ultimately the Panel could not go so far as to
say there is a fundamental right for all players to always train
together, the facts of each case must be considered.”
4) Laudos del TAS/CAS
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2013/A/3091-93 FC Nantes v. FIFA & Al Nasr Sports
Club, Ismaël Bangoura v. Al Nasr SC & FIFA, Al Nasr SC
v. Ismaël Bangoura & FC Nantes (laudo del 02/07/2013):
“…the Panel agrees with the FIFA DRC, which, in the case at
hand, concluded that “among a player’s fundamental rights under an
employment contract, is not only his right to a timely payment of his
remuneration, but also his right to access training and to be given
the possibility to compete with his fellow team mates in the team’s
official matches” and that “by “de-registering” a player, even for a
limited time period, a club is effectively barring, in an absolute
manner, the potential access of a player to competition and, as
such, is violating one of his fundamental rights as a football player”
and that therefore “the de-registration of a player could in
principle constitute a breach of contract since it de facto
prevents a player from being eligible to play for his club”.
4) Laudos del TAS/CAS
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2014/A/3642 Erik Salkic v Football Union of Russia &
Professional Football Club Arsenal (8/04/2015):
“…the Panel also notes that many clubs seem to banish players
to the reserves as a way to “persuade” them to leave the club,
be it because they are no longer wanted, injured or just too
expensive. These types of clubs tend to disguise the economic
reason for dropping the player behind sporting or medical grounds
that can be legitimate. As with most rights, there is a line that can
be crossed or not and any judging body has to look carefully at
the facts before it to determine whether that line has been
crossed. (…) The Panel certainly recognises the role of the
coach to make such selections, on proper football related or
sporting grounds, but also recognises at times some clubs abuse
this right and then infringe on the player’s own rights.”
4) Laudos del TAS/CAS
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
CAS 2014/A/3642 Erik Salkic v Football Union of Russia &
Professional Football Club Arsenal (8/04/2015):
 Factores claves a tener en cuenta, derivados del caso y de la ju-
risprudencia del TAS/CAS:
 ¿Por qué motivo el futbolista fue relegado al equipo de reserva?
 ¿El club continuó pagando el total del salario acordado?
 ¿Fue una medida temporaria?
 ¿Las instalaciones en las que entrenaba con el equipo de re-
serva eran adecuadas?
 ¿Confería el contrato al club un derecho expreso a relegar al
futbolista al equipo de reserva?
4) Laudos del TAS/CAS
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
 Etapa precontractual.
 Analizar la legislación nacional aplicable.
 Incluir en el CT de cláusulas protectorias del DOE del futbolista
(ej.: contratación exclusiva para el primer equipo, prohibición de
entrenar en solitario o con los equipos inferiores/juveniles, etc.).
 Etapa post conflicto.
 “Construir” el caso adecuadamente, antes de rescindir.
 Remitir varias intimaciones a reestablecer al jugador a sus con-
diciones normales y habituales de trabajo.
 Rescisión circunstanciada y a través de notificación fehaciente.
 Etapa post rescisión.
 No demorar la presentación de la demanda.
5) Algunas recomendaciones prácticas
1) Introducción.
2) El derecho a la ocupación efectiva en el
fútbol profesional.
3) Decisiones de la Cámara de Resolución
de Disputas (CRD) de FIFA.
4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte
de Lausanne (TAS/CAS).
5) Algunas recomendaciones prácticas.
6) Espacio para preguntas.
martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta
Estructura de la presentación
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6) Espacio para preguntas
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Muchas gracias
por su atención!

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El derecho a la ocupación efectiva del futbolista en el ámbito internacional. Jurisprudencia de FIFA y el TAS/CAS

  • 1. CONFERENCIA SOBRE: El derecho a la ocupación efectiva del futbolista en el ámbito internacional. Jurisprudencia de FIFA y el TAS/CAS Martin Auletta Estudio Auletta & Asociados - Abogados (Argentina)
  • 2. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 3. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 4. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Concepto (general): Derecho que posee todo trabajador a exigir que su empleador le proporcione tareas acordes al puesto y a la categoría del trabajo para el que fue contratado.  Desarrollado por las corrientes modernas del Derecho Laboral.  Hace a la propia dignidad e integra los derechos personalísimos del trabajador (“personality right”).  Obliga al empleador, sin que el trabajador deba demostrar un per- juicio por su inactividad (ej.: pérdida de imagen en artistas).  Expresamente reconocido en diversas legislaciones nacionales.  Su incumplimiento implica una injuria grave que autoriza al traba- jador a rescindir el vínculo laboral con justa causa. 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 5. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Particularidades del derecho a la ocupación efectiva (DOE) en el fútbol profesional:  Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).  Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra- zón y para mantener su valor de mercado). 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 6. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Tribunal Federal Suizo - Sentencia 4A_53/2011 “Neuchâtel Xamax vs Eddy Barea” (28/04/2011): “Professional freedom, in particular for professional athletes, therefore includes a legitimate interest in being actually employed by their employer. Indeed, an athlete who is not actively participating in competitions depreciates on the market and reduces his future career opportunities. It is thus widely accepted in jurisprudence and among legal scholars that athletes have a right to actively practice their profession (…)”. “It is obvious that a professional football player playing in the premier division must, in order to retain his value on the market, not only train regularly with players of his level but also compete in matches with teams of the highest possible level.” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 7. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Particularidades del derecho a la ocupación efectiva (DOE) en el fútbol profesional:  Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).  Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra- zón y para mantener su valor de mercado).  Imposibilidad del club de garantizar el “right to play” a todos sus futbolistas.  Aspectos normativos importantes:  Inexistencia de regulación de FIFA sobre el tema.  Relevancia del derecho nacional aplicable. 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 8. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Art. 25.6 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de FIFA: “Al adoptar sus decisiones, la Comisión del Estatuto del Jugador, la Cá- mara de Resolución de Disputas, el juez único o el juez de la CRD (se- gún el caso) aplicarán el presente reglamento y tendrán en cuenta todos los acuerdos pertinentes, la legislación o acuerdos colectivos que exis- tan en el ámbito nacional, así como las características del deporte.” Art. 2 del Reglamento de Procedimiento de la Comisión del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Resolución de Disputas de FIFA: "Derecho material aplicable. En el ejercicio de sus competencias ju risdiccionales y la aplicación de derecho, la Comisión del Estatuto del Jugador y la CRD aplicarán los Estatutos y reglamentos de la FIFA, con- siderando los acuerdos, leyes y/o convenios colectivos nacionales, así como las características del deporte.” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 9. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Particularidades del derecho a la ocupación efectiva (DOE) en el fútbol profesional:  Necesidad del futbolista de entrenar con compañeros de similar o mayor nivel (para mantener y desarrollar sus cualidades).  Necesidad del futbolista de competir oficialmente (por igual ra- zón y para mantener su valor de mercado).  Imposibilidad del club de garantizar el “right to play” a todos sus futbolistas.  Aspectos normativos importantes:  Inexistencia de regulación de FIFA sobre el tema.  Relevancia del derecho nacional aplicable.  Importancia del Derecho Suizo. 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 10. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Art. 57 (ex 66) de los Estatutos de la FIFA: “1. La FIFA reconocerá al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) con sede en Lausana (Suiza) a la hora de resolver disputas entre la FIFA y las federaciones miembros, las confederaciones, las ligas, los clubes, los jugadores, los oficiales, los intermediarios y los agentes organizadores de partidos con licencia. 2. El procedimiento arbitral se regirá por las disposiciones del código de arbitraje en materia deportiva del TAD. En primer lugar, el TAD aplicará los diversos reglamentos de la FIFA y, de ma- nera complementaria, el derecho suizo.” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 11. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Art. R58 del Código de Arbitraje Deportivo del TAS/CAS: “El Panel resolverá la controversia de conformidad con la reglamentación aplicable y, subsidiariamente, a las normas de derecho elegidas por las partes o, en ausencia de tal ele- cción, de acuerdo con la ley del país en el que la federación, a- sociación u organismo relacionado con el deporte que ha dictado la decisión impugnada tenga su domicilio o de acuerdo con las normas de derecho que el Panel considere apropiadas. En este último caso, el Panel deberá fundar su decisión.” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 12. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta ¿Qué dice el Derecho Suizo sobre el Derecho a la ocupación efectiva?  Art. 328 del Código de Obligaciones Suizo: “Protection of the employee’s personality rights. 1. In general. Within the employment relationship, the employer must acknowledge and safeguard the employee’s personality rights, have due regard for his health and ensure that proper moral standards are maintained. In particular, he must ensure that employees are not sexually harassed and that any victim of sexual harassment suffers no further adverse consequences.” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 13. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2005/A/909-912 Giuseppe Materazzi & others vs. Tianjin Teda (laudo del 06/03/2008) y CAS 2007/A/1235, 1243 Sport Club Corinthians Paulista v Daniel Passarella (laudo del 17/10/2007): “It is also to be reminded that the employer has under Swiss Law the obligation to protect the employee's personality (Art. 328 of the Swiss Code of Obligations).” 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 14. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Extensión del DOE en el fútbol profesional.  Supuestos conflictivos más frecuentes:  No registrar al futbolista ante la federación nacional o quitarlo del registro sin su consentimiento (habitual en casos de jugado-res extranjeros).  Excluir al futbolista del plantel del primer equipo, obligándolo a entrenar de forma separada (con otros excluidos) o individual- mente (con o sin la supervisión de personal del club).  Relegar al futbolista del plantel del primer equipo, obligándolo a entrenar y/o competir con el segundo equipo o los equipos juve- niles del club. 2) La ocupación efectiva en el fútbol profesional
  • 15. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 16. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Decisiones 02142436 (27/02/2014), 0515061 y mfl 13-02415 AI Ahli Sports Club v. Diego Alberto Morales (21/05/ 2015): “…the members of the Chamber considered important to point out, as has been previously sustained by the DRC, that among a player's fundamental rights under an employment contract, is not only his right to a timely payment of his remuneration, but also his right to be given the possibility to compete with his fellow team mates in the team's official matches. In this respect, the Chamber emphasized that the deregistration of a player effectively bars, in an absolute manner, the potential access of a player to competition and, as such, is violating one of his fundamental rights as a football player. (…)” 3) Decisiones de la CRD de FIFA
  • 17. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Decisiones 02142436 (27/02/2014), 0515061 y mfl 13-02415 AI Ahli Sports Club v. Diego Alberto Morales (21/05/ 2015): “Therefore, the Chamber established that the deregistration of a player constitutes, in principle, a breach of contract since it de facto prevents a player from being eligible to play for his club.” “…the members of the DRC highlighted that, at the moment the player terminated the contract, he was deregistered by the club and had strong reasons to believe the club was no longer interested in him. As mentioned previously, the sole fact of not registering the player, thus preventing him from rendering his services to the club, constitutes in itself a serious breach of contract.” (Decisión 02142436) 3) Decisiones de la CRD de FIFA
  • 18. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 19. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2007/A/1369 Omonigho Temlle v. FC Krylia Sovetov Samara (laudo del 06/03/2008): “The Player’s right to an effective occupation and to participate actively in competitions, to his technical, tactical and physical development cannot, in the Single Arbitrator’s view, limit the freedom of action of clubs’ technical departments, i.e. the club manager, in each game, to put on the field the players, which, in his opinion, as best suited to obtaining a positive result.” 4) Laudos del TAS/CAS
  • 20. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2011/A/2428 Igor Strelkov v. CJSC FC Krylia Sovetov (laudo del 6/02/2012): “The Panel could see there could be circumstances when a club may deem it necessary for a player to train alone (for example if his fitness had dropped below the level of his team mates, if his body mass index was too high, if he was recovering from an injury, etc, but then only until his fitness had recovered, his body mass improved, his injury mended, etc.), but equally notes football is a team sport and that the majority of training would need to be as part of a team or squad and with a football. The Panel also determined that any instructions regarding training should be reasonable.” 4) Laudos del TAS/CAS
  • 21. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2011/A/2428 Igor Strelkov v. CJSC FC Krylia Sovetov (laudo del 6/02/2012): “However, ultimately the Panel could not go so far as to say there is a fundamental right for all players to always train together, the facts of each case must be considered.” 4) Laudos del TAS/CAS
  • 22. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2013/A/3091-93 FC Nantes v. FIFA & Al Nasr Sports Club, Ismaël Bangoura v. Al Nasr SC & FIFA, Al Nasr SC v. Ismaël Bangoura & FC Nantes (laudo del 02/07/2013): “…the Panel agrees with the FIFA DRC, which, in the case at hand, concluded that “among a player’s fundamental rights under an employment contract, is not only his right to a timely payment of his remuneration, but also his right to access training and to be given the possibility to compete with his fellow team mates in the team’s official matches” and that “by “de-registering” a player, even for a limited time period, a club is effectively barring, in an absolute manner, the potential access of a player to competition and, as such, is violating one of his fundamental rights as a football player” and that therefore “the de-registration of a player could in principle constitute a breach of contract since it de facto prevents a player from being eligible to play for his club”. 4) Laudos del TAS/CAS
  • 23. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2014/A/3642 Erik Salkic v Football Union of Russia & Professional Football Club Arsenal (8/04/2015): “…the Panel also notes that many clubs seem to banish players to the reserves as a way to “persuade” them to leave the club, be it because they are no longer wanted, injured or just too expensive. These types of clubs tend to disguise the economic reason for dropping the player behind sporting or medical grounds that can be legitimate. As with most rights, there is a line that can be crossed or not and any judging body has to look carefully at the facts before it to determine whether that line has been crossed. (…) The Panel certainly recognises the role of the coach to make such selections, on proper football related or sporting grounds, but also recognises at times some clubs abuse this right and then infringe on the player’s own rights.” 4) Laudos del TAS/CAS
  • 24. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta CAS 2014/A/3642 Erik Salkic v Football Union of Russia & Professional Football Club Arsenal (8/04/2015):  Factores claves a tener en cuenta, derivados del caso y de la ju- risprudencia del TAS/CAS:  ¿Por qué motivo el futbolista fue relegado al equipo de reserva?  ¿El club continuó pagando el total del salario acordado?  ¿Fue una medida temporaria?  ¿Las instalaciones en las que entrenaba con el equipo de re- serva eran adecuadas?  ¿Confería el contrato al club un derecho expreso a relegar al futbolista al equipo de reserva? 4) Laudos del TAS/CAS
  • 25. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 26. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta  Etapa precontractual.  Analizar la legislación nacional aplicable.  Incluir en el CT de cláusulas protectorias del DOE del futbolista (ej.: contratación exclusiva para el primer equipo, prohibición de entrenar en solitario o con los equipos inferiores/juveniles, etc.).  Etapa post conflicto.  “Construir” el caso adecuadamente, antes de rescindir.  Remitir varias intimaciones a reestablecer al jugador a sus con- diciones normales y habituales de trabajo.  Rescisión circunstanciada y a través de notificación fehaciente.  Etapa post rescisión.  No demorar la presentación de la demanda. 5) Algunas recomendaciones prácticas
  • 27. 1) Introducción. 2) El derecho a la ocupación efectiva en el fútbol profesional. 3) Decisiones de la Cámara de Resolución de Disputas (CRD) de FIFA. 4) Laudos del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne (TAS/CAS). 5) Algunas recomendaciones prácticas. 6) Espacio para preguntas. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Estructura de la presentación
  • 28. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta 6) Espacio para preguntas
  • 29. martin@auletta.com.ar Abogado Martin Auletta Martin Auletta Muchas gracias por su atención!