La reforma fiscal ha variado la tributación de las indemnizaciones por despido, estableciendo una exención de hasta 180,000 euros para la indemnización correspondiente según el Estatuto de los Trabajadores. La parte que exceda de este límite tributará como rendimientos del trabajo. Las indemnizaciones generadas en más de 2 años pueden beneficiarse de una reducción del 30%, aunque con algunas limitaciones dependiendo de si se cobran de forma fraccionada o no.