   Realización o sustantividad propia, de duración incierta.

   Duración :
•   Máximo 3 años.

   Formalización
•   Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
    concertación

    Indemnización por CESE:
    2012 – 9 días por servicio
    2013 – 10 días por servicio
    2014 – 11 días por servicio.
    2015 – 12 días por servicio.
Los días que corresponda de la indemnización, será siempre desde la fecha en la que
finalice el contrato.

Ejemplo: Si el despido se realiza en el año 2015 y el contrato es de 3 años , corresponde de
indemnización
12 días + 12 días + 12 días = 36 días de indemnización.
   Por excesos de tareas o Pedidos.

   Duración:
•   6 meses (como máximo) dentro de 12 meses (se inicia desde la fecha de
    contrato)
•   1 sola prórroga (no excediendo de los 12 meses)

   Formalización:
•   Se comunicará el contrato y la prórroga al Serv. Publico de Empleo a los 10
    días siguientes de la concertación.

   Indemnización por CESE:
   2012 – 9 días por servicio
   2013 – 10 días por servicio
   2014 – 11 días por servicio.
   2015 – 12 días por servicio.
1.   Sustitución de un trabajador con derecho a reserva de un puesto de
     trabajo.
     • Duración máxima: Hasta reincorporación del trabajador sustituido.
2.   Promoción de un puesto de trabajo durante el proceso de selección.
     • Duración máxima: Hasta finalización de proceso de promoción.
     • La duración sería de 3 meses.

    Formalización:
      • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días
        siguientes de la concertación.

    Indemnización:
      • No existe.
   Excedencia por cuidados familiares
   Reducción de cuota empresarial:
     • El primer año 95%
     • El segundo año 60 %
     • El tercer año 50%
•   Ejemplo: el primer año pagará el empresario por la persona que se va a contratar para
    sustituir un 5% de la cuota de la Seguridad Social, por lo que se beneficia del 95% restante
    al año y así con los demás años.
   Excluidos por consanguinidad hasta 2º grado.
   Formación.
     •   Ejemplo: el trabajador pide una excedencia para formarse y lo sustituye un desempleado cobrando la
         prestación.


   INCENTIVOS:
•   El trabajador desempleado percibirá el 50% de la prestación por desempleo
    durante la vigencia del contrato y la diferencia del salario que le corresponda.
        REQUISITOS:
        La situación de exclusión social será acreditada por los correspondientes servicios sociales competentes
         siguientes colectivos:
A.          Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción.
B.          Personas que no puedan acceder a las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior, por las siguientes causas:
           • Falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento.
           • Haber agotado el periodo máximo de percepción.
    C.    Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de protección de menores.
    D.    Personas con problemas de drogodependencia .
    E.    Internos de centros penitenciarios.
    F.    Menores internos procedentes de centros de menores y los que se encuentran en situación de libertad vigilada y
          ex-interno.
    G.    Personas procedentes de centros de alojamiento.
    H.    Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social.

         El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado.

•        Tiempo completo 450
•        Tiempo parcial 550
•        (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)

        Formalización:
          • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.

        INCENTIVOS:
          • Bonificación: 50 €/mes durante 4 años indefinido.
          •                41,67 €/mes durante toda la vigencia temporal. (máx. 3 años)
   El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º
    grado.
   INDEFINIDO:
     •   Tiempo completo 150
     •   Tiempo parcial 250
     •   Fijo discontinuo 350
   Bonificación por victimas de violencia domestica 70,83 €/mes durante 4 años.
   Bonificación por victimas de violencia de género y terrorismo 125 €/mes durante 4
    años.
   TEMPORAL:
     •   Tiempo completo 450
     •   Tiempo parcial 550
     •   (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)
   Bonificación de 50 €/mes durante toda la vigencia del contrato temporal (máx. 3 años)
   Formalización:
     • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días
       siguientes de la concertación.
    REQUISITOS:
    Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico.
    No debe haber estado vinculado a la empresa 24 meses antes a la contratación como indefinido.
    La empresa podrá contratar a un familiar de hasta 2º grado.

    Formalización:
      •   Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
      •   Se formalizará por escrito en cuadriplicado.

    Incentivos:
       •   Subvención indef. 3,907 €/por contrato a Tiempo compl.
       •   Subvención para la adaptación del trabaj. 901,52 €
       •   Deducción por impuesto de Sociedades 6.000 €/por persona al año.

    BONIFICACIONES:
•    Discapacitados sin discapacidad severa.
         HOMBRES:                                                MUJERES:
Menores de 45 años 4.500 €/año                          Menores de 45 años 5.300 €/año
Mayores de 45 años 5.700 €/año                          Mayores de 45 años 5.700 €/año

•   Discapacitados con discapacidad severa.
         HOMBRES:                                                  MUJERES:
Menores de 45 años 5.100 €/año                          Menores de 45 años 5.950 €/año
Mayores de 45 años 6.300 €/año                          Mayores de 45 años 6,300 €/año

    La empresa estará obligada a mantener al trabajador mínimo 3 años, en caso de despido precedente se sustituirá por otro
     discapacitado.
        REQUISITOS:
        Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico, o pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas.
        Preceder de una enclave laboral (ejemplo: la ONCE)
        Pertenecer algunos de los siguientes colectivos:
        a)          Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
        b)          Personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%
        c)          Mujeres con discapacidad no incluidas en los párrafos anteriores igual o superior al 33%.

        INCENTIVOS:
        Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:
•        Subvención de 7.814 € por contrato a tiempo completo.
•        Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €

       Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo c) tendrá las siguientes ayudas:
•        Subvención de 3.907 € por contrato a tiempo completo.
•        Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €

     BONIFICACIONES a Tiempo Completo:
•     Discapacitados sin discapacidad severa.
        HOMBRES:                                                                           MUJERES:
Menores de 45 años 4.500 €/año                                                    Menores de 45 años 5.300 €/año
Mayores de 45 años 5.700 €/año                                                    Mayores de 45 años 5.700 €/año

•     Discapacitados con discapacidad severa.
         HOMBRES:                                                                           MUJERES:
Menores de 45 años 5.100 €/año                                                    Menores de 45 años 5.950 €/año
Mayores de 45 años 6.300 €/año                                                    Mayores de 45 años 6,300 €/año
        Formalización:
             •     Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
             •     Se formalizará por escrito en cuadriplicado.

        TEMPORAL:
•        Si el contrato es temporal, la empresa no tendrá derecho a ninguna subvención ni deducción.
         Duración:
         Mínimo 1 año, Máximo 3 años.
         Periodo de prueba 1 mes.

            El trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días.
   Requisitos:
 Personas mayores de 16 años y menores de 25 años (hasta que la tasa de desempleo no
    se sitúe por debajo del 15% serán también para menores de 30 años). (para
    discapacitados y excluso en proyectos de empleo y formación no hay limites de edad)
 Personas que carezcan de estudios. (Máx. E.G.B, E.S.O.)
 Formalización:
     • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
         concertación
 Duración:
•   Mínimo 1 año Máximo 3 años.
 Jornada:
 1er año 75%
 2º y 3er año 85%
(Ejemplo: el 1er año será el 75% de trabajo y el 25% de formación)
•   Periodo de prueba, 15 días – 1 mes (mirar convenio).
•   Incentivos:
•   Reducción del 100% de la cuota empresarial.
•   Reducción del 100% de la cuota obrera.
 Transformación.
•   Si se transforma los contratos para la formación y el aprendizaje en indefinidos, tendrá
    derecho la empresa a una reducción en la cuota a la Seguridad Social de 1.500 €/año
    durante 3 años, en el caso de mujeres la reducción será de 1.800 €/año.
   El contrato podrá concertarse a personas con título universitario o de formación
    profesional de grado medio o superior o certificados de profesionalidad.
   Que no haya transcurrido mas de 5 años , o mas de 7 años para discapacitados desde la
    terminación de los estudios.

   Formalización:
•   Se formalizará por escrito, haciendo constar la titulación, la duración y el puesto de
    trabajo a desempeñar durante las practicas.
•   No podrá ser inferior a 6 meses, ni exceder de 2 años, puede tener hasta 2 prórrogas de
    6 meses dentro de ese tiempo.
•   Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
    concertación.

   Periodo de prueba:
•   Titulo de grado medio:1 mes
    Equivalente al grado 1 y 2 de certificado de profes.
•   Titulo de grado superior: 2 meses
    Equivalente al grado 3 de certificado de profes.
   No tiene bonificación, es una reducción salarial del trabajador:
     •   1er y 2º año 60% o 75% (es lo que se le pagará al trabajador).
   En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional.

Contratos 2012

  • 3.
    Realización o sustantividad propia, de duración incierta.  Duración : • Máximo 3 años.  Formalización • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación  Indemnización por CESE:  2012 – 9 días por servicio  2013 – 10 días por servicio  2014 – 11 días por servicio.  2015 – 12 días por servicio. Los días que corresponda de la indemnización, será siempre desde la fecha en la que finalice el contrato. Ejemplo: Si el despido se realiza en el año 2015 y el contrato es de 3 años , corresponde de indemnización 12 días + 12 días + 12 días = 36 días de indemnización.
  • 4.
    Por excesos de tareas o Pedidos.  Duración: • 6 meses (como máximo) dentro de 12 meses (se inicia desde la fecha de contrato) • 1 sola prórroga (no excediendo de los 12 meses)  Formalización: • Se comunicará el contrato y la prórroga al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.  Indemnización por CESE:  2012 – 9 días por servicio  2013 – 10 días por servicio  2014 – 11 días por servicio.  2015 – 12 días por servicio.
  • 5.
    1. Sustitución de un trabajador con derecho a reserva de un puesto de trabajo. • Duración máxima: Hasta reincorporación del trabajador sustituido. 2. Promoción de un puesto de trabajo durante el proceso de selección. • Duración máxima: Hasta finalización de proceso de promoción. • La duración sería de 3 meses.  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.  Indemnización: • No existe.
  • 6.
    Excedencia por cuidados familiares  Reducción de cuota empresarial: • El primer año 95% • El segundo año 60 % • El tercer año 50% • Ejemplo: el primer año pagará el empresario por la persona que se va a contratar para sustituir un 5% de la cuota de la Seguridad Social, por lo que se beneficia del 95% restante al año y así con los demás años.  Excluidos por consanguinidad hasta 2º grado.
  • 7.
    Formación. • Ejemplo: el trabajador pide una excedencia para formarse y lo sustituye un desempleado cobrando la prestación.  INCENTIVOS: • El trabajador desempleado percibirá el 50% de la prestación por desempleo durante la vigencia del contrato y la diferencia del salario que le corresponda.
  • 9.
    REQUISITOS:  La situación de exclusión social será acreditada por los correspondientes servicios sociales competentes siguientes colectivos: A. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción. B. Personas que no puedan acceder a las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior, por las siguientes causas: • Falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento. • Haber agotado el periodo máximo de percepción. C. Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de protección de menores. D. Personas con problemas de drogodependencia . E. Internos de centros penitenciarios. F. Menores internos procedentes de centros de menores y los que se encuentran en situación de libertad vigilada y ex-interno. G. Personas procedentes de centros de alojamiento. H. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social.  El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado. • Tiempo completo 450 • Tiempo parcial 550 • (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.  INCENTIVOS: • Bonificación: 50 €/mes durante 4 años indefinido. • 41,67 €/mes durante toda la vigencia temporal. (máx. 3 años)
  • 10.
    El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado.  INDEFINIDO: • Tiempo completo 150 • Tiempo parcial 250 • Fijo discontinuo 350  Bonificación por victimas de violencia domestica 70,83 €/mes durante 4 años.  Bonificación por victimas de violencia de género y terrorismo 125 €/mes durante 4 años.  TEMPORAL: • Tiempo completo 450 • Tiempo parcial 550 • (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)  Bonificación de 50 €/mes durante toda la vigencia del contrato temporal (máx. 3 años)  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
  • 11.
    REQUISITOS:  Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico.  No debe haber estado vinculado a la empresa 24 meses antes a la contratación como indefinido.  La empresa podrá contratar a un familiar de hasta 2º grado.  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación. • Se formalizará por escrito en cuadriplicado.  Incentivos: • Subvención indef. 3,907 €/por contrato a Tiempo compl. • Subvención para la adaptación del trabaj. 901,52 € • Deducción por impuesto de Sociedades 6.000 €/por persona al año.  BONIFICACIONES: • Discapacitados sin discapacidad severa. HOMBRES: MUJERES: Menores de 45 años 4.500 €/año Menores de 45 años 5.300 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año • Discapacitados con discapacidad severa. HOMBRES: MUJERES: Menores de 45 años 5.100 €/año Menores de 45 años 5.950 €/año Mayores de 45 años 6.300 €/año Mayores de 45 años 6,300 €/año  La empresa estará obligada a mantener al trabajador mínimo 3 años, en caso de despido precedente se sustituirá por otro discapacitado.
  • 12.
    REQUISITOS:  Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico, o pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas.  Preceder de una enclave laboral (ejemplo: la ONCE)  Pertenecer algunos de los siguientes colectivos: a) Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33%. b) Personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% c) Mujeres con discapacidad no incluidas en los párrafos anteriores igual o superior al 33%.  INCENTIVOS:  Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas: • Subvención de 7.814 € por contrato a tiempo completo. • Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €  Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo c) tendrá las siguientes ayudas: • Subvención de 3.907 € por contrato a tiempo completo. • Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €  BONIFICACIONES a Tiempo Completo: • Discapacitados sin discapacidad severa. HOMBRES: MUJERES: Menores de 45 años 4.500 €/año Menores de 45 años 5.300 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año • Discapacitados con discapacidad severa. HOMBRES: MUJERES: Menores de 45 años 5.100 €/año Menores de 45 años 5.950 €/año Mayores de 45 años 6.300 €/año Mayores de 45 años 6,300 €/año  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación. • Se formalizará por escrito en cuadriplicado.  TEMPORAL: • Si el contrato es temporal, la empresa no tendrá derecho a ninguna subvención ni deducción.  Duración:  Mínimo 1 año, Máximo 3 años.  Periodo de prueba 1 mes.  El trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días.
  • 14.
    Requisitos:  Personas mayores de 16 años y menores de 25 años (hasta que la tasa de desempleo no se sitúe por debajo del 15% serán también para menores de 30 años). (para discapacitados y excluso en proyectos de empleo y formación no hay limites de edad)  Personas que carezcan de estudios. (Máx. E.G.B, E.S.O.)  Formalización: • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación  Duración: • Mínimo 1 año Máximo 3 años.  Jornada:  1er año 75%  2º y 3er año 85% (Ejemplo: el 1er año será el 75% de trabajo y el 25% de formación) • Periodo de prueba, 15 días – 1 mes (mirar convenio). • Incentivos: • Reducción del 100% de la cuota empresarial. • Reducción del 100% de la cuota obrera.  Transformación. • Si se transforma los contratos para la formación y el aprendizaje en indefinidos, tendrá derecho la empresa a una reducción en la cuota a la Seguridad Social de 1.500 €/año durante 3 años, en el caso de mujeres la reducción será de 1.800 €/año.
  • 15.
    El contrato podrá concertarse a personas con título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o certificados de profesionalidad.  Que no haya transcurrido mas de 5 años , o mas de 7 años para discapacitados desde la terminación de los estudios.  Formalización: • Se formalizará por escrito, haciendo constar la titulación, la duración y el puesto de trabajo a desempeñar durante las practicas. • No podrá ser inferior a 6 meses, ni exceder de 2 años, puede tener hasta 2 prórrogas de 6 meses dentro de ese tiempo. • Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.  Periodo de prueba: • Titulo de grado medio:1 mes Equivalente al grado 1 y 2 de certificado de profes. • Titulo de grado superior: 2 meses Equivalente al grado 3 de certificado de profes.  No tiene bonificación, es una reducción salarial del trabajador: • 1er y 2º año 60% o 75% (es lo que se le pagará al trabajador).  En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional.