2. • Una niña de 12 años que tiene un desarrollo cognoscitivo normal, con desarrollo
corporal normal. Fue encontrada por su mamá en su casa teniendo relaciones
sexuales con su enamorado de 16 años de edad. Los padres al ver ello hacen una
denuncia al menor de 16 años por violación sexual a la menor de 12 años. Y por ser
menor de edad el fiscal toma el caso, y lo que hace es solicitar EL EXAMEN DE
INTEGRIDAD SEXUAL. Al entrevistarse con el dr. Indica que ella tiene relaciones
sexuales desde los 10 años de edad con su enamorado, y que esta última relación ella
quería tener.
• Ahora para hacer el examen a la menor se le tiene que pedir el CONSENTIMIENTO
INFORMADO.
• Una vez realizada la información sobre el procedimiento para el examen.
• LA NIÑA no da, no quiere pasar el examen de integridad sexual . Pero si pasa el
examen psicológico, y la cámara gesell. Y ella dice en la narración dentro de la
cámara gesell que ella quería tener relaciones sexuales.
DATOS DEL CASO
3. PREGUNTAS
• ¿Como queda el caso?
• COMO FISCAL: ¿debe archivar el caso? ¿Debe
continuar con el proceso y con que medios
probatorios? O ¿puede continuar con otro delito?
• COMO DOCTOR: ¿el doctor debe obligar a la menor
a que se realice el examen? ¿Que otra salida tiene?
• LA MAMÁ: ¿puede obligar a que se haga el examen?
¿Al ser menor de edad la mamá puede consentir?
4. ¿Como queda el caso? Debe continuar el proceso. (competencia) El fiscal penal
debe remitir los actuados a la fiscalía de familia, por tratarse de una infracción a
la ley penal, y no de un delito.
COMO FISCAL: ¿debe archivar el caso? NO ¿Debe continuar con el proceso y con
qué medios probatorios? La declaración de la madre y la cámara Gessel O
¿puede continuar con otro delito? NO.
COMO DOCTOR: ¿el doctor debe obligar a la menor a que se realice el examen?
NO ¿Qué otra salida tiene? Sugerir que otra Dra. De su mismo sexo……
LA MAMÁ:
¿puede obligar a que se haga el examen? NO
¿Al ser menor de edad la mamá puede consentir?
5. También Como fiscal:
• en específico en este caso corresponde que el fiscal emita disposición fiscal de indagación previa,
programando las siguientes diligencias:
Recibir la declaración de la madre de la menor agraviada, para que precise las circunstancias y modo
en la que encontró a su hija mantener el acto sexual.
Recabar las actas de nacimiento de la menor agraviada, así como del infractor, para lo cual debe
oficiar a la Oficina de Registro Civil.
Recabar el informe psicológico de la menor, para determinar su afectación.
Ordenar tratamiento Psicológico, con intervención de área de Psicología de CEM Comisaria, con la
finalidad de superar el episodio, así como de posibilitar que la menor preste su consentimiento para
la evaluación de integridad sexual.
De reprogramar fecha para la evaluación de integridad sexual, previo informe del tratamiento
psicológico recibido.
6. También se encuentran motivadas en los artículos 3-A, y 4 del Código de los
Niños y adolescentes, que en forma expresa indica:
Artículo 3-A.- Derecho al buen trato. - Los niños, niñas y adolescentes, sin
exclusión alguna, tienen derecho al buen trato, (…)
Artículo 4.- A su integridad personal. - El niño y el adolescente tienen
derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre
desarrollo y bienestar. No podrán ser sometidos a tortura, ni a trato cruel o
degradante.
7. QUE ART. USAN PARA CADA INTERROGANTE.:
• LA 1° y 2° interrogante está sustentado con el art. 159 de la CCP, 203, 204,
207 del código de los niños y adolescentes.
• Las interrogantes 3,4 y 5 se sustentan en:
• La Convención Americana sobre Derechos Humanos señala en su artículo 5 que
“Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y
moral”. Por otro lado, la Constitución en su artículo 2, inciso 24), h), indica
“Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a
tortura o tratos inhumanos o humillantes”.