SlideShare a Scribd company logo
1 of 17
Download to read offline
1
TEMA 5: MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
ÍNDICE:
1. Modificación del contrato de trabajo.
1.1 Movilidad funcional.
1.2 Movilidad geográfica.
1.3 Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
2. Suspensión del contrato de trabajo.
2.1 ¿Qué es la excedencia?
3. Extinción del contrato de trabajo.
3.1 Extinción por voluntad del empresario.
3.2 La reclamación del despido.
4. Cálculo de la liquidación e indemnización por extinción del contrato. El
finiquito.
4.1 Aportación de los trabajadores a la Seguridad Social.
4.2 Cálculo de las bases de cotización.
5. Actividades finales.
Al finalizar este tema sabrás:
 Identificar las causas y efectos de la modificación, suspensión y extinción de la
relación laboral.
 Identificar las causas del despido colectivo y analizar el despido disciplinario.
 Calcular las indemnizaciones y liquidaciones para los distintos tipos de extinción del
contrato de trabajo.
2
1. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
El ET reconoce la posibilidad del empresario de variar las condiciones pactadas en el contrato
en virtud de su poder de dirección. Este poder, sin embargo, no es absoluto. El ET regula
también las condiciones, requisitos y límites de las modificaciones del contrato, estableciendo
además las tres posibles modificaciones que se pueden realizar: la movilidad funcional, la
movilidad geográfica y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
1.1 Movilidad funcional.
La movilidad funcional es la modificación unilateral por parte del empresario de las funciones
que el trabajador venía desempeñando de manera habitual. Dicha movilidad respetará las
titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer el trabajo y se hará con respeto a
la dignidad del trabajador
Existen dos tipos de movilidad funcional:
 Movilidad dentro del mismo grupo profesional: el empresario no debe alegar ninguna
causa para realizar la modificación de funciones y el trabajador percibirá la retribución
correspondiente a las nuevas funciones que desempeñe, que no puede ser inferior a su
anterior retribución.
 Movilidad fuera del grupo profesional: el empresario solo podrá mantener las
modificaciones por el tiempo imprescindible y debe justificar el cambio por razones técnicas
u organizativas, teniendo que informar además a los representantes de los trabajadores de
dichas razones. Se distinguen dos tipos de movilidad fuera del grupo profesional:
o Movilidad funcional descendente: se produce cuando se establecen funciones
inferiores a las del grupo al que pertenece el trabajador, manteniéndose el salario
de origen.
o Movilidad funcional ascendente: se produce cuando se establecen funciones
superiores a las del grupo al que pertenece el trabajador, requiriéndose las
titulaciones académicas o profesionales necesarias para realizar las nuevas
funciones. En este caso, el trabajador tendrá derecho a:
 Percibir el salario correspondiente al nuevo grupo profesional mientras
dure la situación.
 Reclamar que se cubra la vacante correspondiente a las funciones que
desempeñaba tras el cambio, de acuerdo con el sistema de ascensos
aplicable en la empresa. Para ello, la movilidad debe producirse por un
periodo superior a 6 meses, durante un año, u 8 meses, durante dos años.
1.2 Movilidad geográfica.
La movilidad geográfica es el traslado del trabajador de forma definitiva o bien su
desplazamiento temporal a otro centro de trabajo de otra localidad. Este desplazamiento ha
de implicar un cambio en el lugar de residencia habitual del trabajador. En ambos casos debe
justificarse por razones técnicas, organizativas, económicas o productivas.
3
A. El desplazamiento temporal.
Se produce cuando destinan temporalmente al trabajador a un centro de trabajo de la misma
empresa, durante un periodo de tiempo que no exceda de 12 meses en un periodo de 3 años.
En el desplazamiento temporal, el trabajador:
 No puede negarse al desplazamiento.
 Conserva las mismas funciones y salario.
 Cobra gastos de dietas y viaje.
 Podrá disfrutar de 4 días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada 3 meses
de desplazamiento.
B. El traslado definitivo.
Se produce cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa:
 De forma definitiva.
 Durante un periodo superior a 12 meses en un periodo de 3 años.
 Puede ser individual o colectivo, dependiendo del número de trabajadores a los que afecte
el traslado.
Ante un traslado definitivo, el trabajador puede:
 Aceptar el traslado, cobrando los gastos derivados del traslado.
 Reclamar en el Juzgado de lo Social para no ser trasladado.
 Extinguir el contrato cobrando una indemnización de 20 días de salario por año trabajado
(o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un
tope de 12 mensualidades.
1.3 Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo suponen cambios que afectan,
entre otros aspectos, a la jornada de trabajo, el horario, los sistemas de remuneración, la
cuantía salarial o en las funciones a desempeñar, cuando excedan los límites de la movilidad
funcional.
Para poder realizar modificaciones sustanciales debe probarse la existencia de razones
económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la modificación.
Pueden ser individuales o colectivas, dependiendo del número de trabajadores a los que afecte
la modificación sustancial.
4
Ante una modificación sustancial, el trabajador puede:
 Aceptar las modificaciones.
 Reclamar en el Juzgado de lo Social que las modificaciones no están justificadas, volviendo
a su situación inicial si el juzgado le da la razón.
 Extinguir el contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado
(o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un
máximo de 9 mensualidades.
¿Cómo se calcula la indemnización si se decide extinguir el contrato por traslado definitivo o
modificación sustancial de las condiciones de trabajo?
Imaginemos un trabajador que lleva trabajando en la sucursal de Cáceres de un banco 10 años.
El banco decide trasladarle a la sucursal de Plasencia, optando el trabajador por extinguir el
contrato y percibir la indemnización correspondiente. Su salario bruto anual es de 36.000 €.
Seguiremos los siguientes pasos para calcular la indemnización:
Paso 1: Calcular el número de días de salario a los que tiene derecho.
Paso 2: Calcular el salario diario.
Paso 3: Calcular la indemnización.
Paso 4: Calcular el límite y comparar.
La indemnización está por debajo del límite. Por lo tanto, el trabajador recibirá 19.726 € como
indemnización.
(Nota: en el caso de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo el límite es de
9 mensualidades, por lo que para calcular el límite habría que calcular el salario mensual y
multiplicarlo por 9).
5
2. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
La suspensión del contrato de trabajo es la interrupción temporal de la relación laboral sin que
quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador. Durante la suspensión, el
empresario no tiene la obligación de pagar el salario del trabajador, y éste no le presta sus
servicios.
Las causas para la suspensión del contrato se recogen en el art. 45.1 del ET y son:
 Mutuo acuerdo de las partes.
 Causas pactadas en el contrato.
 Incapacidad temporal.
 Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, adopción o
acogimiento.
 Privación de libertad del trabajador (cárcel).
 Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
 Fuerza mayor temporal.
 Huelga y cierre patronal.
 Trabajadora víctima de violencia de género (la solicita voluntariamente la trabajadora).
 Excedencia.
2.1 ¿Qué es la excedencia?
La excedencia es una causa de suspensión del contrato de trabajo que puede tener las
siguientes modalidades: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos y por cuidado de familiares.
Cuando un trabajador solicita una excedencia puede conservar, en algunos casos y durante un
periodo de tiempo, a volver a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía
anteriormente.
Clases de
excedencia
Motivo Duración Ejemplo
Voluntaria Necesidad del trabajador
Desde 4
meses a 5
años
Un técnico de laboratorio que
trabaja de administrativo en una
empresa de seguros recibe una
oferta de trabajo para el
laboratorio de un hospital. Solicita
una excedencia en la empresa de
seguros
Forzosa
Elección para cargo público
representativo y cuyo
desempeño imposibilite la
asistencia al trabajo
Durante el
ejercicio del
cargo
público
Una profesora es elegida
senadora. Tendrá excedencia
forzosa en el trabajo de profesora
6
Cuidado de hijos
Nacimiento, adopción y
acogimiento de un hijo
menor de 3 años
Hasta que el
menor
cumpla 3
años
Un padre solicita excedencia
durante 2 años para el cuidado de
su hijo recién nacido
Cuidado de un
familiar
Familiar hasta segundo
grado de afinidad o
consanguinidad que no
pueda valerse por sí mismo
y que no desempeñe
ninguna actividad
retributiva
Hasta 2 años
Un trabajador solicita un años de
excedencia para cuidar a su
madre, que está enferma.
3. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
La extinción del contrato de trabajo es la finalización de la relación laboral entre la empresa y
el trabajador, por la que desaparecen de forma definitiva las obligaciones de ambas partes.
Las causas de la extinción del contrato de trabajo son las siguientes:
A. Por voluntad conjunta del empresario y el trabajador:
 Mutuo acuerdo entre las partes: se finaliza la relación laboral sin que ninguna de las
partes (empresario o trabajador) lo imponga unilateralmente. El trabajador no tendrá
derecho ni a indemnización ni a desempleo.
 Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato: si el
contrato de duración determinada tiene una duración superior al año, la parte que quiera
iniciar la extinción del contrato debe notificarlo a la otra parte dicha intención con una
antelación de 15 días. El trabajador tendrá derecho a desempleo y a una indemnización de
12 días por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una
duración inferior al año) sin límite de mensualidades.
B. Por voluntad del trabajador:
 Dimisión del trabajador: el trabajador debe comunicar al empresario su voluntad de
terminar la relación laboral con una antelación de 15 días. No tendrá derecho ni a
desempleo ni a indemnización.
 Abandono: el trabajador abandona el trabajo con la intención de extinguir el contrato, sin
preaviso. El empresario podrá reclamar daños y perjuicios. El trabajador no tendrá derecho
ni a desempleo ni a indemnización.
 Resolución por incumplimiento grave del empresario (modificaciones sustanciales en las
condiciones de trabajo que perjudiquen la formación profesional del trabajador o vayan en
contra de su dignidad; falta de pago o retrasos en el abono del salario; otros
incumplimientos graves, salvo los supuestos de fuerza mayor): en este caso el trabajador
solicita la extinción ante el Juzgado de lo Social y tendrá derecho a desempleo y a una
indemnización de 33 días de salario por año trabajado (o a la parte proporcional si el
contrato hubiese tenido una duración inferior al año), con un límite 24 mensualidades.
7
C. Por voluntad del empresario (lo veremos con más detalle en el siguiente subapartado):
 Despido colectivo.
 Extinción por causas objetivas.
 Despido disciplinario por incumplimiento grave del trabajador.
D. Por otras causas:
 Muerte, incapacidad permanente o jubilación del trabajador.
 Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario (trabajador tendrá derecho
a una indemnización de 1 mes de salario).
 Extinción de la forma jurídica de la empresa (liquidación de la empresa, adquisición de la
empresa o fusión con otra empresa, etc.) (trabajador tendrá derecho a 20 días de salario
por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un límite de 12
mensualidades).
 Extinción por fuerza mayor (trabajador tendrá derecho a 20 días de salario por año
trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un límite de 12
mensualidades).
 Extinción por ser víctima de violencia de género (no se tiene derecho a indemnización)
Cuando finaliza la relación laboral, el empresario debe comunicar al trabajador la denuncia o
preaviso de la extinción del contrato y entregar una propuesta de liquidación de las cantidades
adeudadas. El documento que recoge las cantidades que debe la empresa al trabajador se
conoce con el nombre de finiquito.
Una vez que el trabajador ha firmado el finiquito, se produce la extinción definitiva del
contrato.
3.1 Extinción del contrato por voluntad del empresario.
A. Despido colectivo
El despido colectivo supone la finalización de los contratos de trabajo de un número
determinado de trabajadores fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de
producción que dificulten la supervivencia de la empresa.
Para ser considerado colectivo, el número de trabajadores afectados ha de ser:
 Superior a 10 cuando la plantilla es inferior a 100 trabajadores.
 Superior al 10% de la plantilla cuando ésta se sitúa entre 100 y 300 trabajadores.
 Superior a 30 si la plantilla tiene más de 300 trabajadores.
Los mismos límites se aplican para considerar los traslados definitivos y las modificaciones
sustanciales de las condiciones de trabajo como colectivas.
8
Causas de despido colectivo:
 Económicas: existencia de pérdidas actuales o previstas o disminución persistente de
ingresos o ventas (NOTA: se considera disminución persistente si los ingresos o ventas son
inferiores durante 3 trimestres consecutivos a los niveles del mismo trimestre del año
anterior).
 Técnicas: se producen cambios en los medios o instrumentos de producción (por ejemplo,
cuando se sustituye una máquina manual por otra automatizada).
 Organizativas: se definen cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal o en
el modo de organizar la producción (por ejemplo, una empresa con dos centros de
producción abre un centro nuevo más moderno y cierra los otros dos).
 Productivas: disminuye la demanda de los productos o servicios que ofrece la empresa en
el mercado (por ejemplo, una empresa tiene que prescindir de parte de su personal
porque el volumen de pedidos se ha reducido).
Para llevar a cabo un despido colectivo, el empresario debe seguir el procedimiento regulado
para los expedientes de regulación de empleo (ERE) al igual que en el caso de los traslados y
modificaciones sustanciales colectivas.
El trabajador tendrá derecho a desempleo y recibirá una indemnización de 20 días de salario
por año de servicio (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración
inferior al año) con un tope de 12 mensualidades.
B. Extinción del contrato por causas objetivas.
La extinción del contrato por causas objetivas se puede producir cuando concurren una serie
de circunstancias, ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario, reguladas en el
Estatuto de los Trabajadores.
Causas objetivas de extinción de contrato:
 Ineptitud del trabajador: por ejemplo, un conductor de autobuses es declarado no apto
para el trabajo en una revisión realizada por el servicio de prevención de su empresa.
 Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas: por ejemplo, una empresa
cambia el programa informático para llevar la contabilidad, y el administrativo que se
encarga de esta tarea no es capaz de manejar el nuevo programa.
 Amortizaciones de puestos de trabajo: por ejemplo, una tienda de electrodomésticos
tiene 5 vendedores y prescinde de 2 por disminución significativa de las ventas.
 Faltas de asistencia, incluso justificadas.
 Insuficiencia de consignación presupuestaria, cuando dicha consignación para contratar
trabajadores se reciben de la Administración Pública (como las subvenciones que reciben
las ONG).
El empresario deberá comunicar al trabajador el despido por escrito, explicando las causas que
motivan la extinción y la fecha en la que tendrá efecto, y realizar un preaviso con 15 días de
antelación.
El trabajador tendrá derecho, durante esos 15 días, a una licencia de 6 horas retribuidas a la
semana para buscar nuevo empleo y a una indemnización de 20 días de salario por año
9
trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año),
con un máximo de 12 mensualidades.
C. El despido disciplinario.
El despido disciplinario consiste en la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral
del empresario debido a un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Causas del despido disciplinario:
 Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
 La indisciplina o desobediencia del trabajador.
 Las ofensas verbales o físicas al empresario, a otro trabajador o a algún familiar que
conviva con ellos.
 La mala fe contractual o el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
 La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
 La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
 El acoso por razón de origen racial o étnico, de religión, convicciones, discapacidad, edad u
orientación sexual, y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o compañeros de
trabajo.
La notificación del despido se realizará por escrito (carta de despido) en la que se expliquen las
causas que motivan el despido y la fecha en que tendrá efecto, sin necesidad de preaviso.
El trabajador no tendrá derecho ni a desempleo ni indemnización.
3.2 La reclamación del despido.
La reclamación del despido es el proceso que inicia un trabajador que no está de acuerdo con
su despido, para que la autoridad competente lo revise.
Secuencia del proceso de reclamación:
A. El acto de conciliación: el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) convocará
a trabajador y empresario para tratar de llegar a un acuerdo en los 15 días siguientes a la
presentación de la carta de despido. Si se llega a un acuerdo que acepten ambas partes
finalizará el proceso de reclamación, recibiendo el trabajador la indemnización acordada. Si
hay desacuerdo el trabajador acudirá al Juzgado de lo Social.
B. Reclamación en el Juzgado de lo Social: tras el desacuerdo, el trabajador deberá presentar
la demanda ante el Juzgado de lo Social en los 20 días hábiles desde el momento en que el
despido es efectivo, aportando la papeleta de desacuerdo del acto de conciliación. Se
descontarán de dicho periodo los días que dure el acto de conciliación. El juez dictará
sentencia pudiendo declarar el despido nulo, procedente o improcedente.
10
Calificación del despido, causas y efectos:
Calificación Causas Efectos
Procedente
Han sido probadas las causas alegadas
por el empresario.
Se ha cumplido con las formalidades
legales del despido colectivo, objetivo o
disciplinario.
Despido disciplinario: no se tiene derecho
a desempleo ni indemnización.
Despido colectivo u objetivo: derecho a
desempleo y a indemnización de 20 días
por año de trabajo (o a la parte
proporcional si el contrato hubiese tenido
una duración inferior al año) con un límite
de 12 mensualidades-
Improcedente
No han sido probadas las causas
alegadas por el empresario.
Se ha incumplido el procedimiento para
la tramitación del despido colectivo,
objetivo o disciplinario
El empresario podrá optar entre:
 Readmitir al trabajador y pagarle los
salarios de tramitación.
 Pagar una indemnización de 33 días
por año trabajado (o a la parte
proporcional si el contrato hubiese
tenido una duración inferior al año)
con un límite de 24 mensualidades.
 La decisión será tomada por el
trabajador si éste es un representante
legal de los trabajadores
Nulo
 Violación de derechos
fundamentales.
 Despido de mujeres víctimas de
violencia de género.
 Despido durante el periodo de
lactancia, riesgo durante el periodo
de lactancia, embarazo, riesgo
durante el embarazo y
enfermedades causadas por
maternidad y paternidad, si estos
hechos son los que motivan el
despido.
 Despido en los 9 meses siguientes a
la suspensión del contrato por
reducción de jornada por cuidado
de hijos o familiares, o excedencia
por cuidado de hijos o familiares.
 Despido colectivo realizado en
fraude de ley.
Readmisión obligatoria del trabajador y
abono de los salarios de tramitación.
4. CÁLCULO DE LA LIQUIDACIÓN E INDEMNIZACIÓN POR EXTINCIÓN DEL
CONTRATO. EL FINIQUITO
La liquidación incluye los conceptos retributivos devengados por el trabajador, y no cobrados,
como consecuencia de la relación laboral mantenida con la empresa y que deben ser abonados
cuando se extingue el contrato de trabajo.
11
La liquidación y el finiquito incluirán los siguientes conceptos retributivos no cobrados:
A. Salario del mes no cobrado.
El empresario deberá abonar el salario de los días que el trabajador despedido ha trabajado
durante el mes en el que ha sido despedido.
B. Liquidación de pagas extraordinarias.
El cálculo de la liquidación es diferente en función de cómo se devenguen las pagas
extraordinarias (semestral o anualmente). Para no complicar mucho la cosa, nosotros
supondremos que las pagas se devengarán anualmente.
La cantidad a abonar por este concepto se calculará de la siguiente forma:
La empresa realizará la correspondiente retención a cuenta del IRPF sobre la liquidación de las
pagas extraordinarias.
C. Liquidación de vacaciones.
Comprenderá las vacaciones devengadas y no disfrutadas. El cálculo se realizará de la siguiente
forma:
1. Hallar del número de días de vacaciones que corresponden disfrutar al trabajador en
función del tiempo que ha trabajado durante el año:
2. Restarle el número de días disfrutados antes del despido:
3. Multiplicar el número de días no disfrutados por el salario diario:
La empresa practicará la correspondiente retención a cuenta del IRPF y las deducciones a la
Seguridad Social correspondientes a las vacaciones no disfrutadas.
12
Si el trabajador hubiera disfrutado de más vacaciones de las debidas, la empresa restará de la
liquidación el valor de los días disfrutados en exceso.
D. Indemnización.
La indemnización por despido requiere realizar los siguientes pasos:
1. Comprobar la antigüedad del trabajador en la empresa (años, meses y días).
2. Calcular el salario diario:
3. Comprobar el número de días de indemnización que corresponde al trabajador en función
de la modalidad de extinción utilizada por la empresa.
4. Aplicar la siguiente fórmula:
5. Comparar la indemnización con el límite establecido por la ley.
6. Elegir la menor de las cantidades.
La indemnización pactada en el acto de conciliación o fijada en sentencia no tributará a IRPF si
no supera los límites establecidos en la legislación.
Si tributarán, en su totalidad, las indemnizaciones por finalización de contratos por obra y
servicio o de contratos eventuales por circunstancias de la producción, y aquellas establecidas
por convenio, pacto o contrato entre empresario y trabajador.
13
5. ACTIVIDADES
Aptdo. 1 Modificación del contrato de trabajo.
1. Un jefe de planta de un gran centro comercial recibe una orden escrita de sus superior en la
que le comunica que a partir del lunes siguiente debe realizar las tareas propias de un
dependiente de la misma planta. La carta no señala ningún dato más. ¿Qué tipo de movilidad
funcional se ha empleado? ¿Qué derechos tendrá el trabajador?
2. El director de una obra de construcción ha sufrido una caída y se ha fracturado la cadera. El
jefe de personal ha comunicado al capataz que realice las tareas del director de obra durante
la baja médica de este trabajador. Transcurridos 7 meses, el trabajador lesionado sigue sin
incorporarse a su puesto de trabajo. ¿Ante qué tipo de movilidad nos encontramos? ¿Qué
derechos tiene este trabajador?
3. Señala qué tipo de modificación del contrato se produce en los siguientes casos:
a. Un trabajador de una central lechera situada en Burgos es desplazado al centro de trabajo
que la empresa tiene en Oviedo por un plazo de 5 meses.
b. Una trabajadora es desplazada a otro centro de trabajo en otra localidad, con carácter
definitivo.
c. Un trabajador, con horario continuado, recibe una carta comunicándole el cambio de su
horario de trabajo, que pasará a ser partido distribuyéndose entre la mañana y la tarde.
¿Qué opciones tienen los trabajadores en cada una de las modificaciones?
4. Copia la siguiente tabla y complétala:
Tipo de modificación Descripción
Derechos del
trabajador/a
Indemnización (si la
hubiese)
Movilidad funcional dentro del
mismo grupo
Movilidad funcional descendente
Movilidad funcional ascendente
Desplazamiento
Traslado
Modificación sustancial de las
condiciones de trabajo
5. Matías, con una antigüedad de 5 años en la empresa Soloseran1smeses, S.L., es trasladado
de forma definitiva desde el centro de producción de Talavera de la Reina al de Talayuela.
Actualmente percibe una remuneración anual de 18.000 €. Calcula la indemnización a la que
tendría derecho si decidiese extinguir el contrato.
14
6. Amanda lleva 8 años trabajando en la empresa Estabilidad, S.A. El 10 de Enero recibió una
carta de la empresa comunicándole una bajada del 10% en su remuneración anual por razones
económicas. Antes de la bajada percibía una remuneración anual de 45.000 €. Calcula el
importe de la indemnización si opta por la extinción del contrato.
Aptdo. 2: Suspensión del contrato de trabajo.
7. Indica si los siguientes supuestos son causas de suspensión del contrato de trabajo.
Huelga legal, dimisión del trabajador, despido, incapacidad durante 3 meses por accidente laboral,
paternidad, cuidado de un hijo de 12 años, sanción disciplinaria por una falta leve en el trabajo.
8. ¿Cuál será la duración de la excedencia en cada una de estas situaciones?
a. Carlos tiene a su abuelo gravemente enfermo y piensa solicitar la excedencia para
dedicarse a cuidarlo.
b. Maite ha adoptado a un niño de 2 años.
c. Esperanza pide la excedencia voluntaria para estudiar un grado en la universidad.
d. Carolina ha sido elegida como diputada en las elecciones celebradas el pasado 20 de
Diciembre.
9. Busca en Internet los siguientes aspectos relacionados con las diferentes clases de
excedencias:
 Requisitos para poder solicitarlas.
 Reserva del puesto de trabajo.
 Derecho preferente a la incorporación al mismo puesto de trabajo.
 Cómputo a efectos de antigüedad.
Puedes estructurar la respuesta en una tabla. Indica además la página web donde has
obtenido la información.
Aptdo. 3: Extinción del contrato de trabajo.
10. Une con flechas las siguientes situaciones con la causa de extinción del contrato:
Un trabajador deja de acudir al trabajo Por voluntad conjunta del
empresario y el trabajadorDespido disciplinario por insultos a un compañero
Incapacidad permanente del trabajador
Por voluntad del trabajador
Retrasos continuados en el cobro del salario
Finalización por acuerdo entre trabajador y empresario
Por voluntad del empresario
Finalización de la construcción de una vivienda
Jubilación del empresario
Por otras causas
Cierre de la empresa por incendio
15
11. Razona si los siguientes despidos pueden considerarse como colectivos:
 Despido de 8 trabajadores en una empresa con 70 trabajadores.
 Despido de 15 trabajadores en una empresa de 120 trabajadores.
 Despido de 20 trabajadores en una empresa de 240 trabajadores.
 Despido de 11 trabajadores en una empresa de 90 trabajadores.
 Despido de 35 trabajadores en una empresa de 400 trabajadores.
12. Relaciona las siguientes situaciones con la correspondiente causa de despido colectivo:
En una empresa el departamento de contabilidad y el de
administración se fusionan en uno solo.
a. Económicas
Una compañía de telecomunicaciones pierde en un año el 25 % de
sus clientes debido a la competencia con otras empresas.
b. Organizativas
Una empresa de fabricación de ropa de fiesta ha visto incrementado
el precio en su materia prima en un 40 % durante el último año. Con
este incremento la empresa ha reducido las ventas 3 trimestres
seguidos con respecto al año anterior.
c. Productivas
Una explotación ganadera ha comprado un robot para el ordeño
automático de las vacas. La empresa tiene una plantilla de 30
trabajadores y va a despedir a 10.
d. Técnicas
13. Un técnico de rayos X presta sus servicios en un hospital desde hace 23 años. La dirección
del hospital decidió renovar los equipos de radiodiagnóstico y dio un curso de formación a
todos los trabajadores del servicio. El técnico no ha conseguido aprender a utilizar los nuevos
equipos. La dirección le ha remitido una carta de despido en la que se explican las causas del
mismo y la fecha en la que tendrá efecto.
a. ¿Cuál es la causa del despido?
b. ¿Con cuánto antelación debe avisar la empresa al técnico del despido?
c. ¿Cumple la empresa con el resto de requisitos finalizar la relación laboral?
d. ¿Cobrará el técnico algún tipo de indemnización?
e. Si cobra un salario anual de 24.000 €, ¿a cuánto ascenderá la indemnización?
f. ¿Dispondrá de alguna hora para buscar nuevo trabajo?
14. Uno de los motivos para despedir a un trabajador por causas objetivas es la acumulación
de faltas de asistencia, incluso justificadas. Busca en Internet cuántas faltas han de acumularse
y qué tipos de ausencias no se consideran faltas de asistencia. (Incluye en la respuesta la
página web donde has encontrado la información).
15. Señala si las circunstancias que se nombran a continuación pueden dar lugar a algún tipo
de extinción del contrato de trabajo, indicando la causa que podría alegarse:
 No acatar las órdenes de un superior.
 Faltar al trabajo durante 6 días por huelga legal.
 Simular una enfermedad sin ir al médico.
 Falta de pago del salario durante un mes.
16
 Ocultar que no se posee una titulación necesaria para hacer un trabajo.
 Una empresa pierde el 70% de sus clientes en el presente año.
 Un trabajador utiliza el ordenador durante 2 horas al día para uso personal.
 El conductor de una empresa de autobuses ha dado positivo en 3 controles de alcoholemia
realizados durante los últimos 6 meses.
16. Una trabajadora acaba de ser despedida y quiere demandar a la empresa. Se pregunta:
a. ¿En qué consiste la conciliación previa?
b. ¿Qué ocurre si se llega a un acuerdo entre la trabajadora y la empresa? ¿Y si no hay
acuerdo?
c. ¿Cómo puede declarar el juzgado el despido?
d. ¿Qué efectos tiene cada tipo de despido?
17. Un trabajador es despedido porque el empresario mira su correo electrónico personal y
descubre que está criticando al director de la empresa. El empresario le envía una carta de
despido en la que le comunica los hechos del despido describiendo textualmente los correos
electrónicos del trabajador. El Juzgado de lo Social falla en su sentencia que el despido es nulo.
a. ¿Por qué se considera nulo?
b. ¿Qué consecuencias conlleva la declaración de un despido como nulo?
18. Dos trabajadores reciben el 15 de Enero una carta en la que se les notifica que serán
despedidos el día 22 de Enero sin señalar la causa que motiva el despido.
a. ¿Qué plazo tienen para recurrir el despido?
b. ¿Cómo calificará el juez este despido?
c. ¿Qué opciones tiene el empresario ante la decisión del juez?
d. ¿Y si los trabajadores son representantes de los trabajadores?
Aptdo. 4: Cálculo de la liquidación e indemnización por extinción del contrato. El finiquito.
19. Una empresa tuvo que extinguir el contrato de un trabajador por falta de adaptación a las
modificaciones técnicas introducidas en su puesto de trabajo. El trabajador no reclama y
acepta el despido.
Calcula la liquidación que percibirá el trabajador teniendo en cuenta los siguientes datos
laborales:
 Fecha de alta en la empresa: 1 de enero de 2003.
 Fecha de baja en la empresa: 19 de octubre de 2015.
 Salario anual: 18.200 €
 El trabajador recibe dos pagas extraordinarias anuales de 1.300 € cada una.
 Ha disfrutado de 15 días de vacaciones en el presente año.
17
20. Una dependienta de gasolinera ha sido despedida habiéndose calificado el despido
disciplinario como improcedente. La empresa ha decidido indemnizarle. Los datos laborales de
la trabajadora son los siguientes:
 Fecha de alta: 1 de enero de 2005.
 Fecha de baja: 30 de junio de 2015.
 Salario base: 850 €.
 Antigüedad: 47 €.
 Complemento de nocturnidad: 250 €.
 Quebranto de moneda: 50 €.
 Percibe 2 pagas extras de devengo anual por importe del salario base más la antigüedad.
 Ha disfrutado de 5 días de vacaciones en el año 2015.
Calcula la liquidación que debería abonar la empresa a la trabajadora por el despido
disciplinario improcedente.
Tabla resumen de indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo
Causa de indemnización
Días de salario por año
de servicio
Máximo de
mensualidades
Por voluntad conjunta del empresario y el trabajador
Mutuo acuerdo entre las partes
Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto
del contrato
Por voluntad del trabajador
Dimisión o abandono
Incumplimiento grave del empresario
Por otras causas
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario
Extinción de la forma jurídica de la empresa
Extinción por fuerza mayor
Extinción por ser víctima de violencia de género
Por voluntad del empresario
Despido colectivo o por causas objetivas:
 Procedente
 Improcedente
Despido disciplinario:
 Procedente
 Improcedente

More Related Content

What's hot

Ejercicios tema5fol
Ejercicios tema5folEjercicios tema5fol
Ejercicios tema5folIrene Alonso
 
Fol 6 el contrato de trabajo 2016
Fol 6 el contrato de trabajo 2016Fol 6 el contrato de trabajo 2016
Fol 6 el contrato de trabajo 2016jossansan1
 
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"derechodeltrabajo
 
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajo
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajoUndiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajo
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajoAntonio Guirao Silvente
 
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nómina
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nóminaUnidad 8 Flipped FOL. El salario y la nómina
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nóminaAntonio Guirao Silvente
 
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003jossansan1
 
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleo
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleoUnidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleo
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleoAntonio Guirao Silvente
 
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003jossansan1
 
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]Alecha
 
Power point el contrato de trabajo
Power point el contrato de trabajoPower point el contrato de trabajo
Power point el contrato de trabajonievessscf12
 
La jornada laboral
La jornada laboralLa jornada laboral
La jornada laboralnoemana
 
Clases de contrato de trabajo
Clases de contrato de trabajoClases de contrato de trabajo
Clases de contrato de trabajoIgnacio Zùñiga
 
contratos laborales
contratos laborales contratos laborales
contratos laborales Lina Zea
 
Contrato de trabajo en colombia
Contrato de trabajo en colombiaContrato de trabajo en colombia
Contrato de trabajo en colombiaEdwin Hernandez
 
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019)
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019) Presentacion aula unidad 4 (fol 2019)
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019) ManuelLpezBrea
 

What's hot (20)

Ejercicios tema5fol
Ejercicios tema5folEjercicios tema5fol
Ejercicios tema5fol
 
Fol 6 el contrato de trabajo 2016
Fol 6 el contrato de trabajo 2016Fol 6 el contrato de trabajo 2016
Fol 6 el contrato de trabajo 2016
 
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
 
Unidad 2: El contrato de trabajo
Unidad 2: El contrato de trabajoUnidad 2: El contrato de trabajo
Unidad 2: El contrato de trabajo
 
Jornada de Trabajo
Jornada de TrabajoJornada de Trabajo
Jornada de Trabajo
 
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajo
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajoUndiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajo
Undiad 6 Flipped FOL: El contrato de trabajo
 
Contrato indefinido
Contrato indefinidoContrato indefinido
Contrato indefinido
 
Unidad 3gm: La jornada de trabajo
Unidad 3gm: La jornada de trabajoUnidad 3gm: La jornada de trabajo
Unidad 3gm: La jornada de trabajo
 
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nómina
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nóminaUnidad 8 Flipped FOL. El salario y la nómina
Unidad 8 Flipped FOL. El salario y la nómina
 
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003
Fol 3 la jornada de trabajo, versión 97 2003
 
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleo
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleoUnidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleo
Unidad 11 Flipped FOL. Seguridad Social y desempleo
 
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003
Fol 4 el salario y la nómina, versión 97 2003
 
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]
U.d.3 la relación laboral 2013 [modo de compatibilidad]
 
Power point el contrato de trabajo
Power point el contrato de trabajoPower point el contrato de trabajo
Power point el contrato de trabajo
 
La jornada laboral
La jornada laboralLa jornada laboral
La jornada laboral
 
Clases de contrato de trabajo
Clases de contrato de trabajoClases de contrato de trabajo
Clases de contrato de trabajo
 
contratos laborales
contratos laborales contratos laborales
contratos laborales
 
Contrato de trabajo en colombia
Contrato de trabajo en colombiaContrato de trabajo en colombia
Contrato de trabajo en colombia
 
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019)
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019) Presentacion aula unidad 4 (fol 2019)
Presentacion aula unidad 4 (fol 2019)
 
Extinción del contrato de trabajo
Extinción del contrato de trabajoExtinción del contrato de trabajo
Extinción del contrato de trabajo
 

Viewers also liked

Fol solucionario
Fol solucionarioFol solucionario
Fol solucionariomagnetotan
 
Movilidad funcional
Movilidad funcionalMovilidad funcional
Movilidad funcionallabekamac
 
La modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoLa modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoJosé Luis
 
Modificación, suspensión y extinción del contrato
Modificación, suspensión y extinción del contratoModificación, suspensión y extinción del contrato
Modificación, suspensión y extinción del contratocifpvilladeaguimes
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoformapaco
 
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...Antonio Guirao Silvente
 
72814125 fol-solucionario Logse
72814125 fol-solucionario Logse72814125 fol-solucionario Logse
72814125 fol-solucionario Logsecesarcoe
 
Modificación del contrato de trabajo
Modificación del contrato de trabajoModificación del contrato de trabajo
Modificación del contrato de trabajojmtorresm1
 
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contrato
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contratoActividad: Modificación, suspensión y extinción del contrato
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contratocifpvilladeaguimes
 
La modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoLa modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoJosé Luis
 
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.Florida Centre de Formació
 
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracte
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracteUnidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracte
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracteFlorida Centre de Formació
 
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015Community Next
 
El proceso de selección de personal- Afministrativos
El proceso de selección de personal- AfministrativosEl proceso de selección de personal- Afministrativos
El proceso de selección de personal- AfministrativosPurificación Argáiz Ruiz
 

Viewers also liked (20)

Fol solucionario
Fol solucionarioFol solucionario
Fol solucionario
 
Movilidad funcional
Movilidad funcionalMovilidad funcional
Movilidad funcional
 
La modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoLa modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajo
 
Modificación, suspensión y extinción del contrato
Modificación, suspensión y extinción del contratoModificación, suspensión y extinción del contrato
Modificación, suspensión y extinción del contrato
 
5-3 Movilidad funcional
5-3 Movilidad funcional5-3 Movilidad funcional
5-3 Movilidad funcional
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
 
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...
Unidad 9 Flipped FOL. Modificación, suspensión y extinción del contrato de tr...
 
72814125 fol-solucionario Logse
72814125 fol-solucionario Logse72814125 fol-solucionario Logse
72814125 fol-solucionario Logse
 
Modificación del contrato de trabajo
Modificación del contrato de trabajoModificación del contrato de trabajo
Modificación del contrato de trabajo
 
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contrato
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contratoActividad: Modificación, suspensión y extinción del contrato
Actividad: Modificación, suspensión y extinción del contrato
 
La modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajoLa modificación del contrato de trabajo
La modificación del contrato de trabajo
 
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.
CONTRATACIÓN. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN.
 
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracte
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracteUnidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracte
Unidad temática 8. modificació, suspensió i extinció contracte
 
U.t.6 n
U.t.6 nU.t.6 n
U.t.6 n
 
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015
Guía de empleo del 1.0 al 2.0 - 2015
 
El contrato de trabajo y sus modalidades
El contrato de trabajo y sus modalidadesEl contrato de trabajo y sus modalidades
El contrato de trabajo y sus modalidades
 
Descripcion proyecto
Descripcion proyectoDescripcion proyecto
Descripcion proyecto
 
El proceso de selección de personal- Afministrativos
El proceso de selección de personal- AfministrativosEl proceso de selección de personal- Afministrativos
El proceso de selección de personal- Afministrativos
 
Ejercicios de nóminas 2012 2013
Ejercicios de nóminas 2012 2013Ejercicios de nóminas 2012 2013
Ejercicios de nóminas 2012 2013
 
Tema 1 El trabajo y su regulación
Tema 1 El trabajo y su regulaciónTema 1 El trabajo y su regulación
Tema 1 El trabajo y su regulación
 

Similar to Tema 5 Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo

Actividades para suspensin_de_clases
Actividades para suspensin_de_clasesActividades para suspensin_de_clases
Actividades para suspensin_de_clasesAdrianaReji
 
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo  T5Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo  T5
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5Ana Pérez
 
t5-110307141809-phpapp01.pptx
t5-110307141809-phpapp01.pptxt5-110307141809-phpapp01.pptx
t5-110307141809-phpapp01.pptxAlbertoPalafox6
 
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinción
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinciónU.d. 4: Modificación, suspensión y extinción
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinciónRosa Barroso
 
Extinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoExtinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoAna Lopez de Ayala
 
Extinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoExtinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoAna Lopez de Ayala
 
Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012IFRA asesores
 
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinción
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinciónPresentación tema 6 modificación, suspensión y extinción
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinciónDani Gonzalez López
 
Modificación, suspensión y extinción de los contratos
Modificación, suspensión y extinción de los contratosModificación, suspensión y extinción de los contratos
Modificación, suspensión y extinción de los contratosEscuela de Arte
 
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdf
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdfU5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdf
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdfEmilioJosMndezLpez1
 
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato   2014, versión 97-2003Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato   2014, versión 97-2003
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003jossansan1
 
Reforma laboral
Reforma laboralReforma laboral
Reforma laboralCIALT
 
Reseña Reforma laboral
Reseña Reforma laboralReseña Reforma laboral
Reseña Reforma laboraleconred
 
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptx
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptxFOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptx
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptxmar24
 
Ut 4 extincion despido
Ut 4  extincion despidoUt 4  extincion despido
Ut 4 extincion despidoLuisa Grau
 

Similar to Tema 5 Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo (20)

Actividades para suspensin_de_clases
Actividades para suspensin_de_clasesActividades para suspensin_de_clases
Actividades para suspensin_de_clases
 
Unidad 6
Unidad 6Unidad 6
Unidad 6
 
Unidad 6
Unidad 6Unidad 6
Unidad 6
 
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo  T5Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo  T5
Modificacion y Suspension Del Contato De Trabajo T5
 
t5-110307141809-phpapp01.pptx
t5-110307141809-phpapp01.pptxt5-110307141809-phpapp01.pptx
t5-110307141809-phpapp01.pptx
 
fol
folfol
fol
 
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinción
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinciónU.d. 4: Modificación, suspensión y extinción
U.d. 4: Modificación, suspensión y extinción
 
Extinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoExtinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajo
 
Extinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajoExtinción de los contratos de trabajo
Extinción de los contratos de trabajo
 
Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012
 
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinción
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinciónPresentación tema 6 modificación, suspensión y extinción
Presentación tema 6 modificación, suspensión y extinción
 
Modificación, suspensión y extinción de los contratos
Modificación, suspensión y extinción de los contratosModificación, suspensión y extinción de los contratos
Modificación, suspensión y extinción de los contratos
 
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdf
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdfU5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdf
U5 Modificacion, suspensión y extinción del contrato de trabajo.pdf
 
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato   2014, versión 97-2003Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato   2014, versión 97-2003
Fol 5 modificación, suspension y extinción del contrato 2014, versión 97-2003
 
Despidos
DespidosDespidos
Despidos
 
Reforma laboral
Reforma laboralReforma laboral
Reforma laboral
 
Reseña Reforma laboral
Reseña Reforma laboralReseña Reforma laboral
Reseña Reforma laboral
 
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptx
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptxFOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptx
FOL 9 MODIFICACION, SUSPENSION Y EXTINCION DEL CONTRATO -2022 (1).pptx
 
Ut 4 extincion despido
Ut 4  extincion despidoUt 4  extincion despido
Ut 4 extincion despido
 
Compensación
CompensaciónCompensación
Compensación
 

More from Raúl Lucía Jareño Jareño (7)

Tema 6 El sistema de la Seguridad Social
Tema 6 El sistema de la Seguridad SocialTema 6 El sistema de la Seguridad Social
Tema 6 El sistema de la Seguridad Social
 
Tema 4 El salario y la nómina
Tema 4 El salario y la nóminaTema 4 El salario y la nómina
Tema 4 El salario y la nómina
 
Tema 2 Qué debo saber del entorno de mi empresa
Tema 2 Qué debo saber del entorno de mi empresaTema 2 Qué debo saber del entorno de mi empresa
Tema 2 Qué debo saber del entorno de mi empresa
 
Tema 3 el tiempo de trabajo
Tema 3 el tiempo de trabajoTema 3 el tiempo de trabajo
Tema 3 el tiempo de trabajo
 
Tema 1 quiero crear mi propia empresa
Tema 1 quiero crear mi propia empresaTema 1 quiero crear mi propia empresa
Tema 1 quiero crear mi propia empresa
 
Movimientos socializacion
Movimientos socializacionMovimientos socializacion
Movimientos socializacion
 
Pib198020100
Pib198020100Pib198020100
Pib198020100
 

Recently uploaded

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosJonathanCovena1
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfNancyLoaa
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioELIASAURELIOCHAVEZCA1
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxnandoapperscabanilla
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Alejandrino Halire Ccahuana
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIIsauraImbrondone
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAEl Fortí
 

Recently uploaded (20)

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdfCuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
Cuaderno de trabajo Matemática 3 tercer grado.pdf
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 

Tema 5 Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo

  • 1. 1 TEMA 5: MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO ÍNDICE: 1. Modificación del contrato de trabajo. 1.1 Movilidad funcional. 1.2 Movilidad geográfica. 1.3 Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. 2. Suspensión del contrato de trabajo. 2.1 ¿Qué es la excedencia? 3. Extinción del contrato de trabajo. 3.1 Extinción por voluntad del empresario. 3.2 La reclamación del despido. 4. Cálculo de la liquidación e indemnización por extinción del contrato. El finiquito. 4.1 Aportación de los trabajadores a la Seguridad Social. 4.2 Cálculo de las bases de cotización. 5. Actividades finales. Al finalizar este tema sabrás:  Identificar las causas y efectos de la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral.  Identificar las causas del despido colectivo y analizar el despido disciplinario.  Calcular las indemnizaciones y liquidaciones para los distintos tipos de extinción del contrato de trabajo.
  • 2. 2 1. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO El ET reconoce la posibilidad del empresario de variar las condiciones pactadas en el contrato en virtud de su poder de dirección. Este poder, sin embargo, no es absoluto. El ET regula también las condiciones, requisitos y límites de las modificaciones del contrato, estableciendo además las tres posibles modificaciones que se pueden realizar: la movilidad funcional, la movilidad geográfica y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. 1.1 Movilidad funcional. La movilidad funcional es la modificación unilateral por parte del empresario de las funciones que el trabajador venía desempeñando de manera habitual. Dicha movilidad respetará las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer el trabajo y se hará con respeto a la dignidad del trabajador Existen dos tipos de movilidad funcional:  Movilidad dentro del mismo grupo profesional: el empresario no debe alegar ninguna causa para realizar la modificación de funciones y el trabajador percibirá la retribución correspondiente a las nuevas funciones que desempeñe, que no puede ser inferior a su anterior retribución.  Movilidad fuera del grupo profesional: el empresario solo podrá mantener las modificaciones por el tiempo imprescindible y debe justificar el cambio por razones técnicas u organizativas, teniendo que informar además a los representantes de los trabajadores de dichas razones. Se distinguen dos tipos de movilidad fuera del grupo profesional: o Movilidad funcional descendente: se produce cuando se establecen funciones inferiores a las del grupo al que pertenece el trabajador, manteniéndose el salario de origen. o Movilidad funcional ascendente: se produce cuando se establecen funciones superiores a las del grupo al que pertenece el trabajador, requiriéndose las titulaciones académicas o profesionales necesarias para realizar las nuevas funciones. En este caso, el trabajador tendrá derecho a:  Percibir el salario correspondiente al nuevo grupo profesional mientras dure la situación.  Reclamar que se cubra la vacante correspondiente a las funciones que desempeñaba tras el cambio, de acuerdo con el sistema de ascensos aplicable en la empresa. Para ello, la movilidad debe producirse por un periodo superior a 6 meses, durante un año, u 8 meses, durante dos años. 1.2 Movilidad geográfica. La movilidad geográfica es el traslado del trabajador de forma definitiva o bien su desplazamiento temporal a otro centro de trabajo de otra localidad. Este desplazamiento ha de implicar un cambio en el lugar de residencia habitual del trabajador. En ambos casos debe justificarse por razones técnicas, organizativas, económicas o productivas.
  • 3. 3 A. El desplazamiento temporal. Se produce cuando destinan temporalmente al trabajador a un centro de trabajo de la misma empresa, durante un periodo de tiempo que no exceda de 12 meses en un periodo de 3 años. En el desplazamiento temporal, el trabajador:  No puede negarse al desplazamiento.  Conserva las mismas funciones y salario.  Cobra gastos de dietas y viaje.  Podrá disfrutar de 4 días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento. B. El traslado definitivo. Se produce cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa:  De forma definitiva.  Durante un periodo superior a 12 meses en un periodo de 3 años.  Puede ser individual o colectivo, dependiendo del número de trabajadores a los que afecte el traslado. Ante un traslado definitivo, el trabajador puede:  Aceptar el traslado, cobrando los gastos derivados del traslado.  Reclamar en el Juzgado de lo Social para no ser trasladado.  Extinguir el contrato cobrando una indemnización de 20 días de salario por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un tope de 12 mensualidades. 1.3 Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo suponen cambios que afectan, entre otros aspectos, a la jornada de trabajo, el horario, los sistemas de remuneración, la cuantía salarial o en las funciones a desempeñar, cuando excedan los límites de la movilidad funcional. Para poder realizar modificaciones sustanciales debe probarse la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la modificación. Pueden ser individuales o colectivas, dependiendo del número de trabajadores a los que afecte la modificación sustancial.
  • 4. 4 Ante una modificación sustancial, el trabajador puede:  Aceptar las modificaciones.  Reclamar en el Juzgado de lo Social que las modificaciones no están justificadas, volviendo a su situación inicial si el juzgado le da la razón.  Extinguir el contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un máximo de 9 mensualidades. ¿Cómo se calcula la indemnización si se decide extinguir el contrato por traslado definitivo o modificación sustancial de las condiciones de trabajo? Imaginemos un trabajador que lleva trabajando en la sucursal de Cáceres de un banco 10 años. El banco decide trasladarle a la sucursal de Plasencia, optando el trabajador por extinguir el contrato y percibir la indemnización correspondiente. Su salario bruto anual es de 36.000 €. Seguiremos los siguientes pasos para calcular la indemnización: Paso 1: Calcular el número de días de salario a los que tiene derecho. Paso 2: Calcular el salario diario. Paso 3: Calcular la indemnización. Paso 4: Calcular el límite y comparar. La indemnización está por debajo del límite. Por lo tanto, el trabajador recibirá 19.726 € como indemnización. (Nota: en el caso de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo el límite es de 9 mensualidades, por lo que para calcular el límite habría que calcular el salario mensual y multiplicarlo por 9).
  • 5. 5 2. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO La suspensión del contrato de trabajo es la interrupción temporal de la relación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador. Durante la suspensión, el empresario no tiene la obligación de pagar el salario del trabajador, y éste no le presta sus servicios. Las causas para la suspensión del contrato se recogen en el art. 45.1 del ET y son:  Mutuo acuerdo de las partes.  Causas pactadas en el contrato.  Incapacidad temporal.  Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, adopción o acogimiento.  Privación de libertad del trabajador (cárcel).  Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.  Fuerza mayor temporal.  Huelga y cierre patronal.  Trabajadora víctima de violencia de género (la solicita voluntariamente la trabajadora).  Excedencia. 2.1 ¿Qué es la excedencia? La excedencia es una causa de suspensión del contrato de trabajo que puede tener las siguientes modalidades: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos y por cuidado de familiares. Cuando un trabajador solicita una excedencia puede conservar, en algunos casos y durante un periodo de tiempo, a volver a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía anteriormente. Clases de excedencia Motivo Duración Ejemplo Voluntaria Necesidad del trabajador Desde 4 meses a 5 años Un técnico de laboratorio que trabaja de administrativo en una empresa de seguros recibe una oferta de trabajo para el laboratorio de un hospital. Solicita una excedencia en la empresa de seguros Forzosa Elección para cargo público representativo y cuyo desempeño imposibilite la asistencia al trabajo Durante el ejercicio del cargo público Una profesora es elegida senadora. Tendrá excedencia forzosa en el trabajo de profesora
  • 6. 6 Cuidado de hijos Nacimiento, adopción y acogimiento de un hijo menor de 3 años Hasta que el menor cumpla 3 años Un padre solicita excedencia durante 2 años para el cuidado de su hijo recién nacido Cuidado de un familiar Familiar hasta segundo grado de afinidad o consanguinidad que no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe ninguna actividad retributiva Hasta 2 años Un trabajador solicita un años de excedencia para cuidar a su madre, que está enferma. 3. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO La extinción del contrato de trabajo es la finalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador, por la que desaparecen de forma definitiva las obligaciones de ambas partes. Las causas de la extinción del contrato de trabajo son las siguientes: A. Por voluntad conjunta del empresario y el trabajador:  Mutuo acuerdo entre las partes: se finaliza la relación laboral sin que ninguna de las partes (empresario o trabajador) lo imponga unilateralmente. El trabajador no tendrá derecho ni a indemnización ni a desempleo.  Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato: si el contrato de duración determinada tiene una duración superior al año, la parte que quiera iniciar la extinción del contrato debe notificarlo a la otra parte dicha intención con una antelación de 15 días. El trabajador tendrá derecho a desempleo y a una indemnización de 12 días por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) sin límite de mensualidades. B. Por voluntad del trabajador:  Dimisión del trabajador: el trabajador debe comunicar al empresario su voluntad de terminar la relación laboral con una antelación de 15 días. No tendrá derecho ni a desempleo ni a indemnización.  Abandono: el trabajador abandona el trabajo con la intención de extinguir el contrato, sin preaviso. El empresario podrá reclamar daños y perjuicios. El trabajador no tendrá derecho ni a desempleo ni a indemnización.  Resolución por incumplimiento grave del empresario (modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que perjudiquen la formación profesional del trabajador o vayan en contra de su dignidad; falta de pago o retrasos en el abono del salario; otros incumplimientos graves, salvo los supuestos de fuerza mayor): en este caso el trabajador solicita la extinción ante el Juzgado de lo Social y tendrá derecho a desempleo y a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año), con un límite 24 mensualidades.
  • 7. 7 C. Por voluntad del empresario (lo veremos con más detalle en el siguiente subapartado):  Despido colectivo.  Extinción por causas objetivas.  Despido disciplinario por incumplimiento grave del trabajador. D. Por otras causas:  Muerte, incapacidad permanente o jubilación del trabajador.  Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario (trabajador tendrá derecho a una indemnización de 1 mes de salario).  Extinción de la forma jurídica de la empresa (liquidación de la empresa, adquisición de la empresa o fusión con otra empresa, etc.) (trabajador tendrá derecho a 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un límite de 12 mensualidades).  Extinción por fuerza mayor (trabajador tendrá derecho a 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un límite de 12 mensualidades).  Extinción por ser víctima de violencia de género (no se tiene derecho a indemnización) Cuando finaliza la relación laboral, el empresario debe comunicar al trabajador la denuncia o preaviso de la extinción del contrato y entregar una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas. El documento que recoge las cantidades que debe la empresa al trabajador se conoce con el nombre de finiquito. Una vez que el trabajador ha firmado el finiquito, se produce la extinción definitiva del contrato. 3.1 Extinción del contrato por voluntad del empresario. A. Despido colectivo El despido colectivo supone la finalización de los contratos de trabajo de un número determinado de trabajadores fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que dificulten la supervivencia de la empresa. Para ser considerado colectivo, el número de trabajadores afectados ha de ser:  Superior a 10 cuando la plantilla es inferior a 100 trabajadores.  Superior al 10% de la plantilla cuando ésta se sitúa entre 100 y 300 trabajadores.  Superior a 30 si la plantilla tiene más de 300 trabajadores. Los mismos límites se aplican para considerar los traslados definitivos y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo como colectivas.
  • 8. 8 Causas de despido colectivo:  Económicas: existencia de pérdidas actuales o previstas o disminución persistente de ingresos o ventas (NOTA: se considera disminución persistente si los ingresos o ventas son inferiores durante 3 trimestres consecutivos a los niveles del mismo trimestre del año anterior).  Técnicas: se producen cambios en los medios o instrumentos de producción (por ejemplo, cuando se sustituye una máquina manual por otra automatizada).  Organizativas: se definen cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción (por ejemplo, una empresa con dos centros de producción abre un centro nuevo más moderno y cierra los otros dos).  Productivas: disminuye la demanda de los productos o servicios que ofrece la empresa en el mercado (por ejemplo, una empresa tiene que prescindir de parte de su personal porque el volumen de pedidos se ha reducido). Para llevar a cabo un despido colectivo, el empresario debe seguir el procedimiento regulado para los expedientes de regulación de empleo (ERE) al igual que en el caso de los traslados y modificaciones sustanciales colectivas. El trabajador tendrá derecho a desempleo y recibirá una indemnización de 20 días de salario por año de servicio (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un tope de 12 mensualidades. B. Extinción del contrato por causas objetivas. La extinción del contrato por causas objetivas se puede producir cuando concurren una serie de circunstancias, ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario, reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. Causas objetivas de extinción de contrato:  Ineptitud del trabajador: por ejemplo, un conductor de autobuses es declarado no apto para el trabajo en una revisión realizada por el servicio de prevención de su empresa.  Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas: por ejemplo, una empresa cambia el programa informático para llevar la contabilidad, y el administrativo que se encarga de esta tarea no es capaz de manejar el nuevo programa.  Amortizaciones de puestos de trabajo: por ejemplo, una tienda de electrodomésticos tiene 5 vendedores y prescinde de 2 por disminución significativa de las ventas.  Faltas de asistencia, incluso justificadas.  Insuficiencia de consignación presupuestaria, cuando dicha consignación para contratar trabajadores se reciben de la Administración Pública (como las subvenciones que reciben las ONG). El empresario deberá comunicar al trabajador el despido por escrito, explicando las causas que motivan la extinción y la fecha en la que tendrá efecto, y realizar un preaviso con 15 días de antelación. El trabajador tendrá derecho, durante esos 15 días, a una licencia de 6 horas retribuidas a la semana para buscar nuevo empleo y a una indemnización de 20 días de salario por año
  • 9. 9 trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año), con un máximo de 12 mensualidades. C. El despido disciplinario. El despido disciplinario consiste en la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del empresario debido a un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Causas del despido disciplinario:  Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.  La indisciplina o desobediencia del trabajador.  Las ofensas verbales o físicas al empresario, a otro trabajador o a algún familiar que conviva con ellos.  La mala fe contractual o el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.  La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.  La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.  El acoso por razón de origen racial o étnico, de religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o compañeros de trabajo. La notificación del despido se realizará por escrito (carta de despido) en la que se expliquen las causas que motivan el despido y la fecha en que tendrá efecto, sin necesidad de preaviso. El trabajador no tendrá derecho ni a desempleo ni indemnización. 3.2 La reclamación del despido. La reclamación del despido es el proceso que inicia un trabajador que no está de acuerdo con su despido, para que la autoridad competente lo revise. Secuencia del proceso de reclamación: A. El acto de conciliación: el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) convocará a trabajador y empresario para tratar de llegar a un acuerdo en los 15 días siguientes a la presentación de la carta de despido. Si se llega a un acuerdo que acepten ambas partes finalizará el proceso de reclamación, recibiendo el trabajador la indemnización acordada. Si hay desacuerdo el trabajador acudirá al Juzgado de lo Social. B. Reclamación en el Juzgado de lo Social: tras el desacuerdo, el trabajador deberá presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social en los 20 días hábiles desde el momento en que el despido es efectivo, aportando la papeleta de desacuerdo del acto de conciliación. Se descontarán de dicho periodo los días que dure el acto de conciliación. El juez dictará sentencia pudiendo declarar el despido nulo, procedente o improcedente.
  • 10. 10 Calificación del despido, causas y efectos: Calificación Causas Efectos Procedente Han sido probadas las causas alegadas por el empresario. Se ha cumplido con las formalidades legales del despido colectivo, objetivo o disciplinario. Despido disciplinario: no se tiene derecho a desempleo ni indemnización. Despido colectivo u objetivo: derecho a desempleo y a indemnización de 20 días por año de trabajo (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un límite de 12 mensualidades- Improcedente No han sido probadas las causas alegadas por el empresario. Se ha incumplido el procedimiento para la tramitación del despido colectivo, objetivo o disciplinario El empresario podrá optar entre:  Readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.  Pagar una indemnización de 33 días por año trabajado (o a la parte proporcional si el contrato hubiese tenido una duración inferior al año) con un límite de 24 mensualidades.  La decisión será tomada por el trabajador si éste es un representante legal de los trabajadores Nulo  Violación de derechos fundamentales.  Despido de mujeres víctimas de violencia de género.  Despido durante el periodo de lactancia, riesgo durante el periodo de lactancia, embarazo, riesgo durante el embarazo y enfermedades causadas por maternidad y paternidad, si estos hechos son los que motivan el despido.  Despido en los 9 meses siguientes a la suspensión del contrato por reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares, o excedencia por cuidado de hijos o familiares.  Despido colectivo realizado en fraude de ley. Readmisión obligatoria del trabajador y abono de los salarios de tramitación. 4. CÁLCULO DE LA LIQUIDACIÓN E INDEMNIZACIÓN POR EXTINCIÓN DEL CONTRATO. EL FINIQUITO La liquidación incluye los conceptos retributivos devengados por el trabajador, y no cobrados, como consecuencia de la relación laboral mantenida con la empresa y que deben ser abonados cuando se extingue el contrato de trabajo.
  • 11. 11 La liquidación y el finiquito incluirán los siguientes conceptos retributivos no cobrados: A. Salario del mes no cobrado. El empresario deberá abonar el salario de los días que el trabajador despedido ha trabajado durante el mes en el que ha sido despedido. B. Liquidación de pagas extraordinarias. El cálculo de la liquidación es diferente en función de cómo se devenguen las pagas extraordinarias (semestral o anualmente). Para no complicar mucho la cosa, nosotros supondremos que las pagas se devengarán anualmente. La cantidad a abonar por este concepto se calculará de la siguiente forma: La empresa realizará la correspondiente retención a cuenta del IRPF sobre la liquidación de las pagas extraordinarias. C. Liquidación de vacaciones. Comprenderá las vacaciones devengadas y no disfrutadas. El cálculo se realizará de la siguiente forma: 1. Hallar del número de días de vacaciones que corresponden disfrutar al trabajador en función del tiempo que ha trabajado durante el año: 2. Restarle el número de días disfrutados antes del despido: 3. Multiplicar el número de días no disfrutados por el salario diario: La empresa practicará la correspondiente retención a cuenta del IRPF y las deducciones a la Seguridad Social correspondientes a las vacaciones no disfrutadas.
  • 12. 12 Si el trabajador hubiera disfrutado de más vacaciones de las debidas, la empresa restará de la liquidación el valor de los días disfrutados en exceso. D. Indemnización. La indemnización por despido requiere realizar los siguientes pasos: 1. Comprobar la antigüedad del trabajador en la empresa (años, meses y días). 2. Calcular el salario diario: 3. Comprobar el número de días de indemnización que corresponde al trabajador en función de la modalidad de extinción utilizada por la empresa. 4. Aplicar la siguiente fórmula: 5. Comparar la indemnización con el límite establecido por la ley. 6. Elegir la menor de las cantidades. La indemnización pactada en el acto de conciliación o fijada en sentencia no tributará a IRPF si no supera los límites establecidos en la legislación. Si tributarán, en su totalidad, las indemnizaciones por finalización de contratos por obra y servicio o de contratos eventuales por circunstancias de la producción, y aquellas establecidas por convenio, pacto o contrato entre empresario y trabajador.
  • 13. 13 5. ACTIVIDADES Aptdo. 1 Modificación del contrato de trabajo. 1. Un jefe de planta de un gran centro comercial recibe una orden escrita de sus superior en la que le comunica que a partir del lunes siguiente debe realizar las tareas propias de un dependiente de la misma planta. La carta no señala ningún dato más. ¿Qué tipo de movilidad funcional se ha empleado? ¿Qué derechos tendrá el trabajador? 2. El director de una obra de construcción ha sufrido una caída y se ha fracturado la cadera. El jefe de personal ha comunicado al capataz que realice las tareas del director de obra durante la baja médica de este trabajador. Transcurridos 7 meses, el trabajador lesionado sigue sin incorporarse a su puesto de trabajo. ¿Ante qué tipo de movilidad nos encontramos? ¿Qué derechos tiene este trabajador? 3. Señala qué tipo de modificación del contrato se produce en los siguientes casos: a. Un trabajador de una central lechera situada en Burgos es desplazado al centro de trabajo que la empresa tiene en Oviedo por un plazo de 5 meses. b. Una trabajadora es desplazada a otro centro de trabajo en otra localidad, con carácter definitivo. c. Un trabajador, con horario continuado, recibe una carta comunicándole el cambio de su horario de trabajo, que pasará a ser partido distribuyéndose entre la mañana y la tarde. ¿Qué opciones tienen los trabajadores en cada una de las modificaciones? 4. Copia la siguiente tabla y complétala: Tipo de modificación Descripción Derechos del trabajador/a Indemnización (si la hubiese) Movilidad funcional dentro del mismo grupo Movilidad funcional descendente Movilidad funcional ascendente Desplazamiento Traslado Modificación sustancial de las condiciones de trabajo 5. Matías, con una antigüedad de 5 años en la empresa Soloseran1smeses, S.L., es trasladado de forma definitiva desde el centro de producción de Talavera de la Reina al de Talayuela. Actualmente percibe una remuneración anual de 18.000 €. Calcula la indemnización a la que tendría derecho si decidiese extinguir el contrato.
  • 14. 14 6. Amanda lleva 8 años trabajando en la empresa Estabilidad, S.A. El 10 de Enero recibió una carta de la empresa comunicándole una bajada del 10% en su remuneración anual por razones económicas. Antes de la bajada percibía una remuneración anual de 45.000 €. Calcula el importe de la indemnización si opta por la extinción del contrato. Aptdo. 2: Suspensión del contrato de trabajo. 7. Indica si los siguientes supuestos son causas de suspensión del contrato de trabajo. Huelga legal, dimisión del trabajador, despido, incapacidad durante 3 meses por accidente laboral, paternidad, cuidado de un hijo de 12 años, sanción disciplinaria por una falta leve en el trabajo. 8. ¿Cuál será la duración de la excedencia en cada una de estas situaciones? a. Carlos tiene a su abuelo gravemente enfermo y piensa solicitar la excedencia para dedicarse a cuidarlo. b. Maite ha adoptado a un niño de 2 años. c. Esperanza pide la excedencia voluntaria para estudiar un grado en la universidad. d. Carolina ha sido elegida como diputada en las elecciones celebradas el pasado 20 de Diciembre. 9. Busca en Internet los siguientes aspectos relacionados con las diferentes clases de excedencias:  Requisitos para poder solicitarlas.  Reserva del puesto de trabajo.  Derecho preferente a la incorporación al mismo puesto de trabajo.  Cómputo a efectos de antigüedad. Puedes estructurar la respuesta en una tabla. Indica además la página web donde has obtenido la información. Aptdo. 3: Extinción del contrato de trabajo. 10. Une con flechas las siguientes situaciones con la causa de extinción del contrato: Un trabajador deja de acudir al trabajo Por voluntad conjunta del empresario y el trabajadorDespido disciplinario por insultos a un compañero Incapacidad permanente del trabajador Por voluntad del trabajador Retrasos continuados en el cobro del salario Finalización por acuerdo entre trabajador y empresario Por voluntad del empresario Finalización de la construcción de una vivienda Jubilación del empresario Por otras causas Cierre de la empresa por incendio
  • 15. 15 11. Razona si los siguientes despidos pueden considerarse como colectivos:  Despido de 8 trabajadores en una empresa con 70 trabajadores.  Despido de 15 trabajadores en una empresa de 120 trabajadores.  Despido de 20 trabajadores en una empresa de 240 trabajadores.  Despido de 11 trabajadores en una empresa de 90 trabajadores.  Despido de 35 trabajadores en una empresa de 400 trabajadores. 12. Relaciona las siguientes situaciones con la correspondiente causa de despido colectivo: En una empresa el departamento de contabilidad y el de administración se fusionan en uno solo. a. Económicas Una compañía de telecomunicaciones pierde en un año el 25 % de sus clientes debido a la competencia con otras empresas. b. Organizativas Una empresa de fabricación de ropa de fiesta ha visto incrementado el precio en su materia prima en un 40 % durante el último año. Con este incremento la empresa ha reducido las ventas 3 trimestres seguidos con respecto al año anterior. c. Productivas Una explotación ganadera ha comprado un robot para el ordeño automático de las vacas. La empresa tiene una plantilla de 30 trabajadores y va a despedir a 10. d. Técnicas 13. Un técnico de rayos X presta sus servicios en un hospital desde hace 23 años. La dirección del hospital decidió renovar los equipos de radiodiagnóstico y dio un curso de formación a todos los trabajadores del servicio. El técnico no ha conseguido aprender a utilizar los nuevos equipos. La dirección le ha remitido una carta de despido en la que se explican las causas del mismo y la fecha en la que tendrá efecto. a. ¿Cuál es la causa del despido? b. ¿Con cuánto antelación debe avisar la empresa al técnico del despido? c. ¿Cumple la empresa con el resto de requisitos finalizar la relación laboral? d. ¿Cobrará el técnico algún tipo de indemnización? e. Si cobra un salario anual de 24.000 €, ¿a cuánto ascenderá la indemnización? f. ¿Dispondrá de alguna hora para buscar nuevo trabajo? 14. Uno de los motivos para despedir a un trabajador por causas objetivas es la acumulación de faltas de asistencia, incluso justificadas. Busca en Internet cuántas faltas han de acumularse y qué tipos de ausencias no se consideran faltas de asistencia. (Incluye en la respuesta la página web donde has encontrado la información). 15. Señala si las circunstancias que se nombran a continuación pueden dar lugar a algún tipo de extinción del contrato de trabajo, indicando la causa que podría alegarse:  No acatar las órdenes de un superior.  Faltar al trabajo durante 6 días por huelga legal.  Simular una enfermedad sin ir al médico.  Falta de pago del salario durante un mes.
  • 16. 16  Ocultar que no se posee una titulación necesaria para hacer un trabajo.  Una empresa pierde el 70% de sus clientes en el presente año.  Un trabajador utiliza el ordenador durante 2 horas al día para uso personal.  El conductor de una empresa de autobuses ha dado positivo en 3 controles de alcoholemia realizados durante los últimos 6 meses. 16. Una trabajadora acaba de ser despedida y quiere demandar a la empresa. Se pregunta: a. ¿En qué consiste la conciliación previa? b. ¿Qué ocurre si se llega a un acuerdo entre la trabajadora y la empresa? ¿Y si no hay acuerdo? c. ¿Cómo puede declarar el juzgado el despido? d. ¿Qué efectos tiene cada tipo de despido? 17. Un trabajador es despedido porque el empresario mira su correo electrónico personal y descubre que está criticando al director de la empresa. El empresario le envía una carta de despido en la que le comunica los hechos del despido describiendo textualmente los correos electrónicos del trabajador. El Juzgado de lo Social falla en su sentencia que el despido es nulo. a. ¿Por qué se considera nulo? b. ¿Qué consecuencias conlleva la declaración de un despido como nulo? 18. Dos trabajadores reciben el 15 de Enero una carta en la que se les notifica que serán despedidos el día 22 de Enero sin señalar la causa que motiva el despido. a. ¿Qué plazo tienen para recurrir el despido? b. ¿Cómo calificará el juez este despido? c. ¿Qué opciones tiene el empresario ante la decisión del juez? d. ¿Y si los trabajadores son representantes de los trabajadores? Aptdo. 4: Cálculo de la liquidación e indemnización por extinción del contrato. El finiquito. 19. Una empresa tuvo que extinguir el contrato de un trabajador por falta de adaptación a las modificaciones técnicas introducidas en su puesto de trabajo. El trabajador no reclama y acepta el despido. Calcula la liquidación que percibirá el trabajador teniendo en cuenta los siguientes datos laborales:  Fecha de alta en la empresa: 1 de enero de 2003.  Fecha de baja en la empresa: 19 de octubre de 2015.  Salario anual: 18.200 €  El trabajador recibe dos pagas extraordinarias anuales de 1.300 € cada una.  Ha disfrutado de 15 días de vacaciones en el presente año.
  • 17. 17 20. Una dependienta de gasolinera ha sido despedida habiéndose calificado el despido disciplinario como improcedente. La empresa ha decidido indemnizarle. Los datos laborales de la trabajadora son los siguientes:  Fecha de alta: 1 de enero de 2005.  Fecha de baja: 30 de junio de 2015.  Salario base: 850 €.  Antigüedad: 47 €.  Complemento de nocturnidad: 250 €.  Quebranto de moneda: 50 €.  Percibe 2 pagas extras de devengo anual por importe del salario base más la antigüedad.  Ha disfrutado de 5 días de vacaciones en el año 2015. Calcula la liquidación que debería abonar la empresa a la trabajadora por el despido disciplinario improcedente. Tabla resumen de indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo Causa de indemnización Días de salario por año de servicio Máximo de mensualidades Por voluntad conjunta del empresario y el trabajador Mutuo acuerdo entre las partes Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato Por voluntad del trabajador Dimisión o abandono Incumplimiento grave del empresario Por otras causas Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario Extinción de la forma jurídica de la empresa Extinción por fuerza mayor Extinción por ser víctima de violencia de género Por voluntad del empresario Despido colectivo o por causas objetivas:  Procedente  Improcedente Despido disciplinario:  Procedente  Improcedente