1. Estatutos de la Cooperativa BEES
Capitulo 1:
Denominación y ámbito social de actuación.
Articulo 1. Nombre y razón social.
La cooperativa funcionara bajo el nombre de BEES.
Articulo 2.
Objetivos
.- Formarnos como personas emprendedoras
.- Aprender y aplicar capacidades emprendedoras
.- Participar en el programa EJE
.- Crear una cooperativa comprometida con los
objetivos del milenio
.- Conseguir beneficios económicos
.- Cooperar económicamente con un proyecto social
en TOGO
Articulo 3. Duración de la actividad.
La cooperativa se constituye desde el día 23 de
Octubre de 2009 hasta el 23 de junio de 2010
Capitulo 2:
Domicilio social.
Articulo 4. Domicilio social.
El domicilio social queda establecido en CES Santa
Madre Sacramento de Málaga. Calle Santa María Micaela
11, 29013 Málaga
Capitulo 3: Régimen económico
Articulo 5. Capital social.
El capital de inversión se fija en 280 €. Se divide en
participaciones de 20 € cada una. Cada participación
otorga a cada cooperativista los derechos y deberes que se
exponen en el capítulo 10 y 11.
2. Articulo 6. Distribución de beneficios.
De los beneficios económicos, el 70% se repartirá a
partes iguales entre los socios, salvo en el caso de las
indicaciones establecidas en el artículo 10 y 11. El 30%
restante de los beneficios se dedicará a la compra de un
bien para el proyecto social de las Hermanas Adoratrices
en Togo
Capitulo 4:
Órganos de la sociedad.
Articulo 7. Régimen y organización de la cooperativa.
La cooperativa se organizará en torno a tres
elementos:
Consejo rector: Presidente, vicepresidente, secretario
y dos tesoreros.
Departamentos. Se constituyen los siguientes:
coordinación; marketing y comunicación; contabilidad y
producción.
Departamentos sociales. Se crean tres
departamentos:
El reparto de tareas se hará en disposición de los
departamentos que han sido creados por los socios. Lo que
no implica que cada socio participe de forma activa y
responsable en cada uno de ellos. Las decisiones serán
tomadas de forma conjunta mediante reuniones que serán
recogidas en un libro de actas.
Artículo 7. Funciones del Consejo Rector:
El presidente tendrá las siguientes funciones:
− Representar a la cooperativa BEES en reuniones,
asambleas, cursos, visitas…
- Coordinar todos los departamentos
- Motivar y liderar a los socios en el trabajo
cooperativo.
− Dirigir los debates en las reuniones y asambleas
- Resolver los conflictos que se puedan originar de
forma dialogada
- Tener voto de calidad en caso de empate de votos en
3. la asamblea
- Formar parte del departamento de coordinación
- Cumplir y hacer cumplir las decisiones tomadas en la
Asamblea General
El vicepresidente tendrá las siguientes funciones:
-Colaborar con el presidente en el ejercicio de sus
funciones
- Ocupar las funciones de presidente de la cooperativa
BEES cuando no lo pueda hacer el presidente
El Secretario tendrá las siguientes funciones:
− Redactar las actas de reuniones en el libro de actas de
cada asamblea , leer las mismas, y custodiar el libro de
actas
− Redactar cartas y documentos
- Seguimiento de la correspondencia con la cooperativa
socia, empresas e instituciones
Los tesoreros tendrán las siguientes funciones:
− Llevar el control financiero de la cooperativa en
coordinación con el profesor de formación técnica.
- Informar en las asambleas de los movimientos y
situación contable de la cooperativa
- Ser miembros titulares de la cartilla de ahorros si son
mayores de edad
- Formar parte del departamento de contabilidad
- Controlar ingresos, salidas y todo aquel documento
contable de la cooperativa, en coordinación con el
departamento de contabilidad y el profesor de formación
técnica
− Presentar informes mensuales de los estados
financieros de la cooperativa
4. Capitulo 5:
Libro y contabilidad.
Articulo 8. Las cuentas.
Los informes de las cuentas se presentarán a los
socios cooperativistas cada semana y serán supervisadas
previamente por los coordinadores. Esta información se
comenzará a partir de que la Cooperativa BEES disponga
de tesorería. La información económica de la Cooperativa
será recogida en un libro de cuentas. Los cooperativistas
tendrán total conocimiento de los movimientos económicos
que se produzcan. Cuando un cooperativista, previa
autorización acordada en asamblea y recogida en el libro
de actas, compre algún material para la cooperativa,
deberá presentar factura de la compra, para poder cobrar el
importe de la factura.
Capitulo 6:
Disolución.
Articulo 9. Disolución
La empresa se disolverá con fecha de 23 de junio de
2010
Capítulo 7:
Derechos y deberes de los cooperativistas.
Artículo 10. Derechos
-Recibir un justificante de pago.
- Participar con voz y voto en todas las decisiones que
se tomen.
-Derecho a expresar sus opiniones y a votar.
- Ser elector y elegible para cualquier cargo
- Derecho al reparto igualatorio de los beneficios.
-Derecho a formar parte de un departamento.
-Ser respetado.
-Proponer asambleas extraordinarias con 24 horas de
antelación de forma escrita. En la petición de la asamblea
se especificar el tema a tratar. Si al menos la mitad de los
cooperativistas la aceptan, se realizará.
- Proponer cuantas ideas y actuaciones considere de
5. interés para la cooperativa.
-Formar parte de la cooperativa sin abonar el ingreso,
siempre que cumpla con las demás obligaciones. En este
caso el socio no obtendrá ningún beneficio.
Artículo 11. Deberes de los cooperativistas.
- Respetar las opiniones y decisiones de los
cooperativistas.
- Aceptar y cumplir las decisiones adoptadas en
asamblea
- Aceptar y asumir las responsabilidad del cargo para
el que han sido elegidos
- Trabajar en todas las actividades que se les
encomiende dentro de las capacidades personales de cada
cooperativista.
- Asistir a clase diariamente, con puntualidad, orden y
responsabilidad. En caso de no asistir, será justificada la
falta con un documento público: médico, policía, juzgado,
etc., no siendo válido un justificante de sus padres o
tutores.
-Abonar la cantidad de 20€ del 9 al 13 de Noviembre
de 2009.
- A aplazar el ingreso de 20€ en dos pagos de 10€
cada uno. Del 9 al 13 de Noviembre. El segundo pago se
realizara
como fecha máxima, el día 11 de Diciembre.
- En caso de que la cooperativa BEES resulte con
saldo negativo, los débitos se repartirán a partes iguales
entre los socios, abonando el total de las deudas
contraídas por la cooperativa
-Realizar una asamblea semanal para informar y
tomar decisiones de BEES todos los viernes lectivos
-El departamento de contabilidad deberá informar y
justificar todos los ingresos y gastos a partir del 6 de
Noviembre en la asamblea, anotando todos los apuntes en
el libro de contabilidad.
-Levantar actas en el libro de actas y aprobarlas en
asamblea.
- Firmar el presente documento en cada una de las
páginas que lo componen como muestra de conformidad
6. con todo su articulado.
-Participar en más de un departamento cuando la
asamblea así lo decida.
Sanciones
Artículo 12. Sanciones establecidas
-La asamblea puede expulsar de BEES a un miembro
cuando:
No trabaja.
Interrumpe, molesta, ofende o roba a compañeros.
Por falta de asistencia de dos días al mes sin justificar.
El ingreso de 20€ del socio no se le entregará si se le
expulsa y se quedará en la cooperativa
Otras disposiciones:
Estos estatutos podrán ser modificados de acuerdo con la
asamblea cuando lo decidan la mitad más uno de los
socios.