1. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
ZIDRES:
ZONAS DE INTERÉS DE DESARROLLO
RURAL, ECONÓMICO Y SOCIAL
LEY DE CREACIÓN Y DESARROLLO
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN.............................................................................................................4
PROPÓSITO DEL PROYECTO ZIDRES.................................................................................5
PROPÓSITOS Y BENEFICIOS DE LAS ZIDRES......................................................................7
¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS TERRITORIOS?............................................8
¿QUIÉNES PUEDEN ADELANTAR PROYECTOS PRODUCTIVOS?..........................................9
¿QUÉ ES UN PROYECTO PRODUCTIVO ASOCIATIVO Y NO ASOCIATIVO?........................9
¿CUÁLES SON LOS ESTÍMULOS DEL GOBIERNO NACIONAL
A LOS PROYECTOS APROBADOS?..............................................................................10
¿CÓMO SE IDENTIFICARÁN Y DELIMITARÁN ESTAS ZONAS?..........................................11
¿SE AUTORIZAN ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADAS PARA LA INVERSIÓN?.............................12
¿EXISTEN LÍMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE ESTAS?...................................................13
3. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
INTRODUCCIÓN
Mediante la expedición de la Ley 1776 de 2016, la cual fue sancionada por
el Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón el pasado 29
de enero, se crearon las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y
Social (en adelante, “ZIDRES”). Estas zonas son territorios con aptitud agrícola,
pecuaria, forestal y piscícola que se encuentran aisladas de los centros urbanos,
demandan elevados costos por sus características agrícolas y climáticas, tienen
baja densidad poblacional, presentan altos índices de pobreza, o carecen de
infraestructura mínima para el transporte y comercialización de los productos.
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PROPÓSITO DEL PROYECTO ZIDRES
El proyecto de ley plantea un nuevo modelo de
desarrolloagrícola,quehabilitaladisponibilidad
de tierra, en donde los empresarios y
trabajadores agrarios, con o sin tierra, puedan
generar actividades de producción a gran escala
que permitirá maximizar la productividad de la
mano de obra y la reducción de los costos de la
producción agropecuaria.
En la Ley está previsto que los proyectos productivos
dentrodelasZIDRESseefectúenmediantecontratos,
en los que el Estado, a través del Ministerio de
AgriculturayDesarrolloRural,actuarácomogarante
de los derechos de los campesinos.
Habrá dos clases de proyectos productivos;
asociativos y no asociativos. Sin embargo, es
importante mencionar que todavía es necesario
reglamentar por parte del Gobierno Nacional
la inscripción, aprobación y seguimiento de los
proyectos que se pretendan desarrollar en estas
zonas, así como las condiciones de los contratos
que establecerán el sistema de vinculación
jurídica entre la población campesina y los
privados que quieran desarrollar este esquema
asociativo.
Dentro del marco de desarrollo de las ZIDRES,
estas contarán con el apoyo del Estado, que
desarrollará los mecanismos jurídicos, de
financiamiento e infraestructura para que
dichas zonas se desarrollen plenamente.
Las ZIDRES deberán ser delimitadas por el
Gobierno a través del Ministerio de Agricultura
y Desarrollo Rural quien por decreto definirá
la frontera agrícola teniendo en cuenta las
definiciones de las zonas de reserva ambiental
y demás restricciones al uso del suelo impuestas
por cualquier autoridad gubernamental.
5. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
El modelo planteado en la ley se fija como una alianza del siguiente tipo:
Para estos proyectos asociativos, el Gobierno Nacional otorgará incentivos, instrumentos de
fomento, garantías y cofinanciación de los proyectos que se desarrollen en la ZIDRES; por tal
motivo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará las condiciones para que
los instrumentos financieros aprobados por el Gobierno Nacional y los programas de estímulo
gubernamental atiendan las necesidades de los campesinos, trabajadores agrarios y mujeres
rurales vinculados a los proyectos.
(i) El sector empresarial,
ya sea persona natural o
jurídica;
(ii) Los “trabajadores agrarios”,
aquelloscontierra,laaportarían
para el proyecto asociativo,
así como su mano de obra, y
aquellos que no tengan tierra
aportarían únicamente su
fuerza de trabajo al proyecto
de asociación;
(iii) El Estado, que actúa como
promotor y ente regulador de
vigilancia y control entre el
empresario y el campesino.
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DELIMITACIÓN DE ZONAS
PROPÓSITOS Y BENEFICIOS DE LAS ZIDRES
Aumentar la productividad
sostenible de la tierra y la
competitividad.
Promover el desarrollo social,
económico y sostenible de la zona; así
como el desarrollo de infraestructura
para la competitividad.
Incentivar la conservación
del medio ambiente.
Promover el empleo rural y
la seguridad alimentaria, así
como el desarrollo regional.
Permitir nueva inversión. Fortalecer la innovación y la
competitividad agrícola tropical
mediante la creación de Parques de
Ciencia, Tecnología e Innovación,
Centros de Investigación y Desarrollo.*
Son zonas especiales agropecuarias, ubicadas en el territorio nacional y que se encuentran
aisladas de los principales perímetros urbanos del país.
*El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con las entidades del Sistema
Nacional de Ciencia y Tecnología y con los Institutos de Investigación del Sistema Nacional
Ambiental, definirá y establecerá más adelante una política de generación y transferencia de
tecnología para la estrategia de desarrollo rural.
7. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS TERRITORIOS?
Los territorios deben cumplir con los siguientes requisitos:
Territorios que se
encuentren aislados de los
centros urbanos.
Demanden elevados costos de
adaptación productiva por sus
características agrológicas
y climáticas.
Tengan baja densidad
poblacional.
Presenten altos índices de
pobreza.
Territorios que carezcan de
infraestructura mínima para el
transporte y comercialización de
los productos.
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¿QUIÉNES PUEDEN ADELANTAR PROYECTOS PRODUCTIVOS?
¿QUÉ ES UN PROYECTO PRODUCTIVO
ASOCIATIVO Y NO ASOCIATIVO?
que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
PERSONAS JURÍDICAS PERSONAS NATURALES
Son los proyectos productivos en los que un empresario agrícola se asocia con pequeños y
medianos productores campesinos, los trabajadores agrarios y/o las mujeres rurales, con o sin
tierra. No será necesario desprenderse de la propiedad de la tierra para hacer parte de una
ZIDRES, para lo cual los propietarios de las tierras podrán asociarse en los proyectos productivos.
Los proyectos productivos no asociativos son todos aquellos en los que un empresario podrá
arrendar, utilizar, explotar, adquirir o recibir en aporte, tierras de propiedad privada y que se
encuentren delimitadas dentro de las ZIDRES. En este caso, no resulta necesario asociarse con
pequeños y/o medianos productores campesinos.
9. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
¿CUÁLES SON LOS ESTÍMULOS DEL GOBIERNO
NACIONAL A LOS PROYECTOS APROBADOS?
Para los proyectos asociativos, los incentivos serán los siguientes:
PARA TENER EN CUENTA: Solo resultarán beneficiarios de la política de incentivos o estímulos
los proyectos asociativos.
LÍNEAS DE
CRÉDITO
especiales para
campesinos, trabajadores
agrarios, mujeres rurales y
empresarios.
INCENTIVOS
PARA LAS
EMPRESAS
que resulten de las alianzas
que se conciban para el
desarrollo del proyecto
productivo.
Respaldo hasta del
100%de los recursos de los
proyectos productivos.
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¿CÓMO SE IDENTIFICARÁN Y
DELIMITARÁN ESTAS ZONAS?
LA IDENTIFICACIÓN
de las áreas potenciales para
declarar una ZIDRES, será
efectuada por la Unidad
de Planificación Rural
Agropecuaria -UPRA- , entidad
adscrita al Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural.
LA DELIMITACIÓN
de las ZIDRES será establecida
por el Gobierno Nacional
mediante documento
CONPES1
.
LA APROBACIÓN
de cada una de las ZIDRES
se efectuará a través del
Consejo de Ministros
mediante Decreto.
1. El Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) es un organismo asesor del Gobierno en materia de
desarrollo económico y social, y es el encargado de estudiar y recomendar políticas generales en esas áreas.
11. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
¿SE AUTORIZAN ALIANZAS
PÚBLICO-PRIVADAS PARA LA INVERSIÓN?
Sí se autoriza. También se autorizan concesiones para el desarrollo de la Infraestructura y
servicios públicos necesarios al desarrollo agroindustrial de estas.
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Sí, los límites son los siguientes:
¿EXISTEN LÍMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE ESTAS?
• NO SE PUEDEN CONSTITUIR en territorios declarados como resguardos
indígenas, zonas de reserva campesina y territorios colectivos titulados. Sin
perjuicio de obtener permiso por parte de las autoridades que la representan, es
necesario agotar trámite de consulta previa.
• TAMPOCO SE PUEDEN CONSTITUIR ZIDRES en territorios delimitados como
ecosistemas estratégicos, parques, páramos y humedales.
• LOS CONTRATOS NO SE PODRÁN celebrar en las tierras despojadas, las
afectadas por restitución de tierras y los territorios étnicos.
• EN CUANTO A LOS BIENES BALDÍOS DE LA NACIÓN, los interesados podrán
solicitar al Gobierno Nacional la entrega en arriendo, concesión o mecanismos
similares de estos bienes. La duración de estos contratos se determinará por el ciclo
productivo del proyecto a desarrollar y el pago por concepto de este arriendo irá
destinado al Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión.
• LA LEY no va a limitar el acceso a la tierra ya que no se trata de una ley sobre
baldíos.
13. R E S U M E N D E L A L E Y: Z I D R E S
Finalmente, es importante mencionar
que con el fin de asegurar el
manejo sostenible de los bosques
productores, el desarrollo de las
industrias agrícolas y pecuarias
y la estabilidad del empleo, se
crearán en las zonas potenciales
de producción parques científicos,
tecnológicos y de innovación. Dicha
tarea estará a cargo del Estado,
las empresas y las instituciones de
formación y capacitación.