1. DESCENTRALIZACIÓN Y SISTEMA
NACIONAL DE COMPETENCIAS
DESCENTRALIZACIÓN: Art. 105 COOTAD .- La
descentralización de la gestión del Estado consiste
en la transferencia obligatoria, progresiva y definitiva
de competencias, con los respectivos talentos
humanos y recursos financieros, materiales y
tecnológicos desde el gobierno central hacia los
gobiernos autónomos descentralizados.
2. FINALIDAD DESCENTRALIZACIÓN
IMPULSA DESARROLLO
EQUITATIVO SOLIDARIO EQUILIBRADO
GARANTIZAR EQUIDAD NIVEL VIDA
BUEN VIVIR INTERTERRITORIAL SECTOR
POBLACIÓN
4. SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS
ART. 108 COOTAD.- Es el conjunto de
instituciones, planes, políticas, programas y
actividades relacionados con el ejercicio de
las competencias que corresponden a cada
nivel de gobierno guardando los principios
de autonomía, coordinación,
complementariedad y subsidiariedad, a fin
de alcanzar los objetivos relacionados con la
construcción de un país democrático,
solidario e incluyente
6. SECTOR PRIVATIVO
Gobierno
Ejemplo
central
Políticas de
economía,
Competencias
tributarias,
aduaneras
fiscal, y monetaria
comercio exterior y
Facultades endeudamiento
externo
7. SECTORES ESTRATEGICOS
Decisiva
influencia
Estado Reserva
económica,
niveles facultadas
social,
gobierno competencias
política o
ambiental
8. EJEMPLOS DE SECTORES ESTRATEGICOS
Generación de energía
Telecomunicaciones
Recursos naturales no renovables
Transporte
El agua
La biodiversidad
9. SECTORES COMUNES
• Responsabilidad
Sectores
• Estado
Susceptibles • Descentralización
nivel • Desconcentración
Principio • Subsidariedad
11. CLASIFICACION DE COMPETENCIAS
• Titularidad corresponde
solo nivel de gobierno
Exclusivas • Constitución y la Ley
• Corresponde varios
niveles gobierno
Concurrentes • Determinados sector o la
materia
12. CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
ART. 117 COOTAD.- Es el organismo técnico
del Sistema Nacional de Competencias; es
una persona jurídica de derecho público, con
autonomía administrativa, presupuestaria y
financiera, patrimonio propio y sede en
donde decida por mayoría de votos.
Rige por el reglamento interno
13. INTEGRACIÓN
Delegado (a) del Presidente de la República
mediante voto dirimente;
Representante de los gobiernos regionales y
distritos metropolitanos elegido por el
gobernador regionales, alcaldes
metropolitanas;
Un representante de los gobiernos
provinciales elegido por prefectos;
14. INTEGRACIÓN
Un representante gobiernos municipales
elegido por alcaldes cantonales con
excepción de alcaldes metropolitanos;
Un representante gobiernos parroquiales
rurales elegidos de los presidentes juntas;
Designará un vicepresidente elegido
mediante representantes de gobiernos
autónomos descentralizados.
15. INTEGRACIÓN
Suplentes serán elegidos mediante colegio
electoral convocado por el Consejo Nacional
Electoral de acuerdo a las normativas.
16. FUNCIONES
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones
constitucionales y legales que rigen SNC
Organizar e implementar el proceso de
descentralización
Asignar y transferir las comp. Adicionales
conforme lo previsto Const y COOTAD