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Alumna: YAKELIN CALLACONDO CACATA
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                                        programas      de
clásicas            través        del                       atienda y prevea
                                        computación es el
categorías          derecho       de                        las
                                        propio        del
jurídicas           patentes;                               particularidades
                                        Derecho de autor.
existentes                                                  que caracterizan
                                                            al software.
La legislación sobre software en Argentina busca
brindar una protección amplia, a través del derecho
de autor

                            En América latina, el mercado
                            de     las  tecnologías    de
                            información   se     encuentra
                            todavía en una fase de
                            maduración
En una economía basada
                                  en el conocimiento, no hay
                                  dudas      de    que     es
    LA                            indispensable            un
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                                  informada de políticas en
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                    SUSTENTABLE

PROTECCIÓN
  JURÍDICA
primera decía “todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra,
         invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley”




         fue rechazada no en su totalidad por la segunda, ya que no se refería a los
         programas de computación que son usados muy a menudo, no se les tomaba
         en cuenta, no se previó la necesidad de darle protección jurídica al software.
ETAPAS   Para esto es necesario establecer normas para proteger los regímenes de
         derechos de autor y que en realidad abarque mucho más que solo la creación
         material si no la inmaterial como las que vemos en internet



         mas adelante en la tercera etapa donde si se toma en cuenta este tipo de
         creación tanto material y por decirlo así inmaterial. Porque se vio una
         creciente demanda de los programas de computación, su vulnerabilidad y gran
         costo económico, entonces se comenzó a adquirir -para la ciencia del
         derecho- un valor independiente del hardware, generando un intenso debate
         en orden a su protección jurídica.
Con respecto a la protección de la propiedad
intelectual, la ley 25.036 nos habla sobre aquellas
personas físicas o jurídicas dependientes que son
contratadas para elaborar programas de
computación y hubiesen ellos producido un
programa de computación en el desempeño de
sus funciones tienen derecho a inscribirlos como
suyos.
REGISTRO
    DEL                       GARANTIZA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE
SOFTWARE                                       AUTOR
COMO OBRA
  INÉDITA


                              PROHÍBE EL USO O EXPLOTACIÓN DEL SOFTWARE
                                    POR TERCEROS SIN AUTORIZACIÓN




             EFECTOS DEL     SE CREA LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUN DE: QUE LO
 TIPOS DE   REGISTRO DE UN   DEPOSITADO ES UNA OBRA INTELECTUAL, SIEMPRE Y
REGISTROS   SOFTWARE SON             CUANDO SE SEPA QUIEN LA CREO



                              OTORGA FECHA CIERTA A LA OBRA Y DA CERTEZA
                                        SOBRE SU EXISTENCIA




 REGISTRO                    USADO COMO ELEMENTO DE COMPARACIÓN EN CASO
   DEL                                    DE PLAGIO O COPIA
SOFTWARE
COMO OBRA
PUBLICADA
CONSECUENCIAS
 DE LA FALTA DE
   REGISTRO



                    La suspensión
                   del derecho del
                  autor hasta que
                  este se inscriba y
                     recupere sus
                       derechos
DERECHOS QUE
                     SURGEN DE UNA
                     OBRA PATENTADA




                                      COMPRENDEN ASPECTOS PATRIMONIALES
                                      QUE LE DA AL AUTOR LA CAPACIDAD DE
                                      TENER UN BENEFICIO O LUCRO DE PARTE
PODER          DISPONER          DE
                                      DE SU OBRA Y EXTRAPATRIMONIAL QUE
ELLA, PUBLICARLA, VENDERLA, EJECUTA
                                      HABLA DE PROTEGER SU PERSONERÍA
RLA O DE EXPONERLA EN PÚBLICO.
                                      CREATIVA ANTE LOS DEMÁS, QUIERE
                                      DECIR QUE NADIE MÁS USE O GOCE DE SU
                                      OBRA.
CONCLUSIÓN
Dadas las características de innovación del software el sistema de patentes
desalienta la innovación, funcionando mejor las patentes en el campo de la
farmacéutica, como ejemplo cuando surge una nueva enfermedad se crea
un nuevo medicamento a la cual se patenta pero en el campo de la
tecnología donde las innovaciones la velocidad en que se desarrolla el
mercado de software.
Las patentes tienden a ser largar y se requiere de la asesoría de un
profesional lo cual demandaría un desembolso de dinero.
Pero una delas ventajas es la fortaleza de la protección provista por el
derecho de patentes.

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Protección jurídica del software en Argentina

  • 2. Finalmente, un Por la particular sector considera otros, aseveran naturaleza del Así, algunos han que es menester que el régimen software fue sostenido que el crear un nuevo idóneo para reacio a dejarse programa debe ordenamiento tutelar a los encuadrar en las ser regulado a jurídico, que programas de clásicas través del atienda y prevea computación es el categorías derecho de las propio del jurídicas patentes; particularidades Derecho de autor. existentes que caracterizan al software.
  • 3. La legislación sobre software en Argentina busca brindar una protección amplia, a través del derecho de autor En América latina, el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración
  • 4. En una economía basada en el conocimiento, no hay dudas de que es LA indispensable un EXPANSIÓN entendimiento de los DPIs DE LA INDUSTRIA para la realización informada de políticas en PARA todas las áreas del SER DESARROLLO desarrollo humano. SUSTENTABLE PROTECCIÓN JURÍDICA
  • 5. primera decía “todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley” fue rechazada no en su totalidad por la segunda, ya que no se refería a los programas de computación que son usados muy a menudo, no se les tomaba en cuenta, no se previó la necesidad de darle protección jurídica al software. ETAPAS Para esto es necesario establecer normas para proteger los regímenes de derechos de autor y que en realidad abarque mucho más que solo la creación material si no la inmaterial como las que vemos en internet mas adelante en la tercera etapa donde si se toma en cuenta este tipo de creación tanto material y por decirlo así inmaterial. Porque se vio una creciente demanda de los programas de computación, su vulnerabilidad y gran costo económico, entonces se comenzó a adquirir -para la ciencia del derecho- un valor independiente del hardware, generando un intenso debate en orden a su protección jurídica.
  • 6. Con respecto a la protección de la propiedad intelectual, la ley 25.036 nos habla sobre aquellas personas físicas o jurídicas dependientes que son contratadas para elaborar programas de computación y hubiesen ellos producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones tienen derecho a inscribirlos como suyos.
  • 7. REGISTRO DEL GARANTIZA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE SOFTWARE AUTOR COMO OBRA INÉDITA PROHÍBE EL USO O EXPLOTACIÓN DEL SOFTWARE POR TERCEROS SIN AUTORIZACIÓN EFECTOS DEL SE CREA LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUN DE: QUE LO TIPOS DE REGISTRO DE UN DEPOSITADO ES UNA OBRA INTELECTUAL, SIEMPRE Y REGISTROS SOFTWARE SON CUANDO SE SEPA QUIEN LA CREO OTORGA FECHA CIERTA A LA OBRA Y DA CERTEZA SOBRE SU EXISTENCIA REGISTRO USADO COMO ELEMENTO DE COMPARACIÓN EN CASO DEL DE PLAGIO O COPIA SOFTWARE COMO OBRA PUBLICADA
  • 8. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE REGISTRO La suspensión del derecho del autor hasta que este se inscriba y recupere sus derechos
  • 9. DERECHOS QUE SURGEN DE UNA OBRA PATENTADA COMPRENDEN ASPECTOS PATRIMONIALES QUE LE DA AL AUTOR LA CAPACIDAD DE TENER UN BENEFICIO O LUCRO DE PARTE PODER DISPONER DE DE SU OBRA Y EXTRAPATRIMONIAL QUE ELLA, PUBLICARLA, VENDERLA, EJECUTA HABLA DE PROTEGER SU PERSONERÍA RLA O DE EXPONERLA EN PÚBLICO. CREATIVA ANTE LOS DEMÁS, QUIERE DECIR QUE NADIE MÁS USE O GOCE DE SU OBRA.
  • 10. CONCLUSIÓN Dadas las características de innovación del software el sistema de patentes desalienta la innovación, funcionando mejor las patentes en el campo de la farmacéutica, como ejemplo cuando surge una nueva enfermedad se crea un nuevo medicamento a la cual se patenta pero en el campo de la tecnología donde las innovaciones la velocidad en que se desarrolla el mercado de software. Las patentes tienden a ser largar y se requiere de la asesoría de un profesional lo cual demandaría un desembolso de dinero. Pero una delas ventajas es la fortaleza de la protección provista por el derecho de patentes.