Este documento describe el forfaiting como una alternativa de financiación de exportaciones a medio y largo plazo. El forfaiting implica la compra sin recurso contra el exportador de los derechos de cobro sobre el importador originados por las ventas con pago aplazado, asumiendo el comprador los riesgos de impago. El forfaiting permite financiar el 100% de un contrato comercial de exportación de forma sencilla y sin afectar las líneas de crédito del exportador.
Aspectos Generales del Factoring Nacional E Internacional....docx
Folleto forfaiting
1. El Forfaiting como alternativa de Financiación de Exportaciones
a medio y largo plazo
Febrero 1999
• Financiación a medio y largo plazo de operaciones de comercio exterior.
• Financiación del 100% del contrato comercial.
• Compra sin recurso contra el exportador de los derechos de cobro contra el
importador, originados como consecuencia de las ventas con pago aplazados, de
forma que, en el supuesto de que dicha deuda no sea pagada a su vencimiento, el
forfaiter no conserva vía de regreso contra el cedente.
• Venta de créditos (aplazamientos de pago) exteriores instrumentados en
- letras de cambio avaladas,
- pagarés avalados,
- créditos documentarios.
• Conversión en contado de deudas exteriores (mejora de la liquidez).
• Evita impagados (venta, sin recurso, del riesgo de contrapartida y riesgo país).
• No afecta a las líneas de crédito bancarias por tratarse de operaciones fuera de
balance.
• Simplicidad: mínima documentación.
• No requiere seguro de crédito Cesce.
Indice
Forfaiting. Puntualizaciones en relación con el descuento bancario.
Características difernciadoras del forfaiting.
Pág. 2
¿Qué tipo de operaciones son susceptibles de ser financiadas vía forfaiting?.
Pág. 4
¿Qué ventajas presenta para el exportador?.
Pág. 4
¿Qué documentación se requiere?.
Pág. 4
¿Qué costes tiene?.
Pág. 5
Método de descuento.
Pág. 7
El ciclo de la operación: manejo de los efectos comerciales y pago.
Pág. 8
Ejemplo numérico.
Pág. 11
Volatilidad de los tipos de interés.
Pág. 12
1
2. Forfaiting
El término “forfaiting” designa la operación de compra de un crédito, derivado del aplazamiento de
pago de una operación de compraventa internacional de mercancías o provisión de servicios, sin
recurso contra el cedente en el caso de que el instrumento que evidencia dicha deuda no sea pagado
a su vencimiento por el deudor o el garante.
Esto es, la compra sin recurso al exportador de sus derechos de cobro sobre el importador, originados
como consecuencia de las ventas con pago aplazado del primero al segundo. De esta forma, en el
supuesto de que finalmente el crédito no se llegue a cobrar, el forfaiter (cesionario) no tiene derecho
de contrasiento o adeudo contra el vendedor por cuanto ha hecho renuncia expresa al derecho de
recurso contra el cedente.
Esta renuncia implica la supresión de la cláusula “pro solvendo” (“salvo buen fin”) típica del contrato
de descuento bancario, siendo esta característica de falta de recurso contra el cedente lo que marca
la diferencia entre el forfaiting y el descuento comercial bancario. La supresión de la cláusula “pro
solvendo” convierte el descuento en una operación “por soluto” en la que se suprime la garantía de
pago del título cambiario, es decir, se renuncia expresamente a la vía de regreso cambiario en caso
de impago.
Debido a esta supresión de la cláusula “pro solvendo”, suele ser habitual que el comprador de los
instrumentos representativos del Crédito (el cesionario o forfaiter) exija una garantía bancaria
adicional para obtener el cobro en caso de fallido por parte del librador.
Puntualizaciones en relación con el descuento comercial bancario.
El descuento consiste en la operación de vender, antes del vencimiento, valores generalmente
endosables con la exclusiva razón de convertir crédito en dinero efectivo, es decir, con la finalidad de
obtención de liquidez.
Esencialmente es una operación de crédito mediante la cual el banco concede crédito al poseedor de
otro crédito contra tercera persona y obtiene la garantía que desea mediante la cesión “pro solvendo”
(salvo buen fin) del mismo crédito que descuenta, lo que convierte al transmitente en garante de la
operación de crédito de la que era beneficiario y le obliga a restituir el nominal del valor descontado,
más los gastos originados e intereses del demora”.
El Banco de España ratifica (circ. 4/1991) la cesión “salvo buen fin” como característica esencial del
descuento comercial bancario al determinar como titular de la operación “aquel a quien se abona la
remesa”, por tanto, bajo la figura del descuento comercial bancario, el cedente debe responder del
crédito.
Características diferenciadoras del forfaiting.
El “forfaiting” no presenta diferencia sustancial en cuanto a esta modalidad de financiación salvo, de
una parte, añadir la característica de ser sin recurso, eliminándose expresamente el derecho de
regreso cambiario y por otro lado, las propias de financiaciones exteriores (riesgo país, riesgo de tipo
de cambio y riesgo documentario).
En otras palabras, este producto implica la venta, sin recurso contra el exportador, de una deuda
exterior y de los riesgos a ella asociados, estando dicha deuda expresada mediante efectos
legalmente válidos y debidamente garantizados o avalados.
En esencia, el mercado internacional de “forfaiting” puede ser definido como un mercado de
compraventa de efectos comerciales (pagarés y letras de cambio en formato internacional) avalados y
de derechos de cobro amparados bajo créditos documentarios.
•
Divisa
Como en la gran mayoría de las operaciones de carácter internacional, se
opera en divisa admitida a cotización por razones de riesgo de
transferencia y de tipo de cambio, generalmente US Dólar y EURO.
•
Plazo
Función del importe y tipo de mercancía.
Descontar sin recurso títulos cambiarios de un país extranjero a medio y
largo plazo supone costes diferentes a los del mercado de descuento
nacional, por tratarse de financiaciones al exterior (“cross-border”)
basadas en créditos en divisa descontados (compra de riesgo) y no de
créditos directos en moneda nacional, instrumentados mediante póliza de
riesgos o créditos con garantías reales (hipotecas o colaterales).
•
Aval o garantía de
Banco de primera fila
Debido a la supresión de la cláusula “pro solvendo”, suele ser habitual
que el comprador de los instrumentos representativos del crédito (el
cesionario o forfaiter) requiera que exista un compromiso incondicional e
irrevocable de pago, requisito que suele materializarse en la exigencia de
2
3. una garantía bancaria adicional para obtener el cobro en caso de fallido
por parte del librador.
Este compromiso se suele instrumentar mediante aval o garantía
suficiente, esto es, escrita, irrevocable, incondicional, transferible, a
primera demanda, por las cantidades debidas, por parte de un banco de
primera fila (“top tier bank”), es decir, un riesgo de reconocida solvencia a
nivel internacional.
Esta garantía o aval suficiente constituye un requisito esencial de la
operativa de forfaiting.
•
Efecto válido
Legalmente
Venta de una demanda de pago legalmente válida (a valid claim),
a) en términos documentarios, es decir, instrumentada mediante el uso de
un efecto comercial que cumpla con la legislación vigente. En el caso de
efectos, mediante el uso de pagarés y letras de cambio en formato
aceptado internacionalmente.
b) en términos de validez y conformidad respecto de las firmas y poderes
(valid and binding) de la/s persona/s que ha suscrito el aval mediante
confirmación directa del banco avalista (riesgo documentario de firma).
Los dos únicos supuestos en los que se reconoce la vía de regreso o
retorno contra el cedente son el fraude y la no validez del efecto comercial
que se vende.
La venta pro soluto equivale a un endoso con la cláusula “sin mi
responsabilidad” bajo la cual, el cedente no responde de la solvencia del
deudor, siendo el comprador quién asume el riesgo de insolvencia. No
obstante, la cesión sin recurso (al igual que el endoso sin mi
responsabilidad) no exime al vendedor de responsabilidad respecto a la
existencia, legitimidad y validez del crédito vendido e inexistencia de
gravamen o incidencia alguna sobre las mercancías o su entrega, o sobre
los servicios prestados, siendo por tanto el crédito legítimo, líquido,
exigible y no disputado ni litigioso.
•
Cantidades netas
Libres de cualquier carga o gravamen , de forma que el tenedor del título
cambiario reciba el importe de la deuda efectivamente indicada en el
mismo. Este requisito se suele plasmar mediante la inclusión de la
siguiente mención “effective payment to be made in .....................,
without deduction for and free of any taxes, impost, levies or duties
present or future of any nature”.
¿Qué tipo de operaciones son susceptibles de ser financiadas vía Forfaiting?
Contratos de exportación de máquina-herramienta, maquinaria ligera, utillaje, productos
semielaborados, materias primas, vehículos, instrumental médico-quirúrgico, bienes de consumo,
servicios y, en general, todos aquellos contratos cuya venta exija aplazamiento de pago a medio
plazo, con duración superior a un año como regla general.
El forfaiting se realiza sobre la base de operaciones individuales, sin que implique competencia con
otras formas de financiación del comercio exterior. Así, puede ser financiado vía forfaiting bien el
contrato entero, bien el importe correspondiente al pago anticipado, y este último individualmente o
como complemento a un crédito a la exportación con apoyo oficial.
En este sentido, el forfaiting puede ser empleado asimismo como complementario para la financiación
de los excesos de material extranjero en operaciones de crédito oficial a la exportación pues el origen
de la mercancía es irrelevante.
¿Qué ventajas presenta para el exportador ?
Comerciales.
•
Simplicidad.
Mínima documentación para la instrumentación de la operación.
•
Mejora de la Gestión Comercial
Permite mejorar la competitividad de sus ofertas comerciales, incluyendo financiación directa
al comprador a medio-largo plazo a tipos de interés competitivos en países en desarrollo. Al
conocerse anticipadamente el coste de la operación, permite al exportador la transferencia total
o parcial de los costes financieros en el precio de la mercancía al importador.
3
4. Se elimina la necesidad de contar con un seguro de crédito a la exportación con el consiguiente
ahorro de costes por pago de prima.
El Forfaiting permite financiar el 100% del contrato comercial. Convierte en irrelevante el origen
de la mercancía, no dejando ninguna parte para ser financiada con los medios del exportador.
Es un complemento al Crédito Oficial a la Exportación, tanto como financiación de la parte no
cubierta (anticipos) como para la financiación de parte de una operación en la que los
materiales no sean susceptibles de entrar dentro del esquema requerido por el Crédito Oficial.
Financieras.
•
Mejora la gestión financiera.
No afecta a sus líneas de crédito bancarias por tratarse de operaciones fuera de balance.
Evita impagados.
•
Liquidez.
Al permitir cobrar al contado operaciones de pago aplazado, incrementando el cashflow con la
consiguiente mejora en la liquidez de su activo.
¿Qué documentación se requiere ?
En líneas generales el Forfaiting requiere un instrumento de crédito y una garantía, como pueden ser:
•
Instrumentos de Crédito (documentos financieros a descontar):
Letras de cambio avaladas o suficientemente garantizadas.
Pagarés avalados o garantizadas mediante documento colateral por banco, endosados a
favor el tomador.
Ejemplo de efectos en formato internacional
Letra de Cambio
Per Aval
for account of
the Drawee
For Acceptance
.........................................
Amount...........................................................
At/On ................................for value received pay against this bill of Exchange
to the order of ....................................................................................the sum of
.............................................................................................................................
Effective payment to be made in.........................................................................
without dedutions, for and free of any taxes, duties or impost of any nature.
This bill of exchange is payable at......................................................................
Drawn on:
Drawer:
..........................................................
.........................................................
...........................................................
..........................................................
Pagaré
4
5. ........................................
Per Aval for account of the issuer:
Place of Issue
For eff.
Amount in figures
.................................................19.........
Date of Issue
On..................................................against this promissory note I (We) Promise to pay
To.......................................................................................................................or Other
the sum of:
Stamp on the reverse side
•PROMISSORY NOTE
Effective payment to be made in.........................................................., without dedution
for and free of any taxes, impost, levies or duties present or future of any nature.
FOR VALUE RECEIVED
payable at:
Name and Signature of Issuer
Cartas de Crédito de pago diferido, aceptación o negociación con diferimiento de pago, por
cesión efectiva del producto del crédito a favor del tomador, toda vez que el banco
emisor/confirmador haya aceptado la documentación comercial.
•
Garantías:
Aval o garantía de banco de primera fila o institución de reconocida solvencia.
•
Documentación comercial:
Documentos justificativos de la operación comercial, tales como copia del contrato o factura
comercial, conocimiento de embarque u otros dependiendo del país (licencia de importación,
permiso del Banco Central de su país, etc.).
¿Qué costes tiene?
Los costes que el exportador ha de soportar, o repercutir a su cliente, son los siguientes:
Tipo de descuento.
El descuento es la diferencia entre el valor futuro (nominal) de la operación y el valor presente de la
misma sobre la base de una tasa de interés de descuento o tipo de descuento. Es la tasa a la que el
valor nominal de un efecto negociable es descontado, es decir, el tipo de interés utilizado para el
cálculo del valor presente de los instrumentos de crédito a negociar.
El descuento se cotiza a tipo variable, referenciándolo al LIBOR más un margen o spread.
tasa de descuento: LIBOR + margen
Los factores que inciden en el precio de descuento son los derivados de la compra sin recurso de una
deuda del exterior y por tanto, de los distintos factores de riesgo implícitos a la misma:
•
La divisa en que se materialice la operación y el tipo de interés en vigor para el plazo de
financiación la misma (riesgos financieros: tipo de cambio y tipo de interés).
•
El país de destino de la exportación (riesgo país y riesgo de transferencia).
•
Calidad del banco avalista / garante (riesgo de contrapartida o de insolvencia).
El riesgo financiero (divisa y tipo de interés) se refleja en el primer componente de la tasa de
descuento, tomando como referencia el coste de la divisa para la vida media de la operación financiera
(LIBOR average life). Para una operación a cinco años en euros, tomaremos el LIBOR EUR más
cercano a la vida media. Por ejemplo, siendo una vida media de 2,7 años, se tomaría el LIBOR a tres
años.
El margen o spread refleja la incidencia del resto de los factores de riesgo mencionados: riesgo país,
plazo de financiación y riesgo de contrapartida.
5
6. R. de tipo de cambio
R. de tipo de interés
R. país
Plazo de financiación
R. de contrapartida
}
LIBOR vida media
}
margen
Comisión de compromiso (Commitment fee).
Se entiende por comisión de compromiso aquella que el banco cobra por comprometerse
irrevocablemente a descontar, dentro del tiempo pactado entre banco y exportador, la operación
planteada por este último.
Es aplicable, en forma de tanto por ciento sobre el monto a descontar, desde la fecha de la emisión
por parte del Forfaiter de su compromiso de tomar sin recurso los instrumentos de crédito hasta la
fecha efectiva de descuento de los mismos.
Si definitivamente el contrato sale adelante, el exportador no tiene mas que presentar la
documentación de la operación para hacer efectivo los efectos. Por contra, si finalmente el contrato no
se materializase, el exportador no tendría mas que notificar al banco su decisión de cancelar la
operación. En este caso, el banco solo cobrará desde el día del inicio del compromiso hasta el día de
anulación del mismo, sobre la base de los días efectivamente transcurridos.
Para mercados particularmente difíciles, el compromiso en firme supone para el forfaiter
imposibilidad de comprar riesgo por la cuantía comprometida, es decir, incurrir en un coste
oportunidad, así como la obligación de mantener las condiciones de descuento durante el período
compromiso (incurriendo desde el momento en que emite su compromiso irrevocable de compra
riesgo de interés y de crédito).
la
de
de
en
Días de gracia.
Se denomina días de gracia al retraso que estadísticamente experimentan la tramitación de los pagos
al vencimiento.
A la hora de efectuar los cálculos del neto a abonar, el número de días de gracia se añade al del
periodo comprendido entre la fecha de cálculo y el vencimiento del respectivo instrumento.
Días festivos al descuento.
Es de uso corriente en la operativa de Forfaiting que cada vez que un vencimiento caiga en día no
operativo, la fecha efectiva del vencimiento afectado se traslade hasta el día operativo
inmediatamente posterior.
En este sentido, a efectos de cálculo recuerde que la deducción aplicable, es decir el descuento, se
calcula sobre la base de los días efectivamente transcurridos desde la fecha efectiva del abono del
neto al exportador hasta el vencimiento, más los días de gracia y, en caso de coincidir con un
vencimiento, sábados y festivos, y no desde la entrega efectiva de las mercancías al importador
Método de descuento
Descuento racional compuesto semestralmente (“discount to yield”).
Tipo de interés X importe neto X nº Días
= Importe al descuento
360 x 100
6
7. Expresado de otra forma,
Tipo de interés x nº días
+ 1 = DIVISOR
360 x 100
Importe Neto
PRODUCTO NETO
=
DIVISOR
Ejemplo
4 efectos / USD
Fecha descuento: 17/11/94
Tipo descuento: 10%, descuento racional compuesto semestralmente
método cálculo intereses: 365/360
Nº
días
1
17 / 05 / 95
181
$ 100.000,-
$ 4,787.09
$ 90,212.91
2
17 / 11 / 95
365
$ 100.000,-
$ 9,416.91
$ 90,583,09
3
17 / 05 / 96
547
$ 100.000,-
$ 13,776.01
$ 86,223,99
4
•
vencimiento
nominal
17 / 11 / 96
732
$ 100.000,-
$ 17,992.60
$ 82,007.40
valor neto
cálculo del divisor para el efecto nº 3:
1) 181 días:
10X181/36000 +1 = 1.050278
2) 184 días:
10x184/36000 + 1 = 1.051111
3) 182 días:
•
descuento
10x182/36000 + 1 = 1.050555
cálculo del producto neto efecto nº 3:
1) $ 100,000.- / 1.050278 = $ 95,212.89
2) $ 95,212.89 / 1.051111 = $ 90,583.09
3) $ 90.583.09 / 1.050555 = $ 86,223.99
En las operaciones de financiación tradicionales el interés se percibe mediante cuotas periódicas
(trimestrales, semestrales, etc.), por el contrario, bajo la modalidad de financiaciones basadas en
créditos1 descontados, los intereses se deducen anticipadamente en base a la vida total de la
operación, es decir, se descuentan efectos al tirón.
El banco financiador, una vez efectuada la toma de los efectos, renuncia al derecho de recurso contra
el exportador, quien, por contra, en el supuesto de hacerse cargo de la operativa de pagos diferidos
asumiría las consecuencias del riesgo de insolvencia y, en consecuencia, la necesidad de provisionar.
Desde el punto de vista del banco, el descuento racional representa la tasa de retorno sobre el capital
invertido (el neto abonado al exportador). Es por ello que el interés se expresa como un tipo de
descuento que cubre los costes de la refinanciación del banco, el riesgo país y el riesgo comercial.
Desde el punto de vista del exportador, la tasa de descuento racional significa el tipo de interés que
deberá abonar por la financiación. En consecuencia, el exportador deberá traspasar al importador
(recuerde que el forfaiting es en primera instancia una financiación al comprador) un tipo de interés
que cubra como mínimo los costes derivados de la cotización del forfaiter (tasa de descuento racional,
más comisión de compromiso y días de gracia).
1
En este contexto, se entiende por crédito todo aplazamiento de pago otorgado al comprador.
7
8. Ciclo de la operación: manejo de los efectos comerciales y pago
Negociaciones
WestLB
exportador
?
importador
1. Financiación directa de
vendedor a comprador
2. ¿Cuanto nos costará vender
la deuda exterior?
Dato previo al cierre de las
negociaciones con el comprador
forfaiter
ago
1. Planteamiento de la operación.
Los datos necesarios para el estudio de la operación y la emisión de una oferta de condiciones son
los siguientes:
•
•
•
•
•
•
•
Deudor: nombre, dirección y país
Descripción de los bienes / servicios objeto del contrato comercial.
Importe a financiar y divisa del contrato comercial.
Duración del contrato (período de ejecución) y, según el caso, fecha estimada de embarque o de
recepción provisional, y plazo estimado hasta el descuento de los efectos conformes.
Plazo de financiación requerido por el comprador.
Identidad y país del Banco avalista/garante.
Documentación: Pagarés, letras de cambio, carta de crédito.
En cualquier caso, y de cara a preparar sus negociaciones, le recomendamos solicitar de forma
periódica, cotizaciones indicativas de tipo de descuento y plazo para distintos países así como
consultar que bancos serían aceptables como garantes.
Negociaciones
WestLB
En función de los datos
de la operación, el forfaiter
nos proporciona una cotización
indicativa o en firme
LIBOR + margen
Días de gracia(dogs)
Comisión compromiso
(commitment fee)
exportador
forfaiter
2. Cotización indicativa.
Sobre la base de los datos facilitados por el exportador, WestLB efectúa al exportador una cotización
indicativa como la del ejemplo.
•
La base de cálculo recoge los datos de la operación (divisa, importe requerido, método de
cálculo, fechas estimadas de embarque y presentación de efectos, tipo de descuento) y muestra el
tipo mínimo que el exportador deberá repercutir al comprador (Interest Paid By Importer % p.a.).
8
9. •
El resumen de los cálculos (“Summary of calculations”) arroja las cifras globales de la operación
(valor del contrato, principal, intereses, total nominal, valor neto descontado).
•
Detalles de los pagarés importes correspondientes a cada uno de los efectos incluyendo
principal, intereses, valor nominal de cada efecto y valor neto descontado.
En consecuencia, el resumen de cálculos muestra al exportador la cantidad neta descontada que
recibiría del forfaiter en base a los datos facilitados. Obviamente, dicha cifra variará con cualquier
cambio o modificación en los datos de cálculo.
Es conveniente señalar que en el caso de cotizaciones requeridas con antelación al cierre de
negociaciones comerciales con el importador, el tipo cotizado podría variar si las expectativas
respecto de los tipos de interés, en relación con la fecha prevista de entrega de las mercancías,
fuesen al alza.
Ejemplo de cálculo para oferta de forfaiting
BASIS OF CALCULATION
Currency
Required amount
Number of bills
Interest paid by importer (% p.a.)
Method of interest calculation
Commitment date
Interest/Shipment date
Notes available on
Commitment Fee % p.a.
Days of Grace
Method of discounting
Discount Rate % p.a.
EURO
1,000,000.00
10
7.717359
365/360
1/01/99
1/06/99
1/06/99
2
5
Semi-Annual Yield
7.1/4
SUMMARY OF CALCULATION
Contract value
Principal
Interest
Total Face Value
DiscountedValue
Total Proceeds To Exporter
Commitment Fee (151 days)
Final Proceeds
1,000,000.00
1,000,000.00
215,442.94
1,215,442.94
1,010,196.22
4,044,342.35
10,196.22
1000,000.00
BILL DETAILS
Nº
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
MATURITY
1/12/99
1/06/00
1/12/00
1/06/01
1/12/01
1/06/02
1/12/02
1/06/03
1/12/03
1/06/04
PRINCIPAL
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
100,000.00
INTEREST
39,229.91
35,306.92
31,383.93
27,310.88
23,537.94
19,507.77
15,691.96
11,794.66
7,845.98
3,922.99
215,442.94
9
FACE VALUE
139,229.91
135,306.92
131,383.93
127,310.88
123,537.94
119,507.77
115,691.96
111,704.66
107,845.98
103,922.99
1,215,442.94
NET VALUE
134,146.01
125,731.63
117,746.80
110,062.43
102,963.09
96,082.44
89,726.50
83,570.98
77,831.94
72,334.40
1,010,196.22
10. WestLB
Cierre de
Negociaciones
exportador
importador
El tipo inverso o equivalente mínimo a pagar por el importador.
Coste total de la operación y es resultante de considerar los distintos
factores de riesgo: país; garante; plazo financiación; divisa;
días de gracia y commitment fee.
Tipo mínimo que deberemos repercutir al comprador para obtener
como neto descontado el importe del contrato comercial
3. Cierre de negociaciones.
El tipo equivalente mínimo a pagar por el importador (Interest paid by importe) sería 7,7173%.
Este tipo es el resultante de calcular el coste total de la operación de descuento contemplando todos
los distintos factores de coste (divisa y plazo de financiación, tipo de descuento, días de gracia,
commitment fee y periodo de compromiso) y debe ser utilizado para el cálculo de los importes
nominales de los pagarés (face value). En otras palabras, es el tipo mínimo que deberemos repercutir
al comprador para que el neto a percibir sea el millón de euros.
Con estas cifras como referencia, el exportador negociará con el importador el cierre de la operación,
con el sobrentendido de que cualquier cambio en la base del contrato a firmar durante la fase de
negociación deberá ser comunicado al forfaiter para que este revise su cotización y cálculos.
4. Cotización en firme, la comisión de compromiso (“commitment fee”); opciones.
A criterio del exportador o finalizadas las negociaciones del contrato comercial, esta indicación
orientativa o indicativa puede ser requerida en firme, es decir, el compromiso irrevocable por parte de
WestLB a comprar al descuento la deuda derivada de la operación comercial en los términos y
condiciones acordados, los que serán debidamente recogidos en dicha oferta de compra firme.
A partir del momento de emisión de este compromiso comenzará a devengarse la comisión de
compromiso (“commitment fee”) pagadera en los términos y condiciones negociados previamente
entre el exportador y el forfaiter. El compromiso de compra entrará en vigor a la recepción del importe
correspondiente a la comisión de conpromiso.
10
11. WestLB
Flujo de documentos y pagos
¿Cómo resolvemos el pago contra documentos conformes?
?
?
¿Cómo vamos a enviar la
mercancía sin haber
recibido los pagarés?
¿Cómo vamos a entregar
pagarés sin haber recibido
la mercancía?
5. Envío de mercancía, presentación de documentación y pago efectivo del descuento.
En el funcionamiento operativo de una transacción de Forfaiting, suele ser habitual la participación de
un banco fideicomisario o trustee sobre cuya actuación descansa el equilibrio de intereses para el
manejo y entrega de efectos y de la documentación comercial.
El banco trustee recibe, conjuntamente con los efectos originales, instrucciones irrevocables del
banco del importador (generalmente el banco avalista) para, en el momento en que reciba del
exportador la documentación comercial en regla, cumplimentar la totalidad de los efectos (importes y
vencimientos) y entregarlos al exportador siempre que la documentación aportada por este sea
conforme.
Esta operativa se efectúa conforme al esquema adjunto:
WestLB
Flujo de documentos y pagos(1)
aviso
instrucciones
y pagarés
instrucciones irrevocables
y pagarés
11
12. WestLB
Flujo de documentos y pagos (2)
mercancías
documentos
conformes
entrega pagarés contra
documentación conforme
documentación conforme
banco intermediario
(trustee)
banco avalista
Ejemplo numérico
•
Detalles de la operación:
Importe del contrato de compraventa:
EUR 1.000.000,-.
Financiación requerida:
Cinco años con vencimientos semestrales iguales y
consecutivos (cada vencimiento amortiza 1/10 del
principal más los intereses correspondientes).
Detalles de la cotización:
Fecha de emisión de la oferta (1 de enero de 1999), fecha
de presentación de efectos (1 de junio de 1999), 5 días de
gracia y tipo de descuento 7 ¼ (LIBOR EUR 2,6 años=
3,25 + 400 bp).
La liquidación final quedaría como se recoge en el cuadro adjunto.
Number of Bills
Currency
Commitment Date
Notes Available on
Days of Grace
Doscount Rate % p.a.
Method of Interest Calculation
10
EURO
1/01/99
1/06/99
5
7.1/4 % p.a. Semi-Annual Yield
365/360
BILL DETAILS
Nº
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
MATURITY
1/12/99
1/06/00
1/12/00
1/06/01
1/12/01
1/06/02
1/12/02
1/06/03
1/12/03
1/06/04
DAYS
188
371
554
736
921
1,103
1,285
1,467
1,649
1,832
FACE VALUE
139,229.91
135,306.92
131,383.93
127,310.88
+2
123,537.94
+2
119,507.77
+1
115,691.96
+1
111,704.66
107,845.98
103,922.99
1,215,442.94
Commitment Fee 151 days @ 2% p.a.= 10,196.22
12
DISCOUNT
5,083.90
9,575.29
13,637.13
17,248.45
20,574.85
23,425.33
25,965.46
28,133.68
30,014.04
31,588.59
205,246.72
NET VALUE
134,146.01
125,731.63
117,746.80
110,062.43
102,963.09
96,082.44
89,726.50
83,570.98
77,831.94
72,334.40
1,010,196.22
- 10,196.22
1,000,000.00
13. Suma total de los efectos:
EUR 1,215,442.94 (EUR 1.000.000 de principal más
coses de financiación EUR 215,442.94).
El importe descontado a abonar al exportador
EUR 1,010,196.22
menos el importe de la omisión de compromiso
(2% p.a.) (por un periodo de 151 días),
EUR
Neto final
EUR 1,000,000.00
WestLB
10,196.22
descuento de pagarés
presentación al descuento
(B)
(A)
forfaiter
gestión de cobro
banco intermediario
(trustee)
Este proceso se puede efectuar por dos vías:
a) mediante la intervención del banco intermediario o trustee, quien en calidad de
intermediario procederá según las instrucciones recibidas. Revisará la documentación; si la
misma es conforme, procederá a cumplimentar los pagarés; entregará los pagarés al
exportador y remesará la documentación comercial al banco avalista.
b) mediante presentación directa al forfaiter. En este caso, es necesario que la entrega
documentaria sea asimismo efectuada al forfaiter, quien una vez revisados los documentos
los hará seguir al banco avalista y hará entrega del neto descontado final al exportador.
Volatilidad de los tipos de interés
Las cotizaciones a tipo variable vienen expresadas como referenciadas, es decir, expresadas en
base al LIBOR vida media para la divisa correspondiente, en forma
LIBOR EURO vida media + 4% p.a.
De los dos componentes, el margen permance fijo durante la vigencia del compromiso de compra
pero, por el contrario, el LIBOR puede fluctuar durante el lapso de tiempo transcurrido entre la fecha
de emisión de la oferta firme (1.01.1999, fecha en la que se han efectuado los cálculos sobre la base
de los tipos de mercado a ese momento) y la fecha de pago de efectos (1.06.1999).
La volatilidad de los tipos de interés es en principio asumida por el exportador. Sin embargo, existen
dos vías para minimizar este factor de riesgo.
•
Variar, a su propio criterio, el tipo de interés a repercutir al comprador en función de las
expectativas relativas a los tipos de interés.
En nuestro ejemplo, el tipo inverso mínimo es del 7,7173%.
13
14. Este tipo es el resultante de los cálculos efectuados, sobre la base de los datos porporcionados
por el exportador, el día de la emisión del compromiso de compra (1/01/99). Sin embargo, los
efectos está previsto que sean presentados al descuento el 1/06/99.
Hay un periodo de seis meses entre ambas efemérides durante el cual el tipo de interés de
referencia (el LIBOR EURO vida media) puede oscilar, tanto a nuestro favor como en contra.
Si nuestras expectativas son de estabilidad absoluta en los mercados, podemos traspasar una
financiación al comprador al tipo de 7,72%. Por contra, si nuestra expectativas son de
deslizamiento al alza, para cubrirnos del efecto adverso que dicho incremento supondría en el
descuento deberíamos incrementar dicho tipo de acuerdo a nuestras propias expectativas. SI
creeemos que este deslizamiento puede ser de 1/8, el tipo que deberíamos traspasar debería ser
mínimo 7,85%.
•
Solicitar, si la situación de mercado lo permite, una cotización a tipo fijo. En este caso, el forfaiter
asume el riesgo de volatilidad del tipo de interés por lo que el coste de esta alternativa es superior
a la cotización a tipo variable.
14