2. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Introducción:
La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE), perteneciente
al Servicio Público Estatal, es uno de los órganos que componen la estructura
organizativa y de participación institucional del subsistema de formación profesional
para el empleo. Tiene carácter tripartito y su patronato está constituido por la
Administración Pública y por las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas.
Para responder a las necesidades formativas de las empresas y sus empleados se
crearon los siguientes documentos:
• Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo de 2007
• TAS/2307/2007
• Resolución de 17 de diciembre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal
2
3. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Bajo el marco de este nuevo Real Decreto las empresas pueden aprovechar y
recuperar parte de las aportaciones realizadas en concepto de formación
profesional a la Seguridad Social e invertir en formación para sus trabajadores.
De no hacerlo así, estas aportaciones, que han de seguir realizándose, acabarían
perdiéndose desaprovechando una oportunidad excelente de invertir en
formación.
Para la gestión del crédito se deberá utilizar la aplicación “Acciones Formativas de las
Empresas”, que facilita el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores y
permite planificar la formación sin tener que ajustarse a las Convocatorias anuales.
www.fundaciontripartita.org
http://empresas.fundaciontripartita.org
3
5. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Beneficiarios de la Formación Continua:
Podrán ser beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
• Centro de trabajo en España (sea cual sea su tamaño y/o ubicación)
• Desarrollo de formación para sus trabajadores
• Cotizar por formación profesional en la Seguridad Social
Financiación:
• Porcentaje correspondiente de las aportaciones a la Seguridad Social en
concepto de formación.
• Fondos Social Europeo (año 2009, 145 millones de euros)
5
6. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Perfiles de Empresa:
Empresa Bonificada:
La empresa bonificada podrá acceder a la aplicación de forma individualizada.
Entidad Organizadora-Agrupaciones:
Se entiende por agrupación de empresas la unión de dos o más empresas con el fin
de gestionar de forma conjunta la Formación. Una de ellas tendrá que asumir las
funciones de la entidad organizadora.
La constitución de la agrupación habrá de formalizarse mediante documento escrito,
firmado por los representantes legales de las entidades agrupación.
6
7. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Usuario:
Incorporar Usuarios para gestionar la formación y definir su nivel de acceso como
administrador o gestor
Empresa:
Consultar los datos que dispone la Tesorería General de la Seguridad Social de la
empresa para saber el crédito disponible.
Cumplimentar información
Consultar información sobre movimiento de su crédito, porcentaje de cofinanciación
privada, de colectivos exigidos y cumplido, plantilla…
Formación:
Desde aquí se dará de alta las acciones formativas, notificar inicio de grupos, finalización
y comunicar los costes de la formación y PIF.
Datos XML:
Consulta de tramitación de ficheros XML.
7
8. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Aplicación Informática:
“ Acciones Formativas de las Empresas”
8
9. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Acceso a la aplicación
http://empresas.fundaciontripartita.org
Selección del año* al que se quiere entrar y pulsar ACCEDER
* Se puede acceder a los anteriores 4 años del actual en modo consulta.
9
10. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Firma Electrónica:
Para solicitar la clave que permite el acceso al sistema, es necesario que el
Representante Legal de la empresa tenga acreditada su “firma digital” como entidad
ante la autoridad de certificación pública “CERES”.
Se entiende por Representante Legal de la Empresa, la persona que tenga capacidad
para representar a la empresa, ante las Administraciones Públicas u Organismos y
Entidades de carácter público
Obtención de un certificado digital:
Un paso previo a los procesos de registro y validación es obtener un Certificado
digital. Para ello, deberá acceder a la siguiente dirección de Internet:
http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm y seguir los pasos para su obtención que
en ella se detallan.
10
11. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Selección del certificado digital a
utilizar para acceder a la aplicación
(representante legal empresa).
Selección de la empresa a
gestionar (en el caso de
Organizadoras).
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12. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Datos de la agrupación / entidad bonificada
Menú
Accesos Directos
12
13. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Menú USUARIO:
Es el menú en el que las empresas pueden dar de alta y
gestionar de forma telemática a otros usuarios para que
puedan realizar las tareas en la aplicación. Sólo se permite el
acceso a los usuarios con el perfil de administrador.
13
14. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Usuario:
Todos los datos relativos a la identificación de
los usuarios son de inserción obligatoria:
• NIF
• Primer apellido
• Segundo apellido
• Nombre
• e-mail
• Perfil
• Usuario Externo
• CIF
• Razón Social
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15. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Perfil de Usuario
• Administrador: puede gestionar toda la información del sistema.
• Gestor: puede gestionar toda la información de sistema, excepto la gestión de
usuarios y las agrupaciones
• Consultor: acceso en modo “consulta”.
• Grabador: puede gestionar toda la información del sistema (excepto gestión de
usuarios y agrupaciones). No puede notificar ni finalizar las acciones formativas, lo
grupos formativos ni PIF.
15
16. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Cambio de Clave:
Puede cambiar la clave de acceso al sistema.
Deberá cumplimentar el apartado de nueva clave y el de confirmación de la misma.
Tras realizar el cambio, deberá acceder al sistema con la nueva, ya que la anterior
quedará invalidada.
Cambio de Agrupación:
Las entidades organizadoras podrán crear diferentes agrupaciones de empresas
(perfiles).
16
17. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Empresa
Si entra como Entidad Bonificada puede acceder a:
- Datos Empresa
- Datos Económicos
- Notificaciones
Si lo hace como Entidad Organizadora puede acceder a:
- Datos Empresa
- Empresas Participantes
- Empresas No Grabadas
- Autorización Denegada
- Notificaciones
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18. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Denominación empresa
Se debe cumplimentar los datos identificativos de la empresa, rellenando sólo aquellos
que estén en blanco, el resto están deshabilitados, ya que son datos descargados
directamente de la Seguridad Social.
18
19. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Introducir los datos del Representante legal de la empresa.
Indicar el domicilio a efectos de posibles notificaciones.
19
20. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Cuentas de Cotización:
Desde este apartado podrá acceder a todas las cuentas de cotización de los centros de
trabajo con los que cuente su empresa.
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21. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Para introducir una nueva cuenta de cotización, debe cumplimentar los siguientes datos:
• Cuenta de cotización a la Seguridad Social
• Nueva creación: se debe indicar si la cuenta y el centro es de nueva creación (creadas
en el año en curso). Debe indicar la fecha de creación y señalar si se incorporan nuevos
trabajadores a la cuenta en el momento de la apertura de la misma.
• En el caso de que se abran nuevos centros de trabajo en una cuenta de cotización ya
existente, indicar la fecha de creación del centro y los trabajadores que se incorporan al
mismo.
• Plantilla: en el caso de que la cuenta de cotización no sea de nueva creación, indicar
la plantilla media de la cuenta de cotización. Si esta deshabilitado es debido a que se
ha validado con la información facilitada por la Tesorería General de la Seguridad
Social.
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22. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Crédito:
Esta sección muestra los datos relativos al crédito que tienen las empresas.
1. Plantilla Media año anterior
2. Cuota de Formación Profesional: informa de la cuantía ingresada por la
empresa en concepto de Formación Profesional durante el año anterior. Si el dato
aparece deshabilitado mostrará la información facilitada por Tesorería, si por el
contrario aparece habilitado deberá cumplimentarlo.
3. Porcentaje de bonificación establecido en función del tamaño de las empresas.
4. Crédito asignado para acciones formativas: crédito para la formación del que
disponen las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional
5. Crédito Adicional asignado a PIF: crédito para Permisos Individuales de
Formación del que disponen las empresas que cotizan para la contingencia de
formación profesional.
6. Crédito dispuesto: crédito para formación consumido.
7. Crédito disponible: crédito para formación disponible.
22
24. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Determinación del Crédito asignado:
En primer lugar y para poder conocer la cantidad de la que dispone cada empresa se ha
de calcular el crédito anual. Para ello se seguirán los siguientes pasos:
1. Sumar la casilla Otras cotizaciones de los TC1 (antigua casilla 501) de la empresa,
correspondientes de diciembre a noviembre del año anterior.
Al total resultante aplicar el 0.7% correspondiente a Formación Profesional. El resultado
es la cuota de formación continua.
2. Cálculo de la plantilla media de la empresa en estos meses:
De los mismos TC1 sumar la cifra correspondiente a la plantilla de cada mes de la
empresa.
Sumar las doce cantidades y dividirla entre doce. El resultado es la plantilla media
de la empresa.
Este dato lo valida la Seguridad Social en el primer semestre del año en curso.
24
25. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Cada empresa dispondrá de un crédito para formación continua, que resultará de aplicar a
la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año
anterior, un porcentaje de bonificación que variará según el tamaño de la empresa.
Las empresas de menos de 5 trabajadores dispondrán de una cuantía fija de 420€
anuales.
PORCENTAJES DE ASIGNACIÓN
1. De 6 a 9 trabajadores 100%
2. De 10 a 49 trabajadores 75%
3. De 50 a 249 trabajadores 60%
4. Más de 250 trabajadores 50%
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26. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Determinación del crédito para nuevos centros y nuevas empresas:
Las empresas que durante el año 2011 abran nuevos centros de trabajo y las empresas
creadas durante el año 2010 y 2011 podrán beneficiarse de:
Apertura de nuevos centros: el importe del crédito inicial que tenga la empresa, se
incrementará con el resultado de multiplicar el número de trabajadores incorporados a la
empresa en el momento de la apertura de nuevos centros por la bonificación media por
trabajador que anualmente determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado (para
el año 2009, 65 euros).
Creación de nuevas empresas: el crédito resultará igualmente de multiplicar el número
de trabajadores incorporados a la empresa por la bonificación media por trabajador.
Siempre que la empresa cumpla con una serie de requisitos que fija la Fundación, este
crédito se hará efectivo de forma inmediata. La propia organización podrá descontar la
cantidad correspondiente del importe de las cotizaciones a la Seguridad Social
correspondientes al mes posterior a la finalización de las acciones.
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27. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Desglose Crédito:
En esta pantalla puede visualizar tanto el crédito dispuesto en la aplicación como
el bonificado a través de la Tesorería General de la Seguridad Social
En esta pantalla se puede controlar el crédito consumido y pendiente de utilizar
27
28. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Para cada mes se indica:
Crédito dispuesto acciones formativas: indica la cantidad total que la
empresa ha consumido cada mes, en base a las comunicaciones de finalización de
grupos.
Crédito dispuesto PIF: indica la cantidad total que la empresa ha consumido
cada mes, en base a las comunicaciones de inicio de los Permisos Individuales de
Formación.
Crédito deudor: cantidad a bonificar que la empresa descuenta de su cotización a
la TGSS.
Crédito acreedor solicitado TGSS: cantidad que la empresa solicita bonificarse
a la TGSS
Crédito acreedor TGSS admitido: cantidad que la TGSS abono a la empresa
como resultado de la bonificación practicada.
28
29. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Tipo de movimiento: en esta columna se reflejan 5 valores:
Movimiento: aparece en los meses en lo que la TGSS ha informado de alguna
bonificación realizada a la empresa
A. estimada: aparece en los meses en los que se ha tramitado una alegación y está
estimada
A. desestimada: aparece en los meses en los que se ha tramitado una alegación y
está desestimada.
R. estimado: aparece en los meses en los que se ha tramitado un recurso y éste se
ha estimado
R. desestimado: aparece en los meses en los que se ha tramitado un recurso y éste
se ha estimado
29
30. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Absorciones/Adquisiciones
En el caso que la empresa sufra una absorción o realice una adquisición se debe de
especificar indicando:
• Fecha de realización
• Denominación de la empresas involucradas
• Plantilla media de trabajadores en el momento de la absorción/adquisición y
plantilla media después de realizarlo.
30
31. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Colectivos Prioritarios:
Pestaña que sólo estará activada en caso de empresas no consideradas PYME,
donde se muestran los datos relativos al cumplimiento de la obligación de
asistencia a la formación de trabajadores pertenecientes a colectivos prioritarios.
• Mujeres.
• Personas con discapacidad.
• Mayores de 45 años.
• Trabajadores con baja cualificación, que son aquellos cuyo grupo de cotización a la
Tesorería General de la Seguridad Social, sea uno de los que se indican a continuación:
• 6 Subalternos.
• 7 Auxiliares administrativos.
• 9 Oficiales de tercera y especialistas.
• 10 Trabajadores menores de 18 años no cualificado. 31
32. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Cofinanciación Privada:
Las empresas están obligadas a participar en la financiación de los costes de las
acciones formativas.
El cumplimento de la cofinanciación privada debe realizarse respecto a la totalidad del
Crédito y no para cada grupo. Es aconsejable que cada grupo se aproxime al % exigido
para que al final cumplir el total exigido.
Los datos se obtienen a partir de los costes notificados en las comunicaciones de
finalización realizada de los diferentes grupos formativos.
32
33. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Notificaciones
La página de Notificaciones permite consultar las diferentes notificaciones
realizadas a la FTFE a través de la aplicación, en multitud de opciones de
búsqueda.
33
35. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Menú FORMACIÓN:
Permite el acceso a la gestión telemática de la
formación, ya sean acciones formativas o Permisos
Individuales de Formación (PIF).
En ella se refleja que se entiende por acción formativa y
por Permiso Individual de Formación (PIF), para orientar
a las empresas en qué tipo de formación se puede
gestionar a través de la aplicación.
35
36. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Acciones formativas
Se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias
y cualificaciones profesionales de los trabajadores, pudiéndose estructurar en varios
módulos formativos con objetivos, contenidos y duración propios, sin que la misma pueda
con carácter general ser inferior a 6 horas lectivas.
La formación impartida a través de las acciones formativas de las empresas deberá
guardar relación con la actividad empresarial y podrá ser general o específica.
La formación general es la que incluye una enseñanza que no es única o principalmente
aplicable en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria,
sino que proporciona cualificaciones en su mayor parte transferibles a otras empresas o a
otros ámbitos laborales.
La formación específica es la que incluye una enseñanza teórica y/o práctica aplicable
directamente en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa
beneficiaria y que ofrece cualificaciones que no son transferibles, o sólo de forma muy
restringida, a otras empresas o a otros ámbitos laborales.
36
37. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Comunicación Acción Formativa
Desde esta sección pude consultar, añadir, modificar o borrar las acciones
formativas que haya dado de alta su empresa.
Si desea ver todas las acciones formativas dadas de alta, deberá pulsar “buscar”,
sin introducir ningún dato.
37
38. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
En la lista de acciones aparece la siguiente información:
Código Acción Estado
Denominación Detalles acción
Modalidad Finalización
También se puede realizar diferentes acciones:
Añadir una nueva acción formativa
Recuperar acciones formativas de años anteriores
Anular una o más acciones formativas
Exportar listado de acciones formativas en un documento Excel
38
39. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Tipo Acción Formativa
Vinculada a la obtención de un Cert. de Profesionalidad: es la formación
profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales (CNCP) y dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad.
Propia: es la formación que no está vinculada a la obtención de los certificados de
profesionalidad, cada acción tendrá una duración adecuada a su finalidad, en función del
colectivo destinatario, la modalidad de impartición de la formación, el número de
alumnos y otros criterios objetivos, sin que pueda ser inferior a 6 horas lectivas. Cuando
se trate de formación de carácter transversal en áreas que se consideren prioritarias
39
40. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Para dar de alta una acción formativa, deberá introducir :
• Número y Denominación de la acción formativa
• Clasificación de Contenidos: indicando el código que agrupa los contenidos de la formación
a efectos de realización de estudios de Evaluación por parte de la Fundación Tripartita.
Para facilitar la búsqueda puede introducir la palabra que mejor defina los contenidos. Ej.
Recursos humanos.
Si la formación está vinculada a la obtención de un certificado de profesionalidad. En caso
afirmativo deberá indicar el Real Decreto por el que se regula el certificado, el código de
certificación, y el código de la unidad de competencia, en su caso.
40
41. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Descripción de la Acción Formativa:
Si la acción no está vinculada a
certificados de profesionalidad, su
duración no podrá ser inferior a 6
horas.
A continuación seleccionar la
modalidad de la acción formativa
(Presencial, A distancia, Teleformación
o Mixta) y cumplimentar el número de
horas de la Acción, (indicando el
número de horas presenciales,
tutorías presenciales y/o a distancia o
teleformación).
41
42. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
-Tipo de acción:
Genérica: formación que proporciona cualificaciones transferibles a otras empresas.
Específica: formación aplicable directamente en el puesto de trabajo actual en la
empresa y ofrece cualificaciones no transferibles a otras empresas.
-Nivel de Formación:
Básico: formación que capacita para desarrollar cualificaciones básicas
Superior: formación que capacita para desarrollar cualificaciones medio-superior
Introducción de objetivos y contenidos de la AF.
42
43. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Información a la Representación Legal de los Trabajadores
Debe indicar si la empresa ha cumplido o no con el requisito de información a la
Representación Legal de los Trabajadores o a participantes, en el caso de ésta no
exista. Además especificar el informe de la Representación Legal de los Trabajadores –
Favorable.
43
44. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Se deberá informar a la Representación Legal de los Trabajadores de la siguiente
información:
Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
Colectivos destinatarios y número de participantes.
Calendario previsto de ejecución.
Medios pedagógicos.
Criterios de selección de los participantes.
Lugar previsto de impartición.
Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.
La RLT dispondrá de 15 días para valorar el plan presentado y dar una respuesta a la
empresa. En caso de no hacerlo se supondrá su aprobación.
44
45. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
En el caso que surgieran discrepancias respecto al plan de formación, se abrirá un nuevo
plazo de 15 días para conseguir un acuerdo.
Si transcurrido este plazo, se mantiene el desacuerdo, las partes dejarán constancia de
ello levantando acta que deberá ser remitida antes de 10 días, junto a una copia de la
documentación entregada a los trabajadores y de los informes remitidos por ellos, a la
comisión paritaria correspondiente a través de la Fundación Estatal para la Formación en
el Empleo. Esta comisión emitirá su informe en un plazo de 15 días.
Cuando en la empresa no exista RLT será necesaria la conformidad de todos los
trabajadores afectados por las acciones de formación continua. En caso de
disconformidad o denuncia de alguno de los trabajadores se aplicará el mismo
procedimiento de discrepancia ya descrito.
45
46. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Cuando las causas de origen de la discrepancia sean: discriminación de trato, que las
acciones no se correspondan a la actividad empresarial, cualquier otra concurrencia que
pueda suponer un abuso de derecho en la utilización de fondos públicos; la Fundación
Estatal para la Formación en el Empleo trasladará el expediente a la administración
competente.
Dicha administración dispondrá de un plazo de dos meses para dictar su resolución, que
será de obligado cumplimiento.
El inicio del procedimiento de discrepancias no conllevará la paralización del derecho a
la bonificación correspondiente a las acciones ya realizadas, que seguirá siendo
automático. Si posteriormente a la bonificación se resolviera la improcedencia, la
administración competente iniciará el procedimiento de reintegro de las bonificaciones
indebidamente practicadas.
46
47. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Comunicación de Inicio de Grupo
Las empresas o las entidades organizadoras deberán comunicar el inicio de cada
grupo de formativo con una antelación máxima de 7 días naturales.
En la lista de Inicio de Grupo, podrá ver el código AF; Denominación; Fecha Inicio;
Fecha Fin; Fecha de Notificación inicio/fin; Estado; Detalles; Notificar; Cuestionarios
y Diploma
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48. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Datos Formativos:
Acción Formativa: seleccionar del listado de AF.
Código: Número de Grupo (máximo 5 caracteres)
Denominación: nombre o designación del grupo formativo.
48
49. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Grupo Notificado como:
Bonificación: la financiación de las acciones formativas de las empresas se
realiza con bonificaciones en las cuotas de la S.S.
Cumplimiento Cofinanciación Privada: las empresas que están obligadas a
participar en la financiación de los costes de las acciones formativas.
Medios para formación
Medios propios de la empresa bonificada: contenidos formativos y responsabilidad
de impartición son propios de la empresa bonificada.
Medios de la entidad organizadora: contenidos formativos y responsabilidad de
impartición son propios de la empresa organizadora.
Medios del centro de formación o entidad formadora externa: cuando el centro o
entidad sea el proveedor de los contenidos formativos y el responsable de su
impartición.
49
50. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Descripción Grupo:
En esta pantalla se muestran los datos identificativos del grupo volcándose de forma
automática la modalidad de la acción, denominación y número de horas de la formación.
Deberá de indicar el número de participantes del grupo y no podrá comunicar la
finalización de un número de participantes mayor al comunicado en el inicio. Por lo
que se recomienda que si no hay confirmación del número de participantes se indiquen 25
que son el máximo en jornada presencial y 80 en jornada a distancia.
Debe introducir las fechas de inicio y finalización del grupo y el nombre y apellidos del
Responsable de Formación (de la empresa) y teléfono de contacto.
50
51. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
En el caso en el que la dirección del Centro de Formación no coincida con el lugar de
impartición , deberá cumplimentar los datos del apartado “Centro de impartición”
Si el Centro de Formación o de Impartición se encuentran fuera de España, debe
indicar en el código postal 99999, y cumplimentar el país al que corresponde.
51
52. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Por último, debe cumplimentar las fechas, los días de la semana y el horario de
ejecución del grupo tanto de las jornadas presenciales como de las tutorías a
distancia o con teleformación.
El total de horas de formación debe cuadrar con los días de formación.
En el supuesto de que el horario de mañana y tarde reflejado, no se corresponda
con las fechas indicadas anteriormente, deberá señalar en el apartado de
“Observaciones”, el horario correspondiente a cada uno de los días.
Ej. Formación de 20 horas que se imparte los lunes y miércoles de 15:01 a
18:01. Serían 7 días de formación total (6 días de 3 horas más un día de 2 horas
de formación 15:01 a 17:01).
Si marcamos como días de formación todos los lunes y miércoles, pero a lo largo
de la formación hay días que son festivos se debe especificar en Observaciones “
La formación se realizará todos los lunes y miércoles del mes indicado excepto el
día xx/xx/xx por ser festivo, por que no se dará formación….).
52
53. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Si existen tutorías, debe identificar al tutor y las horas en las que está disponible.
Es decir si es una formación a distancia se debe de indicar las fechas y el horario
cuadrando el total de horas de formación.
53
54. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Empresa Participante
Sólo se mostrará cuando la empresa que ha accedido al sistema es una entidad
organizadora de formación, en este paso se deberán seleccionar la/s empresa/s,
de la agrupación que gestiona en ese momento y que van a participar en la
formación.
En la finalización del grupo no se podrá comunicar participantes de empresas
que no hayan sido incluidas en el inicio.
54
55. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Incidencias:
Cualquier incidencia o modificación de los datos comunicados o la cancelación de un
grupo deberá comunicarse con 4 días naturales de antelación a la fecha de inicio
prevista.
La no comunicación de inicio de la formación en los plazos mencionados, sin causa
debidamente justificada y comunicada, implicará que la citada formación se considere “no
realizada” a efectos de las bonificaciones aplicables en las cotizaciones sociales.
Para dar de alta una incidencia deberá describir las causas imprevistas acaecidas en la
venta “Descripción de la incidencia” siempre cuando se haya cancelado el grupo o se haya
realizado una modificación fuera de los plazos establecidos y ello haya supuesto la
incidentación del grupo.
55
56. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Una vez comunicada la incidencia se muestran los siguientes datos:
• Fecha de comunicación de la incidencia.
• Notificación
• Fecha de revisión: es la fecha en que la Fundación Tripartita analiza las causas de
la comunicación fuera de plazo o de la cancelación.
• Estado de Revisión: es la situación de l grupo tras la revisión de la Fundación
Tripartita, pudiendo estar:
• No revisado: cuando está pendiente de revisión
• Validado: cuando se ha considerado adecuada la justificación
• Incidentado: cuando no se ha considerado suficientemente justificada la
causa de la cancelación o modificación fuera de plazo
• Número de incidencia: número que asigna la aplicación para identificar la
incidencia
56
57. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Comunicación de Finalización de Grupo
Desde esta pantalla podrá acceder a todos los grupos cuyo período de ejecución
haya finalizado.
Puede notificar a la Fundación la comunicación de finalización de un grupo válido
pulsando Finalizar, tras ello accederá a una pantalla que le mostrará los datos del
grupo.
57
58. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Comunicación de participantes
En la opción PARTICIPANTES, se deben de introducir los datos de los asistentes a
la formación, una vez finalizado y únicamente los que hayan realizado un mínimo
del 75% del total de horas de la formación.
58
60. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
• NIF: se ha de insertar el DNI o NIE del trabajador
• Nombre: del trabajador participante en la formación.
• Primer apellido: del trabajador participante en la formación.
• Segundo apellido: del trabajador participante en la formación.
• NISS: Número de Identificación de la Seguridad Social del trabajador. El número es de
12 dígitos y la aplicación sólo permitirá introducir caracteres numéricos.
• Fecha de nacimiento: del trabajador, en el formato dd/mm/aaaa.
• Género: hombre o mujer.
• Discapacidad: se ha de seleccionar una de las dos opciones mostradas, si o no.
• Nivel de estudios: se ha de seleccionar una opción de las que se muestran, en función
del nivel de estudios finalizados que posea y que sean de carácter oficial reconocidos con
un título.
• Otras titulaciones: sólo en el caso en que la información anterior, nivel de estudios,
sea otros, se deberá especificar en este campo, otros niveles de estudio.
• Área funcional: Comercial, Administración, Producción, Mantenimiento o Dirección
• Categoría profesional: Técnico, Técnico Cualificado, Trab. No cualificado, Director,
Mando Intermedio.
• Grupo de cotización (TGSS): se ha de seleccionar de la lista desplegable la categoría
o grupo profesional que tiene el trabajador a efectos de cotización a la Seguridad Social.
60
61. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Comunicación de costes
Una vez introducidos todos los participantes, se podrá acceder a la página de
costes, en la que se podrán introducir los siguientes gastos:
• Costes Directos o Impartición.
• Costes Indirectos o de Organización.
• Costes Salariales.
61
62. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
La bonificación aplicable a la empresa no podrá superar el resultado del coste máximo
bonificable que surge de la siguiente operación:
Coste máximo bonificable:
Módulo económico x Número de horas lectivas x Número de participantes
Siendo el módulo económico el aplicable según esta tabla:
Modalidad de
Nivel de Formación
Impartición
Básico Medio- Superior
Presencial
9€ 13 €
A distancia 5,5€
Teleformación 7,5 €
En función de las horas de formación presencial y a
Mixta
distancia o teleformación de la AF
Ejemplo como calcular la bonificación correspondiente a un curso:
Curso: Excel Avanzado
Duración: 20 horas
No. Asistentes: 11 participantes
Modalidad Presencial Medio- Superior
20 horas x 11 participantes x 13 módulo= 2. 860 €
62
63. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
• De 1 a 9 trabajadores : no hay límite
• De 10 a 49 trabajadores : 10%
Modalidad de
Nivel de Formación
Impartición
Básico Medio- Superior
Presencial
9,90€ 14,30€
A distancia 6,05 €
Teleformación 8,25€
En función de las horas de formación presencial y a
Mixta
distancia o teleformación de la AF
• De 50 a 249 trabajadores : 5%
Modalidad de
Nivel de Formación
Impartición
Básico Medio- Superior
Presencial
9,45€ 13,65 €
A distancia 5,77 €
Teleformación 7,87€
En función de las horas de formación presencial y a
Mixta
distancia o teleformación de la AF
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65. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Saldo crédito Real crédito disponible que tiene la empresa para formación.
Costes directos o de impartición.
• Retribución del profesorado, interno y externo.
• Gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, así
como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos.
• Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así
como los gastos en bienes consumibles. En el caso de la teleformación, los
costes imputables a los medios de comunicación utilizados entre formadores y
participantes
• Gastos de alquiler, arrendamiento financiero o amortización de las aulas,
talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación.
• Seguro de accidente de los participantes.
• Gastos de transportes, manutención y alojamiento para los participantes.
Costes asociados o de organización.
• Costes de organización, personal, instalaciones y equipos de apoyo para el
desarrollo de la formación.
• Costes de luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y
otros costes asociados a la gestión de la actividad formativa.
• La suma de estos costes asociados no podrá superar a efectos de
bonificación, el 25% de los costes directos que resulten bonificables.
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66. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Total costes elegibles: la suma entre los costes directos o de impartición y los
costes asociados o de organización.
Costes según empresa: costes introducidos por la empresa.
Importe Admitido: importe admitido por la FTFE según normativa.
Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo:
se deben de incluir los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en
jornada laboral. A estos efectos, sólo podrán tenerse en cuenta las horas de dicha
jornada en las que realmente los trabajadores participen en la formación. Estos costes
de personal no serán objeto de bonificación, pero se computarán en la cofinanciación
privada.
Coste máximo bonificable: este coste se calcula según la siguiente operación:
Módulo económico x Número de horas lectivas x Número de participantes
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67. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Una vez introducidos los costes del grupo, deberá seleccionar el mes en el que
va aplicarse la bonificación y el importe de la misma, que no podrá ser superior
al coste máximo bonificable por grupo.
Sino se introduce el mes de bonificación, se considerará cofinanciación.
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68. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Menú XML:
Es la página de inicio para que las empresas puedan
consultar el estado de sus peticiones de carga desde
ficheros XML.
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69. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Desde esta página se podrán buscar solicitudes de carga registradas, por diferentes
criterios de búsqueda:
• Referencia.
• Fichero.
• Fecha recepción.
• Estado.
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70. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Esta página permite la carga de ficheros XML, a través de la aplicación, a la
FTFE. Permite tres clases de fichero:
• Participantes.
• Inicio de Grupos.
• Finalización de Grupos.
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72. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Fase de aplicación de las bonificaciones
Las empresas que realicen formación continua a sus trabajadores para poder
aplicar las bonificaciones deberán cumplir la siguiente normativa:
Identificar en cuenta separada de su contabilidad todos los gastos de ejecución
de las acciones y las bonificaciones que se apliquen con la referencia de
formación continua.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social en la fecha de aplicación de las bonificaciones.
Las empresas serán directamente responsables de los incumplimientos de estas
obligaciones, aún cuando los mismos se deban a la actuación de las entidades con
las que contraten la impartición de la formación o de las entidades organizadoras.
Las empresas deberán mantener la documentación justificativa a disposición de
los órganos de control pertinentes en un período mínimo de cinco años.
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73. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Bonificación de la Seguridad Social:
Señalar que cuando los grupos de formación comprendan trabajadores incluidos en
diferentes Códigos de Cuenta de Cotización de la misma empresa, las bonificaciones
podrán aplicarse en los boletines de cotización de cualquier cuenta de cotización.
Si la empresa utiliza el FORMATO PAPEL: La empresa presentará a la Seguridad
Social un TC1 con clase de liquidación (CL) “4: COMPLEMENTARIO” y clave de
control (CC) “95: Bonificaciones por formación continua”. Este TC1 sólo debe
contener el importe de las bonificaciones por formación continua (se indica en la
casilla 601).
Los totales salen “A PERCIBIR” (casilla 800). Este TC1 no lleva asociado ningún TC2.
Si utiliza el SISTEMA RED, se crea una nueva bonificación llamada “Bonificación
INEM Formación Continua” casilla 763. Es un concepto global y no por trabajador.
Se acumula automáticamente en la casilla 601. Se mecaniza en la aplicación
informática antes del día 18 del mes, y la bonificación se recupera a final de mes.
Claves de bonificación: CA80 y CA60.
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74. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Control de la Formación Continua
Documentación exigida:
Recibí material
Hojas de Asistencia
Cuestionarios de evaluación de la formación
Diplomas
Recibí diplomas
Los participantes serán los encargados de evaluar la calidad de la formación recibida a
través de un cuestionario.
Por otro lado, una vez finalizada la formación, la empresa o entidad organizadora
entregará a cada participante un certificado acreditativo de la realización de la acción
formativa. Los certificados deberán incluir el emblema del Fondo Social Europeo y en
la parte posterior contenidos de la acción formativa.
La empresa ha de guardar junto al expediente el recibí del alumno o en su defecto la
acreditación de que se le ha remitido.
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75. Gestión de Bonificaciones de la FTFE
Durante un periodo de cinco años, las empresas deberán mantener a disposición de los
órganos de control competentes la documentación justificativa de las acciones formación
sobre las que hayan disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Los citados órganos podrán recabar la documentación que estimen oportuna, incluidos los
extractos o justificantes bancarios correspondientes.
Documentación a custodiar:
Informe favorable de la R.L.T. (Representación Legal de los Trabajadores) en caso
de existir
Recibí Material
Hojas de Asistencia por sesión, firmadas por los asistentes
Cuestionarios de satisfacción de la formación
Copia de los Certificados (diplomas) entregados a los participantes, firmados
Un ejemplar de la documentación entregada a los alumnos (manual, ejercicios...)
Factura de la formación
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