1. El documento presenta la agenda de un taller sobre economía solidaria que incluye temas como las necesidades humanas, la satisfacción de necesidades, los principios y valores de la economía solidaria y su marco normativo.
2. Se destacan las opiniones de expertos quienes resaltan que la economía solidaria surge para superar las desigualdades sociales y que sus empresas se crean para satisfacer necesidades colectivas de manera democrática y participativa.
3. Finalmente, se proveen datos estadísticos sobre el desempeño del sector cooperativo
Reconociendo las causas de cambio en la economía solidaria
1.
2. Reconocer las causas de los cambios socio-
económicos en el contexto nacional y local.
Identificar en la economía solidaria la
oportunidad para superar las diferencias
sociales que provocan inequidad, exclusión e
injusticia social.
3. Hora Actividad
00:00 Recuento sesión anterior
00:05 Video El Origen de las Cosas
00:25 Compartir apreciaciones
00:45 Trabajo en Grupo: Sucesos Históricos últimos 30 años
01:00 Socialización – Discusión Reflexiva
01:20 Las necesidades del ser humano
01:40 Satisfacción de Necesidades
02:00 Receso
02:30 Porqué y para qué una organización solidaria
03:00 Principios Valores y Fines de la Economía Solidaria
03:30 Marco Normativo General de la Economía Solidaria
04:00 Evaluación - Cierre
4.
5.
6.
7.
8. 1. Los mínimos necesarios para el consumo familiar y
personal: alimento, vivienda, recreación, vestuario,
etc.
2. El acceso a servicios esenciales: salud, transporte,
educación, agua potable, etc.
3. Las referidas a un puesto de trabajo debidamente
remunerado.
4. Necesidades cualitativas referidas a un entorno
saludable y humano, participación en la toma de
decisiones, libertades individuales, etc.
17. 1. Están formadas por seres humanos con necesidades
comunes
2. Son sin ánimo de lucro
3. Entre todos discuten, valoran y toman decisiones
4. Prevalece el bien general sobre el particular
5. Todos son aportantes es decir, participan, se
involucran en el crecimiento y desarrollo de la
organización
18. Yo creo que la gran diferencia de la empresa de
economía social, de la empresa tradicional está
antes de llegar al mercado. En por qué nace y cómo
se estructura. No está en el mercado
afortunadamente, porque la disciplina del mercado
nos obliga a buscar la mejora de la gestión, la
rentabilidad y la eficacia de nuestros procesos y la
calidad de nuestros productos.
Marcos de Castro Sanz.
Presidente de la Confederación Empresarial Española de Economía Social.
CEPES en representación de MONDRAGON
Es consejero del Consejo Económico y Social, CES
19. Lo específico de este tipo de empresas es que no nacen
de una expectativa de rentabilidad. No nacen de una
expectativa de generación de riqueza personal, sino de
generar riqueza colectiva. Nacen de una necesidad que
no tiene respuesta para unas determinadas personas o
para un territorio determinado. Siempre es una reacción
colectiva, no individual. Su sistema de toma de
decisiones depende de las personas y no de la estructura
de capital. Por esto se llaman “empresas de personas”,
porque sus decisiones dependen de las personas que
constituyen el proyecto empresarial.
Marcos de Castro Sanz.
Presidente de la Confederación Empresarial Española de Economía Social.
CEPES en representación de MONDRAGON
Es consejero del Consejo Económico y Social, CES
20. Las Economías alternativas son
alternativas porque se muestran
como una posibilidad distinta
frente a un esquema económico
impuesto e imperante, es decir,
no surgen del sistema, sino por el
sistema, o sea, se conforman a
partir de las consecuencias no
sólo económicas del sistema,
sino, y desde luego por las
consecuencias, sociales, políticas
y culturales.
21. La economía social es la alternativa que supera
los caducos modelos económicos de
concentración de riqueza tanto del mercado
como del Estado. La solidaridad laboral, la
democracia en la toma de decisiones, la
autonomía de gestión, propiedad real de los
medios de producción en cada uno de los
asociados, permite el armónico y equilibrado
desarrollo de la comunidad y de la nación.
DIPUTADO. LEONARDO MAGALLON ARCEO.
Presidente
Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social
Cámara de Diputados de México
22. …Los legisladores deben dar cauce a la
regulación de la economía social y solidaria y
atender así el crecimiento y desarrollo
sustentable, fundamentalmente a favor de los
grupos sociales de mayor marginalidad,
fomentando el comercio justo, el consumo
responsable, el desarrollo sustentable y la
solidaridad social mediante la cooperación, la
asociación libre y la participación en principios y
valores del sector social de la economía.
DIPUTADO. LEONARDO MAGALLON ARCEO.
Presidente
Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social
Cámara de Diputados de México
23. Los emprendimientos de Economía Social y Solidaria,
por naturaleza actúan no solo en la faz económica sino
que llevan consigo atributos que contribuyen a:
1. La transparencia de los sectores económicos en los
que actúan,
2. Profundizan la democracia porque la practican
internamente,
Daniel Rolando Bentancur Sosa.
(Sec. Técnico de la Reunión de Coop especializadas del Mercosur
MERCOSUR/RECM
24. 3. Operan en las comunidades con compromiso social y
eficacia empresarial vinculada al territorio,
4. Se constituyen como instrumentos redistribuidores de
riqueza,
5. Desarrollan las capacidades productivas a partir de
las riquezas y la producción nacional, defienden y
desarrollan las capacidades instaladas.
Daniel Rolando Bentancur Sosa.
(Sec. Técnico de la Reunión de Coop especializadas del Mercosur
MERCOSUR/RECM
25. Por ser “empresas de gente” practican la
defensa del desarrollo endógeno, es tan
sencillo como esto: las cooperativas
(particularmente) no se van, no emigran, no
desaparecen en función de la mayor
rentabilidad según el país, región o
continente. Acompañan los destinos del lugar
del cual “son parte” y no solo estàn
circunstancialmente instaladas”.
Daniel Rolando Bentancur Sosa.
(Sec. Técnico de la Reunión de Coop especializadas del Mercosur
MERCOSUR/RECM
27. NATURALEZA # ASOCIADOS EMPLEOS
COOPERATIVAS 4.088 5.823.347 247.594
FONDOS DE EMPLEADOS 1.713 1.015.087 5.115
ASOCIACIONES MUTUALES 207 187.587 4.356
TOTALES 6.008 7.026.021 257.065
Desempeño del sector cooperativo – 2014 - CONFECOOP
7- Dic/2015 CONFECOOP - FLASH 175 Cuatro cooperativas entre las 15
mejores empresas para trabajar en Colombia (Great Place to Work Institute
Colombia) – COOSALUD – ASEGURADORA SOLIDARIA – FINANCIERA COMULTRASAN
- COOPSERVIR
28. Para efectos de la presente Ley denomínase
ECONOMÍA SOLIDARIA al sistema socioeconómico,
cultural y ambiental conformado por el conjunto de
fuerzas sociales organizadas en formas asociativas
identificadas por prácticas autogestionarias solidarias,
democráticas y humanistas, sin ánimo de lucro para el
desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor
y fin de la economía.
29.
30. Principios de la economía solidaria definidos en la ley -
454/98 – Artículo 4
Principios del Cooperativismo
definidos por la ACI
El ser humano, su trabajo y mecanismos de cooperación,
tienen primacía sobre los medios de producción.
Membresía abierta y
voluntaria
Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda
mutua.
Control democrático de los
miembros
Administración democrática, participativa, autogestionaria
y emprendedora.
Participación económica de
los miembros
Adhesión voluntaria, responsable y abierta. Autonomía e independencia
Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de
producción.
Educación, formación e
información
Participación económica de los asociados, en justicia y
equidad.
Cooperación entre
cooperativas
Formación e información para sus miembros, de manera
permanente, oportuna y progresiva.
Compromiso con la
comunidad
Autonomía, autodeterminación y autogobierno.
Servicio a la comunidad.
Integración con otras organizaciones del mismo sector.
Promoción de la cultura ecológica.
31. La economía solidaria acoge los valores cooperativos, así:
Ayuda mutua, Responsabilidad, Democracia, Igualdad,
Equidad y Solidaridad. Siguiendo la tradición de sus
fundadores sus miembros creen en los valores éticos de
honestidad, transparencia, responsabilidad social y
preocupación por los demás.
32. 1. Promover el desarrollo integral del ser humano.
2. Generar prácticas que consoliden una corriente
vivencial de pensamiento solidario, crítico, creativo
y emprendedor como medio para alcanzar el
desarrollo y la paz de los pueblos.
3. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la
democracia participativa.
33. 4. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y
proyectos de desarrollo económico y social.
5. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la
formación, el trabajo, la propiedad, la información, la
gestión y distribución equitativa de beneficios sin
discriminación alguna.
34.
35. NORMA DESCRIPCIÓN
Ley 79 de 1988 Marco normativo del cooperativismo.
Decreto 1480 de
1989
Por el cual se reglamenta el funcionamiento de las
asociaciones mutuales.
Decreto 1481 de
1989
Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los fondos de
empleados.
Decreto 1482 de
1989
Por el cual se reglamenta el funcionamiento de las
Administradoras públicas cooperativas.
Decreto 468 de
1990
Por el cual se reglamenta el funcionamiento de las
cooperativas de trabajo asociado.
Ley 454 de 1998
Marco conceptual de la economía solidaria, se crea el
DANSOCIAL, la Superintendencia de la Economía Solidaria, el
FOGACOOP y se adoptan normas frente al cooperativismo
con actividad financiera.
36. NORMA DESCRIPCIÓN
Decreto 4588 de
2006
Por el cual se reglamenta el cooperativismo de trabajo
asociado, se deroga el decreto 468 de 1990.
Ley 1233 de 2008
Por el cual se reglamenta el pago de contribuciones
especiales y las compensaciones ordinarias y extraordinarias
de las cooperativas de trabajo asociado.
Ley 1391 de 2010
Por la cual se reforma el decreto 1481 de 1989, se amplía el
vínculo de asociación de los fondos de empleados y se crea
el fondo de desarrollo empresarial.
Circular básica
contable y
financiera 2008
Expedida por la superintendencia de la economía solidaria.
Se dan pautas frente al manejo contable y financiero de las
organizaciones solidarias, se establecen los rubros en los
cuales se pueden aplicar los fondos mutuales y otras.
Circular básica
jurídica 2015
Expedida por la superintendencia de la economía solidaria.
Se dan pautas para la aplicación de la normatividad vigente
frente al funcionamiento de las organizaciones solidaria,
vigiladas por esta superintendencia.