74 nuevas leyes físicas y advanced ligo by the numbers
14 estado actual de la tecnología de las estructuras y del derecho sobre los conocimientos científicos en la unión europea
1. ESTADO ACTUAL DE LA TECNOLOGÍA DE LAS ESTRUCTURAS y del DERECHO
SOBRE LOS CONOCIMIENTOS CIENTÍFICOS EN LA UNIÓN EUROPEA
A partir de la demostración de las dos nuevas leyes físicas, la elasticidad se puede definir como “la cualidad que tienen
los cuerpos o estructuras de manifestar sus propiedades mecánicas, tanto en situación de reposo como en movimiento”.
En el campo de la Física Mecánica aplicada a las estructuras, el gran objetivo de las ingenierías ha sido la obtención de
la medida exacta de la mencionada elasticidad. Con este fin se han desarrollado el SHM (Structural Health Monitoring) y
el MEF (Método de los Elementos Finitos).
De forma simplificada, el SHM es esencialmente un sistema de I+D basado en la investigación y desarrollo para la
obtención de medidas de la elasticidad. Las medidas obtenidas por el SHM se caracterizan por ser puntuales e indirectas
y por lo tanto inexactas. Estas inexactas medidas son las que utiliza el MEF para la obtención de sus cálculos
aproximados, los cuales a su vez nos dan como resultados las conocidas simulaciones. Para que se entienda de forma
clara lo expuesto se expone la siguiente analogía: si yo realizo la simulación de un billete de X Euros/Dollars, dicho
billete oficialmente carecería de absoluto valor; por lo tanto y análogamente, tanto el SHM como el MEF carecen de toda
validez científica oficial por inexactos, al basarse en simulaciones de la elasticidad en las estructuras.
A continuación se explica de forma simple el fundamento del MEF, tomando como referencia el siguiente texto de la
célebre y popular Wikipedia (Aeroelasticidad) a efectos de evitar cualquier incredulidad respecto a lo afirmado. Según
Wikipedia: “La aeroelasticidad no sólo involucra las cargas aerodinámicas externas y la forma en la que cambian, sino
también la estructura, la amortización y las características de la masa de la aeronave. La predicción consiste en hacer un
modelo matemático de la aeronave como una serie de masas conectadas por resortes y amortiguadores que se
sintonizan para representar las características dinámicas de la estructura del avión. El modelo también incluye los
detalles de las fuerzas aerodinámicas aplicadas y como varían éstas”.
Las soluciones obtenida por el
MEF son sólo aproximadas: “El
MEF permite obtener una
solución numérica aproximada
sobre un cuerpo, estructura o
dominio (medio continuo)”.
El MEF se basa en la
predicción de la aeroelasticidad
según cargas ficticias
representadas por los resortes
y/o amortiguadores de la figura.
Dichos resortes y
amortiguadores se encuentran
unidos por los nodos, y todo el
conjunto forma una red
denominada malla.
A los resortes y/o
amortiguadores se les
denomina retículos y cada
retículo es un "elemento finito."
En resumen: en el campo de
las ciencias exactas las
aproximaciones, predicciones y
simulaciones no tienen cabida.
EJEMPLOS de MALLAS SIMPLES
= NODOS
= TENSIONES
RETÍCULOS
(resortes y
amortiguadores
How to Simulate a Model Using Finite Element Method
WikiHow
2. Las medidas utilizadas por el MEF suelen basarse en las tensiones obtenidas por las galgas extensiométricas (ó
extensométricas). Dichas tensiones a su vez se basan en la Ley de Hooke según formula que se expresa a continuación:
Ley de la Elasticidad de Hooke: el alargamiento que experimenta un material elástico es directamente proporcional a la fuerza aplicada F.
= alargamiento
L = longitud original
E = módulo de Young
A = sección transversal de la pieza estirada
Dichas tensiones o fuerzas deben estar perfectamente centradas ó ser exactamente axiales, puesto que de lo contrario
se produciría un momento flector ó flexor, el cual originaría la flexión ó pandeo del material. Dos típicos ejemplos
prácticos de la Ley de Hooke (según figuras siguientes) serían los dinamómetros y las probetas de ensayo, como
instrumentos de medida del peso y de las propiedades mecánicas de un material.
AXIAL FORCE
NONAXIAL FORCE
PANDEO
PCE Ibérica S.L.
Probeta - Wikimedia
En los casos concretos de las estructuras de las aeronaves o buques, estas fuerzas (sean centradas ó no, axiales ó no)
son prácticamente inexistentes, produciéndose en cambio los momentos ó fuerzas “flexoras” que dan lugar a las
flexiones y torsiones; por lo que las medidas de las tensiones obtenidas no cumplen con dicha Ley de Hooke, y por lo
tanto sus medidas son erróneas ó indirectas, puesto que no se ajustan a ninguna otra ley física. En las figuras siguientes
las flechas en amarillo indican las formas de las tensiones producidas. En el caso de las flexiones las fuerzas o tensiones
son paralelas a la fibra neutra, y en el caso de las torsiones las tensiones giran alrededor de dicha fibra neutra.
TORSIÓN
FLEXIÓN
compresión
PCE Ibérica
S.L.
fibra neutra
fibra neutra
tracción
Por todas estas razones (y otras más), es por lo que nunca ha existido ningún método ni sensores reconocidos
oficialmente por ninguna agencia de seguridad del transporte (EASA, FAA, EMSA, MARAD…..), sociedades de
clasificación (B. Veritas, Lloyd’s, ABS,……), aseguradoras, ni ninguna otra entidad del tipo que fuera.
Esto quiere decir que las certificaciones actuales de las estructuras deberían revisarse y corregirse, a la vez que
garantizarse la seguridad de las mismas según aplicación del SEMS (Nuevas Leyes Físicas), sobretodo en aquellas
estructuras dedicadas al transporte de pasajeros de acuerdo con las estrictas normas de seguridad que las regulan.
De igual manera, todos los planes de estudios de las ingenierías de las estructuras y carreras afines ó colaterales
también deberían actualizarse cuanto antes, puesto que de lo contrario los títulos de las mismas oficialmente carecerían
de valor académico alguno, al igual que sucedería con los estudios de secundaria en la rama de ciencias. En el caso de
los masters, doctorados y cursos de todo tipo relativos a las estructuras, la inutilidad de estos sería total.
Debo expresar que soy nacido y residente en Las Palmas de Gran Canaria, Región Ultra-Periférica de la Unión Europea
perteneciente a España, y por lo tanto, soy ciudadano europeo.
Como tal ciudadano que soy, entiendo que ante la UE tengo mis deberes y derechos entre los que figuran:
El deber de ser leal a dicha UE cumpliendo con las Leyes y Normas que la rigen.
Y el derecho a que esa lealtad se me corresponda, mediante el reconocimiento del resto de los derechos que se
me atribuyen como ciudadano europeo que soy.
3. De acuerdo con las Leyes Internacionales basadas en los Derechos Humanos (Naciones Unidas) y de las Normas y
Leyes que rigen en la Unión Europea, se entiende que es esta última (UE) la que tiene el deber u obligación de asumir el
reconocimiento ó no de las dos Nuevas Leyes Físicas aludidas.
Por los derechos de autor que poseo sobre dichas leyes, se entiende que ninguna nación ajena a la UE puede hacer uso
de los mismos mediante ningún tipo de reconocimiento, puesto que se entendería como una injerencia en los asuntos
internos y/o leyes que rigen a dicha Unión Europea.
Por su origen, dichas leyes físicas serían patrimonio cultural y económico de la UE, por lo tanto es esta la que tiene la
obligación de velar por el derecho de todos los ciudadanos europeos a disfrutar de los beneficios de todo conocimiento
científico. Derecho que se hace extensible a todos los ciudadanos del mundo según el Artículo 27 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos:
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y
a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón
de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
En consecuencia, me dirijo públicamente a las dos principales instituciones que rigen a la Unión Europea, para que estas
velen por los derechos de todos los ciudadanos europeos, incluida mi persona.
Instituciones a las que me dirijo mediante esta publicación:
Parlamento Europeo
Consejo Europeo (Corte Europea de Derechos Humanos)
Miguel Cabral Martín