1. LA CRISIS DEL ANTIGUO
RÉGIMEN (1788-1833)
LIBERALISMO FRENTE A ABSOLUTISMO
2. ANTECEDENTES Y CAUSAS. BANDOS
EN CONFLICTO Y FINAL DE LA GUERRA
5.1. LA GUERRA DE LA
INDEPENDENCIA:
3. ANTECEDENTES DE LA GUERRA DE
LA INDEPENDENCIA
Carlos IV (1788-1808). Crisis del Antiguo Régimen:
Crisis económica y de la Hacienda: bancarrota y
desamortización.
Influencia de la revolución Francesa:
Freno a la política ilustrada
Cambio de alianzas. Alianza con Reino Unido contra Francia hasta
1795. Luego vuelta a alianza con Francia: Trafalgar.
El tratado de Fontainebleau (1807)
Política de Godoy: debilita el poder e imagen del Rey.
Oposición al régimen encabezada por Príncipe de Asturias: el
Proceso de El Escorial .El Motín de Aranjuez.
Bayona: Carlos IV y Fernando VII abdican en José I
Motín popular en Madrid (2 de mayo). Extensión por todo el país.
Formación de Juntas.
Inicio de la Guerra de Independencia.
4. Texto: El Tratado de Fontainebleau
“Art. 1º. La provincia de Entre-Duero y Miño con la ciudad de Oporto se dará en toda propiedad y
soberanía de S.M. el rey de Etruria con el título de Rey de la Lusitania Septentrional.
Art.2º. La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes, se darán en toda propiedad y soberanía al
Príncipe de la Paz, para que las disfrute con el título de Príncipe de los Algarbes.
…] Art. 11º. S.M. el emperador de los franceses sale garante a S.M. el rey de España de la posesión de
sus estados del continente de Europa situados a mediodía de los Pirineos.
Convención secreta anexa
Art. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y de tres mil
hombres de caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa: se reunirá a este cuerpo
otro de ocho mil hombres de infantería y de tres mil de caballería de tropas españolas con treinta piezas
de artillería.
Art. II. Al mismo tiempo una división de tropas españolas de diez mil hombres tomará posesión de la
provincia de Entre Miño y Duero y de la ciudad de Oporto; y otra división de seis mil hombres,
compuesta igualmente de tropas españolas tomará posesión de la provincia de Alentejo y del reino de
los Algarbes.
Art.III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España, y sus sueldos pagados por la
Francia durante todo el tiempo de su tránsito por España.
…] Art. VI. Un nuevo cuerpo de cuarenta mil hombres de tropas francesas se reunirán en Bayona, a más
tardar el 20 de noviembre próximo …]. Este nuevo cuerpo no entrará sin embargo en España, hasta que
las dos Altas Potencias contratantes se hayan puesto de acuerdo a este efecto.
…] Hecho de Fontainebleau, a 27de octubre de 1807. Duroc-Izquierdo”
5. Texto: Las abdicaciones de Bayona
De Fernando VII en Carlos IV.
Mi venerado padre y señor: Para dar a Vuestra Majestad una prueba de mi amor, de mi
obediencia y de mi sumisión, y para acceder a los deseos que Vuestra Majestad me ha
manifestado reiteradas veces, renuncio mi corona en favor de Vuestra Majestad, deseando que
Vuestra Majestad pueda gozarla por muchos años. Recomiendo a Vuestra Majestad las
personas que me han servido desde el 19 de marzo.
De Carlos IV en Napoleón Bonaparte.
Su Majestad el rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad de sus
vasallos, constante en la idea de que todos los actos de un soberano deben únicamente dirigirse
a este fin [...] ha resuelto ceder, como cede por el presente, todos sus derechos al trono de
España y de las Indias a Su Majestad el emperador Napoleón, como el único que, en el estado a
que han llegado las cosas, puede restablecer el orden; entendiéndose que dicha cesión sólo ha
de tener efecto para hacer gozar a sus vasallos de las condiciones siguientes:
1º. La integridad del reino será mantenida: el príncipe que el emperador Napoleón juzgue debe
colocar en el trono de España será independiente y los límites de la España no sufrirán
alteración alguna.
2º. La religión católica, apostólica y romana será la única en España. No se tolerará en su
territorio religión alguna reformada y mucho menos infiel, según el uso establecido actualmente.
7. Texto: El dos de mayo en Móstoles
Señores justicias de los pueblos a quienes se presentare este oficio, de mi el
alcalde ordinario de la villa de Móstoles.
Es notorio que los franceses apostados en las cercanías de Madrid, y dentro de la
Corte, han tomado la ofensa sobre este pueblo capital y las tropas españolas;
por manera que en Madrid esta corriendo a estas horas mucha sangre. Somos
españoles y es necesario que muramos por el rey y por la patria, armándonos
contra unos pérfidos que, so color de amistad y alianza, nos quieren imponer un
pesado yugo, después de haberse apoderado de la augusta persona del rey.
Procedan vuestras mercedes, pues, a tomar las mas activas providencias para
escarmentar tal perfidia, acudiendo al socorro de Madrid y demás pueblos, y
alistándonos, pues no hay fuerza que prevalezca contra quien es leal y valiente,
como los españoles lo son.
Dios guarde a vuestras mercedes muchos años.
Móstoles, dos de Mayo de mil ochocientos ocho.
Andrés Torrejón
Simón Hernández
8. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA
Bandos de la guerra:
Conflicto internacional: intervienen España contra
Francia. España, apoyada por Portugal y Reino
Unido.
Guerra civil: afrancesados contra patriotas.
Crisis política. Se improvisa poder alternativo.
Fases de la guerra:
Mayo-octubre de 1808.Bailén.
Octubre de 1808-julio 1812. Hegemonía militar
francesa. Guerrillas. Sitios de Zaragoza, Gerona y
Cádiz.
Julio 1812-1814. Ofensiva de los aliados: Arapiles,
Vitoria y San Marcial. Tratado de Valençay.
9. La guerra vista por Goya
La carga de los mamelucos Los fusilamientos del 3 de mayo
12. Introducción
Contexto histórico: Guerra de la Independencia
(1808-14).
Supone el inicio de la revolución liberal: dos
vías:
Reformismo de José I: Estatuto de Bayona: carta
otorgada, reformismo moderado y régimen autoritario.
Liberalismo español.
Creación deJuntas. Junta Suprema Central en Aranjuez.
Convocatoria a Cortes en 1810.
Consejo de Regencia en 1810. General Castaños.
Dimite ante las Cortes.
13. LAS CORTES DE CÁDIZ
Novedad: una sola
asamblea.
Grupos políticos:
Izquierda: liberales.
Son los triunfadores.
Centro: Jovellanistas:
compromiso entre
nación y Rey.
Derecha: absolutistas.
Sistema tradicional.
14. LA CONSTITUCIÓN DE 1812
Principios:
Soberanía Nacional
Monarquía moderada
División de poderes:
Legislativo: Cortes unicamerales.
Ejecutivo: Rey
Judicial: Tribunales.
Derechos individuales: no se explicitan.
Catolicismo: religión oficial del Estado.
Sufragio universal masculino indirecto
Milicia Nacional
15. La labor legislativa de las Cortes
Medidas sociales y económicas:
Supresión del régimen señorial.
Nueva desamortización.
Supresión de la Inquisición
Supresión de aduanas internas y gremios.
Será el programa de los liberales durante
décadas.
16. LIBERALISMO FRENTE A ABSOLUTISMO.
EL PROCESO DE INDEPENDENCIA DE
LAS COLONIAS AMERICANAS
5.3. EL REINADO DE
FERNANDO VII.
17. EL REINADO DE FERNANDO VII
1ª Restauración . 1814-20.
Anula todas las reformas aprobadas por las Cortes.
Restablece las instituciones de 1808.
Problemas:
Inestabilidad del gobierno. Camarilla
Crisis económica agravada por la independencia de las
colonias.
Oposición liberal: conspiración y sociedades secretas.
Pronunciamientos. Rafael del Riego en 1820
18. Desde que la Divina Providencia, por medio de la renuncia espontánea y solemne de mi Augusto Padre, me puso
en el Trono de mis mayores, del cual ya me tenía jurado sucesor el Reino por medio de sus Procuradores juntos
en Cortes (...).
Mis primeras manifestaciones se dirigieron a la restitución de varios Magistrados y otras personas que
arbitrariamente se había separado de sus destinos, pues la dura situación de las cosas y la perfidia de Bonaparte,
de cuyos crueles efectos quise, pasando a Bayona, preservar a mis pueblos, apenas dieron lugar a más.
Reunida allí la Real Familia, se cometió en toda ella, y señaladamente en mi persona, un atroz atentado (...),
violentando en lo más alto el sagrado derecho de gentes, fui privado de mi libertad, y lo fui, de hecho, del
Gobierno, de mis Reinos, y trasladado a un palacio con mis muy amados hermanos y tío, sirviéndonos de
decorosa prisión, casi por espacio de seis años, aquélla estancia (...).
Con esto quedó todo a la disposición de las Cortes, las cuales en el mismo día de su instalación (...) me
despojaron de la soberanía (...) atribuyéndola a la Nación, para apropiársela así ellos mismos, y dar a ésta (...)
una Constitución que (...) ellos mismos sancionaron y publicaron en 1812.
Este primer atentado contra las prerrogativas del trono (...) fue como la base de los muchos que a éste siguieron
(...); se sancionaron, no leyes fundamentales de una Monarquía moderada, sino las de un Gobierno popular (...).
De todo esto, luego que entré dichosamente en mi reinado, fui adquiriendo fiel noticia y conocimiento (...). Yo os
juro y prometo a vosotros, verdaderos y leales españoles que habéis sufrido, no quedaréis defraudados en
vuestros nobles empeños (...).
Por tanto, habiendo oído lo que (...) me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y los
que acerca de cuanto aquí se contiene me ha expuesto en representaciones que de varias partes del Reino se me
han dirigido, (...) declaro que mi Real ánimo es, no solamente no jurar ni acceder a dicha Constitución, ni a
decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias ni de las ordinarias actualmente abiertas (...), sino el de
declarar aquella Constitución y aquellos decretos nulos y de ningún valor ni efecto, (...) como si no hubiesen
pasado jamás tales actos y se quitasen de en medio del tiempo, y sin obligación en mis pueblos y súbditos de
cualquier clase y condición a cumplirlos y guardarlos.
Dado en Valencia a 4 de Mayo 1814. - Yo el Rey.
20. EL TRIENIO CONSTITUCIONAL
(1820-23)
Tras el golpe de Estado, Fernando VII promete jurar la
Constitución y aplicar las reformas.
Programa de Gobierno:
Supresión definitiva de la Inquisición y feudalismo.
Reducción de número de monasterios y órdenes religiosas.
Reglamento General de Instrucción Pública, primer Código
Penal, división territorio español.
División del liberalismo: moderados y exaltados.
Opinión pública: sociedades patrióticas, prensa…
Oposición al régimen: Rey, elites, clero y campesinado.
Intervención extranjera: Cien Mil Hijos de San Luis.
21. Reacción absolutista. (1823-33)
Vuelta a instituciones del Antiguo Régimen.
Reformismo moderado.
Reformas: Presupuestos generales del
estado.
Represión contra los liberales.
Problema sucesorio:
Nace Isabel. Pragmática Sanción.
Aparición del carlismo: realistas exaltados
22.
23. LA EMANCIPACIÓN DE LA AMÉRICA
ESPAÑOLA
Causas:
Descontento de criollos: discriminación frente a
peninsulares.
Descontento de indígenas.
Influencia de la independencia de Estados
Unidos y Revolución Francesa.
Inestabilidad de la metrópoli: Guerra de la
Independencia.
24. Fases
de la independencia
Virreinato del Río de la Plata:
Paraguay en1811 y Argentina en 1816
San Martín vence en Chacabuco. Chile.
Virreinato de Nueva Granada:
Bolivar independiza Colombia, Venezuela y Ecuador. Proyecta la Gran
Colombia.
Virreinato del Perú:
Centro contrarrevolucionario. Independiente tas acción de Bolivar y San
Martín. Ayacucho.
Virreinato de Nueva España:
Revueltas sociales sofocadas (Hidalgo y Morelos)
Iturbide, criollo proclama independencia de México.Luego se separa las
Provincias Unidas de América central.
25. Consecuencias
Para España:
Sólo le quedan Cuba, Puerto Rico y Filipinas.
Pierde su mercado exterior.
Pasa a ser potencia de segundo orden.
Para América:
Nacen 15 repúblicas: regímenes liberales y
caudillistas.
Predominio político, social y económico criollo.
Marginación de indios, mestizos y negros.
Entran en la órbita de Estados Unidos
26. MAPA DE LA INDEPENDENCIA ENTREVISTA DE
GUAYAQUIL
27. Declaración de independencia de Venezuela
“En el nombre de Dios todopoderoso. Nosotros, los representantes de las
provincias unidas de Caracas, Cumaná, Margarita, Barcelona, Mérida y
Trujillo, que forman la Confederación americana de Venezuela en el
continente meridional, y considerando la plena y absoluta posesión de
nuestros derechos, que recobramos justo y legítimamente desde el 19 de
abril de 1 810 en consecuencia de la jornada de Bayona, y la ocupación
del trono español por la conquista y sucesión de otra nueva dinastía
constituida sin nuestro consentimiento: queremos, antes de usar de los
derechos de que nos tuvo privados la fuerza por más de tres siglos, y nos
ha restituido el orden político de los acontecimientos humanos, patentizar
al Universo las razones, que han emanado de estos acontecimientos, y
autorizar el libre uso que vamos a hacer de nuestra soberanía".