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Diplomado en
Agroexportaciones
Mischel Gary Lindo Matos
mlindom@adexperu.edu.pe
Compra venta
internacional
• Acuerdo de voluntades, mediante el cual una parte (vendedor) se
obliga a trasmitir una cosa a la otra parte (comprador) a cambio de
que éste se obligue al pago (precio).
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 2
•El Contrato de Compra Venta Internacional es la figura típica del comercio
Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y la
exportación, y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre
partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una
mercancía lícita que debe pasar por Aduanas.
•Se caracteriza por que la tradición de la mercancías se da del territorio de un
Estado al territorio de otro, que pacten desde Estados Diferentes, o, que la
tradición se ejecute en territorio distinto de aquel de donde surgió la obligación.
•Es el contrato más importante por su función económica, es el instrumento jurídico
y económico más idóneo y frecuente para la circulación de los bienes, desde
sus productores, generalmente a través de intermediarios.
•La compraventa internacional da origen a contratos accesorios que posibilitan
su realización o que aseguran a las partes contratantes
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 3
CONTRATO
DE COMPRA
VENTA
INTERNACI
ONAL DE
MERCANCÍA
S
CONTRATO DE
TRANSPORTE
CONTRATO DE
SERVICIOS
DIVERSOS
(DESPACHO
ADUANERO,
SUPERVISION
ES, ETC
CONTRATOS
BANCARIOS
CONTRATO
DE SEGURO
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
COMPRA VENTA
CONTRATO PRINCIPAL
COMPRADOR
VENDEDOR
TRANSPORTE SEGURO ALMACENAM.
CONTRATOS ACCESORIOS
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 4
• Con la finalidad de simplificar las normas que faciliten el
comercio internacional, la Comisión de las Naciones Unidas
para el Derecho Mercantil Internacional-CONUDI
(UNCITRAL) elaboró la “Convención de las Naciones
Unidas sobre los Contratos de Compra Venta
Internacional de Mercaderías”, adoptada en Viena el 11 de
Abril de 1980, en vigor desde el 1 de enero de 1988.
• En armonía con lo dispuesto por la Ley Nº 26647 que
establece las normas relativas al perfeccionamiento
nacional de los tratados celebrados por el Estado,
mediante el Decreto Supremo Nº 011-99-RE del 18 de
febrero de 1999 se ha aprobado la adhesión del Perú, con
vigencia a partir del 01 de abril del 2000.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 5
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
LOS USOS Y COSTUMBRES MERCANTILES:
• Convención de Viena de 1980 sobre Compraventa
Internacional de Mercaderías
• Incoterms - riesgos y momento de la entrega de la
mercancía, costos y documentos.
• Reglas relativas a la cobranza (publicación 522 CCI).
• Reglas y usos uniformes relativos al crédito
documentario (publicación 600 CCI).
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LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 7
• (vendedor), quien emite la factura comercial y puede ser: Un
fabricante (vende por él mismo), un distribuidor (Revende en
base a un contrato de provisión con el fabricante), un
comerciante (acopia y vende sin contrato de provisión con el
fabricante), un comisionista que factura (vende en nombre
propio en virtud a un contrato de comisión con el fabricante)
y un franquiciado (con derecho a la explotación de un
contrato de franquicia para comercializar determinado
producto).
El
Exportador
• (comprador), quien para el mismo efecto debe declarar la
condición de su vendedor, por ejemplo si es fabricante,
distribuidor, comerciante o comisionista que factura. El
importador, según los formularios aduaneros, puede ser: un
fabricante (importa para consumo industrial), un mayorista
(importa volúmenes considerables con frecuencia); un
minorista (importa poco volumen con frecuencia), un
detallista (importa para revender por unidad al detalle), un
usuario (importa para su propio uso.
El
Importador
Operadores directos
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Son Operadores Indirectos
Aquellos operadores intermediarios que facilitan el acceso a un determinado mercado del exterior y que
puede asegurar mejores condiciones de eficacia, durabilidad, rentabilidad, presencia del producto y de
la marca en dicho mercado. Actúan en virtud de un contrato de intermediación comercial (Brokers o
Corredores, Comisionistas, Agencias Comerciales y Sucursales).
 Broker, es el que actúa en mérito a un contrato de corretaje o mediación por el cual pone en
contacto al comprador con el vendedor a quienes les vende información comercial cobrándoles la
comisión pactada.
 Comisionista, es el que actúa en mérito a un contrato de comisión celebrado con una de las
partes, por el cual participa por cuenta del comitente. Es decir, participa por cuenta de quien lo contrata
cobrándole la comisión pactada sin ser representante legal. El Comisionista puede ser de venta (coloca
pedidos) o de compra (comisionista para una sola transacción).
 Agente Comercial, es el que actúa en mérito a un contrato de agencia suscrito con el vendedor,
por el cual puede colocar pedidos (intermediario) o vender de stock por su cuenta y riesgo, estando
facultado para prestar servicios de posventa. Los agentes se distinguen según las características y
alcances de las operaciones de representación.
 Sucursal, es la empresa que actúa vinculada financieramente con su matriz, quien tiene acciones en
la sucursal y le dicta la política a seguir
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 8
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Otros Operadores : participan en la
ejecución de contrato:
•BANCO
•TRANSPORTE
•EMPRESAS DE SEGURO
•ALMACENES
•AGENTES DE ADUANA, etc.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 9
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
LA
INICIACION
LA
NEGOCIACION
VENDEDOR
EL
CONTRATO
LA
ADMINISTRACIÓN
COMPRADOR
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 10
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
INICIACIÓN
• Usualmente se inicia
con un pedido de
cotización
• Se solicita
información sobre
las condiciones
comerciales
• También se puede
dar a través de una
oferta que realice el
vendedor
LA NEGOCIACIÓN
• A través de la oferta
del vendedor que da
respuesta al pedido
de cotización
• El comprador puede
hacer una contra
oferta
EL CONTRATO O
PERFECIONAMIENTO
• Se da mediante la
orden de compra o
nota de pedido
• Se pone en
conocimiento del
vendedor la
aceptación de la
oferta.
LA ADMINISTRACIÓN
O IMPLEMENTACIÓN
• Se expiden
documentos
financieros y/o
comerciales
• Participan otros
operadores, que
hacen posible la
ejecución del
contrato (trasporte,
almacén, agencias,
banco),
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 11
Fases Operativas
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
PERFECCIONAMIEMTO DEL CONTRATO DE
COMPRAVENTA INTERNACIONAL
PRODUCTO
CANTIDAD
PRECIO
ACEPTACIÓN
ORDEN DE COMPRA
OFERTA
COTIZACIÓN
PERÚ
VENDEDOR
ITALIA
COMPRADOR
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 12
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
1. Información del Comprador y Vendedor
2. Descripción de la mercancía (al detalle)
3. El precio (Incoterm)
4. Condiciones de pago
5. Plazo de entrega
6. Lugar de entrega
7. Contratación de transporte y seguro
8. Trámite aduanero de exportación e importación
9. Embalajes
10. Legislaciones y jurisdicción aplicable
11. Fijación de daños y perjuicios
12. Entrega de documentos
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 13
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
El Contrato de
Compra Venta Internacional
CONTRATO
1. ¿COMO ENTREGAR / RECIBIR LAS
MERCANCIAS?
2. ¿COMO COBRAR / PAGAR EL VALOR
DE LAS MERCANCIAS?
4. ¿COMO CUBRIR LOS RIESGOS A
LOS QUE EVENTUALMENTE SE
ENCUENTRAN EXPUESTAS LAS
MERCANCIAS?
3. ¿COMO TRASLADAR LAS
MERCANCIAS DESDE EL LUGAR DE
ORIGEN HASTA EL LUGAR DE
DESTINO?
VENDEDOR
COMPRADOR
Abog. Mischel Gary Lindo Matos
14
Convención de las NN.UU. sobre los Contratos de
Compraventa Internacional de Mercaderías
(Convención de Viena de 1980).
La Convención está referida a mercancías, es decir a la
compraventa internacional de bienes entre partes que
tengan sus establecimientos en estado diferente, sin tener
en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el carácter civil
o comercial del contrato. No regula la transferencia de
servicios.
Tampoco se aplica a las compraventas de mercaderías para
uso personal, familiar o doméstico, en subastas, judiciales,
de valores mobiliarios, títulos o efectos de comercio y
dinero, de buques embarcaciones aerodeslizadores y
aeronaves y de electricidad.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 15
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
ASPECTOS IMPORTANTES DEL CONVENCION DE VIENA
•Ámbito de aplicación.-
La Convención se aplica a los contratos de compra -venta de mercaderías
entre partes que tengan sus establecimientos o centros de operaciones en
Estados diferentes o que se encuentren en países distintos, regulando
exclusivamente sobre la formación del contrato y los derechos
y obligaciones del comprador y del vendedor. No regula respecto
de la validez del contrato ni de ninguna de sus estipulaciones, consagrando la
preponderancia del acuerdo de voluntades que puede excluir la aplicación de
las reglas o establecer excepciones o modificar sus efectos.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 16
•Interpretación.-
El principio que debe guiar la interpretación de la
Convención es su carácter internacional y la necesidad
de promover la uniformidad de su aplicación y de
asegurar la observancia de la buena fe en el comercio
internacional, debiendo las declaraciones y otros
derivados de los contratos interpretarse de
conformidad con la intención de las partes.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 17
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Forma del contrato .-
La Convención consagra la regla general de que el
contrato de compraventa internacional no está sujeto
a ningún requisito formal, dejando a salvo el caso de
contratantes cuyos países al adherirse a la Convención
hayan declarado que se deben hacer “por escrito”,
comprendiéndose en esta expresión al telegrama y al
télex.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 18
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Perfeccionamiento del contrato .-
La Convención en su Parte II – Formación del Contrato, artículos 14 al 24,
regula lo concerniente a la Oferta, la revocación de la oferta por el oferente, la
Aceptación, el retiro de la aceptación por el destinatario y el perfeccionamiento
del contrato.
La Oferta puede ser revocada hasta antes que el destinatario haya enviado la
aceptación y la Aceptación puede ser retirada hasta antes que llegue al
oferente.
El contrato se perfecciona cuando el oferente hizo la Oferta y el destinatario
la acepta. La aceptación debe ser expresa e indicar el asentimiento a la oferta,
sea por una declaración o un acto del destinatario que surtirá efecto desde el
momento que llegue al oferente. Si la respuesta a la oferta contiene adiciones,
limitaciones o modificaciones se considera como un rechazo de la oferta y
constituirá, a su vez, una contraoferta.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 19
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Obligaciones generales
Del vendedor:
•De entregar las mercaderías al comprador
•Entregar los documentos acreditados de las
mercaderías al comprador
•Transferir al propiedad de las mercaderías al
comprador
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 20
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 21
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Obligaciones generales
Del comprador:
•Pagar el precio de las mercaderías
•Recibir las mercaderías
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 22
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 23
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
• En caso de incumplimiento por el comprador, el
vendedor podrá:
• Ejercer la acción de incumplimiento, vale decir exigir
al comprador que pague el precio o reciba las
mercaderías o documentos.
• Declarar resuelto el contrato, y
• Exigir, en ambos casos, la indemnización de los
daños y perjuicios.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 24
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Obligaciones Comunes del comprador y vendedor
•Conservar las mercaderías
•Obligación de abonar intereses por las sumas
adeudadas.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 25
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Trasmisión del Riesgo
• Es fundamental el punto de entrega de la mercancía, pues
el riesgo por pérdidas y daños se traspasa en el mismo
momento en que se transfieren las mercancías, bajo el
principio “res perit domino” (la cosa se pierde para su
dueño).
• La Convención señala como regla básica, que la pérdida o
el deterioro de la mercancía sobrevenido después de la
transmisión del riesgo al comprador, no libera a este de su
obligación de pagar el precio, a menos que se deban aun
acto u omisión del vendedor .
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 26
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Cuando la compraventa es con transporte de las
mercancías, el vendedor está obligado a
entregárselas al porteador o transportista. Si es sin
transporte tendrá que entregarla en el lugar
convenido (fabricación, producción, operatividad)
trasladándose el riesgo cuando las mercancías se
ponen a disposición del comprador en el lugar
convenido y en la fecha de entrega, con
conocimiento de éste. Si se conviene una fecha para
la entrega, el riesgo no se transfiere inmediatamente
poniendo a disposición las mercancías en una fecha
más temprana.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 27
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Caso fortuito y fuerza mayor.-
La Convención en su artículo 79 establece el principio de
culpabilidad en el incumplimiento de las obligaciones como
causal de responsabilidad. De modo que una parte no es
responsable si prueba que el incumplimiento es ajeno a su
voluntad, pero tiene la obligación de notificar a la otra parte la
existencia del impedimento y sus efectos. El artículo 80
consagra la excepción “non adimpleti contractus”, al disponer
que una parte no podrá invocar el incumplimiento de la otra
parte en la medida que tal incumplimiento haya sido causado
por acción u omisión de aquella.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 28
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
•Efectos de la resolución del contrato .-
El primer efecto de la resolución es que ambas partes puedan
liberadas de las obligaciones emergentes del contrato, salvo la
indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida.
Resuelto el contrato, el vendedor, si estuviera obligado a
restituir el precio, deberá abonar también los intereses a
partir de la fecha en que se haya efectuado el pago. A su vez,
el comprador, si estuviera obligado a restituir las mercancías,
deberá pagar al vendedor el importe de todos los beneficios
que haya obtenido de dichas mercancías.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 29
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Conflictos: La escalera decisional
CONFLICTO
(DE LAS PARTES)
Negociación
(partes)
Mediación
(3° Asistente)
Conciliación
(3° Asistente Derecho)
Arbitraje
(laudo del arbitro)
JUICIO
(SENTENCIA
DEL JUEZ)
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 30
Modelo de un
Contrato de
Compra Venta
Internacional
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 31
Seller
NITRORUMANIA S.A.
1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania
Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111
Invoice No 04975 - Date : April 30, 2012
Buyer
ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE
C.V. – MÉXICO
Tel +3793 0380 Fax + 3793 0387
Country of Origin
Romania - Fagaras
Country of final destination
Mexico
Denomination AMOPOR
Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade
Specifications As per Annex 1
Quality To be approved by SGS or Romcontrol
Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2
Quantity 3’700 MT Port of loading
Constantza – Romania
Black Sea
Port of Discharge
Puerto Manzanillo - Mexico 3’000 MT
Puerto Progresso - Mexico 700 MT
Unit
Metric Ton
USD Unit Price
185, 00
FOB Stowed
as per Incoterms 2010
Sub Total
684’500,00
USD Six Hundred Eighty Four Thousand
and Five Hundred
Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract
Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 1’200 MT in port
and
1’200 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 1’300
MT in
factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30
days, then
only storage of the 1’200 MT in port will be requested, as per Port Tariff.
Surveillance by SGS or Romcontrol
- On arrival of each lot to port Quality and Quantity control
- On loading to vessel for quantity control
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 32
Shipment and Loading conditions
-FOB STOWED Incoterms 2000
-1’200 MT / DAY SHEX FEX
-All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions
-Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE
C.V. – MEXICO
within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 1,200 MT
to port and respective confirmation of Port Authorities in Constantza; in addition to a clear document by SGS /
Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract terms .
Terms of Payment - L / C Irrevocable and Confirmed
-Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol) control report.
-All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by Dyno Nobel Mexico due a now show (ASA
ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. –MEXICO)
REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the Letter of Credit will be payable
unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port Notification,
supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 1’850 MT are in port and 1’850 MT are in
factory warehouse.
Documents to be enclosed:
-Commercial Invoice (2) - original
-Certificate of Origin (2) - original
-Packing list (2) - original
-SGS (or Romcontrol) control report (2) - original
-Original Bills of Lading (3) – original
Other
-Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export
and Import Licenses
-Arbitration by London Chamber of Commerce
-Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading
Place and Date of Issue Signature
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 33
Seller
NITRORUMANIA S.A.
1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania
Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111
Invoice No 3202 Date : April 30, 2012
Buyer
TDM COLOMBIA
Country of Origin
Romania - Fagaras
Country of final destination
Colombia
Denomination AMOPOR
Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade
Specifications As per Annex 1
Quality To be approved by SGS or Romcontrol
Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2
Quantity 2’300 MT Port of loading
Constantza – Romania
Black Sea
Port of Discharge
Puerto Cartagena - Colombia 2’300 MT
Unit
Metric Ton
USD Unit Price
185, 00
FOB Stowed
as per Incoterms
Sub Total
425’500,00
USD Four Hundred Twenty Five Thousand and Five
Hundred
Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract
Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 760 MT in port and
760 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 780 MT in
factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30 days, then
only storage of the 780 MT in port will be requested, as per Port Tariff.
Surveillance by SGS or Romcontrol
- On arrival of each lot to port Quality and Quantity control
- On loading to vessel for quantity control
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 34
Shipment and Loading conditions
-FOB STOWED Incoterms 2000
-760 MT / DAY SHEX FEX
-All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions
-Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by TDMCOLOMBIA – COLOMBIA
within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 760 MT to port and
respective confirmation of Port Authorities in Constantza; in addition to a clear document by
SGS / Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract
terms .
Terms of Payment
- L / C Irrevocable and Confirmed
-Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol) control report.
-All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by TDM Colombia due a now show
(XXXXXXX S.A. –COLOMBIA)
REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the transaction will be payable
unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port
Notification, supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 760 MT are in port and
1’540 MT are in factory warehouse.
Documents to be enclosed:
-Commercial Invoice (2) - original
-Certificate of Origin (2) - original
-Packing list (2) - original
-SGS (or Romcontrol) control report (2) - original
Original Bills of lading (3) – original
Other
-Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export
and Import Licenses
-Arbitration by London Chamber of Commerce
-Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading
Place and Date of Issue Signature
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 35
|MODELO DE CONTRATO TIPO
Preámbulo
Personas contratantes, poderes, definiciones, etc
Condiciones del contrato:
1. Objeto del contrato: Naturaleza, descripción cualitativa y cuantitativa del producto.
2. Vigencia.
Obligaciones del vendedor:
3. Entrega de la mercadería: Fecha, transporte, embalaje, certificados diversos, plazos, fecha de comienzo del
plazo.
4. Reserva de dominio.
5. Control de conformidad: Muestras, modalidades
6. Cláusulas, desperfectos de la garantía, reclamos, reparaciones.
7. Instrucciones sobre utilización, planos, manuales.
Obligaciones del comprador:
8. Modalidades de Pago: Términos de pago, lugar de pago.
9. Crédito otorgado
10. Garantías diversas.
Traspaso de riesgo y de la propiedad:
11. Traspaso de riesgo: Modalidad de entrega, INCOTERMS 2000, fuerza mayor.
12. Traspaso de propiedad.
Servicio posventa:
13. Garantía: reparación, mantenimiento.
Precio y modalidad de pago:
14. Precio: pormenores de las prestaciones comprendidas.
15. Monedas convertibles: Moneda de pago.
16. Revisión del precio.
17. Garantía de pago.
Arbitraje:
18. Arbitraje, Tribunal competente: Organos, decisiones.
Otras cláusulas:
19. Secreto profesional.
20. Propiedad industrial.
21. Idioma de contrato.
22. Derecho del contrato.
23. Elección del domicilio.
24. Fecha y firmas autentificadas.
Abog. Mischel Gary Lindo Matos 36
Abog. Mischel Gary Lindo Matos
LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
- Gracias -

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1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx

  • 1. Diplomado en Agroexportaciones Mischel Gary Lindo Matos mlindom@adexperu.edu.pe
  • 2. Compra venta internacional • Acuerdo de voluntades, mediante el cual una parte (vendedor) se obliga a trasmitir una cosa a la otra parte (comprador) a cambio de que éste se obligue al pago (precio). Abog. Mischel Gary Lindo Matos 2 •El Contrato de Compra Venta Internacional es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y la exportación, y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas. •Se caracteriza por que la tradición de la mercancías se da del territorio de un Estado al territorio de otro, que pacten desde Estados Diferentes, o, que la tradición se ejecute en territorio distinto de aquel de donde surgió la obligación. •Es el contrato más importante por su función económica, es el instrumento jurídico y económico más idóneo y frecuente para la circulación de los bienes, desde sus productores, generalmente a través de intermediarios. •La compraventa internacional da origen a contratos accesorios que posibilitan su realización o que aseguran a las partes contratantes LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 3. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 3 CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACI ONAL DE MERCANCÍA S CONTRATO DE TRANSPORTE CONTRATO DE SERVICIOS DIVERSOS (DESPACHO ADUANERO, SUPERVISION ES, ETC CONTRATOS BANCARIOS CONTRATO DE SEGURO LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 4. COMPRA VENTA CONTRATO PRINCIPAL COMPRADOR VENDEDOR TRANSPORTE SEGURO ALMACENAM. CONTRATOS ACCESORIOS Abog. Mischel Gary Lindo Matos 4
  • 5. • Con la finalidad de simplificar las normas que faciliten el comercio internacional, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional-CONUDI (UNCITRAL) elaboró la “Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compra Venta Internacional de Mercaderías”, adoptada en Viena el 11 de Abril de 1980, en vigor desde el 1 de enero de 1988. • En armonía con lo dispuesto por la Ley Nº 26647 que establece las normas relativas al perfeccionamiento nacional de los tratados celebrados por el Estado, mediante el Decreto Supremo Nº 011-99-RE del 18 de febrero de 1999 se ha aprobado la adhesión del Perú, con vigencia a partir del 01 de abril del 2000. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 5 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 6. LOS USOS Y COSTUMBRES MERCANTILES: • Convención de Viena de 1980 sobre Compraventa Internacional de Mercaderías • Incoterms - riesgos y momento de la entrega de la mercancía, costos y documentos. • Reglas relativas a la cobranza (publicación 522 CCI). • Reglas y usos uniformes relativos al crédito documentario (publicación 600 CCI). Abog. Mischel Gary Lindo Matos 6 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 7. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 7 • (vendedor), quien emite la factura comercial y puede ser: Un fabricante (vende por él mismo), un distribuidor (Revende en base a un contrato de provisión con el fabricante), un comerciante (acopia y vende sin contrato de provisión con el fabricante), un comisionista que factura (vende en nombre propio en virtud a un contrato de comisión con el fabricante) y un franquiciado (con derecho a la explotación de un contrato de franquicia para comercializar determinado producto). El Exportador • (comprador), quien para el mismo efecto debe declarar la condición de su vendedor, por ejemplo si es fabricante, distribuidor, comerciante o comisionista que factura. El importador, según los formularios aduaneros, puede ser: un fabricante (importa para consumo industrial), un mayorista (importa volúmenes considerables con frecuencia); un minorista (importa poco volumen con frecuencia), un detallista (importa para revender por unidad al detalle), un usuario (importa para su propio uso. El Importador Operadores directos LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 8. Son Operadores Indirectos Aquellos operadores intermediarios que facilitan el acceso a un determinado mercado del exterior y que puede asegurar mejores condiciones de eficacia, durabilidad, rentabilidad, presencia del producto y de la marca en dicho mercado. Actúan en virtud de un contrato de intermediación comercial (Brokers o Corredores, Comisionistas, Agencias Comerciales y Sucursales).  Broker, es el que actúa en mérito a un contrato de corretaje o mediación por el cual pone en contacto al comprador con el vendedor a quienes les vende información comercial cobrándoles la comisión pactada.  Comisionista, es el que actúa en mérito a un contrato de comisión celebrado con una de las partes, por el cual participa por cuenta del comitente. Es decir, participa por cuenta de quien lo contrata cobrándole la comisión pactada sin ser representante legal. El Comisionista puede ser de venta (coloca pedidos) o de compra (comisionista para una sola transacción).  Agente Comercial, es el que actúa en mérito a un contrato de agencia suscrito con el vendedor, por el cual puede colocar pedidos (intermediario) o vender de stock por su cuenta y riesgo, estando facultado para prestar servicios de posventa. Los agentes se distinguen según las características y alcances de las operaciones de representación.  Sucursal, es la empresa que actúa vinculada financieramente con su matriz, quien tiene acciones en la sucursal y le dicta la política a seguir Abog. Mischel Gary Lindo Matos 8 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 9. Otros Operadores : participan en la ejecución de contrato: •BANCO •TRANSPORTE •EMPRESAS DE SEGURO •ALMACENES •AGENTES DE ADUANA, etc. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 9 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 11. INICIACIÓN • Usualmente se inicia con un pedido de cotización • Se solicita información sobre las condiciones comerciales • También se puede dar a través de una oferta que realice el vendedor LA NEGOCIACIÓN • A través de la oferta del vendedor que da respuesta al pedido de cotización • El comprador puede hacer una contra oferta EL CONTRATO O PERFECIONAMIENTO • Se da mediante la orden de compra o nota de pedido • Se pone en conocimiento del vendedor la aceptación de la oferta. LA ADMINISTRACIÓN O IMPLEMENTACIÓN • Se expiden documentos financieros y/o comerciales • Participan otros operadores, que hacen posible la ejecución del contrato (trasporte, almacén, agencias, banco), Abog. Mischel Gary Lindo Matos 11 Fases Operativas LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 12. PERFECCIONAMIEMTO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL PRODUCTO CANTIDAD PRECIO ACEPTACIÓN ORDEN DE COMPRA OFERTA COTIZACIÓN PERÚ VENDEDOR ITALIA COMPRADOR Abog. Mischel Gary Lindo Matos 12 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 13. 1. Información del Comprador y Vendedor 2. Descripción de la mercancía (al detalle) 3. El precio (Incoterm) 4. Condiciones de pago 5. Plazo de entrega 6. Lugar de entrega 7. Contratación de transporte y seguro 8. Trámite aduanero de exportación e importación 9. Embalajes 10. Legislaciones y jurisdicción aplicable 11. Fijación de daños y perjuicios 12. Entrega de documentos Abog. Mischel Gary Lindo Matos 13 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 14. El Contrato de Compra Venta Internacional CONTRATO 1. ¿COMO ENTREGAR / RECIBIR LAS MERCANCIAS? 2. ¿COMO COBRAR / PAGAR EL VALOR DE LAS MERCANCIAS? 4. ¿COMO CUBRIR LOS RIESGOS A LOS QUE EVENTUALMENTE SE ENCUENTRAN EXPUESTAS LAS MERCANCIAS? 3. ¿COMO TRASLADAR LAS MERCANCIAS DESDE EL LUGAR DE ORIGEN HASTA EL LUGAR DE DESTINO? VENDEDOR COMPRADOR Abog. Mischel Gary Lindo Matos 14
  • 15. Convención de las NN.UU. sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de Viena de 1980). La Convención está referida a mercancías, es decir a la compraventa internacional de bienes entre partes que tengan sus establecimientos en estado diferente, sin tener en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el carácter civil o comercial del contrato. No regula la transferencia de servicios. Tampoco se aplica a las compraventas de mercaderías para uso personal, familiar o doméstico, en subastas, judiciales, de valores mobiliarios, títulos o efectos de comercio y dinero, de buques embarcaciones aerodeslizadores y aeronaves y de electricidad. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 15
  • 16. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL ASPECTOS IMPORTANTES DEL CONVENCION DE VIENA •Ámbito de aplicación.- La Convención se aplica a los contratos de compra -venta de mercaderías entre partes que tengan sus establecimientos o centros de operaciones en Estados diferentes o que se encuentren en países distintos, regulando exclusivamente sobre la formación del contrato y los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor. No regula respecto de la validez del contrato ni de ninguna de sus estipulaciones, consagrando la preponderancia del acuerdo de voluntades que puede excluir la aplicación de las reglas o establecer excepciones o modificar sus efectos. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 16
  • 17. •Interpretación.- El principio que debe guiar la interpretación de la Convención es su carácter internacional y la necesidad de promover la uniformidad de su aplicación y de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional, debiendo las declaraciones y otros derivados de los contratos interpretarse de conformidad con la intención de las partes. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 17 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 18. •Forma del contrato .- La Convención consagra la regla general de que el contrato de compraventa internacional no está sujeto a ningún requisito formal, dejando a salvo el caso de contratantes cuyos países al adherirse a la Convención hayan declarado que se deben hacer “por escrito”, comprendiéndose en esta expresión al telegrama y al télex. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 18 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 19. •Perfeccionamiento del contrato .- La Convención en su Parte II – Formación del Contrato, artículos 14 al 24, regula lo concerniente a la Oferta, la revocación de la oferta por el oferente, la Aceptación, el retiro de la aceptación por el destinatario y el perfeccionamiento del contrato. La Oferta puede ser revocada hasta antes que el destinatario haya enviado la aceptación y la Aceptación puede ser retirada hasta antes que llegue al oferente. El contrato se perfecciona cuando el oferente hizo la Oferta y el destinatario la acepta. La aceptación debe ser expresa e indicar el asentimiento a la oferta, sea por una declaración o un acto del destinatario que surtirá efecto desde el momento que llegue al oferente. Si la respuesta a la oferta contiene adiciones, limitaciones o modificaciones se considera como un rechazo de la oferta y constituirá, a su vez, una contraoferta. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 19 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 20. •Obligaciones generales Del vendedor: •De entregar las mercaderías al comprador •Entregar los documentos acreditados de las mercaderías al comprador •Transferir al propiedad de las mercaderías al comprador Abog. Mischel Gary Lindo Matos 20 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 21. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 21 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 22. Obligaciones generales Del comprador: •Pagar el precio de las mercaderías •Recibir las mercaderías Abog. Mischel Gary Lindo Matos 22 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 23. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 23 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 24. • En caso de incumplimiento por el comprador, el vendedor podrá: • Ejercer la acción de incumplimiento, vale decir exigir al comprador que pague el precio o reciba las mercaderías o documentos. • Declarar resuelto el contrato, y • Exigir, en ambos casos, la indemnización de los daños y perjuicios. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 24 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 25. Obligaciones Comunes del comprador y vendedor •Conservar las mercaderías •Obligación de abonar intereses por las sumas adeudadas. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 25 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 26. Trasmisión del Riesgo • Es fundamental el punto de entrega de la mercancía, pues el riesgo por pérdidas y daños se traspasa en el mismo momento en que se transfieren las mercancías, bajo el principio “res perit domino” (la cosa se pierde para su dueño). • La Convención señala como regla básica, que la pérdida o el deterioro de la mercancía sobrevenido después de la transmisión del riesgo al comprador, no libera a este de su obligación de pagar el precio, a menos que se deban aun acto u omisión del vendedor . Abog. Mischel Gary Lindo Matos 26 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 27. •Cuando la compraventa es con transporte de las mercancías, el vendedor está obligado a entregárselas al porteador o transportista. Si es sin transporte tendrá que entregarla en el lugar convenido (fabricación, producción, operatividad) trasladándose el riesgo cuando las mercancías se ponen a disposición del comprador en el lugar convenido y en la fecha de entrega, con conocimiento de éste. Si se conviene una fecha para la entrega, el riesgo no se transfiere inmediatamente poniendo a disposición las mercancías en una fecha más temprana. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 27 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 28. •Caso fortuito y fuerza mayor.- La Convención en su artículo 79 establece el principio de culpabilidad en el incumplimiento de las obligaciones como causal de responsabilidad. De modo que una parte no es responsable si prueba que el incumplimiento es ajeno a su voluntad, pero tiene la obligación de notificar a la otra parte la existencia del impedimento y sus efectos. El artículo 80 consagra la excepción “non adimpleti contractus”, al disponer que una parte no podrá invocar el incumplimiento de la otra parte en la medida que tal incumplimiento haya sido causado por acción u omisión de aquella. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 28 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 29. •Efectos de la resolución del contrato .- El primer efecto de la resolución es que ambas partes puedan liberadas de las obligaciones emergentes del contrato, salvo la indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida. Resuelto el contrato, el vendedor, si estuviera obligado a restituir el precio, deberá abonar también los intereses a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago. A su vez, el comprador, si estuviera obligado a restituir las mercancías, deberá pagar al vendedor el importe de todos los beneficios que haya obtenido de dichas mercancías. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 29 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
  • 30. Conflictos: La escalera decisional CONFLICTO (DE LAS PARTES) Negociación (partes) Mediación (3° Asistente) Conciliación (3° Asistente Derecho) Arbitraje (laudo del arbitro) JUICIO (SENTENCIA DEL JUEZ) Abog. Mischel Gary Lindo Matos 30
  • 31. Modelo de un Contrato de Compra Venta Internacional Abog. Mischel Gary Lindo Matos 31
  • 32. Seller NITRORUMANIA S.A. 1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111 Invoice No 04975 - Date : April 30, 2012 Buyer ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. – MÉXICO Tel +3793 0380 Fax + 3793 0387 Country of Origin Romania - Fagaras Country of final destination Mexico Denomination AMOPOR Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade Specifications As per Annex 1 Quality To be approved by SGS or Romcontrol Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2 Quantity 3’700 MT Port of loading Constantza – Romania Black Sea Port of Discharge Puerto Manzanillo - Mexico 3’000 MT Puerto Progresso - Mexico 700 MT Unit Metric Ton USD Unit Price 185, 00 FOB Stowed as per Incoterms 2010 Sub Total 684’500,00 USD Six Hundred Eighty Four Thousand and Five Hundred Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 1’200 MT in port and 1’200 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 1’300 MT in factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30 days, then only storage of the 1’200 MT in port will be requested, as per Port Tariff. Surveillance by SGS or Romcontrol - On arrival of each lot to port Quality and Quantity control - On loading to vessel for quantity control Abog. Mischel Gary Lindo Matos 32
  • 33. Shipment and Loading conditions -FOB STOWED Incoterms 2000 -1’200 MT / DAY SHEX FEX -All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions -Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. – MEXICO within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 1,200 MT to port and respective confirmation of Port Authorities in Constantza; in addition to a clear document by SGS / Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract terms . Terms of Payment - L / C Irrevocable and Confirmed -Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol) control report. -All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by Dyno Nobel Mexico due a now show (ASA ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. –MEXICO) REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the Letter of Credit will be payable unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port Notification, supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 1’850 MT are in port and 1’850 MT are in factory warehouse. Documents to be enclosed: -Commercial Invoice (2) - original -Certificate of Origin (2) - original -Packing list (2) - original -SGS (or Romcontrol) control report (2) - original -Original Bills of Lading (3) – original Other -Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export and Import Licenses -Arbitration by London Chamber of Commerce -Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading Place and Date of Issue Signature Abog. Mischel Gary Lindo Matos 33
  • 34. Seller NITRORUMANIA S.A. 1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111 Invoice No 3202 Date : April 30, 2012 Buyer TDM COLOMBIA Country of Origin Romania - Fagaras Country of final destination Colombia Denomination AMOPOR Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade Specifications As per Annex 1 Quality To be approved by SGS or Romcontrol Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2 Quantity 2’300 MT Port of loading Constantza – Romania Black Sea Port of Discharge Puerto Cartagena - Colombia 2’300 MT Unit Metric Ton USD Unit Price 185, 00 FOB Stowed as per Incoterms Sub Total 425’500,00 USD Four Hundred Twenty Five Thousand and Five Hundred Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 760 MT in port and 760 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 780 MT in factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30 days, then only storage of the 780 MT in port will be requested, as per Port Tariff. Surveillance by SGS or Romcontrol - On arrival of each lot to port Quality and Quantity control - On loading to vessel for quantity control Abog. Mischel Gary Lindo Matos 34
  • 35. Shipment and Loading conditions -FOB STOWED Incoterms 2000 -760 MT / DAY SHEX FEX -All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions -Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by TDMCOLOMBIA – COLOMBIA within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 760 MT to port and respective confirmation of Port Authorities in Constantza; in addition to a clear document by SGS / Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract terms . Terms of Payment - L / C Irrevocable and Confirmed -Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol) control report. -All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by TDM Colombia due a now show (XXXXXXX S.A. –COLOMBIA) REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the transaction will be payable unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port Notification, supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 760 MT are in port and 1’540 MT are in factory warehouse. Documents to be enclosed: -Commercial Invoice (2) - original -Certificate of Origin (2) - original -Packing list (2) - original -SGS (or Romcontrol) control report (2) - original Original Bills of lading (3) – original Other -Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export and Import Licenses -Arbitration by London Chamber of Commerce -Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading Place and Date of Issue Signature Abog. Mischel Gary Lindo Matos 35
  • 36. |MODELO DE CONTRATO TIPO Preámbulo Personas contratantes, poderes, definiciones, etc Condiciones del contrato: 1. Objeto del contrato: Naturaleza, descripción cualitativa y cuantitativa del producto. 2. Vigencia. Obligaciones del vendedor: 3. Entrega de la mercadería: Fecha, transporte, embalaje, certificados diversos, plazos, fecha de comienzo del plazo. 4. Reserva de dominio. 5. Control de conformidad: Muestras, modalidades 6. Cláusulas, desperfectos de la garantía, reclamos, reparaciones. 7. Instrucciones sobre utilización, planos, manuales. Obligaciones del comprador: 8. Modalidades de Pago: Términos de pago, lugar de pago. 9. Crédito otorgado 10. Garantías diversas. Traspaso de riesgo y de la propiedad: 11. Traspaso de riesgo: Modalidad de entrega, INCOTERMS 2000, fuerza mayor. 12. Traspaso de propiedad. Servicio posventa: 13. Garantía: reparación, mantenimiento. Precio y modalidad de pago: 14. Precio: pormenores de las prestaciones comprendidas. 15. Monedas convertibles: Moneda de pago. 16. Revisión del precio. 17. Garantía de pago. Arbitraje: 18. Arbitraje, Tribunal competente: Organos, decisiones. Otras cláusulas: 19. Secreto profesional. 20. Propiedad industrial. 21. Idioma de contrato. 22. Derecho del contrato. 23. Elección del domicilio. 24. Fecha y firmas autentificadas. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 36 Abog. Mischel Gary Lindo Matos LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL