SlideShare a Scribd company logo
1 of 4
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
BARQUISIMETO – IRIBARREN – LARA
DERECHO PENAL GENERAL
María Antonieta Trinidad Silva
LA ACCIÓN
(PRIMER ELEMENTO POSITIVO)
Concepto de acción: es una conducta exterior, humana, positiva o negativa y voluntaria,
que produce un resultado en el mundo exterior.
ANALISIS DEL CONCEPTO
SE DICE QUE ES UNA CONDUCTA
EXTERIOR: Porque debe tratarse de una actuación externa, y un pensamiento.
HUMANA: Porque de solo la acción procede de una persona natural o humana, ya que el
hombre puede ser sujeto activo.
NEGATIVA: se dice que es negativa porque el sujeto deja de hacer lo que estaba obligado
por la ley.
QUE PRODUCE UN RESULTADO: Cuando el hecho es positivo y produce una
consecuencia esta es sancionada.
RELACION DE CAUSALIDAD
Son los diversos criterios doctrinarios que existen entre la conducta y el resultado, y es
penalizado por la ley quien estuvo en el último tiempo del hecho.
PRINCIPALES TEORIAS:
A) Teoría de la última condición: según esta teoría dice que quien haya realizado esa
última conducta en el tiempo, será responsable penalmente.
B) Teoría de la condición más eficaz: existen varias conductas intervinientes en ese
resultado, las cuales son indispensables para que el mismo se produzca.
C) Teoría de la equivalencia de condiciones: todas las conductas son indispensable ya
sean antijurídicos para ser penalizado
D) Teoría de condición más adecuada: la causa del resultado será la que determine la
condición.
AUSENCIA DE ACCION: Es el primer elemento negativo del delito y dice que son
circunstancia que una vez comprobadas no cuenta como delito, pues elimina su
primer elemento por lo tanto no hay responsabilidad penal tal como lo muestra
nuestro Art (62 .C.P)
LAS CAUSAS DE AUSENCIA SON:
1) El Sueño Natural: es una suspensión donde el hombre descansas de sus
actividades diarias. si durante este periodo el hombre realiza una conducta que
puede ser considerada como delito, del cual no recuerde no será penal mente
responsable.
2) El sonambulismo: es un estado de inconciencia involuntario, continuación del
sueño fisiológico, con actividad motriz, del cual la persona no recuerda nada al
despertar. Tiene base patológica y para que no exista responsabilidad la persona
que es consciente de ser sonámbula deberá tomar sus previsiones, para evitar actos
delictivos.
3) Las pesadillas: son sueños violentos y angustiosos donde salen a relucir nuestros
problemas si durante este periodo la persona realiza una conducta que pueda
considerarse como delito , no será penalmente responsable, debido que no existe
voluntariedad
4) La ebriedad: es el caso en que la persona mantiene la actividad del sueño al
despertar, porque no está totalmente dormida ni totalmente despierta. Si durante
este periodo se realiza una conducta delictiva no se considera penalmente por
debido a falta de voluntad
5) La hipnosis: es un sueño provocado por maniobras artificiales por lo cual la
persona pierde actividad motriz que no recuerda nada, aquí encontramos dos
personas el hipnotizador (quien utiliza la maniobra) el hipnotizado (quien recibe
la orden) y este las cumple si este no puede abstenerse y realiza un delito, será
penalizado el hipnotizador pero si pudiera abstenerse de cumplir dicha orden será
penalmente responsable a titulo de autor y el hipnotizador a título de cómplice.
6) Acto violentado: es cuando se actúa bajo una fuerza física irresistible, en estos
casos no existe responsabilidad penal por que no hay acto voluntario
7) Acto reflejo: son movimientos involuntarios por lo tanto no hay responsabilidad
penal.
SEGUNDO ELEMENTO POSITIVO DEL DELITO
LA TIPICIDAD
Es una relación de perfecta adecuación, entre un acto de la vida real y un tipo
penal o legal, que se conoce como relación legal o penal.
Acto Tipico: acto de la vida real que encuadra perfectamente dentro de un
tipo penal o delito.
Para que se dé la tipicidad debe haber una relación entre acto típico y el delito
descrito en la ley.

More Related Content

What's hot

Curso de teoria del delito
Curso de teoria del delitoCurso de teoria del delito
Curso de teoria del delito
kaliz13
 
Penologia sol ramos
Penologia sol ramosPenologia sol ramos
Penologia sol ramos
ramossol
 

What's hot (18)

El causalismo en la teorìa del delito
El causalismo en la teorìa del delitoEl causalismo en la teorìa del delito
El causalismo en la teorìa del delito
 
Curso de teoria del delito
Curso de teoria del delitoCurso de teoria del delito
Curso de teoria del delito
 
Teoria del delito
Teoria del delitoTeoria del delito
Teoria del delito
 
Teoria del-delito
Teoria del-delitoTeoria del-delito
Teoria del-delito
 
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
 
Teoria del delito concepto , desde wp
Teoria del delito concepto , desde wpTeoria del delito concepto , desde wp
Teoria del delito concepto , desde wp
 
Elementos del delito
Elementos del delitoElementos del delito
Elementos del delito
 
Primer y segundo elemento del delito
Primer y segundo elemento del delitoPrimer y segundo elemento del delito
Primer y segundo elemento del delito
 
El concepto de delito en derecho penal (1)
El concepto de delito en derecho penal (1)El concepto de delito en derecho penal (1)
El concepto de delito en derecho penal (1)
 
Primer y Segundo Elemento del Delito
Primer y Segundo Elemento del DelitoPrimer y Segundo Elemento del Delito
Primer y Segundo Elemento del Delito
 
Archivo PPT "Teoría del delito"
Archivo PPT "Teoría del delito"Archivo PPT "Teoría del delito"
Archivo PPT "Teoría del delito"
 
Teoria de la pena
Teoria de la penaTeoria de la pena
Teoria de la pena
 
PENOLOGIA cap. III & IV
PENOLOGIA cap. III & IVPENOLOGIA cap. III & IV
PENOLOGIA cap. III & IV
 
Elementos del delito (informe)
Elementos del delito (informe)Elementos del delito (informe)
Elementos del delito (informe)
 
El arte del placer
El arte del placerEl arte del placer
El arte del placer
 
Exposicion penologia 01 impresion en papel
Exposicion penologia 01 impresion en papelExposicion penologia 01 impresion en papel
Exposicion penologia 01 impresion en papel
 
Penologia sol ramos
Penologia sol ramosPenologia sol ramos
Penologia sol ramos
 
Mht semana 2
Mht semana 2Mht semana 2
Mht semana 2
 

Viewers also liked (7)

Delitos culposos
Delitos culpososDelitos culposos
Delitos culposos
 
La antijuricidad
La antijuricidadLa antijuricidad
La antijuricidad
 
Responsablidad penal derecho médico
Responsablidad penal derecho médicoResponsablidad penal derecho médico
Responsablidad penal derecho médico
 
03 teoria delito
03 teoria delito03 teoria delito
03 teoria delito
 
Tipicidad
TipicidadTipicidad
Tipicidad
 
Antijuricidad causas de justificacion
Antijuricidad causas de justificacionAntijuricidad causas de justificacion
Antijuricidad causas de justificacion
 
Iter criminis
Iter criminisIter criminis
Iter criminis
 

Similar to La acción en el derecho penal

Primer y segundo elemento positivo del delito
Primer y segundo  elemento positivo del delitoPrimer y segundo  elemento positivo del delito
Primer y segundo elemento positivo del delito
MarilinGimenez
 
Informe tema 6 y 7
Informe tema 6 y 7Informe tema 6 y 7
Informe tema 6 y 7
MireyJhoana
 

Similar to La acción en el derecho penal (20)

informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
 
Informe naivis sarmiento
Informe naivis sarmientoInforme naivis sarmiento
Informe naivis sarmiento
 
Derechopenal
DerechopenalDerechopenal
Derechopenal
 
Derecho Penal General
Derecho Penal GeneralDerecho Penal General
Derecho Penal General
 
Saia derecho penal
Saia derecho penalSaia derecho penal
Saia derecho penal
 
TAREA ACADÉMICA Ordenar.docx
TAREA ACADÉMICA Ordenar.docxTAREA ACADÉMICA Ordenar.docx
TAREA ACADÉMICA Ordenar.docx
 
Primer y segundo elemento positivo del delito
Primer y segundo  elemento positivo del delitoPrimer y segundo  elemento positivo del delito
Primer y segundo elemento positivo del delito
 
Primer y Segundo Elemento del Delito.
Primer y Segundo Elemento del Delito.Primer y Segundo Elemento del Delito.
Primer y Segundo Elemento del Delito.
 
Primer y Segundo Elemento del Delito. Informe
Primer y Segundo Elemento del Delito. InformePrimer y Segundo Elemento del Delito. Informe
Primer y Segundo Elemento del Delito. Informe
 
Primer y segundo elemento del delito
Primer y segundo elemento del delitoPrimer y segundo elemento del delito
Primer y segundo elemento del delito
 
ELEMENTOS DEL DELITO
ELEMENTOS DEL DELITOELEMENTOS DEL DELITO
ELEMENTOS DEL DELITO
 
La culpabilidad3_IAFJSR
La culpabilidad3_IAFJSRLa culpabilidad3_IAFJSR
La culpabilidad3_IAFJSR
 
Definición y Elementos del Delito.
Definición y Elementos del Delito.Definición y Elementos del Delito.
Definición y Elementos del Delito.
 
Elementos del Delito (informe)
Elementos del Delito (informe)Elementos del Delito (informe)
Elementos del Delito (informe)
 
LA ACCIÓN Y LA TIPICIDAD
LA ACCIÓN Y LA TIPICIDADLA ACCIÓN Y LA TIPICIDAD
LA ACCIÓN Y LA TIPICIDAD
 
Elementos del delito
Elementos del delitoElementos del delito
Elementos del delito
 
Conducta
ConductaConducta
Conducta
 
Elementos del Delito
Elementos del DelitoElementos del Delito
Elementos del Delito
 
Informe tema 6 y 7
Informe tema 6 y 7Informe tema 6 y 7
Informe tema 6 y 7
 
Teoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria VargasTeoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria Vargas
 

La acción en el derecho penal

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS BARQUISIMETO – IRIBARREN – LARA DERECHO PENAL GENERAL María Antonieta Trinidad Silva
  • 2. LA ACCIÓN (PRIMER ELEMENTO POSITIVO) Concepto de acción: es una conducta exterior, humana, positiva o negativa y voluntaria, que produce un resultado en el mundo exterior. ANALISIS DEL CONCEPTO SE DICE QUE ES UNA CONDUCTA EXTERIOR: Porque debe tratarse de una actuación externa, y un pensamiento. HUMANA: Porque de solo la acción procede de una persona natural o humana, ya que el hombre puede ser sujeto activo. NEGATIVA: se dice que es negativa porque el sujeto deja de hacer lo que estaba obligado por la ley. QUE PRODUCE UN RESULTADO: Cuando el hecho es positivo y produce una consecuencia esta es sancionada. RELACION DE CAUSALIDAD Son los diversos criterios doctrinarios que existen entre la conducta y el resultado, y es penalizado por la ley quien estuvo en el último tiempo del hecho. PRINCIPALES TEORIAS: A) Teoría de la última condición: según esta teoría dice que quien haya realizado esa última conducta en el tiempo, será responsable penalmente. B) Teoría de la condición más eficaz: existen varias conductas intervinientes en ese resultado, las cuales son indispensables para que el mismo se produzca. C) Teoría de la equivalencia de condiciones: todas las conductas son indispensable ya sean antijurídicos para ser penalizado D) Teoría de condición más adecuada: la causa del resultado será la que determine la condición. AUSENCIA DE ACCION: Es el primer elemento negativo del delito y dice que son circunstancia que una vez comprobadas no cuenta como delito, pues elimina su primer elemento por lo tanto no hay responsabilidad penal tal como lo muestra nuestro Art (62 .C.P) LAS CAUSAS DE AUSENCIA SON:
  • 3. 1) El Sueño Natural: es una suspensión donde el hombre descansas de sus actividades diarias. si durante este periodo el hombre realiza una conducta que puede ser considerada como delito, del cual no recuerde no será penal mente responsable. 2) El sonambulismo: es un estado de inconciencia involuntario, continuación del sueño fisiológico, con actividad motriz, del cual la persona no recuerda nada al despertar. Tiene base patológica y para que no exista responsabilidad la persona que es consciente de ser sonámbula deberá tomar sus previsiones, para evitar actos delictivos. 3) Las pesadillas: son sueños violentos y angustiosos donde salen a relucir nuestros problemas si durante este periodo la persona realiza una conducta que pueda considerarse como delito , no será penalmente responsable, debido que no existe voluntariedad 4) La ebriedad: es el caso en que la persona mantiene la actividad del sueño al despertar, porque no está totalmente dormida ni totalmente despierta. Si durante este periodo se realiza una conducta delictiva no se considera penalmente por debido a falta de voluntad 5) La hipnosis: es un sueño provocado por maniobras artificiales por lo cual la persona pierde actividad motriz que no recuerda nada, aquí encontramos dos personas el hipnotizador (quien utiliza la maniobra) el hipnotizado (quien recibe la orden) y este las cumple si este no puede abstenerse y realiza un delito, será penalizado el hipnotizador pero si pudiera abstenerse de cumplir dicha orden será penalmente responsable a titulo de autor y el hipnotizador a título de cómplice. 6) Acto violentado: es cuando se actúa bajo una fuerza física irresistible, en estos casos no existe responsabilidad penal por que no hay acto voluntario 7) Acto reflejo: son movimientos involuntarios por lo tanto no hay responsabilidad penal. SEGUNDO ELEMENTO POSITIVO DEL DELITO LA TIPICIDAD
  • 4. Es una relación de perfecta adecuación, entre un acto de la vida real y un tipo penal o legal, que se conoce como relación legal o penal. Acto Tipico: acto de la vida real que encuadra perfectamente dentro de un tipo penal o delito. Para que se dé la tipicidad debe haber una relación entre acto típico y el delito descrito en la ley.