1. CONDICIONES GENERALES
La Agencia Mayorista MAPAPLUS, S.A. aportar un certificado médico acredita- viaje,cuando este servicio esté específica- el precio. El pasajero deberá comunicar
CICMA, 1774 con domicilio en Madrid tivo del buen estado de salud de la pasa- mente incluido en el programa en bus y por escrito su decisión al Organizador a
(España) y lasdiferentes compañias Navie- jera y del bebe, en el que se especifique siempre que en el circuito concurran al través de la Agencia de Viajes, en el plazo
ras Operadores de los Cruceros Ibero la fecha prevista para el alumbramiento y menos 20 pasajeros. Con menos de 20 pa- de 3 días siguientes a ser notificado de la
Cruceros – Louis Hellenic Cruises y la idoneidad médica de la pasajera para sajeros en el bus el organizador podrá modificación y si no lo hiciera se enten-
Croisieurope- Alsace Croisieres participar en el viaje. optar por enviar el bus con un chófer ex- derá que opta por la resolución del con-
perto únicamente. trato sin penalización, salvo que
1) LEGISLACIÓN APLICABLE. 2.6 Las reservas de personas discapacitadas efectivamente realice el viaje con las mo-
Este contrato se rige por lo acordado por se aceptan dentro de los límites de dispo- e) En los circuitos en avión la asistencia dificaciones introducidas, lo que se consi-
las partes, por lo establecido en estas con- nibilidad y, en caso de necesidad, se condi- será siempre local. derará una aceptación tácita del contrato
diciones generales y por lo dispuesto en cionan a la presencia de un acompañante modificado.
el libro cuarto del Real Decreto Legisla- que pueda asistir al discapacitado. El Orga- 4.2 El precio del Crucero incluye:
tivo 1/2007, de 16 de noviembre, que re- nizador no asume la obligación de ofrecer - Regimen de comidas a bordo indicado 5.3 En el caso de que después del inicio
gula los Viajes Combinados, así como por programas alternativos a bordo o en tierra en cada programa del viaje el Organizador no pueda sumi-
las normas internacionales que resulten para los pasajeros discapacitados, ni asume - Camarote en la categoría elegida con nistrar una parte importante de los servi-
de aplicación y en particular, por el Con- responsabilidad alguna en cuanto a la difi- limpieza diaria del mismo y acceso y uso cios previstos en el contrato por motivos
venio de Atenas de 13 de diciembre de cultad o a la imposibilidad que puedan en- de todas las instalaciones ajenos al pasajero, dispondrá las soluciones
1974, modificado por el Protocolo de contrar los mismos para hacer uso de los - Participación en todos los programas y alternativas para la continuación del viaje,
Londres de 19 de noviembre de 1976 y servicios y actividades del paquete turístico. actividades de animación cuando estuvie- conforme a las exigencias técnicas y de se-
por las demás normas nacionales e inter- sen previstos en el programa del crucero guridad de navegación, sin suplementos de
nacionales de aplicación relativas a las 2.7 El pasajero tiene la obligación de co- precio a cargo de los pasajeros y, ennel
prestaciones individuales que forman el municar al Organizador, en el momento 4.2 El Precio del Crucero no in- caso de que los servicios sean de valor in-
paquete turístico. de la solicitud de la reserva, las eventuales cluye: ferior respecto de los previstos, reembol-
enfermedades o discapacidades, físicas o - Bebidas en el restaurante o en los distin- sará la diferencia al pasajero. En el caso que
Cada una de las cláusulas de las presentes psíquicas, que puedan exigir formas de tos bares a no ser que así se especifique es- no fuera posible encontrar ninguna solu-
condiciones generales deberá considerarse asistencia o cuidados especiales. No se pecialmente. ción alternativa o bien la solución pro-
independiente de las otras. La invalidez acepta ninguna reserva para pasajeros - Servicios personales como peluquería, puesta por el Organizador fuera rechazada
total o parcial de una de las cláusulas o pá- cuyas condiciones físicas y psíquicas hagan masajes, spa, sauna, baño turco, lavandería por el pasajero por motivos razonables y
rrafo, no conllevará la invalidez de nin- que su participación en el programa de y planchado, compras en las tiendas, lla- justificados, el Organizador facilitará sin
guna otra cláusula o párrafo de las viaje o crucero sea imposible o peligrosa madas de teléfono o mensajes a tierra ni recargo de precio, un medio de transporte
presentes condiciones generales. para ellos mismos o para los demás, o que el servicio de camarotes) equivalente al previsto originalmente para
exijan tipos de cuidados o asistencia que - Excursiones opcionales que se realizan el regreso al lugar de salida, o a otro lugar
2) CONCLUSIÓN DEL CON- no se puedan garantizar. desde los puertos de escala que pudieran acordar y reembolsará al pa-
TRATO. - Tasas de servicio (propinas a bordo) sajero el valor de las prestaciones no sumi-
2.1 La solicitud de reserva deberá efec- 2.8 No está permitido el embarque a los - Tasas de Embarque si no se especifica nistradas respecto de las previstas.
tuarse mediante el procedimiento habitual menores de 6 meses. concretamente su inclusion en el precio
y en caso de estar disponible en soporte En determinados programas o cruceros - Seguros Opcionales 5.4 Se reconoce al Organizador la facultad
informático,. este límite se eleva a los 24 meses. de sustituir el barco previsto por otro de
4.3 Revision de Precios características análogas, en caso de que
2.2 La aceptación de las reservas está sub- 3) PAGOS. Los precios indicados en el contrato po- fuera necesario por razones técnicas, ope-
ordinada a la disponibilidad de plazas y se 3.1 En el momento de la confirmacion drán ser revisados hasta 20 días antes de la rativas u otra causa razonable.
entiende cumplimentada, con la consi- del programa se deberá abonar la cuota de fecha de salida, debido a variaciones res-
guiente conclusión del contrato, sólo en inscripción, que será del 15% del precio pecto a los costes vigentes en el momento 6) CANCELACIÓN DEL CON-
el momento de la confirmación (even- total El resto del importe del viaje deberá de la publicación del programa de los tri- TRATO POR PARTE DEL VIA-
tualmente de forma telemática) por parte abonar se, con una antelación mínima de butos e impuestos sobre alguno de los ser- JERO.
de Organizador y está sujeta a la condi- 30 días a la fecha de salida prevista. vicios turísticos incluidos, como tasas 6.1 El pasajero puede resolver el contrato
ción suspensiva del pago por parte del pa- aeroportuarias o de embarque en puertos; sin penalización alguna sólo cuando se le
sajero del adelanto a cuenta, según lo 3.2 El billete de pasaje y los bonos corres- los tipos de cambio aplicados al paquete comunique la modificación de un ele-
establecido en la condición general 3). pondientes a los demás servicios concer- en cuestión; y el coste del carburante. mento esencial, según lo establecido en la
tados, así como el resto de la anterior condición 5.1, en cuyo caso ten-
2.3 Las ofertas promocionales o que pre- documentación definitiva del viaje, serán 5) MODIFICACIONES DEL VIAJE. drá derecho,alternativamente, a disfrutar
vean condiciones más favorables con res- entregados al pasajero una vez haya sido 5.1 Si antes de la salida del viaje, el Orga- de otro paquete, o bien al reembolso de la
pecto a las publicadas en los programas abonado el saldo total del precio. nizador se ve obligado a modificar de ma- parte del precio ya pagada en el momento
folletos están sujetas a límites de tiempo y nera significativa algún elemento esencial de la resolución. El paquete del que de-
de disponibilidad,según los criterios que 4) PRECIOS. del contrato, se lo comunicará de inme- cida disfrutar el viajero deberá ser de valor
establece en cada ocasión el Organizador 4.1 El precio del Viaje Combinado diato al pasajero. No se considerarán mo- equivalente. Si el Organizador no puede
a su absoluta discreción. incluye: dificaciones significativas de elementos proponer un paquete de valor equivalente,
a) El transporte, cuando este servicio esté esenciales del contrato, según lo estable- el pasajero tendrá derecho al reembolso de
2.4 La realización de reservas para los pa- incluido en el programa contratado,con el cido en las presentes condiciones la susti- la diferencia.
sajeros menores de edad sólo se aceptarán tipo de transporte, características y cate- tución del barco; la modificación de la
si el menor viaja acompañado de sus pa- goría que se indican en el programa. ruta del crucero; la asignación de otro ca- 6.2 El desestimiento de los servici9os
dres u otro mayor de edad que asuma marote; las variaciones en la programación contratados conllevara la indemnizacion
todas las responsabilidades respecto del b) El alojamiento, cuando este servicio de espectáculos y otras formas de entrete- por los conceptos que a continuación se
menor. esté incluido en el programa, en el esta- nimiento a bordo del barco. indican:
blecimiento y con el régimen alimenticio
2.5 Dado que los barcos no estan equi- que figura en el programa. 5.2 El pasajero que reciba la comunica- a) En el caso de servicios sueltos: La tota-
pados para la asistencia de embarazos y ción de la modificación significativa de lidad de los gastos de gestión, más los gas-
partos, no se aceptarán reservas de pasa- c) Las tasas e impuestos de los estableci- algún elemento esencial del contrato, ten- tos de anulación, si se hubieran producido
jeras que en la fecha de finalización del mientos hoteleros y los impuestos indirec- drá la facultad de resolver el contrato sin estos últimos.
viaje se encuentren en la 24ª semana de tos –Impuesto sobre el Valor Añadido–, penalización o bien de aceptar la modifi-
embarazo o con un grado de gestación cuando sean aplicables. cación, que pasará a ser parte del contrato b) En el caso de viajes combinados y salvo
más avanzado. En el momento del em- con la especificación exacta de las varia- que el desistimiento se produzca por causa
barque, las pasajeras embarazadas deberán d) La asistencia técnica durante el ciones, y de la incidencia de las mismas en de fuerza mayor:
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2. CONDICIONES GENERALES
1) Los gastos de gestión más los gastos de esta obligado al pago del importe total del dichos prestadores de servicios. del transporte u otro) o a exigencias ope-
anulación si los hubiese. viaje, aportando, en su caso, las cantidades rativas de los proveedores de los servicios.
pendientes de pago si las hubiere. 9.2 El Organizador responderá, asimismo,
2) Una penalización consistente en el 5% de los daños sufridos por los viajeros como 11.2 En caso de cancelación de una ex-
del total del viaje si el desistimiento se 7) CANCELACIÓN POR PARTE consecuencia de la no ejecución o ejecu- cursión por causas técnicas, por fuerza
produce con más de diez días y menos de DEL ORGANIZADOR. ción deficiente del contrato. mayor o por no haberse alcanzado el nú-
quince de antelación a la fecha de co- 7.1 En el supuesto que el Organizador mero mínimo de participantes, el Organi-
mienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y cancele el viaje combinado antes de la 9.3 La responsabilidad del Organizador zador reembolsará su precio a los pasajeros.
10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho fecha de salida acordada, por cualquier cesará cuando concurra alguna de las si-
horas anteriores a la salida. De no presen- motivo que no le sea imputable al pasa- guientes circunstancias: a) Que sean im- 11.3 Salvo indicación contraria, las excur-
tarse a la hora prevista para la salida, no jero, éste tendrá derecho al reembolso putables al pasajero; b) Que sean siones se realizan con medios no equipa-
tendrá derecho a devolución alguna de la de todas las cantidades pagadas o bien a imputables a un tercero, ajeno al suminis- dos específicamente para personas
cantidad abonada, salvo acuerdo entre las la realización de otro viaje combinado tro de las prestaciones previstas en el con- discapacitadas.
partes en otro sentido. de calidad equivalente o superior siem- trato y revistan un carácter imprevisible o
pre que el Organizador pueda propo- insuperable; c) Que se deban a motivos de 12) MÉDICO DE A BORDO EN
Se entenderán como causas de fuerza nérselo. En el supuesto que el viaje fuerza mayor, entendiendo por tales aque- CRUCEROS.
mayor, que eximirán al consumidor de su ofrecido fuera de calidad inferior, el Or- llas circunstancias ajenas a quien las invoca, 12.1 El médico de a bordo cuando este
responsabilidad, el fallecimiento, enferme- ganizador deberá reembolsar al pasajero, anormales e imprevisibles, cuyas conse- servicio estuviera disponible asiste a los
dad grave o accidente del asegurado, cón- cuando proceda en función de las can- cuencias no habrían podido evitarse a pasajeros en calidad de profesional autó-
yuge, hijos, padres o hermanos. tidades ya desembolsadas, la diferencia pesar de haber actuado con la diligencia nomo. El recurso a las prestaciones del
de precio. debida; d) Que se deban a un aconteci- médico de a bordo es voluntario y el coste
Algunos de los programas ofrecidos en miento que el Organizador, a pesar de de las consultas es a cargo del pasajero.
este catálogo y en particular los que inclu- 7.2 No existirá obligación de indemnizar haber puesto toda la diligencia necesaria,
yen destinos en Lejano Oriente son ope- a cargo del Organizador en los siguientes no podía prever ni superar. En los referi- 12.2 Las determinaciones del médico de a
rados en base a condiciones de reserva y supuestos: a) Cuando la cancelación se dos supuestos de exclusión de responsabi- bordo en cuanto a la aptitud del pasajero
cancelación más estrictas comportando deba a que el número de pasajeros inscri- lidad, el Organizador prestará, no obstante, para el embarque o la continuación del
una penalización por gastos de cancela- tos para el viaje combinado sea inferior al la necesaria asistencia al pasajero que se crucero son vinculantes y no impugnables.
ción cuando ésta se produce con menos exigido y así se comunique por escrito al encuentre en dificultades, a cargo de éste.
de 30 días antes de la salida del viaje. Re- consumidor con una antelación superior 13) CUSTODIA DE OBJETOS DE
comendamos solicitar siempre informa- a los tres días hábiles anteriores a la fecha 9.4 El Organizador no es responsable VALOR.
ción concreta sobre las penalizaciones que de inicio del viaje; b) Cuando la cancela- frente al pasajero del incumplimiento por En aquellos casos en que el Crucero u
afectan al viaje concreto reservado para al- ción del viaje se deba a motivos de fuerza parte de la Agencia de Viajes u otros in- Hotel ponga a disposicion de los pasajeros
guno de estos destinos, así como la con- mayor, entendiendo por tales aquellas cir- termediarios que hayan intervenido en la el servicio de Caja de Seguridad, el Orga-
veniencia de suscribir el Seguro Opcional cunstancias ajenas a quien las invoca, anor- conclusión del contrato, de las obligacio- nizador no asume responsabilidad alguna
que incluye una cobertura para el riesgo males e imprevisibles cuyas consecuencias nes a cargo de éstos. por la custodia del dinero, documentos, tí-
de gastos de cancelación. no habrían podido evitarse, a pesar de tulos, joyas u objetos preciosos que no
haber actuado con la diligencia debida. 9.5 El Organizador que haya compensado hayan sido recibidos para su depósito en
En el caso de que alguno de los servicios al pasajero se subroga en los derechos y ac- dicha caja de seguridad, aún cuando estu-
contratados y anulados estuvieran sujetos 8) OBLIGACIONES DEL PASA- ciones del pasajero frente a los terceros res- vieran depositados en las cajas fuertes de
a condiciones económicas especiales de JERO. ponsables. los camarotes o habitaciones de Hotel.
contratación, tales como flete de aviones 8.1 El pasajero deberá llevar consigo un
para vuelos especiales los gastos de anula- pasaporte individual así como los visados 10) LIMITACIÓN DE RESPONSA- 14) RECLAMACIONES Y DENUN-
ción por desistimiento con menos de 30 de entrada y de tránsito y los certificados BILIDAD. CIAS.
días se establecerán de acuerdo con estas sanitarios que pudieran ser requeridos. 10.1 El resarcimiento de los daños que re- En los casos de incumplimientos o defectos
condiciones en 300 €. sulten del incumplimiento o de la mala en la ejecució de los servicios contratados,
8.2 El pasajero deberá comportarse de ejecución de las prestaciones incluidas en el consumidor se obliga a notificarlo por
6.2 El viaje combinado de Crucero está modo que no ponga en peligro la seguri- el viaje quedará limitado con arreglo a lo escrito al prestador de servicios de que se
sujeto a condiciones económicas especia- dad, la calma y el disfrute del crucero por previsto en las normas nacionales y en los trate, a la Agencia de Viajes y al Organiza-
les de contratación que exigen significati- parte de otros pasajeros. convenios internacionales reguladores de dor ,a la mayor brevedad posible, (“in situ”
vas previsiones, de flete y avituallamientos dichas prestaciones, en particular se apli- o durante los días siguientes a la finalización
de los buques por lo que al pasajero que 8.3 Queda prohibido al pasajero llevar a carán las limitaciones previstas por el artí- del viaje). El Organizador examinará, lo
desista del contrato se le adeudarán los bordo del barco mercancías, animales culo 13.2 de la Convención de Bruselas antes posible y de buena fe, las reclamacio-
gastos de gestión, la cuota de inscripción vivos, armas, municiones, explosivos, sus- de 23.04.1970 (CCV). nes presentadas y hará todo lo posible para
si estuviera prevista y, en concepto de gas- tancias inflamables, tóxicas o peligrosas sin conseguir una resolución rápida y equita-
tos de anulación y penalización, los im- el consentimiento por escrito del Organi- 10.2 En caso de que el Organizador sea tiva de las mismas de forma amistosa.
portes indicados a continuación para cada zador. también el armador y/o propietario y/o
Organizador: conductor y/o fletador del barco utilizado El plazo de prescripción de las acciones
8.4 El pasajero responderá de los daños y para el crucero, se aplicarán las normas re- para formular reclamaciones derivadas del
LOUIS CRUISES perjuicios que el Organizador sufra como lativas a la limitación de la responsabilidad presente contrato será el de dos meses.
* Desde la fecha de la reserva hasta 60 días consecuencia del incumplimiento de las según lo establecido en los artículos 275 y
antes de la salida, 100 Dolares por per- citadas obligaciones. siguientes del Código Naval o, cuando Cualquier litigio relativo al presente con-
sona.* De 59 a 46 días de antelación a la sean aplicables, en la Convención de Bru- trato, será competencia exclusiva de los Juz-
salida, el 10 % del importe total.* De 45 a 9) RESPONSABILIDAD DEL OR- selas del 10.10.1957 o la Convención de gados y Tribunales del lugar sede del
31 días de antelación a la salida, el 25 % del GANIZADOR. Londres del 19.11.1976 y sucesivas modi- Organizador de estos programas y de las
importe total. * De 30 a 16 días de antela- 9.1 El Organizador responderá frente al ficaciones. Compañias de Cruceros organizadoras a
ción a la salida, el 50 % del importe total. pasajero, en función de las obligaciones cuya Jurisdicción y competencia las partes se
* De 15 a 8 días de antelación a la salida, que le corresponden por su ámbito de 11) EXCURSIONES Y VISITAS OP- someten expresamente con exclusión de
el 75 % del importe total. * De 08 días de gestión del viaje, del correcto cumpli- CIONALES. cualquier otro que pudiera corresponderles.
antelación a la salida, el 100 % del importe miento de las obligaciones derivadas del 11.1 Los horarios y los itinerarios de las
total. De no presentarse a la salida, el con- contrato, con independencia de que éstas excursiones pueden estar sujetos a varia- Los precios indicados en el presente catálogo
sumidor y usuario o hacerlo sin tener la las deba ejecutar el mismo u otros presta- ciones debido a circunstancias externas se han fijado en Febrero de 2012. Dichos
documentación necesaria para iniciar el dores de servicios y sin perjuicio del de- (como por ejemplo: condiciones atmosfé- precios pueden por tanto sufrir variaciones,
viaje, (pasaportes, visados, vacunaciones) recho del Organizador a actuar contra ricas o climáticas, paros o huelgas, retraso tal como se indica en la clauslula 4.3.
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