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CONDICIONES GENERALES
     La Agencia Mayorista MAPAPLUS, S.A.             aportar un certificado médico acredita-          viaje,cuando este servicio esté específica-     el precio. El pasajero deberá comunicar
     CICMA, 1774 con domicilio en Madrid             tivo del buen estado de salud de la pasa-        mente incluido en el programa en bus y          por escrito su decisión al Organizador a
     (España) y lasdiferentes compañias Navie-       jera y del bebe, en el que se especifique        siempre que en el circuito concurran al         través de la Agencia de Viajes, en el plazo
     ras Operadores de los Cruceros Ibero            la fecha prevista para el alumbramiento y        menos 20 pasajeros. Con menos de 20 pa-         de 3 días siguientes a ser notificado de la
     Cruceros – Louis Hellenic Cruises y             la idoneidad médica de la pasajera para          sajeros en el bus el organizador podrá          modificación y si no lo hiciera se enten-
     Croisieurope- Alsace Croisieres                 participar en el viaje.                          optar por enviar el bus con un chófer ex-       derá que opta por la resolución del con-
                                                                                                      perto únicamente.                               trato sin penalización, salvo que
     1) LEGISLACIÓN APLICABLE.                       2.6 Las reservas de personas discapacitadas                                                      efectivamente realice el viaje con las mo-
     Este contrato se rige por lo acordado por       se aceptan dentro de los límites de dispo-       e) En los circuitos en avión la asistencia      dificaciones introducidas, lo que se consi-
     las partes, por lo establecido en estas con-    nibilidad y, en caso de necesidad, se condi-     será siempre local.                             derará una aceptación tácita del contrato
     diciones generales y por lo dispuesto en        cionan a la presencia de un acompañante                                                          modificado.
     el libro cuarto del Real Decreto Legisla-       que pueda asistir al discapacitado. El Orga-     4.2 El precio del Crucero incluye:
     tivo 1/2007, de 16 de noviembre, que re-        nizador no asume la obligación de ofrecer        - Regimen de comidas a bordo indicado           5.3 En el caso de que después del inicio
     gula los Viajes Combinados, así como por        programas alternativos a bordo o en tierra       en cada programa                                del viaje el Organizador no pueda sumi-
     las normas internacionales que resulten         para los pasajeros discapacitados, ni asume      - Camarote en la categoría elegida con          nistrar una parte importante de los servi-
     de aplicación y en particular, por el Con-      responsabilidad alguna en cuanto a la difi-      limpieza diaria del mismo y acceso y uso        cios previstos en el contrato por motivos
     venio de Atenas de 13 de diciembre de           cultad o a la imposibilidad que puedan en-       de todas las instalaciones                      ajenos al pasajero, dispondrá las soluciones
     1974, modificado por el Protocolo de            contrar los mismos para hacer uso de los         - Participación en todos los programas y        alternativas para la continuación del viaje,
     Londres de 19 de noviembre de 1976 y            servicios y actividades del paquete turístico.   actividades de animación cuando estuvie-        conforme a las exigencias técnicas y de se-
     por las demás normas nacionales e inter-                                                         sen previstos en el programa del crucero        guridad de navegación, sin suplementos de
     nacionales de aplicación relativas a las        2.7 El pasajero tiene la obligación de co-                                                       precio a cargo de los pasajeros y, ennel
     prestaciones individuales que forman el         municar al Organizador, en el momento            4.2 El Precio del Crucero no in-                caso de que los servicios sean de valor in-
     paquete turístico.                              de la solicitud de la reserva, las eventuales    cluye:                                          ferior respecto de los previstos, reembol-
                                                     enfermedades o discapacidades, físicas o         - Bebidas en el restaurante o en los distin-    sará la diferencia al pasajero. En el caso que
     Cada una de las cláusulas de las presentes      psíquicas, que puedan exigir formas de           tos bares a no ser que así se especifique es-   no fuera posible encontrar ninguna solu-
     condiciones generales deberá considerarse       asistencia o cuidados especiales. No se          pecialmente.                                    ción alternativa o bien la solución pro-
     independiente de las otras. La invalidez        acepta ninguna reserva para pasajeros            - Servicios personales como peluquería,         puesta por el Organizador fuera rechazada
     total o parcial de una de las cláusulas o pá-   cuyas condiciones físicas y psíquicas hagan      masajes, spa, sauna, baño turco, lavandería     por el pasajero por motivos razonables y
     rrafo, no conllevará la invalidez de nin-       que su participación en el programa de           y planchado, compras en las tiendas, lla-       justificados, el Organizador facilitará sin
     guna otra cláusula o párrafo de las             viaje o crucero sea imposible o peligrosa        madas de teléfono o mensajes a tierra ni        recargo de precio, un medio de transporte
     presentes condiciones generales.                para ellos mismos o para los demás, o que        el servicio de camarotes)                       equivalente al previsto originalmente para
                                                     exijan tipos de cuidados o asistencia que        - Excursiones opcionales que se realizan        el regreso al lugar de salida, o a otro lugar
     2) CONCLUSIÓN DEL CON-                          no se puedan garantizar.                         desde los puertos de escala                     que pudieran acordar y reembolsará al pa-
     TRATO.                                                                                           - Tasas de servicio (propinas a bordo)          sajero el valor de las prestaciones no sumi-
     2.1 La solicitud de reserva deberá efec-        2.8 No está permitido el embarque a los          - Tasas de Embarque si no se especifica         nistradas respecto de las previstas.
     tuarse mediante el procedimiento habitual       menores de 6 meses.                              concretamente su inclusion en el precio
     y en caso de estar disponible en soporte        En determinados programas o cruceros             - Seguros Opcionales                            5.4 Se reconoce al Organizador la facultad
     informático,.                                   este límite se eleva a los 24 meses.                                                             de sustituir el barco previsto por otro de
                                                                                                      4.3 Revision de Precios                         características análogas, en caso de que
     2.2 La aceptación de las reservas está sub-     3) PAGOS.                                        Los precios indicados en el contrato po-        fuera necesario por razones técnicas, ope-
     ordinada a la disponibilidad de plazas y se     3.1 En el momento de la confirmacion             drán ser revisados hasta 20 días antes de la    rativas u otra causa razonable.
     entiende cumplimentada, con la consi-           del programa se deberá abonar la cuota de        fecha de salida, debido a variaciones res-
     guiente conclusión del contrato, sólo en        inscripción, que será del 15% del precio         pecto a los costes vigentes en el momento       6) CANCELACIÓN DEL CON-
     el momento de la confirmación (even-            total El resto del importe del viaje deberá      de la publicación del programa de los tri-      TRATO POR PARTE DEL VIA-
     tualmente de forma telemática) por parte        abonar se, con una antelación mínima de          butos e impuestos sobre alguno de los ser-      JERO.
     de Organizador y está sujeta a la condi-        30 días a la fecha de salida prevista.           vicios turísticos incluidos, como tasas         6.1 El pasajero puede resolver el contrato
     ción suspensiva del pago por parte del pa-                                                       aeroportuarias o de embarque en puertos;        sin penalización alguna sólo cuando se le
     sajero del adelanto a cuenta, según lo          3.2 El billete de pasaje y los bonos corres-     los tipos de cambio aplicados al paquete        comunique la modificación de un ele-
     establecido en la condición general 3).         pondientes a los demás servicios concer-         en cuestión; y el coste del carburante.         mento esencial, según lo establecido en la
                                                     tados, así como el resto de la                                                                   anterior condición 5.1, en cuyo caso ten-
     2.3 Las ofertas promocionales o que pre-        documentación definitiva del viaje, serán        5) MODIFICACIONES DEL VIAJE.                    drá derecho,alternativamente, a disfrutar
     vean condiciones más favorables con res-        entregados al pasajero una vez haya sido         5.1 Si antes de la salida del viaje, el Orga-   de otro paquete, o bien al reembolso de la
     pecto a las publicadas en los programas         abonado el saldo total del precio.               nizador se ve obligado a modificar de ma-       parte del precio ya pagada en el momento
     folletos están sujetas a límites de tiempo y                                                     nera significativa algún elemento esencial      de la resolución. El paquete del que de-
     de disponibilidad,según los criterios que       4) PRECIOS.                                      del contrato, se lo comunicará de inme-         cida disfrutar el viajero deberá ser de valor
     establece en cada ocasión el Organizador        4.1 El precio del Viaje Combinado                diato al pasajero. No se considerarán mo-       equivalente. Si el Organizador no puede
     a su absoluta discreción.                       incluye:                                         dificaciones significativas de elementos        proponer un paquete de valor equivalente,
                                                     a) El transporte, cuando este servicio esté      esenciales del contrato, según lo estable-      el pasajero tendrá derecho al reembolso de
     2.4 La realización de reservas para los pa-     incluido en el programa contratado,con el        cido en las presentes condiciones la susti-     la diferencia.
     sajeros menores de edad sólo se aceptarán       tipo de transporte, características y cate-      tución del barco; la modificación de la
     si el menor viaja acompañado de sus pa-         goría que se indican en el programa.             ruta del crucero; la asignación de otro ca-     6.2 El desestimiento de los servici9os
     dres u otro mayor de edad que asuma                                                              marote; las variaciones en la programación      contratados conllevara la indemnizacion
     todas las responsabilidades respecto del        b) El alojamiento, cuando este servicio          de espectáculos y otras formas de entrete-      por los conceptos que a continuación se
     menor.                                          esté incluido en el programa, en el esta-        nimiento a bordo del barco.                     indican:
                                                     blecimiento y con el régimen alimenticio
     2.5 Dado que los barcos no estan equi-          que figura en el programa.                       5.2 El pasajero que reciba la comunica-         a) En el caso de servicios sueltos: La tota-
     pados para la asistencia de embarazos y                                                          ción de la modificación significativa de        lidad de los gastos de gestión, más los gas-
     partos, no se aceptarán reservas de pasa-       c) Las tasas e impuestos de los estableci-       algún elemento esencial del contrato, ten-      tos de anulación, si se hubieran producido
     jeras que en la fecha de finalización del       mientos hoteleros y los impuestos indirec-       drá la facultad de resolver el contrato sin     estos últimos.
     viaje se encuentren en la 24ª semana de         tos –Impuesto sobre el Valor Añadido–,           penalización o bien de aceptar la modifi-
     embarazo o con un grado de gestación            cuando sean aplicables.                          cación, que pasará a ser parte del contrato     b) En el caso de viajes combinados y salvo
     más avanzado. En el momento del em-                                                              con la especificación exacta de las varia-      que el desistimiento se produzca por causa
     barque, las pasajeras embarazadas deberán       d) La asistencia técnica durante el              ciones, y de la incidencia de las mismas en     de fuerza mayor:



66
CONDICIONES GENERALES
1) Los gastos de gestión más los gastos de       esta obligado al pago del importe total del     dichos prestadores de servicios.                 del transporte u otro) o a exigencias ope-
anulación si los hubiese.                        viaje, aportando, en su caso, las cantidades                                                     rativas de los proveedores de los servicios.
                                                 pendientes de pago si las hubiere.              9.2 El Organizador responderá, asimismo,
2) Una penalización consistente en el 5%                                                         de los daños sufridos por los viajeros como      11.2 En caso de cancelación de una ex-
del total del viaje si el desistimiento se       7) CANCELACIÓN POR PARTE                        consecuencia de la no ejecución o ejecu-         cursión por causas técnicas, por fuerza
produce con más de diez días y menos de          DEL ORGANIZADOR.                                ción deficiente del contrato.                    mayor o por no haberse alcanzado el nú-
quince de antelación a la fecha de co-           7.1 En el supuesto que el Organizador                                                            mero mínimo de participantes, el Organi-
mienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y      cancele el viaje combinado antes de la          9.3 La responsabilidad del Organizador           zador reembolsará su precio a los pasajeros.
10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho       fecha de salida acordada, por cualquier         cesará cuando concurra alguna de las si-
horas anteriores a la salida. De no presen-      motivo que no le sea imputable al pasa-         guientes circunstancias: a) Que sean im-         11.3 Salvo indicación contraria, las excur-
tarse a la hora prevista para la salida, no      jero, éste tendrá derecho al reembolso          putables al pasajero; b) Que sean                siones se realizan con medios no equipa-
tendrá derecho a devolución alguna de la         de todas las cantidades pagadas o bien a        imputables a un tercero, ajeno al suminis-       dos específicamente para personas
cantidad abonada, salvo acuerdo entre las        la realización de otro viaje combinado          tro de las prestaciones previstas en el con-     discapacitadas.
partes en otro sentido.                          de calidad equivalente o superior siem-         trato y revistan un carácter imprevisible o
                                                 pre que el Organizador pueda propo-             insuperable; c) Que se deban a motivos de        12) MÉDICO DE A BORDO EN
Se entenderán como causas de fuerza              nérselo. En el supuesto que el viaje            fuerza mayor, entendiendo por tales aque-        CRUCEROS.
mayor, que eximirán al consumidor de su          ofrecido fuera de calidad inferior, el Or-      llas circunstancias ajenas a quien las invoca,   12.1 El médico de a bordo cuando este
responsabilidad, el fallecimiento, enferme-      ganizador deberá reembolsar al pasajero,        anormales e imprevisibles, cuyas conse-          servicio estuviera disponible asiste a los
dad grave o accidente del asegurado, cón-        cuando proceda en función de las can-           cuencias no habrían podido evitarse a            pasajeros en calidad de profesional autó-
yuge, hijos, padres o hermanos.                  tidades ya desembolsadas, la diferencia         pesar de haber actuado con la diligencia         nomo. El recurso a las prestaciones del
                                                 de precio.                                      debida; d) Que se deban a un aconteci-           médico de a bordo es voluntario y el coste
Algunos de los programas ofrecidos en                                                            miento que el Organizador, a pesar de            de las consultas es a cargo del pasajero.
este catálogo y en particular los que inclu-     7.2 No existirá obligación de indemnizar        haber puesto toda la diligencia necesaria,
yen destinos en Lejano Oriente son ope-          a cargo del Organizador en los siguientes       no podía prever ni superar. En los referi-       12.2 Las determinaciones del médico de a
rados en base a condiciones de reserva y         supuestos: a) Cuando la cancelación se          dos supuestos de exclusión de responsabi-        bordo en cuanto a la aptitud del pasajero
cancelación más estrictas comportando            deba a que el número de pasajeros inscri-       lidad, el Organizador prestará, no obstante,     para el embarque o la continuación del
una penalización por gastos de cancela-          tos para el viaje combinado sea inferior al     la necesaria asistencia al pasajero que se       crucero son vinculantes y no impugnables.
ción cuando ésta se produce con menos            exigido y así se comunique por escrito al       encuentre en dificultades, a cargo de éste.
de 30 días antes de la salida del viaje. Re-     consumidor con una antelación superior                                                           13) CUSTODIA DE OBJETOS DE
comendamos solicitar siempre informa-            a los tres días hábiles anteriores a la fecha   9.4 El Organizador no es responsable             VALOR.
ción concreta sobre las penalizaciones que       de inicio del viaje; b) Cuando la cancela-      frente al pasajero del incumplimiento por        En aquellos casos en que el Crucero u
afectan al viaje concreto reservado para al-     ción del viaje se deba a motivos de fuerza      parte de la Agencia de Viajes u otros in-        Hotel ponga a disposicion de los pasajeros
guno de estos destinos, así como la con-         mayor, entendiendo por tales aquellas cir-      termediarios que hayan intervenido en la         el servicio de Caja de Seguridad, el Orga-
veniencia de suscribir el Seguro Opcional        cunstancias ajenas a quien las invoca, anor-    conclusión del contrato, de las obligacio-       nizador no asume responsabilidad alguna
que incluye una cobertura para el riesgo         males e imprevisibles cuyas consecuencias       nes a cargo de éstos.                            por la custodia del dinero, documentos, tí-
de gastos de cancelación.                        no habrían podido evitarse, a pesar de                                                           tulos, joyas u objetos preciosos que no
                                                 haber actuado con la diligencia debida.         9.5 El Organizador que haya compensado           hayan sido recibidos para su depósito en
En el caso de que alguno de los servicios                                                        al pasajero se subroga en los derechos y ac-     dicha caja de seguridad, aún cuando estu-
contratados y anulados estuvieran sujetos        8) OBLIGACIONES DEL PASA-                       ciones del pasajero frente a los terceros res-   vieran depositados en las cajas fuertes de
a condiciones económicas especiales de           JERO.                                           ponsables.                                       los camarotes o habitaciones de Hotel.
contratación, tales como flete de aviones        8.1 El pasajero deberá llevar consigo un
para vuelos especiales los gastos de anula-      pasaporte individual así como los visados       10) LIMITACIÓN DE RESPONSA-                      14) RECLAMACIONES Y DENUN-
ción por desistimiento con menos de 30           de entrada y de tránsito y los certificados     BILIDAD.                                         CIAS.
días se establecerán de acuerdo con estas        sanitarios que pudieran ser requeridos.         10.1 El resarcimiento de los daños que re-       En los casos de incumplimientos o defectos
condiciones en 300 €.                                                                            sulten del incumplimiento o de la mala           en la ejecució de los servicios contratados,
                                                 8.2 El pasajero deberá comportarse de           ejecución de las prestaciones incluidas en       el consumidor se obliga a notificarlo por
6.2 El viaje combinado de Crucero está           modo que no ponga en peligro la seguri-         el viaje quedará limitado con arreglo a lo       escrito al prestador de servicios de que se
sujeto a condiciones económicas especia-         dad, la calma y el disfrute del crucero por     previsto en las normas nacionales y en los       trate, a la Agencia de Viajes y al Organiza-
les de contratación que exigen significati-      parte de otros pasajeros.                       convenios internacionales reguladores de         dor ,a la mayor brevedad posible, (“in situ”
vas previsiones, de flete y avituallamientos                                                     dichas prestaciones, en particular se apli-      o durante los días siguientes a la finalización
de los buques por lo que al pasajero que         8.3 Queda prohibido al pasajero llevar a        carán las limitaciones previstas por el artí-    del viaje). El Organizador examinará, lo
desista del contrato se le adeudarán los         bordo del barco mercancías, animales            culo 13.2 de la Convención de Bruselas           antes posible y de buena fe, las reclamacio-
gastos de gestión, la cuota de inscripción       vivos, armas, municiones, explosivos, sus-      de 23.04.1970 (CCV).                             nes presentadas y hará todo lo posible para
si estuviera prevista y, en concepto de gas-     tancias inflamables, tóxicas o peligrosas sin                                                    conseguir una resolución rápida y equita-
tos de anulación y penalización, los im-         el consentimiento por escrito del Organi-       10.2 En caso de que el Organizador sea           tiva de las mismas de forma amistosa.
portes indicados a continuación para cada        zador.                                          también el armador y/o propietario y/o
Organizador:                                                                                     conductor y/o fletador del barco utilizado       El plazo de prescripción de las acciones
                                                 8.4 El pasajero responderá de los daños y       para el crucero, se aplicarán las normas re-     para formular reclamaciones derivadas del
LOUIS CRUISES                                    perjuicios que el Organizador sufra como        lativas a la limitación de la responsabilidad    presente contrato será el de dos meses.
* Desde la fecha de la reserva hasta 60 días     consecuencia del incumplimiento de las          según lo establecido en los artículos 275 y
antes de la salida, 100 Dolares por per-         citadas obligaciones.                           siguientes del Código Naval o, cuando            Cualquier litigio relativo al presente con-
sona.* De 59 a 46 días de antelación a la                                                        sean aplicables, en la Convención de Bru-        trato, será competencia exclusiva de los Juz-
salida, el 10 % del importe total.* De 45 a      9) RESPONSABILIDAD DEL OR-                      selas del 10.10.1957 o la Convención de          gados y Tribunales del lugar sede del
31 días de antelación a la salida, el 25 % del   GANIZADOR.                                      Londres del 19.11.1976 y sucesivas modi-         Organizador de estos programas y de las
importe total. * De 30 a 16 días de antela-      9.1 El Organizador responderá frente al         ficaciones.                                      Compañias de Cruceros organizadoras a
ción a la salida, el 50 % del importe total.     pasajero, en función de las obligaciones                                                         cuya Jurisdicción y competencia las partes se
* De 15 a 8 días de antelación a la salida,      que le corresponden por su ámbito de            11) EXCURSIONES Y VISITAS OP-                    someten expresamente con exclusión de
el 75 % del importe total. * De 08 días de       gestión del viaje, del correcto cumpli-         CIONALES.                                        cualquier otro que pudiera corresponderles.
antelación a la salida, el 100 % del importe     miento de las obligaciones derivadas del        11.1 Los horarios y los itinerarios de las
total. De no presentarse a la salida, el con-    contrato, con independencia de que éstas        excursiones pueden estar sujetos a varia-        Los precios indicados en el presente catálogo
sumidor y usuario o hacerlo sin tener la         las deba ejecutar el mismo u otros presta-      ciones debido a circunstancias externas          se han fijado en Febrero de 2012. Dichos
documentación necesaria para iniciar el          dores de servicios y sin perjuicio del de-      (como por ejemplo: condiciones atmosfé-          precios pueden por tanto sufrir variaciones,
viaje, (pasaportes, visados, vacunaciones)       recho del Organizador a actuar contra           ricas o climáticas, paros o huelgas, retraso     tal como se indica en la clauslula 4.3.



                                                                                                                                                                                                    67

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Condiciones generales de viajes Mapaplus 2012

  • 1. CONDICIONES GENERALES La Agencia Mayorista MAPAPLUS, S.A. aportar un certificado médico acredita- viaje,cuando este servicio esté específica- el precio. El pasajero deberá comunicar CICMA, 1774 con domicilio en Madrid tivo del buen estado de salud de la pasa- mente incluido en el programa en bus y por escrito su decisión al Organizador a (España) y lasdiferentes compañias Navie- jera y del bebe, en el que se especifique siempre que en el circuito concurran al través de la Agencia de Viajes, en el plazo ras Operadores de los Cruceros Ibero la fecha prevista para el alumbramiento y menos 20 pasajeros. Con menos de 20 pa- de 3 días siguientes a ser notificado de la Cruceros – Louis Hellenic Cruises y la idoneidad médica de la pasajera para sajeros en el bus el organizador podrá modificación y si no lo hiciera se enten- Croisieurope- Alsace Croisieres participar en el viaje. optar por enviar el bus con un chófer ex- derá que opta por la resolución del con- perto únicamente. trato sin penalización, salvo que 1) LEGISLACIÓN APLICABLE. 2.6 Las reservas de personas discapacitadas efectivamente realice el viaje con las mo- Este contrato se rige por lo acordado por se aceptan dentro de los límites de dispo- e) En los circuitos en avión la asistencia dificaciones introducidas, lo que se consi- las partes, por lo establecido en estas con- nibilidad y, en caso de necesidad, se condi- será siempre local. derará una aceptación tácita del contrato diciones generales y por lo dispuesto en cionan a la presencia de un acompañante modificado. el libro cuarto del Real Decreto Legisla- que pueda asistir al discapacitado. El Orga- 4.2 El precio del Crucero incluye: tivo 1/2007, de 16 de noviembre, que re- nizador no asume la obligación de ofrecer - Regimen de comidas a bordo indicado 5.3 En el caso de que después del inicio gula los Viajes Combinados, así como por programas alternativos a bordo o en tierra en cada programa del viaje el Organizador no pueda sumi- las normas internacionales que resulten para los pasajeros discapacitados, ni asume - Camarote en la categoría elegida con nistrar una parte importante de los servi- de aplicación y en particular, por el Con- responsabilidad alguna en cuanto a la difi- limpieza diaria del mismo y acceso y uso cios previstos en el contrato por motivos venio de Atenas de 13 de diciembre de cultad o a la imposibilidad que puedan en- de todas las instalaciones ajenos al pasajero, dispondrá las soluciones 1974, modificado por el Protocolo de contrar los mismos para hacer uso de los - Participación en todos los programas y alternativas para la continuación del viaje, Londres de 19 de noviembre de 1976 y servicios y actividades del paquete turístico. actividades de animación cuando estuvie- conforme a las exigencias técnicas y de se- por las demás normas nacionales e inter- sen previstos en el programa del crucero guridad de navegación, sin suplementos de nacionales de aplicación relativas a las 2.7 El pasajero tiene la obligación de co- precio a cargo de los pasajeros y, ennel prestaciones individuales que forman el municar al Organizador, en el momento 4.2 El Precio del Crucero no in- caso de que los servicios sean de valor in- paquete turístico. de la solicitud de la reserva, las eventuales cluye: ferior respecto de los previstos, reembol- enfermedades o discapacidades, físicas o - Bebidas en el restaurante o en los distin- sará la diferencia al pasajero. En el caso que Cada una de las cláusulas de las presentes psíquicas, que puedan exigir formas de tos bares a no ser que así se especifique es- no fuera posible encontrar ninguna solu- condiciones generales deberá considerarse asistencia o cuidados especiales. No se pecialmente. ción alternativa o bien la solución pro- independiente de las otras. La invalidez acepta ninguna reserva para pasajeros - Servicios personales como peluquería, puesta por el Organizador fuera rechazada total o parcial de una de las cláusulas o pá- cuyas condiciones físicas y psíquicas hagan masajes, spa, sauna, baño turco, lavandería por el pasajero por motivos razonables y rrafo, no conllevará la invalidez de nin- que su participación en el programa de y planchado, compras en las tiendas, lla- justificados, el Organizador facilitará sin guna otra cláusula o párrafo de las viaje o crucero sea imposible o peligrosa madas de teléfono o mensajes a tierra ni recargo de precio, un medio de transporte presentes condiciones generales. para ellos mismos o para los demás, o que el servicio de camarotes) equivalente al previsto originalmente para exijan tipos de cuidados o asistencia que - Excursiones opcionales que se realizan el regreso al lugar de salida, o a otro lugar 2) CONCLUSIÓN DEL CON- no se puedan garantizar. desde los puertos de escala que pudieran acordar y reembolsará al pa- TRATO. - Tasas de servicio (propinas a bordo) sajero el valor de las prestaciones no sumi- 2.1 La solicitud de reserva deberá efec- 2.8 No está permitido el embarque a los - Tasas de Embarque si no se especifica nistradas respecto de las previstas. tuarse mediante el procedimiento habitual menores de 6 meses. concretamente su inclusion en el precio y en caso de estar disponible en soporte En determinados programas o cruceros - Seguros Opcionales 5.4 Se reconoce al Organizador la facultad informático,. este límite se eleva a los 24 meses. de sustituir el barco previsto por otro de 4.3 Revision de Precios características análogas, en caso de que 2.2 La aceptación de las reservas está sub- 3) PAGOS. Los precios indicados en el contrato po- fuera necesario por razones técnicas, ope- ordinada a la disponibilidad de plazas y se 3.1 En el momento de la confirmacion drán ser revisados hasta 20 días antes de la rativas u otra causa razonable. entiende cumplimentada, con la consi- del programa se deberá abonar la cuota de fecha de salida, debido a variaciones res- guiente conclusión del contrato, sólo en inscripción, que será del 15% del precio pecto a los costes vigentes en el momento 6) CANCELACIÓN DEL CON- el momento de la confirmación (even- total El resto del importe del viaje deberá de la publicación del programa de los tri- TRATO POR PARTE DEL VIA- tualmente de forma telemática) por parte abonar se, con una antelación mínima de butos e impuestos sobre alguno de los ser- JERO. de Organizador y está sujeta a la condi- 30 días a la fecha de salida prevista. vicios turísticos incluidos, como tasas 6.1 El pasajero puede resolver el contrato ción suspensiva del pago por parte del pa- aeroportuarias o de embarque en puertos; sin penalización alguna sólo cuando se le sajero del adelanto a cuenta, según lo 3.2 El billete de pasaje y los bonos corres- los tipos de cambio aplicados al paquete comunique la modificación de un ele- establecido en la condición general 3). pondientes a los demás servicios concer- en cuestión; y el coste del carburante. mento esencial, según lo establecido en la tados, así como el resto de la anterior condición 5.1, en cuyo caso ten- 2.3 Las ofertas promocionales o que pre- documentación definitiva del viaje, serán 5) MODIFICACIONES DEL VIAJE. drá derecho,alternativamente, a disfrutar vean condiciones más favorables con res- entregados al pasajero una vez haya sido 5.1 Si antes de la salida del viaje, el Orga- de otro paquete, o bien al reembolso de la pecto a las publicadas en los programas abonado el saldo total del precio. nizador se ve obligado a modificar de ma- parte del precio ya pagada en el momento folletos están sujetas a límites de tiempo y nera significativa algún elemento esencial de la resolución. El paquete del que de- de disponibilidad,según los criterios que 4) PRECIOS. del contrato, se lo comunicará de inme- cida disfrutar el viajero deberá ser de valor establece en cada ocasión el Organizador 4.1 El precio del Viaje Combinado diato al pasajero. No se considerarán mo- equivalente. Si el Organizador no puede a su absoluta discreción. incluye: dificaciones significativas de elementos proponer un paquete de valor equivalente, a) El transporte, cuando este servicio esté esenciales del contrato, según lo estable- el pasajero tendrá derecho al reembolso de 2.4 La realización de reservas para los pa- incluido en el programa contratado,con el cido en las presentes condiciones la susti- la diferencia. sajeros menores de edad sólo se aceptarán tipo de transporte, características y cate- tución del barco; la modificación de la si el menor viaja acompañado de sus pa- goría que se indican en el programa. ruta del crucero; la asignación de otro ca- 6.2 El desestimiento de los servici9os dres u otro mayor de edad que asuma marote; las variaciones en la programación contratados conllevara la indemnizacion todas las responsabilidades respecto del b) El alojamiento, cuando este servicio de espectáculos y otras formas de entrete- por los conceptos que a continuación se menor. esté incluido en el programa, en el esta- nimiento a bordo del barco. indican: blecimiento y con el régimen alimenticio 2.5 Dado que los barcos no estan equi- que figura en el programa. 5.2 El pasajero que reciba la comunica- a) En el caso de servicios sueltos: La tota- pados para la asistencia de embarazos y ción de la modificación significativa de lidad de los gastos de gestión, más los gas- partos, no se aceptarán reservas de pasa- c) Las tasas e impuestos de los estableci- algún elemento esencial del contrato, ten- tos de anulación, si se hubieran producido jeras que en la fecha de finalización del mientos hoteleros y los impuestos indirec- drá la facultad de resolver el contrato sin estos últimos. viaje se encuentren en la 24ª semana de tos –Impuesto sobre el Valor Añadido–, penalización o bien de aceptar la modifi- embarazo o con un grado de gestación cuando sean aplicables. cación, que pasará a ser parte del contrato b) En el caso de viajes combinados y salvo más avanzado. En el momento del em- con la especificación exacta de las varia- que el desistimiento se produzca por causa barque, las pasajeras embarazadas deberán d) La asistencia técnica durante el ciones, y de la incidencia de las mismas en de fuerza mayor: 66
  • 2. CONDICIONES GENERALES 1) Los gastos de gestión más los gastos de esta obligado al pago del importe total del dichos prestadores de servicios. del transporte u otro) o a exigencias ope- anulación si los hubiese. viaje, aportando, en su caso, las cantidades rativas de los proveedores de los servicios. pendientes de pago si las hubiere. 9.2 El Organizador responderá, asimismo, 2) Una penalización consistente en el 5% de los daños sufridos por los viajeros como 11.2 En caso de cancelación de una ex- del total del viaje si el desistimiento se 7) CANCELACIÓN POR PARTE consecuencia de la no ejecución o ejecu- cursión por causas técnicas, por fuerza produce con más de diez días y menos de DEL ORGANIZADOR. ción deficiente del contrato. mayor o por no haberse alcanzado el nú- quince de antelación a la fecha de co- 7.1 En el supuesto que el Organizador mero mínimo de participantes, el Organi- mienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y cancele el viaje combinado antes de la 9.3 La responsabilidad del Organizador zador reembolsará su precio a los pasajeros. 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho fecha de salida acordada, por cualquier cesará cuando concurra alguna de las si- horas anteriores a la salida. De no presen- motivo que no le sea imputable al pasa- guientes circunstancias: a) Que sean im- 11.3 Salvo indicación contraria, las excur- tarse a la hora prevista para la salida, no jero, éste tendrá derecho al reembolso putables al pasajero; b) Que sean siones se realizan con medios no equipa- tendrá derecho a devolución alguna de la de todas las cantidades pagadas o bien a imputables a un tercero, ajeno al suminis- dos específicamente para personas cantidad abonada, salvo acuerdo entre las la realización de otro viaje combinado tro de las prestaciones previstas en el con- discapacitadas. partes en otro sentido. de calidad equivalente o superior siem- trato y revistan un carácter imprevisible o pre que el Organizador pueda propo- insuperable; c) Que se deban a motivos de 12) MÉDICO DE A BORDO EN Se entenderán como causas de fuerza nérselo. En el supuesto que el viaje fuerza mayor, entendiendo por tales aque- CRUCEROS. mayor, que eximirán al consumidor de su ofrecido fuera de calidad inferior, el Or- llas circunstancias ajenas a quien las invoca, 12.1 El médico de a bordo cuando este responsabilidad, el fallecimiento, enferme- ganizador deberá reembolsar al pasajero, anormales e imprevisibles, cuyas conse- servicio estuviera disponible asiste a los dad grave o accidente del asegurado, cón- cuando proceda en función de las can- cuencias no habrían podido evitarse a pasajeros en calidad de profesional autó- yuge, hijos, padres o hermanos. tidades ya desembolsadas, la diferencia pesar de haber actuado con la diligencia nomo. El recurso a las prestaciones del de precio. debida; d) Que se deban a un aconteci- médico de a bordo es voluntario y el coste Algunos de los programas ofrecidos en miento que el Organizador, a pesar de de las consultas es a cargo del pasajero. este catálogo y en particular los que inclu- 7.2 No existirá obligación de indemnizar haber puesto toda la diligencia necesaria, yen destinos en Lejano Oriente son ope- a cargo del Organizador en los siguientes no podía prever ni superar. En los referi- 12.2 Las determinaciones del médico de a rados en base a condiciones de reserva y supuestos: a) Cuando la cancelación se dos supuestos de exclusión de responsabi- bordo en cuanto a la aptitud del pasajero cancelación más estrictas comportando deba a que el número de pasajeros inscri- lidad, el Organizador prestará, no obstante, para el embarque o la continuación del una penalización por gastos de cancela- tos para el viaje combinado sea inferior al la necesaria asistencia al pasajero que se crucero son vinculantes y no impugnables. ción cuando ésta se produce con menos exigido y así se comunique por escrito al encuentre en dificultades, a cargo de éste. de 30 días antes de la salida del viaje. Re- consumidor con una antelación superior 13) CUSTODIA DE OBJETOS DE comendamos solicitar siempre informa- a los tres días hábiles anteriores a la fecha 9.4 El Organizador no es responsable VALOR. ción concreta sobre las penalizaciones que de inicio del viaje; b) Cuando la cancela- frente al pasajero del incumplimiento por En aquellos casos en que el Crucero u afectan al viaje concreto reservado para al- ción del viaje se deba a motivos de fuerza parte de la Agencia de Viajes u otros in- Hotel ponga a disposicion de los pasajeros guno de estos destinos, así como la con- mayor, entendiendo por tales aquellas cir- termediarios que hayan intervenido en la el servicio de Caja de Seguridad, el Orga- veniencia de suscribir el Seguro Opcional cunstancias ajenas a quien las invoca, anor- conclusión del contrato, de las obligacio- nizador no asume responsabilidad alguna que incluye una cobertura para el riesgo males e imprevisibles cuyas consecuencias nes a cargo de éstos. por la custodia del dinero, documentos, tí- de gastos de cancelación. no habrían podido evitarse, a pesar de tulos, joyas u objetos preciosos que no haber actuado con la diligencia debida. 9.5 El Organizador que haya compensado hayan sido recibidos para su depósito en En el caso de que alguno de los servicios al pasajero se subroga en los derechos y ac- dicha caja de seguridad, aún cuando estu- contratados y anulados estuvieran sujetos 8) OBLIGACIONES DEL PASA- ciones del pasajero frente a los terceros res- vieran depositados en las cajas fuertes de a condiciones económicas especiales de JERO. ponsables. los camarotes o habitaciones de Hotel. contratación, tales como flete de aviones 8.1 El pasajero deberá llevar consigo un para vuelos especiales los gastos de anula- pasaporte individual así como los visados 10) LIMITACIÓN DE RESPONSA- 14) RECLAMACIONES Y DENUN- ción por desistimiento con menos de 30 de entrada y de tránsito y los certificados BILIDAD. CIAS. días se establecerán de acuerdo con estas sanitarios que pudieran ser requeridos. 10.1 El resarcimiento de los daños que re- En los casos de incumplimientos o defectos condiciones en 300 €. sulten del incumplimiento o de la mala en la ejecució de los servicios contratados, 8.2 El pasajero deberá comportarse de ejecución de las prestaciones incluidas en el consumidor se obliga a notificarlo por 6.2 El viaje combinado de Crucero está modo que no ponga en peligro la seguri- el viaje quedará limitado con arreglo a lo escrito al prestador de servicios de que se sujeto a condiciones económicas especia- dad, la calma y el disfrute del crucero por previsto en las normas nacionales y en los trate, a la Agencia de Viajes y al Organiza- les de contratación que exigen significati- parte de otros pasajeros. convenios internacionales reguladores de dor ,a la mayor brevedad posible, (“in situ” vas previsiones, de flete y avituallamientos dichas prestaciones, en particular se apli- o durante los días siguientes a la finalización de los buques por lo que al pasajero que 8.3 Queda prohibido al pasajero llevar a carán las limitaciones previstas por el artí- del viaje). El Organizador examinará, lo desista del contrato se le adeudarán los bordo del barco mercancías, animales culo 13.2 de la Convención de Bruselas antes posible y de buena fe, las reclamacio- gastos de gestión, la cuota de inscripción vivos, armas, municiones, explosivos, sus- de 23.04.1970 (CCV). nes presentadas y hará todo lo posible para si estuviera prevista y, en concepto de gas- tancias inflamables, tóxicas o peligrosas sin conseguir una resolución rápida y equita- tos de anulación y penalización, los im- el consentimiento por escrito del Organi- 10.2 En caso de que el Organizador sea tiva de las mismas de forma amistosa. portes indicados a continuación para cada zador. también el armador y/o propietario y/o Organizador: conductor y/o fletador del barco utilizado El plazo de prescripción de las acciones 8.4 El pasajero responderá de los daños y para el crucero, se aplicarán las normas re- para formular reclamaciones derivadas del LOUIS CRUISES perjuicios que el Organizador sufra como lativas a la limitación de la responsabilidad presente contrato será el de dos meses. * Desde la fecha de la reserva hasta 60 días consecuencia del incumplimiento de las según lo establecido en los artículos 275 y antes de la salida, 100 Dolares por per- citadas obligaciones. siguientes del Código Naval o, cuando Cualquier litigio relativo al presente con- sona.* De 59 a 46 días de antelación a la sean aplicables, en la Convención de Bru- trato, será competencia exclusiva de los Juz- salida, el 10 % del importe total.* De 45 a 9) RESPONSABILIDAD DEL OR- selas del 10.10.1957 o la Convención de gados y Tribunales del lugar sede del 31 días de antelación a la salida, el 25 % del GANIZADOR. Londres del 19.11.1976 y sucesivas modi- Organizador de estos programas y de las importe total. * De 30 a 16 días de antela- 9.1 El Organizador responderá frente al ficaciones. Compañias de Cruceros organizadoras a ción a la salida, el 50 % del importe total. pasajero, en función de las obligaciones cuya Jurisdicción y competencia las partes se * De 15 a 8 días de antelación a la salida, que le corresponden por su ámbito de 11) EXCURSIONES Y VISITAS OP- someten expresamente con exclusión de el 75 % del importe total. * De 08 días de gestión del viaje, del correcto cumpli- CIONALES. cualquier otro que pudiera corresponderles. antelación a la salida, el 100 % del importe miento de las obligaciones derivadas del 11.1 Los horarios y los itinerarios de las total. De no presentarse a la salida, el con- contrato, con independencia de que éstas excursiones pueden estar sujetos a varia- Los precios indicados en el presente catálogo sumidor y usuario o hacerlo sin tener la las deba ejecutar el mismo u otros presta- ciones debido a circunstancias externas se han fijado en Febrero de 2012. Dichos documentación necesaria para iniciar el dores de servicios y sin perjuicio del de- (como por ejemplo: condiciones atmosfé- precios pueden por tanto sufrir variaciones, viaje, (pasaportes, visados, vacunaciones) recho del Organizador a actuar contra ricas o climáticas, paros o huelgas, retraso tal como se indica en la clauslula 4.3. 67