3. De los atentados contra la confidencialidad, la
integridad y la disponibilidad de los datos y de los
sistemas informáticos:
1. Acceso abusivo a un sistema informático
2. Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de
telecomunicación
3. Interceptación de datos informáticos
4. Daño Informático
5. Uso de software malicioso
6. Violación de datos personales
7. Suplantación de sitios web para capturar datos personales.
La consecuencias por tal delito sería pagadas por incurrirá en
pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96)
meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales
mensuales vigentes
4. El que, sin estar facultado para ello
Impida u obstaculice el funcionamiento
El acceso normal a un sistema informático
a los datos informáticos allí contenidos por
una red.
Incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho
(48) a noventa y seis (96) meses y en multa de
100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales
vigentes
5. La persona que sin orden judicial
presente intercepte datos informáticos
en su origen, destino o en el interior de
un sistema informático, o las emisiones
electromagnéticas provenientes de un
sistema informático que los transporte
incurrirá en pena de prisión de treinta y
seis (36) a setenta y dos (72) meses
6. La persona que sin estar relacionado,
dañe, borre, destruya, altere o suprima datos
informáticos , o personales , o un sistema de
tratamiento de información o sus partes o
componentes lógicos.
Tendrá una pena de prisión de cuarenta y ocho
(48) a noventa y seis (96) meses.
Con una multa de 100 a 1.000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes.
7. La persona sin estar relacionado
para la produzca, trafique, adquiera,
distribuya, venda, envíe, introduzca
o extraiga del territorio nacional software
malos u otros programas de computación de
efectos dañinos sera condenado a una pena
de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
8. La persona que no este relacionada para el. Y así
llegue a sacar provecho propio o de un tercero,
obteniendo, sustraiga, venda, intercambie, envíe,
intercepte, compren o modifique códigos
personales, datos personales contenidos en ficheros,
archivos, bases de datos o medios semejantes,
incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a
noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes
9. El que con objeto ilícito y sin estar facultado
para ello, diseñe,
desarrolle, trafique, venda, ejecute,
programe o envíe páginas electrónicas,
enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en
pena de prisión de cuarenta
y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y
en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos
legales mensuales vigentes,
10. . El que con objeto ilícito y sin estar facultado para
ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute,
programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o
ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de
cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y
en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales
mensuales vigentes