1. Secretario:
Expediente Nº:
Cuaderno: Principal
Escrito Nº: 01
Sumilla: INTERPONGO DEMANDA
DE ALIMENTOS.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE HUAURA.
SANTA TEODORA BUENO MENACHO, identificada con D.N.I. Nº
15584560, con domicilio real en Prolongación Grau N° 123, Distrito de Huacho, Provincia
de Huaura, y Departamento de Lima, señalando domicilio procesal en Urb. San Pedro F4 –
2do. Piso, ciudad de Huacho; ante Ud. respetuosamente me presento y digo:
I.- PETITORIO:
Que, acreditando interés y legitimidad para obrar interpongo demanda de
ALIMENTOS, contra ALIRO TEODULO ALMANDOZ VLLANUEVA, a quien se
le deberá notificar en su domicilio ubicado en Prolongación Grau N° 112, distrito de
Huacho, Provincia de Huaura, Departamento de Lima, a fin de que previo los trámites de
ley, solicito se señale una pensión alimenticia ascendente a la suma de S/. 800.00
(OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensuales, a favor de nuestro menor
hijo FRANCO SEBASTIAN ALMANDOZ BUENO de 15 años de edad, conforme a
los fundamentos que paso exponer.
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.- Que, con el demando obtuvimos matrimonio el día 31 de mayo de 1980 y
producto de nuestra relación procreamos a nuestro menor hijo FRANCO SEBASTIAN
ALMANDOZ BUENO.
2.- Que, el demandado siempre me ha acudido con la manutención de nuestro hijo,
sin embargo, desde hace algún tiempo atrás se ha desatendido de sus obligaciones
manifestando que tiene otras obligaciones que atender, cuando no es así, sin que tenga en
cuenta que a la fecha nuestro menor se encuentra cursando estudios de educación
secundaria, por lo que necesita cubrir gastos de útiles de estudios, refrigerio, pasajes, etc.,
además de vestimenta alimentos y demás necesidades básicas que mis posibilidades
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2. económicas no me ayudan a cubrirlos totalmente, por los que me veo obligada a iniciar la
presente acción, para que se ordene al demandado cumpla con acudir con una pensión
alimenticia a favor de nuestro menor hijo
4.- En cuanto a las posibilidades del demandado, debo señalar que éste goza de una
buena economía, ya que es pensionista de la Guardia Civil (Policía Nacional);
permitiéndole ello obtener ingresos económicos suficientes para cubrir las necesidades
nuestra menor hijo en la forma señalada en el petitorio de mi demanda.
5.- Por lo expuesto señor Juez, solicito se tengan presentes los argumentos
señalados en los párrafos precedentes y se fije la pensión alimenticia mencionado en el
petitorio, debiendo tener en cuenta que el demandado es una persona con solvencia
económica por lo que solicito a Ud. señor Juez, dar trámite a la presente demanda y en su
oportunidad declararla fundada en todos sus extremos.
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Art. 472.° y 474.° del Código Civil, Art. 164.º del Código de los Niños y
Adolescentes, cumpliendo con los requisitos y exigencias de los Arts. 424.° y 425.° del
Código Procesal Civil.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO:
ARTÍCULO 6.º 2do. y 3er. Párrafo que dispone: “Es deber y derecho de los
padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos…” “Así como todos los
hijos tienen iguales derechos y deberes, está prohibida toda mención sobre
el estado civil de los padres…”.
CÓDIGO CIVIL:
ARTÍCULO 472.º que dispone: “Se entienden por alimentos lo que es
indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica,
según la situación y posibilidades de la familia”. “Cuando el alimentista es
menor de edad los alimentos comprenden también su educación,
instrucción y capacitación para el trabajo”.
ARTÍCULO 481.º que dispone: “Los alimentos se regulan por el Juez en
proporción a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que
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3. debe darle, atendiendo además a las circunstancias personales de ambos,
especialmente a las obligaciones al que se haya sujeto el deudor. No es
necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe
prestar los alimentos”.
CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
ARTÍCULO 424.º que dispone: “Los requisitos de la demanda”.
ARTÍCULO 425.º que establece: “Los anexos a la demanda”.
ARTÍCULO 560.º que dispone: “Corresponde el conocimiento del proceso de
alimentos al Juez del domicilio del demandado o del demandante, a
elección de éste el Juez rechazará de plano cualquier cuestionamiento a la
competencia a razón de territorio”.
IV.- VÍA PROCEDIMENTAL:
Proceso Único, conforme al Art. 164.º del Código de los Niños y Adolescentes.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
1.- El mérito de la Partida de Nacimiento del menor Franco Sebastián Almandoz
Bueno, para acreditar la relación filial y la obligación del demandado para con éste.
2.- El mérito de la Declaración de Parte que deberá absolver el demandado con
arreglo al pliego de preguntas que en sobre cerrado se anexa.
VI.- ANEXOS:
1-A Copia simple del Documento Nacional de Identidad del recurrente.
1-B Acta de Nacimiento de nuestro menor Franco Sebastián Almandoz Bueno
1-C Sobre Cerrado.
1-D Papeleta de Habilitación del Abogado patrocinante.
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4. Por tanto:
Sírvase Señor Juez admitir a trámite la presente demanda, tener por ofrecidos los
medios probatorios y en su oportunidad declararla FUNDADA.
OTROSÍ DIGO: Que, al amparo de lo dispuesto por el Artículo 80.º del Código Procesal
Civil, delego al Letrado que autoriza el presente escrito las facultades generales de
representación a que se refiere el Artículo 74.º de la norma adjetiva acotada, para cuyos
efectos señalo el domicilio procesal de mi representante el mismo que se encuentra
expresado en el exordio del presente escrito; asimismo declaro estar instruido de la
delegación que otorgo y de sus alcances.
Sírvase tener presente.
Huacho, 27 de noviembre del 2013
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