1. República Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación IUFRONT
San Cristóbal-Táchira
Derecho Penal
(Ensayo)
Realizado por:
JoseannyGarcia
24127932
2. Cuando se habla de derecho penal se utiliza el término con diferentes
significados según a qué el mismo se esté refiriendo. De tal modo podemos
mencionar una clasificación preliminar tal como: derecho penal sustantivo y, por
otro lado, el derecho penal adjetivo o procesal penal.
El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos
como Código Penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas
por el estado estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho
procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de
aplicación de aquellas.
El Derecho Penal objetivamente considerado es el conjunto de leyes
mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a
los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de
incriminación.
Nuestro sistema de Administración de Justicia Penal, delineado en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Adjetiva Penal
Vigente (COPP), se erige como la institucionalización de un Proceso Penal más
humano, donde los Derechos Fundamentales y las Garantías Procesales, cumplen
con la función de ser un muro de contención, que protegen al imputado de la
fuerza del Ius Puniendi Estatal. La puesta en práctica diaria de este Proceso (Art.
257 CRBV) conduce a la materialización de un Estado de Derecho. Ahora bien, no
siempre fue así. En Venezuela, reinó por casi 70 años un Modelo de
enjuiciamiento de talle Inquisitivo , de él dimanaban las más desorbitadas
arbitrariedades en contra de la persona que era objeto de dicho proceso.
3. Durante la vigencia de esa norma adjetiva penal, fueron muchas las
violaciones, atropellos e incluso muertos. No existía realmente un puñado de
principios, ni garantías procesales, que permitieran justamente que el proceso
fuese un instrumento fundamental para la consecución de la justicia, en cambio, el
proceso era el vivo resplandor de un Sistema Penal pútrido.
Sistema Penal, Proceso, Derecho Procesal Penal: ¿Dónde se produjo el
Cambio?
Es muy común encontrarnos con vocablos como: Sistema y Proceso, ligados a la
expresión “Acusatorio”. Me parece conveniente tratar de discriminar entre uno y
otro para poder comprender a mayor cabalidad, sobre cuál de los dos recae
verdaderamente la metamorfosis garantista, puesto que, se presta a confusión
asumir que el Proceso es el Sistema u viceversa.
El sistema penal en un concepto tradicional, consiste en el conjunto de
Instituciones, sobre las cuales recae la responsabilidad de ejercer el Ius Puniendi
del Estado. Entre esas instituciones, podemos nombrar: los Cuerpos Policiales, el
Poder Judicial, el Ministerio Público, las Penitenciarías, incluso las Instituciones
que cumplen un rol post-penitenciario asumen un papel dentro del Sistema. El
Proceso , es el escenario donde un conjunto secuencial de pasos, que funcionan
como eslabones que unidos entre si, alcanzan un objeto determinado.
Ahora bien, luego de diferenciar Sistema, Proceso y Derecho Procesal
Penal, el problema está en determinar sobre cuál de ellos específicamente fue
enfocado el cambio paradigmático. Como podemos notar, el Proceso no es el
Sistema, es parte del Sistema; el Sistema no es el Proceso, está compuesto por
un Proceso. El Derecho Procesal Penal se encarga de estudiar el Proceso desde
su inicio hasta su culminación, estableciendo los principios informadores del
mismo.
4. Con la incorporación al escenario jurídico de forma anticipada del Código
Orgánico Procesal Penal en el año 1998 , se avizora una transformación a nivel
del Derecho Procesal Penal Venezolano, es decir, a ese conjunto de normas que
van a regular el desarrollo de la Administración de Justicia Penal. Fue
reconfigurada la óptica del Proceso, pero más allá de eso, se vislumbraba una
esperanza viva de salir del oscurantismo en el cual nuestro Proceso Penal estaba
inmerso.
se puede concluir que el derecho penal humanitario emana de la
misma especie humana, es esencial en cada uno de los miembros
independientemente de su posición social, de su etnia y de su nacionalidad, o de
toda otra consideración, contiene principios específicos y negar esto implica entrar
en contradicción con la conciencia humana, porque están basados en valores,que
protege los derechos humanos en la autoconsciencia racional de la dignidad,
libertad e igualdad.