1. 7
MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQÜIA
ALCALDÍA MUNICIPAL
NIT: 890.984.376-5
SAN LUIS EMPRENDEDOR Y PARTICIPATIVO
PROYECTO DE ACUERDO No. 01 de 2014
i
"POR EL CUAL SE OTORGAN FACULTADES
AL EJECUTIVO MUNICIPAL PARA REALIZAR UN EMPRÉSTITO
EXPOSICION DE MOTIVOS
1. FUNDAMENTO JURÍDICO
La iniciativa se sustenta en normas de la Constitución Política de 1991, Ley 358 de 1997, ley 136 de 1994,
1551 de 2012 de la siguiente manera:
1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991
El presente proyecto de acuerdo cuenta con las bases jurídicas de rango constitucional, a saber:
Constitución Política:
Artículo 313, Corresponde a los concejos:
(...)
3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempere precisas funciones de las que
con-esponden al Consejo.
4. Votar de confonnidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
(...)
Artículo 315. Son atribuciones del Alcalde:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, lo decretos del Gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos
del Concejo.
(...)
5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desan-ollo
económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime
convenientes para la buena marcha del municipio
{•^
TÍTULO XII. DEL REGIMEN ECONOMICO DE LA HACIENDA PÚBLICA
/3.*^^
CAPÍTULO II. DE LOS PLANES DE DESARROLLO
ARTICULO 339. Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de
inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y
objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las
estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por
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el gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá bs presupuestos plurianuales de los principales
programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de bs recursos financieros
requeridos para su ejecución.
Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional,
planes de desarrolb, con el objeto de asegurar el uso efiaente cte sus recursos y el desempeño adecuado
de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constituaón y la ley. Los planes de las entidades
territonates estarán conformados por una parte estratégica y un pbn de incursiones de mediano y corto
plazo.
TITULO II. DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES
CAPITULO 3.
DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE
ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambtente sano. La ley garantizará la
participación de la comunidad en ias decisiones que puedan afecíarb.
Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las á"eas de especial
importancia ecobgica y fomentar la educación pa^a eltagrode estos fines
CAPITULO III. DEL RÉGIMEN MUNICIPAL
Articub 311 Al municipio como entidad fundamenta! de la división politico-adminisírativa del Estado le
corresponde prestar bs servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demaide el
progreso bcal, ordenar el desarrolb de su ten-itorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento
social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.
Articub 313. Corresponde atasconcejos:
3. Autorizar al abalde para celebrar contratos.
LEGALIDAD
El proyecto de acuerdo tiene su soporte fegalen:
TÍTULO II. EL CONCEJO
CAPITULO !. ORGANEACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Ley 1551 de 2012
Articulo 18. El alicub 32 de la Ley 136 de 1994 quedará asi:
Articulo 32. Atribuciones. Además de las funciones que se le señalan en la Constitución y ia ley, son
atnbuaones de bs concejos las siguientes
1. Dictar las ñamas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente
prestación de bs servicios a cargo del Municipio. (...)
3. Reglamentar la autorización ai abaide para contratar, señalando tas caa^s en que requiere autorización
previa del Concqo.
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Articulo 29. Modificar el articub 91 de la Ley 136 de 1994, el cual quedará asi:
ARTÍCULO 91. FUNCIONES. Los abatíes qercerán las funciones que 1^ asigna la Constitucbn, la ley,
las ordenanzas, bs acuerdos y ¡as que te fueren detegad^ por el Presidente de la Repúbiba o gobernador
respectivo.
Además cte las funciones antaiores, bs abaldes tendrán las siguientes:
A) En relación con el Concejo:
1. Presentar tas proyectos de acierdo que juzgue ccxivenientes para la buaia marcha del municipio.
Articulo 41 de la Ley 80 de 1993, Parágrafo 2:
PARÁGRAFO 2o. OPERACIONES DE CREDITO PÚBLICO. Sin perjuiao de b previsto en teyes
especiates, para efectos de la presente tey se consideran operaciones de crédito público las que tienen por
objeto dotar a la entidad de recursos con plazo para su pago, entre las que se encuentran la contratación
de empréstitos, la emisión, suscripción y colocación de bonos y títubs vabres, bs créditos de proveedores
y el otorgamiento de garantías para obSgaciones de pago a ca'go de las entidades estatates.
(...)
Ley 358 de 1997
"
ARTÍCULO l o . De conformidad con b dispuesto en el articub 364 de la Constitución Política, el
endeudamiento de las entidades territonates no podrá exceder su capacidad cte pago.
Para efectos de la presente Ley, se entiende por capacidad de pago el flujo mínimo de ahorro operacional
que permite efectuar cumplidamente el servicio de la deuda en todos bs años, dejando un remanente para
financiar mversiones.
ARTÍCULO 2o. Se presume que existe capxidad de pago cuando bs intereses de la deuda al momento
de celebrar una nueva operacbn de crédito, no superan en el cuarenta por ciento (40%) del ahorro
operacional.
.
La entidad ta-ritorial que registre nivetes de endeudamiento infenores o iguates al limite señalado, en este
articub, no requerirá autonzaciones de endeudamiento distintas a las dispuestas en lasteyesvigentes.
PARÁGRAFO. El ahorro operacional será el resultado cte restar bs ingresos comentes, bs gastos de
funcionamiento y las transferencias pagadas por las entidades ten-itoriaies. Se consideran ingresos
corrientes bs tnbuta"ios, m tribútanos, las regalías y compensaciones monetarias efectivamente recibidas,
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Correo: alcaldia@sanluis-antioquia.gov.co, alcalde(a)sanluis-ant¡oquia.gov.co, contactenos@sanluis-antioquia.gDv.co,
bquejasreclamo5(5)sanluis-antioquia.gov.co.Web: www.sanluis-antioquia.gov.co.
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las transferencia nacionales, las participaciones en las rentas de la nación, bs recursos del balance y bs
rendimientos financioRDS.
.
„
Para estos efectos, bs salarios, honorarios, prestaciones soaales y aportes a la seguridad social se
considera-án como gastos de funcionamiento aunque se encuentren presupuestados como gastos de
inversión.
ARTÍCULO 6o. Ninguna entidad territorial podrá, sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, oDntratar nuevas operaciones de crédito público cuando su relación intereses/ahorro operacional
supere el 60% o su reteción saldo de la deuda/ingresos con"ientes supere el 80%. Para estos efectos, las
obligaaones contingentes provenientes de ias operaciones de crédito público se computarán por un
porcentaje de su vabr, de conformidad con bs procedimientos establecidos en las leyes y en bs
reglamentos
vigentes.
ARTÍCULO 7o. El cábub del ahonn operacional y bs ingresos comentes de la presente Ley se realizará
con base en las ejecuciones presupuéstales soportadas en la contabilidad pública del alo inmediatamente
anterior, con un ajuste corresfwndimte a la meta de inflación estabtecida por el Banco de la República para
la vigencia presente.
2. COMPETENCIA
2.1 Iniciativa:
La soibitud de permiso para neaízar empréstitos es a iniciativa del Abalde.
3. RAZONES Y ALCANCES DEL PROYECTO:
La presente iniciativa tiene como propósito obtener del Honorabte Concqo Municipal una importante
herramienta administrativa para hacer cumplir con importantes principios de la actividad administrativa,
elbs SDn la eficiencia y la eficacia en el cumplimiento del plan de desarrolb municipal del Municipio de
San Luis - Antioquia, para tal efecto es necesario contar con autorización de la Honorabte Corporación
para gestionar y realizar un empréstito para la consecución cte un vehicub recotector de basuras que
cumpla las condiciones y exigenciastegatespara la dicha recotección.
El derecho a un ambiente sano, en materia de residuos sólidos ttene va'ios componentes y uno de elbs es
la RECOLECCION de dicho residuos, el cual debe ser en vehicubs ajustados a las disposiciones legates
del Decreto 2981 de 2013.
Todas las personas tienen derecho a goza- de un ambiente sano. Lateygarantizará la participación de la
comunidad en las d«;isiones que puedan afectarb.
Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial
importancia ecobgica y fomentar la educación para el bgro de estos fines
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Correo: alcalciia@sanluis-antioquia.gov.co, alcaide@sanluÍ5~antioquia.gov.co, contactenos^sanluis-antioquia.gsv.co,
bquejasredamos@sanluis-antioquia.gov.co.Web: wwíw.sanluis-antioqüia.gov.co.
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SAN LUIS EMPRENDEDOR Y PARTICIPATIVO
Un ambiente sar» es un derecho humano básico, que ya no atenta contra la salud fisica y mental. En otras
palabras, negar el derecho a un ambiente sano niega adiaonal te posibilidad de una vida digna. Esta idea
ha sido reftejada en el derecho internacional, a través de instrumentos como la Declaración Universal de
tos Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sodates y Culturales.
En ese orden de ideas, es imperativo, gestionar el crédito para la adquisición de dicho vehicuto en pro de
brindar un ambiente sano y una vida digna para bs habitantes del Municipio de San Luis.
CONVENIENCIA
Resulta absolutamente conveniente la contratación de tos empréstitos contenidos en ei presento
proyecto de acuerdo, como quiera que se busca dar cumplimiento a bs lineamieníos estabtecidos en
el Plan de Desarrolb del Municipio, ampliando la capacidad de inversión y dotando de herramientas a
la administración para un manejo eficiente de b s recursos.
Por b expuesto, respetuosamente solicitamos a la Honorable Corporación Administrativa, que previo
el trámite respectivo, apruebe la presente iniciativa con la seguridad y certeza de que ella se
convierta en la mejor alternativa para coadyuvar al cumplimiento de uno de bs objetivos
fundamentafes de! Municipio de San Luis, el cual es contribuir al mejoramiento de la caSdad de vida
de habitantes de nuestro Municipio.
Por las antenores consideradores de orden jurídico y de convenienda, sometemos a consideración del
CONCEJO de SAN LUIS, el siguiente proyecto de acuerdo.
.08 MARIO GOMEZ URREA
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PROYECTO DE ACUERDO
No.01 DE 2014
"POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN FACULTADES
AL EJECUTIVO MUNICIPAL PARA REALIZAR UN EMPRÉSTITO"
El Concejo de SAN LUIS - Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial
las conferidas por el artículo 313 de la Constitución Nacional, la Ley 136 de 1994,1551 de 2012 y 358 de
1997 y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política Colombiana en su articulo 313 numeral (3) establece, que corresponde al
Concejo municipal "autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer protémpore precisas funciones de
las que competen al concejo"
Que mediante acuerdo No. 008 del 09 de Junio de 2012 el Concejo de San Luis aprobó por unanimidad el
Plan de desarrollo del Municipio de San Luis - Antioquia.
Que se tiace necesario que la administrxión actual tenga facúltales específicas para realizar empréstitos
que nos permitan cumplir a cabalidad con nuestro plan de desan-ollo municipal.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Facultar al ejecutivo Municipal para Contratar un empréstito con una entidad
crediticia que tenga domicilio en Colombia, debidamente acreditada, por una suma de CIENTO SETENTA
y UN MILLONES DE PESOS M.L ($ 171.000.000) con destino a la «COFINANCIACION o ADQUISICION
de UN VEHICULO RECOLECTOR DE RESIDUOS SOLIDOS".
ARTICULO SEGUNDO: Facultar al Alcalde Municipal para que en el desarrollo de las negociaciones,
suscriba las garantías que exigen las entidades financieras y pueda pignorar rentas propias del municipio
de ser necesario.
ARTICULO TERCERO: Facultar al Alcalde Municipal para que una vez aprobado y obtenido el empréstito,
mediante Decreto adicione al Presupuesto General del Municipio para la vigencia de 2014 los recursos del
crédito.
ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA; Estas facultades serán por ei término de DOCE (12) meses contados a
partir de la fectia de aprobación del presente acuerdo.
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Correo: alcalclia@sanluis-antioquia.gov.co, alcalde@sanluis-antioquia.gov.co, contactenos@sanluís-antioquta.gov.co,
bquejasreclamos@sanluis-antioqu¡a.gov.co.Web: www.saniuis-antioquia.gov.co.
7. MUNICIPIO DE SAN LUIS, ANTIOQUIA
ALCALDÍA MUNICIPAL
NIT: 890.984.376-5
SAN LUIS EMPRENDEDOR Y PARTICIPATIVO
ARTICULO QUINTO; El presente Acuerdo rige a palir de la fecha cte su sanción y publicación.
Secretario
Presidente
El suscrito secretarte del Honoráate Concejo Municipal hace constar que el presente acuerdo fue aprobado
en bs dos debates reglamentarios, en fechas distintas y en sesiones ordina-ias.
Secretario
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Correo: alcaldia@sanluis-antioquia.gov.co, alcalde@sanluis-antioquia.gov.co, contactenos@sanluis-antioquia.gDv.co,
bquejasreclamos@sanluis-antioquia.gov.co.Web: www.sanluis-antioquia.gov.co.
8. EMPRESAS PÚBLICAS DE SAN LUÍS S A S
LS.P.
ERSALSAS.ES.P.
" L a E m p r e s a d e T o d o s y písra T o d o s i'os
Sariluísanos"
NIT: 900515140-9
S a n Luis, Antioquia, Febrero 14 del 2014.
Doctor:
JOHN F R E D Y MARÍN SUÁREZ.
P R E S I D E N T E C O N C E J O MUNICIPAL.
S a n Luis, Antioquia.
Asunto: Remisión de documentos.
Honorable concejal,
De acuerdo a la solicitud realizada por la comisión encargada de la revisión
Financiera y Presupuestal, además de la reiteración de la necesidad de que s e
diera un mayor soporte al proyecto de acuerdo No. 001 del 2014 en la sesión
del día 07 de Febrero del 2014, remito a usted una copia original y 11 copias de:
1) C u a d r o resumen del proyecto donde s e ilustra los componentes del
presupuesto del proyecto y las partes cofinanciadoras.
2) Cálculos de C o s t o s y G a s t o s de los dos sistemas de recolección como e s
la hecha en volqueta y la hecha en el vehículo compactador.
3) Proyección en el horizonte del crédito puente que tomarla El Municipio de
S a n Luis que pagara la E P S A L S A S E S P , este cálculo de
comportamiento financiero se hace con base en las condiciones
comerciales dadas por el IDEA de manera verbal y calculados con el D T F
vigente para la 7 s e m a n a del 2014.
A p r o v e c h o la presente también para informar que el día 11 de febrero a las 10
am visite el sector manantiales encontrando el material que hacía referencia la
honorable concejala Omaira S u a r e z , dicho material está dispuesto en la parte
trasera del muro de contención.
^ 4 FEB 2014 y
Calle 20 m 173 50 San Luis- Antioquia, Teléfono: (57) (4) 8348748
Correos electrónico: pqrepsalLhotmall.com, empresaspubllcasdesanluislahotnnail.com
9. PROYECTO ADQUISICION DE VEHICULO COMPACTADOR MUNICIPIO SAN LUIS ANTIOQUIA
PRESUPUESTO GENERAL Y ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
Cifras en Pesos
PRESUPUESTO GENERAL
MAQUINARIA (CARRO COMPACTADOR) (CAPACIDAD DE 17
YARDAS CUBICAS, TROQUE SENCILLO, CUMBUSTIBLE ACPM)
$ 230.000.000
$ 18.000.000
$ 8.000.000
SEGUROS Y POLIZAS
GASTOS DE MATRICULA
GASTOS VARIOS (CAPACITACION 5 FUNCIONARIOS,
ACCESORIOS Y AISLAMIENTO)
MANTENIMIENTO PREVENTIVO ( 4 MANTENIMIENTOS, INCLUYE
MANO DE OBRA Y REPUESTOS)
$ 7.000.000
$ 8.000.000
$ 271.000.000
VALOR TOTAL DEL PROYECTO
APORTE GOBERNACION DE ANTIOQUIA
APORTE MUNICIPIO DE SAN LUIS
$
$
100.000.000,00
171.000.000,00
TOTAL COFINANCIACION PROYECTO
$
271.000.000,00
EL PROYECTO YA RECIBIO VIABILIDAD TECNICA POR PARTE DE LA GOBERNACION DE ANTIOQUIA, EL
MOTIVO DE LA DEVOLUCION ES PORQUE NO EXISTE CDP QUE SOPORTE EL APORTE DEL MUNICIPIO
(CREDITO PUENTE QUE PAGARA LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE SAN LUIS) PARA PROCEDER A REALIZAR
EL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO.
10. CALCULOS DE COSTOS Y GASTOS RECOLECCION EN VOLQUETA Y RECOLECCION EN CARRO
COMPACTADOR
CANTIDAD
DESCRIPCION
VALOR DEL ALQUILER RECORRIDOS URBANOS
VALOR DEL ALQUILER RECORRIDOS RURALES
VALOR UNITARIO
$
$
RECORRIDOS
350.000,00
340.000,00
VALOR TOTAL ALQUILER
VALOR TOTAL
9 $
5 $
$
3.150.000,00
1.700.000,00
4.850.000,00
CANTIDAD
RECOLECCION
JORNALES X DÍA
VALOR RECOLECTORES URBANOS
$
140.000,00
9 $
1.260.000,00
II
150.000,00
4 $
600.000,00
80.000,00
1 $
80.000,00
$
6.240.000,00
COSTO MANTENIMIENTO DE COMPUERTAS ANUAL
COSTO ELEMENTOS SISO MENSUAL
RECORRIDOS
VALOR TOTAL DE COSTOS Y GASTOS ASOCIADOS A LA RECOLECCION EN VOLQUETA
VALOR CONDUCTOR (PRESTACION DE SERVICIOS)
VALOR COMBUSTIBLE
VALOR RECOLECTORES
VALOR DE LA CUOTA DEL PRESTAMO
PROVISION PARA MANTENIMIENTO
OTROS COSTOS (LAVADO, PARQUEADERO, ETC)
VALOR TOTAL COSTOS Y GASTOS ASOCIADOS A LA
RECOLECCION EN EL CARRO COMPACTADOR
$
$
$
$
$
$
900.000,00
450.000,00
710.000,00
3.363.950,00
300.000,00
150.000,00
$
5.873.950,00
VALOR TOTAL
11. PROYECCION EN EL HORIZONTE DE CREDITO CON BASE EN PRIMER ACERCAMIENTO COMERCIAL
CON EL IDEA.
PRESTAMO
PLAZO
GRACIA
TASA = DTF (3,94) + 3 E.A.
$ 171.000.000
6 AÑOS
0
6,94 TASA E.M.
1
30 MENSUAL VENCIDO
360
MODALIDAD
ANUALIDAD
0,578333333|
El DTF base para el calculo fue el de la semana 7 del año 2014, por ello el DTF real es el vigente a la semana de t o m a del préstamo.
NO COUTA
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
CAPITAL
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
INTERESES
$ 988.950
$975.215
$961.479
$ 947.744
$ 934.008
$ 920.273
$ 906.537
$ 892.802
$ 879.067
$865.331
$851.596
$ 837.860
$824.125
$810.390
$ 796.654
$782.919
$769.183
$ 755.448
$741.712
$ 727.977
$714.242
$ 700.506
$686.771
$ 673.035
$ 659.300
$ 645.565
$631.829
$618.094
$ 604.358
$ 590.623
$576.887
$ 563.152
$549.417
$ 535.681
$521.946
36
37
38
39
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$2.375.000
$508.210
$ 494.475
$ 480.740
$ 467.004
1
2
3
4
CUOTA
$3.363.950
$ 3.350.215
$ 3.336.479
$ 3.322.744
$3.309.008
^ $3.295.273
$3.281.537
$ 3.267.802
$ 3.254.067
$3.240.331
$ 3.226.596
$3.212.860
$3.199.125
$3.185.390
$3.171.654
$3.157.919
$3.144.183
$3.130.448
$3.116.712
$3.102.977
$3.089.242
'
$3.075.506
$3.061.771
$3.048.035
$ 3.034.300
$3.020.565
$3.006.829
$2.993.094
$2.979.358
$2.965.623
$2.951.887
$2.938.152
$2.924.417
$2.910.681
$2.896.946
.
$2.883.210
$ 2.869.475
$2.855.740
$ 2.842.004
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
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SALDO
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