Presentación de miguel Angel Bernal "Estrategia en compra pública de innovación: las consultas preliminares al mercado". Jornada Consultas Preliminares al Mercado en la Compra Pública de Innovación.
Estrategia en compra pública de innovación: las consultas preliminares al mercado. Miguel Angel Bernal
1. Estrategia en compra pública de innovación:
las consultas preliminares al mercado.
Miguel Ángel Bernal Blay
DG Contratación, Patrimonio y Organización
Zaragoza, 10.11.2016
2. …a story told by @miguelanbernal
Market Consultation:
a problem free activity?
3.
4. «Muchas veces la
gente no sabe lo
que quiere hasta
que se lo enseñas»
«Muchas veces la
gente no sabe lo
que quiere hasta
que se lo enseñas»
5.
6. obtener información sobre la
capacidad del mercado, el estado
de la ciencia o tecnología.
informar a los operadores
económicos sobre los proyectos y
los requisitos de las futuras
contrataciones
9. Lo que dice el art. 40 de la Directiva…los
poderes adjudicadores podrán, por
ejemplo, solicitar o aceptar el
asesoramiento de expertos o autoridades
independientes o de participantes en el
mercado, que podrá utilizarse en la
planificación y el desarrollo del
procedimiento de contratación,
….Lo que dice la transposición del art. 40
(art. 115 Anteproyecto de LCSP)…los órganos
de contratación podrán valerse del
asesoramiento de terceros, que podrán ser
expertos o autoridades independientes, colegios
profesionales, representantes sectoriales o,
incluso, con carácter excepcional operadores
económicos activos en el mercado.
10. «…A dichas actuaciones se le dará, en la medida
de lo posible, difusión en internet a efectos de
que pudieran tener acceso y posibilidad de realizar
aportaciones todos los posibles interesados…»
Si no está en
internet… no
existe
Si no está en
internet… no
existe
11.
12. Los principios de no discriminación y
transparencia, y el falseamiento de la competencia,
como límites.
13. “las consultas a operadores
presentes en el mercado
presentan problemas desde la
optica de competencia”
14. • que no se produzcan reuniones físicas
bilaterales ni multilaterales con todos los
posibles operadores interesados dado el
riesgo de favorecer la colusión entre los
mismos;
• suprimir la posibilidad de consultas a
operadores concretos y limitarlas
únicamente a expertos o autoridades
independientes;
• prohibir expresamente la posibilidad de
consulta a organizaciones y asociaciones
empresariales;
• introducción de un trámite de consulta
pública en el que se instrumenten estas
consultas preliminares, similar al que existe
en los proyectos normativos; y
• máxima difusión de las actuaciones en la
web para que tengan acceso y posibilidad de
realizar aportaciones todos los posibles
interesados.
15. • no pueden reconocerse como criterio
preferente de adjudicación o como valor
ponderable favorable a la misma el
hecho de haber participado en el proceso
de requerimiento de información
• No cabe que, del proceso de consultas
preliminares, resulte un objeto
contractual tan concreto y delimitado
que solo se ajuste a las características
técnicas de uno de los requeridos, de tal
suerte que, de facto, queden excluidos
otros eventuales oferentes.
16. • tras un trámite de
consulta preliminar al
mercado, las entidades
contratantes deben
establecer unos plazos
adecuados para la
recepción de las ofertas
en los ulteriores
procedimientos de
licitación
17. • comunicación a los demás
candidatos y licitadores de
la información pertinente
intercambiada en el marco
de la participación del
candidato o licitador
• El candidato o el licitador en
cuestión solo será excluido
del procedimiento cuando
no haya otro medio de
garantizar el cumplimiento
del principio de igualdad de
trato.
18. Algunas “buenas prácticas”
• Participación por escrito.
• Publicitadas en perfil de contratante.
• Con operadores económicos activos.
• “cuestionario en blanco” vs. modelo de
“revisión”.
• Posibilidad de “diálogo técnico” o interacción.
• No confidencialidad de las respuestas.
• Incentivos a la participación.