1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL “CALDAS”
EL MANUAL DE CONVIVENCIA.
“Un pacto de convivencia
y compromiso social ”
GUAMO TOLIMA
2009
2. “Los reglamentos de las instituciones educativas no podrán
contener elementos, normas o principios que estén en
contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o
permitir prácticas entre educadores y educandos que se
aparten de la consideración y el respeto debidos a la
privilegiada condición de seres humanos tales como
tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad
de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país
que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y
social principio de praxis general.
Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los
diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de
prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones
que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el
mero capricho y la arbitrariedad...”
(Sent. T-065/93. M.P. Dr. Ciro Angarita Barón).
3. HIMNO NACIONAL
Coro
¡Oh gloria inmarcesible!
¡Oh júbilo inmortal!
¡En surcos de dolores
El bien germina ya!
I
Cesó la horrible noche!
la libertad sublime
derrama las auroras
de su invencible luz.
II
Independencia grita
el mundo americano;
se baña en sangre de héroes
la tierra de Colón.
Pero este
III
Del Orinoco el cauce
se colma de despojos;
de sangre y llanto un río
se mira allí correr.
En oro
IV
A orillas del Caribe
hambriento un pueblo lucha,
horrores prefiriendo
a pérfida salud.
Oh, sí
V
De Boyacá en los campos
el genio de la gloria
con cada espiga un héroe
invicto coronó.
Soldados oro
4. VI
Bolívar cruza el Ande
que riega dos océanos;
espadas cual centellas
fulguran en Junín.
a el fin.
VII
La trompa victoriosa
en Ayacucho truena;
y en cada triunfo crece
su formidable son.
En su
VIII
La virgen sus cabellos
arranca en agonía
y de su amor viuda
los cuelga del ciprés.
IX
La patria así se forma
termópilas brotando;
constelación de cíclopes
su noche iluminó.
X
Mas no es completa
gloria vencer en la batalla,
que el brazo que combate
lo anima la verdad.
XI
Del hombre los derechos
Nariño predicando,
el alma de la lucha
profético enseñó.
5. HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL CALDAS
CORO
Adelante Caldista Adelante,
Que dos metas debes alcanzar
Ver al colegio triunfante
Y en la vida siempre avanzar
I
El trabajo, la virtud y el honor
Deben ser tu blasón principal;
En la lucha demostrarás gran valor
Y la ciencia te traerá la verdad.
II
Añoso claustro que en los 40 naciste,
Del sur del Tolima has sido baluarte;
Sin claudicaciones al pueblo serviste
Porque es el servicio tu noble estandarte.
III
En tus aulas el hombre desarrolla su capacidad,
el deporte, las artes y el saber
de tus hijos dejan ver su calidad,
pues coraje, humildad y constancia forjarán su poder.
IV
Has brillado allende el Tolima
Con nuestras danzas y la banda marcial
Todos tus hijos llegarán a la cima
Con el comercio como saber principal.
Letra: Jairo Eulogio Morales
Música y arreglo: Roberto Guzmán Gaitán
6. IDENTIFICACIÓN
NOMBRE INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA
COMERCIAL “CALDAS”
DIRECCIÓN CARRERA 10 No 7-10.
BARRIO CENTRO
TELÉFONO 227 17 17- 227 01 77 FAX 227 03 56
EMAIL ietc_caldas@yahoo.com
SEDES 1. CALDAS
2. KENNEDY
3. PRINGAMOSAL CENTRO
4. EL SAMAN
5. SOR JOSEFA DEL CASTILLO
6. QUINTO CHIPUELO
7. EL CARMEN
8. SERREZUELA PRIMAVERA
9. LAS GARZAS
10. SAN CAYETANO
11. PAUJIL
12. MILÁN
MUNICIPIO GUAMO
DEPARTAMENTO TOLIMA
MODALIDAD COMERCIAL
NIVELES DE EDUCACION PREESCOLAR, BASICA (PRIMARIA Y
SECUNDARIA) Y MEDIA TÉCNICA.
GRADOS 0º, 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º.
JORNADAS: MAÑANA Y TARDE.
NATURALEZA PÚBLICA
SECTOR OFICIAL
ZONA URBANA Y RURAL
CARÁCTER MIXTO
CALENDARIO A (febrero a noviembre)
NUCLEO EDUCATIVO Nº 37
CÓDIGO DEL DANE 173319001222
CÓDIGO ICFES 036590 JORNADA MAÑANA
016238 JORNADA TARDE
NIT 800012461-6
PROPIEDAD JURÍDICA DEPARTAMENTO
ÁMBITO EDUCACIÓN FORMAL
CREACION ORDENANZA Nº 49 DEL 18 DE JUNIO DE 1993
APROBACIÓN DE ESTUDIOS RESOLUCION Nº 0659 DEL 28 DE
SEPTIEMBRE DE 2000
RESOL. DE INTEGRACIÓN 0561 DEL 16 MAYO
DE 2007
REPRESENTANTE LEGAL: Esp. FERNANDO GUZMÁN MOSOS
COORDINADORES: Esp. BLANCA DIVA HERNÁNDEZ LOZANO
Esp. JORGE DIOSIDES HIMBOL GONZALEZ
7. Esp. NORMA CONSUELO OLIVERA BONILLA
Lic. LUIS HERNAN MELENDRO QUINTERO
AÑO: 2009
RESOLUCIÓN DE AJUSTES
RESOLUCIÓN No. 004
(Del 23 de febrero de 2009)
Por medio de la cual se realizan ajustes al Manual de Convivencia de la Institución
Educativa Técnica Comercial “Caldas” del municipio del Guamo Tolima.
EL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL
“CALDAS” en uso se las atribuciones legales y:
CONSIDERANDO
Que es necesario dar aplicación a los mandatos educativos establecidos por la
Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098-06),la
Ley General de Educación, el Decreto Reglamentario 1860 de 1994, demás
normas vigentes y los Fallos de la Corte Constitucional.
Que es indispensable establecer criterios o normas claras y precisas de
comportamiento y, procedimientos que sean una guía en la organización
estructural, ejecución, control y valoración de las actividades escolares de la
Comunidad Educativa Caldista.
Que para cumplir con los fines, objetivos educativos y providencias legales, los
fundamentos psicológicos, filosóficos, pedagógicos, sociológicos y
epistemológicos y el perfil de los educandos, se debe diseñar un Manual de
Convivencia Escolar que permita la participación activa y democrática de los
diferentes estamentos y la educación ético- moral de la Institución Caldista.
Que es de vital importancia reconocer los derechos y deberes que le
corresponden a los miembros de la Comunidad Educativa, velando así mismo por
el cumplimiento permanente del Manual de Convivencia Escolar que oriente su
comportamiento dentro y fuera del establecimiento, colaborando en la consecución
de los objetivos en la medida de sus posibilidades, capacidades, y
comprometiéndose en su auto-realización como persona y miembro de la
institución.
Que el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnica
Comercial Caldas, de los niveles de Educación Preescolar, Educación Básica y
Educación Media Técnica, cumple con los requisitos legales y es el resultado del
consenso por parte de las diferentes Comisiones representativas de los diferentes
8. estamentos de la colectividad escolar, incluyendo las sedes: Sor Josefa del
Castillo, Kennedy, Carmen, Serrezuela Primavera, Sáman, Quinto Chipuelo,
Garzas, Paujil, Pringamosal centro, San Cayetano.
Que los Ajustes realizados al presente Manual de Convivencia, “Un pacto de
convivencia y compromiso social”, fueron aprobados por el Consejo Directivo de la
Institución Educativa Técnica Comercial Caldas, según Acta No. 003 de Fecha
20 de febrero de 2009, la cual se encuentra debidamente aprobada y firmada en el
libro de Actas del Consejo Directivo.
Que en razón y mérito de lo expuesto, está dentro de las funciones de esta
Rectoría producir el Acto Administrativo pertinente.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Realizar ajustes al presente Manual de Convivencia Escolar de la
Institución Educativa Técnica Comercial “Caldas” del Guamo Tolima, “Un pacto
de convivencia y compromiso social” a partir de la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 2° La estructura del Manual de Convivencia Escolar constará de los
.-
siguientes capítulos:
CAPÍTULO I GENERALIDADES
CAPÍTULO II MARCO LEGAL
CAPÍTULO III PROCESO DE INGRESO Y PERMANENCIA
CAPÍTULO IV JORNADA LABORAL, ESCOLAR Y PERIODOS DE
CLASE
CAPÍTULO V UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL
CAPÍTULO VI DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
CAPÍTULO VII OBLIGACIONES ESCENCIALES DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
CAPÍTULO VIII COMPORTAMIENTO SOCIAL
CAPÍTULO IX PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA ACCION
PEDAGÓGICA
CAPÍTULO X PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL
COMPORTAMIENTO SOCIAL
9. CAPÍTULO XI DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE
FAMILIA
CAPÍTULO XII ENTES DE PARTICIPACION ESCOLAR Y
COMUNITARIOS
CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 3º.- Todo asunto ó aspecto no previsto en el presente Manual de
Convivencia Escolar de la Institución Educativa Técnica Comercial “Caldas”, será
resuelto transitoriamente por el Consejo Directivo, mientras se hace las
modificaciones respectivas previo cumplimiento del debido proceso.
ARTÍCULO 4° El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su
.-
expedición y deroga los anteriores Manuales de Convivencia.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en el Guamo, a los 23 días del mes de Febrero de 2009.
FERNANDO GUZMAN MOSOS NIBIA PERALTA REINA
RECTOR SECRETARIA
CAPITULO I
GENERALIDADES
El ideal de esta Institución es lograr un ambiente de convivencia armónico, con
base en compromisos que conlleven al rescate de los valores éticos, morales,
cívicos y socioculturales, a promover la autonomía mediante el conocimiento de sí
mismo al descubrimiento de sus potencialidades, el desarrollo de su liderazgo y el
cultivo de su capacidad, para tomar decisiones, cooperar, comunicarse y resolver
situaciones cotidianas. Este manual de convivencia es un pacto de convivencia
que ha sido construido por la comunidad educativa como un modelo de vida,
sujeto a constantes replanteamientos, enfocados siempre a proteger y a
desarrollar la vida de la mejor manera para el ser humano. La convivencia requiere
de un conjunto de saberes, principios, criterios y valores básicos, que son la
preparación para actuar acertadamente en muchas circunstancias de la vida:
No agredir al congénere Cuidado del entorno
Comunicarse adecuadamente Valorar el saber individual y
10. cultural
Decidir en grupo e Desempeño responsable y
individualmente autoevaluación permanente
Interactuar
VALORES
La Institución Educativa a través de los valores pretende que el Educando los
interiorice
OPTIMISMO que tienda a ver y juzgar las cosas en su aspecto más positivo y
favorable
RESPONSABILIDAD Que cumpla con el deber que se le asignó y permanezca
fiel al alcance del objetivo
PERSEVERANCIA: Que esté predispuesto a alcanzar, en el momento que se
proponga llegar a tomar una determinación por sí mismo.
AUTODISCIPLINA Que tenga la capacidad para fijar una meta realista, formular
un plan y saberlo cumplir.
VERACIDAD: Que aprenda a decir, usar y profesar siempre la verdad.
OTROS VALORES
Justicia Disciplina
Dignidad Autocontrol
Honestidad Solidaridad
Tolerancia Cooperación
Autonomía Organización
Compromiso Pulcritud
Autoestima Sentido de pertenencia
Constancia Respeto a sí mismo y a los
demás
PRINCIPIOS CRITERIOS
EL SER HUMANO ES PERSONA APRENDER POR LA
AUTORREALIZACION
EL HOMBRE ES UN SER SOCIAL APRENDER
COMPARTIENDO
EL HOMBRE ES LIBRE Y APRENDER
AUTONOMO AUTOEVALUÁNDOSE
11. EL HOMBRE ES RESPONSABLE Y APRENDER
CRITICO REFLEXIONANDO
EL HOMBRE ES APRENDER
ACTIVO Y CREATIVO HACIENDO
MISION INSTITUCIONAL
La Institución Educativa Técnica comercial “Caldas” es una institución de
educación estatal en los niveles de preescolar, Básica (Primaria-
Secundaria) y Media Técnica de orden departamental que forma Bachilleres
Técnicos en la Modalidad Comercial en el Departamento, que tienen la
posibilidad de ingresar a la universidad o de prepararse para el trabajo a
través de la integración con el SENA.
Operacionaliza su quehacer educativo con estrategias empresariales
científicas – investigativas y humanas para la formación integral de niños y
jóvenes
La institución educativa responde a las nuevas exigencias económicas y
sociales, al permitir que personas de medianos ingresos se formen para
asumir los requerimientos técnicos y tecnológicos; tenemos un alto grado
de compromiso con el desarrollo futuro del municipio y el departamento y
con la generación de respuestas a las necesidades actuales y a través de
estas metas desarrollamos nuestras acciones.
VISION INSTITUCIONAL
La Institución Educativa Técnica comercial “Caldas” será en horizonte de
seis años la más importante institución educativa en el nivel de Educación
Media Técnica del departamento logrando la excelencia académica e
integral de los educandos con un alto contenido de la formación para la
democracia y la responsabilidad social.
El currículo será flexible con un alto componente humanístico y responderá
a las necesidades de la región y del país generando individuos orientados
hacia el liderazgo comercial, empresarial con mentalidad abierta para
comprender los cambios que impone el insertarse en una comunidad
globalizada.
Nuestra estructura administrativa se consolidará como una organización
plana en los niveles de descentralización y delegación que permita una
toma de decisiones ágil y oportuna soportada en la información confiable y
orientada hacia el desarrollo de un sistema de información gerencial.
12. En la Institución Educativa Técnica Comercial “Caldas” no sólo se
comparten metodologías, también compartimos una axiología que da lugar
al establecimiento de normas que operan sobre nuestro comportamiento
individual como personas y también el comportamiento social como
comunidad humana. La axiología es un conjunto de principios, criterios y
valores que guían la institución.
CAPITULO I
MARCO LEGAL
Este manual o pacto de convivencia se construyó en concordancia con las
siguientes normas legales: Constitución Política de Colombia, Decreto 2277 de
1979 Art. 44 de la convención sobre los derechos del niño, Ley 12 de 1991,
Tratado sobre los Derechos del Niño, Art. 87 de la Ley 115 de 1994, Decreto
Reglamentario 1860 de 1994, Ley 715 de 2001, Ley 734 de 2002, Decreto 230 de
2002, Decreto 1850 del 2002, Resolución 1515 de 2003, Decreto 1286 de 2005,
Código de la Infancia y la Adolescencia, Decreto 1098 de 2006.
PRINCIPIOS Y DEFINICIONES
ARTICULO 1° FINALIDAD: Este manual o pacto de convivencia tiene por
.
finalidad garantizar a los niños, niñas, adolescentes, padres de familia, docentes,
directivos y administrativos una sana convivencia y un ambiente escolar agradable
y armonioso para su pleno desarrollo personal y social, prevalecerá el
reconocimiento a la igualdad, la diferencia y la dignidad humana.
ARTICULO 2° OBJETO: El presente manual o pacto de convivencia tiene por
.
objeto establecer normas de convivencia, comportamentales, disciplinarias,
sustantivas y procesales, para la protección integral de los miembros de la
comunidad educativa, prevalentemente los niños, niñas y adolescentes, garantizar
el ejercicio de sus derechos, deberes y libertades consagradas en este manual, la
Ley, tratados y demás normas legales vigentes aplicables.
ARTICULO 3° SUJETOS TITULARES DE DERECHOS: Para todos los efectos
.
de este manual o pacto de convivencia son sujetos titulares de derechos, todos los
miembros de la comunidad educativa que estén vinculados legalmente a la
Institución.
ARTICULO 4° AMBITO DE APLICACIÓN: El presente manual o pacto de
.
convivencia se aplica a todos los miembros de la comunidad educativa de la
Institución en todas sus sedes.
13. CAPITULO III
PROCESO DE INGRESO Y PERMANENCIA
ARTICULO 5° ADMISION: Es el procedimiento a través del cual se viabiliza la
.
aceptación y matrícula de un estudiante. La institución realizará inscripciones en el
mes de octubre para el ingreso de los estudiantes en los niveles de preescolar,
básica (primaria y secundaria) y Media Técnica, con el objeto de determinar la
población y las necesidades de recursos físicos y humanos para el año lectivo
siguiente.
SON REQUISITOS PARA LA ADMISION:
a. diligenciar y presentar el formulario de inscripción o solicitud de cupo
b. haber aprobado el grado anterior debidamente certificado
c. que exista disponibilidad de cupo comprobada según registro estadístico de
la secretaria.
d. Que cumpla con las edades reglamentarias:
Transición A: cinco años (cumplidos a 30 de marzo)
Primero: Seis años
Secundaria: 11 once años según registro civil
e. Que llene los requisitos de la matrícula al momento de ésta.
PARAGRAFO: Para ingresar al grado Sexto (6° los estudiantes de otras
)
Instituciones Educativas deberán someterse a un proceso de selección, teniendo
como referente el comportamiento y rendimiento académico del grado anterior, al
igual que la documentación.
ARTICULO 6° MATRICULA: Es el proceso a través del cual se inscribe un
.
estudiante en el registro escolar de matrícula, formalizando la vinculación del
educando al servicio educativo. El Rector determinará las fechas y requisitos para
la matrícula teniendo en cuenta las orientaciones impartidas por la Secretaria de
Educación Departamental, el M.E.N y el Consejo Directivo.
Los requisitos para la matrícula en cualquier grado de los ciclos que ofrece la
Institución Educativa Técnica Comercial “Caldas”.
REQUISTOS: ESTUDIANTES NUEVOS:
a. Registro civil de nacimiento (actualizado), con parentesco
b. Certificados de estudio de grados anteriores cursados debidamente
firmados por el Rector. De 1° a 5° el boletín del a ño anterior.
c. Tres (3) fotos 3 x 4 a color
d. Fotocopia carné de salud de la E.P.S. donde esté afiliado
e. Tipo y grupo de sangre (hemoclasificación)
f. Certificado médico actualizado
g. Fotocopia del documento de identidad
14. h. Fotocopia carné del SISBEN y/o estrato socieconómico (recibo de pago de
un servicio público-agua)
i. Fotocopia carné de vacunas (preescolar)
j. Recibo de pago de costos educativos y otros (si paga)
k. Constancia de comportamiento general (para traslados)
l. Adquirir el manual de convivencia y carné estudiantil
REQUISITOS: ESTUDIANTES ANTIGUOS:
a. Boletín del año anterior
b. Paz y Salvo año anterior
c. carné estudiantil
d. Pacto de Convivencia
ARICULO 7° PERMANENCIA: La institución propenderá por la permanencia de
.
los estudiantes en el centro educativo, por lo tanto, el derecho a la educación
como la permanencia se garantizas siempre y cuando se observen requisitos
mínimos y razonables de comportamiento, cuyo conocimiento es público y su
aplicación controlable a través de un procedimiento objetivo e imparcial. La
renovación de la matrícula a la cual en principio tiene derecho el educando, es una
oportunidad para apreciar la observación de las condiciones mínimas de
permanencia del estudiante en el centro educativo.
La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del educando,
no será causal de exclusión del establecimiento cuando no esté asociada a otra
causal expresamente contemplada en este pacto de convivencia. Un estudiante
podrá repetir una vez un mismo grado.
PARAGRAFO: La repitencia, el mal comportamiento y el bajo rendimiento del
estudiante de manera persistente y, si reiteradamente incumple pautas mínimas y
denota desinterés, falta de compromiso y grave indisciplina, pueden ser tomadas
en cuenta como motivo de cancelación del cupo por la Institución Educativa.
CAPITULO VI
JORNADA LABORAL, ESCOLAR Y PERIODOS DE CLASES
ARTICULO 8° JORNADA LABORAL: Es el tiempo que dedican los docentes al
.
cumplimiento de la asignación académica y a la ejecución de actividades
curriculares complementarias.
Los directivos docentes y los docentes estatales deberán dedicar la totalidad del
tiempo de su jornada laboral al desarrollo de las funciones propias de su cargo,
con una dedicación mínima de ocho (8) horas diarias, de las cuales (6) son de
permanencia en la Institución y dos (2) dentro o fuera de ésta.
15. La asignación académica de los docentes será de 22 horas efectivas de 60
minutos en Básica Secundaria y Media; 25 en Básica Primaria y 20 en Preescolar,
incluyendo el descanso.
Los docentes de todos los niveles cumplirán la siguiente jornada:
Jornada Mañana:
Entrada : 6:30 a.m.
Salida : 12:30 p.m.
Jornada Tarde:
Entrada : 12:45 p.m.
Salida : 6:45 p.m.
Más dos horas complementarias en jornada contraria.
PARAGRAFO: Los docentes con turno de disciplina deberán llegar 10 minutos
antes para recibir a los estudiantes a la entrada a clases y salir 10 minutos
después de que termine la jornada laboral.
ARTIULO 9° JORNADA ESCOLAR Y PERIODOS DE CLASE: Es el tiempo de
.
permanencia de los estudiantes dentro de la Institución, dedicado al aprendizaje y
que como mínimo será de seis (6) horas efectivas de 60 minutos, distribuidos en 6
periodos de clase de 55 minutos y dos (2) descansos de 15 minutos cada uno. La
asistencia y puntualidad es base indispensable para el desarrollo del proceso
formativo, por lo tanto, se deben cumplir los horarios de entrada y salida de la
Institución y a clases de manera obligatoria, así:
PERIODOS DE CLASE PREESCOLAR
Jornada Mañana:
Entrada : 7:30 a.m. Salida : 12:00 p.m.
Inicio de clase : 8:00 a.m. Terminación Clases: 12:00 p.m.
Jornada Tarde:
Entrada : 12:30 p.m. Salida : 5:00 p.m.
Inicio de clase : 1:00 a.m. Terminación Clases: 5:00 p.m.
PERIODOS DE CLASE DE BASICA PRIMARIA
Jornada Mañana:
Entrada : 6:30 a.m. Salida : 12:30 p.m.
Inicio de clase : 6:30 a.m. Terminación Clases: 12:30 p.m.
16. Jornada Tarde:
Entrada : 12:30 p.m. Salida : 5:30 p.m.
Inicio de clase : 12:30 a.m. Terminación Clases: 5:30 p.m.
PERIODOS DE CLASE DE BASICA SECUNDARIA Y MEDIA
Jornada Mañana:
Entrada : 6:25 a.m. Salida : 12:30 p.m.
Inicio de clase : 6:30 a.m. Terminación Clases: 12:30 p.m.
Jornada Tarde:
Entrada : 12:35 p.m. Salida : 6:35 p.m.
Inicio de clase :12:40 a.m. Terminación Clases: 6:40 p.m.
SEÑALES DE TIMBRE (TOQUES)
Entrada a clases dos (2) timbres. Uno (1) de prevención, otro de inicio de
clases.
Cambio de clase: Un (1) timbre (toque)
Finalización de jornada, Tres (3) timbres (toques)
En caso de emergencia un (1) timbre (toque de alarma)
CAPITULO V
UNIFORMES Y PRESENTACION PERSONAL
ARTICULO 10° UNIFORMES: El uniforme es el distintivo que identifica a los
.
estudiantes de la Institución. Los uniformes para los estudiantes de la Institución
son dos: de diario y de educación física, así:
1. uniforme de diario:
Mujeres: Falda pantalón azul oscura con pretina y seis prenses chatos (3
adelante y 3 atrás, de 10 centímetros de profundidad), camibuso blanco manga
corta, con el escudo de la Institución sobre el bolsillo (aplicado), medias
blancas, zapatos colegial negro, que se puedan lustrar. La altura de la falda
será de 5 centímetros arriba de la rodilla.
17. Hombres: pantalón azul oscuro, camibuso blanco manga corta, con el
escudo de la Institución sobre el bolsillo (aplicado), medias blancas, zapatos
colegial negro que se puedan lustrar y cinturón negro.
2. Uniforme de educación física:
Pantalón sudadera color vino tinto con una franja lateral amarilla a los lados
de dos centímetros de ancho, buso blanco manga corta con cuello blanco,
pantaloneta vinotinto. Todos ellos deben llevar los distintivos de la
Institución (escudo y nombre) tenis y medias completamente blancos sin
rayas ni adornos de otros colores para hombres y mujeres.
PARAGRAFO: Se podrá usar buso o camiseta totalmente blanca debajo
del camibuso oficial del uniforme. En ningún caso se permitirá otro color.
ARTICULO 11° ACTOS ESPECIALES: En los actos especiales de comunidad
.
como desfiles, reuniones, ceremonia de graduación y otros se deberá usar el
uniforme de diario o de educación física según el evento.
ARTICULO 12° PRESENTACION PERSONAL: La presentación personal del
.
estudiante es un aspecto esencial en la formación como persona para la vida
social y laboral. Por lo tanto, los estudiantes y docentes deben propender por
mantener una adecuada presentación personal, acatando las siguientes normas:
El camibuso de diario debe llevarse siempre por dentro de la falda o del
pantalón.
Las niñas deben mantener el cabello aseado y ordenado, manteniéndolo
recogido con un adorno de color azul o negro y blanco para las salidas.
Los hombres deben mantener el cabello corto, aseado y ordenado, evitando
uso de peinados que desentonen con el uniforme.
No hacen parte del uniforme: cachuchas, adornos (aretes, cadenas,
pulseras, anillos, collares, pircing), maquillaje, uñas pintadas de colores, y
tamaños exagerados; por lo tanto se debe evitar el uso de estos de manera
permanente dentro de la Institución.
El calzado debe mantenerse limpio (lustrado) y bien puesto (amarrado),
haciendo uso permanente de las medias y zapatos de colores establecido.
CAPÍTULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 13° DERECHOS: Como estudiante de la Institución Educativa
.
Técnica Comercial “Caldas” tengo derecho a:
1. Participar en los procesos y al desarrollo del Proyecto Educativo
Institucional P.E.I. especialmente el manual de convivencia
18. 2. Recibir una formación integral, teniendo en cuenta la formación
humanística, intelectual y científica según el grado y los avances de la
ciencia y la tecnología.
3. Conocer el plan de área y/o asignatura, al igual que los logros, los
indicadores de logros, la metodología y las actividades generales de apoyo
para los estudiantes que presentan deficiencias o insuficiencias al inicio del
año.
4. Recibir oportunamente los servicios de bienestar que ofrece la institución
tales como: biblioteca, primeros auxilios, tienda escolar, refrigerio, etc.
5. ser respetado en su integridad física y moral al igual que todos los
miembros de la comunidad educativa.
6. recibir las clases y exigir a los docentes y directivos el cumplimento de los
programas curriculares correspondiente al grado.
7. solicitar la expedición de constancias y certificados de estudio de acuerdo a
los requisitos de la dependencia (paz y salvo)
8. ser escuchado antes de ser sancionado, con derecho a la defensa, al
debido proceso y a conocer las anotaciones consignadas en el registro
escolar de valoración y comportamental.
9. solicitar al docente la bibliografía correspondiente a los trabajos de consulta
y/o investigaciones asignadas
10. que las evaluaciones y trabajos a realizar, se distribuyan de manera
racional a lo largo del periodo académico
11. conocer los informes y resultados de su proceso formativo correspondiente
a cada periodo que haya planeado la Institución, antes de ser registrado en
la respectiva planilla y entregadas a coordinación.
12. recibir en forma oportuna y personal de cada docente y en las respectivas
clases las evaluaciones y trabajos debidamente valorados.
13. apelar ante el organismo competente sobre las disposiciones que los
afecte, respetando siempre el conducto regular.
14. elegir y ser elegido en los órganos del gobierno escolar y en los
establecimientos por la Institución para el desarrollo del P.E.I, con el fin de
promover la participación democrática y el liderazgo en beneficio personal e
institucional
15. que los juicios valorativos de las áreas y/o asignaturas, no sean utilizados
como mecanismo de sanción disciplinaria.
16. Ser atendido cordial y oportunamente cuando formule reclamos justos y
respetuosos, siguiendo el conducto regular establecido.
17. ser tenido en cuenta y apoyado para representar la institución en eventos y
actividades de carácter científico, cultural, deportivo y social.
18. exigir el cumplimiento de las normas establecidas en el manual de
convivencia ante los diferentes estamentos de la Institución
19. presentar descargos dentro de los términos de Ley establecidos en este
manual
20. el alumno tendrá derecho a excusa justificada por el tiempo que dure la
ausencia, previa información a coordinación
21. solicitar que el tema que no sea orientado por ausencia del docente sea
explicado en horario acordado con el docente titular
19. 22. conocer y firmar las observaciones escritas del seguimiento de su
comportamiento social y desempeño académico
23. solicitar y obtener permisos de manera personal o escrita a través de sus
padres o acudientes para ausentarse de la institución y de las actividades
de la misma, por circunstancias comprobadas de salud, calamidad
doméstica, entre otros eventos, con previa autorización de coordinación
24. que se le respete sus bienes y pertenencias, siempre y cuando no viole los
derechos de los demás y las normas del manual de convivencia
25. presentar de acuerdo a las normas establecidas las sugerencias, iniciativa y
reclamos a docentes o directivos docentes, que tiendan a mejorar su
bienestar en la Institución
26. programar y realizar con autorización de Rectoría, actividades
extracurriculares de tipo cultural y deportivo que permita utilizar
adecuadamente el tiempo libre, bajo la orientación de los docentes
27. ser representado por el personero de los estudiantes, en los casos
académicos y disciplinarios que ameriten su presencia
28. asociarse libremente a los organismos establecidos por la Institución, que
busquen como propósito el desarrollo y bienestar estudiantil y/o
comunitario, dentro de los marcos jurídicos establecidos por la Ley.
29. recibir la orientación del director de grupo para ser guiados en la
cimentación y fortalecimiento de los valores personales, sociales y cívicos,
que favorezcan su desarrollo en la Institución y la sociedad
30. que se propicie el descanso, el esparcimiento, el juego y la participación en
la vida artística, cultural, científica y política de la institución y su entorno de
acuerdo a los recursos y criterios establecidos.
31. que en el registro escolar valorativo y comportamental se resalte además
de los aspectos negativos, los aspectos positivos y sus fortalezas
32. que en la tienda escolar se les venda productos nutritivos variados y a
preciso moderados,
33. a participar activamente en el desarrollo de las clases siempre y cuando
esta se relacione con el tema tratado.
34. a que las tareas sean coherentes, moderadas, claramente especificadas y a
que se les respete las pautas de exigencia acordadas
35. a hacer uso adecuado de los equipos e instalaciones disponibles en la
institución para el desarrollo de las actividades académicas, previa
autorización de quienes los tengan a su cargo.
36. a conocer y ser concientizados oportunamente del contenido del manual de
convivencia
37. a que se les asigne un pupitre o puesto de trabajo
38. a gozar de un ambiente limpio en todas sus instalaciones
39. a recibir estímulos y correctivos por su desempeño académico y
comportamental
40. a recibir un trato respetuoso y cordial por parte de todos los miembros de la
comunidad educativa de la institución
41. a participar y representar la institución en eventos de tipo cultural, deportivo,
cívico, en la banda marcial y en la banda musical, siempre y cuando su
comportamiento y rendimiento académico sean sobresalientes.
20. 42. todos los demás que otorga la Ley
ARTICULO 14° DEBERES: Mis deberes como estudiante de la Institución
.
Educativa Técnica Comercial “Caldas” son:
1. comportarme de acuerdo con los principios y fundamentos establecidos por
la Institución, dentro y fuera de ella
2. conocer y acatar el manual de convivencia y/o reglamento interno de las
diferentes dependencias de la Institución
3. presentarme a la jornada académica o deportiva con el uniforme
correspondiente a cada actividad, aseado y bien arreglado
4. respetar y cuidar lo propio y lo ajeno, no apropiarse indefinidamente de
ellos. Devolver lo prestado y responder por los daños causados a la
institución y/o a cualquier miembro de este
5. llevar con dignidad, respeto y pulcritud los uniformes respectivos dentro y
fuera de la institución
6. respetar el derecho a la vida y la integridad física y moral de los miembros
de la comunidad. Cualquier daño causado deberá ser reparado por el
directo responsable
7. ser responsable en el cumplimiento de las labores asignadas, ya sean
académicas, técnicas, disciplinarias, culturales, deportivas, etc.
8. dentro del debido respeto, la sana convivencia y la participación
democrática, guardar las debidas distancias y respeto entre docentes y
estudiantes, sin exagerar las manifestaciones de afecto, evitando así abuso
de confianza y malos entendidos
9. portar el carné en lugar visible y conservarlo en buen estado. Presentar el
pacto de convivencia en el momento que sea requerido por las directivas o
algún docente
10. ser leal con la Institución y responsabilizarse de su buena marcha
11. utilizar adecuadamente las instalaciones, bienes, muebles e inmuebles de
la Institución para los fines que hayan sido destinados. En caso de daño por
mal uso, debe ser reparados por el estudiante y el padre o acudiente de
manera oportuna
12. cuidar los pupitres, paredes, decoración, etc.
13. llamar por su nombre a compañeros y profesores,
14. evitar la realización de actos que perturben el comportamiento del grupo, de
la comunidad en todas las actividades realizadas por la institución dentro y
fuera de esta
15. informar oportunamente a la persona competente situaciones irregulares
que atente contra los estudiantes, docentes, administrativos y directivos.
16. mantener la buena imagen de la Institución dentro y fuera; representarla
dignamente en los eventos culturales, sociales, científicos y deportivos a
nivel interinstitucional, local, regional y nacional
17. conservar la sana convivencia, manteniendo buenas relaciones humanas
entre estudiante-estudiante, estudiante-docente y con los demás miembros
de la comunidad
21. 18. profesar el debido respeto por la integridad física y moral de los miembros
de la comunidad educativa evitando el porte y utilización de armas de
fuego, corto punzantes, o cualquier otro elemento que puedan causar daño
a las personas dentro o fuera de la Institución
19. respetar y cuidar el medio ambiente y la naturaleza
20. conservar el orden y el respeto en la cafetería y demás dependencias, para
así contribuir al adecuado y eficiente servicio, las compras se deben realizar
durante el descanso en la tienda oficial
21. dejar el aula de clase y su entorno en perfecto orden y aseo al final de la
jornada escolar, teniendo en cuenta los turnos establecidos por el director
de grupo
22. respetar el personal directivo, docente, administrativo y de servicios
generales de la institución
23. escuchar con atención a los demás y acatar las orientaciones dadas por los
superiores
24. resolver los conflictos a través del diálogo y la concertación
25. evitar la discriminación entre compañeros.
26. mantener en perfecto orden y aseo el aula de clase y demás dependencias.
No rayar las paredes, muros y sillas, depositar las basuras en los
recipientes adecuados e indicados para tal fin
27. presentarse adecuadamente vestidos para ingresar a cualquier
dependencia: Rectoría, Secretaría, Coordinación, Sala de profesores,
Biblioteca, etc.
28. asistir puntualmente a clases y demás actividades programadas por la
Institución y permanecer en ellas, igualmente en el aula de clase en
ausencia del docente observando buen comportamiento. En caso que se
tenga que ausentar por fuerza mayor y justificada, debe presentar solicitud
escrita o personal del padre de familia o acudiente al coordinador
29. adoptar una actitud respetuosa y de compromiso con la institución en los
actos comunitarios, como: izadas de banderas, ceremonias religiosas, actos
culturales, desfiles, formaciones dentro y fuera de la institución, evitando
rechiflas, silbidos, gritos, saboteos, juegos, masticar chicle, etc.
30. denunciar toda falta que atente contra el bien común para no hacerse
cómplice y responsable de la misma
31. portar todos los implementos necesarios para su desempeño académico:
útiles, libros, etc; responsabilizarse de ellos y respetar las pertenencias
ajenas dentro y fuera de la Institución
32. entregar personalmente a los padres de familia y acudientes las citaciones
y demás comunicaciones que el colegio envíe y traer el desprendible al día
siguiente debidamente firmado
33. entrar y salir del plantel por los sitios asignados y autorizados
identificándose con el carné
34. dar buen uso a los utensilios entregados con el refrigerio y dejarlos en el
lugar indicado
35. mantener un adecuado comportamiento en los vehículos de transporte
escolar, cuidarlos y responder por los daños causados.
22. CAPÍTULO VII
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
ARTICULO 15° OBLIGACIONES: Para cumplir con su misión la Institución
.
Educativa tendrá entre otras las siguientes obligaciones:
1. Facilitar el acceso a los niños, niñas adolescentes al sistema educativo y
garantizar su permanencia.
2. Brindar una ecuación pertinente y de calidad.
3. respetar en toda circunstancia la dignidad de los mecanismos de la
comunidad educativa.
4. facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica dentro
del centro educativo.
5. abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el
seguimiento del proceso educativo y proporcionar la democracia en las
relaciones dentro de la comunidad educativa.
6. organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten
dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y
establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas
culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales
extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
8. estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas
y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de
la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
10. organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación
del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
11. fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes
especiales.
12. evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo,
condición, socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus
derechos.
ARTICULO 16°. OBLIGACIÓN ETICA FUNDAMENTAL DE LOS
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS: Las Instituciones de Educación Primaria y
Secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a
los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad
física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores
fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la
aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello
deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás,
especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial
vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
23. 2. proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma
de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla
de parte de los demás compañeros y de los profesores.
3. establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter
disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o
psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia
niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o
hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
ARTICULO 17°
. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS: Los directivos y docentes de los
establecimientos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha
mecanismos para:
1. comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
2. establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de
malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y
explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de
servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
3. comprobar la afiliación de los estudiantes en un régimen de salud
4. garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad,
vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.
5. proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma
de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o
burla de parte de los demás compañeros o profesores.
6. establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter
disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o
psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los
niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje
o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
7. prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de de sustancias psicoactivas que
producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a
las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y
consumo alrededor de las instalaciones educativas.
8. coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios
para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con
discapacidad.
9. reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato
o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y
adolescentes.
10. orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y
reproductiva y la vida en pareja.
ARTICULO 18° PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES O DE GRADENTES:
.
Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación
24. formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven al
maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que
de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión
bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.
CAPITULO VIII
COMPORTAMIENTO SOCIAL
El manejo disciplinario en la Institución Educativa Técnica Comercial “Caldas” está
orientado a llevar al estudiantes hacia el logro de hábitos de comportamiento
social y convivencia ciudadana y, a la aprehensión de conocimientos,
competencias y valores religiosos, patrióticos, éticos, morales y sociales, que le
permitan una interacción acorde con la comunidad escolar, familiar y de la
sociedad en general, proyectándolo hacia un mejor desempeño, en términos de
tolerancia, respeto, autoestima, solidaridad y liderazgo, conduciéndolo a una alta
valoración de su libertad individual y el respeto por lo ajeno. La institución
propenderá por la utilización de normas de cortesía, urbanidad, civismo y ética
entre todos los miembros de la comunidad educativa.
Es importante tener en cuenta que:
El destino del éxito se consigue mediante una seria disciplina y una firme
adhesión a la verdad, a la responsabilidad y a la justicia.
Los seres humanos que no alcanzan ser hombres de éxito, no son
desafortunados, solo son disciplinados.
La disciplina forma el carácter y hace más adaptable al ser humano para
asumir con valor, entrega, firmeza y vocación todo lo que la vida le
presente.
CLASIFICACION Y CONNOTACION DE LAS FALTAS
ARTICULO 19°: Se consideran faltas al comportamiento social la violación a las
normas, deberes, obligaciones y prohibiciones consagradas en este manual.
Las faltas disciplinarias que se contemplen en este manual se clasifican teniendo
en cuenta la connotación y el grado de contravención a las normas, así: Leves,
Graves y Gravísimas.
ARTICULO 20° FALTAS LEVES: Se consideran faltas leves, todo acto que vaya
.
en contra de las normas establecidas en el manual de convivencia dentro y fuera
de la Institución, que puede ser manejada por el docente o quien conozca la falta
en primera instancia.
Son faltas leves:
1. Mal porte del uniforme en los días que corresponde y sitios no autorizados.
25. 2. no asistir a las actividades programadas por la Institución
3. llegar tarde a la Institución, al aula de clases o sitio determinado para la
actividad educativa o recreativa, sin causa justificada
4. ingerir alimentos dentro del aula de clase, laboratorios, sala de informática,
biblioteca,, aulas especializadas, aula múltiple, en formación, en oficinas y
en el templo
5. el descuido y desaseo personal
6. perturbación de las clases y mal comportamiento en los actos cívicos y
comunitarios.
7. mal uso de los elementos de la Institución
8. permanecer en el aula de clase durante el descanso
9. comprar en la tienda escolar durante el periodo de clase o inmediatamente
terminado el descanso
10. el incumplimiento de turnos de aseo
11. formar indisciplina frente a la Institución, a la entrada o salida de la misma
12. la inasistencia a la Institución o clase sin justa causa.
13. arrojar basura u objetos al piso y otros sitios que desmerezcan la buena
presentación de la planta física
14. escribir en los cuadernos de los compañeros, mensajes que incomoden o
hagan daño
15. hablar a gritos dentro del aula de clase y correr en esta
16. ingresar a salones que no le corresponde y permanecer en ellos durante los
descansos
17. el ingreso a la sala de profesores, oficinas y otras dependencias de la
Institución sin previa autorización e inadecuadamente vestidos
18. el no acatamiento particular o colectivo, a las actividades de la Institución
dentro y fuera de ella.
19. la interrupción de las clases o actividades para préstamo de implementos o
para otros motivo, de los diferentes grados o el propio y jornadas.
20. usar en el aula de clase y otros sitios de la Institución, aparatos
radiofónicos, juegos electrónicos, discos compactos, celulares, beepers,
revistas y demás elementos que entorpezcan el normal desarrollo de las
labores académicas
21. sustraer o esconder los bienes de los compañeros, así como dañar o
escribir palabras o frases en los útiles y las carteleras de los compañeros.
22. asistir a clases realizando actividades diferentes según horario fijado y
clase
23. realizar juegos o encuentros deportivos en sitios no designados para ellos.
24. establecer diálogos con personas ajenas a la Institución, dentro del plantel y
en jornada académica
25. no cumplir con el reglamento interno de la biblioteca, sala de sistemas, aula
de clase, sala bilingüismo, etc.
26. no informar en forma oportuna a los padres de familia o acudientes, de las
reuniones en la que se requiere su presencia y han sido citados.
27. no cumplir los compromisos académicos, comportamentales y/o sociales
adquiridos con la Institución
28. desacatar las disposiciones y orientaciones de los docentes directivos
26. 29. ir al baño y/o salir a tomar agua tan pronto termina el descanso una vez
iniciadas las clases.
30. permanecer fuera del salón en horas de clase, en presencia o ausencia del
docente o salir de este sin el debido permiso.
31. emplear sustancias (huevos, harina, agua) como modo de celebración o
para jugar con ellas dentro de la Institución.
32. causar daños o perjuicios en los objetos de la Institución o útiles de los
compañeros.
33. salirse del salón de clases sin el debido permiso del docente
PARAGRAFO: Si las faltas leves se vuelven reiterativas se convierten en graves.
Si el o la estudiante reincide en más de dos (2) ocasiones en faltas leves, ésta se
tipifica como falta grave.
ARTICULO 21. FALTAS GRAVES: Se consideran Faltas Graves de
comportamiento social todo acto que vaya en contra de los principios
fundamentales de convivencia humana, la ética, la moral, las leyes colombianas y
las normas establecidas en este manual de la Institución Educativa Técnica
Comercial “Caldas”.
Son Faltas Graves:
1. Reincidir constantemente en las faltas leves con sus correspondientes
correctivos o sanciones establecidas en el Manual de Convivencia o el
Reglamento Interno.
2. Ingresar o salir de la Institución por sitios no autorizados
3. Escribir palabras o graffiti que vayan en contra de la Institución o cualquier
persona de la comunidad educativa.
4. escribir o rayar las paredes, pupitres y otros elementos de la Institución
5. Irrespetar los símbolos patrios (país, departamento, municipio, institución) o
religiosos.
6. Ridiculizar a las personas o a la Institución a través de palabras o gestos
denigrantes.
7. el uso de apodos que atenten contra la autoestima y la dignidad de la
persona
8. no asistir a clase estando en el interior de la Institución y ausentarse del
aula sin el respectivo permiso del docente
9. ausentarse de los actos programados sin la autorización respectiva
10. realizar rifas usando el nombre de la Institución, o cualquier tipo de negocio
sin autorización previa de la autoridad competente
11. la inasistencia continua e injustificada a clases.
12. usar vocabulario y expresiones corporales soeces o vulgares, y actitudes de
irrespeto hacia directivos, docentes, administrativos, compañeros y otras
personas; así mismo las riñas, las ofensas verbales, los comentarios falsos
y tendenciosos que atenten contra la moral, la dignidad y las sanas
costumbres.
13. el encubrimiento o complicidad en la comisión de cualquier falta.
27. 14. impedir que los demás estudiantes se recreen reteniendo los implementos,
escondiéndolos, botándolos y/o destruyéndolos.
15. realizar juegos de suerte o azar
16. participar o promover cualquier acto que atente contra el medio ambiente o
la integridad personal o institucional.
PARAGRAFO: Estas faltas afectan la permanencia del estudiante y serán tenidas
en cuenta en la matrícula, como condicionamiento para su renovación o
aceptación en el año siguiente.
ARTICULO 22° FALTAS GRAVISIMAS: Son todas las faltas de comportamiento
.
que atenten contra la ética, moral, físico y social de todas y cada uno de los
miembros de la comunidad educativa, con el incumplimiento de los deberes,
violando la Ley y demás normas consagradas en este manual. Las cuales afectan
el funcionamiento y trascienden en la vida Institucional.
Son faltas gravísimas:
1. Reincidir continua y sistemáticamente en las faltas graves
2. proferir amenazas o agresión verbal, escrita, física o psicológica a
cualquier miembro de la comunidad educativa. Incitar a cometer falta.
3. El fraude o intento de fraude en evaluaciones, planes o documentos de la
Institución
4. Los escándalos y las riñas dentro y fuera de la Institución
5. Ingresar o permanecer en sitios públicos prohibidos como: tabernas, bares,
billares, discotecas, maquinitas, etc. Con el uniforme de la Institución.
6. Introducir revistas pornográficas, pasquines, volantes, bajar y consultar
información pornográfica virtual en las salas de informática y demás
comunicaciones que atenten contra la estabilidad disciplinaria y/o lesión en
la dignidad a cualquier miembro de la comunidad.
7. el robo o el hurto comprobado y la complicidad en la comisión de esas
faltas.
8. portar, esgrimir, amenazar con arma de fuego o corto punzantes u otros
objetos que atenten contra algún miembro de la comunidad educativa;
fomentar o protagonizar desordenes, actos violentos y de agresión física.
9. la intimidación y/o chantaje a cualquier miembro de la comunidad
10. realizar actos que atenten contra la ética, la moral y el buen nombre de la
Institución
11. Acoso sexual, físico, moral, psicológico y/o verbal o abusar sexualmente de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
12. causar lesiones físicas en forma voluntaria a terceros
13. la calumnia o injuria comprobada contra cualquier miembro de la
comunidad educativa.
14. sustraer y/o adulterar evaluaciones, trabajos o documentos de la Institución
15. emplear términos altaneros, expresiones bajas o soeces a cualquier
miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la Institución
28. 16. utilizar artículos detonantes, sustancias químicas o naturales que sean
utilizadas con propósito de causar daño o demostrar rebeldía.
17. indisciplina y bajo rendimiento académico después de realizados todos los
procesos de acción contenidos en este manual.
18. tener problemas judiciales comprobados
19. portar y consumir cigarrillos, licores, drogas o cualquier otra sustancia que
ponga en riesgo la salud física o mental o propia de cualquier miembro de
la comunidad educativa y que atenten contra la calidad de vida, el carácter
escolar y social de la Institución, según el artículo 9° del Decreto 1108 de
1994, sobre el uso de sustancias psicotrópicas que dice así: “para efectos y
fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del
País, públicos y privados el consumo, comercialización y porte de
sustancias psicotrópicas”
20. las prácticas de satanismo, uso de la tabla güija y demás actos que atenten
contra el normal funcionamiento de la Institución y la integridad física y
moral de los integrantes.
PARAGRAFO: La comisión de estas faltas conlleva a la exclusión inmediata y
pérdida del cupo del estudiante para el año siguiente.
CAPITULO IX
PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA ACTUACIÓN PEDAGÓGICA
ARTICULO 23° PRINCIPIOS QUE RIGEN LA ACTUACIÓN PRO CESAL: La
.
actuación disciplinaria pedagógica se desarrollará conforme a los principios
orientadores y rectores consagrados en el presente Manual y en las demás que lo
contemplen. Así mismo, se observarán los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, contradicción y
transparencia.
ARTICULO 24° LEGALIDAD: Como miembro de la comunidad educativa solo
.
seremos investigados, sancionados y tratados por comportamientos descritos
como falta disciplinaria en el Manual de Convivencia vigente en el momento de la
comisión de un hecho reprochado y cuando se omita el cumplimento de un deber.
ARTICULO 25° DEBIDO PROCESO: Como miembro de la comunidad educativa,
.
cuando deba ser tratado con lo aquí dispuesto, me serán aplicadas las normas
existentes el caso atribuido, ante quien sea competente previamente establecido,
observando las normas propias de la Constitución Política de Colombia y este
Manual de Convivencia, salvo que se trate del personal administrativo, directivo o
docente, caso en el cual se aplicará el procedimiento descrito para ellos en las
normas legales vigentes y el manual de funciones.
“El debido proceso se encamina al ejercicio de las funciones públicas con el
sometimiento a la Ley, pretende acabar con las arbitrariedades; el Manual de
Convivencia, como parte del sistema educativo, debe garantizar no solo la
29. prevención, corrección y formación integral, sino también el asegurar el respeto de
la dignidad humana, siendo una herramienta pedagógica capaz de erradicar
cualquier forma de impedimento para el ejercicio del aprendizaje, donde los
conflictos no sean fuente de represión, sino espacio para el aprendizaje, que
conduzca a la armonía y a la educación, sin actuaciones caprichosas, la
característica del debido proceso es la garantía del derecho a la defensa, un
proceso justo, la existencia de pruebas, en conclusión, imparcialidad, celeridad y
equidad.
ARTICULO 26° RECONOCIEMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA : Todo
.
alumno o miembro de la comunidad educativa que en cualquier momento se
relacione con la Institución o le sea atribuida una falta, tienen derecho a ser
tratados con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano en el Artículo
17 de la Ley 1098 de 2006.
ARTICULO 27|. PRESUNCION DE INOCENCIA: A quien se le atribuya haber
cometido una falta disciplinaria es presume inocente mientras se declare su
responsabilidad en fallo ejecutoriada. Durante la actuación toda duda razonable se
resolverá a favor de la persona investigada cuando no haya modo de eliminarla.
Queda prohibido el señalamiento por hechos anteriores que no se relacionen con
el investigado o que haya sido objeto de sanción.
ARTICULO 28° IGUALDAD: Todos los alumnos recibirán la misma protección y
.
trato de la Institución, tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por su edad, raza, origen nacional o familiar, lengua,
opinión política o filosófica.
ARTICULO 29° DERECHO A LA DEFENSA: El alumno que sea objeto de una
.
investigación tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la
investigación; a que se practiquen las pruebas que solicite, ser oído en declaración
de descargos, para lo cual puede estar acompañado de sus padres, acudiente o
personero estudiantil, y a interponer los recursos establecidos en este Manual.
ARTICULO 30° PROPORCIONALIDAD: La sanción disciplinaria debe
.
corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al graduar la sanción se deben
aplicar los criterios contenidos en este manual.
ARTICULO 31° GARANTIA DE LA LABOR EDUCATIVA: Todo miembro de la
.
comunidad educativa, ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetará las
prohibiciones establecidas.
ARTICULO 32° LA FALTA DISCIPLINARIA: Constituye falta disciplinaria, por lo
.
tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente prevista en
este Manual, la incursión en cualquiera de la conductas o comportamientos
previstos en él, que conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el
ejercicio de sus derechos y prohibiciones, sin estar amparado por cualquiera de
las causales de justificación de la conducta aquí contempladas.
30. ARTICULO 33° AUTOR: Es quien comete falta disciplinaria o determine a otro a
.
cometerla, aún cuando los efectos de la conducta se produzcan después de
retirado de la Institución.
ARTICULO 34° FORMAS DE REALIZACIÓN DEL COMPORTAMIE NTO: Las
.
faltas de disciplinarias se realizarán por acción o por omisión en el cumplimiento
de los deberes propios o por extralimitación de los mismos.
ARTICULO 35° JUSTIFICACIÓN DE LA CONDUCTA: El comportamiento se
.
justifica cuando se comete una falta por:
1. Fuerza mayor o caso fortuito
2. En estricto cumplimiento de un deber legal
3. en cumplimiento de orden de legítima autoridad emitida con las
formalidades legales
4. para salvar un derecho propio o ajeno
5. por insuperable coacción ajena o miedo insuperable
6. con la convicción errada e invencible de que su conducta no
constituye falta disciplinaria.
CAPÍTULO X
PROCEDIMIENTOS PARA LA VALORACIÓN DEL COMPORTAMIENTO
SOCIAL
ARTICULO 36° VALORACIÓN DEL COMPORTAMIENTO: Para la valoración del
.
comportamiento de los estudiantes, la Institución se basará en las normas
consagradas en este Manual de Convivencia y en los principios, fundamentos y
criterios pedagógicos, éticos y morales. Para la evaluación del comportamiento se
aplicará la siguiente escala valorativa:
Excelente E
Bueno B
Aceptable A
Insuficiente I
a. Excelente: Cuando el estudiante demuestre actitudes, aptitudes y valores
acordes con la filosofía y principios éticos y morales de una sana
convivencia, con alto sentido de pertenencia y compromiso y que no tenga
anotaciones negativas en el registro valorativo.
b. Bueno: Cuando el estudiante demuestra actitudes, aptitudes y valores
acordes con la filosofía y los principios éticos y morales requeridos por la
Institución. Puede haber cometido faltas leves, pero no faltas graves, que
tenga un alto sentido de pertenencia y compromiso.
31. c. Aceptable: Cuando el estudiante demuestre deficiencias en sus actitudes,
aptitudes y valores frente a los requerimientos de la Institución en
contradicción con la filosofía, los valores y principios éticos y morales del
comportamiento humano. Demuestre falta de compromiso y sentido de
pertenencia. Presenta anotaciones por faltas leves, siendo reincidente en
éstas. Puede haber cometido alguna falta grave sin culpa o dolo.
d. Insuficiente: Cuando el estudiante presenta serias deficiencias en sus
actitudes, aptitudes y valores frente a la filosofía y los principios éticos y
morales que orientan la educación en la Institución. Tiene poco sentido de
pertenencia y compromiso, demuestra desinterés por el estudio. Presenta
registro de faltas leves en forma reincidente, al igual que faltas graves y
gravísimas, con sentido de culpa o dolo.
PARAGRAFO: Al finalizar cada periodo escolar, el director de grupo hará
evaluación, autoevaluación, coevaluación y eteroevaluación del comportamiento
de su grupo. Además al finalizar cada periodo, los coordinadores, harán una
evaluación conjunta con los docentes del comportamiento de los estudiantes de
cada jornada, teniendo en cuenta los informes y registros valorativos de los
estudiantes.
ARTICULO 37° CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD O LEVEDAD
.
DE LA FALTA: Las faltas al comportamiento que se encuentran taxativamente
señaladas en este Manual son: Leves, Graves y Gravísimas, de conformidad con
los siguientes criterios:
1. Grado de intención con el cual se actúa
2. Perturbación de las labores educativas
3. Trascendencia de la falta dentro o fuera del plantel
4. Cuando la falta sea realizada por uno o varios alumnos
5. La modalidad y circunstancia en que se cometió la falta, tales como el
cuidado empleado, confianza depositada en el alumno y el grado de
participación.
PARAGRAFO: Estos aspectos deben probarse por el agente investigador o
comité disciplinador a través del procedimiento establecido.
PROCESO DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 38° En todo proceso investigativo por la comisión de cualquier falta ya
.
esta sea leve, grave o gravísima se aplicará el siguiente procedimiento
disciplinario, según el caso:
1. Averiguación preliminar por parte de quien conozca la falta (Docente,
Director de Grupo o Coordinador), para determinar el deber incumplido, los
hechos y causas.
32. 2. Llamado de atención verbal del estudiante por parte de quien conozca el
hecho para reconvenir, sobre la falta cometida en caso que sea leve por
primera vez.
3. Remisión del caso al director de grupo o coordinador por parte del docente
que conozca el hecho después de haber aplicado los numerales 1 y 2
anterior, en caso de reincidencia de faltas leves o comisión de una falta
grave o gravísima.
4. Citación al estudiante con el padre de familia y/o acudiente por parte del
docente, director de grupo o coordinador, para dar a conocer el hecho, en
caso de reincidencia en falta leve y comisión de una falta grave o gravísima.
5. Remisión del caso al comité de convivencia y con conciliación, si es del
caso en busca de una conciliación.
6. Remisión del caso al comité disciplinario para la investigación, quien
realizará el siguiente procedimiento:
a. Acción Preliminar
b. Tipificación de la falta
c. Citación del estudiante con el padre de familia y/o acudiente para dar
a conocer el caso y notificar del pliego de cargos.
d. Citación del estudiante a descargar y presentación de pruebas, en
presencia del padre de familia y/o acudiente.
e. Análisis de las pruebas y descargas, presentación para la toma de
decisiones.
f. Llamado a conciliación y reparación de los daños si es el caso
g. Aplicación de correctivos o sanciones
7. Remisión del caso así:
a. Comisaría de familia, por faltas leves
b. Defensor de familia del I.C.B.F., por faltas graves o gravísimas que
atenten contra la integridad moral de los miembros de la comunidad
educativa.
c. Al Juez Penal por faltas graves o gravísimas que atenten contra la
integridad física de los miembros de la comunidad educativa; tales
como: Lesiones Personales, Porte de Armas, Hurto, Robo, Consumo
de Alucinógenos, Cigarrillo, Alcohol, Abuso Sexual o Prácticas
Sexuales Inadecuadas (Exhibicionismo Sexual) y daños a la planta
física, muebles y equipos.
8. Remisión del estudiante al I.C.B.F., para asistencia profesional (Psicólogo).
33. 9. Notificación del fallo
10. Estudio de recursos, si los hay.
PARAGRAFO 1°: De todas las acciones adelantadas se dejará registro y actas
que evidencie lo actuado. Las anotaciones hechas en el registro valorativo deben
hacerse en presencia del estudiante y padre de familia, siendo firmadas por estos.
PARAGRAFO 2°: Adicionalmente al proceso disciplinario, si la falta constituye una
conducta típica antijurídica y culposa, el agente disciplinador compulsará copia al
funcionario competente (Juez de Familia o de adolescentes) para que este inicie la
correspondiente Acción Penal. Si es una falta de comportamiento, como:
Consumo de alcohol, droga, cigarrillo, acoso o abuso sexual; se remite el caso al
I.C.B.F. para la aplicación de correctivos.
CORRECTIVOS
ARTICULO 39°: Los correctivos que serán aplicados a los estudiantes que sean
declarados culpables en la comisión de una falta según el caso serán los
siguientes:
1. Llamado de atención y diálogo con el estudiante implicado, por parte de
quien conozca el hecho en caso de faltas leves por primera vez.
2. Amonestación verbal del estudiante en presencia del padre de familia por
parte del docente que conozca el hecho y el Director de Grupo en caso de
cometer una falta leve por segunda vez.
3. Amonestación escrita del estudiante en presencia del padre de familia y/o
acudiente por parte de quien conozca la falta (docente, director de grado o
coordinador). Esta se puede dar en el mismo momento una vez se haya
hecho la amonestación verbal, si la comisión de la falta según la gravedad,
amerita hacerle la amonestación escrita se podrá realizar tal situación.
4. Anotación en el registro valorativo por llegar tarde a la Institución a clase o
a eventos y en caso de reincidencia citación del padre de familia.
5. Aplicación de reglas de conducta, trabajo de carácter pedagógico y
formativo con asesoría del padre de familia; supervisado y controlado por el
docente que imponga el correctivo, por el director de grupo, por el profesor
de disciplina o por el Coordinador.
6. Presentación de servicio social a la comunidad
7. Remisión del estudiante al psicólogo para que reciba accesoria y
orientación profesional, de común acuerdo con el padre de familia
34. 8. Privación del derecho a participar en eventos deportivos, culturales y de
comunidad programados por la Institución. Al igual que a representar la
Institución en cualquier evento que sea invitada, hacer parte de la banda
marcial, banda musical, danzas, chirimías o hacer parte de cualquier
organización que esta cree.
9. rebaja en la evaluación de comportamiento general con anotación en el
registro valorativo.
10. Suspensión de clase, por el término de 3 a 5 días, aplicando trabajos
pedagógicos y formativos, con normas correctivas a realizar dentro de la
Institución o en el hogar, de común acuerdo con el padre de familia o
acudiente.
11. Pérdida del cupo para el año siguiente por bajo rendimiento, mal
comportamiento, por pérdida de grado por segunda vez.
12. Exclusión de la Institución por la comisión de faltas graves o gravísimas, por
bajo rendimiento persistente en tres o más áreas en dos periodos
consecutivos sin haber realizado las actividades de recuperación impuestas
por el docente. Estos casos serán remitidos directamente a Rectoría por
coordinación.
13. Cancelación inmediata de la matrícula por la comisión de faltas graves o
gravísimas, siendo hallados en flagrancia y después de haber aplicado el
debido proceso.
14. Remisión del caso a la Comisaría de familia, Defensor de familia del
I.C.B.F., y/o al juzgado promiscuo de familia.
PARAGRAFO: La aplicación de todos los correctivos deberá hacerse en
presencia del padre de familia y/o acudiente dejando registro valorativo, para el
control y seguimiento del proceso disciplinario.
ARTICULO 40º. ESTIMULO PARA LOS ESTUDIANTES: Son aquellos
reconocimientos que la Institución confiere a sus estudiantes para valorar
esfuerzos, desempeño académico y de convivencia, solidaridad, responsabilidad
(aptitudes y actitudes sobresalientes) y que constituyen ejemplo digno de exaltar
ante la comunidad educativa, con el sano propósito de incentivar la vivencia
permanente de valores.
Se determinan los siguientes estímulos:
1. IZADA DE BANDERA: Podrán izar Bandera los estudiantes que:
a. Sobresalgan por excelente rendimiento académico, su comportamiento social y
otros valores de convivencia social.
35. b. Cuando representan digna y exitosamente a la Institución a nivel intercolegial,
municipal, departamento, nacional, en actividades religiosas, cívicas, artísticas,
deportivas, sociales, científicas, académicas, culturales y otras.
c. Los estudiantes que democráticamente sean nombradas dentro del gobierno
escolar, por sus diferentes cualidades ya valores establecidos en este Manual,
su nombramiento y posesión se hará público e izarán el Pabellón Nacional.
d. Los estudiantes que se destacan por su excelente rendimiento académico,
comportamiento social excelente o muy bueno durante cualquier período y
además tendrán un reconocimiento público.
e. Los estudiantes que hayan obtenido el primer puesto en cada grupo del año
anterior izarán bandera en el primer acto de honor al tricolor nacional que se
haga en la iniciación de clases de acuerdo a la programación especial que se
haga en Febrero.
2. RECONOCIMIENTO PÚBLICO: Los estudiantes que realicen los trabajos de
mejor calidad en las jornadas académicas, culturales, deportivas y científicas
se harán acreedores a reconocimiento público.
3. MONITORIAS: Los estudiantes que demuestren avance especial en los
procesos de aprendizaje y un comportamiento social excelente o muy bueno,
tendrá como reconocimiento la asignación de tan importante y meritoria
responsabilidad; así encontrarán un espacio para ayudar solidariamente a sus
compañeros compartiendo su saber.
4. RECONOCIMIENTOS ESPECIALES POR MERITOS: Se otorgará aquellos
estudiantes que se destaquen por la vivencia de valores (solidaridad, trabajo,
fraternidad, justicia, honestidad, civismo, participación, autonomía, sencillez,
dedicación, rendimiento académico, un comportamiento social excelente o muy
bueno, deportes, etc.); Serán otorgador pos la Rectoría mediante Resolución
motivada, también será de reconocimiento de la comunidad educativa.
Los cuales se determinan así:
a. Mención Honorífica, en el acto de clausura a los alumnos de mejor rendimiento
académico y/o comportamiento, por grado.
b. Mención Honorífica Deportiva a los alumnos que se hayan destacados en
alguna disciplina deportiva a nivel: Interno, Municipal, Departamento y
Nacional, por grado.
c. Mención Honorífica Artística al alumno que se haya destacado en: Danzas,
música, canto, teatro, ciencia, tecnología y literatura, durante el año escolar.
d. Portar el Heraldo y/o Banderas, en los actos públicos en los cuales se hayan
representación oficial de la Institución, a los alumnos que se destaquen por su
espíritu altruista, cívico y desempeño académico.
e. Un (1) día de convivencia recreativa para el mejor alumno de cada grado, que
se haya destacado durante el año escolar, financiado con recursos de la
Asociación de Padres de Familia, al finalizar el año.
f. El mejor alumno de cada grado, al final de cada período, se hará acreedor a
figurar en el Cuadro de Honor de la Institución, el cual se fijará en un lugar
36. visible y su diseño estará a cargo del Coordinador y una Comisión de
Docentes, en cada sección.
g. Medalla Honor al Merito otorgada anualmente al Mejor Bachiller de cada
promoción y al alumno que obtenga el mejor puntaje ICFES, de cada jornada,
que será impuesta en el acto de graduación.
h. Mención Honorífica para el alumno del grado 11º, que se haya destacado en
Ciencias, Tecnología e Informática, y en el área de la especialidad.
i. Al grupo que sobresalga en todos los campos de formación, el Rector le hará un
reconocimiento público en reunión con Padres de Familia.
CAPÍTULO XI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
y/o ACUDIENTES
ARTICULO 41º. DERECHOS:
a. Hacer reclamos respetuosos y justos dentro del tiempo fijado por las
normas legales e institucionales
b. Recibir información sobre el proceso de formación integral de sus hijos
c. Enterarse oportunamente de los eventos programados
d. Participar en la elaboración del Manual de Convivencia
e. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo Directivo,
Asociación de Padres de Familia y/o Consejo de Padres de Familia
f. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares o boletines
donde se informe sobre compromisos con la Institución
g. Participar en la planeación, ejecución y evaluación al P. E. I de acuerdo
con los mecanismos que para ello se estipulen
h. Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la
Institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les
corresponda
i. Ser atendidos oportunamente en la rectoría, coordinación, sala de
profesores y demás dependencias en horas laborales.
ARTICULO 42° DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
.
a. Proporcionar a sus hijos espacio para el dialogo, la reflexión y el
compromiso
37. b. Atender lo referente a la salud mental y física, nutrición e higiene de sus
hijos
c. Enviar a sus hijos oportuna y debidamente presentados, fomentando la
puntualidad y el aprecio por si mismo
d. Proveer a sus hijos elementos necesarios para un mejor desempeño y
eficiente participación en la vida escolar
e. Mantener relaciones cordiales con los docentes y directivos.
f. Colaborar con la solución de problemas que se presenten con sus hijos y
tener en cuenta las sugerencias dadas por los docentes
g. Atender al conducto regular para la solución de los problemas de los hijos
h. Suministrar a la Institución toda la información que puedan contribuir al
desarrollo integral de sus hijos
i. Participar y facilitar la consecución de los objetivos propuestos por la
Asociación de Padres de Familia y Consejo Directivo
j. Permitir a sus hijos participar en las decisiones de familia
k. Establecer normas de convivencia en el hogar para que sus hijos
interioricen la disciplina personal y social
l. Responder por los daños ocasionados por sus hijos dentro y fuera de la
Institución Educativa.
m. Cancelar los costos educativos, matriculas, sistematización, derechos de
grado, si están obligados a hacerlo según las leyes.
n. Estar a paz y salvo con la Institución por todo concepto al finalizar el año
escolar
o. Promover programas de formación de padres para cumplir adecuadamente
la tarea educativa que le corresponde
p. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte
de los hijos
q. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos
propias de la edad.
r. Solicitar y recibir informes sobre las normas generales y de funcionamiento
interno de la Institución.
38. s. Asistir puntualmente a reuniones programadas por la Institución ya sea de
índole académico o informativo de disciplina
t. Enviar las excusas bien presentadas y justificadas, dirigidas al coordinador
o al rector antes de comenzar las clases.
PARAGRAFO: Podrán ser acudientes de uno o varios estudiantes aquellas
personas mayores de edad y que se haga responsable del sostenimiento y estudio
del niño o joven. En todo caso el acudiente debe estar registrado en el acta de
matrícula y firmar la misma.
Un estudiante solo podrá ser representado por un acudiente en los siguientes
casos:
• Cuando sus padres biológicos o adoptivos hayan fallecido
• Cuando ninguno de sus padres resida en el mismo sitio del estudiante
• Cuando por comprobada incapacidad física de los padres, sea autorizado
un acudiente
• Cuando así lo disponga una comisaría de familia.
CAPÍTULO XII
ENTES DE PARTICIPACIÓN ESCOLAR Y COMUNITARIA
ARTICULO 43º. COMUNIDAD EDUCATIVA: De acuerdo con el Articulo 68 de la
Constitución Política, la Comunidad Educativa participara en la dirección de los
establecimientos Educativos, en los términos de la Ley 115 de 1994. La
Comunidad Educativa esta conformada por estudiantes y educandos, educadores,
padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados directivos docentes y
administradores escolares. Todos ellos según su competencia participaran en el
diseño ejecución y evaluación de Proyecto Educativo Institucional y en la buena
marcha del respectivo establecimiento educativo.
ARTICULO 44º. GOBIERNO ESCOLAR: Cada establecimiento educativo del
Estado tendrá un gobierno escolar conformado por el Rector, el Consejo Directivo
y el Consejo Académico y Comité disciplinario.
Las Instituciones Educativas privadas establecerán en su reglamento, un gobierno
escolar para la participación de la comunidad a que hace referencia en Articulo 68
de la Constitución Política. En el gobierno escolar serán consideradas las
iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los
39. padres de familia en aspectos tales como: La adopción y verificación del
reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas,
culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y
demás acciones que redunde en la practica de la participación democrática en la
vida escolar.
Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán
presentar sugerencias para la toma de decisiones de carácter financiero,
administrativo y técnico-pedagógico.
Tanto en las Instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad
educativa debe ser informada para permitir una participación sería y responsable
en la dirección de las mismas.
PARAGRAFO: La elección del gobierno escolar se adelantará entre el inicio de
actividades y hasta (60) días hábiles después de iniciadas éstas.
ARTICULO 45º. CONSEJO DIRECTIVO: El consejo Directivo estará integrado
por:
1. El Rector: Quien lo presidirá y convocará ordinariamente cada dos (2) meses y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. Dos representantes del personal Docente: Elegidos por mayoría de loa
votantes en una asamblea de Docentes.
3. Dos Representantes de los Padres de Familia: Elegidos por la Junta Directiva
de la asociación de Padres y otros del Consejo de Padres de Familia.
4. Un representante de los Estudiantes: Elegidos por el consejo de estudiantes,
entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de Educación
ofrecido por la Institución.
5. Uno de los representantes de los Exalumnos: Elegidos por el Consejo
Directivo, de ternas representadas por las organizaciones que aglutinen la
mayoría de ellos,(Consejo de Estudiantes) en su defecto, por quien haya
ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los
estudiantes.
6. Un representante de los Sectores Productivos: Organizados en el ámbito local
u subsidiariamente de las entidades que expiden o patrocinen el
funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido
por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas
organizaciones.
PARAGRAFO 1º: El personal administrativo podrá participar en las liberaciones
del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Cuando éste les formule invitación, a
solicitud de cualquiera de sus miembros.
PARAGRAFO 2º: Dentro de los primeros sesenta (60) días calendario siguiente al
de la iniciación de clase de cada periodo lectivo anual, deberá quedar integrado el
Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el Rector
convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar
las elecciones correspondientes.
40. ARTÍCULO 46º: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: Las funciones del
Consejo Directivo son las siguientes:
Formar parte del Gobierno Escolar de la Institución o Centro Educativo de
conformidad con los Artículos 142 de la Ley 115 de 1994 y 19 y 20 del
Decreto 1860 de 1994.
Diseñar su propio reglamento interno
Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento Institucional
Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante Acuerdo el
Presupuesto de Ingresos y Egresos a partir del proyecto presentado por el
Rector.
Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los
traslados presupuestales que afecten el Acuerdo anual de presupuesto.
Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la
respectiva Institución, elaborados de acuerdo con las normas contables
vigentes
Establecer mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de
Servicios Educativos.
Adoptar en asocio con el Consejo Académico el currículo del
establecimiento educativo.
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del establecimiento
educativo y que no sean competencia de otra autoridad
>Participar en la Planeación y Evaluación del P.E.I
Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre
Docente y Administrativos, con los alumnos y después de haberse agotado
los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia
Dinamizar y controlar el buen funcionamiento de la Institución
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado
Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia
Fijas los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión
de nuevos alumnos
Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuando lo
amerite en aplicación del debido proceso, según el Manual de Convivencia.
Analizar y dar un veredicto a las sugerencias o determinaciones de los
diferentes Consejos y Comités, especialmente cuando estas afecten el
funcionamiento de la Institución o algún miembro de la comunidad
educativa.
Aprobar el proyecto de costos educativos presentado por el Rector, de
acuerdo a las normas vigentes
Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
Participar en la evaluación de los Docentes, Directivos Docentes, y
Personal Administrativo de la Institución
41. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales, de la respectiva
comunidad educativa.
Aprobar el calendario académico
Parágrafo: recordar que “…El Consejo Directivo no es competente para
autorizar variaciones en la distribución de los días fijados para el
cumplimiento del calendario académico y jornada escolar, ni para autorizar
la reposición de clases por días no trabajados por cese de actividades
académicas”.
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural, con otras
Instituciones Educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y
social del alumno, que han de incorporarse reglamento o Manual de
Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del
estudiante.
Liquidar el patrimonio en el evento de liquidarse
ARTICULO 47º. CONSEJO ACADÉMICO: El Consejo Académico está integrado
por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un Docente por cada área
definida en el plan de estudios.
ARTICULO 48º. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: Son funciones del
Consejo Académico:
Organizar y orientar la acción pedagógica de la Institución Educativa
Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión del Proyecto
Educativo Institucional
Designar Docentes para los respectivos comités de Evaluación y
Promoción
Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución
Organizar y ejecutar la evaluación Institucional
Presentar al Consejo Directivo el Cronograma Institucional
Analizar y determinar la situación Académica de cada uno de los
estudiantes, en particular de aquellos que necesitan mayor compromiso
Institucional
Definir promoción de loes estudiantes que por recomendación de las
Comisiones de Evaluación y Promoción requieran ser promovidos
anticipadamente.
Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el Proyecto Educativo Institucional
ARTICULO 49º. CONSEJO DE ESTUDIANTES: Es el máximo organismo de
participación de los estudiantes y está integrado por un representante de cada uno
de los grupos en cada uno de los grupos en cada una de las secciones y jornadas
de la Institución.
ARTICULO 50º. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES:
42. Tener su propia organización interna
Elegir entre los estudiantes del grado once el Representante que presenten
iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil
Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil
Promover actividades y proyectos que tiendan a la calificación y
mejoramiento Institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil,
tales como encuestas, periódicos y morales
Representar a la Institución en encuentros interinstitucionales locales
Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y representarlas a la
dirección cuando sena requeridas
Revocar el mandato del representante de los estudiantes ante el Consejo
directivo cuando sea el caso
Discutir las reformas al Manual de Convivencia y presentar por escrito sus
observaciones
Revocar el mandato del Personero, previo plebiscito en cada uno de los
grados
ARTICULO 51º. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES: El representante
de los Estudiantes ante el Consejo Directivo es un estudiante de último grado,
designado mediante elección democrática y participativa por los integrantes del
Consejo de Estudiantes.
ARTICULO 52º. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES:
Representar a los alumnos ante el Consejo Directivo, asistiendo
puntualmente a las reuniones y rindiendo informe de las mismas a los
estudiantes.
Presentar al Consejo Directivo incentivos para beneficios de los
compañeros y la Institución en los aspectos relacionados con:
- Manual de Convivencia
- Organización de las actividades curriculares, culturales, deportivas y
recreativas
- Fomento y práctica de los Valores Humanos
- Relaciones interpersonales
- Organización y funcionamiento del Consejo Estudiantil
- Mantenimiento y cuidado de la planta Física
ARTICULO 53º. MONITOR: Es un estudiante designado por el Director de Grupo
o por elección democrática y participativa entre los estudiantes de cada grupo, el
cual será su colaborado inmediato
ARTICULO 54º. FUNCIONES DE LOS MONITORES:
43. Colaborar con el Director de Grupo y el Coordinador en la administración
del grupo en todos los aspectos
Controlar a los alumnos del grupo para permanecer en el sitio
correspondiente a las actividades desarrolladas
Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el
efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del curso
Reportar al coordinador, Director de Grupo y a los profesores la ausencia
de sus compañeros
Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios
y actitudes que lesionen a la persona, para pretender una educación
integral
Llevar la vocería de sus compañeros ante el Rector, Coordinador, Director
del Curso, Docentes, Comités y Representantes de los Estudiantes.
Llevar ordenadamente el control diario de clases, se asistencia de los
estudiantes y los Docentes entregarlo, el deberá retirar todos los días de
Coordinación (retiro al inicio y entregarlo al final de la jornada)
ARTICULO 55º. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: El personero será un
estudiante del grado once, designado mediante elección democrática y
participativa, por todos los estudiantes del plantel, en votación secreta, organizada
por el Comité de Democracia de la Institución
ARTICULO 56º. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes
estudiantiles consagrados en la Constitución Política, en las Leyes y
Decretos vigentes en el Manual.
Recibir y evaluar los reclamos presentados por los alumnos sobres
lesiones a sus derechos y las formuladas por cualquier persona de la
comunidad, por incumplimiento de los deberes de los alumnos
Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando la necesidad lo
requiera
Presentar ante el rector, según sus competencias, las solicitudes que
considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de sus deberes
Apelar ante el Consejo Directivo sus decisiones respeto a las peticiones
presentadas por los estudiantes
Fiscalizar las reuniones del Consejo de Estudiantes
Rendir informe bien sea a ambos, de los aspectos negativos y positivos,
que merezcan tenerse en cuenta par ala formación de la comunidad.
Asistir puntualmente a las reuniones del consejo de estudiantes.
PARAGRAFO 1º: El personero no podrá ejercer las funciones de representante de
los estudiantes ante el Consejo Directivo y ni de monitor
44. PARAGRAFO 2º: Revocatoria del Mandato: Por incumplimiento de sus funciones
y el Manual de Convivencia, será relevado del cargo por el Consejo de
Estudiantes previo plebiscito
ARTICULO 57º. CONTRALOR ESTUDIANTIL
Requisitos:
• Estar matriculado en la Institución educativa
• Ser elegido democráticamente por estudiantes matriculados en la
Institución
• Presentar un plan de acción
• No pertenecer al Consejo Directivo
ARTICULO 58º .ELECCION DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL
El Contralor y el Contralor Auxiliar, serán elegidos por un período fijo de un año,
elecciones que se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al
de iniciación de clases del período lectivo anual. Para tal efecto el rector
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlos por el
sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto.
Tanto el Contralor como el Contralor auxiliar estudiantil podrán ser reelegidos,
salvo que el estudiante ingrese al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse
Podrá revocarse el mandato del Contralor Estudiantil, por iniciativa de los
estudiantes motivada por el incumplimiento de sus funciones
El ejercicio del cargo equivaldrá a las horas de prestación de servicio social
estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus
funciones durante todo el período para el cual fue elegido.
CONTRALOR ESTUDIANTIL
ARTICULO 59º. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de
Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento
educativo, destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo
y elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1)
y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el
establecimiento educativo de conformidad con lo que establezca el Proyecto
Educativo Institucional P.E.I.
Articulo 60º. COMITÉ DISCIPLINARIO: Es el ente investigador de la Institución,
el cual tiene la función de estudiar los casos que le sean remitidos por la comisión
de faltas graves o gravísimas de los estudiantes, para generar mecanismos de
conciliación, sugerir y aplicar correctivos en solución de conflictos. Este estará
integrado por:
El Coordinador de la respectiva jornada