Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Rm 2015 Exposición técnica CAPEI IMCP GDL
1. Oscuros, claroscuros, dimes y
diretes de la Resolución
Miscelánea Fiscal 2015
COMISIÓN DE APOYO AL EJERCICIO INDEPENDIENTE
EXPOSICIÓN TÉCNICA
08 DE ABRIL DE 2015
Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
2. Datos del expositor
CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
Socio Director GM ConsultoríaTributaria
CPC por el IMCP en julio 2005, Máster en impuestos por la U de G en
2002, ex presidente comisión de cursos CCPG en 2011, Miembro de la
Comisión de apoyo al ejercicio independiente desde 2007,
Catedrático de la materia de impuestos en Licenciatura en la U de O y
a nivel posgrado en la UNIVA, Socio de Anafinet, AC, expositor de
temas fiscales a nivel nacional, software administrativo contable de
Contpaq I, Excel para contadores, escritor de artículos fiscales en
www.elconta.com, podcaster y video conferencista.
2Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
3. Antecedentes ¿Qué es la RMF?
• Conjunto de reglas de carácter general que expide el SAT para los
efectos de:
1. Dar a conocer criterios
2. Dar a conocer procedimientos
3. Dar “interpretaciones” sobre las leyes fiscales
4. Dictar los procedimientos sobre trámites en general a través de los
anexos correspondientes
3Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
4. Problemática actual…
• Un problema que veremos todo lo que resta del sexenio, es que al
haber un “pacto” de no reformas fiscales, las “reformas” se harán a
través de la RMF como lo hemos estado viendo.
• El problema principal es que la Legislación Fiscal le da atribuciones al
SAT para modificar dicha RMF las veces que quiera.
• ¿Indefensión jurídica para el contribuyente?
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5. Generalidades
•Se publicó el 30 de Diciembre de 2014.
•Conjunto de reglas para “facilitar” el cumplimiento de obligaciones
de carácter fiscal.
•Se publica anualmente por el SAT.
•Fundamentos: Artículos 33-I-g) y 35 del CFF y artículos 16 y 31 de la
LOAPF. •En teoría, deberían de generar derechos, únicamente.
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6. Tipos de Misceláneas…
• Resolución Miscelánea Fiscal
• Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores que se
indican.
• Resolución Miscelánea de Comercio Exterior
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7. Tipos de reglas…
• a) Obligatorias
• b) Optativas
• c) Ilegales
• d) Inútiles
7Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
8. Normatividad relacionada
MÁS LO QUE PUBLIQUEN ENTRE SEMANA EN LA PAGINA…
8Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
9. Normatividad
• 1. CPEUM
• 2. LIF
• 3. CFF
• 4. ISR, IVA, IEPS, ISAN, ETC.
• 5. REGLAMENTOS
• 6. MISCELANEA
• 7. DECRETOS
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11. Marco Legal
CFF. Art. 33, fracción l, inciso g)
• Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades (…)
• l. Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y para ello
procurarán:
• g) Publicar anualmente las resoluciones dictadas por las autoridades fiscales
que establezcan disposiciones de carácter general, agrupándolas de
manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes…
las resoluciones que se emitan conforme a este inciso y que se refieran a
sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas
adicionales a las establecidas en la propias leyes fiscales. (ayajá…)
11Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
13. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SU ARTÍCULO 33, FRACCIÓN I,
INCISO G), VIGENTE A PARTIR DE DOS MIL CUATRO, NO TRANSGREDE
EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA. El principio de legalidad
tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, consiste en que mediante un
acto formal y materialmente legislativo se establezcan todos los
elementos que sirvan de base para realizar el cálculo de una contribución.
Ahora bien, el artículo 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la
Federación, al prever que las autoridades fiscales, para el mejor
cumplimiento de sus facultades, proporcionarán asistencia gratuita a los
contribuyentes, para lo cual publicarán anualmente las resoluciones que
establezcan disposiciones de carácter general agrupándolas de manera
que faciliten su conocimiento; que podrán publicar aisladamente las
disposiciones cuyos efectos se limitan a periodos inferiores a un año y que
las resoluciones emitidas que se refieran a sujeto, objeto, base, tasa o
tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las que
determinen las propias leyes fiscales, no transgrede el mencionado
principio constitucional.
13Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
14. Adiós al libro II…
A partir de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución
Miscelánea (30-Oct-2014), se derogaron las reglas que existían en el
extinto Libro II, y se elimina dicha estructura que estuvo vigente de
2008 hasta la fecha de referencia reagrupándolas como estuvieron
de 2007 y años anteriores.
14Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
15. Reglas vinculadas al CFF
15Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
16. Promociones, R 2.1.15
2.1.15. Para los efectos de los artículos 18 y 18-A del CFF, los
documentos que se acompañen a las promociones que presenten
los contribuyentes ante las autoridades fiscales, podrán exhibirse
en copia simple, salvo que en las disposiciones fiscales se señale
expresamente que dichos documentos deben exhibirse en original
o copia certificada. Las autoridades fiscales podrán, en su caso,
solicitar los documentos originales para cotejo.
CFF 18, 18-A
16Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
17. Definición de “copia” RAE
• Copia. (Del lat. copia).
• 1. f.Acción de copiar. La copia de obras de arte está legislada.
• 2. f. Muchedumbre o abundancia de algo.
• 3. f. Reproducción literal de un escrito o de una partitura.
• 4. f. En los tratados de sintaxis, lista de nombres y verbos, con los casos que rigen.
• 5. f. Obra de arte que reproduce fielmente un original.
• 6. f. Reproducción exacta de un objeto por medios mecánicos. La copia de una llave.
• 7. f. Imitación de una obra ajena, con la pretensión de que parezca original.
• 8. f. Persona que se parece mucho a otra. Pedro es una copia de su padre.
• 9. f. Pintura o efigie que representa a alguien.
• 10. f. Cada uno de los ejemplares que resultan de reproducir una fotografía, una
película, una cinta magnética, un programa informático, etc.
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18. CIECF, R 2.2.1
• La CIECF equivale a la firma autógrafa.
• Inactividad por 3 años consecutivos la invalida.
• Si se detecta que el contribuyente no cumplió requisitos legales para
el trámite de certificados se inhabilita (17-H fracciónVIII CFF)
• Si existen riesgos de seguridad en el SAT se inhabilita. (17-H fracción
IX CFF)
18Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
19. Devoluciones PF anual ISR, R 2.3.1
• Devoluciones automáticas =,> $ 40,000 presentar declaración con
FIEL, excepto el monto si son asalariados. (Clave RFC y contraseña)
•CLABE
No aplica:
• 1.PF: Copropiedad, Sucesión o sociedad conyugal
• 2.SF > $ 150,000
• 3.SF por salarios > $ 100,000 y hayan presentado declaración anual
simplificada ¿por qué la limitante en cuanto a la forma de declarar?
19Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
20. Valor probatorio de la contraseña
• 2.2.1. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña
se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de
acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT a través de su
página de Internet, conformada por la clave en el RFC del
contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la
cual podrá cambiarse a través de una pregunta y respuesta secreta
elegida al momento de su obtención.
• La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos
efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes,
teniendo igual valor probatorio. ¿Por qué entonces la autoridad
exige FIEL para devoluciones de saldos a favor?
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21. Art. 22- C
CFF
• Artículo 22-C. Los contribuyentes que tengan cantidades a su
favor cuyo monto sea igual o superior a $12,860.00, deberán
presentar su solicitud de devolución en formato electrónico con
firma electrónica avanzada.
• ¿A cuál monto le hago caso jerárquicamente hablando?
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22. Devolución IVA Sector Primario, R 2.3.2
Devolución de IVA al sector primario:
• 1.Plazo máximo de 20 días hábiles (¿Será?)
• 2.Fiel y opinión positiva del cumplimiento
• 3.Que el monto no exceda de $ 1’000,000
• 4.Últimas doce solicitudes no hayan sido negadas total o parcialmente en más de
20% y que dicho porcentaje no exceda de $ 1’000,000
• No proceden las devoluciones si son EFOS o EDOS
• ¿Fácil, no creen? #Sarcasmo OFF
22Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
23. Devolución IVA Empresas con certificación de IVA
e IEPS, R 2.3.4
• Se hayan generado y declarado a partir de enero 2014
• •Se soliciten a partir del mes en el que se haya obtenido la
certificación
• •No se haya solicitado con anterioridad o desistido
• •Plazos:
23Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
24. Devolución IVA productos destinados a la
alimentación, R 2.3.13
24Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
• Personas físicas y morales que se dediquen a la producción o
distribución de productos destinados a la alimentación
• •Dentro de un plazo de 20 días hábiles (primer trámite 40 días
hábiles)
• •Saldos generados a partir de 2015
• •Que el 90% de su actividad sea sujeta a la tasa del 0%
25. Devolución IVA productos destinados a la
alimentación, R 2.3.13
25Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
Requisitos:
• Contar con FIEL y Opinión Positiva
• •Que las ultimas 12 solicitudes de devolución no hayan sido negadas
en más de un 20%
• •Señalar en el FED “IVA de productos destinados a la alimentación”
¿Realmente es imperativo incluir este dato en el FED?
• ¿Qué la autoridad no tiene el historial del contribuyente?
26. ¿Hasta que la muerte nos separe? R 2.5.4
26Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
• Cancelación al RFC por defunción:
• No se presenta aviso si se comprueba a través de compulsas que
estuvo al corriente de sus obligaciones fiscales, ingresos por sys,
arrendamiento, intereses, dividendos y RIF.
• ¿Quién es el sujeto activo de la relación contributiva?
• ¿Cuál es el tiempo “razonable” a partir de la suspensión de
actividades previamente presentada?
27. Suspensión de actividades PF por acto de
autoridad, R 2.5.12
27Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
• Cuando deje de presentar declaraciones periódicas, por si mismo o
por cuenta de terceros y cuando de la información proporcionada por
otras autoridades o terceros, se confirme que no realizó actividades
económicas durante dos ejercicios fiscales consecutivos o más,
independientemente del régimen fiscal en el que tribute conforme a
la Ley del ISR.
• ¿Será cierto? “Crea fama y échate a dormir”…
28. El Horóscopo de CFDI de nóminas, R 2.7.5.3
28Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
¿Inversamente proporcional al uso de la tecnología o displicencia?
29. Reglas vinculadas al ISR
VINI, VIDI … TEMÍ…
29Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
30. Costo fiscal de anticipos, R 3.2.23
• Deducción del costo de anticipos. (No aplica artículo 17 fracción I
incisos a) o b) LISR) “No Honey, no Money” en la realidad….
30Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
31. Vales de despensa, R 3.3.1.16
• Se entenderá por vale de despensa aquel que se proporcione a través
de monedero electrónico y permita a los trabajadores que lo reciban,
utilizarlo en establecimientos comerciales ubicados dentro del
territorio nacional, en la adquisición de artículos de consumo que
les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su
familia. ¿Unas copas de whisky no mejoran la calidad de vida?
• Los vales de despensa, no podrán ser canjeados por dinero, ya sea en
efectivo o mediante títulos de crédito, o utilizados para retirar el
importe de su saldo en efectivo.
31Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
32. Pérdidas fiscales en el RIF… R 3.13.8
• Las PF de los que eran intermedios podrán aplicarse
contra las utilidades en el RIF hasta agotarlas.
¿Se pierden por el efecto de la reducción del
ISR?
32Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
33. Definición de mascotas para efectos del IVA…
R 4.2.1
• Para los efectos del artículo 2-A, fracción I, incisos a) y b),
numeral 6 de la Ley del IVA, se consideran pequeñas
especies a los animales pequeños, tales como aves, peces,
reptiles, hurones, conejos, ratones, ratas, jerbos,
hámsteres, cobayos y chinchillas, entre otros. No quedan
comprendidos en esta categoría las aves de corral ni los
animales grandes como el vacuno, ovino, porcino, caprino y
equino, entre otros, que se utilizan comúnmente para
realizar actividades de producción o de trabajo.
33Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
35. Datos de contacto… “toda consulta causa honorarios”
• Correo: gabriel_fiscal@hotmail.com
• Skype: gabriel_fiscal69
• Twitter: @gabriel_fiscal
• Facebook:TAO,Tributo y Gabo
35Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
36. Oscuros, claroscuros, dimes y
diretes de la Resolución
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EXPOSICIÓN TÉCNICA
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