19. Titular de la Entidad- Nunca quien elabora las Bases
20.
21. CÁLCULO DE LÍMITES DEL VALOR REFERENCIAL (OBRAS) Límite mínimo: S/. 54 643,761 (90%) S/. 54 643.77 Límite máximo: S/. 66 786.819 (110%) S/. 66 786.81 S/. 60 715.29
22. ¿SE PUEDEN MODIFICAR LAS BASES APROBADAS? Mediante consultas se aclaran. Se modifican a través de observaciones de parte y Pronunciamientos del OSCE o del Titular de la Entidad.
23. REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO Son los requisitos indispensables que debe reunir una propuesta técnica para ser admitida. Deben ser cumplidos y acreditados por todos los postores. Las característicastécnicas Normas reglamentarias Cualquier otro requerimiento establecido como tal en las Bases Disposiciones legales que regulan el objeto materia de contratación
24. REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO FINALIDAD PÚBLICA RAZONABILIDAD EL PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA ES RTM EN TODOS LOS CASOS
30. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.
31.
32. Documentación relativa a los factores de evaluación.DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN FACULTATIVA De acuerdo a lo establecido en el artículo 64º del Reglamento, las Bases no podrán calificar el cumplimiento del requerimiento técnico mínimo, sino únicamente aquello que lo supere o mejore.
36. Si en las Bases se establece un factor referido a una Certificación ISO… ¿EL postor puede presentar otra Certificación aduciendo que es equivalente al ISO solicitado?
38. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Documento que contiene la propuestaeconómica Garantía de seriedad de oferta en LP,CP o AD y declaración jurada en elcaso de las AMC.
39.
40.
41. Si el monto de la garantía de seriedad de la oferta corresponde al 1% del valor referencial: el redondeo deberá efectuarse hasta el segundo decimal inmediato superior, sin tener en cuenta si la cifra del milésimo es menor o mayor a 5.1% ≤ Garantía ≥ 2%
42. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Obligación de los postores de incluirla en su Propuesta. Regla Gral.: Postores deben mantenerla vigente hasta la Buena Pro. (Mín. 2 meses) Excepción: 1º y 2º lugar vigente hasta suscripción.
44. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Factores de Evaluación Criterios Puntaje 5, 10, 15, 20, .... Documentos Sustentatorios Los factores deben ser: Objetivos, Racionales, Razonables, Congruentes y Proporcionales
45. IMPORTANCIA DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN A través de ellos se pretende la obtención de la oferta de mejor calidad a través de la asignación de puntaje, según se trate de mejoras en relación con los requerimientos mínimos, beneficios adicionales de cada propuesta o, en general, características que diferencian una propuesta respecto de las otras, siendo que su determinación es competencia exclusiva del Comité Especial.
59. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS O REPUESTOS Sólo para determinados bienes Adquisición de Vehículos Criterio: El postor que ofrece la mayor cantidad de centros de atención a nivel nacional obtiene el mayor puntaje y al resto se le califica en forma directamente proporcional.
60. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL Adquisición de Computadoras Criterio: Número de horas de capacitación al personal de la Entidad en el uso de los equipos. Criterio: Número de horas de capacitación al personal de la Entidad encargado del mantenimiento y soporte de los equipos.
61. MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS No deben generar costo adicional para la Entidad. Bases deben precisar aquellos aspectos que serán considerados como mejoras.
62.
63.
64.
65. Debe acreditar cumplimiento de la prestación sin aplicación de penalidades
68. SERVICIOS EN GENERAL Art. 45º del Reglamento: Deberá considerarse: Experiencia del postor: Actividad y/o especialidad Adicionalmente, podrá considerarse: Cumplimiento del servicio (10 servicios) Personal propuesto para la prestación del servicio Mejoras a las condiciones previstas Otros factores referidos al objeto de la convocatoria tales como equipamiento, infraestructura.
69.
70. No hay limitación de cantidad, monto o duración de la contratación a acreditar.
71.
72.
73. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL Experiencia en la especialidad Constancias o Certificados En caso que el postor fuera persona natural la experiencia que acredite como tal, podrá acreditarla también como personal propuesto.
80. Máximo 10 servicios* Se acreditará con contratos y su respectiva conformidad o mediante comprobantes de pago cancelados cuya cancelación ser acredite documental y fehacientemente. * No se establecen limitaciones por el monto o tiempo del servicio ejecutado.
94. CONSORCIO ¡Importante! Evaluación de experiencia * El consorcio podrá acreditar como experiencia la sumatoria de los montos facturados de aquellos integrantes que se hubieran comprometido a ejecutar conjuntamente el objeto materia de convocatoria.
97. GARANTÍAS ¿CUÁL ES EL TÍTULO EN QUE PUEDEN CONSTAR FORMALIZADAS LAS GARANTÍAS? Las garantías que acepten las entidades sólo podrán ser efectuadas por empresas bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. La Entidad establece en las Bases el tipo de garantía que aceptará del proveedor.
98. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO ¿CUÁL ES EL PLAZO DE VIGENCIA QUE DEBE TENER EL DOCUMENTO DE GARANTÍA? Por regla general, deber ser el plazo de ejecución del contrato. De manera excepcional, cuando los contratos tengan una vigencia superior a 1 año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la buena pro presente la garantía, con una vigencia de 1 año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad.
108. Propiciar participación de las MYPES.El OEC será responsable por el incumplimiento de la prohibición
109. ESTANDARIZACIÓN Los bienes o servicios requeridos son accesorios o complementarios al equipamiento o infraestructura preexistente Los bienes o servicios son imprescindibles para garantizar la funcionalidad, operatividad o valor económico del equipamiento o infraestructura preexistente Informe técnico debidamente sustentado y aprobado por el titular de la Entidad o por el funcionario al que éste delegue dicha facultad. DIRECTIVA Nº 010-2009-OSCE/CD