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PROYECTODE CONVENIO MARCO POR EL DESARROLLO DE LOS
    DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI COMUNIDAD CAMPESINA
                  QUERACUCHO Y MINSUR S.A.
Los distritos de Antauta, Ajoyani, Comunidad Campesina de Queracucho y la empresa minera
MINSUR S.A. promoviendo una cultura de alianza estratégica y con la intención de consolidar una
armoniosa convivencia en las relaciones pueblo – empresa, reconociendo que los recursos
naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación y el pueblo representando en
el estado es soberano en su aprovechamiento en un contexto de economía social de mercado que
garantiza las libertades de empresa, comercio e industria. Observado al principio de libertad de
contratar por el que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes, los que no
pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de ninguna clase, deseosos de establecer
un pacto de coparticipación, las partes, convienen en celebrar el CONVENIO MARCO POR EL
DESARROLLO DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI – QUERACUCHO Y MINSUR S.A.

                                     CAPITULO I. CONTEXTO.

1.1-ANTECEDENTES

1.1.1. ANTECEDENTES DE SITUACION PROBLEMÁTICA.-

         Insuficiente asignación de concursos financieros para el logro del desarrollo sustentable
de los pueblos del entorno de influencia directa a las operaciones de la empresa minera MINSUR
S.A., en el marco del derecho a la indemnización y la responsabilidad social.

1.1.2. ANTECEDENTES DE LOS PARTICIPANTES

        Existe el antecedente de las relaciones minería con el pueblo organizado

MINSUR S.A. es una Empresa Minera Privada, dedicada desde hace más de sesenta años (60 años)
a la explotación y exportación principalmente de concentrado de estaño, cobre y otros minerales
extraído y en producción en la Unidad de Producción de San Rafael; está comprometida con el
desarrollo sostenible de los distritos de Antauta y Ajoyani además de la comunidad campesina
Queracucho en cuyas jurisdicciones territoriales realiza actividades de explotación de materiales
en manera directa.

Los distritos de Antauta y Ajoyani, representada por sus MUNICIPALIDADES, son un órgano de
gobierno local, emanado de la voluntad popular, es una persona jurídica de derecho público con
autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia esta conformada por
autoridades democráticas elegidas y busca concertar acciones con las instituciones y
organizaciones de la sociedad civil en torno al plan estratégico de desarrollo Distrital, y a su vez
presiden el Comité de Concertación de los distritos de Antauta, Ajoyani.

COMUNIDAD CAMPESINA DE QUERACUCHO.- con R.D.N° 0078-99-DRA-P/PETT ER, e inscrito en
SUNARP con N° partida 11000084, reprsentada por el presidente de la comunidad campesina de
Queracucho, presidido por el señor Vicente vTapara Carrasco, identificado con Documento
Nacional de Identidad N° 01699256, con domicilio legal en la comunidad antes mencionada,
perteneciente alos distritos de Ajoyani, Macusani y Antauta en las provincias de Carabaya y Melgar
del Departamento de Puno

Las tres partes descritas en los párrafos precedentes junto con las organizaciones de
base(asociaciones de productores, organizaciones de barrios, asi como instituciones publicas de
nivel local en cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi como de la
comunidad campesina de Queracucho conforman el COMITÉ DE GESTION PARA EL DESARROLLO
Y LA DEFENSA POR EL INTERES DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD
CAMPESINA QUERACUCHO, el mismo que, de acuerdo a su declaración de principios y reglas de
juego, se encuentran comprometido con el futuro de ambos distritos, actua con responsabilidad
social, gestión compartida, beneficios mutuos en base a decisiones conjuntas y cooperación franca
y abierta para el desarrollo socio económico y ambientas de los integrantes, con respeto a los
objetivos de cada uno.

Por otro lado, la empresa privada MINSUR S.A. y la sociedad civil, encabezado por sus dirigentes,
desde el treinta de junio se realizó diferentes MESAS DE DIALOGO, llegando hasta en ocho
oportunidades en diferentes cuencas y distritos con el objetivo de realizar un CONVENIO MARCO,
lo cual debe estar orientado al desarrollo de proyectos productivos sostenibles y de inclusión
social de los distritos de Antauta, Ajoyani y la Comunidad Campesina Queracucho.

1.1.3 ANTECEDENTES DE REFERENCIA.-

Xstratatintaya y la provincia de Espinar, desde el año de 2003 data su convenio marco, logrando
hasta el momento diferentes programas y proyectos en beneficio de los pobladores de influencia
directa tales como directa tales como: mega proyectos sostenibles como planat procesadora de
lácteos, CREE, planta procesadora de fibra de alpaca, etc.

KoryKullo (Empresa Minera) Ubicado en la provincia de Carabaya, Distrito de Ollachea en etapa de
exploración tiene un convenio firmado desde el año 2007 con una participación del 5% del
accionariado en la inversiones de la minería, y un aporte de (Dos millones de soles 00/100) S/.
2,000.000.00 anuales en etapa de exploración; los cuales son destinados para financiar el
desarrollo sostenible de su entorno.

También existe antecedentes de firma de convenio marco por las empresas mineras: Cerro Verde
(Arequipa), Las Bambas (Apurimac), Yanacocha (Cajamarca), Pierina y Antamina (Ancash),
Orccopampa (Arequipa), Camisea (Echarate-Cusco), Toquepala (Tacna), y otros.

1.2.- MARCO LEGAL

El presente convenio está regulado por las normas contenidas en los siguientes cuerpos legales en
sus partes pertinentes

   -   Constitución Política del Estado, Art. 1°, 2°, 66°, 67° y 68°;
   -   Codigo Civil, Art. 76° 77°, 140° y 135|°
   -   Decreto Supremo 014 – 92 –EM: TUO de la Ley General de Minería (D.l. N° 25998,
   -   D. Leg N° 868 y Reglamentos;
-   D.S. 016-93-EM: Reglamento de la ley General de Mineía sobre Medio Ambiente;
-   Decreto Legislativo 613: Código del Medio Ambiente en sus partes pertinentes (Art. 1°, Inc
    6; Art. 8°; Inc f; Art. 10°, 11°, 14°, 15°, 63°, 64°, 65°, 66°, 67°, 68°, 59° y 70° RM 728-99 –
    EM/VMM
-   D.S. 042-2003-EM
-   D.S. 008-2011-MINAM
-   Ley N° 29785 (Ley del Derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios,
    reconocido con el convenio 169 de la OIT)
-   Ley N°24656 Ley de comunidaddes campesinas
-   Reglamento de participación ciudadana
-   Convenio N° 169 Sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes
-   Sentencias de la comisión Interamericana de los Derechos Humanos reparaciones sociales
    y costos
-   Normas Interameriacanas Voluntarias: ISO 9000 y series 14000 y series, OHSAS 18000 y
    series, ISO 22000 y series, ISO 26000 y series.


1.3.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

    1.3.1 LA MUNICIPALIDEAD DISTRITAL DE ANTAUTA, con registro Unico de Contribuyentes
N° 20198893359 representada por el Gobierno Local, presidido por su Alcalde Distrital Sr. Eloy
Ismael Chura Mendoza, identificado con documento nacional de Identidad N° 02277417, con
domicilio legal en plaza de Armas S/N, distrito Antauta y Provincia de Melgar, departamento
de Puno, en adelante denominada MUNICIPALIADA DISTRITAL DE ANTAUTA.

1.3.2. LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI, con Registro único de contribuyentes N°
20207352871, representada por el gobierno Local, presidido por su alcalde distrital Sr. Pedro
Cutipa Quispe, Identificado con Documento Nacional de Identidad N° 01700581, con domicilio
legal en Plaza Manco Capac s/n Distrito Ajoyani y provincia de carabaya, departamento de
Puno, en adelante denominada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI.

1.3.3. LA COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO, con R.D.N° 0078-99-DRA-P/O PETT ER, e
inscrito en SUNARP con N° partida 11000084, reprsentada por el presidente de la Comunidad
Campesina de Queracucho, presidido por el Sr. Vicente Tapara Carrasco, Identificado con
Documento Nacional de Identidad N° 01699256, con domicilio legal en la comunidad antes
mencionada, perteneciente a los distritos de Ajoyani, Macusani y antautaen las provincias de
Carabaya y Melgar del departamento de Puno en adelante denominada COMUNIDAD
CAMPESINA DE QUERACUCHO.

1.3.4. MINSUR S.A., con registro único de contribuyentes N° 20100136741 con domicilio legal
en las begonias 441 oficina 338 UrbanizacionJardin Distrito de San Isidro Provincia y
Departamento de Lima, representado por el gerente general Ing. Lucio Pareja Chavez en
adelante denominado MINSUR S.A.

1.3.5. COMITE DE GESTION PARA EL DESARROLLO Y LA DEFENSA POR LOS INTERESES DE LOS
DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO, es una
persona jurídica de derecho privado conformado por las organizaciones de base (asociaciones
de productores, organizaciones de barrios, asi como instituciones publicas de nivel local en
cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi como de la comunidad
campesina de Queracucho y MINSUR S.A.

                                        CAPITULO II

2.1. FINALIDAD DEL CONVENIO
El presente convenio esta orientado a establecer acuerdos y compromisos CON CARÁCTER
VINCULANTE EN LAS PARTES SUSCRIEBNETES EN RELACION A:

-   REPARACIÓN, COMPENSACIÓN E INDEMNIXZACIÓN SOCIAL
-   FINANCIAMIWENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

Las partes cumplen lo mencionado de forma responsable, permanente, eficaz y eficiente.

2.2. COMPROMISOS DE LAS PARTES
Mediante el presente convenio, los suscribientes se comprometen a lograr la consecución del
fin descrito en la clusula anterior conforme a lo siguiente:

MINSUR S.A. en el marco de su política de contribuir con el desarrollo sostenible de las
comunidades de su entorno y teniendo en cuenta su responsabilidad social con los distritos de
influencia directa donde opera, considera fundamental establecer los mecanismos necesarios
para canalizar de forma ordenada el aporte que mediante el presente documento se
compromete a realizar.

a) FINANCIAMIENTO AL DESARROLLO; Durante los años de sus operaciones la empresa
   minera MINSUR S.A., durante su capacidad de producción en curso y mientras se
   mantenga como tal, MINSUR S.A. se compromete a contribuir con el 30% de manera anual
   del 100% de sus utilidades antes de impuestos.

b) RESARCIMIENTO, COMPENSACIÓN, INDEMNIZACIÓN; La empresa MINSUR S.A., por
   única vez deberá aportar a favor de las zonas de directa influencia con la suma de
   (Novescientos Millones de dólares americanos) ($900,00,00.00) por la explotación de mas
   de (sesenta) 60 años.


    MINSUR S.A., se compromete a cumplir en toda su extensión los recuerdos del presente
    convenio.

    LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y LA COMUNIDAD CAMPESINA DE QUERACUCHO,
    reconocen la importancia del funcionamiento de la empresa minera MINSUR S.A., en la
    zona y la trascendencia que su presencia implica en su desarrollo sostenible, por lo cual
    mediante el presente documento se compromete a contribuir activamente con el
    funcionamiento total de las operaciones de MINSUR S.A., respetando y garantizando el
    normal desarrollo de sus actividades.

    Las partes convienen en la importancia de contar con la participación de entidades tales
    como: Organismo Internacional del Trabajo (OIT), OSINERGMIN, Defensoría del Pueblo.
CAPITULO III.- ADMINISTRACIÓN

3.1. GESTION DE CONTRIBUCIONES
La administración y distribución del aporte de MINSUR S.A. descrito en la cláusula cuarta
del presente documento se realizara de la siguiente forma:

EL COMITÉ DE GESTION PARA EL DESARROLLO Y LA DEFENSA POR LOS INTERESES DE LOS
DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO.- Acredita
una estructura organizativa técnica, operacional y administrativa que tendrá
representatividad jurídica, que esta conformado por las organizaciones de base
(asociaciones de productores, sectores, organizaciones de barrios, asi como instituciones
publicas de nivel local en cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi
como de la comunidad campesina de queracucho, de acuerdo a los estatutos reglamentos
y sus instrumentos de gestión aprobados.
MINSUR S.A. deberá depositar a una cuenta bancaria los aportes considerados en las
clausulas precedentes.

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Proyectode convenio mmarco por el desarrollo de los distritos de antauta

  • 1. PROYECTODE CONVENIO MARCO POR EL DESARROLLO DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO Y MINSUR S.A. Los distritos de Antauta, Ajoyani, Comunidad Campesina de Queracucho y la empresa minera MINSUR S.A. promoviendo una cultura de alianza estratégica y con la intención de consolidar una armoniosa convivencia en las relaciones pueblo – empresa, reconociendo que los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación y el pueblo representando en el estado es soberano en su aprovechamiento en un contexto de economía social de mercado que garantiza las libertades de empresa, comercio e industria. Observado al principio de libertad de contratar por el que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes, los que no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de ninguna clase, deseosos de establecer un pacto de coparticipación, las partes, convienen en celebrar el CONVENIO MARCO POR EL DESARROLLO DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI – QUERACUCHO Y MINSUR S.A. CAPITULO I. CONTEXTO. 1.1-ANTECEDENTES 1.1.1. ANTECEDENTES DE SITUACION PROBLEMÁTICA.- Insuficiente asignación de concursos financieros para el logro del desarrollo sustentable de los pueblos del entorno de influencia directa a las operaciones de la empresa minera MINSUR S.A., en el marco del derecho a la indemnización y la responsabilidad social. 1.1.2. ANTECEDENTES DE LOS PARTICIPANTES Existe el antecedente de las relaciones minería con el pueblo organizado MINSUR S.A. es una Empresa Minera Privada, dedicada desde hace más de sesenta años (60 años) a la explotación y exportación principalmente de concentrado de estaño, cobre y otros minerales extraído y en producción en la Unidad de Producción de San Rafael; está comprometida con el desarrollo sostenible de los distritos de Antauta y Ajoyani además de la comunidad campesina Queracucho en cuyas jurisdicciones territoriales realiza actividades de explotación de materiales en manera directa. Los distritos de Antauta y Ajoyani, representada por sus MUNICIPALIDADES, son un órgano de gobierno local, emanado de la voluntad popular, es una persona jurídica de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia esta conformada por autoridades democráticas elegidas y busca concertar acciones con las instituciones y organizaciones de la sociedad civil en torno al plan estratégico de desarrollo Distrital, y a su vez presiden el Comité de Concertación de los distritos de Antauta, Ajoyani. COMUNIDAD CAMPESINA DE QUERACUCHO.- con R.D.N° 0078-99-DRA-P/PETT ER, e inscrito en SUNARP con N° partida 11000084, reprsentada por el presidente de la comunidad campesina de Queracucho, presidido por el señor Vicente vTapara Carrasco, identificado con Documento
  • 2. Nacional de Identidad N° 01699256, con domicilio legal en la comunidad antes mencionada, perteneciente alos distritos de Ajoyani, Macusani y Antauta en las provincias de Carabaya y Melgar del Departamento de Puno Las tres partes descritas en los párrafos precedentes junto con las organizaciones de base(asociaciones de productores, organizaciones de barrios, asi como instituciones publicas de nivel local en cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi como de la comunidad campesina de Queracucho conforman el COMITÉ DE GESTION PARA EL DESARROLLO Y LA DEFENSA POR EL INTERES DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO, el mismo que, de acuerdo a su declaración de principios y reglas de juego, se encuentran comprometido con el futuro de ambos distritos, actua con responsabilidad social, gestión compartida, beneficios mutuos en base a decisiones conjuntas y cooperación franca y abierta para el desarrollo socio económico y ambientas de los integrantes, con respeto a los objetivos de cada uno. Por otro lado, la empresa privada MINSUR S.A. y la sociedad civil, encabezado por sus dirigentes, desde el treinta de junio se realizó diferentes MESAS DE DIALOGO, llegando hasta en ocho oportunidades en diferentes cuencas y distritos con el objetivo de realizar un CONVENIO MARCO, lo cual debe estar orientado al desarrollo de proyectos productivos sostenibles y de inclusión social de los distritos de Antauta, Ajoyani y la Comunidad Campesina Queracucho. 1.1.3 ANTECEDENTES DE REFERENCIA.- Xstratatintaya y la provincia de Espinar, desde el año de 2003 data su convenio marco, logrando hasta el momento diferentes programas y proyectos en beneficio de los pobladores de influencia directa tales como directa tales como: mega proyectos sostenibles como planat procesadora de lácteos, CREE, planta procesadora de fibra de alpaca, etc. KoryKullo (Empresa Minera) Ubicado en la provincia de Carabaya, Distrito de Ollachea en etapa de exploración tiene un convenio firmado desde el año 2007 con una participación del 5% del accionariado en la inversiones de la minería, y un aporte de (Dos millones de soles 00/100) S/. 2,000.000.00 anuales en etapa de exploración; los cuales son destinados para financiar el desarrollo sostenible de su entorno. También existe antecedentes de firma de convenio marco por las empresas mineras: Cerro Verde (Arequipa), Las Bambas (Apurimac), Yanacocha (Cajamarca), Pierina y Antamina (Ancash), Orccopampa (Arequipa), Camisea (Echarate-Cusco), Toquepala (Tacna), y otros. 1.2.- MARCO LEGAL El presente convenio está regulado por las normas contenidas en los siguientes cuerpos legales en sus partes pertinentes - Constitución Política del Estado, Art. 1°, 2°, 66°, 67° y 68°; - Codigo Civil, Art. 76° 77°, 140° y 135|° - Decreto Supremo 014 – 92 –EM: TUO de la Ley General de Minería (D.l. N° 25998, - D. Leg N° 868 y Reglamentos;
  • 3. - D.S. 016-93-EM: Reglamento de la ley General de Mineía sobre Medio Ambiente; - Decreto Legislativo 613: Código del Medio Ambiente en sus partes pertinentes (Art. 1°, Inc 6; Art. 8°; Inc f; Art. 10°, 11°, 14°, 15°, 63°, 64°, 65°, 66°, 67°, 68°, 59° y 70° RM 728-99 – EM/VMM - D.S. 042-2003-EM - D.S. 008-2011-MINAM - Ley N° 29785 (Ley del Derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido con el convenio 169 de la OIT) - Ley N°24656 Ley de comunidaddes campesinas - Reglamento de participación ciudadana - Convenio N° 169 Sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes - Sentencias de la comisión Interamericana de los Derechos Humanos reparaciones sociales y costos - Normas Interameriacanas Voluntarias: ISO 9000 y series 14000 y series, OHSAS 18000 y series, ISO 22000 y series, ISO 26000 y series. 1.3.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES 1.3.1 LA MUNICIPALIDEAD DISTRITAL DE ANTAUTA, con registro Unico de Contribuyentes N° 20198893359 representada por el Gobierno Local, presidido por su Alcalde Distrital Sr. Eloy Ismael Chura Mendoza, identificado con documento nacional de Identidad N° 02277417, con domicilio legal en plaza de Armas S/N, distrito Antauta y Provincia de Melgar, departamento de Puno, en adelante denominada MUNICIPALIADA DISTRITAL DE ANTAUTA. 1.3.2. LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI, con Registro único de contribuyentes N° 20207352871, representada por el gobierno Local, presidido por su alcalde distrital Sr. Pedro Cutipa Quispe, Identificado con Documento Nacional de Identidad N° 01700581, con domicilio legal en Plaza Manco Capac s/n Distrito Ajoyani y provincia de carabaya, departamento de Puno, en adelante denominada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI. 1.3.3. LA COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO, con R.D.N° 0078-99-DRA-P/O PETT ER, e inscrito en SUNARP con N° partida 11000084, reprsentada por el presidente de la Comunidad Campesina de Queracucho, presidido por el Sr. Vicente Tapara Carrasco, Identificado con Documento Nacional de Identidad N° 01699256, con domicilio legal en la comunidad antes mencionada, perteneciente a los distritos de Ajoyani, Macusani y antautaen las provincias de Carabaya y Melgar del departamento de Puno en adelante denominada COMUNIDAD CAMPESINA DE QUERACUCHO. 1.3.4. MINSUR S.A., con registro único de contribuyentes N° 20100136741 con domicilio legal en las begonias 441 oficina 338 UrbanizacionJardin Distrito de San Isidro Provincia y Departamento de Lima, representado por el gerente general Ing. Lucio Pareja Chavez en adelante denominado MINSUR S.A. 1.3.5. COMITE DE GESTION PARA EL DESARROLLO Y LA DEFENSA POR LOS INTERESES DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO, es una
  • 4. persona jurídica de derecho privado conformado por las organizaciones de base (asociaciones de productores, organizaciones de barrios, asi como instituciones publicas de nivel local en cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi como de la comunidad campesina de Queracucho y MINSUR S.A. CAPITULO II 2.1. FINALIDAD DEL CONVENIO El presente convenio esta orientado a establecer acuerdos y compromisos CON CARÁCTER VINCULANTE EN LAS PARTES SUSCRIEBNETES EN RELACION A: - REPARACIÓN, COMPENSACIÓN E INDEMNIXZACIÓN SOCIAL - FINANCIAMIWENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Las partes cumplen lo mencionado de forma responsable, permanente, eficaz y eficiente. 2.2. COMPROMISOS DE LAS PARTES Mediante el presente convenio, los suscribientes se comprometen a lograr la consecución del fin descrito en la clusula anterior conforme a lo siguiente: MINSUR S.A. en el marco de su política de contribuir con el desarrollo sostenible de las comunidades de su entorno y teniendo en cuenta su responsabilidad social con los distritos de influencia directa donde opera, considera fundamental establecer los mecanismos necesarios para canalizar de forma ordenada el aporte que mediante el presente documento se compromete a realizar. a) FINANCIAMIENTO AL DESARROLLO; Durante los años de sus operaciones la empresa minera MINSUR S.A., durante su capacidad de producción en curso y mientras se mantenga como tal, MINSUR S.A. se compromete a contribuir con el 30% de manera anual del 100% de sus utilidades antes de impuestos. b) RESARCIMIENTO, COMPENSACIÓN, INDEMNIZACIÓN; La empresa MINSUR S.A., por única vez deberá aportar a favor de las zonas de directa influencia con la suma de (Novescientos Millones de dólares americanos) ($900,00,00.00) por la explotación de mas de (sesenta) 60 años. MINSUR S.A., se compromete a cumplir en toda su extensión los recuerdos del presente convenio. LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y LA COMUNIDAD CAMPESINA DE QUERACUCHO, reconocen la importancia del funcionamiento de la empresa minera MINSUR S.A., en la zona y la trascendencia que su presencia implica en su desarrollo sostenible, por lo cual mediante el presente documento se compromete a contribuir activamente con el funcionamiento total de las operaciones de MINSUR S.A., respetando y garantizando el normal desarrollo de sus actividades. Las partes convienen en la importancia de contar con la participación de entidades tales como: Organismo Internacional del Trabajo (OIT), OSINERGMIN, Defensoría del Pueblo.
  • 5. CAPITULO III.- ADMINISTRACIÓN 3.1. GESTION DE CONTRIBUCIONES La administración y distribución del aporte de MINSUR S.A. descrito en la cláusula cuarta del presente documento se realizara de la siguiente forma: EL COMITÉ DE GESTION PARA EL DESARROLLO Y LA DEFENSA POR LOS INTERESES DE LOS DISTRITOS DE ANTAUTA, AJOYANI Y COMUNIDAD CAMPESINA QUERACUCHO.- Acredita una estructura organizativa técnica, operacional y administrativa que tendrá representatividad jurídica, que esta conformado por las organizaciones de base (asociaciones de productores, sectores, organizaciones de barrios, asi como instituciones publicas de nivel local en cada distrito) debidamente representados de ambos distritos asi como de la comunidad campesina de queracucho, de acuerdo a los estatutos reglamentos y sus instrumentos de gestión aprobados. MINSUR S.A. deberá depositar a una cuenta bancaria los aportes considerados en las clausulas precedentes.