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Las empresas ceden datos personales a otras empresas e instituciones. Conozca cómo debe actuar para cumplir con las exigencias de la ley de protección de datos personales lopd. En esta presentación le damos las pautas.
2. Una cesión de datos es toda revelación de datos
personales realizada a una persona distinta del
interesado.
Las empresas piensan que no ceden datos
personales pero lo hacen en muchas ocasiones:
o Asesorías, Hacienda, Seguridad Social, Bancos,…
o Publican datos de personas en la web, en el tablón de anuncios,
cesiones del TC2…
Es importante que las empresas conozcan bien lo
que deben hacer para no cometer errores, que
puedan derivar en sanciones.
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3. Hay una regla general: Para ceder datos personales se
necesita la autorización o consentimiento del
interesado.
Pero esa regla general de la LOPD tiene excepciones:
◦ No se necesita el consentimiento del interesado cuando exista una ley
que habilite la cesión: Seguridad Social, Hacienda,…
◦ Los datos que se entregan a otras empresas como Asesorías,…para
que nos den un servicio, no se consideran cesiones de datos, y por
tanto no se aplica la regla general
Siempre se debe informar al interesado de lo que se
va a hacer con sus datos.
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4. El deber de secreto tiene como finalidad evitar que
se realicen filtraciones (por error o interesadas) de
datos personales sin consentimiento de los
interesados.
El deber de secreto, alcanza a cualquier persona
que intervenga en el tratamiento de los datos o
pueda tener acceso a dichos datos, sin tratarlos
(por ejemplo el personal de limpieza)
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5. Enviar e-mails a varios destinatarios a la vez sin
ocultar las direcciones de e-mail.
Publicar en el tablón de anuncios de una
comunidad de propietarios los datos relativos a
una condena que había sufrido uno de los vecinos.
Una empresa que facilita datos personales de un
trabajador a su ex esposa, de la que estaba en
trámites de divorcio.
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6. ES UNA FALTA GRAVE la vulneración del DEBER DE GUARDAR
SECRETO acerca del tratamiento de los datos de carácter
personal al que se refiere el artículo 10 de la LOPD.
ES UNA FALTA GRAVE la comunicación o cesión de los datos
de carácter personal sin contar con legitimación para ello.
Las sanciones por faltas graves van de 40.000€ a 300.000€
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7. Las repercusiones de un fallo en estos temas son
importantes.
Se deben analizar todas y cada una de las cesiones
que se hagan para saber si se necesita o no el
consentimiento del interesado y no cometer
errores.
Ante la duda la empresa tiene dos opciones:
◦ Pedir el consentimiento: Puede ser engorroso, pero si tienes el
consentimiento no te equivocas nunca.
◦ Consultar a un experto en la materia para determinar si se
necesita o no el consentimiento.
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