El documento discute la importancia de la educación ambiental en la ingeniería. Explica que la educación debe adaptarse a los cambios ambientales y crear conciencia sobre problemas como la contaminación. También analiza tratados internacionales sobre educación ambiental y cómo los ingenieros deben contribuir a mantener el equilibrio ecológico. Finalmente, enfatiza que la educación ambiental busca formar personas con conocimientos y valores positivos hacia los recursos naturales para resolver problemas ambientales.
1. República Bolivariana de Venezuela Ministerio para la Educación Superior
Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”
Ingeniería Civil Esc.: 42
Actividad de Formación Cultural II
IMPORTANCIA DE LA EDUCACION AMBIENTAL
EN LA INGENERIA
Integrantes:
Fernando Urdaneta
C.I: 20.571.589
Merida, 2013
2. La educación es un proceso dinámico que debe cambiar a medida que el entorno cambia,
ya sea para adaptarse a él o modificarlo, según las necesidades a nivel mundial se están
produciendo cambios constantes, es evidente entonces, que la educación es el medio debe
promover proyectos que permitan crear conciencia, con respecto a las diferentes
problemáticas que se presentan hoy en día, tal como lo es la contaminación ambiental.
Del mismo modo, la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en su
artículo 107, reza lo siguiente “La educación ambiental es obligatoria en los niveles y
modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no
formal...". Para entender o darle sentido a las normas contenidas en la Constitución,
referidas al Derecho Ecológico (Ambiental), debemos entender que el sujeto de este
Derecho es: "la conducta social del hombre"; y en cuanto al objeto, atendiendo al criterio
o concepto de Jiménez (2008), como: "el conjunto de intereses y bienes tutelados por el
derecho", evidentemente que en nuestro estudio, el objeto del Derecho Ecológico "es la
naturaleza o ambiente", el cual envuelve los elementos más importantes para la vida como
lo son los recursos naturales, que en el ámbito programático se transforman en el objeto
específico de las normas positivas del Derecho Ecológico.
Adicionalmente, se reconocen diferentes reuniones y tratados sobre la educación
ambiental, entre los cuales se destacan: El Coloquio Internacional sobre la Educación
relativa al Medio Ambiente (Belgrado, 1975); La Conferencia Intergubernamental sobre
Educación Ambiental, organizada por la UNESCO y el PNUMA en Tbilisi, antigua URSS,
1977; El Congreso sobre Educación y Formación Ambiental, Moscú, 1987; La Conferencia
de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Río de Janeiro, 1992, la cual
aportó importantes acuerdos internacionales, y documentos de relevancia, tales como la
Agenda 21, en la que se dedica el capítulo 36, al fomento de la educación y a la
reorientación de la misma hacia el desarrollo sostenible, la capacitación, y la toma de
conciencia; paralelamente a la Cumbre de la Tierra se realizó el Foro Global Ciudadano de
Río 92, en el cual se aprobaron 33 tratados uno de los cuales lleva por título Tratado de
Educación Ambiental hacia Sociedades Sustentables y de Responsabilidad Global; El
Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental, Guadalajara (México, 1992) y La
Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible (Río + 10), realizada en el año 2002, en
Johannesburgo, Sudáfrica.
3. En la misma forma, la educación ambiental se concibe como “un proceso permanente en
el cual los individuos y las comunidades toman conciencia de su medio y adquieren los
conocimientos, los valores, las destrezas, la experiencia y, también, la voluntad que los
haga capaces de actuar, individual y colectivamente, en la resolución de los problemas
ambientales presentes y futuros”. (Congreso Internacional de Educación y Formación sobre
Medio Ambiente. Moscú, 1987). En la famosa Conferencia Intergubernamental sobre
Educación Ambiental celebrada en Tbilisi en 1977, se planteó a la EA como una pedagogía
de la acción para la acción, que consiste en hacer que cada persona comprenda las
articulaciones económicas, políticas y ecológicas de la sociedad siendo necesario para esto,
considerar al Medio Ambiente en su totalidad.
Así, se concibe la educación ambiental como un área fundamental que debe ser
promovida desde la educación ya que el mismo es el instrumento de transformación de la
sociedad donde se inserta, en búsqueda de sembrar conciencia, conocimientos, actitudes,
aptitudes, para lograr la participación en pro de lograr mayores cuidados al ambiente y
mejorar la calidad de vida.
Según lo propuesto, por la XI Convención de la Unión Panamericana de Ingenieros
1970, afirma que una de las posiciones de la ingeniería en la formación del ingeniero
propone que el mismo “tiene como misión primera y última, dominar y transformar las
fuerzas y las cosas de la naturaleza, produciendo bienes y servicios con un concepto
técnico-económico, máximo de rendimiento mínimo de costos. A estos fines, se sirve de su
ciencia y de su arte, aplicándoles en la creación y operación de su técnica realizadora.”. De
igual forma, la ingenieria se considera como el área que permite modernizar y atender las
necesidades de las poblaciones, permitiéndose construir obras de todo tipo, tales como:
edificios, carreteras, canales, puentes, mega construcciones, entre otros.
En consecuencia, el urbanismo e infraestructuras, contribuye a la transformación del
paisaje, pérdida de ecosistemas, erosión del terreno por obras diversas, contaminación
atmosférica lo que conlleva a problemas como el cambio climático (efecto invernadero
provocado por la emisión de CO2), la destrucción de la capa de ozono, la desaparición de
especies y contaminación del agua. Los efectos de todo ello sobre el medio ambiente son
patentes. El consumo de energía por parte de éstas es mucho más alto que en el medio rural,
el requerimiento de transportes, recursos (alimentos por ejemplo) y la generación de
4. residuos son otros de los problemas en los que están implicadas las grandes aglomeraciones
urbanas.
En efecto, todos los daños producidos al ambiente, por los desarrollo urbanístico,
procura la necesidad de buscar posibles soluciones, para lograr la conservación del medio,
por lo cual se impone, la educación en valores ambientales, un sentido de pertenencia y
conservación del habitad natural, como la única manera de alcanzar un ritmo de desarrollo
sostenible que permita la expansión humana, sin poner en peligro el delicado equilibrio
ecológico que caracteriza al ecosistema total de nuestro planeta.
Cabe agregar que, el ingeniero debe contribuir a mantener el equilibrio ecológico del
planeta, ello dependerá del desarrollo cultural de este profesional para el ejercicio de su
carrera. Por lo que la preocupación por el cuidado, protección o conservación del medio
ambiente obliga a reevaluar los criterios éticos que deberían servir de presupuestos a las
actividades humanas como la agricultura, la industria y el turismo, que, como sabemos
pueden acarrear impactos ambientales adversos. Estos presupuestos fundamentarían
también la evaluación económica del impacto ambiental de estas actividades.
Es conveniente afirmar, entre las ideas expuestas mediante los principios de Río de
Janeiro figuran: el derecho de los seres humanos a un vida saludable y productiva, en
armonía con la naturaleza; la consecución del desarrollo, sin socavar las necesidades
ambientales y de desarrollo de las generaciones presentes y futuras; el derecho soberano de
los Estados a explotar sus propios recursos, pero sin causar daños al medio ambiente fuera
de su jurisdicción nacional; el establecimiento de normas internacionales para la
indemnización ante perjuicios ocasionados por actividades realizadas dentro de la
jurisdicción nacional de los Estados en zonas situadas fuera de ésta; el deber de los Estados
de utilizar un criterio de precaución para la protección del medio ambiente, sin que se aluda
a la falta de certeza científica para postergar la adopción de medidas eficaces en función de
los costos, con el fin de impedir la degradación del medio ambiente cuando haya peligro de
daño grave o irreversible; para alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio
ambiente deberá constituirse como parte integrante del proceso de desarrollo, y no podrá
considerarse en forma aislada; la erradicación de la pobreza y la reducción de las
disparidades en los niveles de vida en distintas zonas del mundo son condiciones esenciales
5. para lograr el desarrollo sostenible y satisfacer las necesidades de la mayoría de la
población.
La forma idónea de tratar las cuestiones ambientales supone la participación de todos los
ciudadanos; así, los Estados deberán favorecer y fomentar la concienciación y la
participación de la población mediante la amplia divulgación de información; además,
deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente, y dotarse de legislaciones
nacionales relativas a la responsabilidad y a la indemnización de las víctimas de la
contaminación y otros daños ambientales; además, en sus jurisdicciones deberán evaluar el
impacto ambiental de actividades que pudiesen tener consecuencias adversas.
Es preciso que el individuo tenga absoluta claridad en lo relativo a la Educación
Ambiental, concebida como un proceso educativo interesado en la formación del
hombre para que obtenga una serie de conocimientos, principios, y valores positivos,
hacia los recursos naturales; y con ellos se logre cambiar la actitud y a la vez
fomentar las aptitudes necesarias para resolver las dificultades ambientales, para lo
cual deberán explotar su capacidad de evaluar las medidas y los programas de
educación ambiental en función de los factores ecológicos, políticos, económicos
sociales, eticos e institucionales, promoviendo para esto la participación con un
sentido de responsabilidad en la búsqueda de soluciones a los problemas ambientales
de los ecosistemas de cada comunidad; de acuerdo con los recursos propios y con la
cooperación decidida de esas poblaciones. Esta idea, hace énfasis en el sentido de
pertenencia de cada individuo, respecto al entorno natural y social basándose en los
valores culturales de la región donde habita.
6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2000). Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela, 5.453, Febrero 19, 2009.
Santaella, C., (2011) disponible en : http://www.monografias.com/trabajos91/ambientaleducacion/ambiental-educacion.shtml#educaciona#ixzz2iOrYZmL9
(Consulta
Octubre 2013).
Tratados
sobre
la
educación
ambiental,
disponible
http://www.monografias.com/trabajos25/educacion-ambiental/educacionambiental.shtml#ixzz2iOvHBfKO. (Consulta Octubre 2013).
en
7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2000). Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela, 5.453, Febrero 19, 2009.
Santaella, C., (2011) disponible en : http://www.monografias.com/trabajos91/ambientaleducacion/ambiental-educacion.shtml#educaciona#ixzz2iOrYZmL9
(Consulta
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Tratados
sobre
la
educación
ambiental,
disponible
http://www.monografias.com/trabajos25/educacion-ambiental/educacionambiental.shtml#ixzz2iOvHBfKO. (Consulta Octubre 2013).
en