Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Res epre124 12-213-13
1. 24
Viedma, 12 de Septiembre de 2013BOLETIN OFICIAL N° 5180
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones obrantes en el
expediente de referencia, se tramitó la conforma-
ción y aprobación del Consorcio de Riego y Drenaje
- Chimpay;
Que como consecuencia de dicha aprobación se
dictó la Resolución N° 2502/93, por la que se ins-
cribe el Consorcio de marras en el Registro de Con-
sorcios de Riego, quien en consecuencia comienza
a regir el Contralor Institucional de dicho Ente;
Que a tal fin se requiere la aprobación de la
Asamblea General Ordinaria, iniciada el día 10/05/
2013 y finalizada el 28/05/2013, donde se trata y
aprueban: Estados Contables y Balances Generales
correspondientes a los ejercicios económicos Nros.
XVI, XVII y XVIII, cerrados el 30/04/2010, 30/
04/2011 y el 30/04/2012 respectivamente.
Elección de Presidente, cuatro (4) miembros
titulares y dos (2) suplentes de la Comisión
Directiva con mandato por dos (2) años y de la
Comisión Revisora de Cuentas con mandato por
un (1) año;
Que de acuerdo a documentación obrante en el
expediente de referencia, se han cumplimentado
todos los recaudos estatutarios y legales vigentes;
Que el presente acto encuentra sustento legal
en el Art. 6° y concordantes del Decreto N° 2359/
94 y en el Art. 160 de la Ley Q N° 2952.
Por ello,
El Superintendente General de Aguas
RESUELVE:
Artículo 1° - Aprobar la Asamblea General Or-
dinaria del Consorcio de Riego y Drenaje - Chimpay,
iniciada el día 10 de mayo y finalizada el día 28 de
mayo de 2013 según consta en Acta Asamblearia
que se adjunta de fojas 655/661 del expediente de
referencia.
Art. 2º - Aprobar la Memoria y Balances Ge-
nerales Nros. XVI, XVII y XVIII, correspondientes
a los ejercicios económicos finalizados el 30/04/
2010, 30/04/2011 y el 30/04/2012 respectiva-
mente.
Art. 3º - Aprobar la elección de los Sres. Aldo
Cantoni, José Luis Méndez, Aldo Grossi, Osvaldo
Mustafá, José Quiroga, José Ayala, Roberto Ruffini,
Francisco Damen y Antonio Pérez Vázquez para
ocupar los cargos en la Comisión Directiva y
Revisora de Cuentas respectivamente.
Art. 4º - Aprobar la elección del Sr. Aldo Cantoni
como Presidente del Consorcio.
Art. 5º - En virtud de los Arts. 3° y 4° de la
presente Resolución y del Acta N° 195 de Reunión
de Comisión Directiva que consta a fs. 662 del
presente Expediente, la misma queda conformada
de la siguiente manera:
– Presidente: Aldo Cantoni.
– Secretario: Roberto Ruffini.
– Tesorero: José Ayala.
– Vocales Titulares: José Luis Méndez, José
Miguel Quiroga.
– Vocales Suplentes: Aldo Grossi, Osvaldo
Mustafá.
– Revisor de Cuentas Titular: Francisco Damen.
– Revisor de Cuentas Suplente: Juan Antonio
Pérez Vázquez.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese en
Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Juan Luis Gardez, Superintendente General
DPA.
—oOo—
ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD
Resolución EPRE Nº 124/12
Cipolletti, 28 de mayo de 2012.
Visto, el Expediente del registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
Nº 21258/12, caratulado: “Incumplimientos de la
Distribuidora EdERSA a las obligaciones de-
rivadas del Art. 25, Inc. w) del Contrato de
Concesión”, y;
CONSIDERANDO: …
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE:
Artículo 1º - Dejar sin efecto la Resolución
EPRE Nº 31/98.
Art. 2º - Todos los incumplimientos verificados
por este Ente a la obligación dispuesta en el Art. 25
Inc. w) del Contrato de Concesión, serán
sancionados de acuerdo a la metodología prevista
en el numeral 6.7 del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión.
Art. 3º - Notifíquese a la Distribuidora EdERSA.
Fdo.: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE.
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del
EPRE, 9 de Julio 174, Cipolletti (Río Negro).
———
Resolución EPRE Nº 213/13
Cipolletti, 18 de julio de 2013.
Visto, el Expediente del registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
Nº 21939/12, caratulado: “Evaluación de la Calidad
del Servicio Técnico - Índices 19 Semestre -
Distribuidora EdERSA - Período Septiembre/11 -
Febrero/12”, y
CONSIDERANDO:
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE:
Artículo 1º - Tener por presentados en debido
plazo los descargos efectuados por la Distribuidora
EdERSA contra las imputaciones formuladas en la
Resolución EPRE AL Nº 170/13.
Art. 2º - No hacer lugar a los descargos planteados
por la Distribuidora EdERSA contra lo resuelto por
este Ente en los Arts. 1º y 2º de la Resolución
EPRE AL Nº 170/13.
Art. 3º - Sancionar a la Distribuidora EdERSA
por el incumplimiento a la obligación prevista en
el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión para la Etapa II en cuanto a los Índices
de Calidad de Servicio Técnico, durante el Semestre
19 de control (comprende desde el 1 de septiembre
de 2011 al 29 de febrero de 2012), considerando
las circunstancias de hecho y de derecho
desarrolladas en la motivación de esta Resolución
y en la Resol. EPRE AL Nº 170/13, con una multa
total de pesos cuatro millones cuatrocientos dieciséis
mil quinientos cinco con 22/100 ($ 4.416.505,22),
de acuerdo a los fundamentos desarrollados en la
motivación de esta Resolución.
El total de dicha multa corresponde a la
afectación de los siguientes usuarios:
Total Total de
Distrito Usuarios Bonificación $
Cipolletti 10.696 272.645,49
Allen 5.358 125.914,41
General Roca 34.279 1.582.768,76
Villa Regina 16.580 1.004.187,00
Cinco Saltos 4.087 81.623,09
Choele Choel 9.554 492.290,86
San Antonio 5.700 57.299,96
Conesa 2.269 37.825,00
El Bolsón 7.303 323.617,58
Catriel 6.628 188.856,08
Sierra Grande 850 11.700,16
Valcheta 2.047 62.475,51
Jacobacci 6.280 99.762,17
Viedma 4.101 75.539,15
——— —————
Total 115.732 4.416.505,22
Art. 4º - La multa fijada en el artículo precedente
deberá ser descontada entre los cientos quince mil
setecientos treinta y dos (115.732) usuarios
afectados detallados en la Tabla Nº 9 incorporada
en formato digital a fs. 56, y resguardada en la
ubicación indicada a fs. 58, conforme los montos
detallados en la misma.- Para el cumplimiento de
la bonificación a cada usuario, deberá aplicarse el
criterio reglamentado por este Ente a través de la
Resol. EPRE Nº 148/13.
Art. 5º - Sancionar a la Distribuidora EdERSA
por el incumplimiento a la obligación prevista en
el Art. 25 Inc. w) del Contrato de Concesión, en las
circunstancias desarrolladas en la motivación de
esta Resolución con una multa total de pesos
cuarenta y tres mil doscientos ($ 43.200), de
conformidad con los parámetros establecidos por
el numeral 6.7 del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión.- Esta multa deberá descontarse
directamente en la oportunidad del próximo ajuste
del Cuadro de Abastecimiento que suceda al dictado
de esta Resolución.
Art. 6º - Regístrese y luego de cumplir con lo
dispuesto en el Art. 15 de la Ley K Nº 88,
modificada por la Ley 4739, notifíquese a la
Distribuidora EdERSA y publíquese en la página
web de este Organismo, y en el Boletín Oficial de la
Provincia de Río Negro.- Pasen las actuaciones al
Área Técnica, Sector Auditoría para el control de
lo dispuesto en los Arts. 3º y 5º.
Fdo.: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE.
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE, 9 de Julio 174, Cipolletti (Río Ne-
gro).
———
Resolución EPRE Nº 229/13
Cipolletti, 14 de agosto de 2013.
Visto, el Expediente del registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
Nº 21423/12, caratulado: “Facturación Estimada
Semestre 17mo., 18vo., 19no., y 20mo. Semestre
Período Septiembre 10 / Agosto 12 - Etapa II -
Calidad de Servicio Comercialo Dist. EdERSA”,
y
CONSIDERANDO:
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE:
Artículo 1º - Tener por no presentados descargos
por parte de la Distribuidora EdERSA contra la
imputación formulada en el Art. 1º de la Resol.
EPRE AL Nº 88/13.
Art. 2º - Sancionar a la Distribuidora EdERSA
por haber incumplido con la obligación establecida
en el numeral 4.2 del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión “Facturación Estimada” durante los
semestres 17, 18, 19 y 20 de control de la Etapa II
(comprendido entre el 1/09/2010 al 31/08/2012)
considerando las circunstancias de hecho y de
derecho desarrolladas en la motivación de esta
Resolución y expuestas en la Resol. EPRE AL Nº
88/13, con una multa total de pesos veinte mil
cuatrocientos setenta y cuatro con 36/100 ($
20.474,36).
Art. 3º - El importe fijado en el Art. 2º deberá
ser descontado a través de una bonificación en las
facturas de los doscientos cincuenta y un (251)
usuarios afectados, detallados en el Anexo que forma
parte integrante de esta Resolución, considerando
para cada uno de ellos el monto que surge de la
columna “Multa” y aplicando la metodología
reglamentada a través de Resol. EPRE Nº 148/13.
Art. 4º - Téngase por incorporado el Anexo
Único que forma parte integrante de esta Resolu-
ción.