En 3 oraciones:
El documento resume las principales consideraciones fiscales para los business angels en el proceso de inversión en España, incluyendo los tipos impositivos del IRPF y el IS, deducciones disponibles, estructuración de la inversión a través de compra de acciones, aumento de capital, financiación, y retorno de la inversión. También analiza la posibilidad de crear una sociedad holding y el tratamiento fiscal de las pérdidas.
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Presentació Francisco Lavandera
1. Barcelona, 18 de mayo de 2016
BUSINESS ANGELS – CUESTIONES
FISCALES A VALORAR EN EL PROCESO
DE INVERSIÓN
Francisco Lavandera - Socio de J&A Garrigues
francisco.lavandera@garrigues.com
2. 2
Contenido de la presentación
• Entorno fiscal
• Estructuración de la inversión
4. 4
IRPF: tipos impositivos
• Tipos impositivos del IRPF vigentes en Cataluña (año 2016):
Tipo marginal Desde
Renta general 48% 175.000
Renta del ahorro 23% 50.000
5. 5
IRPF: deducciones autonómicas; Cataluña
• Adquisición de participaciones de sociedades catalanas
– Por constitución o ampliación de capital.
• Empresas de nueva o reciente creación: máximo 3 años desde constitución.
– Participación máxima del 35% del capital
– Empresas no cotizadas con facturación anual no superior a 1 millón €
– Mantenimiento de la participación durante 3 años
– Porcentaje 30%. Deducción máxima 6.000 €
• Incrementado al 50% (límite 12.000 €) si entidades creadas o participadas por universidades
o centros de investigación
6. 6
IRPF: deducciones autonómicas; Cataluña (2)
• Adquisición de acciones de sociedades catalanas en el MAB
– Consecuencia de acuerdos de ampliación de capital
– Hasta un 10% del capital
– Mantenimiento por dos años
– Porcentaje 20%. Deducción máxima 10.000 €
7. 7
Ley de Emprendedores (estatal)
• Deducción por inversiones
– Suscripción de participaciones de pymes de nueva creación
• Empresas de nueva o reciente creación: máximo 3 años desde constitución.
– Con fondos propios de hasta 400.000 €
– Participación máxima del 40% del capital
– Base de la deducción hasta 50.000 €; porcentaje 20%. Deducción máxima: 10.000 €.
– Incompatible con deducción autonómica
– Exención de plusvalías en caso de reinversión
9. 9
IS: limitación de gastos financieros
• Limitación general
– El gasto deducible se limita al 30% del EBITDA
– Forfait de 1 millón de €
• No deducibilidad de determinados gastos financieros
– Derivados de deudas con entidades del grupo (42 c.com)
– Destinados a:
– Adquisición de participaciones a entidades del grupo
– Aportaciones de fondos a entidades del grupo
– Salvo prueba de motivos económicos válidos
10. 10
IS: limitación de gastos financieros
SL1 SL2 SLN
SH
PréstamoAumento de
capital
11. 11
IS: limitación de gastos financieros
• Limitación anti “push-down” de deuda:
– Compras apalancadas de sociedades seguidas de fusión de la sociedad “target” o de
su incorporación al grupo fiscal:
• La deducción de intereses tendrá el límite adicional del 30% del EBITDA de la entidad
adquirente.
• Excepto si:
– Deuda financia, como máximo, el 70% del precio.
– Se amortiza deuda durante 8 años hasta reducirla al 30%.
12. 12
IS: limitación de gastos financieros
SL
SH EBITDA = 100
EBITDA = 1.000
Intereses = 50
SH
EBITDA SH + SL = 1.100
Límite deducción = 30
Situación inicial Situación final
SL
13. 13
IS: otras restricciones a la deducción de pérdidas
y gastos
• Limitación cuantitativa a la compensación de pérdidas fiscales
– Restringida al 70% del beneficio (60% en 2016)
– Sin límite temporal a la compensación futura de pérdidas
• No deducibilidad de deterioros de cartera
14. 14
IS: exenciones dividendos y plusvalías cartera
• Exención de dividendos:
– Participación mínima del 5% o coste de cartera de 20 millones
– Tenencia mínima de un año
– Participadas extranjeras: sujeción a impuesto “análogo” al IS español
• Aplicable a plusvalías de cartera:
– Excepto sociedades “patrimoniales”
• Reglas especiales para participaciones “indirectas”
16. 16
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
17. 17
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
18. 18
Objetivos fiscales (1)
• Con ocasión de la inversión
– Deducción de la carga financiera
– Deducción de los gastos de la operación
– Aprovechamiento de incentivos fiscales
• Durante el mantenimiento de la inversión
– Mínima tributación de los rendimientos de la inversión
• Dividendos
• Intereses
– Optimización de la retribución del equipo directivo
19. 19
Objetivos fiscales (2)
• Con ocasión de la desinversión
– Mínima tributación de plusvalías
– Aprovechamiento de pérdidas por desinversiones
– Deducción de gastos de la venta
– Retribución eficiente del equipo directivo
20. 20
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Retribución eficiente del equipo directivo
• Conclusiones
21. 21
¿Compra o aumento de capital?
• Variables a considerar
– Necesidad de fondos de la sociedad
– Coste fiscal para el vendedor
– Necesidad de liquidez del vendedor; alternativas
• Reducción de capital
• Distribución de la prima de emisión
– Incentivos fiscales a BA: aplicables sólo a suscripciones de acciones
22. 22
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
23. 23
Deducción de gastos de la operación
• Inversor persona jurídica:
– Gastos fiscalmente deducibles (salvo cuando se incorporan al coste del activo)
• Inversión persona física:
– Gastos no deducibles (se incorporan al coste de la participación)
24. 24
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
25. 25
¿Financiación ajena?
Carga financiera no deducible Carga financiera deducible (con límites) ( 1)
SL
PF
DEUDA
SH
PF
DEUDA
SL
(2)
(2) La consolidación requiere participación mínima del 75%
SH + SL
PF
DEUDA
(1)Ver limitaciones a deducción intereses (reglas antidebt push down)
26. 26
Financiación DE SOCIOS:
¿CAPITAL O PRÉSTAMO?
PréstamoCapital
CAPITAL
SH
PF 2
SL
PF 1
No se generan gastos ni ingresos
DEUDA
SH
PF 2
SL
PF 1
Gastos deducibles al 25% en SL (ver limitaciones)
Ingresos tributables en PF1 al 23% y en SH al 25%
DEUDA
27. 27
INSTRUMENTOS FINANCIEROS ALTERNATIVOS
• Préstamos participativos:
– Retribución vinculada a la evolución del negocio
– Subordinados
– Tratamiento equiparable al dividendo a efectos fiscales
• Cuentas en participación:
– Contrato asociativo ente el partícipe gestor y el partícipe no gestor
• Gestor: gestiona el negocio conjunto
• No gestor: aporta fondos y participa en resultados
• Gasto deducible para el gestor societario. Gasto deducible para el gestor PF, dependiendo
de la naturaleza de los rendimientos de la actividad
• Deuda convertible:
– Genera gastos por intereses para el prestatario
– Renta para el prestamista cuando convierte
28. 28
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
30. 30
¿Inversión directa o holding?
Pros holding Cons holding
Deducción de intereses de deuda
Deducción de gastos
Movimientos de fondos entre filiales
Tributación de dividendos (si >5%)
Tributación de plusvalías (si >5%)
Exención IP
Tributación de dividendos (si <5%)
Tributación de plusvalías (si <5%)
Gastos de constitución y funcionamiento
Ausencia de deducciones para BA
31. 31
Holding: Entidades de capital riesgo (1)
• Sujetas a la autorización y control de la CNMV
• Sujetas a unos límites de concentración de inversiones; entre otros, como máximo hasta
el 25% de su activo en una sola empresa (40% para ECR-pyme).
• Capital mínimo de 1,2 millones de € (900.ooo € para ECR-pyme)
32. 32
Holding: Entidades de capital riesgo (2)
• Principales ventajas fiscales
– Para la ECR:
• Tributación de las plusvalías por transmisión de participadas a un tipo efectivo del 0,25%
(exención del 99%)
• No tributación de los dividendos percibidos por la ECR de sus participadas
– Para los socios de la ECR:
• No tributación de los dividendos ni plusvalías para inversores societarios
• Consideración de renta de fuente no española para inversores extranjeros por dividendos y
plusvalías
• Tributación de dividendos y plusvalías al 23% para personas físicas
33. 33
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
34. 34
Costes fiscales del retorno al inversor
(*) A marginal en supuestos de vinculación por el exceso de deuda / capital de 3 a 1
Persona física Sociedad Entidad capital riesgo
Intereses 23% (*) 25% 25%
Dividendos 23% 0% (si >5%) 0%
Plusvalías 23% 0% (si >5%) 0% (>5%) / 0,25%
Minusvalías ¿-23%? -25% -25%
Deducción intereses NO SÍ (Lim 30% EBITDA) SÍ (Lim 30% EBITDA)
35. 35
Pérdidas en las inversiones
• Durante el periodo de mantenimiento de la inversión
– Personas físicas: sin impacto
– Personas jurídicas
• No deducción de disminución de valor patrimonial (deterioro) por pérdidas de la participada
• Deducción deterioro de créditos, excepto si vinculadas (25% participación) no concursadas
• En la desinversión
– Personas físicas
• Por transmisión:
– Compensación con ganancias por transmisiones y, el exceso, con 25% rendimientos
– Arrastre de la pérdida por 4 años
• Pérdida del principal de un préstamo
– Compensación con rendimientos y, el exceso, con 25% ganancias
– Arrastre de la pérdida por 4 años
– Personas jurídicas
• Compensación con (70%) beneficios
– Sin límite temporal
36. 36
Estructuración de la inversión
• Objetivos fiscales
• Compra de acciones o ampliación del capital
• Deducción de gastos de la operación
• Financiación eficiente
• Compra directa o interposición de sociedad holding
• Retorno de la inversión y uso de pérdidas
• Conclusiones
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Conclusiones: el emprendedor
• Preliminar: desarrollo del negocio a través de una sociedad al objeto de limitar la
responsabilidad
• La captación de fondos a través de préstamos podría ser fiscalmente más eficiente que la
entrada en el capital
• Si la entrada de un inversor se hace con beneficio, la ampliación del capital con prima
permite diferir impuestos, frente a una venta de participaciones
38. 38
Conclusiones: el inversor
• Si la cartera de inversiones lo justifica, la estructura más favorable es participar a través de
una entidad de capital-riesgo.
– No obstante, la exención de dividendos y plusvalías permite alcanzar resultados
equivalentes con sociedades “regulares”
• La interposición de sociedades permite:
– Deducir la deuda (con ciertas limitaciones)
– Deducir otros gastos
– Obtener dividendos y plusvalías sin tributación (si >5%) difiriendo el coste fiscal hasta
la distribución al socio persona física
– Mover fondos entre participadas sin tributación
– Facilitar el acceso a la exención en IP
• No obstante, puede entrañar mayores costes si no se dispone de una participacion del 5%
(o con un coste de cartera de 20 millones de €)