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INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 86523
“SAN MIGUEL ARCANGEL”
LLACSHU
REGLAMENTO INTERNO
CARAZ - HUAYLAS - ANCASH
2015
INTRODUCCIÓN
El presente Reglamento de la Institución Educativa Pública N° 86523
“San Miguel Arcángel”, norma la política educativa y contiene aspectos
vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas; así
mismo, norma las funciones, deberes, derechos y prohibiciones del Personal
Directivo, Docente, Administrativo, Estudiantes y padres de familia.
Este documento contiene básicamente disposiciones que orientan al
personal de la institución a conocer sus responsabilidades y derechos con la
finalidad de lograr su participación activa en las tareas educativas y según las
leyes y disposiciones vigentes del sector educación.
Cumplir y hacer cumplir el presente documento es responsabilidad de
todos los miembros de la comunidad educativa para garantizar la calidad
educativa que los tiempos de hoy exigen y lograr mayores niveles de
eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que
desempeñamos y para la buena marcha institucional.
REGLAMENTO INTERNO 2015
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y
SERVICIOS.
Art. 1.- La Institución Educativa N° 86523 “San Miguel Arcángel”, como
comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia del sistema
educativo descentralizado, es parte de la Dirección Regional de Educación
de Ancash y la Unidad de Gestión Educativa Local de Huaylas. Se halla en
el Centro Poblado de Llacshu, Distrito de Caraz, Provincia de Huaylas;
ubicado en la carretera Caraz-Llacshu.
Art. 2.- La Institución Educativa “San Miguel Arcángel,” brinda oportunidades de
aprendizaje que permite a los estudiantes adquirir conocimientos científico-
humanísticos y tecnológicos, estimulando el desarrollo de capacidades para
comprender, analizar, explicar y evaluar el medio natural, cultural y social
en los ámbitos local, regional y nacional. También se cultiva la práctica de
valores en ambos niveles, orientada a la búsqueda del bienestar personal de
los estudiantes, al final del año se certifica el logro de los estudiantes de
acuerdo a las normas oficiales del sector.
CAPITULO II
DEL CONTENIDO, BASES LEGALES Y ALCANCES.
Art. 3.- El Reglamento es el instrumento técnico legal que tiene por finalidad
orientar al personal Directivo, Docente, Administrativo, de servicios, padres
de familia y estudiantes en general, sobre las funciones, deberes, derechos y
prohibiciones para la buena marcha institucional.
Art. 4.- Su normatividad tiene en cuenta tanto la Constitución Política como la
Legislación Educativa Peruana, particularmente el Código del Niño y del
Adolescente y el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia
2002 – 2010.
Art. 5.- Las Bases Legales que sustentan el Reglamento Interno son las siguientes:
a) Constitución Política del Perú.
b) Ley General de Educación N° 28044 y sus modificatorias las Leyes
Números 28123, 28324 y 28329.
c) Ley de Reforma Magisterial N° 29944.
d) Ley N° 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada
por la Ley N° 26510 y el D.S Nº 006-2006-ED
e) D.S. Nº 050-52-ED, Reglamento de Supervisión Educativa.
f) Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa
y de Remuneraciones del Sector Público.
g) Reglamento de la Ley General de Educación D.S. 011-2012-ED.
h) La Resolución Ministerial N° 0574–94–ED Reglamento de Control de
Asistencia y Permanencia del personal del Ministerio de Educación.
i) Ley Nº 28628- APAFA y Reglamento D.S. Nº 004-2006-ED.
j) Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
k) D.S. 049-98/PCM. Ley de Simplificación Administrativa y su
Reglamento.
l) RM N° 0405-2007-ED que aprueba los lineamientos de acción en caso
de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de
la libertad sexual de los estudiantes.
m) R.M N° 0556-2014-E.D. que aprueba la Directiva N° 013-2014
MINEDU/VMGP “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año
Escolar en la Educación Básica”.
n) R.S.G. Nº 2378-2014-ED,Normas para la elaboración y aprobación del
cuadro de horas pedagógicas en las II.EE.
o) D.S. Nº 008-2006-ED. Lineamientos para el requerimiento y control de
la labor efectiva de trabajo docente.
p) Ley N° 26636, Ley Procesal del Trabajo.
q) Ley N° 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública.
r) Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del hostigamiento Sexual.
s) Directiva N° 006-2009-ME/SG Procedimientos para la prevención y
sanción del hostigamiento sexual en el sector educación.
Art. 6.- Los alcances del reglamento es para todos los Agentes Educativos.
Art. 7.- El Reglamento Interno tiene vigencia de un año, debiendo revisarse y
actualizarse el próximo año.
CAPITULO III
VISION, MISION
Art. 8.- VISION:
La Institución Educativa Nº 86523 “San Miguel Arcángel” atiende a estudiantes de
educación primaria y secundaria de menores en EBR que promoverá hasta el año
2019 una educación a la comunidad basada en valores y acorde al avance
tecnológico para mejorar el proceso de interaprendizaje y lograr que el educando
sea creativo, innovador e investigador para afrontar nuevos desafíos y ser
competitivos en el mercado laboral. Formando futuros ciudadanos líderes, justos,
democráticos, reflexivos y críticos, con aspiraciones de superación y capaces de
buscar alternativas de solución, donde los padres sean responsables y
comprometidos con la educación de sus hijos.
Aplicando la educación intercultural bilingüe se atenderá la diversidad cultural, étnica y
lingüística a partir de la cultura local, promoviendo el respeto y el cuidado del medio
ambiente, con autonomía y responsabilidad.
Art. 9.- MISION:
La Institución Educativa Nº 86523 “San Miguel Arcángel” tiene como misión brindar
un servicio de calidad, basada en valores e impulsando un aprendizaje acorde a las
propuestas de la educación actual, en un clima de armonía y democracia.
Ser una institución pública líder, con docentes y estudiantes competitivos con
dimensiones humanísticas, científicas y tecnológicas, promoviendo una cultura
productiva e intercultural y respeto al medio ambiente.
Desarrollar en los estudiantes capacidades de innovación, creatividad y emprendedores
con eficiencia gerencial a través de la investigación y producción, generando trabajo para
solucionar problemas de la región e integrarse al medio competitivo laboral.
TITULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA I.E
CAPITULO I
FINES, SERVICIOS, OBJETIVOS Y ESTRUCTURA
ORGANICA
Art. 10.- La finalidad del Reglamento es establecer, las normas específicas conforme
a las cuales debe desenvolverse la vida institucional, para alcanzar los
objetivos trazados en el Plan Anual de la Institución en coordinación con
los miembros que los integran.
Art. 11.- Establecer las normas internas para el mejor funcionamiento
Administrativo, Técnico Pedagógico y de Proyección Comunal dentro de un
servicio dinámico y participativo.
Art. 12.- Es objetivo de toda la comunidad educativa es la Formación Integral del
educando con la participación activa de sus integrantes, fomentando el
conocimiento y la práctica de valores fundamentales, orientada hacia una
educación para la vida.
Art. 13 Estructura orgánica: está de acuerdo a los principios de la administración
educativa:
ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
a) Director
ORGANO DE FORMACIÓN GENERAL.
a) Profesores de Aula.
b) Profesores por Hora.
c) Auxiliar de Educación.
d) Personal Administrativo.
ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN.
a) Dirección.
b) Concejo Educativo Institucional. – CONEI.
c) Concejo Académico.
d) Asociación de Padres de Familia.
e) Comités de Aula de Padres de Familia
f) Comité de Tutoría – Convivencia y Disciplina Escolar
g) Fiscales escolares.
h) Municipio Escolar.
i) PREVAED
j) DESNA
CAPITULO II
FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION
Art. 14.- FUNCIONES DEL DIRECTOR
1. Representar legalmente a la institución.
2. Es responsable de la gestión pedagógica, institucional y administrativa.
3. Liderar y mantener una comunicación asertiva con la comunidad
educativa de acuerdo a la normatividad vigente.
4. Formular, coordinar, ejecutar, dirigir y evaluar con los instrumentos de
gestión del sistema educativo de la institución, con participación del
Consejo Educativo Institucional y la colaboración de los padres de
familia.
5. Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen
trato a los estudiantes (psicológico y físico) dentro y fuera del plantel,
así como de todo el personal para mantener un buen clima institucional.
6. Dirigir, organizar, asesorar, monitorear y evaluar la labor del personal de
la institución conjuntamente con representantes del CONEI y el Comité
de Monitoreo.
7. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de
cursos, postergación de evaluación de asignaturas, aplicación de pruebas
de ubicación y pruebas de evaluación.
8. Expedir certificados y otros documentos de carácter administrativo y
Técnico – Pedagógico de su competencia; presidir las reuniones
Administrativas, Técnico – Pedagógicas y otros relacionados con los
fines de la institución.
9. Elaborar los documentos de gestión pedagógica, administrativa e
institucional conjuntamente con las comisiones de trabajo.
10. Participar en la distribución de Cuadro Horas y el Horario de
clases, jornadas y formas de turno de trabajo del personal docente y
administrativo. La Directora Preside la Comisión del Cuadro de Horas.
11. Controlar la asistencia, puntualidad del personal docente y disponer el
reemplazo de los ausentes con el personal disponible.
12. Prever, organizar, dirigir y monitorear los procesos de evaluación de
recuperación, complementación, subsanación y revalidación, de
conformidad con las normas vigentes.
13. Informar oportunamente a los docentes sobre los alumnos retirados,
trasladados y exonerados.
14. Programar y realizar jornadas de actualización y reflexión pedagógica
según el PAT.
15. Asesorar en la diversificación, programación y elaboración de unidades
y sesiones de aprendizaje.
16. Autorizar visitas de estudio de acuerdo a las normas específicas.
17. Autorizar la rectificación de nombres de los educandos de acuerdo a las
normas establecidas.
18. Seleccionar al personal administrativo y docentes en función a las
plazas vacantes, previa evaluación. Preside las comisiones para los
contratos.
19. Otorgar permiso al personal a su cargo, por onomástico, día del maestro,
Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación en
servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades
de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o
Ministerio de Educación .y/o por el día de la administración.
20. Promover la cooperación de instituciones públicas y privadas, locales,
regionales y nacionales para mejorar los servicios educativos que brinda
la institución.
21. Organizar y administrar los documentos de la institución.
22. Formular el cuadro de bienes y servicios de la institución junto con el
Comité de Recepción de Bienes y Servicios.
23. Presidir la Comisión de administración de recursos propios de la
institución.
24. Autorizar el uso eventual de los ambientes y equipos del plantel para
fines educativos y culturales.
25. Presidir y organizar el Comité de Tutoría.
26. Realizar el informe económico de acuerdo a las normas establecidas a
todo el personal de la I.E.
27. Exonerar de algunos pagos a padres de familia de bajo recursos
económicos.
28. Controlar la asistencia y permanencia del personal Docente y
Administrativo.
29. Tener un trato justo y equitativo con todo el personal de la institución.
30. Otorgar estímulos, como imponer sanciones de amonestación escrita o
suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de
remuneraciones al profesor que ejerce labor en aula y personal
administrativo.
31. Otorgar estímulos, permisos y/o sanciones a los estudiantes en
coordinación del Comité de Tutoría.
32. Asesorar a la APAFA y coordina con el Concejo Directivo su
participación en acciones a favor de la institución educativa.
33. Aprobar la nómina de matricula y las actas de evaluación bajo su
responsabilidad.
34. Elaborar el informe de las horas efectivas
35. Realizar otras funciones afines al cargo.
Art. 15.- Ausencia del Director.
En caso de ausencia del Director es reemplazado por un docente designado
por el Director previo documento, quien asumirá las funciones y tomará las
decisiones que lo ameriten.
Art. 16.- FUNCIONES DEL (LA) COORDINADOR (RA) DE TUTORÍA.
a) Programar, organizar y monitorear las actividades de orientación y
servicios de tutoría escolar.
b) Formular y elaborar el Plan Anual de Trabajo del Área en coordinación
con el Comité de Tutoría.
c) Organizar y orientar al Municipio Escolar en coordinación con los
tutores.
d) Atender los casos “problemas” de comportamiento de los estudiantes.
e) Coordinar y monitorear acciones de su Área con el (la) Auxiliar de
Educación y Tutores.
f) Realizar estudios de las características y necesidades del educando.
g) Organizar, ejecutar y evaluar las acciones de orientación vocacional.
h) Asistir a las reuniones de carácter cultural educativo que promueve el
plantel o la superioridad.
i) Organizar, y supervisar a la Policía Escolar, Brigadieres, Escolta, con
fines de mejorar la disciplina, dentro y fuera del aula en coordinación con
el (la) auxiliar de educación.
j) Informar de los documentos Técnico-pedagógicos que obren en el área a
su cargo a los docentes tutores.
k) Coordinar con el (la) auxiliar y los docentes la asistencia, puntualidad y
presentación correcta del uniforme de los estudiantes.
l) Informar a la Dirección, sobre los problemas de comportamiento que
atenten con la integridad física y psicológica de los estudiantes y la
imagen de la institución
m)Informar a los padres de familia sobre el comportamiento de sus hijos,
apoyándose en las fichas de seguimiento y la agenda de convivencia
escolar en coordinación con el (la) auxiliar de educación y los tutores.
n) Organizar y ejecutar la Escuela de Padres en coordinación con los
responsables de dicha actividad.
o) Velar por el cumplimiento del rol del Calendario Cívico Escolar
aprobado por la Dirección.
p) Cumplir con las funciones que le asigne la Dirección.
Art. 17.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AULA
a) Participar en la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto
Educativo Institucional ,del Reglamento Interno, PAT y otros
documentos
b) Presentar los documentos técnico-pedagógicos al inicio del año escolar
y en las fechas determinadas.
c) Respetar la dignidad y valorar la interculturalidad de toda la comunidad
educativa.
d) Organizar y ambientar el aula y/o preparar el material educativo con el
apoyo de los estudiantes.
e) Mantener actualizado la documentación pedagógica y administrativa a
su cargo.
f) Participar en las jornadas de reflexión y día del logro y eventos
programados por la institución educativa.
g) Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación
en servicios que se desarrollen en instituciones o redes educativas,
UGELs, DRE y otros
h) Solicitar autorización para cualquier reunión a la Dirección por lo
menos con un día de anticipación.
i) Asistir a todas las actividades que organice y participe nuestra
institución educativa.
j) Atender a los padres de familia en horas de recreo o salida.
k) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de
familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y de
comportamiento de los hijos e hijas.
l) Velar y cooperar en las acciones del mantenimiento y conservación de
los bienes del plantel.
m) Cumplir con el turno de la semana en la institución y colaborar con el
docente de turno en la formación, orden y disciplina de los estudiantes a
su cargo y de la institución.
n) Atender a los estudiantes y velar por su integridad física y moral durante
el receso y el tiempo que permanezca en la institución.
o) Hacer participar a los estudiantes en las actividades permanentes,
calendario cívico escolar, y otras actividades sin distinción.
p) Cumplir con el calendario cívico escolar disertando en las fechas
designadas.
q) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación
de nuevos métodos y técnicas activas, participando en eventos de
actualización y capacitación, debiendo efectuar en la brevedad posible
el efecto multiplicador.
r) Asistir obligatoria y puntualmente a las reuniones que programe la
dirección, participando con el aporte de ideas, sugerencias y alternativas
de solución, que coadyuven al logro de los objetivos. Además deberá
permanecer hasta el final de las reuniones.
s) Participar en el izamiento del Pabellón Nacional los días lunes y viernes
debidamente uniformados.
Línea de Autoridad:
Depende directamente del Director.
- Cumplir con el cronograma establecido para el desarrollo del programa curricular.
- Cumplir con la jornada laboral en que se desempeña.
- Asistir puntualmente a las labores académicas encomendadas.
- Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando
con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades
curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de
planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular
nacional.
- Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de
trabajo.
- Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio
que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión
Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.
Art. 18.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AREA
a) Participar en la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto
Educativo Institucional, Reglamento Interno y Plan de Trabajo Anual.
b) Coordinar con los docentes de grado y/o área. para la elaboración del
DCD, Programación curricular, Unidades.
c) Elaborar y portar la carpeta pedagógica con la documentación
correspondiente al grado y secciones a su cargo.
d) Evaluar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las últimas normas
vigentes.
e) Participar en las jornadas de reflexión y día del logro y eventos
programados por la institución educativa.
f) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación
de nuevos métodos y técnicas activas, participando en eventos de
actualización y capacitación, realizando el efecto multiplicador en
cuanto termine el evento.
g) Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación en
servicios que se desarrollen en instituciones o redes educativas, UGELs,
DRE y otros
h) Integrar comisiones de trabajo, siendo responsable de su organización,
ejecución y presentación del informe de evaluación correspondiente.
i) Asistir a todas las actividades que organice y participe nuestra
institución educativa.
j) Participar en el orden y disciplina de los estudiantes dentro y fuera del
aula y/o institución, exigiendo el cumplimiento del reglamento interno y
demás normas que se imparten.
k) Organizar y ambientar el aula y/o preparar el material educativo con el
apoyo de los estudiantes.
l) Colaborar en la conservación de los bienes de la institución educativa,
especialmente el mobiliario e infraestructura.
m) Diserta las charlas a su cargo de cuerdo al calendario cívico escolar.
n) Asistir obligatoria y puntualmente a las reuniones que programe la
dirección participando con el aporte de ideas constructivas, sugerencias
y alternativas de solución, que coadyuven al logro de los objetivos.
Además deberá permanecer hasta el final de las reuniones.
o) Participar en forma obligatoria en el izamiento del Pabellón y entonar
el himno nacional los días lunes, viernes y otros eventos que se
programe debidamente uniformado.
p) Asumir obligatoriamente la asesoría de una sección donde es elegido (a)
o designado (a).
q) Asumir con responsabilidad la hora de tutoría en las secciones a su
cargo.
r) Cumplir con el turno de la semana en la institución y colaborar con el
docente de turno en la formación, orden y disciplina de los estudiantes a
su cargo y de la institución.
Línea de Autoridad:
Depende directamente del Director.
Art. 19.- FUNCIONES DEL COORDINADOR (A) DEL CRT
a. Proponer a la dirección de la institución, los planes de trabajo de
incorporación de las TIC en las labores educativas.
b. Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo
educativo.
c. Promover la participación de la comunidad educativa en el
aprovechamiento educativo de las TIC.
d. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el
aprovechamiento educativo de las TIC. a través de convenios.
e. Supervisar la instalación de software y la configuración de los equipos
informáticos y de comunicación.
f. Mantener actualizado los programas emitidos del MINEDU a través de
DIGETE.
g. Reportar el estado de los recursos TIC del aula virtual a su cargo.
h. Mantener actualizado el inventario de los recursos TIC del aula virtual a
su cargo.
i. Programar en coordinación con la Dirección y los docentes, el horario
de uso del aula virtual.
j. Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece DIGETE, en la
práctica docente.
k. Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través de
los recursos TIC.
l. Informar de las actividades desarrolladas a la dirección.
m. Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario,
equipos y acervo documental del área a su cargo, así como mantener
actualizado el inventario correspondiente.
n. Realizar otras funciones que se le asigne, inherentes a su cargo.
o. Recepcionará una copia de las sesiones de aprendizaje de los docentes
que hagan uso del aula virtual.
Línea de Autoridad:
Depende directamente de la Dirección de la Institución.
Art. 20.- FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN:
a) Orientar la formación integral de los estudiantes.
b) Mantener actualizado el registro de asistencia y control de los educandos
y emitir los informes correspondientes.
c) Sellar, firmar e informar la conducta del estudiante en su agenda de
control.
d) Asistir con ropa formal todos los días.
e) Atender, en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos
relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de sus hijos.
f) Controlar e informar al Coordinador de Tutoría, respecto al ausentismo,
comportamiento y rendimiento de los alumnos y preparar una relación
de los “casos problemas” para su atención correspondiente.
g) Orientar, incentivar y apoyar a los estudiantes para mantener el aseo
del aula, la conservación de la infraestructura, mobiliario, material
educativo y otros.
h) Dar charlas a los alumnos sobre la Constitución Política del Perú,
Educación Cívica, Normas de Urbanidad, charlas contra el consumo de
alcohol, drogas y otros en horas libres por ausencia del profesor.
i) Llevar y/o transportar a los alumnos que requieran atención médica, en
situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes en el plantel o
fuera de él, siempre y cuando se trate de actividades programadas y
aprobadas por la Dirección.
j) Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín del plantel,
procurando que tenga la medicina y los implementos necesarios e
imprescindibles.
k) Registrar con equidad y veracidad las tardanzas e inasistencias del
personal docente correspondientes a la asistencia diaria al dictado de
clases en forma personal informando a la Dirección de manera escrita.
l) Tiene una jornada laboral de 06 horas cronológicas diarias.
m) El (la) Auxiliar de Educación prestará su apoyo en la realización o
cumplimiento de actividades cívico-patriótico, que se organizan;
domingos y feriados, teniendo derecho a un estímulo de la Dirección.
n) Entregar y recabar las libretas de notas de las secciones a su cargo
bimestral y anualmente, bajo su entera responsabilidad en coordinación
con los tutores.
o) Asistir a las reuniones de Comité de aula y otros que convoque la
Dirección.
p) Mantener un clima de cooperación y amistad con los docentes, padres
de familia, compañeros de trabajo y estudiantes.
q) Llevar un fólder anecdotario personal de los estudiantes.
r) No abandonar la institución educativa durante las horas de trabajo.
s) Atender todos los desajustes conductuales de los estudiantes en el aula,
horas libres, recreo y en ausencia del docente.
t) Vigilar que los alumnos no deambulen por el local de la institución
durante las horas de clases.
u) Fomentar hábitos de disciplina y la práctica de valores.
v) Calificar la nota de comportamiento en coordinación con el tutor de la
sección y teniendo como base la agenda de convivencia escolar.
w) El (la) Auxiliar de Educación no podrán ejercer su labor de asesor en
ninguno de los grados del nivel secundario de menores.
x) Cumple con las demás funciones afines.
Línea de Autoridad:
Depende directamente del Coordinador (a) de Tutoría.
Art. 21.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES TUTORES
 Realizar el seguimiento del proceso educativo para fortalecer el
desarrollo integral de los estudiantes.
 Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de tutoría.
 Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada
estudiante.
 Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el
conjunto de la dinámica escolar.
 Facilitar el descubrimiento y desarrollo de las potencialidades,
habilidades y destrezas de los estudiantes.
 Conocer las aptitudes, habilidades, intereses y motivaciones de cada
estudiante para ayudarlo en la toma de decisiones sobre su futuro
vocacional.
 Promover la adquisición de estilos de vida saludable en los estudiantes.
 Promover en el estudiante el valor de su cultura y reflexione sobre
temas de actualidad.
 Contribuir al establecimiento de relaciones democráticas y armónicas,
en el marco del respeto a las normas de convivencia.
 Detectar e intervenir en las problemáticas grupales o individuales que
puedan surgir en el aula.
 Coordinar con el (la) encargada del Coordinador de Tutoría para derivar
los casos a los especialistas si lo hubiera.
 Intervenir en caso que los derechos de los estudiantes sean vulnerados.
 Crear un ambiente de confianza y de respeto mutuo.
 Escuchar las opiniones de todos los estudiantes y hacerles sentir que sus
intervenciones son siempre importantes. Estar atento para responder a
situaciones imprevistas.
 Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas con los padres y
madres para que faciliten la interrelación entre la institución y las
familias.
 Comprometer a los padres y madres en actividades de apoyo del
aprendizaje y orientación de sus hijos.
 Establecer los acuerdos de convivencia con los alumnos.
 Participa en la entrega de libreta de notas en coordinación con lo
auxiliares y aprovechar la oportunidad para informar, orientar y
conversar con los padres de familia sobre el rendimiento académico, el
comportamiento de los estudiantes.
Línea de Autoridad:
Depende directamente del Coordinador (a) de Tutoría y el Director.
Art. 23.- FUNCIONES DE LOS ASESORES – NIVEL SECUNDARIA
a) Conformar el Comité de Aula de padres de familia y estudiantes en la
sección a su cargo.
b) Orientar a los estudiantes en el proceso de aprendizaje en forma integral.
c) Informar a los padres de familia trimestralmente sobre el resultado
académico y de comportamiento de los estudiantes en coordinación con
el Tutor (a) y el (la) Auxiliar de Educación.
d) Elaborar una ficha personal de los alumnos (as) para mejorar la atención
integral de los estudiantes.
e) Propiciar la integración de todos los estudiantes en las actividades
promocionales.
f) Promover que los viajes de promoción se realicen con la participación
del 50% más uno de los integrantes.
g) Organizar la bienvenida a los estudiantes del Primer grado de secundaria
(Cachimbo) dentro de un marco de respeto, estableciéndose como fecha
límite fines del mes abril.
h) Del monto total recaudado en las actividades promociónales, los
integrantes están obligados a dejar un presente a la institución cuya
entrega será pública. Puede ser en forma conjunta.
Art. 24.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO
a) Realizar actividades de vigilancia en el plantel y sector asignado.
b) Es responsable en la instalación y recojo del equipo de sonido los días
que se realiza la formación y en las demás actividades que organice la
institución.
c) El servidor de turno en la puerta principal es responsable de la salida de
los estudiantes y personal, además del ingreso de personas ajenas a la
institución.
d) Mantener limpio los servicios higiénicos, pasadizos, acequias, cunetas,
las aulas, a cargo durante las horas de labor; así mismo realizará
reparaciones de mobiliarios, infraestructura, jardinería y otros que
beneficia al plantel.
e) Realizar trabajos de conserjería, almacenamiento, embalaje y
distribución de materiales.
f) Es responsable de la buena presentación de la infraestructura y seguridad
física y patrimonial, asumiendo las pérdidas y robos durante su turno.
g) Organizar el inventario del mobiliario y enseres de su sector, el cuidado
y conservación, bajo responsabilidad hacer entrega de los mismos al
servidor del siguiente turno para salvar responsabilidades.
h) Practicar lealtad y respeto a sus colegas, a las autoridades, docentes,
administrativos, padres de familia y estudiantes en general.
i) Entregar a las autoridades de la institución todo objeto encontrado
dentro o fuera de las aulas, para su devolución a los propietarios.
j) Cumplir su labor dentro del turno y el sector asignado,
responsabilizándose de las irregularidades que se produzcan.
k) Realizar limpieza de la parte externa de la IE.
l) No intervenir en labores que no es de su competencia ni usurpar
funciones.
m) Laborar durante su horario de trabajo sin abandonar el sector a su cargo.
n) Realizar limpieza de las aulas y sectores asignados.
o) Impedir el ingreso de personas ajenas a la I. E., salvo con la autorización
de la Dirección.
p) Cumplir con las demás acciones que le asignen.
Línea de Autoridad:
Depende directamente la Dirección.
Art. 25.- FUNCIONES GENERALES DEL PERSONAL DE GUARDIANÍA.
- Cumplir su jornada laboral de 40 horas y tiene un horario de trabajo
permanente, incluido los días sábados, domingos y feriados.
- Controlar los bienes, enseres, muebles, otros que salen de la I. E., que
cuenten con la autorización del Director.
- Velar por el mantenimiento, conservación y seguridad de los muebles y
enseres de la institución.
- Realizar limpieza de los ambientes de la I.E. interior y exterior y otros
según lo requiera la institución.
- Participar en las actividades que realiza la institución.
- Mantener el buen estado de las puertas y cerraduras de acceso al plantel.
- Llevar un inventario de su área de trabajo.
- Tiene derecho a un mes de vacaciones al año.
- El personal de guardianía depende directamente del director y/o
subdirector.
- Otras funciones inherentes a su cargo.
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Art. 26.- Planeamiento y Organización: durante el mes de diciembre del año
anterior el personal directivo, docente y administrativo de la institución
realiza el trabajo de planeamiento y organización, de las actividades
curriculares para el siguiente año.
Art. 27.- Acciones de Planeamiento y Organización: se lleva acabo en los meses de
diciembre, enero y febrero; comprende las siguientes acciones:
a) Proceso de matricula y ratificación de la misma
a) Proceso de complementación, recuperación y subsanación
b) Elaboración del Cuadro de Asignación Personal (CAP)
c) Formulación del Plan Anual de Trabajo
d) Elaboración de la Programación Curricular por niveles, grados y áreas
e) Elaboración de nóminas de matrícula
f) Entrega de horarios y cuadro de horas
g) Preparación de material educativo
h) Formulación del plan de actividades y el calendario cívico.
i) Otros
Art. 28.- En la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional participa todo el personal de la institución educativa, lo
aprueba el Director a través de una Resolución Directoral y lo eleva a la
instancia superior correspondiente.
Art. 29.- Estructurar el Plan Anual de Trabajo: según esquema y necesidades del PEI.
Art. 30.- Calendarización del Año Escolar 2015, es de la siguiente manera:
CALENDARIZACIÓN BIMESTRAL DE EDUCACIÓN
PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL AÑO ESCOLAR 2013
SEMESTRES BIMESTRES
NÚMERO DE
SEMANAS
TOTAL DE DÍAS
Y HORAS
Art. 31.- Inicio del año escolar: la fecha de inicio así como las vacaciones lo
determina la institución de acuerdo a lo establecido en las directivas y el
PEI.
Art. 32.- El monitoreo y acompañamiento del trabajo educativo es responsabilidad
del Director y del Comité de Monitoreo.
Art. 33.- El trabajo pedagógico está de acuerdo al grado de madurez de los
estudiantes, propiciando el auto aprendizaje y el aprendizaje grupal,
utilizando materiales y recursos del lugar para lograr los perfiles y objetivos
previstos en el PEI.
Art. 34 Calendario Cívico:
Nº FECHA ACTIVIDAD CIVICA
01 08 de marzo Día internacional de la mujer
02 15 de marzo Día mundial de los derechos del consumidor
03 21 de marzo
Día internacional para la eliminación de la discriminación
racial
04 22 de marzo Día mundial del agua
05 07 de abril Día mundial de la salud
06 14 de abril Día de las américas
07 22 de abril Día mundial de la tierra
I
SEMESTRE
I BIMESTRE
DEL : 04-03-13
AL : 10-05-13
TOTAL DE DÍAS: 54
10 SEMANAS
47 DIAS
282 HORAS
55 DÍAS
330 HORAS
VACACIONES DEL : 30-07-13
AL : 09-08-13
02 SEMANAS
II
SEMESTRE
10 SEMANAS
48 DIAS
288 HORAS
09 SEMANAS 44 DÍAS
264 HORAS
1164 HORAS
EFECTIVAS DE
CLASE
TOTAL DE SEMANAS EFCTIVAS DE CLASE
TOTAL DE DÍAS EFECTIVOS DE CLASE 194 DÍAS
08 23 de abril Día del idioma español
09 01 de mayo Día mundial del trabajo
10 02 de mayo Aniversario del combate del dos de mayo
11 2do Domingo mayo Día de la madre
12 18 de mayo Sacrificio heroico de Túpac Amaru II y Micaela Bastidas
13 30 de mayo Día nacional de la papa
14 31 de mayo Día de reflexión sobre la tragedia de 1970
15 05 de junio Día mundial del medio ambiente
16 07 de junio Aniversario de la batalla de Arica
17 24 de junio Día del campesino
18 3er domingo de junio Día del padre
19 26 de junio Día internacional del uso indebido de drogas
20 06 de julio Día del maestro
21 11 de julio Día mundial de la población
22 28 de julio Día de la proclamación de la independencia
23 06 de agosto Aniversario de la batalla de Junín
24 22 de agosto Día mundial del folklor
25 27 de agosto Día de la defensa nacional
26 30 de agosto Día de santa rosa de lima
27 01 de setiembre Semana de la educación vial
28 07 de setiembre Día de los derechos cívicos de la mujer
29 08 de setiembre Día internacional de la alfabetización
30 13 de setiembre Día de la familia
31 23 de setiembre Día de la primavera y la juventud
32 27 de setiembre Día mundial del turismo
33 01 de octubre Día del periodismo
34 06 de octubre Día del ilustre Ricardo palma
35 07 de octubre Aniversario de la Institución
36 08 de octubre
Día del combate de Angamos
Día de la educación física
37 12 de octubre Día del descubrimiento de américa
38 16 de octubre
Día mundial de la alimentación
Día nacional de la educación inclusiva
39 21 de octubre Día del ahorro de la energía eléctrica
40 03 de noviembre Celebración de la fiesta patronal de la IE
41 04 de noviembre Aniversario de la rebelión de Túpac Amaru II
42 2da.Semana de
noviembre
Semana de la vida animal
43 10 de noviembre Día del libro - día de la biblioteca escolar
44 20 de noviembre
Día mundial de la declaración de los derechos universales
del niño
45 01 de diciembre Día mundial de lucha contra el sida
46 09 de diciembre Aniversario de la batalla de Ayacucho
47 10 de diciembre Día de la declaración universal de los derechos humanos
48 23 de diciembre Navidad
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
Art. 35.- Archivo de la Institución Educativa: la organización del archivo de la
institución es responsabilidad del Director, los documentos están
clasificados y conservados por el personal administrativo.
Art. 36.- Documentos Oficiales de la Institución:
 Constitución Política.
 Ley General de Educación y sus Reglamentos.
 PEI
 Plan Anual de Trabajo.
 Informes anuales.
 Fichas y documentos de monitoreo.
 Fichas personales de los trabajadores.
 Registro de asistencia del Personal.
 Estadísticas.
 Libros de acta.
 Inventario de bienes.
 Fichas y nóminas de matrícula.
 Actas de evaluación.
 Certificados de estudio.
 Sistema SIAGE actualizado.
 Otros de carácter oficial.
Art. 37.- Inventario de Bienes: es la relación detallada de los bienes. El uso y
actualización es responsabilidad del Director.
Art. 38.- Uso de los Bienes: Todo el personal esta autorizado para el uso de los
equipos, herramientas y otros firmando el cargo y descargo.
Art. 39.- Conservación de los Bienes: la conservación de los bienes e infraestructura
es responsabilidad de todo el personal .En caso de perdida o deterioro el
responsable el personal de turno y el guardián.
Art. 40.- Comisión de altas y bajas: Al final del año se levantara el inventario de
altas y bajas.
Art. 41.- Abastecimiento: El Director es el responsable del abastecimiento de bienes
y servicios.
Art. 42.- Distribución de ambientes: de acuerdo a las necesidades.
Art. 43.- Control del Personal: El control del personal es responsabilidad del
Director y lo realiza permanentemente con la finalidad de mejorar los
servicios que brinda la institución.
TITULO III
GESTION PEDAGOGICA
CAPITULO I
DEL REGIMEN ACADEMICO
Art. 44.- Niveles Educativos: La institución educativa “San Miguel Arcángel”, tiene
dos niveles educativos: Educación Primaria y Educación Secundaria en la
modalidad de menores en el turno diurno.
Art. 45.- Educación Primaria: El nivel comprende tres ciclos y seis grados de
estudio.
Art. 46.- Educación Secundaria: El nivel comprende dos ciclos y cinco grados de
estudio y recibe adolescentes hasta 15 años de edad, al primer grado de
educación secundaria.
Art. 47.- Programación Curricular: La programación curricular esta en base a la
Estructura del DCN, DCD y al PCIE de la institución; el director y los
docentes proponen los esquemas para unificar criterios, buscando el logro de
los objetivos propuestos, contribuyendo al desarrollo integral de los
estudiantes.
Art. 48.- Plan de Estudios de Educación Primaria, El plan de estudio de los seis
grados comprende las siguientes áreas: Comunicación, Matemática, Arte,
Personal Social, Ciencia y Ambiente, Educación Física y Educación
Religiosa.
Art. 49.- Plan de Estudios de Educación Secundaria: El plan de estudio de los
cinco grados comprende las siguientes áreas: Comunicación, Matemática,
Formación Cívica y Ciudadana, Inglés, Arte, Educación Física, Historia,
Geografía y Economía, Educación Religiosa, Ciencia tecnología y Ambiente
y Educación Para el Trabajo.
Art. 50.- De la Evaluación: Es permanente, flexible e integral que permite obtener
información de los aprendizajes, necesidades y reflexión para emitir juicios
de valor.
Art. 51.- Evaluación del Comportamiento: La evaluación del comportamiento es
cualitativa. Los criterios de evaluación serán teniendo en cuenta la Agenda
de Convivencia Escolar de la Institución y en coordinación con los tutores y
el (la) Auxiliar de Educación.
Art. 52.- Conocimiento del proceso de aprendizaje (evaluación): Los estudiantes y
padres de familia serán informados de los resultados del proceso de
aprendizaje y de su comportamiento al término de cada bimestre y al final
del año escolar.
Art. 53.- Promoción de los estudiantes: La situación de los alumnos al término del
año lectivo es la siguiente: Son promovidos, requieren recuperación o
repiten el grado.
Art. 54.- Inasistencia de los Estudiantes: repiten el grado los estudiantes que
hubieran registrado hasta el 30% de inasistencias injustificadas en más de
cuatro áreas.
Art. 55.- Repiten el grado: Los estudiantes que al final del año hayan desaprobado
cuatro áreas y los que al final tengan tres áreas desaprobadas más el de
subsanación sin aprobar por que es acumulativo.
Art. 56.- Evaluación de Recuperación: Para los estudiantes del 5to. grado los
exámenes de recuperación y subsanación se lleva a cabo en el mes enero.
Art. 67.- Adelanto y Postergación de Exámenes, realiza a través de Resolución
Directoral Institucional de Autorización, emanado por la Dirección.
Art. 58.- Certificación: Al terminar los estudios de Educación Primaria y
Secundaria, el estudiante obtendrá un ejemplar de certificado de estudio en
forma gratuita.
CAPITULO II
DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO
Art. 59.- Son requisitos para el ingreso a:
Educación Primaria de Menores
 Tener 6 años cumplidos al 31 de marzo del año de la matricula.
 Partida de Nacimiento y/o DNI.
 Informe del progreso del niño o niña y la Ficha Integral para los que
proceden de un I.E.
 Llenar la ficha del SIAGIE.
Educación Secundaria de Menores
Se requiere todo lo establecido de educación Básica Regular, es decir:
 El ingreso del alumno a la Institución en cualquier nivel, es por el primer
grado, de acuerdo a la edad establecida, los casos excepcionales se
contemplan de acuerdo al reglamento respectivo.
 En el proceso de matrícula y ratificación de la matrícula es
responsabilidad de la Dirección quien otorga las vacantes de acuerdo a
las metas de atención de la institución en el plazo programado.
Art. 60.- De la Matrícula y Ratificación:
 La matrícula es el acto administrativo que formaliza la escolaridad de los
estudiantes, en el nivel al que ha elegido al ingresar. En Primaria y
Secundaria de Menores se realiza a petición y en presencia de los padres
y/o apoderados.
 La matrícula se realizará por única vez al ingresar el alumno (a) al nivel
correspondiente, inscribiéndose en el Registro General de la Ficha Única
de Matricula, para los demás grados procede la ratificación de la
matrícula.
 Las Limitaciones para la ratificación de matrícula son:
 Los alumnos y alumnas que desaprueben tres áreas al finalizar el año
lectivo y tengan un área desaprobada de los años anteriores
automáticamente permanecerán en el grado
 La Dirección de la institución puede autorizar por Resolución
Directoral Institucional la postergación de matricula o ratificación a
petición de la parte o por razones debidamente justificadas.
 Concluido el proceso de matrícula y ratificación de matrícula la
Dirección formulará la elaboración de nóminas de matricula en el Nivel
Primario y Secundario de Menores.
 Las Nóminas deberán ser aprobadas mediante R.D.I. cuya original se
elevará a la UGEL y la copia quedará en el archivo documentario.
Art. 61.- De los Traslados.
 Los traslados de estudios solo pueden fijarse hasta el término del tercer
bimestre lectivo.
 La institución educativa solicitará al interesado la presentación de la
Constancia de vacante otorgado por la institución o programa estatal de
destino a través del SIAGIE para su aprobación.
 Para el traslado de matrícula a la institución Educativa se requiere
además de los requisitos la ficha única de los resultados de evaluación
anteriores del educando y la aprobación del traslado por la institución de
origen en el SIAGIE.
 Un duplicado de las respectivas fichas de matrícula se archivarán en los
archivos del nivel.
 Las constancias de vacancia están sujetas a metas de atención por grados
y Secciones.
Art. 62.- Uniforme Escolar: Los estudiantes deben asistir a la institución educativa
correctamente uniformados y todos los días, porque el uso del uniforme
escolar es obligatorio para asistir a la institución, así como a los actos y
ceremonias de carácter oficial. El uniforme es de la siguiente manera:
Varones:
Pantalón de color plomo (gris), camisa blanca, chompa de color azul
marino, zapatos negros, medias plomas o negras.
Mujeres:
Falda ploma por debajo de la rodilla, blusa blanca, chompa azul marino,
medias plomas largas
Para las actividades de educación física y deportes de estudiantes: Buzo
y casaca de color azul marino con franjas blancas, polo blanco, short y/o
pantaloneta azul marino, zapatillas y medias de deporte blanco.
TÍTULO IV
DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO I
DEL FUNCIONAMIENTO
Art. 63.- Jornada Laboral: la jornada laboral es el tiempo de trabajo del personal
docente y administrativo de la institución educativa:
 Docentes de Educación primaria: 30 horas pedagógicas semanales.
 Docentes de Educación Secundaria: 24 horas pedagógicas semanales
 Director: 40 horas cronológicas semanales.
 Auxiliar de educación: 30 horas cronológicas semanales.
 Personal administrativo: 40 horas cronológicas semanales
Art. 64.- Horario de trabajo: la institución desarrolla sus actividades educativas en
el siguiente horario:
Director:
Hora de ingreso: 7:45 am
Hora de salida: 3:45 pm
Docentes:
 Primaria: Hora de Ingreso: 08.00 am
Hora de salida: 13.00 pm
 Secundaria: Hora de Ingreso: 8.00 am
Hora de salida: 13.30 pm
Auxiliar de Educación:
Hora de Ingreso: 7.45 am
Hora de salida: 13.45 pm
Personal Administrativo:
Hora de Ingreso: 7.30 am
Hora de salida: 15.30 pm
La hora de ingreso para todo el personal docente de los días lunes y viernes
será 15 minutos antes de la hora fijada para participar en la ceremonia de
izamiento del Pabellón Nacional.
Art. 65.- Asistencia, Permanencia, Tardanzas, Inasistencias, Descansos y
Permisos: está sujeta a las disposiciones: El personal docente y
administrativo registrara su asistencia diaria a la hora de entrada y salida
en parte de asistencia, respetando estrictamente la hora y el orden de
llegada.
Art. 66.- Tardanzas
a) Se considera tardanza para el Director a partir de las 7:36 a.m.
b) Para el personal Docente que tiene la primera hora a partir de 8.06 am.
c) Se considera tardanza al auxiliar de Educación a partir de 7.51 a.m. y
para los docentes que tienen a partir de 2da hora, pasado un minuto de la
hora establecida y así sucesivamente.
d) Se considera tardanza para el personal administrativo, a partir de 7:36
a.m.
Art. 67.- Inasistencias
a) La no concurrencia al centro de trabajo.
b) Habiendo concurrido, no desempeñar su función dentro del aula
c) La omisión de registrar su ingreso o salida.
d) El retiro antes de la hora de salida, sin justificación.
e) Personal que habiendo acreditado su ingreso, omitiera registrar la salida,
salvo que justifique dentro de las 24 horas posteriores.
f) Personal que por razones de enfermedad se encuentran impedidos de
concurrir a su Centro de Trabajo, están obligados a dar aviso a la
dirección dentro de los tres días calendarios.
Art. 68.- Permisos
El Director tiene la facultad de dar permiso de acuerdo a ley.
a) Todos los docentes tendrán permiso el día de su onomástico y el día del
Maestro.
b) Todos los administrativos tendrán permiso el día de su onomástico y día
de la Administración.
Art. 69.- LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACIONES: Para los docentes
en los siguientes casos:
 Por maternidad 90 días.
 Por enfermedad.
 En caso de siniestro.
 Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos, hijos.
 Por beca de perfeccionamiento.
 Por estudios de investigación.
 Por representar al Perú.
 Por sustentación de tesis.
 Citación expresa judicial o policial.
 Por función edil.
Para el personal administrativo en los siguientes casos:
 Por maternidad 90 días.
 Por enfermedad.
 Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos, hijos.
 Por capacitación.
 Citación expresa judicial o policial.
 Por función edil.
El (la) auxiliar de educación goza de los mismos derechos que le personal
docente.
Art. 70.- LICENCIA SIN GOCE DE REMUNERACIONES: Por los siguientes
casos para el personal docente:
 Motivos particulares: hasta por un año.
 Estudios de especialización sin intervención del M.E.: hasta por 2 años.
 Desempeño de función publica por el tiempo que dure la función.
 Enfermedad grave del conyugue y/o hermanos: máximo 6 meses.
Para el personal administrativo:
 Motivos particulares: hasta 90 días.
 Capacitación no oficializada: hasta por un año.
 Licencia a cuenta del periodo vacacional:
- Matrimonio: hasta 30 días.
- Enfermedad grave del conyugue, padres, hijos y hermanos: hasta 30
días.
CAPITULO II
DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES,
PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL
DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
Art. 71.- DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
a) Estabilidad laboral en el servicio.
b) Participar en la formulación, ejecución de, PEI, PCIE, RI, PAT así como
en las demás actividades.
c) No ser discriminado por razón de sexo, religión, opinión, idioma o
condición laboral.
d) Recibir del Estado y organismos descentralizados apoyo permanente
para su capacitación, perfeccionamiento y/o especialización profesional.
e) Gozar de permisos de acuerdo a Ley.
f) Tener reconocimiento de oficio por el Estado y la Seguridad Social de
tiempos de servicios, para efectos de los goces de los beneficios sociales.
g) A tener reconocimiento por el Estado, la comunidad y los padres de
familia por sus méritos en acciones educativas y comunales.
h) La libre sindicalización.
i) Contar con voz y voto en las reuniones o asambleas.
j) Tener prioridad en la distribución de horas de acuerdo normas vigentes.
k) Utilizar adecuadamente el local, mobiliario y materiales para el buen
desempeño de sus funciones.
l) Estar informado de todos los dispositivos legales que competan a la
institución.
Art.72.- DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE
a) Desempeñar su función educativa con dignidad, lealtad e identidad.
b) Orientar a los estudiantes con respeto a la libertad y cooperar con la
formación integral.
c) Asistir a reuniones administrativas y Técnico–Pedagógico, sin tener en
cuenta el día libre y las horas libres (docentes con horas completas).
d) Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su
desarrollo cultural, social, cívico y patriótico.
e) Velar por el mantenimiento del local, instalaciones y equipos de la
institución y promover su mejoramiento.
f) Inhibirse a realizar actividades ajenas al proceso educativo dentro de la
institución educativa.
g) Presentar su carpeta pedagógica en el plazo fijado.
h) Desarrollar sus clases efectivas durante todo el lapso del tiempo
determinado.
i) Presentar en los tiempos señalados los informes técnicos pedagógicos y
de comportamiento.
j) Usar adecuadamente los instrumentos de evaluación.
k) El personal docente tiene la obligación en participar en las diferentes
actividades que programe la institución, como: actividades deportivas,
culturales, cívicas, sociales y pedagógicas sin tener en cuenta el día
libre.
l) El personal docente que no asista o abandone las reuniones que cita la
Dirección serán informados como inasistencia.
m) Propiciar el orden, la disciplina, honradez y la responsabilidad de los
estudiantes.
n) Asesorar a una sección o grado en el nivel secundario.
o) Practicar la solidaridad en caso de sepelio y/o accidente hasta el segundo
grado de consanguinidad con todo el personal de la institución.
p) Asistir y participar en los ensayos de los desfiles cívicos e izamientos.
q) Rechazar toda acción que atenta contra la dignidad personal.
r) Participar en la evaluación de comportamiento de los alumnos.
s) Mantener un buen clima de compañerismo y respeto entre los colegas.
t) Asistir a las ceremonias oficiales programadas por las diferentes
instituciones de la provincia.
u) Participar activamente en el izamiento y actividades culturales los días
lunes y viernes.
v) Si las reuniones han sido convocados un día anterior y no asisten
argumentando que es su día libre serán informados como inasistencia.
w) Los profesores están obligados a asesorar una sección en los diferentes
grados.
Art. 73.- DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
a. Asistir puntualmente a la institución para cumplir sus funciones
b. Cumplir con sus actividades de limpieza.
c. Cumplir con las tareas que le han asignado.
d. Salvaguardar los intereses del plantel.
e. Mantener buen trato con los miembros de la comunidad educativa y
público.
f. Mantener limpio los ambientes de la Institución que está a su cargo, en
todo momento.
g. El personal administrativo tiene la obligación en participar en las
diferentes actividades que programe la institución, como: actividades
deportivas, culturales, cívicas, sociales y pedagógicas.
h. Apoyar en otras necesidades afines a su cargo cuando el Director lo
solicite.
Art. 74.- PROHIBICIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE:
a) Actuar en forma arbitraria, unipersonal para sancionar o amonestar, sin
el uso de las normas legales.
b) Firmar su asistencia sin haber laborado.
c) Abandono laboral.
d) Agresión verbal, física, moral y psicológica.
e) Inducir a los colegas y alumnos en actos contra la buena marcha del
plantel.
f) Ingresar al plantel en estado etílico.
g) Efectuar cobros a los alumnos, para aprobar el área.
h) Otras acciones que atenten la imagen institucional.
i) Realizar actividades económicas de índole personal dentro de las
instalaciones de la institución.
Art. 75.- PROHIBICIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
a) La reiterada resistencia al incumplimiento de sus funciones.
b) Incurrir en actos de violencia grave, indisciplina o falta de palabra en
agravio de sus colegas y/o superiores.
c) La negligencia en el desempeño de sus funciones.
d) Impedir el funcionamiento de los servicios higiénicos en horas de
trabajo.
e) La utilización y disposición de los bienes de la entidad en beneficio
propio de terceros.
f) La concurrencia reiterada al trabajo en estado etílico.
g) El causar intencionalmente daños materiales en los locales de la
institución como son: máquinas, instrumentos, documentos y demás
bienes de propiedad de la institución.
h) Los actos de inmoralidad.
i) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más
de cinco días no consecutivos por un periodo de 30 días calendario o
mas de 15 días no consecutivos en un período de 180 días calendarios.
j) Abandonar su sector y la institución en horas de trabajo
k) Simular reiteradas enfermedades.
l) No entregar oportunamente el inventario de su sector.
Art. 76.- ESTÍMULOS AL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
a) Resolución de Felicitación de parte de la Dirección de la Institución,
por una labor sobresaliente.
b) Diploma de honor al mérito o pergamino por cumplir 25 y 30 años de
servicio.
Art. 77.- Otorgamiento de Estímulos: El otorgamiento de los estímulos señalados
en el artículo anterior estarán a cargo del Director de la institución, previo
informe del CONEI
Art. 78.- Sanciones al personal docente y auxiliares.
Sanciones por tardanzas:
a) Por cinco tardanzas a más al mes:
 1º VEZ amonestación escrita por el titular de la entidad
 1º REINCIDENCIA, descuento de dos días.
 2º REINCIDENCIA, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por
diez (10) días.
 Las subsiguientes reiteraciones durante el año, son sancionados previo
proceso administrativo.
a) Los profesores que incurran en incumplimiento de los deberes y
obligaciones correspondientes a su cargo, tendrán las siguientes
sanciones:
1. Amonestación Verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Informe a la superioridad de las faltas.
4. Informe a las autoridades pertinentes, según el caso lo amerite.
Art. 79.- Sanciones al personal administrativo.
Sanciones por tardanzas:
a) Por cinco tardanzas a más al mes:
 1º VEZ, amonestación escrita por el titular de la entidad
 1º REINCIDENCIA, descuento de dos días.
 2º REINCIDENCIA, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por
diez (10) días.
 Las subsiguientes reiteraciones durante el año, son sancionados previo
proceso administrativo
Las sanciones por falta disciplinaria pueden ser:
a) Amonestación verbal y escrita.
b) Informe a la superioridad de las faltas injustificadas.
c) Sanciones establecidas en el Decreto Leg. 276.
CAPITULO III
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES,
PROHIBICIONES Y/O ESTIMULOS, FALTAS, SANCIONES
DE LOS ESTUDIANTES
Art.80.- DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
a) Desarrollar las clases dentro de un ambiente seguro y saludable.
b) Ser tratado con respeto, dignidad y equidad, ser informados de las
disposiciones que le atañen como estudiante
c) Ser informados del presente reglamento interno, normas de disciplina y
todas las disposiciones que le conciernen como estudiantes
d) Recibir en forma gratuita los servicios educativos.
e) Recibir estímulos en merito al cumplimiento de sus labores, deberes y
acciones sobresalientes. (brigadieres, policías escolares y otros)
f) Asistir a excursiones que son organizados por los profesores
responsables.
g) Expresar libremente, en forma alturada y respetuosa sus ideas,
convicciones, problemas y necesidades, ante las autoridades de la
institución
h) Presentar sus quejas y reclamos a la Dirección. en forma respetuosa
i) No ser castigado (a) física, moral ni psicológicamente
j) Participar y tener representación en las organizaciones estudiantiles.
k) Elegir y ser elegidos como representantes de sus compañeros (as)
Art. 81.- Deberes de los Estudiantes:
a) Respetar y cumplir con lo establecido el Presente Reglamento Interno.
b) Asistir al plantel 15 minutos antes de la hora fijada de la entrada con el
uniforme establecido por la I.E portando sus materiales, libros (del
Ministerio) y otros requeridos por los profesores.
c) Asistir con el uniforme de educación física establecido por la I.E
exclusivamente en el día y hora que indica el horario.
d) Los estudiantes designados (as) deberán de participar en todas las
actividades programadas por la institución como son: Concursos internos,
actividades cívicas, deportivas u otros a la que es designado (a).
e) Respetar a las autoridades, profesores, auxiliares, administrativos,
compañeros (as) y demás personal que labora en la I.E.
f) Velar por la buena presentación del aula, conservación del mobiliario y
demás enseres.
g) Cuidar con esmero su presentación personal y los útiles escolares.
h) Conservar el orden, limpieza y la disciplina en todo momento.
i) Portar y conservar en buen estado y debidamente firmado por los PP.FF
la agenda de convivencia escolar gadeina. (tarjeta de control).
j) Asistir con puntualidad a las ceremonias cívicas, culturales y deportivas
k) Respetar las ideas y los derechos de los demás, así como las creencias
religiosas distintas de las suyas; y Respetar a la Patria, sus leyes,
símbolos y héroes.
l) Justificar su inasistencia ante el auxiliar y el docente de área.
m)Tener las uñas cortadas limpias y sin esmalte .y sin uso de cosméticos.
n) Asistir diariamente a la institución con el cabello corte escolar en el caso
de los varones y la mujeres con el cabello sin teñido ni cerquillos, sujeto
por una trenza con la cinta o una malla de color verde.
o) Permanecer en el aula durante los cambios de hora, ausencia del docente
y en la institución hasta cumplir su horario de clase salvo casos
especiales que serán autorizados por el coordinador de tutoría o el
director.
p) Entregar las convocatorias o citaciones a sus apoderados oportunamente.
Art. 82.- Estímulos a los estudiantes:
Por la acción sobresaliente que realizan los estudiantes de ambos niveles
educativos dentro y fuera de la institución serán merecedores a los
siguientes estímulos:
a) Notas sobresalientes en aprovechamiento y comportamiento en las áreas
a fines de la acción sobresaliente.
b) Felicitación en la formación, escrita y/o diploma de honor.
c) Resolución de felicitación de la institución.
Art. 83.- Prohibiciones de los estudiantes:
a) Evadirse del aula y la I.E. en horas de clase.
b) Quedarse fuera del aula después del recreo, será considerado como
evasión.
c) Hacer inscripciones en paredes y otros enseres de la institución.
d) Expresarse con palabras soeces delante de compañeros (as) y
profesores.
e) Tomar el nombre de la institución en beneficio propio o de su grupo.
f) Fomentar actividades políticas, partidarias dentro de la institución.
g) Valerse de recomendaciones o hacer obsequios y/o pagos al personal de
la institución.
h) Firmar a favor o en contra del personal docente y/o administrativo.
i) Faltar injustificadamente
j) Alterar el uniforme único y de educación física en forma y color.
k) Llamar por apodos a sus compañeros y personal de la institución.
l) Portar objetos de valor alhajas, relojes, celulares, radios, MP3, MP4 y
otros. La primera vez serán decomisados y devueltos a los padres de
familia, la segunda vez serán decomisados y rifados a fin de año para
ingresos de la institución.
m) Realizar ventas y compras de cosmetología, maquillaje o artículos de
fantasía y otros en la institución.
n) Llevar el uniforme en lugares inapropiados
o) Alterar las notas en las tarjetas de información, falsificar la firma de los
PP.FF
p) Ingresar en estado etílico a la institución.
q) Asistir a bares, discotecas, billares y otros lugares en su condición de
alumnos (as)
Art. 84.- Sanciones a los estudiantes:
Las sanciones se aplicaran a los estudiantes por el incumplimiento de
sus deberes, mal comportamiento o a los que hagan caso omiso al
presente reglamento.
a) Preventivas
1. Recomendaciones verbales y escritas de parte de los Auxiliares y
tutores en casos leves.
2. En caso de falta grave y de reincidencia o falta grave serán
derivados a la coordinación de Tutoría, para la sanción
correspondiente.
3. Citación al padre o apoderado de parte del asesor de Tutoría para
tomar acuerdos sobre la situación del estudiante.
4. Derivar según sea el caso para el apoyo de especialistas
DEMUNA, MIMDES, MINSA, DESNA.
b) Determinantes
1. Descuento sobre el puntaje mensual de notas de comportamiento
de acuerdo a la tarjeta de convivencia
2. Por promover y participar en peleas dentro y fuera de la
institución: suspender el ingreso a la Institución por 3 a 5 días y
definitivo según sea el caso con la opinión de CONEI, Comité de
Tutoría y DESNA.
3. Falta de respeto verbal y físico a sus compañeros y/o personal de
la Institución.
4. Deteriorar el mobiliario y la infraestructura de la
institución(inscripciones en paredes, muebles y otros)
5. Por sustraer bienes, dinero y otros de sus compañeros y el
personal de la institución
6. Por haber sido suspendido dos veces anteriormente.
7. Por incumplir con sus funciones en los cargos asignados
8. Por ingresar bebidas alcohólicas y otras sustancias.
9. Por tener matrícula condicional. Como en el caso:
Que los padres tengan un compromiso firmado para el cambio
de comportamiento de sus hijos.
Estudiantes que repiten por tercera vez.
Art. 85.- Las sanciones o separación de la institución por faltas graves y/o suma
gravedad, se aplican en casos que comprometan la salud física, seguridad,
integridad moral de los educandos y personal que labora en la institución.
CAPITULO IV
DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES
Art. 86.- La Institución Educativa “Amadeo Gadea Landavery” establece sus
relaciones y coordinaciones con el Ministerio de Educación a través de la
UGEL-Hy y la dirección Regional de Educación.
Art. 87.- Asociación de Padres de familia. (APAFA) es una organización de
participación que tiene los siguientes:
Objetivos:
a) Canalizar las inquietudes de sus miembros con respecto a la marcha
institucional.
b) Apoyar a la dirección en la atención de necesidades que requiera.
c) Apoyar a los padres en circunstancias que requieran de acuerdo a ley.
Art. 88.- Derechos de los Padres, Tutores y Curadores:
a) Ser atendidos personalmente por las autoridades de la institución.
b) Recibir información sobre los avances de sus hijos y/o tutorados.
c) Denunciar ante la autoridad competente los casos de maltrato, abuso,
discriminación, irresponsabilidad, negligencia que se dieran en la
institución.
d) Presentar reclamos debidamente justificados.
e) Organizarse bajo una asociación que los represente.
f) Elegir y ser elegidos en los cargos de APAFA y CONEI.
g) Tener voz y voto en sesiones y asambleas.
Art. 89.- Deberes de los Padres, Tutores y Curadores
a) Apoyar el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos (as).
b) Informarse periódicamente sobre el aspecto académico y conductual del
hijo.
c) Asistir a las reuniones convocadas por la institución.
d) Participar en las actividades que programen los tutores y la institución.
e) Asumir la responsabilidad por el deterioro de la infraestructura
educativa que cause su hijo (a) y/o pupilo (a).
f) Promover entre ellos la toma de conciencia, para que actúen como
primeros educadores de sus hijos y colaboren en su formación integral.
g) Contribuir al mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la
institución, así como de otras necesidades básicas para optimizar el
servicio educativo.
h) Respetar el nombre de la institución evitando el trato inadecuado de los
asuntos institucionales.
i) Respetar y acatar las disposiciones del Reglamento Interno y de la
Dirección para la buena marcha institucional.
Art. 90.- Comité de Aula. Es un órgano de participación: constituido por Presidente,
un Secretario, un tesorero adicionalmente un vocal. Son elegidos en reunión
de Padres de familia, convocada por el asesor o el profesor de aula,
presentando el informe a la Dirección. Sus funciones son:
a) Apoyar a solicitud de los tutores o asesores en las actividades culturales,
deportivas, cívicas que se realicen en la institución.
b) Trabajar coordinadamente con la Dirección y la APAFA.
c) Presentar un informe semestral de las actividades realizadas.
CAPITULO V
ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS
Art. 91.- Administración de los Recursos
a) La administración de los ingresos económicos es de responsabilidad del
Director y del Comité de Gestión de Recursos Propios de la Institución
Educativa.
b) Los ingresos de los padres de familia por concepto de matrícula serán
administrados por la APAFA en coordinación con el Director.
c) Ingresos propios: se obtienen a través de la expedición de diversos
documentos por parte de la Dirección y el Comité de Producción.
d) Tesoro Público: fuente de ingreso con el que cuenta la institución
proveniente del Ministerio de Educación.
e) El Comité de recursos propios informa Trimestralmente ante el CONEI,
el manejo de los recursos.
Art. 92.- Los recursos propios de la institución son gestionados por el Comité de
Gestión de Recursos Propios de acuerdo a normas legales y esta integrado
por:
a) El Director, quien lo preside y tiene voto dirimente.
b) El tesorero (a) o quien haga sus veces en la institución.
c) Dos docentes representante de los profesores de Primaria y
Secundaria.
d) Dos trabajadores administrativos (primaria y secundaria).
e) Ambos representantes son elegidos democráticamente mediante voto
directo por un año.
f) El tesorero (a) deposita estos recursos a la cuenta bancaria de la
institución.
g) Los recursos propios que genera y donaciones que reciba la institución
se destinara a mejorar la calidad de servicio educativo, que incluye,
entre otros la adquisición de material educativo y el mantenimiento de
la infraestructura.
CAPITULO VI
CONSEJO ECUCATIVO INSTITUCIONAL
(CONEI)
Art. 93.- Conformación: Es un órgano de participación, concertación y vigilancia
de la institución que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión
educativa de calidad. Es presidido por el director e integrado por
subdirectores, representante de los docentes, estudiantes, administrativos,
ex-alumnos y padres de familia
Art. 94.- Funciones del Consejo Educativo Institucional (CONEI).
a) Participar en la formulación, ejecución, supervisión, y evaluación del
PEI, RI, PAT, PCIE y demás instrumentos de gestión de la institución.
b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y
permanencia del personal docente y administrativo de la institución de
acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de
Educación.
c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la
institución educativa.
d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad,
gratuidad, equidad y calidad en las instituciones educativas públicas.
e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución y aquellos
que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de
APAFA, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan
Anual de Trabajo.
f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas
efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del
personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje
requerido para los diferentes niveles y modalidades.
g) Cooperar con el COPALE de su circunscripción.
h) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando
soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen
delito
i) Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo
de las actividades Técnico-Pedagógico y administrativo.
j) Emitir los informes que establece el presente reglamento.
k) Sancionar en última instancia los casos de indisciplina grave cometida
por los alumnos, previo informe de las instancias responsables.
l) Realizar sus reuniones ordinarias en forma quincenal y extraordinaria
cuando los convoque el Director o el 30% de sus integrantes.
m) Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la institución y los
indicadores de desempeño laboral.
n) Cumplir las demás funciones inherentes a su cargo de acción.
CAPITULO VII
DEFENSORÍA DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE (DESNA)
Art. 95.- De la Defensoría Escolar Del Niño y Del
Adolescente
Es un servicio que al constituirse al interior de la institución educativa, tiene
por finalidad promover, defender y vigilar los derechos de los niños, niñas y
adolescentes y colaborar en la solución de conflictos de carácter familiar y
escolar. Es gratuito y voluntario y su funcionamiento en las instituciones
educativas exige el cumplimiento de requisitos básicos.
CONSTITUCIÓN AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA.
El Director, como máxima autoridad y atendiendo a los criterios de
necesidad institucional y sostenibilidad del servicio, podrá promover la
constitución de la DESNA al interior de la institución educativa y su
inserción en el PEI. Asimismo expedirá una Resolución Directoral y
garantizará la conformación de los integrantes y otros aspectos.
Las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente, tienen las siguientes
funciones:
a) Defender y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
b) Promover acciones de difusión de los derechos y deberes de los niños,
niñas y Adolescentes.
c) Fortalecer la práctica de la convivencia y disciplina escolar democrática.
d) Conocer la situación social de los estudiantes con mayor vulnerabilidad
de deserción escolar.
e) Denunciar ante las autoridades correspondientes al conocer casos de
niños, niñas y adolescentes que son víctimas de maltrato físico o
psicológico, acoso, abuso y violencia sexual.
CAPITULO VIII
DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y
RECREACIONES
Art. 96.- Los servicios de bienestar social y recreacional de la institución está a cargo
de la Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar; con el
apoyo de personal auxiliar de educación, tutores, asesores quienes tienen
las obligación de brindar el servicio de apoyo social y recreacional a los
alumnos que requieran del servicio, sin discriminación alguna.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES COPLEMENTARIAS
PRIMERA El Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública
“Amadeo Gadea Landavery” de Huaripampa es aprobado por el
Director mediante Resolución Directoral y entra en vigencia al día siguiente
de su aprobación.
SEGUNDA Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán
resueltos por el Director, Coordinación de TOE y CONEI.; registrando los
hechos en documento aparte, a fin de ser incluidos al momento de su
actualización.
TERCERA En los meses de Julio y Diciembre se evaluará la
aplicabilidad del Reglamento Interno; en base a la evaluación de los objetivos
institucionales y cumplimiento de funciones del personal directivo, docente,
auxiliar y administrativo. Las modificaciones totales o parciales se harán
previo análisis y aprobación del Director y el CONEI.

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Ri. 2015 llacshu

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 86523 “SAN MIGUEL ARCANGEL” LLACSHU REGLAMENTO INTERNO CARAZ - HUAYLAS - ANCASH 2015
  • 2. INTRODUCCIÓN El presente Reglamento de la Institución Educativa Pública N° 86523 “San Miguel Arcángel”, norma la política educativa y contiene aspectos vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas; así mismo, norma las funciones, deberes, derechos y prohibiciones del Personal Directivo, Docente, Administrativo, Estudiantes y padres de familia. Este documento contiene básicamente disposiciones que orientan al personal de la institución a conocer sus responsabilidades y derechos con la finalidad de lograr su participación activa en las tareas educativas y según las leyes y disposiciones vigentes del sector educación. Cumplir y hacer cumplir el presente documento es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa para garantizar la calidad educativa que los tiempos de hoy exigen y lograr mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos y para la buena marcha institucional.
  • 3. REGLAMENTO INTERNO 2015 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS. Art. 1.- La Institución Educativa N° 86523 “San Miguel Arcángel”, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia del sistema educativo descentralizado, es parte de la Dirección Regional de Educación de Ancash y la Unidad de Gestión Educativa Local de Huaylas. Se halla en el Centro Poblado de Llacshu, Distrito de Caraz, Provincia de Huaylas; ubicado en la carretera Caraz-Llacshu. Art. 2.- La Institución Educativa “San Miguel Arcángel,” brinda oportunidades de aprendizaje que permite a los estudiantes adquirir conocimientos científico- humanísticos y tecnológicos, estimulando el desarrollo de capacidades para comprender, analizar, explicar y evaluar el medio natural, cultural y social en los ámbitos local, regional y nacional. También se cultiva la práctica de valores en ambos niveles, orientada a la búsqueda del bienestar personal de los estudiantes, al final del año se certifica el logro de los estudiantes de acuerdo a las normas oficiales del sector. CAPITULO II DEL CONTENIDO, BASES LEGALES Y ALCANCES. Art. 3.- El Reglamento es el instrumento técnico legal que tiene por finalidad orientar al personal Directivo, Docente, Administrativo, de servicios, padres de familia y estudiantes en general, sobre las funciones, deberes, derechos y prohibiciones para la buena marcha institucional.
  • 4. Art. 4.- Su normatividad tiene en cuenta tanto la Constitución Política como la Legislación Educativa Peruana, particularmente el Código del Niño y del Adolescente y el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002 – 2010. Art. 5.- Las Bases Legales que sustentan el Reglamento Interno son las siguientes: a) Constitución Política del Perú. b) Ley General de Educación N° 28044 y sus modificatorias las Leyes Números 28123, 28324 y 28329. c) Ley de Reforma Magisterial N° 29944. d) Ley N° 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510 y el D.S Nº 006-2006-ED e) D.S. Nº 050-52-ED, Reglamento de Supervisión Educativa. f) Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. g) Reglamento de la Ley General de Educación D.S. 011-2012-ED. h) La Resolución Ministerial N° 0574–94–ED Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del personal del Ministerio de Educación. i) Ley Nº 28628- APAFA y Reglamento D.S. Nº 004-2006-ED. j) Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. k) D.S. 049-98/PCM. Ley de Simplificación Administrativa y su Reglamento. l) RM N° 0405-2007-ED que aprueba los lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual de los estudiantes. m) R.M N° 0556-2014-E.D. que aprueba la Directiva N° 013-2014 MINEDU/VMGP “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar en la Educación Básica”. n) R.S.G. Nº 2378-2014-ED,Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de horas pedagógicas en las II.EE. o) D.S. Nº 008-2006-ED. Lineamientos para el requerimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente. p) Ley N° 26636, Ley Procesal del Trabajo. q) Ley N° 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública. r) Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del hostigamiento Sexual.
  • 5. s) Directiva N° 006-2009-ME/SG Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector educación. Art. 6.- Los alcances del reglamento es para todos los Agentes Educativos. Art. 7.- El Reglamento Interno tiene vigencia de un año, debiendo revisarse y actualizarse el próximo año. CAPITULO III VISION, MISION Art. 8.- VISION: La Institución Educativa Nº 86523 “San Miguel Arcángel” atiende a estudiantes de educación primaria y secundaria de menores en EBR que promoverá hasta el año 2019 una educación a la comunidad basada en valores y acorde al avance tecnológico para mejorar el proceso de interaprendizaje y lograr que el educando sea creativo, innovador e investigador para afrontar nuevos desafíos y ser competitivos en el mercado laboral. Formando futuros ciudadanos líderes, justos, democráticos, reflexivos y críticos, con aspiraciones de superación y capaces de buscar alternativas de solución, donde los padres sean responsables y comprometidos con la educación de sus hijos. Aplicando la educación intercultural bilingüe se atenderá la diversidad cultural, étnica y lingüística a partir de la cultura local, promoviendo el respeto y el cuidado del medio ambiente, con autonomía y responsabilidad. Art. 9.- MISION: La Institución Educativa Nº 86523 “San Miguel Arcángel” tiene como misión brindar un servicio de calidad, basada en valores e impulsando un aprendizaje acorde a las propuestas de la educación actual, en un clima de armonía y democracia. Ser una institución pública líder, con docentes y estudiantes competitivos con dimensiones humanísticas, científicas y tecnológicas, promoviendo una cultura productiva e intercultural y respeto al medio ambiente. Desarrollar en los estudiantes capacidades de innovación, creatividad y emprendedores con eficiencia gerencial a través de la investigación y producción, generando trabajo para solucionar problemas de la región e integrarse al medio competitivo laboral. TITULO II
  • 6. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA I.E CAPITULO I FINES, SERVICIOS, OBJETIVOS Y ESTRUCTURA ORGANICA Art. 10.- La finalidad del Reglamento es establecer, las normas específicas conforme a las cuales debe desenvolverse la vida institucional, para alcanzar los objetivos trazados en el Plan Anual de la Institución en coordinación con los miembros que los integran. Art. 11.- Establecer las normas internas para el mejor funcionamiento Administrativo, Técnico Pedagógico y de Proyección Comunal dentro de un servicio dinámico y participativo. Art. 12.- Es objetivo de toda la comunidad educativa es la Formación Integral del educando con la participación activa de sus integrantes, fomentando el conocimiento y la práctica de valores fundamentales, orientada hacia una educación para la vida. Art. 13 Estructura orgánica: está de acuerdo a los principios de la administración educativa: ÓRGANO DE DIRECCIÓN: a) Director ORGANO DE FORMACIÓN GENERAL. a) Profesores de Aula. b) Profesores por Hora. c) Auxiliar de Educación. d) Personal Administrativo. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN. a) Dirección. b) Concejo Educativo Institucional. – CONEI. c) Concejo Académico. d) Asociación de Padres de Familia. e) Comités de Aula de Padres de Familia
  • 7. f) Comité de Tutoría – Convivencia y Disciplina Escolar g) Fiscales escolares. h) Municipio Escolar. i) PREVAED j) DESNA CAPITULO II FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION Art. 14.- FUNCIONES DEL DIRECTOR 1. Representar legalmente a la institución. 2. Es responsable de la gestión pedagógica, institucional y administrativa. 3. Liderar y mantener una comunicación asertiva con la comunidad educativa de acuerdo a la normatividad vigente. 4. Formular, coordinar, ejecutar, dirigir y evaluar con los instrumentos de gestión del sistema educativo de la institución, con participación del Consejo Educativo Institucional y la colaboración de los padres de familia. 5. Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen trato a los estudiantes (psicológico y físico) dentro y fuera del plantel, así como de todo el personal para mantener un buen clima institucional. 6. Dirigir, organizar, asesorar, monitorear y evaluar la labor del personal de la institución conjuntamente con representantes del CONEI y el Comité de Monitoreo. 7. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de cursos, postergación de evaluación de asignaturas, aplicación de pruebas de ubicación y pruebas de evaluación. 8. Expedir certificados y otros documentos de carácter administrativo y Técnico – Pedagógico de su competencia; presidir las reuniones Administrativas, Técnico – Pedagógicas y otros relacionados con los fines de la institución.
  • 8. 9. Elaborar los documentos de gestión pedagógica, administrativa e institucional conjuntamente con las comisiones de trabajo. 10. Participar en la distribución de Cuadro Horas y el Horario de clases, jornadas y formas de turno de trabajo del personal docente y administrativo. La Directora Preside la Comisión del Cuadro de Horas. 11. Controlar la asistencia, puntualidad del personal docente y disponer el reemplazo de los ausentes con el personal disponible. 12. Prever, organizar, dirigir y monitorear los procesos de evaluación de recuperación, complementación, subsanación y revalidación, de conformidad con las normas vigentes. 13. Informar oportunamente a los docentes sobre los alumnos retirados, trasladados y exonerados. 14. Programar y realizar jornadas de actualización y reflexión pedagógica según el PAT. 15. Asesorar en la diversificación, programación y elaboración de unidades y sesiones de aprendizaje. 16. Autorizar visitas de estudio de acuerdo a las normas específicas. 17. Autorizar la rectificación de nombres de los educandos de acuerdo a las normas establecidas. 18. Seleccionar al personal administrativo y docentes en función a las plazas vacantes, previa evaluación. Preside las comisiones para los contratos. 19. Otorgar permiso al personal a su cargo, por onomástico, día del maestro, Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación .y/o por el día de la administración. 20. Promover la cooperación de instituciones públicas y privadas, locales, regionales y nacionales para mejorar los servicios educativos que brinda la institución. 21. Organizar y administrar los documentos de la institución. 22. Formular el cuadro de bienes y servicios de la institución junto con el Comité de Recepción de Bienes y Servicios.
  • 9. 23. Presidir la Comisión de administración de recursos propios de la institución. 24. Autorizar el uso eventual de los ambientes y equipos del plantel para fines educativos y culturales. 25. Presidir y organizar el Comité de Tutoría. 26. Realizar el informe económico de acuerdo a las normas establecidas a todo el personal de la I.E. 27. Exonerar de algunos pagos a padres de familia de bajo recursos económicos. 28. Controlar la asistencia y permanencia del personal Docente y Administrativo. 29. Tener un trato justo y equitativo con todo el personal de la institución. 30. Otorgar estímulos, como imponer sanciones de amonestación escrita o suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones al profesor que ejerce labor en aula y personal administrativo. 31. Otorgar estímulos, permisos y/o sanciones a los estudiantes en coordinación del Comité de Tutoría. 32. Asesorar a la APAFA y coordina con el Concejo Directivo su participación en acciones a favor de la institución educativa. 33. Aprobar la nómina de matricula y las actas de evaluación bajo su responsabilidad. 34. Elaborar el informe de las horas efectivas 35. Realizar otras funciones afines al cargo. Art. 15.- Ausencia del Director. En caso de ausencia del Director es reemplazado por un docente designado por el Director previo documento, quien asumirá las funciones y tomará las decisiones que lo ameriten. Art. 16.- FUNCIONES DEL (LA) COORDINADOR (RA) DE TUTORÍA. a) Programar, organizar y monitorear las actividades de orientación y servicios de tutoría escolar.
  • 10. b) Formular y elaborar el Plan Anual de Trabajo del Área en coordinación con el Comité de Tutoría. c) Organizar y orientar al Municipio Escolar en coordinación con los tutores. d) Atender los casos “problemas” de comportamiento de los estudiantes. e) Coordinar y monitorear acciones de su Área con el (la) Auxiliar de Educación y Tutores. f) Realizar estudios de las características y necesidades del educando. g) Organizar, ejecutar y evaluar las acciones de orientación vocacional. h) Asistir a las reuniones de carácter cultural educativo que promueve el plantel o la superioridad. i) Organizar, y supervisar a la Policía Escolar, Brigadieres, Escolta, con fines de mejorar la disciplina, dentro y fuera del aula en coordinación con el (la) auxiliar de educación. j) Informar de los documentos Técnico-pedagógicos que obren en el área a su cargo a los docentes tutores. k) Coordinar con el (la) auxiliar y los docentes la asistencia, puntualidad y presentación correcta del uniforme de los estudiantes. l) Informar a la Dirección, sobre los problemas de comportamiento que atenten con la integridad física y psicológica de los estudiantes y la imagen de la institución m)Informar a los padres de familia sobre el comportamiento de sus hijos, apoyándose en las fichas de seguimiento y la agenda de convivencia escolar en coordinación con el (la) auxiliar de educación y los tutores. n) Organizar y ejecutar la Escuela de Padres en coordinación con los responsables de dicha actividad. o) Velar por el cumplimiento del rol del Calendario Cívico Escolar aprobado por la Dirección. p) Cumplir con las funciones que le asigne la Dirección. Art. 17.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AULA a) Participar en la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto Educativo Institucional ,del Reglamento Interno, PAT y otros documentos b) Presentar los documentos técnico-pedagógicos al inicio del año escolar y en las fechas determinadas. c) Respetar la dignidad y valorar la interculturalidad de toda la comunidad educativa. d) Organizar y ambientar el aula y/o preparar el material educativo con el apoyo de los estudiantes.
  • 11. e) Mantener actualizado la documentación pedagógica y administrativa a su cargo. f) Participar en las jornadas de reflexión y día del logro y eventos programados por la institución educativa. g) Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación en servicios que se desarrollen en instituciones o redes educativas, UGELs, DRE y otros h) Solicitar autorización para cualquier reunión a la Dirección por lo menos con un día de anticipación. i) Asistir a todas las actividades que organice y participe nuestra institución educativa. j) Atender a los padres de familia en horas de recreo o salida. k) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y de comportamiento de los hijos e hijas. l) Velar y cooperar en las acciones del mantenimiento y conservación de los bienes del plantel. m) Cumplir con el turno de la semana en la institución y colaborar con el docente de turno en la formación, orden y disciplina de los estudiantes a su cargo y de la institución. n) Atender a los estudiantes y velar por su integridad física y moral durante el receso y el tiempo que permanezca en la institución. o) Hacer participar a los estudiantes en las actividades permanentes, calendario cívico escolar, y otras actividades sin distinción. p) Cumplir con el calendario cívico escolar disertando en las fechas designadas. q) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas activas, participando en eventos de actualización y capacitación, debiendo efectuar en la brevedad posible el efecto multiplicador. r) Asistir obligatoria y puntualmente a las reuniones que programe la dirección, participando con el aporte de ideas, sugerencias y alternativas de solución, que coadyuven al logro de los objetivos. Además deberá permanecer hasta el final de las reuniones.
  • 12. s) Participar en el izamiento del Pabellón Nacional los días lunes y viernes debidamente uniformados. Línea de Autoridad: Depende directamente del Director. - Cumplir con el cronograma establecido para el desarrollo del programa curricular. - Cumplir con la jornada laboral en que se desempeña. - Asistir puntualmente a las labores académicas encomendadas. - Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. - Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. - Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. Art. 18.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE AREA a) Participar en la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno y Plan de Trabajo Anual. b) Coordinar con los docentes de grado y/o área. para la elaboración del DCD, Programación curricular, Unidades. c) Elaborar y portar la carpeta pedagógica con la documentación correspondiente al grado y secciones a su cargo. d) Evaluar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las últimas normas vigentes. e) Participar en las jornadas de reflexión y día del logro y eventos programados por la institución educativa. f) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas activas, participando en eventos de actualización y capacitación, realizando el efecto multiplicador en cuanto termine el evento. g) Participar, cuando sean seleccionados en las actividades de formación en servicios que se desarrollen en instituciones o redes educativas, UGELs, DRE y otros h) Integrar comisiones de trabajo, siendo responsable de su organización, ejecución y presentación del informe de evaluación correspondiente.
  • 13. i) Asistir a todas las actividades que organice y participe nuestra institución educativa. j) Participar en el orden y disciplina de los estudiantes dentro y fuera del aula y/o institución, exigiendo el cumplimiento del reglamento interno y demás normas que se imparten. k) Organizar y ambientar el aula y/o preparar el material educativo con el apoyo de los estudiantes. l) Colaborar en la conservación de los bienes de la institución educativa, especialmente el mobiliario e infraestructura. m) Diserta las charlas a su cargo de cuerdo al calendario cívico escolar. n) Asistir obligatoria y puntualmente a las reuniones que programe la dirección participando con el aporte de ideas constructivas, sugerencias y alternativas de solución, que coadyuven al logro de los objetivos. Además deberá permanecer hasta el final de las reuniones. o) Participar en forma obligatoria en el izamiento del Pabellón y entonar el himno nacional los días lunes, viernes y otros eventos que se programe debidamente uniformado. p) Asumir obligatoriamente la asesoría de una sección donde es elegido (a) o designado (a). q) Asumir con responsabilidad la hora de tutoría en las secciones a su cargo. r) Cumplir con el turno de la semana en la institución y colaborar con el docente de turno en la formación, orden y disciplina de los estudiantes a su cargo y de la institución. Línea de Autoridad: Depende directamente del Director. Art. 19.- FUNCIONES DEL COORDINADOR (A) DEL CRT a. Proponer a la dirección de la institución, los planes de trabajo de incorporación de las TIC en las labores educativas. b. Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo. c. Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las TIC. d. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. a través de convenios.
  • 14. e. Supervisar la instalación de software y la configuración de los equipos informáticos y de comunicación. f. Mantener actualizado los programas emitidos del MINEDU a través de DIGETE. g. Reportar el estado de los recursos TIC del aula virtual a su cargo. h. Mantener actualizado el inventario de los recursos TIC del aula virtual a su cargo. i. Programar en coordinación con la Dirección y los docentes, el horario de uso del aula virtual. j. Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece DIGETE, en la práctica docente. k. Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través de los recursos TIC. l. Informar de las actividades desarrolladas a la dirección. m. Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipos y acervo documental del área a su cargo, así como mantener actualizado el inventario correspondiente. n. Realizar otras funciones que se le asigne, inherentes a su cargo. o. Recepcionará una copia de las sesiones de aprendizaje de los docentes que hagan uso del aula virtual. Línea de Autoridad: Depende directamente de la Dirección de la Institución. Art. 20.- FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN: a) Orientar la formación integral de los estudiantes. b) Mantener actualizado el registro de asistencia y control de los educandos y emitir los informes correspondientes. c) Sellar, firmar e informar la conducta del estudiante en su agenda de control. d) Asistir con ropa formal todos los días. e) Atender, en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de sus hijos. f) Controlar e informar al Coordinador de Tutoría, respecto al ausentismo, comportamiento y rendimiento de los alumnos y preparar una relación de los “casos problemas” para su atención correspondiente. g) Orientar, incentivar y apoyar a los estudiantes para mantener el aseo del aula, la conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo y otros. h) Dar charlas a los alumnos sobre la Constitución Política del Perú, Educación Cívica, Normas de Urbanidad, charlas contra el consumo de alcohol, drogas y otros en horas libres por ausencia del profesor.
  • 15. i) Llevar y/o transportar a los alumnos que requieran atención médica, en situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes en el plantel o fuera de él, siempre y cuando se trate de actividades programadas y aprobadas por la Dirección. j) Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín del plantel, procurando que tenga la medicina y los implementos necesarios e imprescindibles. k) Registrar con equidad y veracidad las tardanzas e inasistencias del personal docente correspondientes a la asistencia diaria al dictado de clases en forma personal informando a la Dirección de manera escrita. l) Tiene una jornada laboral de 06 horas cronológicas diarias. m) El (la) Auxiliar de Educación prestará su apoyo en la realización o cumplimiento de actividades cívico-patriótico, que se organizan; domingos y feriados, teniendo derecho a un estímulo de la Dirección. n) Entregar y recabar las libretas de notas de las secciones a su cargo bimestral y anualmente, bajo su entera responsabilidad en coordinación con los tutores. o) Asistir a las reuniones de Comité de aula y otros que convoque la Dirección. p) Mantener un clima de cooperación y amistad con los docentes, padres de familia, compañeros de trabajo y estudiantes. q) Llevar un fólder anecdotario personal de los estudiantes. r) No abandonar la institución educativa durante las horas de trabajo. s) Atender todos los desajustes conductuales de los estudiantes en el aula, horas libres, recreo y en ausencia del docente. t) Vigilar que los alumnos no deambulen por el local de la institución durante las horas de clases. u) Fomentar hábitos de disciplina y la práctica de valores. v) Calificar la nota de comportamiento en coordinación con el tutor de la sección y teniendo como base la agenda de convivencia escolar. w) El (la) Auxiliar de Educación no podrán ejercer su labor de asesor en ninguno de los grados del nivel secundario de menores. x) Cumple con las demás funciones afines. Línea de Autoridad:
  • 16. Depende directamente del Coordinador (a) de Tutoría. Art. 21.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES TUTORES  Realizar el seguimiento del proceso educativo para fortalecer el desarrollo integral de los estudiantes.  Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de tutoría.  Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada estudiante.  Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar.  Facilitar el descubrimiento y desarrollo de las potencialidades, habilidades y destrezas de los estudiantes.  Conocer las aptitudes, habilidades, intereses y motivaciones de cada estudiante para ayudarlo en la toma de decisiones sobre su futuro vocacional.  Promover la adquisición de estilos de vida saludable en los estudiantes.  Promover en el estudiante el valor de su cultura y reflexione sobre temas de actualidad.  Contribuir al establecimiento de relaciones democráticas y armónicas, en el marco del respeto a las normas de convivencia.  Detectar e intervenir en las problemáticas grupales o individuales que puedan surgir en el aula.  Coordinar con el (la) encargada del Coordinador de Tutoría para derivar los casos a los especialistas si lo hubiera.  Intervenir en caso que los derechos de los estudiantes sean vulnerados.  Crear un ambiente de confianza y de respeto mutuo.  Escuchar las opiniones de todos los estudiantes y hacerles sentir que sus intervenciones son siempre importantes. Estar atento para responder a situaciones imprevistas.  Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas con los padres y madres para que faciliten la interrelación entre la institución y las familias.  Comprometer a los padres y madres en actividades de apoyo del aprendizaje y orientación de sus hijos.
  • 17.  Establecer los acuerdos de convivencia con los alumnos.  Participa en la entrega de libreta de notas en coordinación con lo auxiliares y aprovechar la oportunidad para informar, orientar y conversar con los padres de familia sobre el rendimiento académico, el comportamiento de los estudiantes. Línea de Autoridad: Depende directamente del Coordinador (a) de Tutoría y el Director. Art. 23.- FUNCIONES DE LOS ASESORES – NIVEL SECUNDARIA a) Conformar el Comité de Aula de padres de familia y estudiantes en la sección a su cargo. b) Orientar a los estudiantes en el proceso de aprendizaje en forma integral. c) Informar a los padres de familia trimestralmente sobre el resultado académico y de comportamiento de los estudiantes en coordinación con el Tutor (a) y el (la) Auxiliar de Educación. d) Elaborar una ficha personal de los alumnos (as) para mejorar la atención integral de los estudiantes. e) Propiciar la integración de todos los estudiantes en las actividades promocionales. f) Promover que los viajes de promoción se realicen con la participación del 50% más uno de los integrantes. g) Organizar la bienvenida a los estudiantes del Primer grado de secundaria (Cachimbo) dentro de un marco de respeto, estableciéndose como fecha límite fines del mes abril. h) Del monto total recaudado en las actividades promociónales, los integrantes están obligados a dejar un presente a la institución cuya entrega será pública. Puede ser en forma conjunta. Art. 24.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO a) Realizar actividades de vigilancia en el plantel y sector asignado. b) Es responsable en la instalación y recojo del equipo de sonido los días que se realiza la formación y en las demás actividades que organice la institución.
  • 18. c) El servidor de turno en la puerta principal es responsable de la salida de los estudiantes y personal, además del ingreso de personas ajenas a la institución. d) Mantener limpio los servicios higiénicos, pasadizos, acequias, cunetas, las aulas, a cargo durante las horas de labor; así mismo realizará reparaciones de mobiliarios, infraestructura, jardinería y otros que beneficia al plantel. e) Realizar trabajos de conserjería, almacenamiento, embalaje y distribución de materiales. f) Es responsable de la buena presentación de la infraestructura y seguridad física y patrimonial, asumiendo las pérdidas y robos durante su turno. g) Organizar el inventario del mobiliario y enseres de su sector, el cuidado y conservación, bajo responsabilidad hacer entrega de los mismos al servidor del siguiente turno para salvar responsabilidades. h) Practicar lealtad y respeto a sus colegas, a las autoridades, docentes, administrativos, padres de familia y estudiantes en general. i) Entregar a las autoridades de la institución todo objeto encontrado dentro o fuera de las aulas, para su devolución a los propietarios. j) Cumplir su labor dentro del turno y el sector asignado, responsabilizándose de las irregularidades que se produzcan. k) Realizar limpieza de la parte externa de la IE. l) No intervenir en labores que no es de su competencia ni usurpar funciones. m) Laborar durante su horario de trabajo sin abandonar el sector a su cargo. n) Realizar limpieza de las aulas y sectores asignados. o) Impedir el ingreso de personas ajenas a la I. E., salvo con la autorización de la Dirección. p) Cumplir con las demás acciones que le asignen. Línea de Autoridad: Depende directamente la Dirección. Art. 25.- FUNCIONES GENERALES DEL PERSONAL DE GUARDIANÍA. - Cumplir su jornada laboral de 40 horas y tiene un horario de trabajo permanente, incluido los días sábados, domingos y feriados. - Controlar los bienes, enseres, muebles, otros que salen de la I. E., que cuenten con la autorización del Director.
  • 19. - Velar por el mantenimiento, conservación y seguridad de los muebles y enseres de la institución. - Realizar limpieza de los ambientes de la I.E. interior y exterior y otros según lo requiera la institución. - Participar en las actividades que realiza la institución. - Mantener el buen estado de las puertas y cerraduras de acceso al plantel. - Llevar un inventario de su área de trabajo. - Tiene derecho a un mes de vacaciones al año. - El personal de guardianía depende directamente del director y/o subdirector. - Otras funciones inherentes a su cargo. CAPITULO III ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO Art. 26.- Planeamiento y Organización: durante el mes de diciembre del año anterior el personal directivo, docente y administrativo de la institución realiza el trabajo de planeamiento y organización, de las actividades curriculares para el siguiente año. Art. 27.- Acciones de Planeamiento y Organización: se lleva acabo en los meses de diciembre, enero y febrero; comprende las siguientes acciones: a) Proceso de matricula y ratificación de la misma a) Proceso de complementación, recuperación y subsanación b) Elaboración del Cuadro de Asignación Personal (CAP) c) Formulación del Plan Anual de Trabajo d) Elaboración de la Programación Curricular por niveles, grados y áreas e) Elaboración de nóminas de matrícula f) Entrega de horarios y cuadro de horas g) Preparación de material educativo h) Formulación del plan de actividades y el calendario cívico. i) Otros Art. 28.- En la elaboración, socialización y evaluación del Proyecto Educativo Institucional participa todo el personal de la institución educativa, lo
  • 20. aprueba el Director a través de una Resolución Directoral y lo eleva a la instancia superior correspondiente. Art. 29.- Estructurar el Plan Anual de Trabajo: según esquema y necesidades del PEI. Art. 30.- Calendarización del Año Escolar 2015, es de la siguiente manera: CALENDARIZACIÓN BIMESTRAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL AÑO ESCOLAR 2013 SEMESTRES BIMESTRES NÚMERO DE SEMANAS TOTAL DE DÍAS Y HORAS
  • 21. Art. 31.- Inicio del año escolar: la fecha de inicio así como las vacaciones lo determina la institución de acuerdo a lo establecido en las directivas y el PEI. Art. 32.- El monitoreo y acompañamiento del trabajo educativo es responsabilidad del Director y del Comité de Monitoreo. Art. 33.- El trabajo pedagógico está de acuerdo al grado de madurez de los estudiantes, propiciando el auto aprendizaje y el aprendizaje grupal, utilizando materiales y recursos del lugar para lograr los perfiles y objetivos previstos en el PEI. Art. 34 Calendario Cívico: Nº FECHA ACTIVIDAD CIVICA 01 08 de marzo Día internacional de la mujer 02 15 de marzo Día mundial de los derechos del consumidor 03 21 de marzo Día internacional para la eliminación de la discriminación racial 04 22 de marzo Día mundial del agua 05 07 de abril Día mundial de la salud 06 14 de abril Día de las américas 07 22 de abril Día mundial de la tierra I SEMESTRE I BIMESTRE DEL : 04-03-13 AL : 10-05-13 TOTAL DE DÍAS: 54 10 SEMANAS 47 DIAS 282 HORAS 55 DÍAS 330 HORAS VACACIONES DEL : 30-07-13 AL : 09-08-13 02 SEMANAS II SEMESTRE 10 SEMANAS 48 DIAS 288 HORAS 09 SEMANAS 44 DÍAS 264 HORAS 1164 HORAS EFECTIVAS DE CLASE TOTAL DE SEMANAS EFCTIVAS DE CLASE TOTAL DE DÍAS EFECTIVOS DE CLASE 194 DÍAS
  • 22. 08 23 de abril Día del idioma español 09 01 de mayo Día mundial del trabajo 10 02 de mayo Aniversario del combate del dos de mayo 11 2do Domingo mayo Día de la madre 12 18 de mayo Sacrificio heroico de Túpac Amaru II y Micaela Bastidas 13 30 de mayo Día nacional de la papa 14 31 de mayo Día de reflexión sobre la tragedia de 1970 15 05 de junio Día mundial del medio ambiente 16 07 de junio Aniversario de la batalla de Arica 17 24 de junio Día del campesino 18 3er domingo de junio Día del padre 19 26 de junio Día internacional del uso indebido de drogas 20 06 de julio Día del maestro 21 11 de julio Día mundial de la población 22 28 de julio Día de la proclamación de la independencia 23 06 de agosto Aniversario de la batalla de Junín 24 22 de agosto Día mundial del folklor 25 27 de agosto Día de la defensa nacional 26 30 de agosto Día de santa rosa de lima 27 01 de setiembre Semana de la educación vial 28 07 de setiembre Día de los derechos cívicos de la mujer 29 08 de setiembre Día internacional de la alfabetización 30 13 de setiembre Día de la familia 31 23 de setiembre Día de la primavera y la juventud 32 27 de setiembre Día mundial del turismo 33 01 de octubre Día del periodismo 34 06 de octubre Día del ilustre Ricardo palma 35 07 de octubre Aniversario de la Institución 36 08 de octubre Día del combate de Angamos Día de la educación física 37 12 de octubre Día del descubrimiento de américa 38 16 de octubre Día mundial de la alimentación Día nacional de la educación inclusiva 39 21 de octubre Día del ahorro de la energía eléctrica 40 03 de noviembre Celebración de la fiesta patronal de la IE 41 04 de noviembre Aniversario de la rebelión de Túpac Amaru II 42 2da.Semana de noviembre Semana de la vida animal 43 10 de noviembre Día del libro - día de la biblioteca escolar 44 20 de noviembre Día mundial de la declaración de los derechos universales del niño 45 01 de diciembre Día mundial de lucha contra el sida 46 09 de diciembre Aniversario de la batalla de Ayacucho 47 10 de diciembre Día de la declaración universal de los derechos humanos 48 23 de diciembre Navidad CAPITULO IV ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
  • 23. Art. 35.- Archivo de la Institución Educativa: la organización del archivo de la institución es responsabilidad del Director, los documentos están clasificados y conservados por el personal administrativo. Art. 36.- Documentos Oficiales de la Institución:  Constitución Política.  Ley General de Educación y sus Reglamentos.  PEI  Plan Anual de Trabajo.  Informes anuales.  Fichas y documentos de monitoreo.  Fichas personales de los trabajadores.  Registro de asistencia del Personal.  Estadísticas.  Libros de acta.  Inventario de bienes.  Fichas y nóminas de matrícula.  Actas de evaluación.  Certificados de estudio.  Sistema SIAGE actualizado.  Otros de carácter oficial. Art. 37.- Inventario de Bienes: es la relación detallada de los bienes. El uso y actualización es responsabilidad del Director. Art. 38.- Uso de los Bienes: Todo el personal esta autorizado para el uso de los equipos, herramientas y otros firmando el cargo y descargo. Art. 39.- Conservación de los Bienes: la conservación de los bienes e infraestructura es responsabilidad de todo el personal .En caso de perdida o deterioro el responsable el personal de turno y el guardián. Art. 40.- Comisión de altas y bajas: Al final del año se levantara el inventario de altas y bajas. Art. 41.- Abastecimiento: El Director es el responsable del abastecimiento de bienes y servicios. Art. 42.- Distribución de ambientes: de acuerdo a las necesidades.
  • 24. Art. 43.- Control del Personal: El control del personal es responsabilidad del Director y lo realiza permanentemente con la finalidad de mejorar los servicios que brinda la institución. TITULO III GESTION PEDAGOGICA CAPITULO I DEL REGIMEN ACADEMICO Art. 44.- Niveles Educativos: La institución educativa “San Miguel Arcángel”, tiene dos niveles educativos: Educación Primaria y Educación Secundaria en la modalidad de menores en el turno diurno. Art. 45.- Educación Primaria: El nivel comprende tres ciclos y seis grados de estudio. Art. 46.- Educación Secundaria: El nivel comprende dos ciclos y cinco grados de estudio y recibe adolescentes hasta 15 años de edad, al primer grado de educación secundaria. Art. 47.- Programación Curricular: La programación curricular esta en base a la Estructura del DCN, DCD y al PCIE de la institución; el director y los docentes proponen los esquemas para unificar criterios, buscando el logro de los objetivos propuestos, contribuyendo al desarrollo integral de los estudiantes. Art. 48.- Plan de Estudios de Educación Primaria, El plan de estudio de los seis grados comprende las siguientes áreas: Comunicación, Matemática, Arte, Personal Social, Ciencia y Ambiente, Educación Física y Educación Religiosa. Art. 49.- Plan de Estudios de Educación Secundaria: El plan de estudio de los cinco grados comprende las siguientes áreas: Comunicación, Matemática, Formación Cívica y Ciudadana, Inglés, Arte, Educación Física, Historia, Geografía y Economía, Educación Religiosa, Ciencia tecnología y Ambiente y Educación Para el Trabajo.
  • 25. Art. 50.- De la Evaluación: Es permanente, flexible e integral que permite obtener información de los aprendizajes, necesidades y reflexión para emitir juicios de valor. Art. 51.- Evaluación del Comportamiento: La evaluación del comportamiento es cualitativa. Los criterios de evaluación serán teniendo en cuenta la Agenda de Convivencia Escolar de la Institución y en coordinación con los tutores y el (la) Auxiliar de Educación. Art. 52.- Conocimiento del proceso de aprendizaje (evaluación): Los estudiantes y padres de familia serán informados de los resultados del proceso de aprendizaje y de su comportamiento al término de cada bimestre y al final del año escolar. Art. 53.- Promoción de los estudiantes: La situación de los alumnos al término del año lectivo es la siguiente: Son promovidos, requieren recuperación o repiten el grado. Art. 54.- Inasistencia de los Estudiantes: repiten el grado los estudiantes que hubieran registrado hasta el 30% de inasistencias injustificadas en más de cuatro áreas. Art. 55.- Repiten el grado: Los estudiantes que al final del año hayan desaprobado cuatro áreas y los que al final tengan tres áreas desaprobadas más el de subsanación sin aprobar por que es acumulativo. Art. 56.- Evaluación de Recuperación: Para los estudiantes del 5to. grado los exámenes de recuperación y subsanación se lleva a cabo en el mes enero. Art. 67.- Adelanto y Postergación de Exámenes, realiza a través de Resolución Directoral Institucional de Autorización, emanado por la Dirección. Art. 58.- Certificación: Al terminar los estudios de Educación Primaria y Secundaria, el estudiante obtendrá un ejemplar de certificado de estudio en forma gratuita. CAPITULO II DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO Art. 59.- Son requisitos para el ingreso a: Educación Primaria de Menores  Tener 6 años cumplidos al 31 de marzo del año de la matricula.
  • 26.  Partida de Nacimiento y/o DNI.  Informe del progreso del niño o niña y la Ficha Integral para los que proceden de un I.E.  Llenar la ficha del SIAGIE. Educación Secundaria de Menores Se requiere todo lo establecido de educación Básica Regular, es decir:  El ingreso del alumno a la Institución en cualquier nivel, es por el primer grado, de acuerdo a la edad establecida, los casos excepcionales se contemplan de acuerdo al reglamento respectivo.  En el proceso de matrícula y ratificación de la matrícula es responsabilidad de la Dirección quien otorga las vacantes de acuerdo a las metas de atención de la institución en el plazo programado. Art. 60.- De la Matrícula y Ratificación:  La matrícula es el acto administrativo que formaliza la escolaridad de los estudiantes, en el nivel al que ha elegido al ingresar. En Primaria y Secundaria de Menores se realiza a petición y en presencia de los padres y/o apoderados.  La matrícula se realizará por única vez al ingresar el alumno (a) al nivel correspondiente, inscribiéndose en el Registro General de la Ficha Única de Matricula, para los demás grados procede la ratificación de la matrícula.  Las Limitaciones para la ratificación de matrícula son:  Los alumnos y alumnas que desaprueben tres áreas al finalizar el año lectivo y tengan un área desaprobada de los años anteriores automáticamente permanecerán en el grado  La Dirección de la institución puede autorizar por Resolución Directoral Institucional la postergación de matricula o ratificación a petición de la parte o por razones debidamente justificadas.  Concluido el proceso de matrícula y ratificación de matrícula la Dirección formulará la elaboración de nóminas de matricula en el Nivel Primario y Secundario de Menores.  Las Nóminas deberán ser aprobadas mediante R.D.I. cuya original se elevará a la UGEL y la copia quedará en el archivo documentario. Art. 61.- De los Traslados.
  • 27.  Los traslados de estudios solo pueden fijarse hasta el término del tercer bimestre lectivo.  La institución educativa solicitará al interesado la presentación de la Constancia de vacante otorgado por la institución o programa estatal de destino a través del SIAGIE para su aprobación.  Para el traslado de matrícula a la institución Educativa se requiere además de los requisitos la ficha única de los resultados de evaluación anteriores del educando y la aprobación del traslado por la institución de origen en el SIAGIE.  Un duplicado de las respectivas fichas de matrícula se archivarán en los archivos del nivel.  Las constancias de vacancia están sujetas a metas de atención por grados y Secciones. Art. 62.- Uniforme Escolar: Los estudiantes deben asistir a la institución educativa correctamente uniformados y todos los días, porque el uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir a la institución, así como a los actos y ceremonias de carácter oficial. El uniforme es de la siguiente manera: Varones: Pantalón de color plomo (gris), camisa blanca, chompa de color azul marino, zapatos negros, medias plomas o negras. Mujeres: Falda ploma por debajo de la rodilla, blusa blanca, chompa azul marino, medias plomas largas Para las actividades de educación física y deportes de estudiantes: Buzo y casaca de color azul marino con franjas blancas, polo blanco, short y/o pantaloneta azul marino, zapatillas y medias de deporte blanco. TÍTULO IV DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA CAPÍTULO I DEL FUNCIONAMIENTO
  • 28. Art. 63.- Jornada Laboral: la jornada laboral es el tiempo de trabajo del personal docente y administrativo de la institución educativa:  Docentes de Educación primaria: 30 horas pedagógicas semanales.  Docentes de Educación Secundaria: 24 horas pedagógicas semanales  Director: 40 horas cronológicas semanales.  Auxiliar de educación: 30 horas cronológicas semanales.  Personal administrativo: 40 horas cronológicas semanales Art. 64.- Horario de trabajo: la institución desarrolla sus actividades educativas en el siguiente horario: Director: Hora de ingreso: 7:45 am Hora de salida: 3:45 pm Docentes:  Primaria: Hora de Ingreso: 08.00 am Hora de salida: 13.00 pm  Secundaria: Hora de Ingreso: 8.00 am Hora de salida: 13.30 pm Auxiliar de Educación: Hora de Ingreso: 7.45 am Hora de salida: 13.45 pm Personal Administrativo: Hora de Ingreso: 7.30 am Hora de salida: 15.30 pm La hora de ingreso para todo el personal docente de los días lunes y viernes será 15 minutos antes de la hora fijada para participar en la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional. Art. 65.- Asistencia, Permanencia, Tardanzas, Inasistencias, Descansos y Permisos: está sujeta a las disposiciones: El personal docente y administrativo registrara su asistencia diaria a la hora de entrada y salida en parte de asistencia, respetando estrictamente la hora y el orden de llegada. Art. 66.- Tardanzas a) Se considera tardanza para el Director a partir de las 7:36 a.m.
  • 29. b) Para el personal Docente que tiene la primera hora a partir de 8.06 am. c) Se considera tardanza al auxiliar de Educación a partir de 7.51 a.m. y para los docentes que tienen a partir de 2da hora, pasado un minuto de la hora establecida y así sucesivamente. d) Se considera tardanza para el personal administrativo, a partir de 7:36 a.m. Art. 67.- Inasistencias a) La no concurrencia al centro de trabajo. b) Habiendo concurrido, no desempeñar su función dentro del aula c) La omisión de registrar su ingreso o salida. d) El retiro antes de la hora de salida, sin justificación. e) Personal que habiendo acreditado su ingreso, omitiera registrar la salida, salvo que justifique dentro de las 24 horas posteriores. f) Personal que por razones de enfermedad se encuentran impedidos de concurrir a su Centro de Trabajo, están obligados a dar aviso a la dirección dentro de los tres días calendarios. Art. 68.- Permisos El Director tiene la facultad de dar permiso de acuerdo a ley. a) Todos los docentes tendrán permiso el día de su onomástico y el día del Maestro. b) Todos los administrativos tendrán permiso el día de su onomástico y día de la Administración. Art. 69.- LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACIONES: Para los docentes en los siguientes casos:  Por maternidad 90 días.  Por enfermedad.  En caso de siniestro.  Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos, hijos.  Por beca de perfeccionamiento.  Por estudios de investigación.  Por representar al Perú.  Por sustentación de tesis.  Citación expresa judicial o policial.
  • 30.  Por función edil. Para el personal administrativo en los siguientes casos:  Por maternidad 90 días.  Por enfermedad.  Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos, hijos.  Por capacitación.  Citación expresa judicial o policial.  Por función edil. El (la) auxiliar de educación goza de los mismos derechos que le personal docente. Art. 70.- LICENCIA SIN GOCE DE REMUNERACIONES: Por los siguientes casos para el personal docente:  Motivos particulares: hasta por un año.  Estudios de especialización sin intervención del M.E.: hasta por 2 años.  Desempeño de función publica por el tiempo que dure la función.  Enfermedad grave del conyugue y/o hermanos: máximo 6 meses. Para el personal administrativo:  Motivos particulares: hasta 90 días.  Capacitación no oficializada: hasta por un año.  Licencia a cuenta del periodo vacacional: - Matrimonio: hasta 30 días. - Enfermedad grave del conyugue, padres, hijos y hermanos: hasta 30 días. CAPITULO II DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO Art. 71.- DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO a) Estabilidad laboral en el servicio. b) Participar en la formulación, ejecución de, PEI, PCIE, RI, PAT así como en las demás actividades.
  • 31. c) No ser discriminado por razón de sexo, religión, opinión, idioma o condición laboral. d) Recibir del Estado y organismos descentralizados apoyo permanente para su capacitación, perfeccionamiento y/o especialización profesional. e) Gozar de permisos de acuerdo a Ley. f) Tener reconocimiento de oficio por el Estado y la Seguridad Social de tiempos de servicios, para efectos de los goces de los beneficios sociales. g) A tener reconocimiento por el Estado, la comunidad y los padres de familia por sus méritos en acciones educativas y comunales. h) La libre sindicalización. i) Contar con voz y voto en las reuniones o asambleas. j) Tener prioridad en la distribución de horas de acuerdo normas vigentes. k) Utilizar adecuadamente el local, mobiliario y materiales para el buen desempeño de sus funciones. l) Estar informado de todos los dispositivos legales que competan a la institución. Art.72.- DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE a) Desempeñar su función educativa con dignidad, lealtad e identidad. b) Orientar a los estudiantes con respeto a la libertad y cooperar con la formación integral. c) Asistir a reuniones administrativas y Técnico–Pedagógico, sin tener en cuenta el día libre y las horas libres (docentes con horas completas). d) Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, social, cívico y patriótico. e) Velar por el mantenimiento del local, instalaciones y equipos de la institución y promover su mejoramiento. f) Inhibirse a realizar actividades ajenas al proceso educativo dentro de la institución educativa. g) Presentar su carpeta pedagógica en el plazo fijado. h) Desarrollar sus clases efectivas durante todo el lapso del tiempo determinado. i) Presentar en los tiempos señalados los informes técnicos pedagógicos y de comportamiento. j) Usar adecuadamente los instrumentos de evaluación.
  • 32. k) El personal docente tiene la obligación en participar en las diferentes actividades que programe la institución, como: actividades deportivas, culturales, cívicas, sociales y pedagógicas sin tener en cuenta el día libre. l) El personal docente que no asista o abandone las reuniones que cita la Dirección serán informados como inasistencia. m) Propiciar el orden, la disciplina, honradez y la responsabilidad de los estudiantes. n) Asesorar a una sección o grado en el nivel secundario. o) Practicar la solidaridad en caso de sepelio y/o accidente hasta el segundo grado de consanguinidad con todo el personal de la institución. p) Asistir y participar en los ensayos de los desfiles cívicos e izamientos. q) Rechazar toda acción que atenta contra la dignidad personal. r) Participar en la evaluación de comportamiento de los alumnos. s) Mantener un buen clima de compañerismo y respeto entre los colegas. t) Asistir a las ceremonias oficiales programadas por las diferentes instituciones de la provincia. u) Participar activamente en el izamiento y actividades culturales los días lunes y viernes. v) Si las reuniones han sido convocados un día anterior y no asisten argumentando que es su día libre serán informados como inasistencia. w) Los profesores están obligados a asesorar una sección en los diferentes grados. Art. 73.- DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO a. Asistir puntualmente a la institución para cumplir sus funciones b. Cumplir con sus actividades de limpieza. c. Cumplir con las tareas que le han asignado. d. Salvaguardar los intereses del plantel. e. Mantener buen trato con los miembros de la comunidad educativa y público. f. Mantener limpio los ambientes de la Institución que está a su cargo, en todo momento.
  • 33. g. El personal administrativo tiene la obligación en participar en las diferentes actividades que programe la institución, como: actividades deportivas, culturales, cívicas, sociales y pedagógicas. h. Apoyar en otras necesidades afines a su cargo cuando el Director lo solicite. Art. 74.- PROHIBICIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE: a) Actuar en forma arbitraria, unipersonal para sancionar o amonestar, sin el uso de las normas legales. b) Firmar su asistencia sin haber laborado. c) Abandono laboral. d) Agresión verbal, física, moral y psicológica. e) Inducir a los colegas y alumnos en actos contra la buena marcha del plantel. f) Ingresar al plantel en estado etílico. g) Efectuar cobros a los alumnos, para aprobar el área. h) Otras acciones que atenten la imagen institucional. i) Realizar actividades económicas de índole personal dentro de las instalaciones de la institución. Art. 75.- PROHIBICIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO a) La reiterada resistencia al incumplimiento de sus funciones. b) Incurrir en actos de violencia grave, indisciplina o falta de palabra en agravio de sus colegas y/o superiores. c) La negligencia en el desempeño de sus funciones. d) Impedir el funcionamiento de los servicios higiénicos en horas de trabajo. e) La utilización y disposición de los bienes de la entidad en beneficio propio de terceros. f) La concurrencia reiterada al trabajo en estado etílico. g) El causar intencionalmente daños materiales en los locales de la institución como son: máquinas, instrumentos, documentos y demás bienes de propiedad de la institución. h) Los actos de inmoralidad.
  • 34. i) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más de cinco días no consecutivos por un periodo de 30 días calendario o mas de 15 días no consecutivos en un período de 180 días calendarios. j) Abandonar su sector y la institución en horas de trabajo k) Simular reiteradas enfermedades. l) No entregar oportunamente el inventario de su sector. Art. 76.- ESTÍMULOS AL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO a) Resolución de Felicitación de parte de la Dirección de la Institución, por una labor sobresaliente. b) Diploma de honor al mérito o pergamino por cumplir 25 y 30 años de servicio. Art. 77.- Otorgamiento de Estímulos: El otorgamiento de los estímulos señalados en el artículo anterior estarán a cargo del Director de la institución, previo informe del CONEI Art. 78.- Sanciones al personal docente y auxiliares. Sanciones por tardanzas: a) Por cinco tardanzas a más al mes:  1º VEZ amonestación escrita por el titular de la entidad  1º REINCIDENCIA, descuento de dos días.  2º REINCIDENCIA, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por diez (10) días.  Las subsiguientes reiteraciones durante el año, son sancionados previo proceso administrativo. a) Los profesores que incurran en incumplimiento de los deberes y obligaciones correspondientes a su cargo, tendrán las siguientes sanciones: 1. Amonestación Verbal. 2. Amonestación escrita. 3. Informe a la superioridad de las faltas. 4. Informe a las autoridades pertinentes, según el caso lo amerite. Art. 79.- Sanciones al personal administrativo. Sanciones por tardanzas: a) Por cinco tardanzas a más al mes:  1º VEZ, amonestación escrita por el titular de la entidad
  • 35.  1º REINCIDENCIA, descuento de dos días.  2º REINCIDENCIA, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por diez (10) días.  Las subsiguientes reiteraciones durante el año, son sancionados previo proceso administrativo Las sanciones por falta disciplinaria pueden ser: a) Amonestación verbal y escrita. b) Informe a la superioridad de las faltas injustificadas. c) Sanciones establecidas en el Decreto Leg. 276. CAPITULO III DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y/O ESTIMULOS, FALTAS, SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES Art.80.- DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. a) Desarrollar las clases dentro de un ambiente seguro y saludable. b) Ser tratado con respeto, dignidad y equidad, ser informados de las disposiciones que le atañen como estudiante c) Ser informados del presente reglamento interno, normas de disciplina y todas las disposiciones que le conciernen como estudiantes d) Recibir en forma gratuita los servicios educativos. e) Recibir estímulos en merito al cumplimiento de sus labores, deberes y acciones sobresalientes. (brigadieres, policías escolares y otros) f) Asistir a excursiones que son organizados por los profesores responsables. g) Expresar libremente, en forma alturada y respetuosa sus ideas, convicciones, problemas y necesidades, ante las autoridades de la institución h) Presentar sus quejas y reclamos a la Dirección. en forma respetuosa i) No ser castigado (a) física, moral ni psicológicamente
  • 36. j) Participar y tener representación en las organizaciones estudiantiles. k) Elegir y ser elegidos como representantes de sus compañeros (as) Art. 81.- Deberes de los Estudiantes: a) Respetar y cumplir con lo establecido el Presente Reglamento Interno. b) Asistir al plantel 15 minutos antes de la hora fijada de la entrada con el uniforme establecido por la I.E portando sus materiales, libros (del Ministerio) y otros requeridos por los profesores. c) Asistir con el uniforme de educación física establecido por la I.E exclusivamente en el día y hora que indica el horario. d) Los estudiantes designados (as) deberán de participar en todas las actividades programadas por la institución como son: Concursos internos, actividades cívicas, deportivas u otros a la que es designado (a). e) Respetar a las autoridades, profesores, auxiliares, administrativos, compañeros (as) y demás personal que labora en la I.E. f) Velar por la buena presentación del aula, conservación del mobiliario y demás enseres. g) Cuidar con esmero su presentación personal y los útiles escolares. h) Conservar el orden, limpieza y la disciplina en todo momento. i) Portar y conservar en buen estado y debidamente firmado por los PP.FF la agenda de convivencia escolar gadeina. (tarjeta de control). j) Asistir con puntualidad a las ceremonias cívicas, culturales y deportivas k) Respetar las ideas y los derechos de los demás, así como las creencias religiosas distintas de las suyas; y Respetar a la Patria, sus leyes, símbolos y héroes. l) Justificar su inasistencia ante el auxiliar y el docente de área. m)Tener las uñas cortadas limpias y sin esmalte .y sin uso de cosméticos. n) Asistir diariamente a la institución con el cabello corte escolar en el caso de los varones y la mujeres con el cabello sin teñido ni cerquillos, sujeto por una trenza con la cinta o una malla de color verde. o) Permanecer en el aula durante los cambios de hora, ausencia del docente y en la institución hasta cumplir su horario de clase salvo casos especiales que serán autorizados por el coordinador de tutoría o el director. p) Entregar las convocatorias o citaciones a sus apoderados oportunamente.
  • 37. Art. 82.- Estímulos a los estudiantes: Por la acción sobresaliente que realizan los estudiantes de ambos niveles educativos dentro y fuera de la institución serán merecedores a los siguientes estímulos: a) Notas sobresalientes en aprovechamiento y comportamiento en las áreas a fines de la acción sobresaliente. b) Felicitación en la formación, escrita y/o diploma de honor. c) Resolución de felicitación de la institución. Art. 83.- Prohibiciones de los estudiantes: a) Evadirse del aula y la I.E. en horas de clase. b) Quedarse fuera del aula después del recreo, será considerado como evasión. c) Hacer inscripciones en paredes y otros enseres de la institución. d) Expresarse con palabras soeces delante de compañeros (as) y profesores. e) Tomar el nombre de la institución en beneficio propio o de su grupo. f) Fomentar actividades políticas, partidarias dentro de la institución. g) Valerse de recomendaciones o hacer obsequios y/o pagos al personal de la institución. h) Firmar a favor o en contra del personal docente y/o administrativo. i) Faltar injustificadamente j) Alterar el uniforme único y de educación física en forma y color. k) Llamar por apodos a sus compañeros y personal de la institución. l) Portar objetos de valor alhajas, relojes, celulares, radios, MP3, MP4 y otros. La primera vez serán decomisados y devueltos a los padres de familia, la segunda vez serán decomisados y rifados a fin de año para ingresos de la institución. m) Realizar ventas y compras de cosmetología, maquillaje o artículos de fantasía y otros en la institución. n) Llevar el uniforme en lugares inapropiados o) Alterar las notas en las tarjetas de información, falsificar la firma de los PP.FF p) Ingresar en estado etílico a la institución.
  • 38. q) Asistir a bares, discotecas, billares y otros lugares en su condición de alumnos (as) Art. 84.- Sanciones a los estudiantes: Las sanciones se aplicaran a los estudiantes por el incumplimiento de sus deberes, mal comportamiento o a los que hagan caso omiso al presente reglamento. a) Preventivas 1. Recomendaciones verbales y escritas de parte de los Auxiliares y tutores en casos leves. 2. En caso de falta grave y de reincidencia o falta grave serán derivados a la coordinación de Tutoría, para la sanción correspondiente. 3. Citación al padre o apoderado de parte del asesor de Tutoría para tomar acuerdos sobre la situación del estudiante. 4. Derivar según sea el caso para el apoyo de especialistas DEMUNA, MIMDES, MINSA, DESNA. b) Determinantes 1. Descuento sobre el puntaje mensual de notas de comportamiento de acuerdo a la tarjeta de convivencia 2. Por promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución: suspender el ingreso a la Institución por 3 a 5 días y definitivo según sea el caso con la opinión de CONEI, Comité de Tutoría y DESNA. 3. Falta de respeto verbal y físico a sus compañeros y/o personal de la Institución. 4. Deteriorar el mobiliario y la infraestructura de la institución(inscripciones en paredes, muebles y otros) 5. Por sustraer bienes, dinero y otros de sus compañeros y el personal de la institución 6. Por haber sido suspendido dos veces anteriormente. 7. Por incumplir con sus funciones en los cargos asignados 8. Por ingresar bebidas alcohólicas y otras sustancias. 9. Por tener matrícula condicional. Como en el caso:
  • 39. Que los padres tengan un compromiso firmado para el cambio de comportamiento de sus hijos. Estudiantes que repiten por tercera vez. Art. 85.- Las sanciones o separación de la institución por faltas graves y/o suma gravedad, se aplican en casos que comprometan la salud física, seguridad, integridad moral de los educandos y personal que labora en la institución. CAPITULO IV DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES Art. 86.- La Institución Educativa “Amadeo Gadea Landavery” establece sus relaciones y coordinaciones con el Ministerio de Educación a través de la UGEL-Hy y la dirección Regional de Educación. Art. 87.- Asociación de Padres de familia. (APAFA) es una organización de participación que tiene los siguientes: Objetivos: a) Canalizar las inquietudes de sus miembros con respecto a la marcha institucional. b) Apoyar a la dirección en la atención de necesidades que requiera. c) Apoyar a los padres en circunstancias que requieran de acuerdo a ley. Art. 88.- Derechos de los Padres, Tutores y Curadores: a) Ser atendidos personalmente por las autoridades de la institución. b) Recibir información sobre los avances de sus hijos y/o tutorados. c) Denunciar ante la autoridad competente los casos de maltrato, abuso, discriminación, irresponsabilidad, negligencia que se dieran en la institución. d) Presentar reclamos debidamente justificados. e) Organizarse bajo una asociación que los represente. f) Elegir y ser elegidos en los cargos de APAFA y CONEI. g) Tener voz y voto en sesiones y asambleas. Art. 89.- Deberes de los Padres, Tutores y Curadores a) Apoyar el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos (as). b) Informarse periódicamente sobre el aspecto académico y conductual del hijo.
  • 40. c) Asistir a las reuniones convocadas por la institución. d) Participar en las actividades que programen los tutores y la institución. e) Asumir la responsabilidad por el deterioro de la infraestructura educativa que cause su hijo (a) y/o pupilo (a). f) Promover entre ellos la toma de conciencia, para que actúen como primeros educadores de sus hijos y colaboren en su formación integral. g) Contribuir al mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la institución, así como de otras necesidades básicas para optimizar el servicio educativo. h) Respetar el nombre de la institución evitando el trato inadecuado de los asuntos institucionales. i) Respetar y acatar las disposiciones del Reglamento Interno y de la Dirección para la buena marcha institucional. Art. 90.- Comité de Aula. Es un órgano de participación: constituido por Presidente, un Secretario, un tesorero adicionalmente un vocal. Son elegidos en reunión de Padres de familia, convocada por el asesor o el profesor de aula, presentando el informe a la Dirección. Sus funciones son: a) Apoyar a solicitud de los tutores o asesores en las actividades culturales, deportivas, cívicas que se realicen en la institución. b) Trabajar coordinadamente con la Dirección y la APAFA. c) Presentar un informe semestral de las actividades realizadas. CAPITULO V ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS Art. 91.- Administración de los Recursos a) La administración de los ingresos económicos es de responsabilidad del Director y del Comité de Gestión de Recursos Propios de la Institución Educativa. b) Los ingresos de los padres de familia por concepto de matrícula serán administrados por la APAFA en coordinación con el Director. c) Ingresos propios: se obtienen a través de la expedición de diversos documentos por parte de la Dirección y el Comité de Producción.
  • 41. d) Tesoro Público: fuente de ingreso con el que cuenta la institución proveniente del Ministerio de Educación. e) El Comité de recursos propios informa Trimestralmente ante el CONEI, el manejo de los recursos. Art. 92.- Los recursos propios de la institución son gestionados por el Comité de Gestión de Recursos Propios de acuerdo a normas legales y esta integrado por: a) El Director, quien lo preside y tiene voto dirimente. b) El tesorero (a) o quien haga sus veces en la institución. c) Dos docentes representante de los profesores de Primaria y Secundaria. d) Dos trabajadores administrativos (primaria y secundaria). e) Ambos representantes son elegidos democráticamente mediante voto directo por un año. f) El tesorero (a) deposita estos recursos a la cuenta bancaria de la institución. g) Los recursos propios que genera y donaciones que reciba la institución se destinara a mejorar la calidad de servicio educativo, que incluye, entre otros la adquisición de material educativo y el mantenimiento de la infraestructura. CAPITULO VI CONSEJO ECUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI) Art. 93.- Conformación: Es un órgano de participación, concertación y vigilancia de la institución que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad. Es presidido por el director e integrado por subdirectores, representante de los docentes, estudiantes, administrativos, ex-alumnos y padres de familia Art. 94.- Funciones del Consejo Educativo Institucional (CONEI). a) Participar en la formulación, ejecución, supervisión, y evaluación del PEI, RI, PAT, PCIE y demás instrumentos de gestión de la institución.
  • 42. b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la institución educativa. d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las instituciones educativas públicas. e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de APAFA, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. g) Cooperar con el COPALE de su circunscripción. h) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito i) Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades Técnico-Pedagógico y administrativo. j) Emitir los informes que establece el presente reglamento. k) Sancionar en última instancia los casos de indisciplina grave cometida por los alumnos, previo informe de las instancias responsables. l) Realizar sus reuniones ordinarias en forma quincenal y extraordinaria cuando los convoque el Director o el 30% de sus integrantes. m) Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la institución y los indicadores de desempeño laboral. n) Cumplir las demás funciones inherentes a su cargo de acción. CAPITULO VII DEFENSORÍA DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE (DESNA)
  • 43. Art. 95.- De la Defensoría Escolar Del Niño y Del Adolescente Es un servicio que al constituirse al interior de la institución educativa, tiene por finalidad promover, defender y vigilar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y colaborar en la solución de conflictos de carácter familiar y escolar. Es gratuito y voluntario y su funcionamiento en las instituciones educativas exige el cumplimiento de requisitos básicos. CONSTITUCIÓN AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. El Director, como máxima autoridad y atendiendo a los criterios de necesidad institucional y sostenibilidad del servicio, podrá promover la constitución de la DESNA al interior de la institución educativa y su inserción en el PEI. Asimismo expedirá una Resolución Directoral y garantizará la conformación de los integrantes y otros aspectos. Las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente, tienen las siguientes funciones: a) Defender y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes. b) Promover acciones de difusión de los derechos y deberes de los niños, niñas y Adolescentes. c) Fortalecer la práctica de la convivencia y disciplina escolar democrática. d) Conocer la situación social de los estudiantes con mayor vulnerabilidad de deserción escolar. e) Denunciar ante las autoridades correspondientes al conocer casos de niños, niñas y adolescentes que son víctimas de maltrato físico o psicológico, acoso, abuso y violencia sexual. CAPITULO VIII
  • 44. DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIONES Art. 96.- Los servicios de bienestar social y recreacional de la institución está a cargo de la Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar; con el apoyo de personal auxiliar de educación, tutores, asesores quienes tienen las obligación de brindar el servicio de apoyo social y recreacional a los alumnos que requieran del servicio, sin discriminación alguna. CAPITULO IX DISPOSICIONES COPLEMENTARIAS PRIMERA El Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública “Amadeo Gadea Landavery” de Huaripampa es aprobado por el Director mediante Resolución Directoral y entra en vigencia al día siguiente de su aprobación. SEGUNDA Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Director, Coordinación de TOE y CONEI.; registrando los hechos en documento aparte, a fin de ser incluidos al momento de su actualización. TERCERA En los meses de Julio y Diciembre se evaluará la aplicabilidad del Reglamento Interno; en base a la evaluación de los objetivos institucionales y cumplimiento de funciones del personal directivo, docente, auxiliar y administrativo. Las modificaciones totales o parciales se harán previo análisis y aprobación del Director y el CONEI.