SlideShare a Scribd company logo
1 of 1
Download to read offline
El Peruano
Miércoles 24 de diciembre de 2014 540897
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Recomiendan a jueces cuando
corresponda, dicten de oficio los autos
que declaren rebelde al demandado,
que no conteste la demanda en el plazo
legal establecido por la ley adjetiva
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 371-2014-CE-PJ
Lima, 19 de noviembre de 2014
VISTO:
El Informe N° 260-2014-GA-P-PJ remitido por el
Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder
Judicial, que contiene propuesta para que jueces dicten
de oicio los autos que declaren rebelde al demandado,
cuando éste no haya cumplido con contestar la demanda
en el plazo legal establecido.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Gerencia General del Poder Judicial a
travésdelaSubgerenciadeRacionalizacióndelaGerenciade
Planiicación, en el marco del Programa de Modernización de
los Servicios de Justicia del Poder Judicial; y con el propósito
de simpliicar y agilizar los procesos judiciales, elaboró el
proyecto denominado “Mapeo y Rediseño de Procesos
Judiciales más frecuentes en las Cortes Superiores”.
Segundo. Que el objetivo del referido proyecto es
simpliicar y agilizar los procesos judiciales a través
de soluciones prácticas que reduzcan tiempos del
proceso. Con ese propósito se llevó a cabo el examen
de expedientes judiciales resueltos, caliicados como
sensibles, a in de analizar los puntos de demora. Como
resultado del estudio, se pudo veriicar el hecho que luego
de cursada válidamente la notiicación del auto admisorio
de la demanda, y transcurrido el plazo legal para
contestarla, el juez espera que el demandante solicite la
declaración de rebeldía del demandado y ije fecha para
la audiencia correspondiente; esto es, se entiende que tal
actuación judicial es a iniciativa de parte.
Tercero. Que la forma en que los jueces vienen
actuando al respecto, dilata en exceso el proceso y genera
el congestionamiento de expedientes en trámite, y como
consecuencia de ello, sobrecarga procesal y retraso en
la tramitación de los procesos. En ese sentido, en aras
de brindar a los justiciables una impartición de justicia
oportuna, efectiva y con calidad, resulta indispensable que
se dicten disposiciones administrativas que contribuyan a
eliminar las causas que generan dilación en el trámite de
los procesos judiciales.
Cuarto. Que, el segundo párrafo del artículo II del Título
Preliminar del Código Procesal Civil, dispone: “(…) El Juez
debe impulsar el proceso por sí mismo, siendo responsable
de cualquier demora ocasionada por su negligencia. Están
exceptuados del impulso de oicio los casos expresamente
señalados en este Código”. Esta disposición normativa
desarrolla el Principio de Impulso Procesal de Oicio, que se
fundamenta en la idea de que el Estado está interesado en la
rápida deinición de los procesos. En tal virtud, se ha dotado
a los jueces de un instrumento procesal que les permite
tomar iniciativa en la pronta solución de los conlictos,
coadyuvando a que los procesos continúen, no se detengan;
y que la impartición de justicia sea dinámica, eiciente y
oportuna. La ratio legis de la citada norma es convertir al
juez en un elemento activo por excelencia en la prosecución
del proceso, asignándole incluso responsabilidad funcional,
en caso de cualquier demora ocasionada por su negligencia,
salvo los casos de excepción señalados expresamente en la
referida ley procesal.
Quinto. Que, asimismo, el último párrafo del artículo V
del Título Preliminar del Código Procesal Civil, contempla
el Principio de Celeridad Procesal, disponiendo que “(…)
La actividad procesal se realiza diligentemente y dentro de
los plazos establecidos, debiendo el Juez a través de los
auxiliares bajo su dirección, tomar las medidas necesarias
para lograr una pronta y eicaz solución del conlicto de
intereses o incertidumbre jurídica”. En aplicación del
referido principio, se impone a los jueces el deber de
realizar las actividades procesales en forma diligente y
dentro de los plazos establecidos, facultándolos a tomar
las medidas necesarias, para lograr una pronta y eicaz
solución de conlictos de interés o incertidumbre jurídica.
Sexto. Que también el artículo 458° de la referida
norma procesal prescribe que: “Si transcurrido el plazo
para contestar la demanda, el demandado a quien se le
ha notiicado válidamente ésta no lo hace, se le declarará
rebelde”. A tenor de ello, se tiene que la declaración de
rebeldía es una sanción legal a quién omitió cumplir un
mandato judicial (en el caso materia de análisis es el de
cumplir con contestar la demanda), y cuya consecuencia
es poner la causa en estado de pronunciamiento
jurisdiccional sobre el saneamiento del proceso.
Sétimo. Que, en concordancia con las disposiciones
contenidas en las normas acotadas en los fundamentos
precedentes, y teniendo presente que la declaratoria de
rebeldía no es un acto facultativo, sino imperativo, en virtud
del Principio de Impulso Procesal de Oicio, es conveniente
disponer que los jueces de los Juzgados Civiles, Juzgados
de Familia, Juzgados Laborales, Juzgados Contencioso
Administrativos, Juzgados Comerciales, Juzgados
Constitucionales, Juzgados Mixtos y Juzgados de Paz
Letrados, dicten de oicio los autos que declaren rebelde al
demandado, cuando cumplido el plazo legal para que se
conteste la demanda, esto no se haya realizado.
Octavo. Que, siendo así, a in de viabilizar la medida
planteada, se hace necesario que la Gerencia General
del Poder Judicial, a través de sus dependencias
especializadas, incorpore en el Sistema Integrado Judicial
(SIJ), el sistema de alerta, mediante el cual, tanto el
juez como el personal jurisdiccional tomen conocimiento
oportuno de que ha transcurrido el plazo legal respectivo
para que el demandado conteste la demanda.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
922-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano
por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Recomiéndese a los Jueces de los
JuzgadosCiviles,JuzgadosdeFamilia,JuzgadosLaborales,
Juzgados Contencioso Administrativos, Juzgados
Comerciales, Juzgados Constitucionales, Juzgados Mixtos
y Juzgados de Paz Letrados, cuando corresponda, dicten
de oicio los autos que declaren rebelde al demandado, que
no conteste la demanda en el plazo legal establecido por la
ley adjetiva.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia
General del Poder Judicial, a través de sus dependencias
especializadas, incorpore en el Sistema Integrado Judicial
(SIJ), el sistema de alerta, mediante el cual, tanto el
juez como el personal jurisdiccional tomen conocimiento
oportuno de que ha transcurrido el plazo legal respectivo
para que el demandado conteste la demanda.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oicina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial lleve a cabo el control
del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la
presente resolución.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a
la Presidencia del Poder Judicial, Oicina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las
Cortes Superiores de Justicia de la República, las que
deberán ponerla en conocimiento de todos los jueces sin
excepción; Gabinete de Asesores de la Presidencia del
Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial,
para su conocimiento y ines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1180764-6

More Related Content

What's hot

AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Casación laboral n° 07 2012 - la libertad
Casación laboral n° 07 2012 - la libertadCasación laboral n° 07 2012 - la libertad
Casación laboral n° 07 2012 - la libertad
irrova
 
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón FloresSTC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
Rafael De la Rosa
 

What's hot (20)

OBRERO CAS PUEDE SER REPUESTO AL D. LEG. 728 - COMPILADOR JOSÉ MARIA PACORI CARI
OBRERO CAS PUEDE SER REPUESTO AL D. LEG. 728 - COMPILADOR JOSÉ MARIA PACORI CARIOBRERO CAS PUEDE SER REPUESTO AL D. LEG. 728 - COMPILADOR JOSÉ MARIA PACORI CARI
OBRERO CAS PUEDE SER REPUESTO AL D. LEG. 728 - COMPILADOR JOSÉ MARIA PACORI CARI
 
Procedimiento Administrativo Municipal
Procedimiento Administrativo MunicipalProcedimiento Administrativo Municipal
Procedimiento Administrativo Municipal
 
AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
AYUDA MEMORIA-PROYECTO DE LEY SOBRE PROVEIDO POR ORDEN DE INGRESO A MESA DE P...
 
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada   compilador josé m...
Reducción de la remuneración consensuada y no consensuada compilador josé m...
 
La conciliación como mecanismo alternativo de la solución de conflictos aut...
La conciliación como mecanismo alternativo de la solución de conflictos   aut...La conciliación como mecanismo alternativo de la solución de conflictos   aut...
La conciliación como mecanismo alternativo de la solución de conflictos aut...
 
Proveidos
ProveidosProveidos
Proveidos
 
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
 
12. demanda administrativa
12. demanda administrativa12. demanda administrativa
12. demanda administrativa
 
Stc 02922 2010-aa inclusión a planillas como consecuencia de la existencia de...
Stc 02922 2010-aa inclusión a planillas como consecuencia de la existencia de...Stc 02922 2010-aa inclusión a planillas como consecuencia de la existencia de...
Stc 02922 2010-aa inclusión a planillas como consecuencia de la existencia de...
 
La prueba en el procedimiento administrativo autor josé maría pacori cari
La prueba en el procedimiento administrativo   autor josé maría pacori cariLa prueba en el procedimiento administrativo   autor josé maría pacori cari
La prueba en el procedimiento administrativo autor josé maría pacori cari
 
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cariModelo de recurso administrativo de apelación   autor josé maría pacori cari
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
 
STC - Expediente N° 6681-2013-PA-TC - Sentencia que establece los supuestos e...
STC - Expediente N° 6681-2013-PA-TC - Sentencia que establece los supuestos e...STC - Expediente N° 6681-2013-PA-TC - Sentencia que establece los supuestos e...
STC - Expediente N° 6681-2013-PA-TC - Sentencia que establece los supuestos e...
 
Casación laboral n° 07 2012 - la libertad
Casación laboral n° 07 2012 - la libertadCasación laboral n° 07 2012 - la libertad
Casación laboral n° 07 2012 - la libertad
 
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón FloresSTC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
STC - Expediente N° 206 2005-PA-TC - Caso César Baylón Flores
 
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)Demanda nulidad de acto administrativo   huaripata (destitucion)
Demanda nulidad de acto administrativo huaripata (destitucion)
 
Modelo de medida cautelar de innovar dentro de proceso contencioso administra...
Modelo de medida cautelar de innovar dentro de proceso contencioso administra...Modelo de medida cautelar de innovar dentro de proceso contencioso administra...
Modelo de medida cautelar de innovar dentro de proceso contencioso administra...
 
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
23 ce rad-15550 accion de nulidad y restablecimiento del derecho
 
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
Modelo de solicitud administrativa de apersonamiento de tercero administrado ...
 
Sc 2159.2013
Sc 2159.2013Sc 2159.2013
Sc 2159.2013
 
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
Cómo solicitar la nulidad de un acto administrativo que contraviene una sente...
 

Viewers also liked

Apelacion ley 29944-2013-cog
Apelacion  ley 29944-2013-cogApelacion  ley 29944-2013-cog
Apelacion ley 29944-2013-cog
Sute VI Sector
 
Recurso de reconsideracion
Recurso de reconsideracionRecurso de reconsideracion
Recurso de reconsideracion
Genesis Caro
 
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
SULIO Venturo Leon
 

Viewers also liked (20)

MATERIAL DE ENSEÑANZA TEMA I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DERECHO COMPILADOR: JOS...
MATERIAL DE ENSEÑANZA TEMA I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DERECHO COMPILADOR: JOS...MATERIAL DE ENSEÑANZA TEMA I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DERECHO COMPILADOR: JOS...
MATERIAL DE ENSEÑANZA TEMA I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DERECHO COMPILADOR: JOS...
 
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COMO VÍA IDÓNEA PARA LA TUTELA DE DERECHOS
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COMO VÍA IDÓNEA PARA LA TUTELA DE DERECHOSPROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COMO VÍA IDÓNEA PARA LA TUTELA DE DERECHOS
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COMO VÍA IDÓNEA PARA LA TUTELA DE DERECHOS
 
LIBRO MANUAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
LIBRO MANUAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARILIBRO MANUAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
LIBRO MANUAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
 
PERIODO DE PRUEBA EN LA LEY 30057 DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACOR...
PERIODO DE PRUEBA EN LA LEY 30057 DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACOR...PERIODO DE PRUEBA EN LA LEY 30057 DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACOR...
PERIODO DE PRUEBA EN LA LEY 30057 DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACOR...
 
Los derechos de los administrados la gaceta jurídica bolivia - autor josé m...
Los derechos de los administrados   la gaceta jurídica bolivia - autor josé m...Los derechos de los administrados   la gaceta jurídica bolivia - autor josé m...
Los derechos de los administrados la gaceta jurídica bolivia - autor josé m...
 
CURSO DE DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
CURSO DE DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARICURSO DE DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
CURSO DE DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
 
METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS autor josé maría pacor...
METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS   autor josé maría pacor...METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS   autor josé maría pacor...
METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS autor josé maría pacor...
 
TÉRMINOS Y PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO BOLIVIANO
TÉRMINOS Y PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO BOLIVIANOTÉRMINOS Y PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO BOLIVIANO
TÉRMINOS Y PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO BOLIVIANO
 
Curso de investigación jurídica como hacer una tesis jurídica - autor josé ...
Curso de investigación jurídica   como hacer una tesis jurídica - autor josé ...Curso de investigación jurídica   como hacer una tesis jurídica - autor josé ...
Curso de investigación jurídica como hacer una tesis jurídica - autor josé ...
 
Agotamiento de la vía administrativa como requisito perverso casación 18013...
Agotamiento de la vía administrativa como requisito perverso   casación 18013...Agotamiento de la vía administrativa como requisito perverso   casación 18013...
Agotamiento de la vía administrativa como requisito perverso casación 18013...
 
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativaModelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
Modelo de recurso de reconsideración y medida cautelar administrativa
 
Apelacion ley 29944-2013-cog
Apelacion  ley 29944-2013-cogApelacion  ley 29944-2013-cog
Apelacion ley 29944-2013-cog
 
MODELO DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA INTERESTATAL DE BIENES MUEBLES
MODELO DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA INTERESTATAL DE BIENES MUEBLESMODELO DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA INTERESTATAL DE BIENES MUEBLES
MODELO DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA INTERESTATAL DE BIENES MUEBLES
 
Recurso de reconsideracion
Recurso de reconsideracionRecurso de reconsideracion
Recurso de reconsideracion
 
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
RECONSIDERACION DE RESOLUCION ESCRITO
 
Contadicción demanda titulo unico de ejecución_a_cooperativa
Contadicción demanda titulo unico de ejecución_a_cooperativaContadicción demanda titulo unico de ejecución_a_cooperativa
Contadicción demanda titulo unico de ejecución_a_cooperativa
 
Amparo directo
Amparo directoAmparo directo
Amparo directo
 
Demanda de tenencia y custodia
Demanda de tenencia y custodiaDemanda de tenencia y custodia
Demanda de tenencia y custodia
 
Modelos-administrativos
 Modelos-administrativos Modelos-administrativos
Modelos-administrativos
 
La nueva regulación del silencio administrativo en el perú autor josé maría...
La nueva regulación del silencio administrativo en el perú   autor josé maría...La nueva regulación del silencio administrativo en el perú   autor josé maría...
La nueva regulación del silencio administrativo en el perú autor josé maría...
 

Similar to RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 371-2014-CE-PJ RECOMIENDAN A JUECES DICTAR DE OFICIO LA REBELDÍA DEL DEMANDADO

el_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
el_auto_en_el_proceso_civil_.pdfel_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
el_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
Andrea704664
 
Nulidad de asientos registrales
Nulidad de asientos registralesNulidad de asientos registrales
Nulidad de asientos registrales
FREDCORDOVA1
 
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
Victor Reyes
 
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativoLa tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
Hugo Araujo
 

Similar to RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 371-2014-CE-PJ RECOMIENDAN A JUECES DICTAR DE OFICIO LA REBELDÍA DEL DEMANDADO (20)

Resolución Administrativa 372-2014-CE-PJ
Resolución Administrativa 372-2014-CE-PJ Resolución Administrativa 372-2014-CE-PJ
Resolución Administrativa 372-2014-CE-PJ
 
el_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
el_auto_en_el_proceso_civil_.pdfel_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
el_auto_en_el_proceso_civil_.pdf
 
resumenes-jurisprudencia-2018.pdf
resumenes-jurisprudencia-2018.pdfresumenes-jurisprudencia-2018.pdf
resumenes-jurisprudencia-2018.pdf
 
ENJ-300: Presentación Curso ''Fundamentación de los Recursos'': MÓDULO VI: AP...
ENJ-300: Presentación Curso ''Fundamentación de los Recursos'': MÓDULO VI: AP...ENJ-300: Presentación Curso ''Fundamentación de los Recursos'': MÓDULO VI: AP...
ENJ-300: Presentación Curso ''Fundamentación de los Recursos'': MÓDULO VI: AP...
 
Embargo caja seguridad
Embargo caja seguridadEmbargo caja seguridad
Embargo caja seguridad
 
Nuevos criterios penales (1).pptx
Nuevos criterios penales (1).pptxNuevos criterios penales (1).pptx
Nuevos criterios penales (1).pptx
 
procedimiento en primera instancia 1.pptx
procedimiento en primera instancia 1.pptxprocedimiento en primera instancia 1.pptx
procedimiento en primera instancia 1.pptx
 
Sentencias materia laboral
Sentencias materia laboralSentencias materia laboral
Sentencias materia laboral
 
Derecho penal.
Derecho penal.Derecho penal.
Derecho penal.
 
Nulidad de asientos registrales
Nulidad de asientos registralesNulidad de asientos registrales
Nulidad de asientos registrales
 
SEMANA II DERECHO CONSTITUCIONAL II 2023-2.pptx
SEMANA II DERECHO CONSTITUCIONAL II 2023-2.pptxSEMANA II DERECHO CONSTITUCIONAL II 2023-2.pptx
SEMANA II DERECHO CONSTITUCIONAL II 2023-2.pptx
 
Las resoluciones judiciales1_IAFJSR
Las resoluciones judiciales1_IAFJSRLas resoluciones judiciales1_IAFJSR
Las resoluciones judiciales1_IAFJSR
 
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...
 
Independencia y autonomía del Ministerio Público
Independencia y autonomía del Ministerio PúblicoIndependencia y autonomía del Ministerio Público
Independencia y autonomía del Ministerio Público
 
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellencLlibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
 
Exp1618 2016-ln
Exp1618 2016-lnExp1618 2016-ln
Exp1618 2016-ln
 
Exp1618 2016-ln
Exp1618 2016-lnExp1618 2016-ln
Exp1618 2016-ln
 
Judicial
JudicialJudicial
Judicial
 
casacion_835.pdf
casacion_835.pdfcasacion_835.pdf
casacion_835.pdf
 
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativoLa tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
La tutela cautelar en el derecho procesal administrativo
 

More from Corporación Hiram Servicios Legales

More from Corporación Hiram Servicios Legales (20)

EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
 
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
 
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
 
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
 
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
 
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
 
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
 
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
 
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfEL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
 
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
 
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
 
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
 
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
 
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
 

Recently uploaded

CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdfCASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
SashaDeLaCruz2
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
46058406
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
olmedorolando67
 

Recently uploaded (20)

ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
 
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdfCASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
 
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidadBIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temasPresentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
 
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
 
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En GuatemalaQue Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 371-2014-CE-PJ RECOMIENDAN A JUECES DICTAR DE OFICIO LA REBELDÍA DEL DEMANDADO

  • 1. El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540897 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Recomiendan a jueces cuando corresponda, dicten de oficio los autos que declaren rebelde al demandado, que no conteste la demanda en el plazo legal establecido por la ley adjetiva RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 371-2014-CE-PJ Lima, 19 de noviembre de 2014 VISTO: El Informe N° 260-2014-GA-P-PJ remitido por el Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, que contiene propuesta para que jueces dicten de oicio los autos que declaren rebelde al demandado, cuando éste no haya cumplido con contestar la demanda en el plazo legal establecido. CONSIDERANDO: Primero. Que la Gerencia General del Poder Judicial a travésdelaSubgerenciadeRacionalizacióndelaGerenciade Planiicación, en el marco del Programa de Modernización de los Servicios de Justicia del Poder Judicial; y con el propósito de simpliicar y agilizar los procesos judiciales, elaboró el proyecto denominado “Mapeo y Rediseño de Procesos Judiciales más frecuentes en las Cortes Superiores”. Segundo. Que el objetivo del referido proyecto es simpliicar y agilizar los procesos judiciales a través de soluciones prácticas que reduzcan tiempos del proceso. Con ese propósito se llevó a cabo el examen de expedientes judiciales resueltos, caliicados como sensibles, a in de analizar los puntos de demora. Como resultado del estudio, se pudo veriicar el hecho que luego de cursada válidamente la notiicación del auto admisorio de la demanda, y transcurrido el plazo legal para contestarla, el juez espera que el demandante solicite la declaración de rebeldía del demandado y ije fecha para la audiencia correspondiente; esto es, se entiende que tal actuación judicial es a iniciativa de parte. Tercero. Que la forma en que los jueces vienen actuando al respecto, dilata en exceso el proceso y genera el congestionamiento de expedientes en trámite, y como consecuencia de ello, sobrecarga procesal y retraso en la tramitación de los procesos. En ese sentido, en aras de brindar a los justiciables una impartición de justicia oportuna, efectiva y con calidad, resulta indispensable que se dicten disposiciones administrativas que contribuyan a eliminar las causas que generan dilación en el trámite de los procesos judiciales. Cuarto. Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Civil, dispone: “(…) El Juez debe impulsar el proceso por sí mismo, siendo responsable de cualquier demora ocasionada por su negligencia. Están exceptuados del impulso de oicio los casos expresamente señalados en este Código”. Esta disposición normativa desarrolla el Principio de Impulso Procesal de Oicio, que se fundamenta en la idea de que el Estado está interesado en la rápida deinición de los procesos. En tal virtud, se ha dotado a los jueces de un instrumento procesal que les permite tomar iniciativa en la pronta solución de los conlictos, coadyuvando a que los procesos continúen, no se detengan; y que la impartición de justicia sea dinámica, eiciente y oportuna. La ratio legis de la citada norma es convertir al juez en un elemento activo por excelencia en la prosecución del proceso, asignándole incluso responsabilidad funcional, en caso de cualquier demora ocasionada por su negligencia, salvo los casos de excepción señalados expresamente en la referida ley procesal. Quinto. Que, asimismo, el último párrafo del artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, contempla el Principio de Celeridad Procesal, disponiendo que “(…) La actividad procesal se realiza diligentemente y dentro de los plazos establecidos, debiendo el Juez a través de los auxiliares bajo su dirección, tomar las medidas necesarias para lograr una pronta y eicaz solución del conlicto de intereses o incertidumbre jurídica”. En aplicación del referido principio, se impone a los jueces el deber de realizar las actividades procesales en forma diligente y dentro de los plazos establecidos, facultándolos a tomar las medidas necesarias, para lograr una pronta y eicaz solución de conlictos de interés o incertidumbre jurídica. Sexto. Que también el artículo 458° de la referida norma procesal prescribe que: “Si transcurrido el plazo para contestar la demanda, el demandado a quien se le ha notiicado válidamente ésta no lo hace, se le declarará rebelde”. A tenor de ello, se tiene que la declaración de rebeldía es una sanción legal a quién omitió cumplir un mandato judicial (en el caso materia de análisis es el de cumplir con contestar la demanda), y cuya consecuencia es poner la causa en estado de pronunciamiento jurisdiccional sobre el saneamiento del proceso. Sétimo. Que, en concordancia con las disposiciones contenidas en las normas acotadas en los fundamentos precedentes, y teniendo presente que la declaratoria de rebeldía no es un acto facultativo, sino imperativo, en virtud del Principio de Impulso Procesal de Oicio, es conveniente disponer que los jueces de los Juzgados Civiles, Juzgados de Familia, Juzgados Laborales, Juzgados Contencioso Administrativos, Juzgados Comerciales, Juzgados Constitucionales, Juzgados Mixtos y Juzgados de Paz Letrados, dicten de oicio los autos que declaren rebelde al demandado, cuando cumplido el plazo legal para que se conteste la demanda, esto no se haya realizado. Octavo. Que, siendo así, a in de viabilizar la medida planteada, se hace necesario que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus dependencias especializadas, incorpore en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), el sistema de alerta, mediante el cual, tanto el juez como el personal jurisdiccional tomen conocimiento oportuno de que ha transcurrido el plazo legal respectivo para que el demandado conteste la demanda. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 922-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Recomiéndese a los Jueces de los JuzgadosCiviles,JuzgadosdeFamilia,JuzgadosLaborales, Juzgados Contencioso Administrativos, Juzgados Comerciales, Juzgados Constitucionales, Juzgados Mixtos y Juzgados de Paz Letrados, cuando corresponda, dicten de oicio los autos que declaren rebelde al demandado, que no conteste la demanda en el plazo legal establecido por la ley adjetiva. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus dependencias especializadas, incorpore en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), el sistema de alerta, mediante el cual, tanto el juez como el personal jurisdiccional tomen conocimiento oportuno de que ha transcurrido el plazo legal respectivo para que el demandado conteste la demanda. Artículo Tercero.- Disponer que la Oicina de Control de la Magistratura del Poder Judicial lleve a cabo el control del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oicina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la República, las que deberán ponerla en conocimiento de todos los jueces sin excepción; Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y ines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1180764-6